Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 102/17, sobre becas de comedor.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:140 (IX Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D.ª María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre becas de comedor, solicitando su tramitación ante Pleno.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Proyecto de Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se establecen las bases reguladoras de las becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar y el tiempo en el que se desarrolla el servicio por parte del alumnado de centros sostenidos con fondos públicos, responde a un modelo de regulación de las becas de comedor que no da respuesta ni cobertura adecuada a la necesidad de acceso a las mismas.
El uso del modelo de subvención no resulta adecuado. Uno de los escollos identificados por los profesionales es que las becas de comedor así reguladas excluyen a menores que viven en unidades familiares en las que sus padres y/o tutores están en una situación administrativa irregular, ya que se exige como requisito un domicilio fiscal.
Así mismo, la declaración de la renta de dos años atrás a la solicitud de la beca, tal y como recoge el proyecto de Orden mencionado, resulta una vía de comprobación de ingresos que no se ajusta a las situaciones actuales de las unidades de familiares.
Por todo ello el Grupo Parlamentario Podemos en las Cortes de Aragón presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1) Regular las becas de comedor como prestación económica quedando excluida su consideración de subvención.
2) Que las personas beneficiarias de las becas de comedor sean los menores independientemente de si sus padres o tutores legales se encuentren en una situación administrativa irregular.
3) Que como requisito para ser beneficiario o beneficiaria de las becas de comedor los padres o tutores deberán estar empadronados/as en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, no siendo así requisito tener un domicilio fiscal.
4) Para acceder a las becas de comedor se tendrán en cuenta los ingresos en el momento de solicitud de la misma.
Zaragoza, 27 de febrero de 2017.
La Portavoz
MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO