PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 31 de agosto de 2016, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 308/16, sobre la regulación de las acampadas juveniles en Aragón, presentada por el G.P. Aragonés, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 31 de agosto de 2016.
El Presidente de las Cortes
ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D. Arturo Aliaga López, Portavoz del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su tramitación ante el Pleno relativa a la regulación de las acampadas juveniles en Aragón.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 71.38.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón establece como competencias propias aquellas que tienen relación con la materia de Juventud, con especial atención a su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.
La Ley 3/2007, de 21de marzo, en su artículo 21.1 establece como sector de actuación del Gobierno de Aragón la adopción de medidas concretas encaminadas a ampliar la dimensión y calidad de la oferta de actividades de ocio y tiempo libre.
El Decreto 68/1997, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que regulan las condiciones en que deben realizarse determinadas actividades como, posteriormente, la entrada en vigor de la vigente Ley de Juventud de Aragón, exige la adaptación, básicamente, a las normas vigentes. Así mismo, la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón, en su artículo 64.2 impone un desarrollo reglamentario sobre las acampadas juveniles.
Tal y como explica el propio Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales en respuesta a una pregunta solicitada por el Grupo Aragonés, además de la necesidad de adaptación legal a la normativa relacionada, la evolución en el tiempo de la oferta del tipo de actividades al aire libre ha supuesto un incremento exponencial tanto en número como en diversidad de oferta de actividades que requieren la utilización de determinados materiales específicos o conocimientos expertos o especializados por los riesgos que comportan o fines que persiguen, que requieren ser contemplados específicamente en la regulación de las actividades de tiempo libre desde una doble perspectiva; por una lado, para dotar de seguridad jurídica la iniciativa empresarial o asociativa que permita implementar este tipo de actividades contribuyen al incremento de su oferta en Aragón y la promoción del empleo juvenil, y, por otro lado, para garantizar que el acceso ejercicio de estas actividades se realice en condiciones que permitan prevenir situaciones de riesgo para la seguridad, salud e integridad física de sus participantes así como del entorno natural o urbanístico donde se realizan.
Por ello se hace necesario regular, con la mayor urgencia posible, las acampadas y campamentos juveniles y escolares en Aragón para asegurar un mayor control y protección de estas actividades tan frecuentes en nuestro territorio, fundamentalmente en verano.
Por último, se hace necesario igualmente incluir en la nueva Ley de Juventud una metodología de coordinación con otras entidades entre ellas los ayuntamientos y las comarcas sobre esta materia.
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Juventud, a adaptar con urgencia la normativa sobre acampadas juveniles a través de un Decreto que asegure un mayor control y protección de este tipo de actividades. Así mismo, el Instituto Aragonés de la juventud modificará la Ley de Juventud para recoger aspectos tan importantes como el procedimiento de autorización de acampadas, la inspección de los espacios físicos por parte de funcionarios habilitados del Instituto Aragonés de Juventud así como una mayor coordinación con otras entidades entre ellas los ayuntamientos y las comarcas sobre esta materia.
Zaragoza, a 9 de agosto de 2016.
El Portavoz
ARTURO ALIAGA LÓPEZ