Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


Textos en tramitación - Proposiciones no de Ley - Para su tramitación en Pleno

Enmiendas presentadas a la Proposición no de Ley núm. 28/97, sobre la derogación formal del Decreto de Nueva Planta de 29 de junio de 1707.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:126 (IV Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGON

Al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario del Partido Aragonés a la Proposición no de Ley núm. 28/97, sobre la derogación formal del Decreto de Nueva Planta de 29 de junio de 1707, publicada en el BOCA núm. 95, de 7 de marzo de 1997, cuyo texto se inserta a continuación.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 27 de junio de 1997.


El Presidente de las Cortes

EMILIO EIROA GARCIA


ENMIENDA NUM. 1

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGON:

D. Juan Antonio Bolea Foradada, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.2 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la proposición no de Ley núm. 28/97, sobre la derogación formal del Decreto de Nueva Planta de 29 de junio de 1707.


ENMIENDA DE MODIFICACION

Sustituir el texto de la Proposición no de Ley por el siguiente:

«Con el objetivo de hacer posible la superación de las consecuencias negativas que para Aragón, como nacionalidad histórica, produjeron los Reales Decretos de 29 de junio de 1707, 29 de julio de 1707 y 3 de abril de 1711, dictados por Felipe V, ejercitando el «derecho de conquista» en la Guerra de Sucesión, por los que dio por abolidos y derogados todos los fueros, privilegios, práctica y costumbre hasta entonces observados en el Reino de Aragón, que supusieron la desaparición de las peculiares instituciones aragonesas, entre ellas la legislativa, la derogación de sus normas políticas, procesales, administrativas y fiscales y el estancamiento de su Derecho privado, las Cortes de Aragón instan al Gobierno aragonés a dirigirse al Gobierno del Estado español interesando la derogación formal de los indicados Decretos.»


MOTIVACION

Por considerarlo más conveniente

Zaragoza, 27 de junio de 1997.


El Diputado

JUAN ANTONIO BOLEA FORADADA

V.º Bº

El Portavoz

JOSE ANGEL BIEL RIVERA


ENMIENDA NUM. 2

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGON:

D. Hipólito Gómez de las Roces, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.2 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 28/97, sobre la derogación formal del Decreto de Nueva Planta de 29 de junio de 1907.


ENMIENDA DE ADICION


Añadir un nuevo apartado del siguiente tenor:

«Las Cortes de Aragón recuerdan a todos los aragoneses y a la suma de los poderes centrales que esta nacionalidad aún no ha recuperado la plenitud de su autonomía como le garantizan (aunque hasta ahora, teóricamente) la disposición adicional primera de la Constitución (que sí se ha aplicado al caso de otras Comunidades) y la disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía, según la cual «la aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica la renuncia del pueblo aragonés a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, los que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de la Constitución.»

Las Cortes de Aragón entienden que no basta derogar los Decretos de Nueva Planta si, a pesar de esa derogación, se mantiene vigente en el poder central el mismo espíritu de entonces.


MOTIVACION

Por considerarlo indispensable.

Zaragoza, 27 de junio de 1997.


El Diputado

HIPOLITO GOMEZ DE LAS ROCES

V.º B.º

El Portavoz

JOSE ANGEL BIEL RIVERA

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