Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 40/15-IX, sobre la solicitud al Gobierno de Aragón de su oposición al TTIP y la defensa de los servicios sociales públicos.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:14 (IX Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 16 de septiembre de 2015, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 40/15-IX, sobre la solicitud al Gobierno de Aragón de su oposición al TTIP y la defensa de los servicios sociales públicos, presentada por el G.P. Podemos Aragón, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 16 de septiembre de 2015.


El Presidente de las Cortes

ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la solicitud al Gobierno de Aragón de su oposición al TTIP y la defensa de los servicios sociales públicos, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En 2013, la Comisión Europea recibió el mandato de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) de negociar con los Estados Unidos (EEUU) el Acuerdo Transatlántico de Comercio y de la Inversión (ATCI, más conocido como TTIP por sus siglas en inglés), también conocido como Acuerdo Transatlántico de Libre Comercio (TAFTA), presuntamente con el fin de incrementar el comercio entre la UE y EEUU, reduciendo las barreras no arancelarias, con el objeto de conseguir crear empleo, crecimiento económico y mejora de la competitividad.

Desde entonces, UE y EEUU están negociando, de espaldas a la ciudadanía y a sus representantes políticos (parlamentos nacionales y europeo) un amplio acuerdo de liberalización de comercio e inversiones, que representa un serio peligro para la democracia y la protección de los derechos laborales, medioambientales y de salud, anteponiendo el interés comercial de los inversores y empresas transnacionales (ETN) al interés general. La negociación de dicho acuerdo está contando con la participación directa e indirecta de las ETN y sus representantes correspondientes. Sin embargo la información relativa al desarrollo de las negociaciones del Tratado con la que cuenta el Parlamento Europeo mantiene un acceso restringido para los propios europarlamentarios y las negociaciones apenas están contando con representantes de la Sociedad Civil.

Los gobiernos sub-nacionales de la UE tienen el derecho a ser informados sobre el desarrollo de las negociaciones y los cambios legislativos que pueden ser acordados a nivel europeo, para posicionarse sobre ellos ya que el resultado de dicha negociaciones tendrá implicaciones muy importantes sobre las competencias autonómicas. Este derecho ha sido obviado hasta la fecha.

EEUU y la UE intentan incluir en el TTIP medidas de protección de los inversores que impactan directamente contra el principio de soberanía nacional, imponiendo modelos de arbitraje y resolución de conflictos que equipara al Estado y sus Administraciones con las ETN. La comisión de arbitraje será quien se encargue de resolverlos, la denominada «Investor-to-State Dispute Sefflement» (ISDS). Esta comisión tendría competencia para establecer compensaciones económicas de las diferentes Administraciones implicadas a los inversores cuando estos puedan demostrar que la aplicación y desarrollo de ciertas medidas o políticas concretas afectan a sus intereses privados o pueden reducir los beneficios futuros de una compañía. El Estado en este caso puede recurrir judicialmente la decisión y le pueden dar la razón, pero le va a suponer unos costes procesales muy elevados. Además, las decisiones de los órganos de arbitraje son firmes y no pueden ser apeladas, situándose así a un nivel superior a la jurisdicción nacional. La producción normativa presente o futura, sobre el control del fracking, control de precios y acceso a los medicamentos, protección de trabajadores y consumidores o la seguridad alimentaria, pueden ser demandadas por las ETN a través de este organismo.

Uno de los objetivos básicos del TTIP es la liberalización total de los servicios públicos y la apertura de prestación de los mismos a las ETN, así como a las compras y licitaciones de bienes y servicios de las Administraciones Públicas. Esto pone en peligro todos los servicios públicos y las contrataciones públicas, en todos los niveles administrativos. Así como la capacidad y el margen de maniobra real de los representantes públicos democráticamente elegidos para administrar las entidades y desarrollar las políticas locales de acuerdo al interés general: promoción de la economía, empleo e iniciativas de ámbito local, por ejemplo.

En lo que se refiere a la contratación pública, el objetivo que se pretende con el TTIP es mantener el Acuerdo de Contratación Pública (GPA) de la Organización Mundial del Comercio (WTO) hasta crear un nuevo acuerdo que mejore las condiciones para las ETN. Mientras el GPA está siendo utilizado por la Comisión Europea como justificación para reducir las garantías en la ley de la contratación pública. En este sentido, entendemos que todo nuevo acuerdo referente a la contratación pública debe ir dirigido a aumentar las garantías y no a reducirlas. Cualquier negociación de un nuevo acuerdo no debe poner en peligro los aspectos progresivos de la ley de contratación pública de la UE.

Sin embargo, los intereses estratégicos de las ETN y sus intereses comerciales no deberían ser los únicos criterios para determinar acuerdos comerciales como el TTIP ni se deben imponer por encima de cualquier otra consideración económica, social o sanitaria ignorando cualquier legislación comunitaria, nacional, autonómica o municipal. Así mismo los aspectos relacionados con la protección de los trabajadores, consumidores, seguridad alimentaria, y del medio ambiente tienen que ser considerados en cualquier negociación comercial bilateral.


PROPOSICIÓN NO DE LEY

1. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a declarar la Comunidad Autónoma de Aragón como opuesta a la aplicación del Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversión (TTIP), que no acepta ni sus principios ni objetivos, y comprometida en la defensa de los servicios públicos básicos para mantener la cohesión y redistribución social.

2. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a solicitar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de la Nación su apoyo a todas las iniciativas dirigidas a mantener el carácter público de los llamados servicios sociales útiles.

3. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a solicitar al Ministerio de Economía y Competitividad del Gobierno de la Nación, la suspensión de la negociaciones del TTIP y otros acuerdos comerciales similares, con la finalidad de conseguir:

— Que mecanismos como el ISDS (Investor-to-State Dispute Settlement) no sean incluidos en este ni ningún otro tratado.

— Defender la actual política reguladora de la UE y de sus Estados de manera que no se pierdan competencias en materias de legislación social, protección al consumidor y medio ambiente. Defender el principio básico democrático de soberanía e independencia nacional, salvaguardando todas las competencias de un Estado soberano, y voluntad popular.

— Que el tratado no se limite a objetivos meramente económicos y se le dé la misma importancia y sean tratados de igual forma en el acuerdo los objetivos sociales y ambientales.

— Que los servicios públicos y la propiedad intelectual sean excluidos del acuerdo.

— Que se termine la actual falta de transparencia de las negociaciones, se haga pública toda la información y se abra un debate público y democrático en España y en el conjunto de la UE y sus respectivos parlamentos nacionales, Y, puesto que los postulados del TTIP afectarán directamente a cuestiones vitales de la población, se someta el TTIP a un referéndum vinculante.

Zaragoza, a 8 de septiembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO

CORTES DE ARAGÓN
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