— ¿Cuántas explotaciones se han inscrito conforme al artículo 10 de la Ley 7/2017, de Venta Local de Productos Agroalimentarios en Aragón?
La estructura de la base de datos de venta local se encuentra desarrollada en la «ORDEN AGM/892/2020, de 9 de septiembre, por la que se estructura y regula la base de datos de venta local de productos agroalimentarios de Aragón y la forma de presentación de las comunicaciones de los establecimientos locales y de las personas que llevan a cabo la producción agraria y forestal o sus agrupaciones.»
Dicha base de datos recoge tanto a las personas físicas o jurídicas, como a los establecimientos locales que han comunicado llevar a cabo venta local de productos agroalimentarios. El detalle de los productores y los establecimientos que han comunicado llevar a cabo venta local durante el año 2021 (coincidente con el período de solicitud de la solicitud conjunta de la PAC) puede consultarse en la página web del Gobierno de Aragón, en la dirección:
https://www.aragon.es/documents/20127/61549229/BASE_DATOS_VENTA_LOCAL_productores_establecimientos.pdf/2c990f5e-d3bd-1290-d9f6-01c6b3d003da?t=1643723183682
En total, 174 productores y 9 establecimientos locales.
La comunicación de inscripción en la base de datos tiene carácter anual. La no presentación de comunicaciones de datos en una anualidad concreta conducirá a la baja en la base de datos durante esa anualidad, según lo establecido en el artículo 5.7 de la citada Orden.
— ¿Qué presupuesto se ha dedicado cada anualidad al cumplimiento de la citada ley?
En el año 2021 se convocaron subvenciones para el fomento y promoción de la venta local de productos agroalimentarios en Aragón para las anualidades 2021 y 2022 por un importe total de 150.000 euros.
En paralelo, se atienden numerosas consultas en relación con la Ley de Venta Local. por parte del Servicio de Promoción y Calidad Agroalimentaria, tanto por medios telefónicos como mediante correo electrónico. Su ingente número no permite llevar un registro de todas ellas, pero durante el período de inscripción en la base de datos se superan la decena de consultas semanales.
Además, se han realizado varias Jornadas divulgativas. Una de las sesiones más extensas puede reproducirse de manera completa en la página web del Departamento destinada a la Venta Local: https://www.aragon.es/-/venta-local-de-productos-agroalimentarios.
El consumo general de Alimentos de Aragón se ha incrementado notoriamente según todos los datos que manejamos y que proceden de los diferentes eslabones de la cadena de valor agroalimentaria. Sin duda la venta local ha tenido también que incrementarse notablemente por la acusada tendencia de consumo de alimentos con origen local.
— ¿Por qué no se está promocionando este tipo de producción mientras se está incrementando fomentando la promoción agroalimentaria por otros canales?
El canal corto de comercialización se promociona a través de múltiples iniciativas y siempre poniendo en valor el origen Aragón, objetivo de nuestra campaña de promoción Aragón alimentos nobles: Lo que ves, es. Es una campaña paraguas para todos y cada uno de los canales comercializadores de alimentos. Además, cuenta con un proyecto específico de desarrollo del canal corto en eCommerce con la plataforma www.compartearagon.es fruto de un proyecto de cooperación promovido por la AIAA y Cooperativas Agroalimentarias.
Pon Aragón en tu Mesa, marca de otro grupo de cooperación con larga trayectoria en promoción agroalimentaria a través de los grupos LEADER lleva a cabo numerosas acciones de promoción de la venta local en múltiples mercados.
Apoyamos de igual manera la promoción agroalimentaria en los mercados tradicionales en coordinación con las instancias competentes (Ayuntamientos), desde el emblemático Mercado Central de Zaragoza, hasta el resto de mercados que ofrecen en muchos casos producto de venta directa.
También hemos llevado a cabo campaña de promoción en todos los Multiservicios Rurales de Aragón y tiendas cooperativas agroalimentarias, establecimientos que en muchos casos ofrecen producto de cercanía de canal corto.
Destacamos las numerosas iniciativas de formación y comunicación específicas, como la jornada que organizamos junto a Sanidad:
https://www.comparteelsecreto.es/2020/11/18/webinar-sobre-la-venta-local-de-productos-agroalimentarios-de-aragon/.
Recientemente hemos atendido peticiones desde varias Comarcas como el Matarranya donde nuestros técnicos se han desplazado para formar a los interesados.
—¿En qué situación se encuentra el desarrollo de los reglamentos por cada producto?
En la Ley 7/2017 no está previsto un desarrollo reglamentario por producto. En concreto, el desarrollo que se recoge en la «Disposición final segunda» es el siguiente:
· Las guías prácticas de adaptación en materia de higiene de los alimentos a las que se refiere el artículo 8.1.
Dichas guías pueden encontrarse en la página web del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/documents/20127/2556268/Gu%C3%ADa+de+buenas+pr%C3%A1cticas+higi%C3%A9nico-sanitarias+para+la+venta+local+en+Arag%C3%B3n.pdf/de452469-2b1d-18ca-f654-9e45cb7ba4b8?t=1592479967016)
· Un estudio riguroso con la participación de organizaciones agrarias, organizaciones de consumidores, la universidad y personas expertas en la materia para poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior (Guía de prácticas) y facilitar la adaptación a la normativa en materia higiénico-sanitaria por parte de los pequeños y medianos productores.
· La orden por la que se establezcan las cantidades máximas a las que se refiere el artículo 5 (Orden DRS/398/2019).
· La estructura y regulación de la base de datos de venta local, a la forma de presentación de las declaraciones responsables previstas en esta ley (Orden AGM7892/2020) y a la creación y regulación del distintivo único que identifique la venta local (Orden AGM/891/2020).
Con respecto a la flexibilización de requisitos higiénico-sanitarios, en diciembre de 2020 se publicó el Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
Este Real Decreto viene a recoger excepciones o adaptaciones para flexibilizar los requisitos establecidos en los reglamentos del paquete de higiene para determinados tipos de establecimientos y productos por un lado y la regulación de algunas actividades excluidas del ámbito de aplicación de la normativa de la Unión Europea en materia de higiene, relativas al consumo doméstico privado y al suministro directo por parte del productor de pequeñas cantidades de determinados productos al consumidor final o a establecimientos locales de venta al por menor para el abastecimiento del consumidor final.
Concluimos que el desarrollo normativo preceptivo ha concluido con las disposiciones y guías publicadas.
Zaragoza, 4 de marzo 2022.
El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
JOAQUÍN OLONA BLASCO