A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D. Arturo Aliaga López, Portavoz del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre pesca deportiva y recreativa en Aragón, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En fecha 16 de marzo de 2017, la sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha emitido Auto estimando la petición formulada por la Federación Aragonesa de Pesca y Casting consistente en:
1. Estimar la medida cautelar solicitada.
2. Adoptar como tutela cautelar la suspensión de la vigencia de la orden impugnada (DRS 139/2017, de 8 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan General de Pesca de Aragón para el año 2017) relativa a los siguientes preceptos y disposiciones: A.— La inclusión en el artículo 2.2 en la trucha arcoíris, la carpa común y el black bass, pasando a regularse conforme al artículo 2.1 como especies pescables en la modalidad de captura y suelta (sin muerte). B.— Los artículos 2.5; 4.3; 14.1; 14.2 apartados a, c, d y e; 14.3; 15; 28.4 b); 33.1; 36.1; 36.2 y el anexo XII en la medida en que impiden el sistema de captura y suelta obligando al pescador a sacrificar inmediatamente y de forma rápida los ejemplares de la trucha arcoíris, carpa común y black bass.
3. No hacer expresa imposición de las costas del incidente.
En la fundamentación jurídica, el TSJA estima que, si bien el Plan General de Pesca del Gobierno de Aragón para 2017 funda la obligación de sacrificio de estas especies en la sentencia del TS de 16 de marzo de 2016 que anuló en parte el RD 630/2013, la Ley de Patrimonio y Biodiversidad fue modificada por la Ley 33/2015, «de lo que se deduce que pueden existir excepciones a la erradicación de estas especies y que en cualquier caso pueden adoptarse medidas de control sin sacrificio».
Igualmente estima que la medida cautelar protege la pesca deportiva al asumir que «sin normativa que desarrolle la desaparición de los residuos va a ser realmente difícil mantener las competencias deportivas como hasta la fecha».
Con todo esto se propone lo siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Retirar la Orden DRS/139/2017, de 8 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan General de Pesca de Aragón para el año 2017.
2. Emitir, en el ejercicio de las competencias que le otorgan los artículos 64.3 y 65.1 de la ley 42/2007, de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, las autorizaciones administrativas pertinentes para fomentar la pesca recreativa y deportiva en Aragón sin erradicación de las especies alóctonas.
Asimismo, las Cortes de Aragón solicitan al Gobierno de Aragón que realice los trámites correspondientes dentro de sus competencias para recuperar la señalización de las zonas de pesca en el entorno del mar de Aragón y que, de igual manera, inste al Ministerio a hacer lo propio en las vías de su competencia.
Zaragoza, a 17 de marzo de 2017.
El Portavoz
ARTURO ALIAGA LÓPEZ