Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON

Memoria anual de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón correspondiente al año 2013

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:261 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2013, ha conocido la Memoria Anual de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al año 2013, enviada por el Fiscal Superior de Aragón en cumplimiento del artículo 66.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, y, a la vista de lo dispuesto en el artículo 217 del Reglamento de las Cortes de Aragón, ha acordado su tramitación ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario conforme al procedimiento establecido en el artículo 172 del Reglamento de la Cámara para las Comunicaciones, sin que pueda dar lugar a la formulación de propuestas de resolución.

Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón.

Zaragoza, 17 de septiembre de 2013.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


Memoria anual de la Fiscalía

de la Comunidad Autónoma de Aragón

correspondiente al año 2013

CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS

1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría

2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos

3. Organización general de la Fiscalía

4. Sedes e instalaciones

5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía

6. Instrucciones generales y consultas

7. Exposición general de las Fiscalías Provinciales

CAPÍTULO II. ACTIVIDAD DE LAS FISCALÍAS TERRITORIALES

1. Penal

1.1. Evolución de los procedimientos penales

1.2. Evolución de la criminalidad

2. Civil

3. Contencioso-administrativo

4. Social

5. Otras áreas especializadas

5.1. Violencia doméstica y de género

5.2. Siniestralidad laboral

5.3. Medio ambiente y urbanismo

5.4. Extranjería

5.5. Seguridad vial

5.6. Menores

5.7. Cooperación internacional

5.8. Delitos informáticos

5.9. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal

5.10. Vigilancia penitenciaria

5.11. Delitos económicos

5.12. Tutela penal de la igualdad y contra la discriminación

CAPÍTULO III. TEMAS ESPECÍFICOS DE OBLIGADO TRATAMIENTO

1. Delitos de torturas y contra la integridad moral cometidos por autoridad o funcionario público

CAPÍTULO IV. PROPUESTAS DE REFORMAS LEGISLATIVAS


CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES

Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS


1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría

1.1. Fiscales

La plantilla de Fiscales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón no sufrió variación durante el año 2013, siendo la siguiente:

— Fiscal Superior: Excmo. Sr. D. José Mª Rivera Hernández.

— Teniente Fiscal: Ilmo. Sr. D. Enrique Pera Elfau, que fue renovado en su cargo por Real Decreto de 45/2014, de 24 de enero.

— Fiscal: Ilmo. Sr. D. Carlos Sancho Casajús.

1.2. Personal de Secretaría

Como hemos señalado en anteriores memorias, la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón sigue careciendo de plantilla de personal de Secretaría. Las funciones correspondientes a dicha Secretaría se vienen realizando por funcionarias de la Fiscalía Provincial, que atienden tanto la Secretaría Particular del Fiscal Superior, común con la del Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza, como la gestión y tramitación de los asuntos cuyo despacho corresponde a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma.

En la última Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal se planteó nuevamente la necesidad de creación de plazas para la Secretaría de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, continuándose de momento con el sistema de funcionarios de refuerzo en la Fiscalía Provincial de Zaragoza, permitiendo de esa forma que los funcionarios de la Fiscalía Provincial puedan atender también los asuntos de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma.

También se hizo referencia en dicha Comisión Mixta que la futura desjudicialización del Registro Civil podría permitir la asignación de puestos funcionariales actualmente dependientes del mismo a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma.

1.3. Unidad de Apoyo del Fiscal Superior de Aragón

La estructura orgánica de la Unidad de Apoyo ha quedado consolidada, con una Jefa de la misma, funcionaria del grupo A de la Comunidad Autónoma, Dª Mª Pilar Posac Marcén y una funcionaria administrativa, también de la Comunidad Autónoma, Dª Carmen Montesinos, que desarrollan su labor a plena satisfacción.

2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos

Al igual que el año anterior, no se han producido vacantes en la plantilla de Fiscales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, manteniéndose, en lo referente al personal de secretaría, las dos funcionarias de refuerzo en la Fiscalía Provincial de Zaragoza, encargándose los funcionarios de ésta de las funciones de secretaría de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma. Respecto de la Unidad de Apoyo, tampoco se han producido novedades con relación al año anterior.

3. Organización general de la Fiscalía

Como ya se ha señalado en memorias anteriores, el intercambio de opiniones y la coordinación en el despacho de los asuntos propios de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se lleva a cabo conjuntamente por el Fiscal Superior, el Teniente Fiscal y el Fiscal de la misma, sin perjuicio de que el despacho de los asuntos corresponda a uno o a otro.

Las relaciones con las autoridades de la Comunidad Autónoma, que tiene competencias transferidas en materia de administración de justicia, así como con las autoridades del Estado existentes en la Comunidad, las lleva a cabo el Fiscal Superior.

El Teniente Fiscal asiste a las reuniones convocadas por el Fiscal de Sala de lo Contencioso Administrativo, mientras que el Fiscal asiste a las convocadas por el Fiscal de Sala de lo Civil y por la Fiscal de Sala de lo Social.

La gestión de medios materiales e informáticos, así como la confección de estadísticas y el apoyo en la utilización de las aplicaciones informáticas «Fortuny» y «Minerva-menores» queda facilitada por la labor de la Unidad de Apoyo con cuya Jefa se despacha diariamente.

4. Sedes e instalaciones

4.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

No se ha producido ninguna novedad en las instalaciones de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma que, como se ha indicado en anteriores memorias, tiene su sede en el Palacio de Justicia de Zaragoza.

Dado que el despacho del Fiscal Superior, el del Fiscal Jefe Provincial y la Secretaría de ambos, ubicados todos en la planta segunda del Palacio, precisan de una adecuación en cuanto a pintura, se ha solicitado así de la Comunidad Autónoma, lo que se ha llevado a cabo en los últimos días del mes de marzo de 2014.

4.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

4.2.1. Sección de la Fiscalía que atiende la Audiencia Provincial

Sí ha habido novedades en la ubicación de la Sección de la Fiscalía Provincial que atiende a la Audiencia, dado el traslado de ésta desde el Palacio de Justicia a un edificio anejo al mismo, conectados ambos por un puente. Ello permitió que la Fiscalía Provincial pudiera ocupar dos de los despachos que habían quedado libres como consecuencia de dicho traslado, situados en la misma planta que el resto de despachos de los Fiscales y junto a la sala de juntas de la Fiscalía.

Por otro lado, el traslado al edificio de la nueva Ciudad de la Justicia de la Sección de la Fiscalía que atiende los juzgados unipersonales, al que luego nos referiremos, ha supuesto que finalmente los Fiscales que atienden la Audiencia estén ubicados en despachos individuales y dignos, por lo que la ubicación actual es adecuada, pendiente únicamente de realizar algunas labores de pintura en los despachos de los Fiscales.

4.2.2. Sección de la Fiscalía que atiende los Juzgados unipersonales.

El día 13 de mayo de 2013 tuvo lugar la inauguración de la nueva Ciudad de la Justicia de Zaragoza, en dos de los edificios que integraron en su día la Exposición Internacional de Zaragoza, celebrada el año 2008. En uno de ellos, el de mayor tamaño, denominado «Fueros de Aragón» se han instalado todos los Juzgados del ámbito penal: Instrucción, de lo Penal, de Violencia sobre la mujer, de Menores. En dicho edificio se ubica también el Decanato de los Jueces, así como la Sección de la Fiscalía Provincial que atiende los Juzgados y la Sección de Menores de la misma. Este edificio está dividido en cinco zonas, numeradas con las letras «A» a «E», y tiene planta baja más tres plantas.

El otro edificio, denominado «Vidal de Canellas», alberga los Juzgados de Primera Instancia, Mercantiles, Contencioso-administrativos y Sociales.

El traslado de todos los Juzgados unipersonales a la nueva Ciudad de la Justicia ha sido modélico, cumpliéndose a rajatabla el calendario previamente establecido, sin que se haya tenido que suspender los señalamientos y produciéndose muy pocas disfunciones. Es de justicia reconocer la labor de la Gerente de la Ciudad de la Justicia, cuya dedicación y buen hacer hicieron posible la normalidad en el traslado.

Al trasladarse todos los Juzgados unipersonales a la nueva Ciudad de la Justicia, mucho más distante del Palacio de Justicia que el anterior edificio de los Juzgados, hubo que reorganizar la ubicación de la Sección de la Fiscalía que atiende los mismos, trasladándose a la nueva sede, por un lado, los Fiscales y la Secretaría que se encontraba ubicada en el antiguo edificio de los Juzgados, por otro una parte de los Fiscales y de Secretaría que se encontraba en el Palacio de Justicia y por otro los Fiscales y la Secretaría de la Sección de Menores de la Fiscalía.

La Sección de la Fiscalía que atiende los Juzgados unipersonales se encuentra ubicada en la planta 3ª de la Zona B, que forma un cuadrado, en cuyos lados están situados los despachos de los Fiscales, mientras que la Secretaría queda en el centro del mismo. Corresponde la organización de dicha Sección al Fiscal Decano, en continua coordinación y sintonía con el Fiscal Jefe Provincial, mientras que para la organización de la Secretaría, no sólo de esta Sección sino también de la Sección que atiende a la Audiencia y de la Sección de Menores, se ha designado a una funcionaria del Cuerpo de Gestión para que desempeñe funciones de gestora-directora, lo que está realizando a plena satisfacción.

Además, la Fiscalía cuenta con un despacho en la planta 2ª de la Zona E, junto a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, para atender el servicio de guardia en los mismos, y con dos despachos, uno para el Fiscal y otro para los funcionarios, en las dependencias del Juzgado de Guardia, sitas en la planta baja de la Zona E.

En el edificio destinado a los Juzgados no penales, la Fiscalía cuenta con un despacho para ser utilizado por los Fiscales que asisten a las vistas de los Juzgados de Primera Instancia, Contencioso-administrativos y Sociales.

4.2.3. Sección de Menores de la Fiscalía

Mención aparte merece la ubicación en la Ciudad de la Justicia de la Sección de Menores de la Fiscalía, junto con los Equipos Técnicos y los Juzgados de Menores, pues las condiciones anteriores no permitían un adecuado desempeño de sus funciones.

Todos los organismos que afectan a los menores: Juzgados, Fiscalía, Equipos Técnicos, Servicio de Medio Abierto, están ubicados en la planta 2ª de la Zona D, que forma un cuadrado en uno de cuyos lados se ubica la Fiscalía, con cuatro despachos para las Fiscales, una sala de reuniones y una Secretaría.

En el mes de diciembre de 2013, en el transcurso de la inspección ordinaria llevada a cabo por el Fiscal Superior a la Sección de Menores, se constató que la sala de espera para las víctimas de los delitos cometidos por menores de edad no tenía las condiciones mínimas necesarias, pues se ubicaba en un despacho cerrado, sin vista exterior, rodeado del lugar destinado a espera de los menores infractores. De hecho, ante la falta de adecuación de dicho lugar, se comprobó que se venía utilizando como sala de espera para las víctimas la sala de reuniones de la Fiscalía.

Ante ello, se estudió la posibilidad de ubicar la sala de espera de las víctimas en otro lugar, encontrando como solución idónea compartimentar un amplio espacio, actualmente diáfano, situado en la Zona E, junto a los Juzgado de Violencia sobre la Mujer, y conectado con la Zona D por un pasillo, espacio cuya amplitud permitía colocar en una parte del mismo una sala de espera, con amplio ventanal al exterior, controlado por la Secretaría de la Fiscalía, al tener conexión visual con la misma, y situado de tal forma que permitía un itinerario de las víctimas, tanto para asistir a las declaraciones en Fiscalía como a las vistas en el Juzgado, que permitía que en ningún momento hubiera contacto visual con los menores autores de los hechos.

La idoneidad de tal solución fue planteada por el Fiscal Superior en la reunión de la Comisión Mixta Comunidad Autónoma – Fiscalía, que tuvo lugar el día 14 de enero de 2014, acordándose que se llevaría a cabo una visita conjunta del Fiscal Superior, el Fiscal Jefe Provincial, la Fiscal Coordinadora de Menores, la Directora General y la Gerente de la Ciudad de la Justicia, la cual se llevó a cabo y en la que se analizaron otras posibilidades, llegándose a la conclusión de que la propuesta era la que mejor encajaba en la finalidad de protección de las víctimas. En estos momentos se está a la espera de que la Comunidad Autónoma acuerde formalmente llevar a cabo la adaptación del referido espacio para convertirlo en sala de espera de las víctimas de los delitos cometidos por menores.

4.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Durante el año 2013 continuaron las obras del nuevo Palacio de Justicia de Huesca, en el que se unificarán las tres sedes judiciales actuales, pues se unirán los nueve juzgados actuales (cinco juzgados de Primera Instancia e Instrucción, un juzgado de Menores, un juzgado Contencioso-Administrativo, un juzgado de lo Social y un juzgado de lo Penal y el penal de refuerzo o bis) y la sección de la Audiencia Provincial. Existe además espacio reservado para ser utilizado en próximos años por un total de trece juzgados más el de guardia y una nueva sección de la Audiencia Provincial. La inauguración de dicho Palacio de Justicia está prevista para finales del mes de abril.

La Fiscalía Provincial de Huesca está ubicada en la planta tercera del edificio, donde también se ubica los despachos y secretaría de la Audiencia Provincial. Consta de despacho para el Fiscal Jefe, para el Teniente Fiscal y para diez Fiscales, con posibilidad de ampliación a dos más, así como una sala de juntas y espacio para la secretaría.

Asimismo se dispondrá de un despacho para el Fiscal en la planta destinada al Juzgado de Menores.

La inauguración oficial del nuevo Palacio de Justicia está prevista para el día 28 de abril de 2014, mientras que el traslado de la Fiscalía y demás organismos está previsto que se realice en los meses siguientes.

4.4. Fiscalía Provincial de Teruel

En la Fiscalía de Teruel no ha habido modificaciones respecto de la situación del año anterior. Desde la ampliación del Palacio de Justicia, con la unión al mismo del edificio contiguo, no existen problemas de ubicación de la Fiscalía Provincial.

No obstante, por parte de la Comunidad Autónoma se ha manifestado la intención de llevar a cabo una remodelación del Palacio de Justicia de Teruel, proyecto que es conocido por el Fiscal Jefe Provincial, que está de acuerdo con el mismo. Está previsto que, durante la realización de las obras, todo el personal se trasladará a las dependencias de la antigua sede del Banco de España.

Tampoco ha habido novedades en la Sección Territorial de Alcañiz, que dispone de dos despachos para los Fiscales y un despacho amplio para los dos funcionarios.

5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía

Seguimos haciendo hincapié en la correcta utilización de las aplicaciones informáticas Fortuny y Minerva-Menores, necesaria no sólo para la confección de estadísticas sino para el control de los asuntos, así como en la completa itineración de datos entre los Juzgados y la Fiscalía y en la utilización de la videoconferencia.

A los tres aspectos citados nos referimos en la memoria del año anterior, insistiendo en la utilidad de las nuevas herramientas para que nuestra labor como Fiscales sea complementado con las mismas de tal manera que se optimicen los recursos consiguiendo un trabajo de mayor calidad y fiabilidad.

Con respecto a la utilización de aplicación informática Fortuny, se sigue vigilando la misma desde la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior, además de solventar los problemas que se van planteando cotidianamente. Se asumió sin problemas la nueva versión Fortuny 5.12 y, ante la incorporación de nuevos funcionarios como consecuencia de un amplio concurso de traslado, se solicitó y se obtuvo un curso de formación para los mismos.

Todavía se producen algunas disfunciones, pero se ha conseguido que la aplicación sea una herramienta ordinaria y diaria de trabajo, tanto para los funcionarios como para los Fiscales.

Igual cabe decir que la utilización de aplicación informática Minerva-Menores. En la inspección ordinaria de la Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, del ámbito de reforma se examinó lo relativo a las diligencias preliminares archivadas por desistimiento de la incoación, diligencias preliminares transformadas en expedientes de reforma, los expedientes de reforma, medidas cautelares, expedientes de control de ejecución, procedimientos de auxilio fiscal y procedimientos en trámite. Asimismo se ha examinado lo relativo al ámbito de protección. Se comprobó la correcta utilización de la aplicación, si bien se hicieron algunas recomendaciones respecto de los expedientes de reforma que provengan de unas diligencias preliminares, la actualización del registro de expedientes de reforma enviados al Juzgado de Menores vía itineración, el cierre adecuado de los procedimientos de auxilio fiscal y la utilización del programa informatizado de registro en materia de protección de menores, que ha sido puesto en marcha el 22 de enero de 2014.

También se comprobó la correcta utilización de la aplicación informática Minerva-Menores en la visita de inspección realizada a la Fiscalía Provincial de Teruel en julio de 2013.

Respecto de la itineración, vía Lexnet, de datos entre los Juzgados y la Fiscalía, durante el año 2013 se ha venido realizando tal itineración, vigilándose desde la Unidad de Apoyo que la misma se realizara diariamente y no se produjeran retrasos. Sigue sin solucionarse el problema de la dificultad de itineración de las diligencias previas ya sobreseídas. En el mes de julio de 2013 mantuvimos una reunión por videoconferencia con la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado en la que se nos indicó que la aplicación informática de la Fiscalía estaba ya preparada para la itineración masiva de dichas diligencias previas sobreseídas, estando pendiente de que la correspondiente modificación en la aplicación informática de los Juzgados permitiera tal itineración. Hasta el momento, dicha modificación de Minerva no se ha producido lo que lleva al rechazo automático de tales procedimientos que deben luego introducirse manualmente. Es de desear que tal modificación de la aplicación Minerva se lleve a cabo pronto a fin de que la itineración de las diligencias previas sobreseídas, que suponen un porcentaje muy importante de las diligencias previas de los Juzgados de Zaragoza, sean itineradas automáticamente a la aplicación Fortuny. El problema no se plantea en Huesca ni en Teruel, pues no se produce un sobreseimiento masivo en las diligencias previas al ser la guardia semanal y no diaria como en Zaragoza.

En el momento de redactar esta memoria todavía no se ha solucionado un problema planteado en el mes de enero de 2014 relativo al hecho de que, al realizarse la selección del grupo de delito y pulsar en la pestaña «aceptar», un mensaje en la pantalla indica que dicho procedimiento no lleva asociado el parte de incoación, de manera que debe rechazarse dicho procedimiento y realizarse el grabado manual del mismo cuando llega a Fiscalía la correspondiente documentación. Dicho problema es de urgentes solución pues impide la itineración de datos entre el programa de los Juzgados y el de Fiscalía.

En cuanto a la utilización de la videoconferencia, a los problemas derivados de la reticencia de algunos órganos judiciales, a los que se hizo referencia en la memoria del año pasado, hemos de hacer constar la excesiva frecuencia con la que se estropean los terminales de videoconferencia, tanto de Fiscalía como de los Juzgados, y el excesivo tiempo que se tarda en repararlos, lo que lleva a innecesarios desplazamientos con el consiguiente derroche de tiempo y dinero. A este respecto hay que hacer constar que en nuestra Comunidad Autónoma no se plantean los problemas de desplazamiento de los Fiscales que ocurren en otras Comunidades, pues la Administración proporciona transporte a los Fiscales que precisan acudir a actuaciones en Juzgados situados en poblaciones distintas de la sede de la Fiscalía, en primer lugar utilizando vehículos del parque móvil propio y, si no es posible, solicitando los servicios de un taxi público, en cuyo caso el usuario del servicio presenta el tíquet en el que se refleja el importe del mismo para que se proceda a su abono por parte de la Administración.

6. Instrucciones generales y consultas

No se han enviado formalmente instrucciones a las Fiscalías Provinciales, pues han sido suficientes las comunicaciones fluidas con los respectivos Fiscales Jefes para unificar criterios o solucionar cuestiones que se han ido planteando. Las Circulares, Instrucciones y Consultas que se reciben de la Fiscalía General del Estado se remiten a todos los Fiscales por correo electrónico para su conocimiento y posteriormente se comprueba el cumplimiento de las mismas.

7. Exposición general de las Fiscalías Provinciales

7.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

No se han producido modificaciones en el año 2013 en la plantilla de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, que sigue estando integrada por el Fiscal Jefe, que fue renovado en su cargo por Real Decreto 437/2013 de 14 de junio, la Teniente Fiscal, un Fiscal Decano que es coordinador, otros 11 Fiscales Coordinadores y 23 Fiscales, de los que cinco ocupan plaza de abogado fiscal. La Sección Territorial de Calatayud, dependiente de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, está integrada por la Fiscal Decana y dos Fiscales de las que una ocupa plaza de abogado fiscal.

Los tres períodos correspondientes al accidente de un Fiscal, la operación del mismo y la operación de otra Fiscal, todo ello en el primer semestre de 2013, se cubrieron mediante un abogado fiscal sustituto externo. Pero, a raíz de la Instrucción 3/2013 «Sobre régimen de sustituciones en la Carrera Fiscal», una nueva baja por enfermedad se cubrió mediante una sustitución interna por parte de tres Fiscales.

En cuanto al personal de Secretaría, sigue estando formado por 5 funcionarios del cuerpo de gestión, 15 de tramitación y 6 de auxilio. La plantilla de la Secretaría de la Sección Territorial de Calatayud está formada por dos funcionarios de tramitación y uno de auxilio. Y siguen manteniéndose dos funcionarias de tramitación de refuerzo, dado que los funcionarios de la Fiscalía Provincial despachan también los asuntos de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, que carece de personal de secretaría.

En noviembre de 2013 fue resuelto el concurso de traslado convocado por la Comunidad Autónoma, como consecuencia del cual obtuvieron otro destino cuatro funcionarios de Fiscalía, de los cuales uno era de gestión, dos de tramitación y uno de auxilio, plazas que se cubrieron por otros funcionarios, al tratarse de un concurso «a resultas». Estos nuevos funcionarios recibieron la correspondiente formación sobre la utilización de las aplicaciones informáticas de Fiscalía.

Respecto de la distribución de trabajo de los Fiscales de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, al producirse el traslado a la nueva de la Ciudad de la Justicia, se reestructuró dicha distribución, si bien se han mantenido los seis grupos de trabajo, cada uno con un coordinador, reflejados en la anterior memoria, que son: 1. Fiscales en la Audiencia Provincial. 2. Fiscales en los Juzgados de Instrucción de Zaragoza. 3. Fiscales de Violencia sobre la Mujer. 4. Fiscales de la Sección de Menores. 5. Fiscales de los Juzgados de Ejea, Tarazona y Caspe. 6. Fiscales de la Sección Territorial de Calatayud.

7.2. Fiscalía Provincial de Huesca

La plantilla de la Fiscalía Provincial de Huesca sigue estando integrada por el Fiscal Jefe Provincial, el Teniente Fiscal y 10 Fiscales de los que seis plazas son de Segunda Categoría y cuatro de Tercera.

En cuanto a la Secretaría sigue estando compuesta por diez funcionarios: dos del cuerpo de gestión procesal, cinco del cuerpo de tramitación y tres del cuerpo de auxilio judicial, a los que cabe añadir una sexta funcionaria de tramitación que desde hace cuatro años viene siendo renovada cada seis meses como refuerzo.

El trabajo de la Fiscalía está distribuido por Juzgados. La asistencia a juicios se distribuye por semanas. Las especialidades están repartidas entre todos los Fiscales.

7.3. Fiscalía Provincial de Teruel

La plantilla de la Fiscalía Provincial de Teruel está integrada por el Fiscal Jefe, la Teniente Fiscal, un Fiscal coordinador y tres plazas de Abogado Fiscal. La Sección Territorial de Alcañiz está integrada por la Fiscal Decana y una plaza de Abogado Fiscal.

Se produjo una baja por maternidad, que fue cubierta de forma voluntaria por dos Fiscales, de acuerdo con el contenido de la Instrucción 3/2013 de la Fiscalía General del Estado.

En cuanto al personal de Secretaría, en la Fiscalía Provincial de Teruel con sede en la capital, está compuesto por una funcionaria de gestión, cuatro de tramitación y dos de auxilio. La Sección Territorial de Alcañiz cuenta con una funcionaria de tramitación y una funcionaria de auxilio.

El trabajo de la Fiscalía está distribuido por Juzgados y especialidades, persistiendo el problema derivado de que cada Fiscal debe hacerse cargo de varias especialidades, con la consiguiente necesidad de asistencia a reuniones y cursos de especialistas, lo que incide en la atención a los servicios ordinarios.


CAPÍTULO II. ACTIVIDAD DE LAS FISCALÍAS TERRITORIALES

A. ACTIVIDAD DEL FISCAL SUPERIOR DE ARAGÓN

El artículo 22.4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, además de dirigir su Fiscalía, actuarán en todo el territorio de la Comunidad Autónoma correspondiente, asumiendo en el mismo la representación y la jefatura del Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las atribuciones del Fiscal General del Estado.

Por ello, al igual que en años anteriores, se expondrá en este apartado, en primer lugar, la actuación del Fiscal Superior de Aragón como jefe y coordinador de las Fiscalías de Aragón, como representante de la Fiscalía ante las autoridades de la Comunidad Autónoma y como representante de la Fiscalía en la organización de actividades internacionales.

A.1. Actividad del Fiscal Superior de Aragón como jefe y coordinador de las Fiscalías de la Comunidad Autónoma

A.1.1. Determinación de las necesidades materiales de las Fiscalías

Las incidencias en esta materia, han sido durante el año 2013, especialmente significativas, dado el traslado de sedes a que se ha hecho referencia en otro apartado de esta Memoria. El traslado a la nueva Ciudad de la Justicia de Fiscales y funcionarios de Secretaría desde el antiguo edificio de los Juzgados y desde el Palacio de Justicia ha supuesto la necesidad de coordinar las necesidades materiales y la adaptación informática en la nueva sede, para lo que se ha contado con la inestimable ayuda de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior.

A.1.2. Juntas de Fiscales Jefes Provinciales

Además de la frecuente relación personal y telefónica con los Fiscales Jefes Provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel, se celebraron los días 21 de mayo y 27 de septiembre de 2013 sendas juntas de Fiscales Jefes Provinciales.

En la junta del día 21 de mayo, se trataron los siguientes temas: 1. Informe sobre las Juntas de Fiscalía celebradas para hacer alegaciones al borrador de nuevo Código Procesal Penal y a la propuesta de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 2. Informe sobre el calendario de inspecciones a las Fiscalías Provinciales y temas de la inspección. 3. Informe sobre la futura visita del Fiscal General a la Ciudad de la Justicia de Zaragoza y a las Fiscalías de Huesca y de Teruel. 4. Informe sobre los asuntos de acoso a autoridades. 5. Informe sobre las asociaciones que tienen como finalidad la distribución de cannabis. 6. Informe sobre los casos de aprehensión de droga en centros penitenciarios cuando son sobreseídos por los Juzgados de Instrucción. 7. Informe sobre la petición de considerar a los árbitros como autoridad o funcionario público. 8. Informe sobre la carta remitida por la Presidenta de Aragón con motivo de las Jornadas del Bidasoa. 10. Informe del Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza sobre la nueva distribución de trabajo entre los Fiscales, así como sobre la organización de la Secretaría de Fiscalía, como consecuencia del traslado de las dependencias de la Fiscalía a la nueva Ciudad de la Justicia. 11. Informe del Fiscal Jefe Provincial de Huesca sobre el estado de las obras del nuevo palacio de justicia.

En la junta del día 27 de septiembre, se trataron los siguientes temas: 1. Informe sobre la visita del Fiscal General del Estado los días 15 y 16 de octubre. 2. Informe sobre la visita de inspección llevada a cabo por la Inspección Fiscal en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma y en la Fiscalía Provincial de Zaragoza. 3. Informe sobre el cumplimiento de objetivos señalados por la Inspección Fiscal en la visita de inspección llevada a cabo en la Fiscalía Provincial de Huesca. 4. Estudio del cumplimiento de la Instrucción 2/2013 de la Fiscalía General del Estado sobre las asociaciones promotoras del consumo de cannabis. 5. Informe del Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza sobre el traslado de las dependencias de la Fiscalía a la nueva Ciudad de la Justicia 6.- Informe sobre la «Estrategia nacional para la erradicación de la violencia contra la mujer».

A.1.3. Inspección de las Fiscalías Provinciales

En cumplimiento del artículo 13.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que atribuye a los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas la inspección ordinaria de las Fiscalías de su ámbito territorial, se continuó en el año 2013 con las inspecciones a las Fiscalías Provinciales procurando abordar parcelas concretas para una mejor racionalización de dicha actividad.

Como esta función inspectora del Fiscal Superior se realiza sin perjuicio de la función inspectora que con carácter permanente tiene encomendada la Inspección Fiscal por delegación del Fiscal General del Estado y, por tanto, con plena colaboración con la misma, y dado que durante el año 2013 se realizaron por la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado inspecciones a las Fiscalías Provinciales de Huesca y Zaragoza, la actividad inspectora del Fiscal Superior se centró en ese año en la Fiscalía Provincial de Teruel y en la Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Zaragoza.

El día 3 de julio de 2013 se procedió a la inspección de la Fiscalía Provincial de Teruel. La inspección fue efectuada por el Fiscal Superior de Aragón y el Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón con la asistencia de la Jefa de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón.

La inspección se realizó conforme al «Protocolo de actuación en la práctica de las funciones de inspección ordinaria», confeccionado por la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, y se centró en los siguientes temas: I. Aplicación del protocolo de conformidades en el proceso penal. II. Destrucción de drogas incautadas en causas penales. III. Funcionamiento de la Sección de Menores de la Fiscalía. IV. Utilización de la aplicación Minerva para Menores. V. Comprobación de la aplicación informática Fortuny.

Previamente a la realización de la inspección, el Fiscal Superior envió oficios al Presidente de la Audiencia Provincial, al Decano del Colegio de Abogados y al Decano del Colegio de Procuradores, sin que recibiera queja alguna relativa a la actuación de los Fiscales de la Fiscalía Provincial de Teruel en las materias antedichas.

Con respecto a la aplicación del protocolo de conformidades en el proceso penal, al no haberse designado por el Colegio de Abogados de Teruel un letrado que asuma la coordinación de las conformidades, éstas se llevan a cabo por el abogado encargado del asunto y el Fiscal al que corresponde su despacho, si bien dichas conformidades son consultadas y valoradas previamente por la Teniente Fiscal. El análisis de las conformidades se centra básicamente en su adecuación a la prueba y a la legalidad de las penas conformadas. La actuación de la Fiscalía tiene efectos prácticos como lo demuestra el alto porcentaje de sentencias que se dictaron de conformidad en 2012: un 65% por el Juzgado de lo Penal y un 51% por la Audiencia Provincial.

Sobre la intervención del Fiscal en la destrucción de sustancias incautadas en procedimientos judiciales por delitos de tráfico de drogas, se examinaron lo siguientes aspectos: 1.º La petición por los Fiscales, en el escrito de acusación, del comiso y de la destrucción de la sustancia estupefaciente, que se comprueba que se lleva a efecto. 2. Comprobación de la destrucción de la droga en la ejecutoria, comprobándose que en la sentencia se acuerda expresamente la destrucción de la sustancia ocupada, indicándosele al Fiscal Jefe Provincial que inste a los Fiscales para que comprueben el cumplimiento de tal destrucción antes de dar su conformidad al archivo de la ejecutoria. 3. Destrucción de las sustancias intervenidas en procedimientos anteriores, habiéndose creado en la Fiscalía Provincial de Teruel un archivo para el control y seguimiento de la destrucción de drogas intervenidas en los procesos penales. Ha de tenerse en cuenta, además, que, a partir del mes de abril de 2012, al producirse la vacante de la responsable de farmacia de la Sección de Inspección Farmacéutica y de Control de Drogas de la Subdelegación del Gobierno de Teruel, ya no se depositan en dicha Sección sustancias estupefacientes, las cuales son remitidas para su análisis y depósito al Laboratorio de Drogas del Área Funcional de Sanidad y Política Social de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza.

En cuanto al funcionamiento de la Sección de Menores, se comprobó su dedicación y buen hacer en materia de protección, realizándose visitas a los centros de protección, reuniéndose periódicamente con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales para tratar temas específicos de protección de menores y en particular de la evolución de cada menor en los ámbitos de la tutela o del acogimiento y participando en conferencias y charlas en colegios, institutos y con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sobre temas relacionados directa o indirectamente con menores. E, igualmente, en materia de reforma, tanto en la tramitación de los expedientes como en la vigilancia del cumplimiento de las medidas impuestas.

La aplicación informática Minerva-Menores es utilizada adecuadamente tanto por los dos Fiscales de Menores como por los tres funcionarios de la Fiscalía, siendo plenamente satisfactoria.

Respecto de la aplicación informática Fortuny, la inspección se centró en la comprobación del funcionamiento del sistema de itineraciones de los partes de incoación desde el programa informático de los Juzgados (Minerva), hasta la aplicación informática de Fiscalía (Fortuny), siendo de destacar la gran implicación, desde el primer momento, de todos los miembros de la Fiscalía lo cual ha redundado en el excelente funcionamiento del sistema de itineraciones en la Fiscalía Provincial de Teruel, que ha servido como referencia para la puesta en marcha del sistema de itineraciones en las otras dos provincias aragonesas.

Los días 11, 12 y 13 de diciembre de 2013 se procedió a la inspección de la Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, centrándose en el funcionamiento de la referida Sección, tanto en materia de reforma como en materia de protección, así como en el funcionamiento de la Secretaría de la misma. En materia de reforma, se constató el buen funcionamiento de la Sección y el elevado nivel de los escritos de alegaciones. Se mantiene una correcta relación personal y profesional con los Juzgados y no hay retrasos en la tramitación de procedimientos y celebración de vistas, tramitándose con celeridad la ejecución de medidas y las reparaciones extrajudiciales. Lo mismo ocurre con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales en la ejecución de las medidas judiciales del área de reforma, resolviéndose las cuestiones que se suscitan en la ejecución y los problemas que producen los incumplimientos de medidas, generalmente de libertad vigilada.

En materia de protección, también se constata su buen funcionamiento, si bien se recomienda un incremento de las visitas a los Centros de Protección de Menores, la elaboración de un listado completo actualizado de Centros en los que se encuentran menores en protección y un calendario de visitas periódicas a los Centros extendiendo siempre de las visitas la correspondiente acta. También se recomienda elaborar un índice de tutelas de menores, sin perjuicio de la posibilidad de conocer la situación concreta de cada expediente de tutela referido a un menor por medio del SIMA.

También se recomienda institucionalizar reuniones periódicas de trabajo de la Fiscal Delegada con el Delegado Provincial competente en materia de protección de menores de la Administración Autonómica para tratar las cuestiones que se estimen procedentes para una mejor colaboración institucional o resolver casos especialmente problemáticos, conforme a la Instrucción 1/2009, apartado 5 de la Fiscalía General del Estado, así como una mayor fluidez en la relación entre la Sección de Menores de Fiscalía y la Administración Autonómica en materia de protección de menores.

En cuanto a la utilización de la aplicación informática Minerva-Menores, se realizaron unas recomendaciones como la utilización, a partir del mes de febrero de 2014 del nuevo programa informatizado de registro en materia de protección de menores, la correcta incoación de los expedientes de reforma que provenga de unas diligencias preliminares, la actualización del estado de los expedientes de reforma enviados al Juzgado de Menores vía itineración, el cierre adecuado de los procedimientos de auxilio fiscal, o la actualización de los procedimientos en trámite.

A.2. Actividad del Fiscal Superior de Aragón como representante de la Fiscalía ante las Autoridades de la Comunidad Autónoma

A.2.1. Comisión Mixta Fiscalía-Comunidad Autónoma

En el año 2014 se ha vuelto a reunir la Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal, que sigue siendo un instrumento adecuado para canalizar oficialmente las relaciones con la Comunidad Autónoma. La presidencia de dicha Comisión corresponde durante el primer semestre del año al Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón y durante el segundo semestre al Fiscal Superior de Aragón.

El día 14 de junio de 2013, se celebró reunión ordinaria de la Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal, bajo la presidencia del Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, con la asistencia, por parte de la Comunidad Autónoma, de la Directora General de Administración de Justicia, el Director General de Servicios Jurídicos, el Jefe de Servicio de Administración General y el Jefe del Servicio de Infraestructuras; y, por parte del Ministerio Fiscal el Fiscal de Sala Jefe de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado, el Fiscal Superior de Aragón, los Fiscales Jefes de las Fiscalías Provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel, un Fiscal de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado y la Jefa de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón.

En dicha reunión se trataron los siguientes temas: Puesta en funcionamiento de la Ciudad de la Justicia. Informe acerca de las XII Jornadas Judiciales del Bidasoa. Centralización de las peticiones e incidencias a través de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón. Situación del personal de refuerzo de Fiscalía. Informe de la cobertura de la plaza de administrativo de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón y de la plaza de conductor del Fiscal Superior de Aragón. Solicitud de equipamiento de la sede de la Fiscalía Provincial de Zaragoza en la Ciudad de la Justicia. Y solicitud de formación para la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón del programa informático Minerva menores.

Ante las dificultades de coordinación de agendas en el segundo semestre de 2013, la reunión correspondiente al mismo, presidida por el Fiscal Superior de Aragón, tuvo lugar el día 14 de enero de 2014. A dicha reunión asistieron los anteriormente reseñados, salvo el Jefe del Servicio de Infraestructuras, por encontrarse vacante dicho puesto en ese momento. Se trataron los siguientes temas: Singularización del Presupuesto del Departamento de Presidencia y Justicia en lo que a Fiscalía se refiere. Información de la situación de la Nueva Oficina Fiscal. Relaciones de la Fiscalía con las Unidades Administrativas del Gobierno de Aragón. Situación del personal de refuerzo de Fiscalía Provincial de Zaragoza y de la Fiscalía Provincial de Huesca. Cobertura de la plaza de administrativo de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón, como consecuencia de la convocatoria del concurso de méritos. Petición de creación de nuevas plazas de funcionarios en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón. Informe acerca del traslado de la Fiscalía Provincial de Zaragoza a la Ciudad de la Justicia. Informe sobre la visita del Fiscal General del Estado a la Ciudad de la Justicia de Zaragoza y a las Fiscalías Provinciales de Huesca y de Teruel. Formación para los nuevos funcionarios que se incorporen a la Fiscalía como consecuencia de la resolución del concurso de traslado. Solicitud de instalación de aplicaciones informáticas en Fiscalía (Fortuny y Minerva-Menores). Solicitud de instalación del programa Fortuny en la Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Huesca. Solicitud de instalación de Minerva Menores en la Fiscalía Provincial de Teruel y en la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior. Adecentamiento de despachos en Fiscalía. Propuesta de creación de una sala de espera para las víctimas en la Fiscalía de Menores. Destrucción de atestados policiales en desuso. Situación de expedientes y documentación antigua. Estado de las obras del Palacio de Justicia de Huesca. Información del proyecto de remodelación del Palacio de Justicia de Teruel. Y Plan Director de remodelación de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma.

A.2.2. Remisión de la Memoria al Gobierno de Aragón y presentación de la misma ante las Cortes de Aragón

Desde el año 2008, en que se constituyeron las Fiscalías de las Comunidades Autónomas, el Fiscal Superior, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 11.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, tras la reforma llevada a cabo por la ley 24/2007, de 9 de octubre, ha remitido la Memoria anual de la Fiscalía al Gobierno de Aragón y asimismo la ha presentado a la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.

El día 17 de diciembre de 2013, tuvo lugar la presentación de la Memoria del año anterior ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario de las Cortes de Aragón. Tras la exposición de un resumen de la Memoria por el Fiscal Superior, se procedió a un turno de intervención de los representantes de los grupos parlamentarios, Chunta Aragonesista, Izquierda Unida, Partido Aragonés, Partido Socialista y Partido Popular, quienes formularon preguntas al Fiscal Superior, que fueron respondidas por éste en el turno de contestación.

A.2.3. Comisión de Garantías de Videovigilancia en Aragón

La Comisión de Garantías de Videovigilancia en Aragón, presidida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y de la que forma parte el Fiscal Superior de Aragón, tiene como cometido informar sobre las peticiones que realizan los ayuntamientos para la instalación de cámaras de videovigilancia en las vías públicas con la finalidad de evitar daños vandálicos y comisión de acciones delictivas.

Durante el año 2013, tuvieron lugar las siguientes reuniones, en las que se examinaron las peticiones que se relacionan:

Día 4 de febrero: Solicitud de renovación de videocámaras en Binéfar (Huesca), de renovación de videocámaras en Teruel y de autorización de videocámaras en Huesca.

Día 18 de marzo: Solicitud de renovación de videocámaras en Barbastro (Huesca) y de autorización de videocámaras en Huesca.

Día 16 de mayo: Solicitud de autorización de nuevas videocámaras en Barbastro (Huesca).

Día 13 de junio: Solicitud de autorización de videocámaras en Cuarte de Huerva (Zaragoza) y Villarroya del Campo (Zaragoza).

Día 3 de septiembre: Solicitud de renovación de videocámaras y de autorización de otras nuevas en Monzón (Huesca) y solicitud de autorización de videocámaras en Jaca (Huesca).

Día 23 de octubre: Solicitud de autorización de videocámaras en Pedrola (Zaragoza) y solicitud de renovación de videocámaras en Jaca (Huesca) y Utebo (Zaragoza)

Día 2 de diciembre: Solicitud de renovación de videocámaras en Zaragoza.

A.3. Celebración de las XII Jornadas del Bidasoa

Los días 18 y 19 de abril de 2013 se celebraron en Zaragoza las XII Jornadas del Bidasoa con juristas de los territorios de los Tribunales Superiores de Justicia de Aragón, Navarra, País Vasco y Rioja y las Cours d’Appel de Pau, Agen, Bordeaux y Toulouse.

Estas Jornadas, organizadas conjuntamente por la Fiscalía de la Comunidad Autónoma y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, contaron con el apoyo institucional y económico del Gobierno de Aragón. Desde el primer momento, se acordó que dichas jornadas estuvieran presididas, de acuerdo con los tiempos actuales, por criterios de racionalización y austeridad en el gasto público. Y así se hizo, pues, sin menoscabar un ápice la calidad de las jornadas ni la atención a sus intervinientes, se consiguió un ahorro sobre el gasto total presupuestado (25.000 euros) de un 38 por ciento.

El acto inaugural estuvo presidido por el Fiscal General del Estado, que se desplazó expresamente a Zaragoza para presidir este acto, demostrando una vez más, no sólo su aprecio por esta tierra aragonesa, sino también el interés del Ministerio Público español por la cooperación internacional, pues se considera que un mejor conocimiento de las instituciones y procedimientos vigentes en nuestro país vecino redundará en una mayor cooperación entre ambos y, en consecuencia, un mejor servicio a los ciudadanos de ambos países.

La finalidad de estas Jornadas no fue sólo tratar el tema central de las mismas, interesante y actual, sino también y quizás principalmente estrechar los lazos de juristas de uno y otro lado de los Pirineos, para, conociéndonos mejor, poder colaborar mejor.

Prueba de este interés fue también la presencia en el acto de inauguración de la Fiscal de Sala Delegada de Cooperación internacional, que dirige la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado y la Red de Fiscales de Cooperación Internacional, cuyas funciones abarcan los tres planos en que se desenvuelve la actividad internacional del Ministerio Fiscal español, como son el auxilio judicial internacional, las relaciones Institucionales, y la cooperación al desarrollo.

El tema de las Jornadas, «El Derecho ante las situaciones de crisis en la familia», fue desarrollado en las siguientes ponencias:

Primera Ponencia: «La Custodia Compartida», a cargo de D. Ignacio Martínez Lasierra, Magistrado Sala Civil y Penal TSJ de Aragón, y M. Frank Lafossas, Président de Chambre, Cour d´Apell Bourdeaux, siendo moderador D. Juan Ramón Calparsoro Damián, Fiscal Superior del País Vasco. Segunda Ponencia: «Familia y persona en la Unión Europea», a cargo de Javier Forcada Miranda Vocal de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio Justicia y Mme. Corinne Panetta, Présidente du Tribunal Grand Instance de Périgueux, siendo moderador M. Hervé Grange, Premier Président de la Cour d’Appel de Pau. Tercera Ponencia: «Regulación de las consecuencias económicas en las situaciones de ruptura», a cargo de D. Francisco Goyena Salgado, Magistrado de la Audiencia Provincial Navarra y M. Frank Lafossas, Président de Chambre, Cour d´Apell Bourdeaux, siendo moderador M. Henri Suquet, Conseiller à la Cour de Cassation. Cuarta Ponencia: «Muerte Digna: aspectos jurídicos», a cargo de D. Fidel Cadena Serrano, Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo y M. Jean-François Bougon, Président de Chambre, Cour d´apell Bourdeaux, siendo moderador D. Alejandro Fernández Furquet, Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Zaragoza. Y Quinta Ponencia: «Muerte Digna: aspectos médicos», a cargo de D. José Manuel Arredondo Díaz, Médico Forense, siendo moderador D. Ignacio Espinosa Casares, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

Las Jornadas se desarrollaron en un clima de gran interés y altura jurídica, habiendo recibido con posterioridad a las mismas numerosos testimonios de felicitación de los que se hizo partícipes no sólo a la Comisión Organizadora y a los ponentes sino también a la Unidad de Apoyo y a las funcionarias de la Secretaría del Fiscal Superior, pues con su labor callada y eficaz contribuyeron decididamente al éxito de las Jornadas.

B. ACTIVIDAD DE LOS FISCALES DE LA FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Además del Fiscal Superior, la Fiscalía de la Comunidad Autónoma está integrada por el Teniente Fiscal, Ilmo. Sr. D. Enrique Pera Elfau y por el Fiscal Ilmo. Sr. D. Carlos Sancho Casajús. Respecto de los mismos, hay que destacar su profesionalidad y su absoluta compenetración con el Fiscal Superior con quien despachan diariamente y con quien comentan los asuntos de interés. Participan igualmente en la inspección de las Fiscalías Provinciales. En cuanto a su actuación en los procedimientos que son competencia de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma es reseñable su alta preparación jurídica y su buen criterio, necesarios ambos requisitos para afrontar los problemas que se plantean, tanto en el orden civil, especialmente en materia de recursos de casación relacionados con la denominada «custodia compartida», como en materia penal, contencioso-administrativa y social.

C. ACTIVIDAD DE LA UNIDAD DE APOYO AL FISCAL SUPERIOR DE ARAGÓN

Consolidada la estructura orgánica de la Unidad de Apoyo, con una Jefa de la misma y una funcionaria administrativa, dicha Unidad ha seguido desempeñando una admirable labor que, durante el año 2013, ha sido especialmente intensa.

Por un lado, ha seguido realizando sus tradicionales funciones de control y apoyo en la utilización de las aplicaciones informáticas de Fiscalía: Fortuny y Minerva Menores, resolviendo diariamente los problemas que se han ido suscitando, y planteando a instancias superiores aquellas cuestiones que debieran ser objeto de estudio o de reforma en dichas aplicaciones. Por otro lado, la confección de las estadísticas por las tres Fiscalías Provinciales han encontrado en la Unidad de Apoyo el complemento preciso para que dichas estadísticas sigan siendo realizadas de forma veraz y coherente. Y, en tercer lugar, centralizando las necesidades de material e informáticas, estableciendo así un canal de comunicación con la Comunidad Autónoma, que tiene dichas competencias, mucho más fluido y eficaz.

Además, en el año 2013 se produjeron cuatro acontecimientos en los que la Unidad de Apoyo tuvo una participación excepcional. Estos cuatro eventos han sido la puesta en funcionamiento del nuevo edificio de la Audiencia Provincial de Zaragoza, anejo al Palacio de Justicia, la organización del acto de imposición de Cruces de San Raimundo de Peñafort, la celebración de las XII Jornadas hispano-francesas del Bidasoa y la puesta en funcionamiento de la nueva Ciudad de la Justicia de Zaragoza.

Así, en el mes de enero de 2013, se produjo el traslado de los despachos y secretarías de la Audiencia Provincial, existentes en el Palacio de Justicia, al nuevo edificio de la Audiencia Provincial, anejo al anterior y comunicado con él por un puente. Los Fiscales de la Fiscalía Provincial que atendían a la Audiencia no se trasladaron al nuevo edificio sino que se expandieron en el antiguo, aprovechando dos despachos de magistrados que habían quedado vacíos, conforme al acuerdo llevado a cabo con el Tribunal Superior de Justicia. En la consiguiente reorganización de los espacios de Fiscalía, permitiendo que cada Fiscal tenga un despacho individual del que antes carecía, la Unidad de Apoyo jugó un papel esencial que permitió que tal reorganización se llevara a cabo de forma rápida y eficiente.

Por otra parte, el día 13 de febrero de 2013 tuvo lugar el acto de imposición de la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort al Excmo. Sr. D. Fernando García Vicente, Justicia de Aragón y perteneciente a la Carrera Fiscal, así como de la Cruz Distinguida de Primera Clase al Ilmo. Sr. D. Rafael Soteras Escartín Fiscal Decano de la Fiscalía Provincial de Zaragoza. La organización de dicho acto, presidido por el Fiscal General del Estado y al que asistieron numerosas autoridades y representantes de estamentos jurídicos de Aragón, corrió a cargo de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior, que volvió a demostrar su entrega y eficacia en la gestión del mismo.

La organización de las XII Jornadas hispano-francesas del Bidasoa, celebradas en el mes de abril de 2013, a que antes hemos hecho referencia, fue llevada a cabo conjuntamente por el Tribunal Superior de Justicia y la Fiscalía de la Comunidad Autónoma. La parte de la organización correspondiente a la Fiscalía, compleja, al tratarse de unas jornadas internacionales, fue abordada con excelente profesionalidad por la Jefa de la Unidad de Apoyo, eficazmente secundada por la funcionaria administrativa de dicha Unidad y por las funcionarias de la Secretaría Particular del Fiscal Superior. Los numerosos testimonios de felicitación recibidos de los participantes en las mismas, tanto españoles como franceses, son prueba de ello.

Por último, en el segundo semestre de 2013 tuvo lugar el traslado de los despachos de los Fiscales de la Fiscalía Provincial de Zaragoza que atendían los órganos unipersonales, así como la correspondiente secretaría, a la nueva Ciudad de la Justicia, en los edificios de la antigua Exposición Internacional. A la misma se trasladaron fiscales y funcionarios que se encontraban ubicados en el edificio de los Juzgados, sito en la Plaza del Pilar de Zaragoza, así como fiscales y funcionarios que estaban ubicados en el edificio del Palacio de Justicia. Y ello dentro del marco general del traslado de todos los órganos judiciales unipersonales de Zaragoza. La dedicación, la paciencia y el buen hacer de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior fue fundamental para conseguir que el traslado no llevara consigo disfunciones y para que la instalación de fiscales y funcionarios se realizara correctamente.

D. ACTIVIDAD PROCESAL DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN

1. Penal

A. FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En el año 2013 no se han producido modificaciones legislativas de importancia que hayan afectado a la actuación procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma. Por lo tanto, en tanto en cuanto no culminen los proyectos de reforma procesal que impulsa el Ministerio de Justicia y no se modifique la regulación procesal de la doble instancia en los procesos penales, esta intervención procesal en el orden penal consiste en la intervención en los procedimientos penales seguidos contra aforados en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, la asistencia en dicha Sala a las vistas de los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias dictadas por el Magistrado Presidente del Tribunal de Jurado y emitir informe en las cuestiones de competencia que deban ser resueltos en la referida Sala.

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma ha incoado en el año 2013 dos diligencias de investigación penal, conforme al artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, una de ellas por supuesto delito de prevaricación administrativa y la otra por infidelidad en la custodia de documentos. Ambas fueron archivadas.

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón tramitó 5 diligencias indeterminadas a consecuencia de denuncias o querellas presentadas por particulares contra aforados. El pasado año 2012 fueron 6 las incoadas y 12 en el año 2011. Tras su trámite las cinco fueron archivadas por la Sala.

En el año 2013 no se han celebrado juicios orales por delito ante la Sala de lo Penal

Se celebraron tres vistas de recursos de apelación interpuestos contra sentencias dictadas por el Tribunal del Jurado.

Se dictaminaron dos cuestiones de competencia territorial suscitadas entre Juzgados de Instrucción de diferentes provincias de la Comunidad aragonesa.

B. FISCALÍAS PROVINCIALES DE ARAGÓN

1.1. Evolución de los procedimientos penales

1.1.1. Diligencias previas

En el conjunto de Aragón el número de diligencias previas incoadas durante el año 2013 fue de 86.550 que frente a las 95.552 del año 2012 supone una disminución del - 9,4%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza el número de diligencias previas incoadas durante el año 2013 fue de 64.433, que frente a las 73.321 del año 2012 supone una disminución del -12´1%.

En la Fiscalía Provincial de Huesca el número de diligencias previas incoadas durante el año 2013 fue de 15.794 que, frente a las 15.950 del año 2012 supone una ligera disminución del -1%.

En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2013 fue de 6.323 que, frente a las 6.281 del año 2012 supone un ligero aumento del 0,66%.

1.1.2. Procedimientos abreviados

En el conjunto de Aragón el número de procedimientos abreviados incoados durante el año 2013 fue de 4.557 que, frente a los 4638 del año 2012 supone una disminución del - 1,7%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2013 un total de 3.620 procedimientos abreviados, frente a los 3.623 del año anterior, por lo que no hubo variación significativa.

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2013 un total de 635 procedimientos abreviados, frente a los 738 del año anterior, lo que supone una disminución del 13,9%

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2013 un total de 302 procedimientos abreviados, frente a los 277 del año anterior, lo que supone un aumento del 9%.

1.1.3. Diligencias urgentes

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2013 un total de 4.102 Diligencias Urgentes, frente a las 4.241 del año anterior, lo que supone una disminución del 3,3%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2013 un total de 3.102 Diligencias Urgentes, frente a las 3.094 del año anterior, por lo que no hubo variación significativa.

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2013 un total de 599 Diligencias Urgentes, frente a las 741 del año anterior, lo que supone una disminución del 19,1%

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2013 un total de 401 Diligencias Urgentes, frente a las 406 del año anterior, por lo que no hubo variación significativa.

1.1.4. Juicios de faltas con intervención del Ministerio Fiscal

En el conjunto de Aragón los Fiscales intervinieron, en el año 2013, en 5.603 juicios de faltas, frente a los 5.480 del año anterior, lo que supone un incremento del 2,2%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los Fiscales intervinieron, en el año 2013, en 4.520 juicios de faltas, frente a los 4.407 del año anterior, lo que supone un incremento del 2,5%

En la Fiscalía Provincial de Huesca los Fiscales intervinieron, en el año 2013, en 545 juicios de faltas, frente a los 665 del año anterior, lo que supone una disminución del 18%

En la Fiscalía Provincial de Teruel los Fiscales intervinieron, en el año 2013, en 538 juicios de faltas, frente a los 408 del año anterior, lo que supone un aumento del 31,8%.

1.1.5. Sumarios

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2013 un total de 27 sumarios, frente a los 37 del año anterior, por lo que supone una disminución del 27%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2013 un total de 19 sumarios, frente a los 29 del año anterior, lo que supone una disminución del 34,5%

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2013 un total de 4 sumarios, frente a los 4 del año anterior, por lo que no hubo variación.

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2013 un total de 4 sumarios, frente a los 4 del año anterior, por lo que no hubo variación.

1.1.6. Tribunal del Jurado

En el conjunto de Aragón, se incoaron en el año 2013 un total de 13 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a los 15 del año anterior lo que supone una disminución del 13,3%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2013 un total de 10 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a los 12 del año anterior, lo que supone una disminución del 16,7%

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2013 un total de 3 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a los 3 del año anterior, por lo que no hubo variación.

En la Fiscalía Provincial de Teruel no se incoó en el año 2013 ningún procedimiento del Tribunal del Jurado, al igual que en los años anteriores.

1.1.7. Escritos de calificación

En el conjunto de Aragón, los Fiscales formularon en 2013 un total de 6.650 escritos de calificación, frente a los 7.029 del año anterior, lo que supone una disminución del 5,4%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, los Fiscales formularon en 2013 un total de 5.054 escritos de calificación, frente a los 5.243 del año anterior, lo que supone una disminución del 3,6%. De dichos escritos, 1.961 lo fueron en Diligencias Urgentes (2.149 en 2012), 3.064 en Procedimientos Abreviados (3.067 en 2012), 17 en sumarios (23 en 2011) y 12 en procedimientos de Jurado (4 en 2012).

En la Fiscalía Provincial de Huesca, los Fiscales formularon en 2013 un total de 1.061escritos de calificación, frente a los 1.288 del año anterior, lo que supone una disminución del 17,6%. De dichos escritos, 546 lo fueron en Diligencias Urgentes (520 en 2012), 513 en Procedimientos Abreviados (762 en 2012), 2 en sumarios (4 en 2011) y ninguna en procedimientos de Jurado (2 en 2012).

En la Fiscalía Provincial de Teruel, los Fiscales formularon en 2013 un total de 535 escritos de calificación, frente a los 498 del año anterior, lo que supone un aumento del 7,4%. De dichos escritos, 289 lo fueron en Diligencias Urgentes (291 en 2012), 242 en Procedimientos Abreviados (203 en 2012) y 4 en sumarios (3 en 2012).

1.1.8. Medidas cautelares

En el conjunto de Aragón, durante el año 2013, se formularon un total de 431 solicitudes de prisión, frente a 359 del año 2012, lo que implica un aumento del 20%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, durante el año 2013, se formularon un total de 350 solicitudes de prisión, frente a 319 del año 2012, lo que implica un aumento del 9´7%

En la Fiscalía Provincial de Huesca, durante el año 2013, se formularon un total de 37 solicitudes de prisión, frente a las 25 de 2012, lo que supone un incremento del 48%.

En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2013, se formularon un total de 44 peticiones de prisión, frente a las 15 de 2012, lo que supone un notable incremento del 193%.

1.1.9. Juicios

En el conjunto de Aragón los Fiscales asistieron a un total de 4.657 juicios por delito frente a 4.726 en 2012, lo que supone una disminución del 1,46%. Y a un total de 5.578 juicios de faltas, frente a 5.480 en 2012 lo que supone un aumento del 1,8%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, durante el año 2013, los Fiscales asistieron a 3.338 juicios en los Juzgados de lo Penal frente a los 3.563 de 2012 y a 169 juicios en la Audiencia, frente a los 140 del año anterior. El total de juicios fue de 3.507, frente a los 3.703 del año 2013, lo que supone una disminución del 5,3%.

Asimismo asistieron en 2013 a 4.520 juicios de faltas, frente a los 4.407 de 2012, lo que supone un incremento del 2,7%

En la Fiscalía Provincial de Huesca, durante el año 2013, los Fiscales asistieron a 581 juicios en los Juzgados de lo Penal frente a los 577 de 2012, y a 31 juicios en la Audiencia, frente a los 38 del año anterior. El total de juicios fue de 612, cifra muy próxima a los 615 del año anterior.

Asimismo asistieron en 2013 a 520 juicios de faltas, frente a los 665 de 2012, lo que supone una disminución del 21,8%

En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2013, los Fiscales asistieron a 249 juicios en los Juzgados de lo Penal frente a los 208 de 2012, y a 14 juicios en la Audiencia, frente a los 17 del año anterior. El total de juicios fue de 263 frente a los 225 del año anterior, lo que supone un incremento del 16,8%

Asimismo asistieron en 2013 a 538 juicios de faltas, frente a los 408 de 2012, lo que supone un incremento del 31,9%

1.1.10. Sentencias de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias

En el conjunto de Aragón el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2013 ascendió a un total de 4.144, frente a un total de 4.357 del año anterior, lo que supone una disminución del 4,8%. Y las sentencias dictadas en 2013 por la Audiencia Provincial ascendieron a 216, frente a las 196 del año 2012, lo que supone un aumento del 10,2%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2013 ascendió a un total de 3.347, frente a un total de 3.579 del año anterior, lo que supone una disminución del 6,5%. Y las sentencias dictadas en 2013 por la Audiencia Provincial ascendieron a 170, frente a las 140 del año 2012, lo que supone un aumento del 21,4%.

En la Fiscalía Provincial de Huesca, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2013 ascendió a un total de 545, frente a un total de 577 del año anterior, lo que supone una disminución del 5,5%. Y las sentencias dictadas en 2013 por la Audiencia Provincial ascendieron a 32, frente a las 38 del año 2012, lo que supone una disminución del 15,8%.

En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2013 ascendió a un total de 252, frente a un total de 201 del año anterior, lo que supone un aumento del 25,3%. Y las sentencias dictadas en 2013 por la Audiencia Provincial ascendieron a 14, frente a las 18 del año 2012, lo que supone una disminución del 22,2%.

1.1.11. Diligencias de investigación

En el conjunto de Aragón, se incoaron en 2013 un total de 233 diligencias de investigación, frente a las 213 de 2012, representando un aumento del 9,4%.

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, se incoaron en 2013 un total de 156 diligencias de investigación, frente a las 133 de 2012, representando un aumento del 17´3%.

En la Fiscalía Provincial de Huesca, se incoaron en 2013 un total de 40 diligencias de investigación, frente a las 31 de 2012, representando un aumento del 29%.

En la Fiscalía Provincial de Teruel, se incoaron en 2013 un total de 37 diligencias de investigación, frente a las 49 de 2012, representando una disminución del 24,5%.

1.1.12. Ejecutorias: organización del servicio y efectivo control de la ejecución

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza no existe en el ámbito territorial de esta Fiscalía una sección de la Audiencia Provincial o Juzgado Penal especializados en la ejecución de las sentencias penales, como se da en otros territorios, siendo cada sección de la Audiencia Provincial y cada Juzgado de lo Penal los encargados de la ejecución y tramitación correspondiente de las sentencias que dictan.

En cumplimiento de la Instrucción 1-2010, de la Fiscalía general del Estado, se nombraron Fiscales coordinadores de Ejecutorias a D. Manuel Torralba Bayo, en la sede de la Audiencia Provincial, y a D. Javier Checa Fernández, en la sede de los Juzgados, para garantizar la uniformidad de criterio y actuación en el curso de tramitación de las ejecutorias, el seguimiento permanente de su evolución y para establecer criterios generales de actuación para unificar la intervención de los Fiscales cuando surjan diferencias de criterio en la ejecución de sentencias.

El despacho de las ejecutorias se lleva a cabo por los Fiscales que están asignados a la Audiencia y a cada uno de los Juzgados de lo Penal, distribuyéndose por números las ejecutorias, considerando que los fiscales que intervienen en el acto del juicio oral están en una disposición más óptima para hacer frente a la ejecución y sus numerosas variables, con unos criterios de actuación más homogéneos.

Las ejecuciones relativas a los juicios de faltas son despachadas y controladas por cada uno de los fiscales asignados al respectivo Juzgado de Instrucción que juzga y ejecuta sus propias sentencias.

En la Fiscalía Provincial de Huesca, en cumplimiento de la Instrucción 1/2010 de la Fiscalía General del Estado relativa a las funciones del Ministerio Fiscal en la fase de ejecución de los procesos penales se designó una Fiscal coordinadora, sin perjuicio de que cada Fiscal despacha las ejecutorias de los procedimientos que le corresponden conforme al reparto por Juzgado y número que se ha establecido, de tal forma que el Fiscal encargado del trámite y calificación de cada procedimiento penal tiene atribuida también la ejecutoria.

En lo relativo a las ejecutorias de los juicios de faltas los diferentes Juzgados de Instrucción envían a la Fiscalía los autos del juicio de faltas para despachar las ejecutorias. Los Fiscales se distribuyen estas ejecutorias conforme al turno general establecido en el plan de trabajo de la Fiscalía para la asistencia a estos juicios.

En la Fiscalía Provincial de Teruel, se procedió a designar como Fiscal Coordinador de ejecutorias a la Teniente Fiscal Ilma. Sra. Doña María Isabel Buje Romero, encomendándole las funciones previstas en la Instrucción 1/2010. de la Fiscalía General del Estado.

En cuanto a la organización de la Fiscalía Provincial en materia de ejecutorias, el Fiscal Jefe despacha en su totalidad las ejecutorias procedentes de la Audiencia Provincial, la Teniente Fiscal y otro Fiscal despachan las ejecutorias penales procedentes del único Juzgado Penal de la provincia. Este sistema de organización, amparado en el escaso volumen de ejecutorias de la Audiencia y del Juzgado Penal, permite la celeridad en el despacho y la existencia de criterios unificados y permite un total control de las ejecutorias.

En cuanto a las ejecutorias de los juicios de faltas el sistema organizativo atribuye a cada Fiscal el despacho de las ejecutorias correspondientes a los números del Juzgado que tiene atribuidos.

1.2. Evolución de la criminalidad

1.2.1. Vida e integridad

1.2.1.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

— Homicidios y asesinatos: 6 procedimientos de jurado, 12 sentencias.

— Homicidios por imprudencia: 47 diligencias previas (56 en 2012 = -16%), 9 sentencias.

— Lesiones dolosas: 23.681 diligencias previas (25.923 en 2012 = -8,6%), 421 diligencias urgentes, 623 procedimientos abreviados, 640 sentencias.

— Lesiones por imprudencia: 7.411 diligencias previas (9.343 en 2012 = -20,6%), 54 procedimientos abreviados, 49 sentencias.

— Amenazas: 688 diligencias previas (893 en 2012 = -23%), 208 diligencias urgentes, 83 procedimientos abreviados, 131 sentencias.

— Coacciones: 308 diligencias previas (339 en 2012 = -9%), 13 diligencias urgentes, 61 procedimientos abreviados, 38 sentencias.

—Lesiones en el ámbito familiar: 2.276 diligencias previas (2.783 en 2012 = -18,2%), 1.220 diligencias urgentes, 354 procedimientos abreviados, 600 sentencias.

— Amenazas y coacciones en el ámbito familiar: 409 diligencias previas, 67 diligencias urgentes, 44 procedimientos abreviados, 77 sentencias.

— Maltrato habitual en el ámbito familiar: 168 diligencias previas (169 en 2012), 83 procedimientos abreviados, 12 sentencias.

1.2.1.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Por lo que se refiere a los delitos de homicidio y sus formas, en 2013 se incoaron 49 diligencias previas, las mismas que en 2012, de las que corresponden 7 a homicidio doloso, frente a 4 del año anterior, 2 a asesinato, el mismo número que en 2012, 38 por homicidio por imprudencia, frente a 43 del año anterior y 2 por auxilio o inducción al suicidio.

Se incoaron 6 procedimientos de jurado, 4 sumarios y 7 procedimientos abreviados, éstos en homicidios por imprudencia, dictándose un total de 17 sentencias, de las que 3 fueron por homicidio, 8 por asesinato y 6 por homicidio por imprudencia.

En relación a los delitos de lesiones, el número total de diligencias previas incoadas fue de 26.497 frente a las 30.411 del año 2012, lo que supone una disminución del -12´9%. Respecto a las diferentes modalidades delictivas comprendidas en este Título, se incoaron 19.320 diligencias previas por delito de lesiones básicas, frente a 21.524 del año anterior; 80 por lesiones cualificadas, frente a 70 del año anterior; 4.538 por lesiones causadas por imprudencia, frente a 6.248 del año anterior; 1.993 por maltrato familiar, frente a 2.509 del año anterior; y 57 por riña tumultuaria, frente a 60 del año anterior.

En diligencias urgentes se incoaron 1.391, de las que 411 corresponden a lesiones básicas y 980 a lesiones en el ámbito familiar. En procedimientos abreviados se incoaron 775, correspondiendo 380 a lesiones básicas, 99 a lesiones cualificadas, 36 a lesiones por imprudencia y 260 a lesiones en el ámbito familiar. Se han dictado un total de 918 sentencias, de las que 475 corresponden a lesiones básicas, 6 a lesiones cualificadas, 35 a lesiones por imprudencia y 402 a lesiones en el ámbito familiar.

En los delitos contra la libertad del Título VI se han incoado 1.086 diligencias previas en el año 2013, frente a las 955 del año anterior, representando una disminución del -13,7%. De ellas 412 fueron por amenazas, frente a 609 del año anterior; 308 por coacciones, frente a 339 del año anterior; y 355 por amenazas y coacciones en el ámbito familiar.

En diligencias urgentes se incoaron 236; de ellas 182 fueron por amenazas, 13 por coacciones y 34 por amenazas en el ámbito familiar. En procedimientos abreviados se incoaron 163; de ellos 70 fueron por amenazas, 58 por coacciones y 21 por amenazas en el ámbito familiar. Se han dictado un total de 171 sentencias, de las que 126 lo fueron por delitos de amenazas, 35 por delito de coacciones y 10 por delito de amenazas en el ámbito familiar.

En los delitos contra la integridad moral, se incoaron 112 diligencias previas frente a 119 del año anterior, lo que supone una disminución del 5,8%. De ellas, 16 lo fueron por trato degradante, frente a 13 del año anterior; y 95 por violencia habitual en el ámbito familiar, frente a 106 de 2012.

Se han incoado 70 procedimientos abreviados, todos relativos a violencia habitual en el ámbito familiar. Se dictaron un total de 8 sentencias, también relativas a violencia habitual en el ámbito familiar.

1.2.1.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Por lo que se refiere a los delitos de homicidio y sus formas, ya en 2012 se observó un llamativo descenso del número de delitos contra la vida en relación al año anterior, bajando las diligencias previas de 11 a 5, en 2013 ha continuado la tónica y se han incoado solamente 3, una por homicidio doloso y dos por homicidio imprudente.

En relación a los delitos de lesiones, el número total de diligencias previas incoadas fue de 5.805 frente a los 6.302 diligencias previas del año 2012, lo que supone un descenso del -7,9%. Respecto a las diferentes modalidades delictivas, se incoaron 3.498 diligencias previas por delito de lesiones básicas, frente a 3.603 en el año anterior; 36 por lesiones cualificadas, frente a 21 del año anterior; 2.081 por lesiones causadas por imprudencia, frente a 2.487 del año anterior; 178 por lesiones en el ámbito familiar, frente a 171 del año anterior; y 12 por riña tumultuaria, frente a 20 del año anterior. Ello supone un descenso respecto a los años anteriores, salvo en el caso del lesiones en el ámbito familiar.

Si atendemos a las diligencias urgentes, se incoaron 164 diligencias urgentes, correspondiendo 4 a lesiones básicas, 1 a lesiones calificadas y 159 a lesiones en el ámbito familiar. Se incoaron 169 procedimientos abreviados, correspondiendo 78 a lesiones básicas, 18 a lesiones calificadas, 10 a lesiones por imprudencia y 63 a lesiones en el ámbito familiar. Se dictaron 200 sentencias, correspondiendo 51 a lesiones básicas, 19 a lesiones calificadas, 6 a lesiones por imprudencia y 124 a lesiones en el ámbito familiar.

En los delitos contra la libertad, en 2013 se incoaron 288 diligencias previas, frente a 271 en el año anterior, lo que supone un aumento del 6,3%. De ellas, 202 fueron por amenazas, frente a 223 del año anterior; 57 por coacciones, frente a 47 del año anterior; y 24 por amenazas y coacciones en el ámbito familiar.

Se incoaron 26 diligencias urgentes, de las que 25 fueron por amenazas en el ámbito familiar y 1 por coacciones en dicho ámbito familiar. Se incoaron 19 procedimientos abreviados, de los que 9 fueron por amenazas, 3 por coacciones y 7 por amenazas en el ámbito familiar. Se dictaron 51 sentencias, de las que 4 fueron por amenazas, 3 por coacciones y 44 por amenazas y coacciones en el ámbito familiar.

En los delitos contra la integridad moral, en 2013 se incoaron 67 diligencias previas, frente a las 44 del año anterior, lo que supone un aumento del 52%; de ellas 7 fueron por trato degradante y 60 por violencia habitual en el ámbito familiar, frente a 41 del año anterior, lo que supone un aumento del 46,3%.

Se han incoado 13 procedimientos abreviados, de los que 1 fue por trato degradante y 12 por violencia habitual en el ámbito familiar. Se dictaron un total de 5 sentencias, de las que 3 fueron por trato degradante y 2 por violencia habitual en el ámbito familiar.

1.2.1.4. Fiscalía Provincial de Teruel

Respecto del homicidio, en 2013 no hubo ningún homicidio doloso, habiéndose incoado 7 diligencias previas por homicidio imprudente, frente a las 11 del año anterior.

En cuanto a las lesiones, en 2013 se incoaron 1.644 diligencias previas, frente a las 1.416 del año anterior, lo que supone un aumento del 16%. De ellas, 743 fueron por lesiones básicas, frente a 704 del año anterior; 4 por lesiones cualificadas, frente a 1 del año anterior; 792 por lesiones por imprudencia, frente a 608 del año anterior; y 105 por lesiones en el ámbito familiar, frente a 103 del año anterior.

Se incoaron 87 diligencias urgentes, correspondiendo 6 a lesiones básicas y 81 a lesiones en el ámbito familiar. Se incoaron 87 procedimientos abreviados, correspondiendo 48 a lesiones básicas, 8 a lesiones por imprudencia, 31 a lesiones en el ámbito familiar. Se dictaron 163 sentencias, correspondiendo 86 a lesiones básicas, 3 a lesiones cualificadas, 8 a lesiones por imprudencia y 74 a lesiones en el ámbito familiar.

En los delitos contra la libertad, en 2013 se incoaron 168 diligencias previas, frente a 153 en el año anterior, lo que supone un aumento del 9,8%. De ellas, 74 fueron por amenazas, frente a 61 del año anterior; 64 por coacciones, frente a 42 del año anterior; y 30 por amenazas y coacciones en el ámbito familiar, frente a las 45 del año anterior.

Se incoaron 8 diligencias urgentes, de las que 1 fue por amenazas y 7 por amenazas y coacciones en el ámbito familiar. Se incoaron 20 procedimientos abreviados, de los que 4 fueron por amenazas, y 16 por amenazas en el ámbito familiar. Se dictaron 24 sentencias, de las que 1 fue por amenazas y 23 por amenazas en el ámbito familiar.

En los delitos contra la integridad moral, en 2013 se incoaron 16 diligencias previas, frente a 28 del año anterior, lo que supone una disminución del 42,8%; de ellas 3 fueron por trato degradante y 13 por violencia habitual en el ámbito familiar, frente a 22 del año anterior.

Se ha incoado 1 procedimiento abreviado, por violencia habitual en el ámbito familiar. Se dictaron 2 sentencias por violencia habitual en el ámbito familiar.

1.2.2. Libertad sexual

1.2.2.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

— Delitos contra la libertad sexual: 297 diligencias previas (291 en 2012 = + 2%), 61 procedimientos abreviados, 45 sentencias.

1.2.2.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En 2013 se incoaron 218 diligencias previas, frente a las 232 del año anterior, representando una disminución del -6%. De las mismas corresponden 97 a agresión sexual, 6 a violación, 56 a abusos sexuales, 12 a acoso sexual, 14 a exhibicionismo, 5 de prostitución de menores, 6 de corrupción de menores, 2 de agresión sexual a menores, 6 de abuso sexual a menores.

Se incoaron 43 procedimientos abreviados, de los cuales 11 por agresión sexual, 7 por abusos sexuales, 5 por acoso sexual, 7 por exhibicionismo, 1 por prostitución de menores y 5 por corrupción de menores. Se han dictado 30 sentencias: 7 por agresión sexual, 6 por abusos sexuales, 2 por abuso sexual con acceso carnal, 4 por exhibicionismo, 5 por corrupción de menores y 3 por abuso sexual de menores.

1.2.1.3. Fiscalía Provincial de Huesca

En 2013 se incoaron 52 diligencias previas, frente a 40 del año anterior, representando un aumento del 30%. De las mismas corresponden 14 a agresión sexual, 1 a violación, 22 a abusos sexuales, 1 a acoso sexual, 5 a exhibicionismo, 1 a corrupción de menores, 2 a agresión sexual a menores, 1 a abuso sexual a menores.

Se incoaron 12 procedimientos abreviados, de los cuales 3 por agresión sexual, 3 por abusos sexuales, 1 por exhibicionismo, 2 por prostitución de menores y 1 por corrupción de menores. Se han dictado 11 sentencias: 3 por agresión sexual, 1 por violación, 2 por abusos sexuales, 1 por exhibicionismo, y 2 por corrupción de menores.

1.2.1.4. Fiscalía Provincial de Teruel

En 2013 se incoaron 27 diligencias previas, frente a 19 del año anterior, representando un aumento del 42%. De las mismas corresponden 8 a agresión sexual, 13 a abusos sexuales, 1 a exhibicionismo, y 1 a abuso sexual a menores.

Se incoaron 6 procedimientos abreviados, de los cuales 1 por agresión sexual, 4 por abusos sexuales, y 1 por abuso sexual a menores. Se han dictado 4 sentencias: 2 por agresión sexual, 1 por abusos sexuales, y 1 por abuso sexual a menores.

1.2.3. Relaciones familiares

1.2.3.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

— Delitos contra las relaciones familiares: 650 diligencias previas (819 en 2012 = -20,6%), 307 procedimientos abreviados, 160 sentencias. De ellos:

— Quebrantamiento de los deberes de custodia: 80 diligencias previas, 11 procedimientos abreviados.

— Sustracción de menores: 21 diligencias previas, 1 procedimiento abreviado.

— Abandono de familia: 156 diligencias previas, 19 procedimientos abreviados, 15 sentencias

— Impago de pensiones: 393 diligencias previas, 274 procedimientos abreviados, 143 sentencias.

1.2.3.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Se han incoado un total de 415 diligencias previas, frente al año 2012, en el que se incoaron 600, con una disminución del -30´8%: Por quebrantamiento de los deberes de custodia 36. Por sustracción de menores 15. Por abandono de familia 88. Por impago de pensiones 268.

Se han incoado 221 procedimientos abreviados: 8 por quebrantamiento de los deberes de custodia, 10 por abandono de familia y 201 por impago de pensiones. Se han dictado un total de 124 sentencias: 8 por abandono de familia y de niños y 114 por impago de pensiones.

1.2.3.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Se han incoado un total de 155 diligencias previas, frente al año 2012, en el que se incoaron 149, con una disminución del 4%: Por quebrantamiento de los deberes de custodia 31. Por sustracción de menores 6. Por abandono de familia y de niños 37. Por impago de pensiones 81.

Se han incoado 54 procedimientos abreviados: 2 por quebrantamiento de los deberes de custodia, 1 por sustracción de menores, 5 por abandono de familia y 46 por impago de pensiones. Se han dictado un total de 24 sentencias: 1 por abandono de familia y 23 por impago de pensiones.

1.2.3.4. Fiscalía Provincial de Teruel

Se han incoado un total de 80 diligencias previas, frente al año 2012, en el que se incoaron 70, con un aumento del 27%: Por quebrantamiento de los deberes de custodia 13. Por abandono de familia 31. Por impago de pensiones 44.

Se han incoado 32 procedimientos abreviados: 1 por quebrantamiento de los deberes de custodia, 4 por abandono de familia y 27 por impago de pensiones. Se han dictado un total de 12 sentencias: 6 por abandono de familia y 6 por impago de pensiones.

1.2.4. Patrimonio y orden socioeconómico

1.2.4.4. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

— Hurto: 18.737 diligencias previas (21.374 en 2012 = -12,3%), 76 diligencias urgentes, 299 procedimientos abreviados, 232 sentencias.

— Robo con fuerza en las cosas: 9.296 diligencias previas (8.988 en 2012 = +3,3%), 65 diligencias urgentes, 580 procedimientos abreviados, 399 sentencias.

— Robo con fuerza en casa habitada: 239 diligencias previas (240 en 2012), 2 diligencias urgentes, 100 procedimientos abreviados, 44 sentencias.

— Sustracción de vehículos de motor: 440 diligencias previas (426 en 2012 = +3,2%), 6 diligencias urgentes, 43 procedimientos abreviados, 37 sentencias.

— Robo con violencia o intimidación: 1.242 diligencias previas (1.284 en 2012 = -3,3%), 205 procedimientos abreviados, 163 sentencias.

— Estafa: 3.569 diligencias previas (3.586 en 2012 = -0,4%), 3 diligencias urgentes, 348 procedimientos abreviados, 203 sentencias.

— Apropiación indebida: 1.560 diligencias previas (1.852 en 2012 = -15,7%), 4 diligencias urgentes, 174 procedimientos abreviados, 179 sentencias.

— Delitos societarios: 15 diligencias previas (13 en 2012), 10 procedimientos abreviados, 4 sentencias.

— Alzamiento de bienes: 38 diligencias previas (123 en 2012 = -69%), 40 procedimientos abreviados, 20 sentencias.

— Daños: 14.858 diligencias previas (15.939 en 2012 = -6,7%), 9 diligencias urgentes, 192 procedimientos abreviados, 170 sentencias.

— Delitos contra la propiedad intelectual: 10 diligencias previas (18 en 2012), 2 procedimientos abreviados, 5 sentencias.

— Delitos contra la propiedad industrial: 25 diligencias previas (19 en 2012), 7 procedimientos abreviados, 6 sentencias.

— Receptación: 61 diligencias previas (40 en 2012 = +52%), 56 procedimientos abreviados, 19 sentencias.

1.2.4.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

El total de diligencias previas incoadas por delitos contra el patrimonio y el orden socio-económico del Título XIII, es el de 38.394, cifra inferior a la del año 2012, que ascendieron a 42.203, lo que supone una disminución, del -9%. Bajan las cifras de diligencias previas por delito de hurto 14.256, frente a las 17.023 incoadas el año anterior con una disminución del -16´3%. Aumentan las incoadas por robo con fuerza en las cosas, 6.345, en relación a las 5.970 incoadas en 2012, con un incremento del 6´3%. Se mantiene la cifra de sustracción de vehículos de motor, que pasa de 322, a 318. Baja un -5´3% el número de robos con violencia o intimidación 1.061 frente a los 1.120 del año 2012. Bajan ligeramente un -2´9% los delitos de estafa, 2.537 frente a 2.614 del año 2012 Disminuyen un -15´5% los de apropiación indebida, 1.438 frente a 1.701 diligencias incoadas el año anterior. Aumenta ligeramente, un 1´8% el número de los delitos de robo con fuerza en casa habitada o local abierto al público, 167 frente a los 164 del año anterior. Disminuyen notablemente el número de delitos societarios, 6 frente a 10 el año 2012, así como el alzamiento de bienes de 33 frente a 111. Disminuyen ligeramente los delitos de daños, que pasan de 12.893 a 12.004. Merece destacarse la disminución de los delitos contra la propiedad intelectual pues pasan de 16 a 9, mientras aumentan los delitos contra la propiedad industrial, pues pasan de 18 a 23. La receptación y conductas afines aumentan notablemente, pues han pasado de 34 en el año 2012 a 54 en el año 2013.

En diligencias urgentes se han incoado 119, de las que 62 corresponden a hurto, 43 a robos, 2 a hurto de vehículos, 2 a estafa, 4 a apropiación indebida y 5 a daños. Se han incoado 1.738 procedimientos abreviados, de los cuales corresponden a hurtos 222, robos con fuerza 467, robos con fuerza en casa habitada 91, robos con violencia o intimidación 184, hurtos de vehículo 37, estafas 269, apropiaciones indebidas 152, alzamientos de bienes 30, daños 160, delitos contra la propiedad intelectual 2 y delitos contra la propiedad industrial 5, delitos societarios 6 y receptación 51. Se han dictado sentencias, de las cuales corresponden 190 a hurtos, 319 a robos con fuerza, 33 a robos con fuerza en casa habitada, 150 a robos con violencia o intimidación, 20 a hurtos de vehículo, 170 a estafas, 174 a apropiaciones indebidas, 17 a alzamientos de bienes, 140 a daños, 4 a delitos contra la propiedad intelectual, 6 a delitos contra la propiedad industrial, 2 a delitos societarios y 14 a receptación.

Muchos de los autores de delitos contra el patrimonio no residen en Zaragoza sino en otros lugares de la geografía española y se desplazan para cometer los delitos a la capital, aprovechando la situación geográfica de la misma y los medios de comunicación. Asimismo se cometen infracciones aprovechando el aumento de los centros comerciales en los alrededores de Zaragoza y en las poblaciones más importantes de la provincia.

Se ha detectado la presencia de grupos criminales. Estos grupos, en el caso de los delitos contra el patrimonio, suelen ser itinerantes, permaneciendo poco tiempo en la provincia de Zaragoza. A principios del año 2013 es destacable la presencia de una organización criminal dedicada a robar el dinero procedente de cajeros automáticos, empleando el procedimiento de hacer explosionar los expendedores mediante el uso de gas acetileno, todo ello con el grave riesgo que para terceros y para la propiedad suponía el empleo de la técnica indicada. Durante este año igualmente han sido detectada la presencia de al menos tres grupos que tienen como actividad el hurto de joyas o dinero a personas mayores en el ámbito rural; otros dos grupos, uno afincado en Madrid y otro en Barcelona, cuya actividad delictiva se centra en el robo del remolque de camiones con su correspondiente carga; otro grupo organizado afincado en Zaragoza que cometía robos con violencia e intimidación en estaciones de servicio en horario nocturno; y otro grupo, con sede en Zaragoza, de ciudadanos rumanos que efectuaban robos en empresas y obras en construcción en la provincia de Zaragoza y limítrofes, trasladando los objetos robados a su país de origen.

Cabría destacar los robos en la zona periurbana de la capital, Zaragoza, debido a que es la zona donde se concentran numerosos polígonos industriales y segundas viviendas de residentes en la capital. Asimismo cabría destacar centros dispersos de delincuencia que coinciden con las poblaciones de mayor entidad de la provincia como son Ejea, Tarazona y Caspe. Por otra parte, el trabajo en labores agrícolas de temporada, atrae todos los años a numerosas personas que se encuentran próximas a la marginalidad, lo que supone, en zonas rurales, un aumento de conductas delictivas, aunque en los últimos años se puede observar un descenso por la falta de trabajo en este ámbito. Cierta tipología delictiva contra el patrimonio puede ofrecer mayores oportunidades delictivas en el ámbito rural, debido a la dispersión y, en algunas ocasiones al exceso de confianza que lleva a no adoptarse más precauciones de seguridad. Otro factor a resaltar ha sido la existencia de gran población de edad avanzada en el medio rural. Este elemento ha favorecido la consumación de hurtos al descuido y determinadas estafas. La edad de las víctimas, e incluso de los potenciales testigos, ha dificultado posteriores reconocimientos de los autores.

En la ciudad de Calatayud, la principal causa de la criminalidad continua siendo el constante incremento de la población inmigrante en los últimos años, la mayoría de ellos procedentes de países del este de Europa. La circunstancia más importante que genera la comisión de delitos y faltas por parte de ese grupo de población, principalmente contra el patrimonio, sobre todo hurtos al descuido en establecimientos comerciales y pequeños hurtos de efectos, como son teléfonos móviles y pequeñas cantidades de dinero, en zonas de ocio, es la falta de ofertas de trabajo. Años anteriores el sector de la construcción acogía a la mayor parte de este grupo de trabajadores, pero el hundimiento de este sector ha propiciado que familias enteras hayan quedado en el paro y sin medio alguno de vida, contando únicamente con las escasas ayudas sociales a las que logran acceder.

1.2.4.3. Fiscalía Provincial de Huesca

El total de diligencias previas incoadas por delitos contra el patrimonio y el orden socio-económico del Título XIII, asciende a 8.553, cifra ligeramente superior a la del año anterior, 8.423, con un incremento tan solo del 1,5%. Se produce un incremento en las cifras de delitos de hurto que ascienden a 3276 frente a las 3.104 incoadas el año anterior, bajando un poco las de robo con fuerza en las cosas, 1958 en relación a las 1.982 diligencias previas incoadas en 2012, suben las que tienen su causa en delitos de sustracción de vehículo de motor, de 49 a 54. Aumenta el número de robos con violencia o intimidación 126 frente a los 103 del año 2012 y de estafas, 726 frente a 659, bajando las que tienen su causa en una apropiación indebida, 83 frente a 98 diligencias incoadas el año anterior. Aparece una cifra muy similar a la del año anterior de los delitos de robo con fuerza en casa habitada o local abierto al público, 51 frente a los 49 del año 2012. Suben los delitos de usurpación: 35 frente a 19 de 2012, mientras disminuyen los de daños -2.209 frente a los 2.302 de 2012- y casi desaparecen, como ya ocurrió el año pasado, los relativos a la propiedad industrial y la intelectual: solamente 1. Aparecen 3 delitos societarios y 7 de receptación.

En diligencias urgentes los datos son poco significativos: 9 por hurto y 4 por robo con fuerza en las cosas. En cuanto a procedimientos abreviados, se incoaron un total de 248 por los siguientes delitos: hurtos 49, robos con fuerza 71, robos con fuerza en casa habitada 6, robos con violencia o intimidación 15, hurto de vehículos 4, estafas 58, apropiaciones indebidas 19, alzamientos de bienes 7, daños 29, delitos contra la propiedad industrial 2, delitos societarios 4 y receptación 4. Se dictaron 162 sentencias por los siguientes delitos: 24 hurto, 50 robo con fuerza, 8 robo con fuerza en casa habitada, 8 robo con violencia o intimidación, 11 sustracción de vehículos, 25 estafa, 3 apropiación indebida, 1 alzamiento de bienes, 17 daños, 2 delito societario y 2 receptación.

En el ámbito urbano, la Policía Nacional refiere un descenso en los delitos contra la propiedad en Huesca capital En concreto destaca, al contrario que el año anterior, el descenso de los robos con fuerza en el interior de vehículos y también en el resto de robos con fuerza. Por lo que se refiere a los robos en viviendas se señala un incremento cuando se trata de anexos a vivienda y un descenso en robos en viviendas stricto sensu, mientras en los robos en establecimientos abiertos al público el descenso ha sido notable. También se constata un incremento de los robos y hurtos de coches. El dato robos con violencia e intimidación es exactamente igual al de 2012. Se señala como circunstancia interesante cierta proliferación de denuncias falsas de robos con navaja en espacios públicos con el fin de cobrar del seguro por objetos perdidos en la vía pública.

En el ámbito rural, la Guardia Civil constata un llamativo el aumento en los robos con violencia e intimidación, mientras que es inapreciable el aumento de los robos con fuerza.

1.2.4.4. Fiscalía Provincial de Teruel

El total de diligencias previas incoadas por delitos contra el patrimonio y el orden socio-económico asciende a 3.364, frente a 3.573 del año anterior, lo que supone una disminución del 5,8%. Por delitos de hurto 1.205 frente a 1.247 del año anterior. Por robo con fuerza en las cosas 993 frente a 1.046 del año anterior. Por robo en casa habitada 21 frente a 27 del año anterior. Por sustracción de vehículo de motor, 68 frente a 55 del año anterior. Por robos con violencia o intimidación 54 frente a 61 del año anterior. Por estafas 306 frente a 313 del año anterior. Por apropiación indebida 39 frente a 53 del año anterior. Por daños 645 frente a 744 del año anterior. Por delitos societarios 6 frente a 2 del año anterior.

En diligencias urgentes se incoaron 5 por hurto, 18 por robo con fuerza, 2 por robo en casa habitada, 4 por sustracción de vehículos, 1 por estafa y 4 por daños. En cuanto a procedimientos abreviados, se incoaron un total de 120 por los siguientes delitos: 28 hurto, 42 robo con fuerza, 3 robo con fuerza en casa habitada, 6 robo con violencia o intimidación, 2 sustracción de vehículos, 21 estafa, 3 apropiación indebida, 3 alzamiento de bienes, 3 daños, y 1 receptación. Se dictaron 92 sentencias por los siguientes delitos: 16 hurto, 30 robo con fuerza, 3 robo con fuerza en casa habitada, 5 robo con violencia o intimidación, 6 sustracción de vehículos, 8 estafa, 2 apropiación indebida, 2 alzamiento de bienes, 13 daños, y 3 receptación

En el ámbito rural, se destaca el descenso de delitos contra el patrimonio en los pueblos de la provincia azotada durante un tiempo por los robos en campos y casas de pequeñas poblaciones con escasos habitantes.

1.2.5. Administración Pública

1.2.5.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos de los delitos contra la Administración Pública:

— 47 diligencias previas (38 en 2012 = +23,6%), 96 diligencias de investigación en Fiscalía.

1.2.5.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Las diligencias previas incoadas han pasado de 13 en el año 2012 a 20 en el 2013: 10 por prevaricación administrativa, 4 por malversación, 1 por abuso en el ejercicio de la función, 1 por infidelidad en la custodia de documentos por funcionario y 1 por tráfico de influencias. Se incoaron 47 Diligencias de Investigación, de las que 41 fueron por prevaricación, 1 por tráfico de influencias y 3 por desobediencia.

1.2.5.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Las diligencias previas incoadas han pasado de 8 en el año 2012 a 11 en el 2013. 6 por prevaricación administrativa, 4 por desobediencia, 1 por abuso en el ejercicio de la función. Se incoaron 47 Diligencias de Investigación, de las que 41 fueron por prevaricación, 1 por tráfico de influencias y 3 por desobediencia.

1.2.5.4. Fiscalía Provincial de Teruel

Las diligencias previas incoadas han pasado de 17 en el año 2012 a 16 en el 2013. 2 por prevaricación administrativa, 11 por desobediencia, 1 cohecho y 1 por negociaciones prohibidas a los funcionarios. Se incoaron 2 Diligencias de Investigación, de las que 1 fuer por prevaricación y 1 por desobediencia.

1.2.6. Administración de Justicia

1.2.6.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

— Delitos contra la Administración de Justicia: 852 diligencias previas (849 en 2012), 196 diligencias urgentes, 505 procedimientos abreviados, 418 sentencias. De ellos:

— Quebrantamiento de condena: 634 diligencias previas, 170 diligencias urgentes, 353 procedimientos abreviados, 321 sentencias.

— Acusación o denuncia falsa y simulación de delito: 156 diligencias previas, 6 diligencias urgentes, 128 procedimientos abreviados, 79 sentencias.

— Falso testimonio: 26 diligencias previas, 7 procedimientos abreviados, 11 sentencias.

1.2.6.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Las diligencias previas por delitos contra la Administración de Justicia han bajado en un -9´6%, al haberse pasado de los 612 a los 553 del año anterior. Por quebrantamiento de condena 383, por acusación o denuncia falsa 22, por simulación de delito 103 y por falso testimonio 17.

En diligencias urgentes se han incoado 155, correspondiendo 143 a quebrantamiento de condena, 1 a acusación o denuncia falsa y 1 a simulación de delito. Se han incoado 355 procedimientos abreviados, correspondiendo 221 a quebrantamiento de condena, 8 a acusación o denuncia falsa, 103 a simulación de delito y 6 a falso testimonio. Se han dictado 298 sentencias, de las que 214, corresponden a quebrantamiento de condena, 3 por acusación o denuncia falsa, 67 por simulación de delito y 8 por falso testimonio.

1.2.6.3. Fiscalía Provincial de Huesca

El total de diligencias previas incoadas en 2013 fue de 210, frente a 177 del año anterior, lo que supone un aumento del 18,6%, por los siguientes delitos: 182 por quebrantamiento de condena, 11 por acusación o denuncia falsa, 13 por simulación de delito y 3 por falso testimonio.

En diligencias urgentes se han incoado 17, correspondiendo 15 a quebrantamiento de condena, y 2 a simulación de delito. Se han incoado 126 procedimientos abreviados, correspondiendo 110 a quebrantamiento de condena, 6 a acusación o denuncia falsa, 9 a simulación de delito y 1 a falso testimonio. Se han dictado 99 sentencias, de las que 86 corresponden a quebrantamiento de condena, 1 por acusación o denuncia falsa, 8 por simulación de delito y 3 por falso testimonio.

1.2.6.4. Fiscalía Provincial de Teruel

En 2013 se incoaron 89 diligencias previas frente a 60 del año anterior, lo que supone un aumento del 48,3%. De ellas, 69 por quebrantamiento de condena, 6 por falso testimonio y 7 delitos de acusación y denuncia falsa.

En diligencias urgentes se han incoado 14, correspondiendo 12 a quebrantamiento de condena, y 2 a simulación de delito. Se han incoado 24 procedimientos abreviados, correspondiendo 22 a quebrantamiento de condena,1 a acusación o denuncia falsa y 1 a simulación de delito. Se han dictado 21 sentencias, todas ellas por quebrantamiento de condena.

1.2.7. Delitos contra el orden público

1.2.7.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

— Atentado: 150 diligencias previas (141 en 2012 = + 6,3%), 90 diligencias urgentes, 142 procedimientos abreviados, 117 sentencias.

— Resistencia: 173 diligencias previas (201 en 2012 = - 13,9%), 116 diligencias urgentes, 107 procedimientos abreviados, 143 sentencias.

— Pertenencia a grupo criminal: 102 diligencias previas, 87 procedimientos abreviados, 12 sentencias.

1.2.7.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Han aumentado las diligencias previas por delitos contra el orden público, 54´2%, al haberse incoado 313 diligencias previas frente a las 203 de 2012. Las diligencias previas por atentado han sido 100 frente a 106 del año anterior, lo que supone un descenso del -5´7%. Han aumentado las diligencias previas por resistencia, siendo 89 frente a las 79 del año anterior. Se han incoado 102 diligencias previas por pertenencia a grupo criminal.

Se han incoado 193 diligencias urgentes, de las que 82 fueron por atentado, 110 por resistencia y 1 por tenencia ilícita de armas. Se incoaron 292 procedimientos abreviados, de los que 110 fueron por atentado, 90 por resistencia, 3 por tenencia ilícita de armas y 87 por pertenencia a grupo criminal. Se han dictado un total de 221 sentencias, de las que 87 fueron por atentado, 108 por resistencia, 13 por tenencia ilícita de armas y 12 por pertenencia a grupo criminal.

1.2.7.3. Fiscalía Provincial de Huesca

En 2013 se incoaron 104 diligencias previas frente a 126 en el año anterior, lo que supone una disminución del 17,5%. De dichas diligencias 29 fueron por atentado, frente a 24 del año anteriror; y 67 por resistencia, frente a 88 del año anterior.

Se han incoado 7 diligencias urgentes, de las que 5 fueron por atentado y 2 por resistencia. Se incoaron 33 procedimientos abreviados, de los que 25 fueron por atentado y 8 por resistencia. Se han dictado un total de 34 sentencias, de las que 13 fueron por atentado, 19 por resistencia y 2 por tenencia ilícita de armas.

1.2.7.4. Fiscalía Provincial de Teruel

En 2013 se incoaron 42 diligencias previas frente a 51 en el año anterior, lo que supone una disminución del 17,6%. De dichas diligencias 21 fueron por atentado, frente a 11 del año anterior; y 17 por resistencia, frente a 34 del año anterior.

Se han incoado 8 diligencias urgentes, de las que 3 fueron por atentado y 4 por resistencia y 1 por tenencia ilícita de armas. Se incoaron 17 procedimientos abreviados, de los que 7 fueron por atentado, 9 por resistencia y 1 por tenencia ilícita de armas. Se han dictado un total de 35 sentencias, de las que 17 fueron por atentado, 16 por resistencia y 1 por tenencia ilícita de armas.

2. Civil

2.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

En el orden civil la actividad procesal en el año 2013 se ha mantenido en cifras similares al anterior año. La Sala ha incoado en el año 2013 sesenta y cinco procedimientos civiles (fueron 70 el año anterior). La Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió 57 dictámenes en materia civil (fueron 58 en el año 2012), en procedimientos en los que le corresponde intervenir, generalmente por encontrarse afectados los derechos de menores o incapaces. Se asistió a tres vistas orales de recursos de casación.

Se emitieron dos dictámenes en cuestiones de competencia territorial suscitadas entre Juzgados de Primera Instancia de distintas provincias aragonesas, cuya resolución correspondía a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.

Respecto a la denominada «custodia compartida», esta institución aparece regulada en Aragón en el art. 80 del Código de Derecho Foral Aragonés aprobado por Decreto legislativo 1/2011 de 22 de marzo.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón dictó en el año 2013 35 sentencias relacionadas con la custodia compartida frente a las 22 del año 2012. En ellas se discute como objeto fundamental del recurso de casación foral, la custodia individual versus custodia compartida. Aproximadamente entorno al 24% de las parejas en crisis familiar se sigue la custodia compartida.

La última jurisprudencia viene a primar los informes psicológicos y de trabajadores sociales del Juzgado de Familia, partiendo de la premisa legal de que la custodia compartida se consideraría mejor para el menor que la custodia individual. El interés del menor está, en principio y como regla general, en la custodia compartida y sólo se acordará la custodia individual cuando así se determine con absoluta rotundidad que la custodia individual es preferible para los hijos, valorándose los parámetros del art. 80 del Código de Derecho Foral Aragonés y con preferencia el informe psicosocial y la opinión de los menores.

En la sentencia de uno de febrero de 2012, fundamental en esta materia y repetida en todas las demás del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, se establece como doctrina legal que la custodia compartida es la preferente y que sólo decaerá en beneficio de la custodia individual cuando el interés del menor así lo aconseje después de la prueba debidamente ponderada y motivada por autoridad judicial de acuerdo con los parámetros del art. 80-2 del Código de Derecho Foral Aragonés siendo de especial relevancia entre estos, los de la opinión del menor y del informe psicosocial.

El sistema establecido respecto a la guarda y custodia de los menores es el de estimar como preferente el de guarda compartida, si bien los tribunales podrán establecer la guarda individual cuando sea más favorable para interés de los menores. Los criterios establecidos por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón han sido los siguientes: a) la custodia compartida por parte de ambos progenitores es el régimen preferente y predeterminado por el legislador en busca de ese interés del menor en orden al pleno desarrollo de su personalidad, de modo que se aplicara esta forma de custodia siempre que el padre y la madre estén capacitados para el ejercicio de las facultades necesarias a tal fin; b) el sistema no es rígido salvo en un mandato que dirige al Juez, que es el interés del menor; c) podrá establecerse un sistema de custodia individual cuando este resulte más conveniente para dicho interés, por lo cual habrá de evaluar los parámetros establecidos en el art. 80-2 del Código; d) la adopción de la custodia individual exigirá una atenta valoración de la prueba que así lo acredite frente al criterio preferente de la custodia compartida; e) el Tribunal que acuerde apartarse del sistema preferentemente establecido por el legislador debe razonar suficientemente la decisión adoptada

En la sentencia de 30 de septiembre de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón también trae a colación, para fijar la custodia compartida, el principio constitucional de igualdad y no discriminación entre los progenitores, así como la aptitud y actitud para el cuidado de los hijos.

Por último, hay que hacer referencia a la Sentencia del Tribunal Constitucional en referencia al artículo del Código Civil que establecía el informe favorable del Fiscal en la custodia compartida, señalando que los Jueces podrán decidir que la custodia sobre un menor sea compartida a pesar de que no haya acuerdo al respecto de los padres, sin la condición obligada del informe favorable del Fiscal. Por ello la previsión normativa que exige este informe favorable debe de ser declarada nula.

En el voto particular de los cuatro Magistrados disidentes, exponen que el legislador puede imponer limitaciones a la potestad jurisdiccional de los jueces, puesto que la ley con una justificación razonable y que resulta proporcionada a la finalidad que se persigue, o sea el interés prevalente de los menores, limita la libertad de decisión del Juez, y lo hace, legítimamente, al hacer depender su decisión de la postura adoptada por el Fiscal, que también actúa, como el Juez, «en defensa del interés superior del menor».

2.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

2.2.1. Organización de la Fiscalía

La Sección Civil en la Fiscalía Provincial de Zaragoza era atendida por tres Fiscales pero, como consecuencia del traslado de la mayor parte de la Fiscalía Provincial a la Nueva Ciudad de la Justicia, se reestructuró esta sección, adscribiendo a la misma a cuatro fiscales, una de las cuales actúa de coodinadora y están dedicados exclusivamente al despacho de los asuntos civiles y mercantiles, además de atender también al despacho y asistencia a vistas en materia social.

La nueva Sección Civil sigue teniendo además un contacto directo con las personas, solucionando a veces problemas reales que angustian a las familias que acuden a la Fiscalía, tras haber recorrido infructuosamente otros organismos, teniéndose la sensación que no se tiene un verdadero reconocimiento de dicha labor, que debería reflejarse en la adecuación del baremo para la retribución de la productividad.

2.2.2. Discapacidades y tutelas

En Zaragoza el Juzgado de Primera Instancia número 13 y la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Zaragoza están especializados en discapacidades. Se viene aplicando por dicho Juzgado, en sus fundamentos de derecho, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En la Fiscalía de Zaragoza, durante el año 2013, el servicio de incapacidades incoó un total de 502 diligencias informativas de incapacidad, frente a las 471 del año anterior. Las demandas interpuestas por el Fiscal fueron 457, frente a las 414 del año anterior, y las presentadas por particulares 144, frente a las 152 del año anterior. Además se incoaron 371 expedientes de internamiento frente a los 316 del año anterior.

2.2.3. Patrimonios protegidos

La figura de los patrimonios protegidos sigue sin tener en Aragón un significado práctico importante. Así en el año 2009 se constituyeron dos patrimonios protegidos y se efectuaron aportaciones a un patrimonio ya constituido, en el año 2010 se constituyó un patrimonio protegido y se efectuaron aportaciones a siete ya constituidos, en el año 2011 se constituyeron tres patrimonios protegidos y se efectuaron ocho aportaciones a patrimonios ya constituidos. En el año 2012 se han efectuado la constitución de dos patrimonios protegidos y ocho aportaciones a patrimonios ya constituidos. En este año 2013 se han efectuado la constitución de 2 patrimonios protegidos y 6 aportaciones a patrimonios ya constituidos. Lo que parece claro que la figura carece de atractivo económico y fiscal suficiente para ser utilizada por los familiares de las personas discapacitadas por lo que como ya dijimos anteriormente debería plantearse una modificación de su regulación legal.

2.3. Fiscalía Provincial de Huesca

2.3.1. Datos generales

En el área de civil se han incoado en el año 2013 un total de 603 procedimientos. De ellos: 120 procedimientos de divorcio contencioso, y 127 de mutuo acuerdo, asi como 13 procedimientos de separación de los cuales 10 son de mutuo acuerdo, habiéndose registrado este año un total de 49 procedimientos de medidas provisionales previas o coaetaneas, 110 procedimientos de modificación de medidas, de los cuales 13 son de mutuo acuerdo y un total de 111 procedimientos sobre uniones de hecho en que ha intervenido la Fiscalía. Cabe resaltar el incremento de procedimientos de familia en que se solicita la guarda y custodia compartida, que comienza a constituir la regla general, conforme al Código de Derecho Foral de Aragón.

2.3.2. Discapacidades y tutelas

En la Fiscalía de Huesca, durante el año 2013, el servicio de incapacidades incoó un total de 116 diligencias informativas de incapacidad, frente a las 124 del año anterior. Las demandas interpuestas por el Fiscal fueron 72, frente a las 102 del año anterior, y las presentadas por particulares 33, frente a las 26 del año anterior. Además se han incoado 119 expedientes de internamiento, los mismos que el año anterior.

Cabe mencionar que tras la visita e informe de la Inspección Fiscal, se ha procedido a adecuar la actuación de la Fiscalía y las demandas de incapacidad a las previsiones de la Convención de Nueva York sobre derechos de las personas con discapacidad a fin de salvaguardar el mayor número de capacidades y habilidades de los demandados especificando en la medida de lo posible el ámbito de afectación de sus capacidades y el alcance de las medidas de apoyo que en su beneficio se solicitan. Con la misma finalidad, y a fin de poder conocer y fundamentar de forma individualizada las medidas de apoyo y protección que se solicitan en beneficio de los presuntos incapaces, se ha procedido a modificar los oficios dirigidos al Instituto de Medicina Legal, interesando en los informes del médico forense una mayor especificación del tipo de habilidades y capacidades que se encuentran conservadas o el alcance de las medidas de apoyo o supervisión que puedan requerir las personas afectadas de algún tipo de disminución en sus capacidades.

2.4. Fiscalía Provincial de Teruel

2.4.1. Organización del servicio

Para la organización del servicio civil, se distinguieron diversas materias: El despacho de las discapacidades, tutelas y curatelas corresponde al Fiscal-Jefe. La materia concursal está asignada a la Teniente Fiscal. Los asuntos de familia se llevan por los Fiscales encargados de la sección de menores. Y el resto de materias civiles se distribuyen entre varios Fiscales.

2.4.2. Discapacidades y tutelas

En la Fiscalía de Teruel, durante el año 2013, el servicio de incapacidades incoó un total de 24 diligencias informativas de incapacidad, frente a las 26 del año anterior. Las demandas interpuestas por el Fiscal fueron 37, frente a las 49 del año anterior, y las presentadas por particulares 21, frente a las 25 del año anterior. Además se han incoado 48 expedientes de internamiento, frente a los 31 del año anterior.

3. Contencioso-administrativo

3.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

En el orden contencioso-administrativo, la Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió setenta y cuatro informes en cuestiones de competencia planteadas ante las dos Secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. La cifra referida es similar al número de dictámenes de competencia del año anterior, que fueron 79. Entre las cuestiones de competencia suscitadas la mayoría siguen refiriéndose al ámbito municipal, fundamentalmente en aspectos de urbanismo, así como a las resoluciones dictadas por órganos centrales y periféricos de la Administración autonómica en materia de funcionarios, servicios sociales y sanciones en materia de turismo y seguridad laboral.

En cuanto a los procedimientos especiales de derechos fundamentales, el Ministerio Fiscal intervino en 14 procedimientos (fueron cinco el año 2012). Los derechos fundamentales cuya vulneración se alegó en más ocasiones fueron los de igualdad, el derecho de reunión, con ocasión de la convocatoria de concentraciones y manifestaciones, y el derecho constitucional de libertad sindical, con ocasión de establecimiento de servicios mínimos en supuestos de huelga.

3.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En materia contencioso-administrativa, la Fiscalía Provincial de Zaragoza ha intervenido en el año 2013 en un total de 174 procedimientos, frente a los 188 del año anterior. De estos dictámenes 79 lo fueron en cuestiones de competencia y 78 en procedimientos de entrada en domicilio.

Como cuestiones de interés, en materia de competencia se plantearon las siguientes:

— Las suscitadas entre el orden contencioso administrativo y civil en los recursos en los que intervienen comunidades de regantes por la especial naturaleza jurídica de éstas y su actuación tanto en el ámbito civil como administrativo. En estos supuestos, es determinante la naturaleza de los actos sometidos a juicio, correspondiendo a la jurisdicción contencioso administrativa conocer de los actos de dichas corporación de derecho público adoptados en el ejercicio de sus funciones públicas, y a la jurisdicción civil, el conocimiento de las resoluciones jurídicas en el ámbito del derecho privado, como lo son las demandas de responsabilidad por culpa extracontractual.

— Las cuestiones suscitadas entre el orden contencioso administrativo y social; es especial, tras la reforma operada en esta materia por Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), que en sus artículos 1, 2 y 3, que atribuye a la jurisdicción social materias antes competencia del orden contencioso administrativo. Cabe destacar la intervención del Ministerio Fiscal en las cuestiones de competencia de jurisdicción derivadas de la interpretación de la Disposición Transitoria Cuarta de la citada LRJS, en los de recursos contra resoluciones administrativas sancionadoras en materia laboral, dictadas en fecha anterior al 12 de diciembre de 2011, fecha de entrada en vigor de la LRJS, cuando la resolución del recurso de alzada es posterior a dicha fecha. El auto del Tribunal Supremo n.º 2885/2013, de 19 de febrero, ha venido resolver la cuestión determinando que «en las reclamaciones en materia de sanción, y en particular, en las infracciones sobre prevención de riesgos laborales, la fecha determinante para la atribución competencial es la de la resolución administrativa que pone fin a la vía administrativa y abre la vía a la reclamación judicial; de manera que, si en esa fecha estaba ya en vigor la LRJS, la competencia corresponde al orden social».

En materia de autorización judicial, se ha planteado por la asesoría jurídica de la Agencia Tributaria la cuestión relativa a la necesidad o no de obtener autorización judicial para proceder a la apertura de cajas de seguridad de contribuyentes Se valoró por la Fiscalía el respeto a dos principios: el de proporcionalidad de la medida, partiendo de un concepto estricto de domicilio, y el del respeto a correspondencia que se hallare en las mentadas cajas de seguridad cuya apertura requeriría de otra precisa autorización judicial y siempre ceñida a la naturaleza tributaria del contenido de las misivas. El resultado de la petición fue positivo, autorizando dicha apertura el Juez de lo contencioso-administrativo.

3.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Durante el año 2013 se ha informado en 20 expedientes de entrada en domicilio que se resolvieron conforme a lo interesado; y en 13 cuestiones de competencia, no habiéndose suscitado ninguna cuestión de relevancia.

3.4. Fiscalía Provincial de Teruel

Durante el año 2013 se ha informado en 19 procedimientos de entrada en domicilio y en 6 cuestiones de competencia. Asimismo entró en Fiscalía un procedimiento de protección de derechos fundamentales.

4. Social

4.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

En el orden social, la intervención de la Fiscalía se centró en la notificación y estudio de las sentencias dictadas por la Sala de lo Social al resolver los recursos de suplicación con la finalidad de examinar la procedencia de interponer recurso de casación para la unificación de doctrina. Se emitió un dictamen en cuestión de competencia, en su aspecto de competencia jurisdiccional, suscitada entre la jurisdicción social y la jurisdicción contencioso administrativa en materia de sanciones de seguridad en el trabajo. También se intervino en cinco procedimientos laborales de única instancia, competencia de la Sala de lo Social, asistiendo a cinco vistas e informando un recurso de casación.

4.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En el año 2013 se han efectuado 22 dictámenes de competencia, lo que significa una disminución apreciable respecto al año 2012, que fueron 58; se ha intervenido en 301 vistas de derechos fundamentales y se han emitido 87 dictámenes en otros asuntos.

Como consecuencia del traslado de los Juzgados y la mayor parte de la Fiscalía Provincial a la sede de la nueva Ciudad de la Justicia se ha producido una modificación en relación a la atención y distribución de la asistencia y despacho de los expedientes en el área de lo Social. A pesar de ser esta nueva distribución más acorde a la realidad, sigue manteniéndose la problemática de los señalamientos entre los 7 Juzgados de lo Social, que hace muy difícil la asistencia a la totalidad de los señalamientos. A ello hay que añadir que no existe, por ahora, una fluida comunicación entre Juzgados y Fiscalía al momento de ser desistido o conciliado un expediente, entre otros motivos porque, conforme a la propia Ley, se señala la conciliación la misma mañana de la vista, lo que lleva a las partes a apurar las negociaciones hasta el último momento, forzados por la inmediación de la celebración de la vista definitiva, siendo que en algunas ocasiones no se comunica con antelación a la Fiscalía. No podemos olvidar, además, que las conciliaciones, conforme a la última modificación legislativa, tendrán lugar ante el Secretario Judicial sin que sea en la sala de vistas, lo que en la práctica implica un ir y venir de expedientes desde el despacho del secretario a la sala donde, en su caso, ha de celebrarse la vista y aguarda el Magistrado correspondiente.

Es amplio el número de expedientes en los que las partes llegan a un acuerdo, por lo que sería razonable la existencia de un servicio de mediación, como se ha instaurado en otros Partidos Judiciales, lo que aligeraría no sólo a los propios Juzgados sino a la misma Fiscalía, tal y como están funcionando en otros lugares como Barcelona o Madrid. Este es un punto importante ya que se ha incrementado notablemente la alegación de violación de derechos fundamentales en la petición de nulidad de los despidos o sanciones en el ámbito laboral. Dicha alegación en muchos casos es vaga en su propia exposición dentro de la demanda y, en contadas ocasiones, son requeridos por el propio órgano judicial para que sean más concretos en la presunta violación alegada, lo que implica en definitiva que muchos señalamientos a los que se cita al Fiscal están de antemano vacíos de contenido en referencia a la posible intervención del mismo. Por ello, es importante que las demandas se hayan realizado, como exige el articulo 80.1 c) LRJS, con una clara y concreta relación de los hechos sobre los que verse su pretensión de vulneración de derechos fundamentales, cuestión que se valorará por los Fiscales que deben acudir a los señalamientos los días asignados.

En relación a las cuestiones de competencia, tras el aumento el año anterior con la nueva regulación, y una vez determinados por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón los criterios de competencia entre los órganos jurisdiccionales de lo Contencioso Administrativo y los de lo Social, sólo quedan de forma residual informes sobre competencia en un número similar al anterior a la reforma.

4.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Durante el año 2013 se ha asistido a un total de 11 vistas en procesos en defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas., que concluyeron con conciliación previa y dos en sentencia. Las materias sobre los que han versado los procesos anteriores han sido la tutela de la libertad sindical con sucesivo acoso laboral; en dos de ellas, acoso laboral exclusivamente; y, en casi todas, tutela judicial efectiva por infracción de la garantía de la indemnidad sin que se haya suscitado ninguna otra cuestión de relevancia

4.4. Fiscalía Provincial de Teruel

Durante el año 2013 se ha asistido a un total de 14 vistas De ellas, 11 responden a procedimientos por despido y 3 a procedimientos contra la libertad sindical. Cada vez se observa que hay más procedimientos por despido, debido a la crisis y al cierre de pequeñas empresas. En la mayoría de los procedimientos por despido se alegan infracción de la tutela judicial efectiva, infracción de la garantía de indemnidad, despidos discriminatorios, modificación sustancial de las condiciones laborales o vulneración del derecho a la igualdad.

5. Otras áreas especializadas

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma coordina la actuación de las diferentes Fiscalías Provinciales de Aragón respecto de las diversas materias específicas en las que se concreta el principio de especialización del Ministerio Fiscal. Atendiendo a las necesidades y a la dotación de plantilla de cada una de las Fiscalías en cada provincia hay una Sección o, al menos un delegado, de cada especialidad.

Se examinan a continuación la labor de las distintas Fiscalías Provinciales en relación a las diferentes especialidades.

5.1. Violencia doméstica y de género

5.1.1. Datos del conjunto de todas las Fiscalías de Aragón

5.1.1.1. Violencia de género

Diligencias Previas: 1.814 (2.104 en 2012 = -13,7%)

Diligencias Urgentes: 1.111 (1.229 en 2012 = -9,6%)

Procedimientos Abreviados: 400 (368 en 2012 = +8,7%)

Calificaciones del Fiscal: 777 (790 en 2012 = -1,6%)

Sentencias condenatorias: 490 (507 en 2012 = -3,3%)

Sentencias absolutorias: 292 (315 en 2012 = -7,3%)

Juicios de Faltas: 158 (172 en 2012 = -8,1%)

5.1.1.2. Violencia doméstica

Diligencias Previas: 214 (202 en 2012 = +5,9%)

Diligencias Urgentes: 151 (179 en 2012 = -15,6%)

Procedimientos Abreviados: 104 (134 en 2012 = -22%)

Calificaciones del Fiscal: 162

Sentencias condenatorias: 114

Sentencias absolutorias: 66

Juicios de Faltas: 133

5.1.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.1.2.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza la Sección de Violencia sobre la Mujer ha estado integrada, en el año 2013, al igual que en años anteriores, por tres Fiscales, una de ellas la Fiscal Delegada que coordina el servicio. Todos actúan con exclusividad en esta materia compatibilizándola con la asistencia a juicios y vistas en uno de los Juzgados de lo Penal de Zaragoza.

En el año 2013 y como consecuencia de la nueva distribución de trabajo en la organización de la Fiscalía Provincial, la Sección se ha modificado con el nombramiento de una nueva Fiscal Delegada y la integración de dos Fiscales que ya tenían experiencia en esta materia pero que habían pasado a otros cometidos.

El trabajo habitual de los Fiscales sigue consistiendo en la asistencia semanal a la guardia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer que por turno corresponda, la asistencia semanal a la totalidad de las vistas señaladas en el Juzgado de lo Penal que juzga los asuntos de violencia de género y de violencia doméstica, a las vistas de los juicios de faltas de los dos Juzgados de Violencia sobre la Mujer y a las vistas civiles señaladas en los mismos.

En el desarrollo de la guardia diaria en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza el Ministerio Fiscal ha seguido teniendo presencia inmediata, no sólo en la práctica de las declaraciones de los imputados, sino también en las declaraciones de las víctimas, con la finalidad de poder detectar posibles renuncias de acciones injustificadas o la eventual existencia de presiones al prestar declaración. Además se sigue prestando especial atención a que la víctima reciba precisa información de los derechos que le asisten, cumpliendo así con la función de velar por la protección procesal de las víctimas.

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y la Sección de la Fiscalía continúan manteniendo una buena colaboración.

No se han producido novedades en los mecanismos de coordinación de la Sección de Violencia con otros servicios, órganos e instituciones. Entre estos se pueden citar los Servicios de Violencia Familiar, los Puntos de Encuentro Familiar y el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM) con el que se colabora en materia de cursos de formación.

Se mantiene la colaboración con el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza con la participación de Fiscales de esta Sección de la Fiscalía en la formación de los letrados de turno de oficio asignados a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

También es buena la relación con las Unidades de Policía Judicial especializadas en esta materia, cuyos atestados cuentan con el preceptivo informe sobre nivel de riesgo de las víctimas de violencia de género, conforme al Protocolo establecido al efecto.

La Sección Territorial de Calatayud de la Fiscalía Provincial de Zaragoza se ocupa de los procedimientos tramitados en los Juzgados de su ámbito territorial (partidos judiciales de Calatayud, Daroca y La Almunia) y en los partidos de Ejea de los Caballeros, Caspe y Tarazona intervienen otros Fiscales de la Fiscalía Provincial, en coordinación con la Fiscal Delegada de la Sección de Violencia.

5.1.2.2. Valoración de datos estadísticos

5.1.2.2.1. Violencia de Género

Fallecimientos en materia de violencia de género:

En el año 2013 han muerto dos mujeres a manos de sus parejas:

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 ha tramitado el procedimiento de la Ley de Jurado n.º 1/2013 por la muerte de Agniezka S., ciudadana polaca. El fallecimiento se produjo en el año 2013 si bien la agresión tuvo lugar en el año 2012.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 2 tramita las diligencias previas n.º 330/2013 por el fallecimiento de Mercedes P. R. el 30 de abril de 2013, en las que se encuentra imputado y en prisión su esposo.

Otros delitos de violencia de género:

Procedimientos incoados: Diligencias Previas 1.424, frente a 1.745 del año anterior, lo que supone una disminución del 18,4%. Diligencias Urgentes: 856 frente a 980 del año anterior. Procedimientos abreviados: 292 frente a 263 del año anterior. Sumarios ordinarios: 3. Procedimientos de la Ley de Jurado 2.

En relación a la tipología delictiva, la mayoría de las causas penales incoadas en los dos Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza y las incoadas en los Juzgados de Instrucción de la provincia, lo han sido por delitos de lesiones o maltrato en el ámbito familiar del artículo 153 del Código Penal, seguidos por los de amenazas leves del artículo 171, siendo en menor número las seguidas por violencia habitual del artículo 173 del Código Penal o por coacciones. Así aparecen entre los procedimientos incoados en mayor número: 1.705 por maltrato ocasional, 70 por maltrato habitual, 320 por delito de amenazas, 70 por delito de coacciones, 54 por quebrantamiento de medida cautelar y 42 por quebrantamiento de condena.

En cuanto a las medidas cautelares: 10 prisión provisional, frente a 23 del año anterior; 36 órdenes de alejamiento frente a 68 el año anterior; 399 órdenes de protección frente a 493 del año anterior.

Parentesco de la víctima con el agresor: Cónyuge: 302; Ex cónyuge: 451; Pareja de hecho: 613; Ex pareja de hecho: 782; Noviazgo: 132.

La Fiscalía formuló 577 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia, frente a 607 del año anterior.

En relación a las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal de Zaragoza y por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en el año 2013, se ha registrado un número inferior de sentencias condenatorias (323) respecto al año anterior (348), lo que supone una disminución del 7,2%. De dichas sentencias condenatorias 119 fueron por conformidad. Las sentencias absolutorias fueron 248 frente a 274 del año anterior. Se fundamentan en la utilización por las víctimas de la dispensa de declarar, ya que sigue siendo importante el número de mujeres que se acogen a este derecho, bien en fase de instrucción bien en la fase del plenario.

Fueron 130 los juicios de faltas incoados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza por faltas de injurias y vejaciones injustas dirigidas a mujeres. En este apartado se aprecia también una disminución del 15,6%, pues fueron 154 el año 2012.

5.1.2.2.2. Violencia doméstica

Los doce Juzgados de Instrucción de la capital y los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la provincia, son los encargados de instruir los procedimientos penales relativos a delitos relacionados con la violencia doméstica.

Procedimientos incoados: En el año 2013 se incoaron: 140 diligencias previas frente a 106 del año anterior, lo que supone un aumento del 32%,; 123 Diligencias Urgentes frente a 141 el año anterior y 93 procedimientos abreviados frente a 113 en 2012.

El tipo delictivo por el que se tramitaron más procedimientos fue el de maltrato ocasional (204) seguido por el de amenazas (32). Con cifras menores aparecen los quebrantamientos de medida o de condena (15) y las coacciones (10).

En cuanto a las medidas cautelares se dictaron 172 órdenes de alejamiento.

La Fiscalía elaboró 111 escritos de calificación por delitos relacionados con la violencia doméstica.

Respecto a las sentencias dictadas en esta materia por los órganos jurisdiccionales penales de Zaragoza, fueron 125, de ellas 64 fueron condenatorias y 61 absolutorias.

Fueron 120 los juicios de faltas por violencia doméstica.

5.1.3. Fiscalía Provincial de Huesca

5.1.3.1. Organización

En el año 2013 la organización del Servicio de Violencia de Género en la Fiscalía Provincial de Huesca es idéntica a la del año anterior. Corresponde al Teniente Fiscal desempeñar la función de delegado de este servicio.

En atención al número de Fiscales que integran la plantilla de esta Fiscalía Provincial y al volumen de trabajo que supone la materia de violencia de género, el Fiscal Delegado no desempeña esta función con exclusividad.

5.1.3.2. Valoración de datos estadísticos

5.1.3.2.1. Violencia de Género

Fallecimientos en materia de violencia de género:

Hay que destacar que en el año 2013, al igual que en año anterior, no se ha producido ninguna muerte por violencia de género en el ámbito de la provincia de Huesca.

Otros delitos de violencia de género:

Del examen de la estadística de la Fiscalía Provincial de Huesca resultan los siguientes datos:

Procedimientos incoados: Diligencias Previas: 262 frente a 232 del año anterior, lo que supone un aumento del 13%. Diligencias Urgentes: 171 frente a 164 del año anterior, lo que supone un aumento del 4,2%. Procedimientos Abreviados: 80 frente a 69 del año anterior, lo que supone un aumento del 16%.

Delitos y faltas por los que se incoaron: Lesiones: 10; Maltrato ocasional: 149; Maltrato habitual: 41; Amenazas: 19; Coacciones: 4; Quebrantamiento de medida cautelar: 26; Quebrantamiento de condena: 11; Faltas de vejación injusta: 12.

Medidas cautelares: 5 prisión, frente a 1 del año anterior. 64 órdenes de alejamiento: frente a 60 del año anterior. 61 órdenes de protección.

Parentesco de la víctima con el agresor: Cónyuge: 106; Ex cónyuge: 9; Pareja de hecho: 82; Ex pareja de hecho: 54; Noviazgo: 11.

La Fiscalía formuló 138 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia, frente a 101 del año anterior.

En relación a las sentencias, se dictaron 127 sentencias condenatorias, frente a 106 del año anterior. De dichas sentencias condenatorias 100 fueron por conformidad. Se dictaron 25 sentencias absolutorias, frente a 31 del año anterior.

Fueron 12 los juicios de faltas por vejaciones injustas dirigidas a mujeres, frente a 9 del año anterior.

5.1.3.2.2. Violencia doméstica

Procedimientos incoados: Diligencias previas: 23, frente a 57 del año anterior. Diligencias Urgentes: 14 frente a 22 del año anterior. Procedimientos Abreviados 5, frente a 11 del año anterior. Juicios de Faltas: 2, los mismos del año anterior.

Tipos delictivos: Lesiones 1; Maltrato ocasional: 18; Amenazas: 1; Quebrantamiento de medida cautelar: 3.

Órdenes de alejamiento: 9

La Fiscalía formuló 24 escritos de calificación por delitos relacionados con la violencia doméstica.

Respecto a las sentencias dictadas en esta materia fueron 28, de ellas 25 fueron condenatorias y 3 absolutorias.

Fueron 2 los juicios de faltas por violencia doméstica.

5.1.4. Fiscalía Provincial de Teruel

5.1.4.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel corresponde a la Teniente Fiscal desempeñar la función de Fiscal Delegada en esta materia, sin que se puedan reseñar novedades en el sistema de organización y despacho respecto del año anterior.

5.1.4.2. Valoración de datos estadísticos

5.1.4.2.1. Violencia de género

Fallecimientos en materia de violencia de género:

En el año 2013, al igual que en el año 2012, no se cometieron delitos de homicidio o asesinato de mujeres atribuibles a su pareja.

Otros delitos de violencia de género:

Procedimientos incoados: Diligencias Previas 128 frente a 127 del año anterior. Diligencias Urgentes: 84 frente a 85 del año anterior; Procedimientos Abreviados: 28 frente a 36 del año anterior.

Delitos y faltas por los que se han tramitado: Maltrato ocasional: 112; Maltrato habitual: 11; Amenazas: 44; Coacciones: 5; Quebrantamiento de medida cautelar: 9; Quebrantamiento de condena: 6; Faltas de vejación injusta: 16.

Parentesco de la víctima con el agresor: Cónyuge: 67; Ex cónyuge: 20; Pareja de hecho: 59; Anterior pareja de hecho: 36; Noviazgo: 22.

Medidas cautelares: Prisión provisional: 4, frente a 3 del año anterior; 61 órdenes de alejamiento, frente a 53 del año anterior; 16 órdenes de protección frente a 25 del año anterior.

La Fiscalía formuló 62 escritos de calificación por delitos relacionados con la violencia de género, frente a 82 del año anterior.

Se dictaron 40 sentencias condenatorias, frente a 53 del año anterior. De ellas 14 por conformidad. Y 19 sentencias absolutorias frente a 10 del año anterior.

Fueron 16 los juicios de faltas, frente a 9 del año anterior.

5.1.4.2.2. Violencia doméstica

Procedimientos incoados: Diligencias Previas 51 frente a 39 del año anterior. Diligencias Urgentes: 14 frente a 16 del año anterior. Procedimiento Abreviado: 6 frente a 10 del año anterior.

En cuanto a los tipos delictivos por los que se incoaron aparecen 39 supuestos de maltrato ocasional, 15 de amenazas, 1 de coacciones, 1 de agresión sexual y 1 de quebrantamiento de medida cautelar.

Medidas cautelares: Prisión provisional: 4; Orden de alejamiento: 14; Orden de protección: 1.

La Fiscalía formuló 27 escritos de calificación por delitos relacionados con la violencia doméstica.

Se dictaron 25 sentencias condenatorias, de ellas 14 por conformidad. y 2 sentencias absolutorias.

Fueron 11 los juicios de faltas frente a 16 del año anterior.

5.2. Siniestralidad laboral

5.2.1. Datos del conjunto de todas las Fiscalías de Aragón

Procedimientos por homicidio por accidente laboral: 15

Procedimientos por lesiones por accidente laboral: 972

Diligencias de Investigación en Fiscalía: 7

Escritos de acusación por el Ministerio Fiscal: 18

Sentencias de los Juzgados de lo Penal: 16

Respecto del elevado número de diligencias previas por lesiones en accidente laboral, debe señalarse que todo parte de lesiones producido en el trabajo, aunque sea fortuito, da lugar a unas diligencias previas que generalmente terminan por archivo, al no tener su causa en la acción de personas distintas al accidentado ni en la falta de medidas de seguridad.

5.2.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.2.2.1. Organización

La Sección de Siniestralidad ha continuado estando integrada, como en años anteriores, por un Fiscal Delegado y dos Fiscales adscritos, sin variaciones respecto al año anterior. Todos ellos compaginan la labor en esta Sección con otras funciones de la Fiscalía.

Conforme a lo dispuesto en la Instrucción número 7/2007 de la Fiscalía General del Estado, el Fiscal Delegado ha ejercido las funciones de coordinación de los restantes Fiscales en el despacho de las causas incoadas por estos delitos.

Las funciones de dirección y coordinación delegadas por el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial al Fiscal Delegado se mantienen sin variación.

El Fiscal Delegado tramita las Diligencias de Investigación relativas a Siniestralidad Laboral, estando a su cargo, y al de los Fiscales adscritos, la coordinación en el despacho de los procedimientos penales asignados.

5.2.2.2. Datos estadísticos

Las infracciones por las que se incoaron los procedimientos fueron las siguientes:

— Homicidio por accidente laboral: 7 (2 en 2012)

— Lesiones por accidente laboral: 501 (505 en 2012)

— Delito de riesgo sin resultado lesivo: 11 (12 en 2012)

— Lesiones por imprudencia leve: 52 (48 en 2012)

En cuanto a las diligencias de Investigación en Fiscalía, en el año 2013 fueron 6, frente a 7 del año anterior. Todas terminaron con remisión de la denuncia al Juzgado para averiguación de los hechos.

Respecto de los escritos de acusación del Ministerio Fiscal: 11 en 2013 (15 en 2012)

Las sentencias del Juzgado de lo Penal: 14 en 2013 (11 en 2012)

5.2.2.3. Relaciones institucionales

También durante este año 2013 se ha procedido a la remisión desde la Fiscalía de una copia de las sentencias dictadas por los Juzgados a la Inspección de Trabajo y a la Dirección General de Trabajo e Inmigración del Gobierno de Aragón.

Conforme a lo acordado en las reuniones mantenidas en fechas anteriores con la Inspección de Trabajo, por este órgano se han seguido remitiendo expedientes sancionadores acompañados de información adicional que han dado lugar a la presentación de seis denuncias por la Fiscalía ante el Juzgado.

Se han mantenido las reuniones semestrales habituales con el Director Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Jefe Provincial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a fin de evaluar y mejorar las actuaciones en esta materia. Tuvieron lugar en enero y junio de 2013.

El día 15 de Noviembre de 2.013 el Fiscal Delegado participó en una mesa redonda del III Congreso Nacional de Prevención de Riesgos Laborales, organizado por la Universidad de Zaragoza, explicando a los asistentes las funciones y la labor que desempeña la Fiscalía en esta materia.

5.2.3. Fiscalía Provincial de Huesca

5.2.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Huesca corresponde a uno de los Fiscales de la plantilla desempeñar la coordinación de siniestralidad laboral, manteniendo la relación con la Fiscalía de Sala, bajo la dirección del Fiscal Jefe Provincial. Debido al número de Fiscales de la plantilla y al volumen de asuntos de esta especialidad, esta labor no tiene carácter exclusivo y se compagina con el desempeño de otras funciones.

5.2.3.2. Datos estadísticos

Respecto de las infracciones penales se han incoado 5 procedimientos penales por muerte en accidente laboral. Hay que significar que algunos fallecimientos que dieron lugar a la incoación de procedimiento judicial obedecieron a muertes por causas naturales en el puesto de trabajo o a accidentes de tráfico «in itínere», sin que aparentemente concurriera infracción de normas de seguridad laboral.

Los procedimientos judiciales por lesiones en accidente laboral fueron 39.

En la Fiscalía Provincial durante el año 2013 se han tramitado 1 diligencia de investigación por siniestralidad laboral que fue finalmente archivada puesto que por los mismos hechos se tramitó un procedimiento judicial.

En estos procedimientos, y en ese mismo año, el Ministerio Fiscal presentó escrito de calificación en 3 procedimientos y el Juzgado Penal de Huesca dictó 1 sentencia.

5.2.3.3. Relaciones Institucionales

La Fiscalía Provincial de Huesca mantiene una relación de colaboración con las autoridades y servicios administrativos con competencia en esta materia, en particular con los Servicios Provinciales de la Consejería de Trabajo de la DGA y con la Inspección de Trabajo, fundamentalmente en materia de informes sobre accidentes graves acaecidos en el ámbito laboral.

5.2.4. Fiscalía Provincial de Teruel

5.2.4.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel uno de los Fiscales de la plantilla desempeña la coordinación en la materia de siniestralidad laboral, manteniendo la relación con la Fiscalía de Sala, bajo la dirección del Fiscal Jefe Provincial. Debido al número de Fiscales de la plantilla y al volumen de asuntos de esta especialidad esta labor no tiene carácter exclusivo y se compagina con el desempeño de otras funciones. No ha habido modificaciones organizativas en el año 2013.

5.2.4.2. Datos estadísticos

En cuanto a las infracciones penales aparecen 3 fallecimientos en accidente laboral, cifra idéntica a la del 2012.

También es similar la cifra de infracciones registradas en los Juzgados como lesiones en accidente laboral, que ascendieron este año a 432, frente a 426 el año 2012. La mayor parte son supuestos de lesiones leves sin declaración de responsabilidad y accidentes «in itínere».

No se han tramitado procedimientos por delito de riesgo sin resultado lesivo y se han tramitado 2 procedimientos por lesiones calificadas como falta.

En el año 2013 no se han iniciado Diligencias de Investigación por hechos relacionados con esta materia.

El Ministerio Fiscal presentó 4 escritos de calificación por delitos de siniestralidad laboral, el Juzgado Penal dictó 1 sentencia en procedimientos abreviados seguidos en esta materia (se dictaron 4 sentencias en el año 2012).

5.2.4.3. Relaciones Institucionales

En el año 2013, al igual que en años anteriores, se han celebrado dos reuniones con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se mantiene una especial comunicación con este organismo en el intercambio de datos e información relativa a los accidentes laborales acaecidos en la provincia.

En los procedimientos judiciales abiertos por accidentes de mayor gravedad se ha mantenido también una especial relación con los Técnicos de Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

Se ha mantenido también este año una relación de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la investigación de los hechos relacionados con la siniestralidad laboral a través de atestados, informes y diligencias de inspección ocular.

La Fiscal Delegada asistió en Madrid a las Jornadas de Fiscales Especialistas organizadas por la Fiscalía General del Estado.

5.3. Medio ambiente y urbanismo

5.3.1. Datos del conjunto de todas las Fiscalías de Aragón

Diligencias de Investigación en Fiscalía: 35 (41 en 2012 = 14,6%)

Diligencias Previas: 108

Procedimientos abreviados: 16

Escritos de acusación por el Ministerio Fiscal: 20

Sentencias de los Juzgados de lo Penal: 17

5.3.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.3.2.1. Organización

La Sección de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico y Artístico de la Fiscalía Provincial de Zaragoza ha continuado estando integrada por un Fiscal Delegado y un Fiscal adscrito. Ambos desempeñan las funciones correspondientes de la Sección junto con otras actividades en el ámbito penal.

En lo que se refiere a la relación con otras administraciones, durante el año 2013 se ha continuado manteniendo la colaboración con diversos órganos de la Administración central y autonómica.

Principalmente la relación se mantiene con la Consejería de Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón y el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil.

En este año 2013 el Fiscal delegado asistió en Madrid a las Jornadas de Fiscales Especialistas organizadas por la Fiscalía General del Estado.

5.3.2.2. Datos estadísticos

En el año 2013 se han incoado 15 Diligencias de Investigación de Fiscalía en materias de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico (fueron 18 el año anterior). No quedan en la Fiscalía diligencias pendientes de tramitación correspondientes a años anteriores. Del total de las incoadas 6 fueron archivadas durante el año y 9 finalizaron con la interposición de denuncia o querella. Cuatro de las Diligencias de Investigación se refieren a la materia de flora y fauna y han sido especialmente relevantes dos diligencias referidas al Patrimonio Histórico Artístico.

Los procedimientos judiciales incoados en el año 2013 en estas materias fueron 36 (30 Diligencias previas y 6 Procedimientos Abreviados) que se distribuyen por delitos de la siguiente forma: 6 de Medio Ambiente, 1 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, 8 de Flora y Fauna, 9 de Maltrato de animales domésticos, 2 de Incendios Forestales y 13 de Patrimonio Histórico.

La Fiscalía formalizó 8 escritos de acusación: 2 por Medio Ambiente, 2 por delitos relativos a la Flora y Fauna, 1 por incendio forestal y 3 por maltrato a animales domésticos.

En cuanto a las sentencias dictadas en el año 2013 fueron 3, de ellas 1 condenatoria y 2 absolutorias. Se distribuyen por delitos de la siguiente forma: 1 en materia de maltrato de animales domésticos, 1 de ordenación del territorio y urbanismo y 1 de flora y fauna.

5.3.2.3. Supuestos de actuación más relevantes

Resalta la escasa incidencia de los incendios forestales en un año especialmente benigno por la abundancia de lluvias en primavera y verano.

Las actuaciones de mayor relevancia en las que actúa la Fiscalía siguen siendo, en primer lugar, la denominada «Operación Fragmento», tramitada en el Juzgado de Instrucción n.º 5 de Zaragoza, tras la interposición de querella por la Fiscalía, en relación a la presunta actuación fraudulenta de una empresa en el reciclaje de frigoríficos y otros electrodomésticos. Este procedimiento ha llegado al final de la instrucción y ha sido calificado, estando pendiente de señalamiento el juicio oral ante la Audiencia Provincial.

El segundo procedimiento de especial interés es el relacionado con el hallazgo y ocupación de cascos celtibéricos y otros objetos de interés arqueológico, tramitado por un Juzgado de Instrucción de La Almunia de Doña Godina.

5.3.3. Fiscalía Provincial de Huesca

5.3.3.1. Organización

Uno de los Fiscales de la plantilla de la Fiscalía provincial desempeña las funciones de Fiscal Delegado en esta materia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico, coordinando las actuaciones de los Fiscales, conforme a las directrices de la Fiscalía de Sala correspondiente. Este año 2013, y como novedad, se procedió a nombrar una Fiscal adjunta, lo que ha permitido atribuir a la Sección el despacho completo de la totalidad de los asuntos d las materias propias de la especialidad.

5.3.3.2. Datos estadísticos

En cuanto a las Diligencias de Investigación de Fiscalía se incoaron un total de 11 (fueron 12 en el año 2012). De ellas 4 se han referido a materia de Flora y Fauna, 5 a Ordenación del Territorio y Urbanismo y 2, genéricamente, a Medio Ambiente. Durante el año han sido archivadas 9 (generalmente por tramitarse también procedimiento judicial) y se ha presentado denuncia en una ocasión.

En relación a la actividad judicial destaca el importante aumento de procedimientos penales incoados en los diferentes Juzgados de Instrucción de la capital y de la provincia. Han sido un total de 73 (fueron 39 el año 2012). Se distribuyen en 6 procedimientos de diligencias urgentes, 57 diligencias previas y 10 procedimientos abreviados.

La Fiscalía ha presentado 9 escritos de acusación, 8 de ellos referidos a flora y fauna y uno a incendio forestal.

Se dictaron 9 sentencias por el Juzgado Penal de Huesca, 8 de ellas condenatorias, referidas las 9 a Flora y Fauna.

5.3.3.3. Supuestos de actuación más relevantes

Ha tenido especial importancia la tramitación de unas Diligencias de Investigación relativas a la pérdida de la riqueza piscícola del embalse de Escarra a consecuencia del vaciado del pantano, supuestamente por la empresa concesionaria del aprovechamiento del mismo. Las diligencias han sido archivadas dado que el Juzgado de Instrucción de Jaca número 1 tramita, por los mismos hechos, otras diligencias previas.

5.3.4. Fiscalía Provincial de Teruel

5.3.4.1. Organización

Corresponde a uno de los Fiscales de la Fiscalía Provincial de Teruel desempeñar las funciones de Fiscal Delegado en materia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico en coordinación con la Fiscalía de Sala correspondiente.

No ha habido variaciones en el año 2013 en el sistema organizativo de la Fiscalía.

Se sigue haciendo especial referencia en la Memoria de la Fiscalía Provincial a la labor del Equipo de Investigación del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Comandancia de la Guardia Civil de Teruel, que realiza atestados muy completos que denotan el alto nivel de cualificación profesional de sus integrantes.

5.3.4.2. Datos estadísticos

Respecto de las Diligencias de Investigación de Fiscalía se han incoado en el año 2013 un total de 9, cifra inferior a la del año anterior (11). De ellas 6 se referían a Flora y Fauna, una a Ordenación del territorio, una a Incendio forestal y una a Maltrato de animales domésticos. Al finalizar el año quedaba pendiente una de estas diligencias.

Las diligencias previas tramitados en la provincia (21) han aumentado ligeramente (fueron 19 el año anterior). Su distribución por materias fue la siguiente: 3 de Medio Ambiente, 3 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, 6 de Flora y Fauna, 4 sobre Incendios Forestales, 1 de Patrimonio Histórico y 4 de Maltrato a animales domésticos.

La Fiscalía efectuó 5 escritos de calificación, 3 por flora y fauna y 2 por maltrato a animales domésticos.

Los Tribunales han dictado 5 sentencias en el año 2013, todas ellas condenatorias, tres de ellas relativas a Incendios forestales y dos a Flora y Fauna.

5.4. Extranjería

5.4.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.4.1.1. Organización

La Sección de Extranjería de la Fiscalía Provincial de Zaragoza está integrada por una Fiscal Delegada y otro Fiscal adscrito, que desempeñan esta función junto con otros cometidos en el organigrama de la Fiscalía. No ha habido novedades organizativas en este año 2013 continuando en la Sección los mismos Fiscales.

La Sección coordina esta materia, en relación con la Fiscalía de Sala correspondiente y bajo la supervisión del Fiscal Jefe Provincial. Entre sus funciones se encuentra establecer la adecuada relación de colaboración entre las distintas áreas de la Fiscalía Provincial que intervienen cuando los autores o víctimas del delito son ciudadanos extranjeros. Es fundamental para el desarrollo de sus funciones la doctrina contenida en la Instrucción 5/2007 y en las Circulares 2/2006 y 5/2011 de la Fiscalía General del Estado, ésta última de sustancial importancia.

5.4.1.2. Las expulsiones de ciudadanos extranjeros en el proceso penal

En el año 2013 han sido ocho los procedimientos en los que la expulsión del imputado de nacionalidad extranjera se ha solicitado y ejecutado en trámite de instrucción, (fueron 6 el año 2012 y 5 en 2011). Generalmente la expulsión se pospone para la fase de ejecución de la sentencia, en aplicación del artículo 89 del Código Penal.

Por regla general, los informes elaborados por la Fiscalía en orden a las expulsiones de extranjeros incursos en una causa penal, a tenor del artículo 57.7 de la Ley de Extranjería, tramitada por delitos para los que la ley prevea la imposición de una pena privativa de libertad inferior a 6 años o una pena de distinta naturaleza, siguen siendo favorables a la expulsión una vez se ha tomado declaración al imputado.

Una vez que se ha celebrado el Juicio Oral, no es ya éste el procedimiento adecuado para llevarla a efecto pues, si el extranjero ha sido condenado, procederá la sustitución de la pena por la expulsión en aplicación del artículo 89 del Código Penal y, si ha sido absuelto, la expulsión o no del extranjero es ajena al procedimiento judicial y se efectuará, en su caso, en vía administrativa.

En el año 2013, se efectuaron por la Fiscalía Provincial de Zaragoza 68 escritos de calificación en las que se interesaba la sustitución de la pena de prisión impuesta al penado, extranjero no residente legalmente en España, por la expulsión del territorio español. Se trata de una cifra muy inferior a la del anterior año 2012 (113). En el año 2013 se ha dictado 31 sentencias en procedimientos en los que se solicitaba la expulsión. Fueron 21 en 2012.

Durante el año 2013, al igual que en el año anterior, no se ha realizado en Zaragoza ninguna calificación interesando la sustitución de la pena igual o superior a 6 años por la expulsión del territorio español, ni se ha dictado sentencia en el mismo sentido.

En las calificaciones fiscales, y de acuerdo con una comunicación interna del Fiscal Coordinador de Extranjería, se solicita alternativamente cuando el extranjero no esté privado de libertad que, al acordarse la sustitución de la pena por expulsión por el juez, se acuerde el internamiento en centro de internamiento de extranjeros en los supuestos indicados de penas más bajas o el ingreso en centro penitenciario en los demás casos, con la finalidad de asegurar la ulterior expulsión.

Otro problema es la incidencia de la aplicación de la Disposición Adicional 17ª de la Ley Orgánica 19/2.003 en los supuestos de imposibilidad en la ejecución de la expulsión.

La práctica del ya prolongado tiempo de vigencia de la Disposición Adicional 17ª de la Ley Orgánica 19/2.003, de casi 10 años, hace que se haya ya generalizado la petición por parte del Ministerio Fiscal en las calificaciones de «comunicar a la autoridad gubernativa la finalización de los procesos penales en los que concurra la comisión de infracciones administrativas a las normas de extranjería a los efectos de que, por las autoridades administrativas pueda reanudarse, iniciarse o archivarse según los casos, el procedimiento administrativo sancionador». Igualmente se hace la petición de comunicación en los casos en que se interesa el sobreseimiento de la causa por no haber indicios suficientes de comisión de delito pero sí aparece la posible comisión de infracción administrativa al estar el extranjero en situación de irregularidad en nuestro país. También se reitera la solicitud en los informes del Juicio Oral acogiendo los tribunales habitualmente la petición.

Los problemas que se producen a la hora de realizar las expulsiones surgen unas veces de los obstáculos que ponen las autoridades del país de origen del extranjero que en muchos casos carece de documentación y no lo reconocen como nacional de su país por lo que, la tarea principal a que se enfrenta la policía, es la de documentar al extranjero y determinar su identidad y nacionalidad como primer paso para proceder a la expulsión.

Mayor complicación se produce cuando se trata de países que no tienen representación diplomática o consular en España o en los que se producen conflictos bélicos u otros problemas similares.

Durante el año 2013 fueron expulsados por la policía 66 extranjeros en situación irregular durante la ejecución de la sentencia por resoluciones de Juzgados de lo Penal, Audiencia Nacional y Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, muy inferior a los del mismo período del año 2012 que fueron 104.

5.4.1.3. Medidas cautelares de internamiento

Las resoluciones administrativas que acuerdan la expulsión del territorio español y que ponen fin a los expedientes administrativos relativos a extranjeros en situación irregular en España, suelen llevar consigo el internamiento en un centro de internamiento de extranjeros (CIE) hasta el momento de la efectiva expulsión del país, para lo cual se solicita del Juez de Guardia la autorización para su internamiento.

En Aragón no existe Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). Los extranjeros procedentes de esta Comunidad ingresan en centros de Madrid, Barcelona y Valencia y durante el año 2013 no se ha planteado por ello ningún problema digno de mención. La Fiscalía lleva un control de los autos y de las fechas de ingreso en el CIE.

Durante el año 2013 se dictaron en los Juzgados de Instrucción de Zaragoza 102 autos relativos al internamiento previo a la expulsión de extranjeros no residentes legalmente en España (fueron 103 el año anterior), de los cuales 16 fueron denegatorios y 86 autorizaron el internamiento.

5.4.1.4. Menores extranjeros no acompañados

La Circular 1/2012 de la Fiscalía General del Estado aclara unos criterios básicos tendentes a unificar la actuación de las Fiscalías para evitar anotaciones contradictorias en el Registro de MENAS cuando a un menor se le han realizado las pruebas en distintas provincias.

El tema de la minoría de edad tiene consecuencias directas sobre el estatus legal del extranjero, por lo que, si está indocumentado, la primera actuación a efectuar es la determinación de la edad del extranjero. Si está documentado es mediante el pasaporte como se acredita su identidad y su edad. Esta situación no es la habitual ya que los menores que entran en España irregularmente lo hacen indocumentados y por tanto lo más urgente es la determinación de la edad, sin perjuicio de la atención inmediata en los servicios de protección de menores.

Cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad localizan a un menor extranjero no acompañado e indocumentado, si hay duda de que pueda ser mayor o menor de 18 años, proceden a determinar su edad, trasladándolo de inmediato al Hospital Clínico, Sección de Radiología, a fin de que por el mismo se proceda a la determinación de la edad del extranjero.

Estas funciones las ha asumido la Brigada Provincial de Extranjería con la finalidad de, en colaboración con las Brigadas de igual clase del resto de España, dado que es frecuente que los menores que llegan a nuestra región provengan de otras comunidades donde han podido ser objeto de pruebas de identificación. Previamente se consulta el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados, regulado en el artículo 111 del Reglamento de Extranjería, donde debe constar el resultado de la prueba médica si se hubiera realizado en otro lugar de España para, en ese caso, prescindir de la nueva práctica salvo que razones excepcionales aconsejen otra decisión como establece la Circular 2/2006 de la Fiscalía General del Estado. Esta misma Circular indica la necesidad de llevar a cabo las actuaciones a la máxima celeridad por la situación de privación de libertad que supone el traslado al centro sanitario y su permanencia en el mismo hasta la determinación de la edad.

La técnica de determinación de la edad más utilizada es por radiografía de los huesos de la muñeca y mano izquierda y su comparación con las tablas elaboradas con estudios estadísticos que recogen el desarrollo de los huesos en las diferentes edades.

El siguiente paso, una vez acreditada la minoría de edad, es incluir al menor en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados, con reseña decadactilar y atribuirle un número de identidad de extranjero (NIE) por parte del Cuerpo Nacional de Policía. Posteriormente se le traslada al Centro de Acogida del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS).

En el año 2013 se efectuó la prueba ósea para determinar la edad a 7 supuestos menores extranjeros, que fueron ingresados en los Servicios de Protección de la Diputación General de Aragón. Se trata de una cifra notablemente inferior al anterior año 2012 fueron en que fueron 4.

Si se acredita que el extranjero es menor de edad debe acordarse la repatriación a su país de origen o su permanencia en España. Los MENAS solo pueden ser objeto de expediente de repatriación ya que por su minoría de edad no procede una sanción de expulsión como corresponde a los extranjeros irregulares mayores de edad.

La finalidad de la repatriación no puede ser otra que la reagrupación del menor con su familia o subsidiariamente la tutela por los servicios de protección de menores de su país de origen por lo que, la primera actuación es localizar a su familia o contactar con los servicios de protección de su país.

La Circular 2/2006 ordena a los Fiscales verificar que en la tramitación del expediente de repatriación se ha respetado el contenido mínimo exigido por la normativa de extranjería. Se trata en definitiva de que, lo que es una repatriación en interés del menor, no se convierta en una expulsión de hecho.

La organización de la Fiscalía en los expedientes de repatriación de menores no acompañados se fundamenta en la coordinación de las Secciones de Menores y de Extranjería y la estrecha colaboración con las instituciones autonómicas de Servicios Sociales, que comunican la incoación de los expedientes y demás actuaciones que se llevan a cabo lo que permite un control permanente de los mismos. En el año 2013 no se han acordado en Zaragoza repatriaciones de menores, a diferencia del año 2012 en que fueron dos.

5.4.1.5. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

De las estadísticas de la Fiscalía Provincial resulta que durante el año 2013 se han incoado en los Juzgados de Zaragoza (capital y provincia) 84 procedimientos sobre delitos relativos a los derechos de ciudadanos extranjeros (fueron 103 el año anterior). De ellos 8 por delitos de trata de seres humanos del artículo 177 CP, 61 por delitos contra los derechos de ciudadanos extranjeros, 7 por delitos contra los derechos de los trabajadores extranjeros y 8 por delitos relacionados con la prostitución coactiva.

5.4.1.6. Registro Civil. Matrimonios mixtos

En el año 2013 el Ministerio Fiscal emitió un informe desfavorable a la autorización de matrimonios mixtos en los correspondientes expedientes. Esta circunstancia contrasta con las cifras de los años 2009 y 2010 (fueron 10), 2011 (fueron 6) y se aproxima a la de 2012 (no hubo ninguno).

5.4.1.7. Relaciones Institucionales

Las relaciones de colaboración con otros organismos continúan siendo satisfactorias, como en años anteriores. Son frecuentes los contactos con la Guardia Civil y la Policía Nacional.

En materia de menores extranjeros no acompañados, las actuaciones del Departamento de Servicios Sociales de la Diputación General de Aragón derivan del Protocolo de Procedimiento Consensuado con los distintos agentes que intervienen en la atención de dichos menores en Aragón: Delegación y Subdelegación del Gobierno, Fiscalía de Menores, Dirección General de Trabajo e Inmigración, Jefatura Superior de Policía y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales que se fundamenta precisamente, en el principio de 0colaboración entre las Administraciones.

5.4.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.4.2.1. Organización

No ha habido variaciones en el año 2013 en la organización de la Fiscalía Provincial de Huesca en materia de extranjería. Corresponde a uno de los Fiscales de la Fiscalía desempeñar las funciones de delegado en esta materia, en coordinación con la Fiscalía de Sala de la Fiscalía General del Estado y bajo la supervisión del Fiscal Jefe Provincial. El desempeño de esta función sigue sin tener carácter exclusivo habida cuenta del número de Fiscales de la plantilla y el volumen de trabajo que genera la extranjería en la Fiscalía Provincial de Huesca.

En esta provincia no hay un centro de internamiento de extranjeros por lo que aquellos que precisan ser internados administrativamente son ingresados en los Centros de otras provincias, generalmente Madrid, Barcelona o Valencia.

5.4.2.2. Datos estadísticos

En relación a las solicitudes de expulsión de ciudadanos extranjeros imputados en procedimientos penales durante el año 2013, se han informado por la Fiscalía en 9 ocasiones (fueron 13 el año anterior).

Respecto a los internamientos en centro de internamiento de extranjeros en ejecución de resoluciones administrativas, se han informado favorablemente 16 internamientos y desfavorablemente otros 3. Los Juzgados acordaron 15 de los internamientos informados.

En relación a los menores extranjeros no acompañados (MENAS), en el año 2013 no se han tramitado en la provincia de Huesca expedientes de este tipo, ni para expulsión, ni para determinación de la edad, al igual que en el año anterior.

No aparece la incoación de procedimientos judiciales por delitos contra los derechos de ciudadanos extranjeros o por delito contra los derechos de trabajadores extranjeros. Se ha tramitado un procedimiento por prostitución coactiva.

No se han emitido dictámenes respecto de la celebración de matrimonios fraudulentos con extranjeros..

5.4.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.4.3.1. Organización

En el año 2013 la organización de la Fiscalía Provincial de Teruel en materia de extranjería no se ha modificado y sigue siendo un único Fiscal de la plantilla quien desempeña la función de Delegado en materia de Extranjería. Entre sus funciones se incluye llevar un control centralizado de las solicitudes policiales de internamiento y de los súbditos extranjeros encartados en causas penales, ya sean en fase de instrucción o en ejecución de sentencia condenatoria. Su competencia se extiende al control de la situación de los extranjeros que, cumpliendo pena en el Centro Penitenciario de Teruel, han obtenido resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Aragón obteniendo la libertad condicional. También le corresponde intervenir en los supuestos de menores extranjeros no acompañados, así como en materia de Registro Civil. Esta labor no tiene carácter exclusivo teniendo en cuenta el número de Fiscales de la plantilla de la Fiscalía Provincial y el volumen de trabajo que genera esta materia.

5.4.3.2. Datos estadísticos

El total de internamientos de extranjeros acordados para proceder a su expulsión ha sido de 11 en 2013. En otro expediente se denegó la autorización.

Respecto de las expulsiones sustitutivas en el proceso penal se emitieron seis informes favorables a la expulsión en el trámite previsto en el artículo 57 de la Ley de Derechos y Libertades de los Ciudadanos Extranjeros en España y se solicitó la expulsión en dos escritos de calificación y en otras dos ejecutorias penales. Se ha dictaminado en un expediente de expulsión en aplicación de la disposición adicional 17ª de la Ley Orgánica 19/2003

En materia de menores extranjeros no acompañados (MENAS) en el año 2013 no ha sido necesario informar expediente alguno.

En el año 2013 se han incoado tres procedimientos penales por delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

Respecto del Registro Civil, la Fiscalía ha informado oponiéndose en cinco expedientes de matrimonio civil en el que uno de los contrayentes era extranjero, por tratarse aparentemente de un matrimonio simulado.

5.5. Seguridad vial

5.5.1. Datos del conjunto de las Fiscalías de Aragón

Conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas:

Diligencias Urgentes: 19

Diligencias Previas: 12

Procedimientos abreviados: 8

Delitos calificados: 17

Sentencias: 19

Conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas:

Diligencias Urgentes: 1.295

Diligencias Previas: 150

Procedimientos abreviados: 99

Delitos calificados: 1.205

Sentencias: 1.286

Conducción temeraria:

Diligencias Urgentes: 18

Diligencias Previas: 27

Procedimientos abreviados: 92

Delitos calificados: 55

Sentencias: 41

Conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás:

Diligencias Urgentes: 2

Diligencias Previas: 1

Procedimientos abreviados: 0

Delitos calificados: 1

Sentencias: 1

Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas:

Diligencias Urgentes: 37

Diligencias Previas: 9

Procedimientos abreviados: 2

Delitos calificados: 50

Sentencias: 42

Conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo:

Diligencias Urgentes: 479

Diligencias Previas: 91

Procedimientos abreviados: 34

Delitos calificados: 499

Sentencias: 526

Creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía:

Diligencias Urgentes: 1

Diligencias Previas: 1

Procedimientos abreviados: 0

Delitos calificados: 0

Sentencias: 2

5.5.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.5.2.1. Organización y funciones asignadas

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza funciona una Sección de Seguridad Vial, integrada por una Fiscal delegada y una Fiscal adscrita, y su actuación se desarrolla en coordinación con la Fiscalía de Sala de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado.

En su actuación cotidiana se encarga de trasladar a los restantes miembros de la Fiscalía las pautas y criterios que en materia de seguridad vial generan la Fiscalía General del Estado y la Fiscalía de Sala Delegada. La más reciente ha sido la Circular 10/2011, de 17 de noviembre, de la Fiscalía General del Estado sobre «criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial» cuyas conclusiones renuevan los criterios de actuación adoptados en esta materia.

No ha habido otras novedades en el aspecto organizativo de esta Sección de la Fiscalía en el año 2013.

La Fiscal delegada participó los días 17 y 18 de junio de 2013 en las Jornadas anuales de Fiscales de seguridad vial, celebradas en Madrid, en las que se debatieron criterios de actuación con especial estudio y referencia a los reconocimientos médicos de conductores que pueden presentar limitaciones de sus capacidades psicofísicas.

El día 7 de junio de 2013 y en dependencias de la Delegación del Gobierno en Zaragoza la Fiscal delegada participó en la Sesión convocada por la Comisión Autonómica de Seguridad Vial en Aragón.

El 12 de abril de 2013 la Fiscal delegada participó en una reunión preparatoria de la Comisión de Circulación, Responsabilidad civil y Seguro del Colegio de Abogados de Zaragoza para la organización del Congreso a celebrar en Zaragoza en el mes de febrero de 2014 en materia de seguridad vial.

Corresponde también a esta Sección despachar las Diligencias de Investigación de Fiscalía relacionadas con la materia de seguridad vial. En el año 2013 se han tramitado en esta Fiscalía 17 Diligencias de Investigación (fueron 10 en 2012 y 21 el año 2011). De ellas, la mayor parte se refieren a expedientes sancionadores remitidos por la Jefatura Provincial de Tráfico en los que se aprecia la posible comisión de delito por conducir careciendo del correspondiente permiso o estando privado del mismo por retirada de puntos. La más relevante hizo referencia a la investigación sobre un conductor que circulaba a 210 km/hora, por la autopista AP-68, en un tramo limitado a 120 km/hora.

Se han continuado manteniendo, por delegación del Fiscal Jefe Provincial, contactos y reuniones con órganos de la Administración, Jefatura Provincial de Tráfico, Guardia Civil y Policías Locales.

5.5.2.2. Datos estadísticos

5.5.2.2.1. De los datos de la Policía Local de Zaragoza relativos a Zaragoza capital, resulta un significativo descenso en el municipio en el número de accidentes, personas fallecidas y lesionadas y el número de conductores que circulan bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Atestados tramitados para juicio rápido: 747 (889 en 2012)

Atestados por lesiones en accidente de tráfico: 582 (914 en 2012)

Atestados por fallecimiento en accidente de tráfico: 2 (8 en 2012)

Conductores detenidos: 17

Conductores citados a juicio rápido: 724

Atestados por conducción bajo influencia del alcohol: 331 (405 en 2012)

Atestados por conducción con tasa de alcohol: 186 (228 en 2012)

Atestados por conducción bajo influencia de drogas: 25 (25 en 2012)

Atestados por negativa a sometimiento a pruebas: 24 (38 en 2012)

Atestados por conducir con exceso de velocidad punible: 20 (18 en 2012)

Atestados por conducir sin permiso válido: 242 (295 en 2012)

Atestados por conducción temeraria: 17 (9 en 2012)

5.5.2.2.2. Datos de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, para la capital y toda la provincia:

Conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas: Se tramitaron 14 Diligencias Urgentes, 8 Diligencias Previas y 4 Procedimientos Abreviados, con un total de 12 delitos calificados, habiéndose dictado un total de 15 sentencias.

Conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas: se tramitaron 876 Diligencias Urgentes, 78 Diligencias Previas y 76 Procedimientos abreviados. Se calificaron 822 delitos. Se dictaron 894 sentencias.

Conducción temeraria: se tramitaron 11 Diligencias Urgentes, 19 procedimientos de Diligencias Previas y 84 Procedimientos Abreviados, con un total de 41 delitos calificados acusación. Se dictaron un total de 28 sentencias.

Conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás: Se incoaron 2 Diligencias Urgentes y 1 diligencias previas.

Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas: se incoaron 21 Diligencias Urgentes y 5 Diligencias Previas. Se calificaron 27 delitos y se dictaron 25 sentencias.

Conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo: se incoaron 329 Diligencias Urgentes, 54 Diligencias Previas y 7 Procedimientos abreviados, con un total de 357 delitos calificados, habiéndose dictado 376 sentencias.

Creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía: se incoó 1 único procedimiento de Diligencias Urgentes y 1 de Diligencias Previas, con 1 procedimiento calificado. Se dictaron 2 sentencias.

5.5.3. Fiscalía Provincial de Huesca

5.5.3.1. Organización

Una Fiscal de la Fiscalía Provincial de Huesca desempeña la función de Fiscal Delegada en materia de Seguridad Vial. Esta labor no tiene carácter exclusivo puesto que, en atención al número de Fiscales de la plantilla, ha de compaginarse con otras tareas en la Fiscalía. En el año 2013 no ha habido novedades en el aspecto organizativo.

Le corresponde mantener la relación con la Fiscalía de Sala correspondiente siguiendo las directrices expuestas por la Fiscalía General del Estado en la Instrucción número 5 de 2007 relativa a «Fiscales coordinadores en materia de Seguridad Vial y sobre las respectivas Secciones de las Fiscalías Provinciales» y en la Circular número 10/2011 sobre «Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial».

La Fiscalía Provincial de Huesca sigue su trabajo con una estrecha colaboración con la Jefatura Provincial de Tráfico, la Guardia Civil de Tráfico y las Policías Locales de los Ayuntamientos de la provincia.

Se mantienen los habituales contactos con la Jefatura Provincial de Tráfico en orden a obtener los datos relativos a accidentes del año 2013.

En junio de 2013 la Fiscal delegada participó en una Jornada en el Colegio de Abogados de Huesca en la que se trataron temas de actualidad relacionados con la seguridad vial como la cadena de custodia de muestras para análisis o las notificaciones administrativas en caso de pérdida total de puntos por los conductores.

5.5.3.2. Datos estadísticos

De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca referida al año 2013, resultan los siguientes datos estadísticos relacionados con la materia de Seguridad Vial:

Conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas: se han tramitado 4 Diligencias Urgentes, que fueron calificadas, 2 Diligencias Previas y un Procedimiento Abreviado dictándose 3 sentencias. La Fiscalía tramitó unas Diligencias de Investigación por hechos susceptibles de subsumirse en este tipo penal.

Conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas: se tramitaron 261 Diligencias Urgentes, 46 Diligencias Previas y 20 Procedimientos abreviados, con un total de 236 delitos calificados. Se dictaron 239 sentencias.

Conducción temeraria: se tramitaron 4 Diligencias Urgentes, 6 procedimientos de Diligencias Previas y 6 Procedimientos abreviados, con un total de 12 delitos calificados. Se dictaron 8 sentencias.

Conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás. No se ha tramitado ningún procedimiento nuevo por este tipo delictivo en el año 2013, habiéndose calificado 1 procedimiento procedente de años anteriores y dictándose 1 sentencia.

Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas: se incoaron 6 Diligencias Urgentes, 2 Diligencias Previas y 2 Procedimientos abreviados. Se calificaron un total de 12 delitos y se dictaron 15 sentencias.

Conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo: se incoaron en los Juzgados de Instrucción 87 Diligencias Urgentes, 19 Diligencias Previas y 14 Procedimientos abreviados, con un total de 91 delitos calificados. Se dictaron 98 sentencias.

Creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía: no consta la tramitación de procedimiento alguno en el año 2013.

5.5.4. Fiscalía Provincial de Teruel

5.5.4.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel una de las Fiscales de la plantilla sigue desempeñando las funciones de Fiscal Delegado en materia de Seguridad Vial, en coordinación con la correspondiente Fiscalía de Sala. Esta función no tiene carácter exclusivo, dadas las limitaciones de plantilla de la Fiscalía, y el Fiscal designado compagina esta actividad con otras funciones de la Fiscalía. La Fiscalía Provincial sigue manteniendo en esta materia especiales relaciones de colaboración tanto con la Jefatura de Tráfico como con la Guardia Civil y las Policías Locales.

5.5.4.2. Datos estadísticos

En la memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel correspondiente al año 2013 se recogen los siguientes datos estadísticos:

Conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas: se han tramitado 1 Diligencia Urgente, que fue calificada, 2 Diligencias Previas y 1 Procedimiento Abreviado. Se dictó 1 sentencia. Se tramitaron 2 Diligencias de Investigación en Fiscalía.

Conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas: se tramitaron 158 Diligencias Urgentes, 26 Diligencias Previas y 3 Procedimientos abreviados, con un total de 147 delitos calificados. Se dictaron 153 sentencias.

Conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal no se tramitaron Diligencias Urgentes. Se incoaron 2 Diligencias Previas y 2 Procedimientos Abreviados, que fueron calificados. Se dictaron 5 sentencias.

Conducción con manifiesto desprecio para la vida de los demás. No se registró ningún procedimiento en el año 2013.

Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas: se incoaron 10 Diligencias Urgentes y 2 Diligencias Previas. Se calificaron un total de 11 delitos y se dictaron 12 sentencias.

Conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo: se incoaron 63 Diligencias Urgentes, 18 Diligencias Previas y 13 Procedimientos abreviados, con un total de 51 delitos calificados. Se dictaron 52 sentencias.

Creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía: no consta la tramitación de procedimientos ni que se dictaran sentencias.

5.6. Menores

5.6.1. Datos del conjunto de las Fiscalías de Aragón

Diligencias preliminares: 1.865 (1.849 en 2012 = + 0,8%)

Expedientes de reforma: 612 (657 en 2012 = - 6,8%)

Escritos de alegaciones de Fiscal: 324 (383 en 2012 = -15%)

Sentencias: 373 (492 en 2012 = - 24%)

5.6.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.6.2.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza está constituida una Sección de Menores, integrada por cuatro Fiscales, una de ellas Fiscal Delegada de la Sección, que tienen atribuida con carácter exclusivo la materia de menores, tanto en reforma como en protección. No ha habido novedades en la organización de la Sección durante el año 2013. Las Fiscales de esta Sección atienden además de las cuestiones propias de menores uno de los Juzgados de lo Penal de la provincia.

En el año 2013 se han tramitado 32 expedientes de Auxilio Fiscal (5 menos que el año anterior) como consecuencia de solicitudes de las restantes Fiscalías de Menores.

5.6.2.2. Reforma

5.6.2.2.1. Mayores de 14 años y menores de 18

En el año 2013 se han incoado 1.494 diligencias preliminares, frente a 1.429 del año anterior, (713 por delitos y 781 por faltas). Se ha detenido la disminución en el número de procedimientos apreciada en años anteriores. De ellas 288 fueron archivadas por ser el autor menor de 14 años, 209 por desistimiento en la incoación y 386 por otras causas (normalmente por falta de autor conocido o por prescripción), es decir aproximadamente un 59% de las preliminares incoadas.

Se incoaron 483 expedientes de reforma, frente a 528 del año anterior. En 247 de ellos se alcanzaron soluciones extrajudiciales, lo que supone que supone un porcentaje aproximado del 50% de los incoados. En la Sección de Menores de la Fiscalía de Zaragoza se sigue considerando, al igual que en años anteriores, que esta forma de reparación y conciliación extrajudicial funciona de manera positiva y eficaz. Las reparaciones extrajudiciales las realiza, en Zaragoza, de forma habitual el Equipo de Medio Abierto (EMA), dependiente de la Diputación General de Aragón (DGA), y de forma esporádica el Equipo Técnico de la Fiscalía. Los expedientes que se resuelven por ésta vía se tramitan de forma muy rápida, generalmente en un plazo de 15 días desde la comisión del hecho, para, en la sede del EMA, proceder a la resolución del conflicto.

Se formularon 224 escritos de alegaciones, 63 menos que el año pasado 2012, que fueron 287.

Respecto a las sentencias dictadas por los dos Juzgados de Menores de Zaragoza, su número fue de 236, frente a 338 del año anterior). De ellas 222 fueron condenatorias y 14 absolutorias. De las condenatorias se dictaron por conformidad 155 sentencias y el resto, 67, sin conformidad. La mayor parte de expedientes de reforma de menores que acaban en juicio, con escrito de alegaciones del Fiscal, terminan con una sentencia condenatoria para el menor expedientado.

En cuanto a las medidas ejecutadas en el año 2013 por la entidad pública (DGA) respecto de los menores infractores, afectaron a 905 menores (el año anterior 861) a los que se impusieron 961 medidas (1028 el año 2012) que consistieron en: Internamiento en régimen cerrado: 5. Internamiento en régimen semiabierto: 77. Internamiento terapéutico: 11. Tratamiento ambulatorio: 8. Permanencia de fin semana: 24. Libertad vigilada: 280. Prohibición de aproximación y comunicación con la víctima: 6. Convivencia con persona o grupo educativo: 3. Servicios en beneficio de la comunidad: 87. Tareas socioeducativas: 18. Internamiento cautelar: 12. Libertad vigilada cautelar: 7. Reparaciones extrajudiciales: 422.

Hay que precisar que se trata de cifras de medidas ejecutadas en el año, que puede no coincidir con las impuestas, al incluirse medidas pendientes de años anteriores.

Respecto a los hechos delictivos de mayor gravedad, se observa un incremento de los mismos, al aparecer dos homicidios. Además, aparecen registrados, entre los más relevantes, delitos de lesiones graves (79), robos con violencia (272), robos con fuerza (125), hurtos (66), daños (46), contra la salud pública (19), contra la seguridad del tráfico (2), delitos contra la libertad sexual (15), delitos de violencia doméstica (25) y de violencia de género (10).

En cuanto a las faltas se registraron 781 (735 el año anterior), la mayor parte contra el patrimonio (398). Siguen siendo mayoritarias las infracciones contra la propiedad frente a las infracciones contra las personas (305).

5.6.2.2.2. Menores de 14 años

En relación a la actividad delictiva de los menores de 14 años durante el año 2013, por la Sección de Menores de la Fiscalía de Zaragoza, se remitieron a la Entidad Pública un total de 151 menores de 14 años que habían cometido algún tipo de infracción penal (en el año 2012 fueron 172 y en 2011 fueron 244), por lo que se ha detectado una disminución respecto al año anterior. Todo ello de acuerdo a la siguiente estadística:

En cuanto a la edad de estos menores: De 14 años: 14. De 13 años : 71. De 12 años: 67. De 11 años: 18. De 10 años: 4 y de menos de 10 años: 4.

En cuanto al sexo de estos menores: 110 eran del sexo masculino y 41 del femenino.

En cuanto a la nacionalidad, 141 expedientes se referían a españoles, 11 rumanos, 5 marroquíes, 3 cameruneses, 3 ecuatorianos, 2 colombianos, 2 gambianos, 1 brasileño, 1 argentino, 1 ghanés y 1 portugués.

Respecto a los hechos delictivos cometidos por estos menores de 14 años, fueron los siguientes: 3 contra la libertad sexual, 8 acoso escolar, 12 amenazas y coacciones, 2 hurto o robo, 35 daños,

Las actuaciones educativas respecto de dichos menores consistieron en: amonestación (126), mediación – conciliación (47), tratamiento ambulatorio (20), reparación a la víctima (23), orientación familiar (24).

5.6.2.3. Protección

En la Fiscalía de Menores de Zaragoza se han incoado 627 expedientes de Protección en el año 2013, frente a 397 del año anterior.

El 31 diciembre de 2013, la Diputación General de Aragón (Servicio de Protección a la Infancia y la Adolescencia), tenía en Zaragoza:

— 811 menores bajo la acción protectora.

— 268 sujetos a tutela.

— 158 internados en Centros de Protección.

— 31 en situación de guarda.

— 4 en acogimiento familiar sin medida.

— 344 con medida de apoyo a la familia.

— 25 con prórroga a la mayoría de edad – programa de emancipación familiar.

— 712 con diligencias abiertas por denuncias o demandas de diversa procedencia (justicia, fuerzas de seguridad, ámbito educativo, sanitario, social, familiar…).

— 122 solicitudes de adopción.

— 76 solicitudes de adopción internacional.

— 48 menores extranjeros en acogida individual.

— 278 menores extranjeros en programas de acogida temporal por periodos de vacaciones.

La Fiscalía de Menores, una vez que tiene comunicación por cualquier medio (atestado policial, centro de salud, centro educativo…) de una posible situación que pudiera entrañar un mínimo riesgo o desprotección para un menor, abre unas Diligencias de Protección a dicho menor.

Con esa información, se interesa, bien de los Servicios Sociales de Ayuntamiento, o del propio servicio de Protección de la Diputación General de Aragón, que valoren la posible situación de desprotección o riesgo del menor, e indiquen las medidas que se pueden adoptar en su caso.

Por medio del Sistema de Información de Menores de Aragón -SIMA- la Fiscalía de Menores puede acceder a los datos del historial de un menor concreto en el Servicio de Protección de la DGA y a la situación del expediente, así como a las modificaciones que se vayan produciendo en la actuación protectora de la Administración.

La Entidad Pública, por otro lado, suele remitir de forma periódica todas las resoluciones relativas a los menores con los que están interviniendo y cuya tutela o guarda tienen encomendada, así como de las actuaciones concretas que se realizan con los mismos. Se actúa para que no transcurran más de 6 meses sin tener informes de evolución de cada menor.

Respecto a los menores extranjeros no acompañados -MENAS-, una vez acreditada su minoría de edad, la Entidad Pública de Protección asume de forma inmediata su tutela automática e ingresan en un Centro de Protección.

Como actuaciones concretas de la Fiscalía, en el ámbito de Protección lleva a cabo las siguientes:

a) Seguimiento de todas las diligencias abiertas a los menores de 14 años que hayan cometido algún tipo de infracción penal, y de la actuación que con los mismos se realiza por el EMCA (Equipo de Menores de 14 Años).

b) Colaboración directa en materia de absentismo escolar, con la Comisión de Absentismo, y el Departamento de Educación de la DGA. Se ha dado cuenta de 108 alumnos en posible situación de absentismo, con 44 propuestas de denuncia a los Juzgados habiendo sido finalmente denunciados 28 padres o tutores por posible abandono de familia por absentismo escolar

c) Visitas periódicas a los Centros de Protección de Menores, no habiéndose detectado ninguna problemática reseñable.

d) Diligencias de determinación de edad de menores extranjeros.

e) Control de los expedientes sobre ensayos clínicos con menores. Este año no se tramitaron expedientes.

f) Respecto a los menores internados en Centros de trastornos de comportamiento, hay que indicar que, en Zaragoza, funciona el Centro Prisma. El 31 diciembre de 2013 había seis menores ingresados.

g) Con la finalidad de reforzar la actuación del Servicio de Protección de Menores, cuando éste lo solicita, se cita en la Fiscalía a familias y menores que no colaboran o no acceden al trabajo que desde dicho Servicio se intenta realizar.

h) La Fiscalía de Menores, interpone denuncias penales ante los Juzgados de Instrucción, tanto en los casos de absentismo escolar, como en los supuestos, en los que, desde el Servicio de Protección, se pone en conocimiento de la Fiscalía alguna situación de posibles malos tratos, abuso sexual, o cualquier otro hecho delictivo, detectado en el ejercicio de su trabajo con un menor, cuando presuntamente el autor es mayor de edad.

i) Expedientes de sustracción internacional de menores. Este año 2013 no se ha tramitado ninguno.

5.6.3. Fiscalía Provincial de Huesca

5.6.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Huesca no ha habido modificaciones organizativas. La Sección de Menores está integrada por un Fiscal Delegado y otras cuatro Fiscales. Todos ellos desempeñan esta función sin exclusividad debiendo, en atención al número de Fiscales de la plantilla, compaginar esta labor con otras actividades de la Fiscalía.

La Oficina de la Sección cuenta con dos funcionarios, uno del Cuerpo de Gestión Procesal y otro del Cuerpo de Tramitación, cuya labor eficaz se pone de relieve en la Memoria de la Fiscalía Provincial.

5.6.3.2. Reforma

5.6.3.2.1. Mayores de 14 años y menores de 18

De la Memoria del año 2013 de la Fiscalía Provincial resulta que no hubo delitos graves contra la vida cometidos por menores de edad.

El número de diligencias preliminares incoadas durante el año fue de 252, frente a 284 del año anterior. De ellas 69 se archivaron por tratarse de menores de 14 años, 64 por desistimiento en la incoación y 84 por otras causas.

En cuanto a los expedientes de reforma se incoaron 84 frente a 94 del año anterior, en 6 de ellos se alcanzaron soluciones extrajudiciales, 18 fueron sobreseídos y se presentaron 68 escritos de alegaciones, frente a los 69 del año anterior.

En cuanto a las medidas impuestas a los menores condenados por delito en 4 expedientes se impuso internamiento en régimen cerrado, en 3 internamientos en régimen semiabierto, en 4 internamientos con tratamiento terapéutico, en 2 permanencias en fin de semana, en 38 libertad vigilada, en 34 prestaciones en beneficio de la comunidad y en 13 otras medidas distintas.

El Juzgado de Menores dictó 103 sentencias, frente a 129 del año anterior, 99 de ellas fueron condenatorias y 4 absolutorias.

En Huesca no hay un Centro de Internamiento de Menores y, en los escasos supuestos en que se adopta esta medida de internamiento, se ingresa a los menores en el Centro de Juslibol (Zaragoza). En el año 2013 se ingresó a cuatro menores en internamiento cautelar.

Las infracciones penales apreciadas en los procedimientos fueron, en cuanto a los delitos, 12 de lesiones, 4 por agresión sexual, 19 robos con fuerza, 8 robos con intimidación, 14 por hurto, 5 por daños, 2 por delito contra la salud pública, 5 por conducción sin permiso, 12 por violencia doméstica, 1 por violencia de género y 32 en el apartado de otros. En cuanto a las faltas 50 fueron contra el patrimonio y 78 contra las personas.

5.6.3.2.2. Menores de 14 años

En cuanto a la actividad delictiva de los menores de 14 años la Memoria resalta un número similar al año anterior. Se incoaron en el año 2013 un total de 69 diligencias, frente a 57 del año anterior, y no se aprecian infracciones penales graves

5.6.3.3. Protección

En esta materia de protección la labor de la Sección de Menores de la Fiscalía cuenta con la estrecha colaboración de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma, que asume competencias policiales en materia de protección de menores, así como de la Policía Local de Huesca.

Se han tramitado en el año 2013 un total de 119 expedientes de protección, de ellos 44 expedientes de tutela automática tras comunicación a la entidad pública (igual que el año anterior) y 10 expedientes de guarda con igual comunicación. Además se han tramitado 65 expedientes de protección a menores en situación de riesgo.

Se han realizado siete visitas a los Centros de Protección de Menores de la provincia.

5.6.4. Fiscalía Provincial de Teruel

5.6.4.1. Organización

La Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Teruel está compuesta por dos Fiscales, uno de ellos delegado de la especialidad. En atención al número de Fiscales de la plantilla y al volumen de trabajo de la Sección de Menores no desempeñan esta función con carácter exclusivo. No ha habido modificaciones en el año 2013. El Equipo Técnico está integrado por un psicólogo, un asistente social y una educadora.

En cuanto al auxilio fiscal se han recibido cinco solicitudes de otras Fiscalías y se han enviado otras cinco solicitudes.

5.6.4.2. Reforma

En el año 2013 se han incoado 119 diligencias preliminares de las cuales 34 se archivaron por referirse a menores de 14 años de edad, 27 se archivaron por desistimiento en la incoación y 41 por otras causas. Se aprecia una disminución en el número de diligencias incoadas en comparación con el año 2012 (136) y con el año 2011 (201).

En cuanto a los expedientes de reforma se han incoado 45 en el año 2013, una cifra ligeramente superior al año anterior (52). En 10 expedientes se alcanzaron soluciones extrajudiciales, 4 fueron sobreseídos y se formularon 32 escritos de alegaciones, frente a 27 del año anterior.

El Juzgado de Menores de Teruel dictó 34 sentencias (fueron 25 el año anterior), todas ellas condenatorias, 32 por trámite de conformidad.

Se impusieron a los menores condenados un total de 60 medidas, 9 de internamiento semiabierto, 4 de permanencia de fin de semana, 20 de libertad vigilada, 20 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 2 de privación de permiso o licencia y 4 en el apartado otras.

Las infracciones penales por las que se iniciaron las diligencias fueron en cuanto a los delitos: Lesiones: 41; Abuso o agresión sexual: 4; Robo con fuerza: 15; Robo con violencia: 9; Hurto: 11; Daños: 16; Conducción sin permiso: 2; Conducción temeraria: 1; Violencia doméstica: 5; Salud pública: 5. En cuanto a las faltas se apreciaron 8 infracciones contra el patrimonio y 9 contra las personas.

5.6.4.3. Protección

De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel resultan los siguientes datos estadísticos:

Expedientes de tutela automática tras comunicación de la entidad pública: 16. Expedientes de guarda incoados tras comunicación de la entidad pública: 6. Expedientes de protección abiertos a menores en situación de riesgo: 48. Visitas de inspección a centros de protección de menores: 2.

Se mantiene una especial relación con los organismos públicos que tienen competencia en esta materia, en particular con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

En materia de Centros de Acogida de Menores, hay que resaltar que este año 2013 los dos existentes en Teruel siguen gestionados por la Fundación de Atención Integral al Menor (FAIM) dependiente de la fundación «Rey Ardid». Los dos pisos tutelados y la vivienda hogar se encontraban ocupados por un total de once menores al finalizar el año 2013.

El número total de menores bajo la acción protectora de organismos públicos se ha mantenido durante el año 2013. Comenzó el año con 80 menores (fueron 86 el año anterior) y ha finalizado con 92. De entre los sujetos a tutela de la DGA en situación de desamparo, 16 estaban ingresados en centros y 15 en acogimiento familiar.

5.7. Cooperación internacional

5.7.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.7.1.1. Organización

No ha habido novedades organizativas en materia de Cooperación Judicial Internacional en el año 2013. Una Fiscal de la plantilla de la Fiscalía Provincial de Zaragoza ha sido designada por la Fiscalía General del Estado como Fiscal Delegada en esta materia. Esta atribución no tiene carácter exclusivo y se realiza junto con el trabajo en otras áreas de la Fiscalía.

5.7.1.2. Actuación de la Fiscalía

En el año 2013 se han tramitado 34 solicitudes de auxilio, casi todas ellas de Estados miembros de la Unión Europea. Supone un aumento respecto de las 28 tramitadas el precedente año 2012.

La mayoría, nueve, procedieron de Alemania, seis de Portugal, cuatro de Rumania, tres de Polonia, dos de Francia, Italia y Eslovenia, una de Austria, República Checa, Austria, Bélgica, Malta, Eslovaquia y Suiza.

Las Autoridades requirentes fueron en 18 de esos supuestos las Fiscalías nacionales respectivas, habiendo sido cursadas 13 por Tribunales y Juzgados y 3 por Autoridades administrativas. La totalidad de las comisiones rogatorias han sido pasivas.

La vía de transmisión de las demandas de cooperación ha sido en todos los casos directa y dos de ellas, procedentes de Italia, se recibieron por medio de EUROJUST.

Los textos legales mencionados por las Autoridades requirentes en sus solicitudes y en los que se basaron las demandas de cooperación han sido, básicamente, el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en materia penal, hecho en Estrasburgo el 20 de abril de 1959, en el marco del Consejo de Europa, el Convenio de aplicación del Acuerdo Schengen de 19 de junio de 1990 y, en particular, el Convenio Europeo relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión, hecho en Bruselas el 29 de mayo de 2000, y el Convenio Europeo hecho en Estrasburgo el 15 de mayo de 1972..

La mayoría de las actuaciones solicitadas fueron declaraciones de diferentes individuos como imputados o testigos y la información sobre cuentas bancarias. Otras de las demandas de cooperación tenían por objeto la práctica de actos de comunicación (citaciones y notificaciones), la audición por videoconferencia de presos recluidos en el Centro Penitenciario y la recogida de una muestra biológica para prueba de ADN.

Entre las actividades delictivas que han motivado las demandas de cooperación se encuentran, en primer lugar, y siguiendo en la misma tónica que en años anteriores, las estafas, tratando el resto de asesinato, salud pública, prostitución coactiva, fraude fiscal y blanqueo de capitales.

Salvo una que fue objeto de remisión a los Juzgados para la incoación de la oportuna causa judicial, la mayoría fueron cumplimentadas por la propia Fiscalía, encomendando la práctica de diligencias a las Unidades de Policía Judicial, bien del Cuerpo Nacional de Policía bien de la Guardia Civil.

Una de las solicitudes de colaboración recibidas fue enviada a Zaragoza por la Fiscalía Provincial de Tarragona y en otros cuatro supuestos se procedió al reenvío a Fiscalías españolas (Madrid en dos ocasiones, Jaén y Almería).

5.7.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En el año 2013 la Fiscalía Provincial de Huesca ha tramitado la ejecución de ocho Comisiones Rogatorias, frente a las 7 del año anterior, remitidas por Alemania (2), Francia, Lituania, Eslovenia, Portugal, Rumania y Polonia.

De ellas, los órganos requirentes fueron en cinco ocasiones distintas Fiscalías, en dos casos Juzgados o Tribunales y en un supuesto una Autoridad Administrativa.

Todas la Comisiones han sido tramitadas con utilización de la aplicación informática, sin otras circunstancias especialmente reseñables.

5.7.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Durante el año 2013, la Fiscalía Provincial de Teruel únicamente ha incoado un expediente de Cooperación Judicial Internacional incoado a instancia de la Fiscalía de Trier (Alemania) para recibir declaración a diversas personas (imputado y testigos) de un procedimiento penal.

5.8. Delitos informáticos

5.8.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.8.1.1. Organización

En el año 2007 se designó en la Fiscalía Provincial de Zaragoza a una Fiscal delegada en materia de delincuencia informática, que desempeña esta labor junto con otros cometidos en el ámbito penal. En este año 2013 ha sido la atribución de esta función, desde el mes de octubre, a otra Fiscal de la plantilla como consecuencia de una nueva distribución de trabajo y funciones.

En el mes de marzo de 2013 la Fiscal delegada asistió en Madrid a las Jornadas de Fiscales especialistas, organizadas por la Fiscalía General del Estado y la correspondiente Fiscalía de Sala.

Continúa siendo fundamental en el trabajo de esta Sección la Instrucción 2/2011 de la Fiscalía General del Estado sobre «El Fiscal de Sala de Criminalidad Informática y las Secciones de Criminalidad Informática de las Fiscalías», que tiene como antecedente el Real Decreto 1735/2010 de 23 de diciembre que creó la figura del Fiscal de Sala Coordinador en materia de criminalidad informática.

En esta Instrucción se establece el catálogo inicial de delitos a los que se extiende el marco competencial del área de criminalidad informática y que son los siguientes:

A/ Delitos en los que el objeto de la actividad delictiva son los propios sistemas informáticos o las TICs (Tecnologías Informáticas y de la Comunicación): daños, sabotaje informático, acceso a datos sin autorización, revelación de secretos, delitos contra los servicios de radiodifusión e interactivos.

B/ Delitos en los que la actividad criminal se sirve para su ejecución de las ventajas que ofrecen las TICs: estafa, acoso a menores, corrupción de menores, delitos contra la propiedad intelectual.

C/ Delitos en los que la actividad criminal, además de servirse para su ejecución de las ventajas que ofrecen las TICs, entraña especial complejidad en su investigación, que demanda conocimientos específicos en la materia: falsificación documental, injurias y calumnias, amenazas, coacciones, apología o incitación a la discriminación, el odio y la violencia.

5.8.1.2. Datos estadísticos

Respecto de las Diligencias de Investigación no se han incoado en el año 2013 en relación a los grupos de delitos integrados en el ámbito de «delitos informáticos» antes enumerado. Fueron dos en el anterior año 2012.

En 2013 se incoaron 846 diligencias previas por infracciones penales relacionadas con esta materia: 29 por revelación de secretos de particulares, 787 por estafa, 6 por corrupción y pornografía de menores, 12 por injurias y calumnia y 12 de amenazas y coacciones. La mayoría de las diligencias previas incoadas por estafa son después sobreseídas por desconocerse la identidad real del autor del hecho o declaradas falta por no superar la cuantía de 400 euros.

En relación con los escritos de acusación formulados por la Fiscalía Provincial se aprecia un aumento de estos delitos. En el año 2012 se calificaron 30 procedimientos y en este año 2013 han sido 47, por los siguientes delitos: 4 delitos de descubrimiento y revelación de secretos, 39 delitos de estafa en los que se utilizaron para su comisión las TICs, y 4 delitos relativos a la pornografía infantil.

En cuanto a las sentencias se dictaron 27 en el año 2013, de ellas 22 condenatorias y 5 absolutorias.

5.8.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.8.2.1. Organización

No ha habido novedades en el aspecto organizativo en este año 2013. En la Fiscalía Provincial de Huesca se designó en el año 2009 a un Fiscal de la plantilla como Fiscal Delegado en materia de delincuencia informática para coordinar las actuaciones en este tipo de delitos y mantener la relación de colaboración con la correspondiente Fiscalía de Sala, continuando en el ejercicio de su función.

5.8.2.2. Datos estadísticos

No se han incoado en el año 2013 Diligencias de Investigación en esta materia. Refiere la Memoria de la Fiscalía Provincial, el grupo más numeroso lo constituyen los delitos de estafa por internet si bien se aprecia un incremento de los delitos relacionados con la pornografía infantil cometidos por medio de TIC´s.

Se formularon 4 escritos de acusación y se dictaron 3 sentencias condenatorias.

5.8.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.8.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel el despacho de los asuntos relacionados con la delincuencia informática sigue estando atribuido a una Fiscal con destino en la Sección Territorial de Alcañiz. Esta labor y la coordinación con la correspondiente Fiscalía de Sala no tienen carácter exclusivo debido al escaso número y entidad de los delitos cometidos en la provincia.

En el mes de marzo de 2013 la Fiscal delegada asistió a las Jornadas de Fiscales especialistas celebradas en Madrid

En el mes de mayo de 2013 se celebró una reunión de la Fiscalía Provincial de Teruel para establecer criterios de coordinación con los funcionarios de la Policía Nacional y Guardia Civil respecto de la identificación de atestados y la solicitud de autorizaciones de intervención de comunicaciones ante los Juzgados.

5.8.3.2. Datos estadísticos

Durante el año 2013 se incoaron 138 diligencias previas por infracciones penales cometidas por medios informáticos. Entre ellos 105 lo fueron por estafa, 3 por amenazas o coacciones, 2 por delitos de injurias y 1 por delito relacionado con la pornografía infantil.

De esos procedimientos la mayoría han sido sobreseídos en trámite de diligencias previas por diferentes motivos, generalmente ser desconocida la identidad del autor del presunto hecho delictivo.

Se formularon 6 escritos de acusación, todos ellos por delitos de estafa cometidos por medios informáticos y se han dictado 6 sentencias, cuatro condenatorias y dos absolutorias.

5.9. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal

5.9.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.9.1.1. Organización de la Fiscalía

Corresponde a una de las Fiscales coordinadoras de la plantilla de esta Fiscalía desempeñar las funciones de Fiscal Delegada en esta materia conforme a las Instrucciones de la Fiscalía General del Estado y de la Fiscalía de Sala. No ha habido modificaciones organizativas en la Fiscalía Provincial en este año 2013.

La principal novedad en el campo normativo, reseñada en la Memoria, ha sido la aprobación por Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013 de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer. Constituye un instrumento vertebrador de la actuación de los poderes públicos para acabar con esta forma de violencia y unifica de forma coherente, Expone, coordinadas y sistematizadas, doscientas ochenta y cuatro medidas de actuación que implican a todas las administraciones y a los poderes públicos. Parte de estas medidas tienen evidente relación con la Protección y Tutela de las Víctimas en el proceso penal. Esta Estrategia ha sido refrendada por el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.

5.9.1.2. Las Oficinas de Asistencia a la Víctima

Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos son un servicio público y gratuito, implantado por el Ministerio de Justicia conforme a la Ley 35/1995 de 11 de Diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual. Las Oficinas desarrollan un programa asistencial o modelo de actuación con aquellas víctimas que por su problemática o complejidad, requieran de la intervención más minuciosa, sea a nivel jurídico, psicológico, económico-profesional, socio-asistencial o médico.

La Fiscalía Provincial de Zaragoza mantiene contacto directo con la Oficina de Asistencia a la Víctima, realizando todas las actuaciones precisas para conseguir una eficaz protección de los derechos de la víctima tanto durante la fase inicial de los procedimientos penales, como en la instrucción, el juicio oral y, en su caso, en la ejecución de sentencia.

En el año 2013 el resumen de actividad de esta Oficina es el siguiente:

Consultas o informaciones concretas atendidas telefónica o presencialmente, sin programa asistencial: 44 mujeres y 42 hombres (fueron 29 y 13 respectivamente el año anterior).

Víctimas que inician en el año el programa asistencial: 446 mujeres y 37 hombres

Seguimientos del programa asistencial a víctimas: 1.015 a mujeres y 69 a hombres

Seguimientos del programa asistencial a víctimas con orden de protección: a 101 mujeres y 1 hombre.

5.9.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.9.2.1. Organización

Uno de los Fiscales de la Fiscalía Provincial ejerce la función de coordinación en materia de protección a las víctimas de delitos. En el plano organizativo no se reflejan en la Memoria novedades respecto de años anteriores.

5.9.2.2. Oficina de Atención a las víctimas

Los datos en el año 2013, relativos al funcionamiento y actividad de la Oficina de Asistencia a las Víctimas de la provincia, son los siguientes:

Fueron atendidas un total de 338 personas. En 16 casos se trató de consultas telefónicas, 120 se consideraron como consultas personales y a 202 se les dio una asistencia individualizada,

Se efectuaron 39 seguimientos de las órdenes de protección y 43 seguimientos de víctimas sin orden de protección.

Dentro de estos casos tratados 202 han pasado por primera vez a lo largo del año pasado, solicitando ayuda y abriéndose las correspondientes fichas y el resto estaban registradas anteriormente o no se les abrió expediente.

Los casos asistidos a lo largo del año pasado en los que las víctimas han solicitado información y ayuda en asuntos civiles son un total de 81, relacionados sobre todo con temas de separación, divorcio y medidas civiles previas, la mayoría como consecuencia de diligencias penales por delitos de la violencia contra la mujer. También se ha informado sobre desahucios, incapacidades, tutelas, curatelas y reclamaciones de cantidad.

Las víctimas atendidas se relacionaban con 199 presuntos delitos, distribuidos de la siguiente manera: 187 delitos de malos tratos del artículo 153 del Código Penal, 9 delitos de violencia doméstica y 3 agresiones o abusos sexuales.

En la Oficina citada se atendió a 11 hombres, de los que 4 eran menores de edad. Las mujeres fueron 191 de las que 11 eran menores de edad.

En ejercicio de la función propia de esta Oficina además de dar una asistencia inmediata en el primer contacto de la víctima con la Administración de Justicia y de orientarla e informarla del estado de la tramitación de las causas, civiles y penales, se han realizado acompañamientos en distintas diligencias en los juzgados.

Se trata de evitar la confrontación visual con el denunciado o imputado es dentro de los edificios judiciales, donde se cuida también de que no tengan contacto con el público que viene a los Juzgados a otros asuntos. Además, siempre que lo han solicitado, durante la vista oral por parte de la Audiencia Provincial y de los Juzgados se ha procedido a la utilización de mamparas o de videoconferencia con el apoyo de la Fiscalía.

5.9.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.9.3.1. Organización

También en esta Fiscalía Provincial hay un Fiscal delegado en esta materia, que desempeña la función en coordinación con la Fiscalía de Sala correspondiente. Tras la designación de un nuevo Fiscal como delegado el año anterior no ha habido novedades organizativas en esta materia.

5.9.3.2. Actividad de la Fiscalía

La Oficina de Atención a las Víctimas en el año 2013 ha tramitado 99 expedientes nuevos con un total de 120 ciudadanos atendidos y mantiene abiertos otros 25 expedientes iniciados en años anteriores.

La Fiscalía no ha tenido que emitir dictámenes respecto de las ayudas previstas en la Ley 35/95 durante este ejercicio.

5.10. Vigilancia penitenciaria

5.10.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.10.1.1. Organización de la Fiscalía

La organización de la Fiscalía Provincial en materia de Vigilancia Penitenciaria no ha tenido variaciones respecto de los años anteriores. Continúan siendo tres los Fiscales que despachan estos asuntos, con la coordinación de otra Fiscal, labor que no tiene carácter exclusivo, habida cuenta del número de Fiscales de la plantilla, por lo que la compaginan con otras funciones ante los Juzgados de Instrucción y de lo Penal de Zaragoza.

El trabajo de estos Fiscales en materia de Vigilancia Penitenciaria se desarrolla fundamentalmente en el trámite de los expedientes incoados por los dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, cuya competencia se extiende a todo Aragón. También efectúan las visitas a los centros penitenciarios.

La intervención del Ministerio Fiscal se produce en la totalidad de los expedientes y trámites de Vigilancia Penitenciaria. En el año 2013 ha disminuido el volumen de dictámenes emitidos (6.669) frente a los 7.912 dictámenes del año anterior 2012. La mayor parte de ellos fueron relativos a la concesión o denegación de permisos (3.764). También son relevantes las cifras de dictámenes relativas a la clasificación en grado (505), a los trabajos en beneficio de la comunidad (346), a las libertades condicionales (467), refundiciones de condena (633), peticiones y quejas (625) o recursos contra sanciones (562 dictámenes).

En materia de ejecución de la pena de «trabajo en beneficio de la comunidad» destaca en su Memoria esta Fiscalía la cifra de penas en ejecución que ascendió este año a 1.638 (1.624 en 2012), con una cifra de 127 quebrantamientos.

5.10.1.2. Establecimientos Penitenciarios

La población reclusa en Aragón, a fecha 31 de diciembre de 2013, ascendía a un total de 2.274 internos, cifra inferior a la de los pasados años 2011(2.544), 2010 (2.603 internos) y ligeramente superior a la del año 2012 (2.239).

Se exponen a continuación los datos correspondientes a los Centros Penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Aragón:

5.10.1.2.1. Centro penitenciario de Zuera

En este establecimiento a 1 de enero de 2013 había 1.378 internos varones y 127 mujeres. Durante el año 2013 se produjeron 1.662 altas de hombres y mujeres, frente a 1.486 bajas, de tal forma que el 1 de enero de 2014 había 1.482 hombres y 110 mujeres ingresados, es decir un total de 1.592. Se aprecia un ligero incremento de población reclusa en general y en particular de los internos varones.

En cuanto a las libertades condicionales, han sido 194 las concedidas a varones y 27 a mujeres, con 5 revocaciones con relación a los primeros. Las libertades condicionales concedidas a internos extranjeros para cumplir el resto de la pena en su país de origen, conforme al artículo 197 del Reglamento Penitenciario fueron 15, habiéndose sustituido la pena por la expulsión del territorio español a otros 19 internos.

Los permisos de salida concedidos fueron 1407 ordinarios, 5750 de fin de semana, 12 extraordinarios y 1729 ordinarios enlazados con fin de semana.

Los internos clasificados en tercer grado con destino en el Centro de Inserción Social de Zaragoza han sido 98, y en el Centro de igual clase de Huesca 36.

5.10.1.2.2. Centro penitenciario de Daroca

En el Centro Penitenciario de Daroca (Zaragoza) el 1 de enero de 2013 estaban ingresados un total de 527 internos, todos varones, de los cuales 525 eran penados y 2 preventivos. El 31 de Diciembre de 2013, el total de internos era de 502, 489 penados y 4 preventivos. Durante el año 2013 hubo 380 altas de penados y 5 de preventivos y 407 bajas de penados y 3 de preventivos.

Del total de internos, 2 estaban clasificados en primer grado de tratamiento, 486 en segundo grado y 9 en tercer grado.

Atendiendo a su nacionalidad, 302 eran españoles y 200 extranjeros, con un porcentaje respectivo del 60,16% y del 39,84%.

Las libertades condicionales concedidas durante el año 2013 fueron 50, 33 de ellas tramitadas conforme al artículo 192 del Reglamento Penitenciario, 3 por el artículo 196 RP y 14 por la vía del artículo 197. Se autorizaron 12 excarcelaciones de internos extranjeros para cumplir el período de libertad condicional en su país de origen o residencia y 41 excarcelaciones por traslado a otro Centro Penitenciario o extinción de condena.

En cuanto a los permisos de salida concedidos fueron un total de 526, 491 de ellos ordinarios, 12 extraordinarios y 23 de fin de semana. De entre ellos, 418 se concedieron por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria con informe favorable de la Junta de Tratamiento y 108 fueron concedidos por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria o por la Audiencia Provincial, en vía de recurso, con informe desfavorable de la Junta de Tratamiento. Fueron 15 los internos que no reingresaron al concluir el permiso.

5.10.1.2.3. Centro penitenciario de Teruel

En el Centro Penitenciario de Teruel el 1 de enero de 2013 había 207 internos y el 31 de diciembre de 2013 la cifra de internos ascendió a 180. Durante el año 2013 hubo 224 altas y 251 bajas de internos, siendo el día 7 de febrero de 2013 el de mayor población reclusa con 218 internos y el día 19 de diciembre el de menor número de ingresados con 176 internos.

Fueron 29 las libertades condicionales concedidas.

El total de los permisos de salida concedidos fue de 526; de ellos 201 ordinarios, con 4 no reingresados, y 325 de fin de semana, todos reingresados. De los reseñados permisos, 191 fueron concedidos a instancia del Centro Penitenciario, con 3 no reingresados y 10 se concedieron por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria tras recurso ordinario, 1 de ellos no reingresado.

5.10.1.3. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

Durante el año 2013 los datos estadísticos relativos a los expedientes tramitados en los dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Aragón, con sede en Zaragoza, han sido los siguientes:

En el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n.º 1 se tramitaron 749 permisos de salida a petición de los Centros Penitenciarios y 1.028 permisos de salida por recurso o queja del interno contra la denegación previa por el establecimiento penitenciario, frente a 684 y 615, respectivamente, del Juzgado de Vigilancia número 2.

El Juzgado número 1 resolvió 271 recursos de alzada contra sanciones disciplinarias y el Juzgado número 2, 221 recursos de alzada. Respectivamente, tramitaron 206 y 162 recursos sobre clasificación de grado.

El número total de expedientes nuevos abiertos en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 ascendió a 4.482, más que el año anterior 2012 (3.951), con un total de 1.281 internos y en el Juzgado de Vigilancia número 2, se abrieron 3.447 expedientes, también menos que el año anterior (3.662), con 1.221 internos.

5.10.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En la provincia de Huesca no hay Centros Penitenciarios por lo que la Fiscalía de esta provincia no refleja en su Memoria actividad relevante en esta materia.

Le corresponde únicamente intervenir en el trámite de los recursos de apelación de los que conocen bien la Audiencia Provincial bien el Juzgado de lo Penal de Huesca, en relación a resoluciones de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria dictadas respecto de presos sentenciados por órganos jurisdiccionales con sede en la provincia de Huesca en materia de clasificación de grado y libertad condicional.

5.10.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En materia de Vigilancia Penitenciaria la Fiscalía Provincial de Teruel desempeña su actividad en un doble aspecto:

1. Visitas al Centro Penitenciario de Teruel con la finalidad de conocer sus instalaciones y régimen general de funcionamiento, entrevistándose con los internos que lo solicitan para valorar sus peticiones por si procediera realizar alguna gestión en el ámbito procesal.

En el año 2013 se realizaron estas visitas en cuatro ocasiones, con asistencia del Fiscal Jefe y del Fiscal delegado, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, entrevistándose con un total de 74 internos.

2. Intervención en recursos de apelación interpuestos ante la Audiencia Provincial o el Juzgado Penal de Teruel contra resoluciones dictadas por Juzgados de Vigilancia Penitenciaria en materia de clasificación en grado o libertad condicional respecto de internos sentenciados por los órganos jurisdiccionales penales que tienen su sede en la provincia.

En el año 2013 se dictaminó en 22 rollos de apelación incoados por la Audiencia Provincial en las materias antes indicadas, cifra inferior a la del año anterior, en el que fueron 47 los dictámenes.

5.11. Delitos económicos

5.11.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza corresponde a uno de los Fiscales de la plantilla la materia relativa a delitos contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social y otros de carácter económico y de especial trascendencia bajo la dirección del Fiscal Jefe Provincial y en coordinación con la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción, que tiene su sede en Madrid.

Su principal cometido sigue siendo examinar los expedientes remitidos por la Agencia Tributaria para determinar la posible existencia de delitos contra la Hacienda Pública y ejercitar, en su caso, la acción penal interponiendo las correspondientes querellas. También se encarga de coordinar la tramitación procesal de otras causas por delitos de contenido económico de especial trascendencia. En octubre de 2013, con motivo de una reorganización del trabajo en la Fiscalía, se ha designado a un nuevo Fiscal para coordinar esta materia.

En este año se han celebrado dos reuniones con los letrados de la Tesorería de la Seguridad Social para la unificación de criterios en los tipos de defraudación de cuotas como consecuencia de la modificación introducida en la última reforma del Código Penal.

En todos los asuntos de importante trascendencia económica y social, el Ministerio Fiscal, además de la legal y habitual intervención en los mismos, ha realizado un especial seguimiento interviniendo en los trámites de instrucción que ha considerado más relevantes, como declaraciones de imputados y testigos o ratificación de informes periciales.

5.11.1.1. Delitos contra la Hacienda Pública

En la Fiscalía Provincial y en el año 2013 se han incoado 11 diligencias de investigación por delitos contra la Hacienda Pública, todas ellas al haberse recibido denuncias de la Agencia Tributaria. Se trata de una cifra ligeramente inferior a la de los anteriores años 2011 (15) y 2012 (12).

Como consecuencia de ellas el Fiscal ha interpuesto 10 querellas por delitos contra la Hacienda Pública por defraudaciones en diversos impuestos, especialmente IVA y sociedades, aunque también las ha habido en materia de impuestos especiales y defraudación en rendimientos del trabajo, en todos los casos respecto de diferentes sociedades mercantiles.

Las querellas presentadas por el Fiscal se referían a los siguientes delitos: 1.- Defraudación de retenciones de rendimientos del trabajo. 2.- Defraudación en el Impuesto especial del alcohol. 3.- Defraudación en el impuesto sobre el valor añadido (IVA). 4.- Defraudación en el impuesto de sociedades y en el IVA. 5.- Defraudación en el impuesto de sociedades y en el IVA. 6.- Defraudación en la declaración del IVA 2008. 7.- Defraudación en la declaración del IVA. 8.-Defraudación en el impuesto de sociedades. 9.- Defraudación en el impuesto de sociedades y en el IVA. 10.- Defraudación en el IVA.

En el año 2013 se celebraron en los Juzgados de lo Penal de Zaragoza 7 juicios orales por delitos contra la Hacienda Pública (fueron 5 el año anterior). Todas las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal fueron condenatorias si bien algunas de ellas están pendientes de la resolución de recursos de apelación.

5.11.1.2. Asunto «La Muela»

En el mes de diciembre de 2013 el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en las Diligencias Previas 91/08 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Almunia, conocidas como caso «La Muela».

La Fiscalía ha acusado a 43 imputados. Dado el volumen y la complejidad del asunto, se han clasificado los hechos en siete apartados, enumerados de la «A» a la «G», alguno de ellos con varios subapartados, a fin de poder especificar la participación de cada uno de los imputados en los diferentes hechos. Los delitos por los que se acusa son los siguientes:

Apartado A: Dos delitos de cohecho continuado, un delito de prevaricación continuado, tres delitos de blanqueo de capitales continuados.

A.1: Un delito contra la Hacienda Pública.

A.2: Un delito de blanqueo de capitales.

A.3: Dos delitos contra la Hacienda Pública.

A.4: Cinco delitos de blanqueo de capitales continuados.

A.5: Un delito contra la Hacienda Pública.

Apartado B:

B.1: Un delito de prevaricación continuado. Cuatro delitos de tráfico de influencias. Un delito de falsedad documental. Un delito de exacciones ilegales.

B.2: Un delito contra la Hacienda Pública. Un delito de falsedad documental. Un delito de falsedad documental continuado.

B.2.1: Un delito contra la Hacienda Pública. Un delito de falsedad continuado.

B.2.1.a. Dos delitos contra la Hacienda Pública.

B.2.1.a.a: Dos delitos contra la Hacienda Pública.

B.2.1.b: Un delito contra la Hacienda Pública.

B.3: Un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios.

Apartado C: Dos delitos continuados de exacciones ilegales. Un delito de tráfico de influencias.

C.1: Dos delitos contra la Hacienda Pública.

C.2: Un delito contra la Hacienda Pública.

C.3: Un delito contra la Hacienda Pública.

C.4: Un delito contra la Hacienda Pública.

C.5: Dos delitos de prevaricación. Dos delitos de tráfico de influencias. Tres delitos de cohecho. Un delito de falsedad.

Apartado D: Un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios. Cinco delitos de tráfico de influencias. Un delito de falsedad documental. Un delito de prevaricación continuado. Un delito de uso de información privilegiada. Dos delitos de cohecho.

D.1: Dos delitos contra la Hacienda Pública.

Apartado E: Un delito continuado de prevaricación.

E.1: Un delito de cohecho.

E.2: Un delito de cohecho. Un delito de cohecho continuado. Dos delitos de malversación de caudales públicos.

E.3: Cuatro delitos continuados de falsedad documental. Un delito de fraude de subvenciones.

E.4: Un delito continuado de malversación de caudales públicos.

Apartado F:

F.1: Un delito de prevaricación. Un delito de tráfico de influencias.

F.2: Un delito continuado de prevaricación.

F.3: Un delito de prevaricación. Dos delitos de cohecho.

Apartado G: Un delito de tenencia ilícita de armas.

En este procedimiento también han presentado escrito de calificación las restantes acusaciones personadas, es decir, la Abogacía del Estado, la Diputación General de Aragón, el Ayuntamiento de la Muela y la acusación popular.

5.11.1.3. Procedimiento del Jurado n.º 2/2013

De las Diligencias Previas 91/08 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Almunia se dedujo un testimonio de particulares que fue remitido al Juzgado Decano de Zaragoza y que dio lugar a la incoación de las Diligencias Previas número 2761/09 del Juzgado de Instrucción número 5 de Zaragoza, convertidas en el procedimiento ante el Tribunal del Jurado n.º 2/2013 de la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza. El juicio oral celebró a finales del mes de marzo de 2014.

En sus conclusiones provisionales, el Ministerio Fiscal acusaba a tres personas de los delitos de tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, cohecho y blanqueo de capitales. Tras la prueba practicada en el juicio oral, el Fiscal retiró la acusación respecto de uno de los acusados, por considerar que no había quedado acreditada en el juicio oral su participación en los hechos, manteniendo la acusación respecto de los otros dos acusados.

El jurado popular emitió un veredicto en el que consideraba culpables del delito de tráfico de influencias a los dos acusados y del delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios a uno de ellos, respecto del cual emitió veredicto de no culpabilidad respecto de los delitos de cohecho y blanqueo de capitales.

5.11.1.4. Documentación remitida por el Tribunal de Cuentas

En los meses de enero y febrero de 2013 se recibió en la Fiscalía Provincial de Zaragoza documentación remitida por el Tribunal de Cuentas relativa a los informes de fiscalización de las cuentas anuales de la Comunidad Autónoma de Aragón en los ejercicios 2008 y 2009.

Se procedió a la incoación de 27 Diligencias de Investigación, tantas como contratos incluidos en los informes, que fueron atribuidas a diferentes Fiscales para su estudio, celebrándose por el Fiscal Jefe Provincial una reunión con todos los Fiscales que habían llevado a cabo el estudio de las diligencias y que habían elaborado un informe sobre cada una de ellas, acordándose, tal y como proponían los Fiscales que habían estudiado cada uno de los asuntos, que procedía el archivo de 20 de dichas diligencias de investigación, por considerar que el control de legalidad de los actos de la Administración corresponde, en principio, a la jurisdicción contencioso-administrativa y sólo se justifica la intervención del Derecho Penal y la aplicación de los artículos 358 del Código Penal de 1973 y 404 del Código Penal de 1995 cuando se produce un «plus» de contradicción con la norma de acuerdo con la doctrina jurisprudencial que ha dicho reiteradamente que únicamente cabe reputar injusta una resolución administrativa, a efectos de incardinarla en el correspondiente tipo, cuando la ilegalidad sea «evidente, patente, flagrante y clamorosa», circunstancias que no concurrían en dichos supuestos.

Las otras 7 Diligencias de Investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 número 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, se remitieron al Juzgado Decano de los de Zaragoza, por ser el competente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para su reparto a los efectos de incoar las correspondientes Diligencias Previas en averiguación de los hechos denunciados.

De estas siete Diligencias Previas, cuatro fueron sobreseídos posteriormente por los Juzgados de Instrucción n.º 9, n.º 10 n.º 11 y n.º 12 de Zaragoza. Los otros tres procedimientos, relacionados con la Plataforma logística Plaza, siguen en fase de instrucción e investigación. A ellos se hará referencia en el punto 5.11.1.7, relativo de «Asuntos Plataforma logística Plaza».

5.11.1.5. Asunto «Ambulancias»

La Fiscalía Provincial de Zaragoza incoó en el mes de octubre de 2013 unas Diligencias de Investigación, por presuntas irregularidades cometidas por una empresa que presta servicios de ambulancias a la Comunidad Autónoma. La Teniente Fiscal ha celebrado diversas reuniones con el Grupo de Delincuencia Económica de la Brigada Regional de Policía Judicial. Asimismo se requirió a la Administración autonómica la remisión del contrato suscrito con la empresa, facturación mensual e informe de las incidencias detectadas. Por el citado Grupo de Delincuencia Económica se recibió declaración a dos directivos y a varios empleados de la empresa. Dichas diligencias se encuentran actualmente en estudio en la Fiscalía Provincial para elaborar el oportuno informe y su terminación mediante el decreto correspondiente.

5.11.1.6. Asunto de las «participaciones preferentes»

En el mes de marzo de 2013 la «Asociación de Clientes Financieros», presentó en la Fiscalía Provincial de Zaragoza una denuncia en la que se hacía constar que la entidad «Caja Madrid Finances Preferred» había puesto en circulación, con fecha 7 de julio de 2009, la segunda emisión de participaciones preferentes, por un valor total de 3.000 millones de euros, con un valor nominal de 100 euros cada una. En dicha denuncia se afirmaba que en la inmensa mayoría de los contratos celebrados, «se indujo a contratar sobre la creencia, en el cliente, de que lo que se estaba celebrando era un contrato de depósito a plazo, tratándose de personas con un perfil inversor de poco riesgo y de escasos o nulos conocimientos financieros y con unos antecedentes nulos, o escasos, en operaciones de inversión». Se unía una copia del folleto informativo de la emisión, y recogía una relación de presuntos afectados, de diversas provincias españolas, sin aportar documentación alguna. Asimismo solicitaba que la Fiscalía «debería promover de oficio, una acción de cesación y de resarcimiento»

La Fiscalía Provincial de Zaragoza decretó el archivo, tras un pormenorizado estudio de las denominadas «participaciones preferentes», en el que se analizaba la naturaleza de las mismas y la de las acciones de cesación y de resarcimiento que proponía la denunciante, haciéndose constar que La doctrina señala que no caben soluciones únicas, dado que el problema de las participaciones preferentes presenta una gran complejidad y variedad en cuanto a matices, debiendo desecharse cualquier solución de carácter colectivo, pues ello supondría tratar de forma idéntica situaciones notoriamente diversas, y, por ende, socializar injustificadamente costes y pérdidas derivadas de inversiones de carácter privado; el hecho de que la comercialización de este instrumento financiero se haya visto empañada por ciertas prácticas altamente criticables desde un punto de vista jurídico y moral no puede conducir a afirmar que la solución óptima sería la devolución del capital o de una parte del mismo a todos los titulares de «preferentes».

Señala además el informe que en los escritos presentados en la Fiscalía Provincial de Zaragoza por la Asociación de Clientes Financieros, no se recoge ninguna identificación de clientes afectados por la suscripción de participaciones preferentes, ni se acompaña documentación alguna referida a dichos contratos, ni las circunstancias concretas ni el lugar en que se formalizaron, por lo que no puede determinarse si habían sido informados de manera clara, suficiente, responsable y comprensible de todos los riesgos inherentes a la inversión efectuada.

Se advierte, por otra parte que, con el fin de evitar que se reproduzcan en el futuro las prácticas altamente cuestionables ocurridas en los últimos años, el Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de Agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, impone una serie de requisitos adicionales a la comercialización de participaciones preferentes, instrumentos convertibles o financiaciones subordinadas entre clientes o inversores minoristas.

5.11.1.7. Asuntos «Plataforma logística Plaza»

5.11.1.7.1.

El Juzgado de Instrucción n.º 3 de Zaragoza incoó, a instancia de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, unas Diligencias Previas relativas a un contrato, reseñado en el informe del Fiscal del Tribunal de Cuentas, relativo a «Plaza Desarrollos Logísticos» que tenía por objeto la «Ejecución y realización de obra civil en interiores de nave industrial en la parcela Alia-1», en cuya adjudicación se observaron unas irregularidades, prosiguiendo la investigación judicial para determinar si las irregularidades observadas en la adjudicación del contrato presentan indicios de la presunta comisión de un delito de prevaricación en el supuesto de que, bajo una aparente legalidad, la adjudicación del contrato hubiera podido obedecer a criterios no objetivos, apartándose de un sistema transparente de adjudicación, infringiendo los principios de transparencia y publicidad, y conduciendo a un resultado injusto y arbitrario.

5.11.1.7.2.

El Juzgado de Instrucción n.º 12 de Zaragoza incoó, a instancia de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, unas Diligencias Previas relativas a un contrato reseñado en el informe del Fiscal del Tribunal de Cuentas relativo a «Plaza Desarrollos Logísticos» que tenía por objeto el «Movimiento de tierras de la zona de reserva de futuros crecimientos de la plataforma logística de Zaragoza», en cuya adjudicación del contrato se cometieron una serie de irregularidades, como: El contrato se adjudicó mediante un procedimiento negociado sin publicidad, sin concurrencia de ofertas no habiéndose justificado la adjudicación mediante procedimientos negociados sin publicidad ni concurrencia de ofertas, al no haberse acreditado documentalmente las circunstancias de «extrema urgencia» invocadas para justificar la utilización de dicho procedimiento. Se aprecia una confusa tramitación de los contratos adjudicados mediante procedimiento negociado. Las puntuaciones asignadas para la valoración de los precios de las ofertas fueron mínimamente relevantes sobre el total de las puntuaciones establecidas para el conjunto de los criterios selectivos, sin que consten circunstancias que pudieran justificar tan reducida ponderación de este criterio que no es coherente con el principio de economía en la gestión de fondos públicos. Se estableció un criterio de adjudicación denominado «historial de la empresa», referente a las empresas licitadoras, criterio que no debe utilizarse en la fase de adjudicación de los contratos por referirse a un requisito de solvencia técnica de las empresas que deberían cumplirse por todos los empresarios para ser admitidos a la licitación. Prosigue la investigación judicial para determinar si las irregularidades puestas de manifiesto en la adjudicación del contrato presentan indicios de la presunta comisión de un delito de prevaricación.

A dichas diligencias previas fueron acumuladas las incoadas por el Juzgado de Instrucción n.º 8 de Zaragoza, a instancia de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, relativas a un contrato, reseñado en el informe del Fiscal del Tribunal de Cuentas, relativo a «Plaza Desarrollos Logísticos» que tenía por objeto la «Redacción y ejecución de obra del apartadero ferroviario de PLAZA», en cuya adjudicación del contrato se cometieron una serie de irregularidades, como: El contrato se adjudicó mediante un procedimiento negociado sin publicidad, sin concurrencia de ofertas, no habiéndose justificado la adjudicación mediante procedimientos negociados sin publicidad ni concurrencia de ofertas, al no haberse acreditado documentalmente las circunstancias de «extrema urgencia» invocadas para justificar la utilización de dicho procedimiento. Se aprecia una confusa tramitación de los contratos adjudicados mediante procedimiento negociado. Aunque figuran algunas orientaciones generales para la valoración de los criterios de adjudicación, no se especificó la forma o el método de valoración de los mismos. Prosigue la investigación judicial para determinar si las irregularidades puestas de manifiesto en la adjudicación del contrato presentan indicios de la presunta comisión de un delito de prevaricación. Con posterioridad, el Juzgado de Instrucción n.º 8 se inhibió a favor del Juzgado de Instrucción n.º 12 para que estas diligencias fueran acumuladas a las reseñadas en el párrafo anterior.

5.11.1.7.3.

La Fiscalía Provincial de Zaragoza incoó Diligencias de Investigación en virtud de la denuncia formulada por el gerente de Plataforma Logística de Zaragoza Plaza SA.. De la documentación presentada resultaba que en sesión ordinaria del consejo de administración de la sociedad Plataforma Logística de Zaragoza PLAZA SA se acordó la aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripción técnica que regirían la subasta por procedimiento restringido para la selección de adquirente de la propiedad del área destinada a centro de negocio y servicios de la plataforma logística, denominada área CINS. Se adjudicó en proindiviso la enajenación del área CINS a las empresas Codesport SA y COPISA, las cuales constituyeron la sociedad mercantil «Zaragoza Plaza Center Campus Empresarial SA». Se otorgó escritura pública de compraventa por la que PLAZA SA vendía a Zaragoza Plaza Center Campus Empresarial SA el espacio destinado a equipamiento comercial privado sito en el término de Zaragoza, en el ámbito conocido como Plataforma Logística, área CINS. El Consejo de Administración de Plaza SA acordó, por unanimidad, manifestar la voluntad de ejercer el derecho de reserva. Por el representante de Zaragoza Plaza Center Campus Empresarial SA y el entonces gerente de Plataforma Logística de Zaragoza PLAZA SA, se suscribió compromiso de compraventa de las futuras unidades arquitectónicas PC-1 y PC-10 en la parcela CINS. Por otra parte, el entonces gerente de PLAZA SA acordó con el gerente de la empresa Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U. la cesión parcial por PLAZA SA a favor de ésta última de los derechos y obligaciones derivados del contrato de compraventa en la parte correspondiente a la compraventa de la edificación PC-1; y se formalizó escritura pública de compraventa del citado edificio PC-1 a favor de Suelo y Vivienda de Aragón SL.

Por el denunciante se señalaba que en el Consejo de Administración de PLAZA SA no existía información alguna sobre la cláusula de reserva de superficie y su definición del precio, información conocida y ocultada presuntamente por el anterior gerente; que en la información incorporada al acta del Consejo de Administración de fecha 27 de abril de 2006“ no existía ninguna referencia al método de cálculo previsto en el pliego de subasta; que la expresión «y al precio del mercado que rija en el momento de la opción» se introdujo en la redacción del acta del consejo de administración a instancia del anterior gerente de Plaza SA, ocultando éste al Consejo de Administración el contenido de los Pliegos de la Subasta Restringida donde se había fijado el precio de la opción de compra y de arrendamiento en el coste del suelo, más el coste de construcción, más el 19% de gastos generales y beneficio industrial más la parte proporcional de la compra del suelo; y que el precio de venta a favor de PLAZA SA de los edificios PC-1 y PC-10 fijando en el compromiso privado de compraventa supone un exceso de «al menos cinco millones de euros, fijándose el precio con arreglo a precio de mercado cuando lo pactado en el pliego era un precio ligado al coste de ejecución de las obra y al coste del suelo que se había pagado, no al precio de mercado al que se pudieran tasar los edificios, produciéndose a instancia del anterior gerente una operación mercantil manifiestamente perjudicial para PLAZA SA, habiendo ocultado información al Consejo de Administración. Ante el perjuicio económico, PLAZA SA tuvo que realizar dos ampliaciones de capital.

El estudio de dicha denuncia correspondió a la Teniente Fiscal quien formuló un informe, señalando que había que investigar si por parte del anterior gerente de Plaza SA se había producido ocultación de datos al Consejo de Administración determinantes en el precio de la compra de inmuebles por él concertada con Zaragoza Plaza Center Campus Empresarial SA, en ejercicio de la opción de compra estipulada en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripción técnica que regía la subasta por procedimiento restringido de la parcela CINS, y si el anterior gerente de Plaza SA había abusado de sus facultades desviándose en su actuación del objetivo, favorecer el interés social, para el que le había sido concedido el poder de administrar, mediante una presunta actuación desleal concretada en actuar en nombre de la mercantil ejercitando el derecho de opción de compra que a su favor tenia Plataforma Logística de Zaragoza PLAZA SA en condiciones indiciariamente económicamente desfavorables para ésta y distintas a las ya pactadas contractualmente en la opción de compra, concertando como gerente y administrador de la sociedad la adquisición a Zaragoza Plaza Center Campus Empresarial SA de inmuebles por un precio presuntamente superior al previamente fijado y causando con ello un perjuicio económico a la mercantil en beneficio de la sociedad vendedora.

Con base a este informe, el Fiscal Jefe Provincial dictó un decreto en febrero de 2012, acordando que, pudiendo ser los hechos constitutivos del delito de administración desleal previsto en el artículo 295 del Código Penal, se remitiera la denuncia y documentación que la acompañaba al Juzgado de Instrucción que por turno correspondiera, a fin de que se incoaran diligencias previas para la depuración de la responsabilidad penal del anterior gerente de Plaza SA y de las personas que de la tramitación de la causa resultasen participes en los hechos,

En su escrito la Fiscalía interesaba del Juzgado de Instrucción la práctica de una serie de diligencias, como la ratificación del denunciante, la declaración del denunciado, la declaración como testigos de los miembros del consejo de administración de Plaza SA, y aquellas otras que resultaran procedentes para la instrucción de la causa.

En virtud de dicha denuncia, el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Zaragoza incoó unas diligencias previas en las que, tras la práctica de distintas actuaciones, dictó auto denegando la petición de más diligencias formulada por la acusación particular, ejercida por Plaza SA, y acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las mismas, por entender que la cuestión era encuadrable en el ámbito civil pero no en el penal, siendo dicha resolución confirmada por la Audiencia Provincial de Zaragoza por auto de 21 de febrero de 2013.

5.11.1.7.4.

En el mes de diciembre de 2013, el Juzgado de Instrucción n.º 5 de Zaragoza incoó diligencias previas, en virtud de denuncia formulada por el actual gerente de la empresa pública Plaza S.A. contra el anterior gerente de la misma por unos posibles delitos de administración desleal y de malversación de caudales públicos, por entender que existía una ausencia de justificación y de autorización por el consejo de administración con relación a una importante cantidad de dinero, favoreciéndose con ello a la empresa Codesport S.A. y perjudicando a la empresa pública Plaza S.A.

Estas diligencias se encuentran en trámite, habiéndose recibido declaración como imputados al ex - gerente de Plaza S.A, al propietario de Codesport S.A. y a una tercera persona relacionada, estando pendiente la declaración de un cuarto imputado. Igualmente se ha recibido declaración a veintiséis testigos, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal en todas estas declaraciones.

5.11.1.7.5.

Hay que señalar que el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Zaragoza tramita otras Diligencias Previas en averiguación de posibles delitos cometidos en la construcción y administración de la plataforma logística «PLAZA», interviniendo en estas diligencias directamente la Fiscalía Anticorrupción.

5.11.1.8. Otros asuntos

El Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza incoó, a instancia de la Fiscalía, unas Diligencias Previas sobre la recepción por un sindicato de diversas subvenciones para realizar cursos de formación para trabajadores y desempleados, la subcontratación de dichos cursos a una empresa y la averiguación de si las facturas se adaptaban a los trabajos realmente efectuados.

El Juzgado de Instrucción n.º 12 de Zaragoza incoó, a instancia de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, unas Diligencias Previas relativas a explotaciones mineras, habiendo formulado denuncia la Fiscalía respecto de varios funcionarios del Departamento de Industria del Gobierno de Aragón, a fin de que el Juzgado investigara la posible comisión de delitos de prevaricación y cohecho. Dichas diligencias se encuentran actualmente en trámite en el Juzgado donde han declarado cuatro imputados, estando pendiente la declaración de otro.

El Juzgado de Instrucción número 2 de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), incoó a instancia de la Fiscalía unas Diligencias Previas en las que se investiga la ejecución de obras civiles en los municipios pertenecientes a la Mancomunidad de las Cinco Villas, algunas de ellas de elevado coste y necesitadas de proyecto y dirección técnica, si dicha ejecución se sustrajo al oportuno concurso público entre las empresas privadas del sector y si está debidamente justificado el destino de las subvenciones finalistas concedidas por las Diputación General de Aragón y por la Diputación Provincial a los Ayuntamientos mancomunados.

El Juzgado de Instrucción de Calatayud (Zaragoza), incoó a instancia de la Fiscalía unas Diligencias Previas para averiguar si se ha producido una contratación de personal al servicio de un ayuntamiento con inobservancia de las normas legales que regulan la materia, y con el conocimiento de la irregularidad de dicha actuación, lo que podría constituir, en su caso, un delito de prevaricación.

El Juzgado de Instrucción n.º 1 de La Almunia (Zaragoza) incoó a instancia de la Fiscalía unas Diligencias Previas para averiguar si se ha cometido un delito de prevaricación en la actuación de la nueva alcaldesa de la localidad de La Muela, con relación a la licitación de los derechos cinegéticos de los montes de utilidad pública, a fin de delimitar si se ha rebasado el límite de la mera ilegalidad y se ha incurrido en la arbitrariedad, tal como afirmaron varios concejales de dicho ayuntamiento en la denuncia que presentaron ante la Fiscalía Provincial.

Por otra parte, se han incoado Diligencias de Investigación por denuncias presentadas en la Fiscalía Provincial contra algunos alcaldes por acuerdos tomados en los plenos municipales. Varias de dichas diligencias fueron archivadas, pues, como se ha señalado anteriormente, el ámbito de la Jurisdicción Penal no puede confundirse con el de la Contencioso- Administrativa, ya que una cosa es verificar la legalidad de la resolución y otra distinta castigar la arbitrariedad en el ejercicio de las funciones públicas, como fuente u origen de una resolución contraria a derecho generadora de injusticia.

5.11.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Esta Fiscalía da cuenta en su Memoria de dos Diligencias de Investigación iniciadas en este año 2013 por delitos contra la Hacienda Pública. La primera de ellas se incoó por supuesto delito contra la Hacienda Pública, atribuido a una sociedad mercantil y a una persona física, en relación con impuestos indirectos sobre hidrocarburos. Tras la querella del Ministerio Fiscal se han incoado en el Juzgado n.º 1 de Monzón unas diligencias previas, que se encuentran en trámite. La segunda es relativa a un presunto delito de defraudación tributaria respecto del impuesto de sociedades de una sociedad inmobiliaria. En estas diligencias se acordó también la interposición de querella que ha dado lugar a unas diligencias previas del Juzgado n.º 2 de Barbastro, que se encuentran en trámite.

Se refiere también la Memoria a diversos Procedimientos Abreviados por delitos contra la Hacienda Pública, delito societario, insolvencia punible, estafa y falsedad.

En unas diligencias previas del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Huesca, el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación contra una persona física y una sociedad limitada por la comisión de unos hechos constitutivos de dos delitos contra la Hacienda Pública.

En otras diligencias previas del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Fraga se incoaron en virtud de denuncia presentada por la Fiscalía, por defraudación del impuesto sobre el valor añadido (IVA) llevada a cabo por una sociedad limitada. Dichas diligencias previas se encuentran actualmente en trámite.

En otras diligencias previas del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Monzón, el Fiscal ha formulado este año escrito de acusación contra ocho personas como autores de un delito societario continuado en su modalidad de administración desleal, acusando igualmente a varios de ellos por apropiación indebida y falsificación de cuentas anuales. Está señalada la vista oral del indicado procedimiento ante la Audiencia Provincial de Huesca.

En otras diligencias previas del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Monzón la Fiscalía Provincial de Huesca formuló escrito de acusación por un delito de estafa, estando pendiente de señalamiento de la vista oral.

En otras diligencias previas del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Monzón el Ministerio Fiscal ha presentado escrito de acusación por un delito de insolvencia punible, estando señalada la vista oral ante el Juzgado de lo Penal de Huesca.

5.11.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En la organización de trabajo la Fiscal coordinadora de la Sección Territorial de Alcañiz sigue teniendo atribuida, como en años anteriores, la función de despachar los asuntos relativos a fraudes a la Hacienda Pública u otros delitos de contenido patrimonial y especial relevancia económica, manteniendo la relación con la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.

En el año 2013 la Fiscalía Provincial ha tramitado unas Diligencias de Investigación por delitos contra la Hacienda Pública y defraudación a la Seguridad Social, estafa y falsedad en relación con una empresa que, presuntamente, daba de alta fraudulentamente a trabajadores extranjeros. Finalmente se interpuso la oportuna denuncia ante los Juzgados de Alcañiz, que incoaron las correspondientes diligencias previas que se encuentran en trámite.

En su Memoria se refiere también la Fiscalía a los procedimientos de mayor trascendencia de contenido económico iniciados en el año 2013, citando, entre ellos, tres procedimientos del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Teruel por delitos societarios y de alzamiento de bienes; cuatro diligencias previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Alcañiz por delitos societarios, estafa, apropiación indebida y falsedad; y unas diligencias previas del Juzgado de Instrucción de Calamocha por administración desleal y falsedad. Todos estos procedimientos están en trámite de instrucción.

5.12. Tutela penal de la igualdad y contra la discriminación

5.12.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se designó en el mes de marzo de 2013 a una Fiscal como delegada de especialidad, nombramiento que quedó sin efecto en el mes de octubre del mismo año, como consecuencia de reorganización de la Fiscalía y de la distribución del trabajo y del traslado de la mayor parte de la Fiscalía Provincial a las instalaciones de la Ciudad de la Justicia en el antiguo recinto Expo. En el mes de octubre se ha procedido a la designación de un nuevo Fiscal delegado.

Durante este año la principal tarea ha sido la organización y coordinación de la especialidad, teniendo en cuenta la dispersión de tipos penales a los que afecta. Se han establecido mecanismos de control y registro tanto durante la instrucción de las causas, como en el visado de las calificaciones y en el control de las sentencias notificadas.

En el año 2013 no se han tramitado en la Fiscalía Diligencias de Investigación relacionadas con esta especialidad. En el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Zaragoza se ha tramitado un procedimiento de diligencias previas, iniciado en febrero de 2013, por la aparición en diferentes lugares de la ciudad de carteles de contenido que se podía calificar de neonazi.

Se ha mantenido una reunión con funcionarios de la Jefatura Superior de Policía adscritos a la Brigada de Información para establecer cauces de comunicación con la Fiscalía en la labor de vigilancia de grupos extremistas que fomentan o ejecutan acciones que promueven el odio en materia de raza o ideología.

5.12.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Se indica en la Memoria de esta Fiscalía Provincial la excepcionalidad de la comisión de este tipo de infracciones penales en la provincia de Huesca.

En el año 2013 no se han tramitado procedimientos penales con incidencia en esta cuestión. Tampoco se han incoado Diligencias de Investigación de Fiscalía en relación con estos delitos.

5.12.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En la Memoria de esta Fiscalía Provincial se hace referencia a la dispersión de tipos delictivos que se ven afectados por esta especialidad en concurrencia, en ocasiones, con la circunstancia agravante 4ª del artículo 22 del Código Penal.

Respecto a las Diligencias de Investigación de Fiscalía no se han tramitado durante este año 2013 diligencias relacionadas con este grupo de figuras delictivas.

En los Juzgados de Teruel y Alcañiz se han tramitado un total de tres diligencias previas por delitos contra la integridad moral con alegación de la condición de raza o de procedencia nacional como criterio ofensivo o discriminatorio sin que se haya formulado acusación por delito previsto en esta especialidad.


CAPÍTULO III. TEMAS ESPECÍFICOS DE OBLIGADO TRATAMIENTO

1. Delitos de torturas y contra la integridad moral cometidos por autoridad o funcionario público

La Fiscalía Provincial de Zaragoza informa que no se han incoado procedimientos de esta naturaleza.

La Fiscalía Provincial de Huesca informa igualmente que a lo largo del año 2013 no se ha incoado ningún procedimiento por este tipo de delitos.

La Fiscalía Provincial de Teruel informa sobre dos diligencias previas, en concreto las siguientes:

1. El Juzgado de Instrucción n.º 1 de Teruel incoó unas diligencias previas por la denuncia de un interno del Centro Penitenciario de Teruel contra el Jefe de Servicios por agresiones y malos tratos. El Fiscal interesó el archivo de las diligencias, al considerar que de lo practicado se deducía que el interno denunciante había protagonizado un intento de suicidio o simulación de suicidio intentando arrojarse desde la segunda planta del departamento celular, siendo impedido el hecho por el funcionario denunciado, autolesionándose el interno y siendo necesario el uso de la fuerza para reducirle y aplicarle sujeción mecánica. El Juzgado de Instrucción dictó auto de sobreseimiento provisional de la causa con fecha 10 de Mayo de 2013.

2. El Juzgado de Instrucción n.º 2 de Teruel incoó unas diligencias previas, en las que un ciudadano marroquí, al ser denunciado por no llevar el cinturón de seguridad manifestó que lo sancionaban por racismo, siendo ello negado por los agentes. Las diligencias se encuentran en este momento en trámite.


CAPÍTULO IV. PROPUESTAS DE REFORMAS LEGISLATIVAS

Con relación al borrador de anteproyecto de Código Procesal Penal, que se encuentra en estudio en el Ministerio de Justicia, consideramos que se atribuye al Ministerio Fiscal la ejecución práctica de la instrucción penal pero no se le encomienda la dirección de la misma, ya que todos los actos de investigación del Ministerio Fiscal se encuentran supeditados a la, en la práctica a la dirección del órgano judicial denominado Tribunal de garantías, al cual se le intenta dar unas competencias que exceden de las que le son propias como el control de la adecuación de la actividad investigadora en materia de derechos fundamentales, la supervisión de las medidas cautelares personales y la autorización de entradas y registros domiciliarios, o intervenciones telefónicas o de correspondencia.

Así la regulación de la impugnación de los Decretos del Ministerio Fiscal traería como consecuencia que todas las medidas o actuaciones de investigación que éste pueda acordar serían susceptibles de ser impugnadas ante el Tribunal de Garantías. Ello no es acorde con la figura del Fiscal investigador, el cual, auxiliado por la Policía judicial, investiga un hecho delictivo y, cuando considera conclusa la investigación, resuelve el archivo o formula la acusación ante un órgano judicial. Por el contrario, estaríamos ante unos Fiscales que realizarían en la práctica las diligencias de investigación que le encomendara el Tribunal de Garantías al resolver las impugnaciones formuladas por las otras partes del proceso.

Esto traería como consecuencia una burocratización de la investigación con un Fiscal investigador que debería acordar mediante decreto las diligencias a practicar, notificar ese decreto a las partes personadas, informar al Tribunal de Garantías en caso de impugnación y finalmente ejecutar estas diligencias, salvo que el Tribunal de Garantías, accediendo al recurso de una de las partes, acordara que no se practicara. Esta sucesión de trámites supondría una ralentización del procedimiento contraria a la celeridad que se pretende establecer, fijando un plazo que la experiencia nos señala que sería inasumible, salvo en los supuestos de delitos menores flagrantes o cuasiflagrantes. El propio borrador de anteproyecto establece la supeditación del Ministerio Fiscal al Tribunal de Garantías, atribuyendo a éste un carácter superior de la investigación y de control de los plazos.

Consideramos que, si se quiere sustituir la actual regulación del Juez de Instrucción y del Fiscal y las partes interesando la práctica de diligencias, por un auténtico Fiscal investigador que lleve consigo una dinamización del procedimiento penal, debería evitarse la intervención de las partes en la investigación del Ministerio Fiscal, sin perjuicio de que, una vez concluida ésta y en la «fase intermedia» del proceso, se pudieran examinar por un órgano judicial los elementos probatorios aportados por el Fiscal así como los que aporten la acusación particular o la defensa en apoyo de sus respectivas tesis.

La Fiscalía Provincial de Zaragoza expone, en relación con el procedimiento regulado en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), que la posibilidad de que, con la redacción actual, la acusación particular pueda ejercer en solitario la acción penal en los supuestos en los que el Fiscal solicita el archivo del expediente de reforma al amparo de los artículos 19 y 27,4 LORPM debe quedar excluida, manteniéndose, eso sí, el derecho de audiencia que se le reconoce en el Art. 25 f) a la acusación particular personada.

También considera interesante la reforma de la duración de la medida cautelar de internamiento, y la posibilidad de ampliar el plazo máximo de 9 meses para supuestos excepcionales y graves por la entidad del delito cometido por el menor, (asesinatos, homicidios, agresiones sexuales), para evitar que dicho plazo venciera antes de recaer sentencia firme.

Respecto a los expedientes de reforma que se tramitan por faltas, y que llegan a juicio, con escrito de alegaciones del Fiscal, se considera que el procedimiento, podría ser más breve y semejante al de la Justicia de mayores, donde tras una brevísima instrucción debido a la propia entidad de los hechos de carácter leve, se procediera al señalamiento de las vista oral en el Juzgado de Menores, sin necesidad de hacer escrito de alegaciones ni de defensa, citándose a la vista al menor y a la víctima y en su caso a los testigos, pudiendo incluso el Equipo Técnico informar «in voce» en el mismo acto de la vista.

La Fiscalía Provincial de Huesca propone la regulación en la Ley de Enjuiciamiento Criminal del recurso de apelación contra las sentencias que dicten las Audiencias Provinciales en primera instancia. Señala que la modificación de la Le Orgánica del Poder Judicial, efectuada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, reformó las competencias de las salas de lo penal de los tribunales superiores de justicia otorgándoles el conocimiento de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en primera instancia por las audiencias provinciales y creaba una sala de apelación en la Audiencia Nacional que conocerá de los recursos de esta clase que establezca la ley contra las resoluciones de la sala de lo penal, pero esta reforma no ha ido acompañada de la consiguiente regulación de dicho recurso en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, resultando paradójico que tanto las sentencias dictadas en los juicios de faltas por los Juzgados de Instrucción, como las dictadas en los procedimientos abreviados por los Juzgados de lo Penal, pueden ser recurridas en apelación ante la Audiencia Provincial; mientras que se sigue manteniendo la instancia única para las sentencias dictadas en procesos por delitos graves por las Audiencias Provinciales y la Audiencia Nacional, que sólo pueden recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo, lo que no supone una segunda instancia sino un recurso extraordinario que sólo se abre por motivos tasados

La Fiscalía Provincial de Teruel propone dejar la competencia del Tribunal del Jurado para delitos de homicidio y asesinato.

Es cuanto tengo el honor de exponer a V.E.


El Fiscal Superior de Aragón

JOSÉ M.ª RIVERA HERNÁNDEZ

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664