El Pleno de las Cortes, en sesión celebrada los días 26 y 27 de junio de 2014 , con motivo del debate de la Proposición no de ley número 187/14, sobre la gestión de recogida y tratamiento de cadáveres de origen animal, ha acordado lo siguiente:
«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a modificar el modelo de gestión de recogida y tratamiento de cadáveres de origen animal en el presente ejercicio económico, de acuerdo con los siguientes principios y objetivos:
1. Los costes derivados de la recogida y tratamiento de cadáveres de origen animal en ningún caso podrán suponer merma de la competitividad del sector ganadero aragonés, especialmente del integrado.
2. Cualquier nuevo modelo respetará el control público derivado de la declaración de servicio público de titularidad autonómica existente.
3. Los cambios en el modelo no podrán suponer mermas en los niveles de bioseguridad actuales.
4. Se promoverá la existencia en el territorio de Aragón de planta o plantas de destrucción de capacidad suficiente para el caso de epizootias graves que pudieran impedir el tránsito ganadero con otras Comunidades Autónomas.
5. Se implantarán las fórmulas que optimicen la economía del servicio público, incluidas, en su caso, recogidas selectivas o diferenciadas por especies y/o territorios, y gestión mediante sociedades mixtas de mayoría pública, siempre que éstas resulten viables económicamente.
6. Se prestará especial atención a las medidas que promuevan una valorización del producto residual que conlleven abaratamiento al ganadero del coste del servicio.
7. El ámbito territorial de la organización del servicio se adaptará, en la medida de lo posible, a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria que actuarán como interlocutoras en la definición y prestación del servicio, todo ello sin perjuicio del papel reservado a las Organizaciones Profesionales Agrarias como representantes de los intereses generales del sector agrario.
8. Se atenderá a las peculiaridades geográficas y de densidad ganadera ya sea en la declaración de zonas remotas como en soluciones de transformación impulsadas por los propios ganaderos siempre y cuando cumplan con los requisitos reglamentarios existentes.
9. En tanto no se adapten a precios de mercado las tarifas existentes, el Gobierno de Aragón mediante subvenciones a la contratación de seguros, o mediante subvenciones de explotación al sistema público de recogida, garantizará la competitividad de las explotaciones ganaderas aragonesas.»
Se ordena su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 26 de junio de 2014.