Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Enmienda presentada a la Proposición no de Ley núm. 502/13, sobre las consecuencias de la reforma eléctrica para la industria en Aragón y concretamente la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:199 (VIII Legislatura)
PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite la enmienda presentada por el G.P. del Partido Aragonés a la Proposición no de Ley núm. 502/13, sobre las consecuencias de la reforma eléctrica para la industria en Aragón y concretamente la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, publicada en el BOCA núm. 197, de 18 de diciembre de 2013, cuyo texto se inserta a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 18 de diciembre de 2013.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
A LA MESA DEL PLENO DE LA CÁMARA:
Joaquín Peribáñez Peiró, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 502/13, relativa a las consecuencias de la reforma eléctrica para la industria en Aragón y concretamente, la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de la interrumpibilidad.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Sustituir el texto de la Proposición no de ley por el siguiente:
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a dirigirse al Ministerio de Industria, Energía y Turismo para requerirle que introduzca en la orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, las modificaciones necesarias para que, favoreciendo que el consumo medio horario durante el periodo de entrega menos el valor de la potencia residual de referencia (pmax) sea igual o superior al recurso asignado.
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más adecuado.
Zaragoza, 18 de diciembre de 2013.
El Diputado
JOAQUÍN PERIBÁÑEZ PEIRÓ
V.º B.º
El Portavoz
ALFREDO BONÉ PUEYO