Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS - Proyectos de Ley - En tramitación

Enmiendas presentadas al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:34 (IX Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de la Comisión Institucional, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2015, ha admitido a trámite las enmiendas que a continuación se insertan, presentadas al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, publicado en el BOCA núm. 25, de 17 de noviembre de 2015.

Se ordena la publicación de estas enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 16 de diciembre de 2015.


El Presidente de las Cortes

ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA


ENMIENDA NÚM. 1

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Al artículo único. Añadir un nuevo punto Uno ante) del siguiente tenor:

Uno. ante) Se modifica el apartado f) del artículo 2, que queda redactado como sigue:

«f) El respeto, la convivencia, el civismo y la defensa de nuestra democracia, y la especial atención a la juventud y a la infancia.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo necesario.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 2

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir una letra I) en el artículo 2 con el siguiente texto:

«I) Los servicios informativos elaborarán y desarrollarán desde la Corporación y sus sociedades con personal propio, para garantizar la objetividad y la pluralidad en los contenidos informativos, así como garantizar unas condiciones laborales y salariales favorables y en concordancia con los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Aragón.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 3

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En el artículo único, punto uno, artículo 5.1, párrafo 1.

Sustituir «quince miembros» por «un número de miembros equivalente al número de Grupos Parlamentarios».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 4

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

En el artículo 1, respecto a la nueva redacción que se propone para el artículo 5.1 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la expresión «quince miembros» por «dieciséis miembros».


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 5

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Se propone sustituir en el artículo 5, punto 1.º: «quince miembros» por «nueve miembros».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 6

A LA MESA DE LA CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En el artículo único, se modifica el artículo 5 y donde pone «quince miembros» pondrá: «diecinueve miembros».


MOTIVACIÓN

Para una mayor pluralidad.

En el Palacio de la Aljafería, a 2 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 7

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Se propone sustituir en el artículo 5, punto 1.º: «miembros elegidos para cada legislatura» por «miembros elegidos por un periodo de seis años».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 8

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir en el artículo 5, punto 1.º, tras «Pleno de las Cortes de Aragón», se añade «a propuesta de los grupos parlamentarios y organizaciones profesionales independientes del sector de la comunicación».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 9

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En el artículo único, punto uno, artículo 5.1, párrafo 1.

Sustituir «tres quintos» por «dos tercios».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 10

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

En el artículo 1, respecto a la nueva redacción que se propone para el artículo 5.1 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la expresión «tres quintos» por «dos tercios».


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 11

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Se propone sustituir en el artículo 5, punto 1.º: «Mayoría de tres quintos» por «mayoría de dos tercios».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 12

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone, en el apartado Uno del artículo único, por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en el artículo 5, punto 1, sustituir el texto «de reconocida trayectoria profesional en el ámbito de la comunicación» por «experiencia profesional en el ámbito de la comunicación y los medios audiovisuales».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 13

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

En el artículo 1, respecto a la nueva redacción que se propone para el artículo 5.1 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la expresión «procurando la paridad» por «garantizando la paridad».


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 14

A LA MESA DE LA CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En el artículo único, se modifica el artículo 5, y donde pone «Grupos Parlamentarios» pondrá: «Los partidos políticos representados en las Cortes de Aragón».


MOTIVACIÓN

Para una mayor pluralidad.

En el Palacio de la Aljafería, a 2 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 15

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone, en el apartado Uno del artículo único, por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en el artículo 5, punto 1, sustituir el texto «Grupos Parlamentarios» por «partidos políticos o coaliciones electorales que hayan obtenido representación en las Cortes».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 16

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir en el artículo 5, punto 1.º, tras «A tal fin, los Grupos Parlamentarios» se añade «y las organizaciones profesionales independientes del sector de la comunicación».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente

Zaragoza, 2 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 17

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En el artículo único, punto uno, artículo 5.1, párrafo 1.

Sustituir al final del párrafo: «cada uno de los candidatos que propongan» por «cada candidato que propongan».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 18

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

En el artículo único, punto uno, artículo 5.1, párrafo 2.

Sustituir «tres quintos» por «dos tercios».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 19

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

En el artículo 1, respecto a la nueva redacción que se propone para el artículo 5.1 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la redacción propuesta para el apartado segundo por la siguiente:

«Si transcurridas veinticuatro horas desde la primera votación en las Cortes de Aragón no se alcanzase la mayoría de dos tercios, estas elegirán por tres quintos a los miembros del Consejo de Administración.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 20

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Se propone sustituir en el artículo 5, punto 1.º: «si transcurridas las veinticuatro horas desde la primera votación en las Cortes de Aragón, no se alcanzase la mayoría de tres quintos, estás elegirán por mayoría absoluta a los miembros de Consejo de Administración» por «si en primera votación en las Cortes de Aragón no se alcanzase la mayoría de dos tercios, sería necesario una mayoría de tres quintos en segunda votación».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 21

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

En el artículo 1, respecto a la nueva redacción que se propone para el artículo 5.2 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la redacción propuesta por la siguiente:

«Los candidatos y candidatas propuestas deberán comparecer previamente en audiencia pública en las Cortes de Aragón, en la Comisión Institucional o aquella equivalente, con el fin de que estas puedan informarse de su idoneidad para el cargo antes de su elección. En este trámite presentarán con brevedad su currículum vitae en los aspectos relacionados con su experiencia en el ámbito de la comunicación y, en su caso, responderá a preguntas de los grupos relacionadas con este ámbito.

Tras la comparecencia de los y las candidatas propuestas, los grupos parlamentarios podrán hacer uso de un turno de palabra para fijar posición al respecto, tras lo cual se realizará una votación sobre la idoneidad de los candidatos propuestos, que se aprobará por mayoría de tres quintos.

Si el conjunto de candidatos propuestos es rechazado, se habilitará un plazo de 8 días para que los grupos realicen una nueva propuesta.

En todo caso, esta elección se realizará atendiendo a la proporcionalidad con la que estén representados en la Cámara cada uno de los Grupos Parlamentarios y asegurando a todos ellos como mínimo un representante.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 30 de noviembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 22

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Uno del artículo único, por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en el artículo 5 punto 2 sustituir el texto «Grupos Parlamentarios» por «partidos políticos o coaliciones electorales que hayan obtenido representación en las Cortes».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 23

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Se propone suprimir del artículo 5 punto 2: «y asegurando a todos ellos como mínimo un representante».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 24

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Uno del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en el artículo 5, punto 3, sustituir el texto «Diputación General de Aragón» por «Gobierno de Aragón».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 25

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al artículo único, punto Uno, en lo que hace referencia al apartado 4 del artículo 5, que quedará redactado como sigue:

«4. La condición de miembro del Consejo de Administración es incompatible con cualquier vinculación con empresas publicitarias, de producción audiovisual, casas discográficas o con cualquier tipo de entidades relacionadas con el suministro de servicios técnicos específicos o dotación de material audiovisual o programas a la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades o cualquier otra entidad pública o privada de medios de comunicación, así como con todo tipo de prestación de servicios o de relación laboral en los dos años anteriores con la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, sus sociedades instrumentales o las proveedoras de servicios técnicos específicos o de dotación de material audiovisual, así como con Radiotelevisión Española o con sus respectivas sociedades.

Durante los dos años siguientes a la fecha del cese, los miembros del Consejo de Administración no podrán realizar por sí mismos, o a través de sociedades o empresas participadas por ellos directa o indirectamente en más del 10%, actividades relacionadas con la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión o cualquiera de las empresas o entes mencionados en el párrafo anterior.»


MOTIVACIÓN

Más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 26

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

En el artículo 1, respecto a la nueva redacción que se propone para el artículo 5.4 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la redacción propuesta por la siguiente:

«1. La condición de miembro del Consejo de Administración es incompatible con las siguientes situaciones:

a) Tener participación en la titularidad de empresas publicitarias, de producción de programas filmados, grabados en magnetoscopio o radiofónicos, casas discográficas o cualquier tipo de entidades relacionadas con el suministro o dotación de material o programas a la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades o a cualquier otra entidad pública o privada de medios de comunicación.

b) Formar parte de los consejos de administración o desempeñar cargos directivos en las empresas a las que hace referencia el apartado anterior.

2. En el caso de personas que trabajen por cuenta ajena para las citadas empresas o en general para entidades públicas o privadas de medios de comunicación o que, por cuenta propia, realicen trabajos y/o presten servicios para las mismas, aquellas tendrán las siguientes obligaciones:

a) Mantener la confidencialidad de las deliberaciones y acuerdos del Consejo de Administración que no sean públicas.

b) Abstenerse en las decisiones que puedan afectar a alguna empresa con la que mantienen relación laboral o para la que prestan servicios.

El incumplimiento de esta obligación se entenderá como causa sobrevenida de incompatibilidad, cuya concurrencia valorará la Comisión Institucional o equivalente de las Cortes de Aragón conforme al procedimiento previsto para el cese de miembros del Consejo de Administración.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 27

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Artículo único, punto uno, artículo 5.4.

Añadir al final del punto: «También será incompatible con ser diputado autonómico o en el Congreso de los Diputados, senador, diputado provincial o alcalde o concejal en corporaciones mayores de 10.000 habitantes».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 28

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Respecto al artículo uno, que daría nueva redacción al artículo 5 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone dar al apartado c) del apartado 5 del citado artículo 5, la siguiente redacción:

«c) Por incompatibilidad o incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad y abstención, declaradas por las Cortes de Aragón por mayoría de dos tercios.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 29

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Respecto al artículo uno, que daría nueva redacción al artículo 5 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone añadir un apartado f) al apartado 5 del citado artículo 5, con la siguiente redacción:

«A propuesta de tres grupos parlamentarios en las Cortes de Aragón o de menos, siempre que representen al menos a un quinto de los diputados y diputadas de la Cámara, podrá solicitarse el cese de alguno de los miembros del Consejo de Administración mediante propuesta motivada en razón del desempeño de su cargo.

La propuesta de cese se hará llegar a la Mesa de las Cortes para que la califique y se tramitará ante la Comisión Institucional o equivalente para que se incluya como punto en el orden del día de su siguiente sesión.

Dicho punto se iniciará con la exposición por parte del grupo proponente, a lo que seguirá un turno de palabra del resto de grupos en el que fijarán su posición al respecto.

La propuesta de cese se entenderá aprobada con la misma mayoría con la que contó el miembro del Consejo de Administración para su nombramiento por el Pleno de las Cortes de Aragón, atendiendo al voto ponderado de los miembros de la comisión.

Por este procedimiento no podrá realizarse ninguna propuesta de cese en los seis primeros meses tras la toma de posesión de sus cargos por parte de los miembros del Consejo de Administración ni durante el último año de la legislatura. Rechazada una propuesta de cese, no podrá presentarse una nueva propuesta sobre el mismo miembro hasta pasado un año.

Las vacantes que se produzcan serán cubiertas por las Cortes, según el procedimiento establecido en el apartado 1 del presente artículo y atendiendo siempre a la proporcionalidad de los grupos parlamentarios en la composición del conjunto de los miembros del Consejo de Administración.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 30

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Respecto al artículo uno, que daría nueva redacción al artículo 5 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone la supresión de la última frase del apartado e), en concreto, de la expresión «Las vacantes que se produzcan serán cubiertas por las Cortes, según el procedimiento establecido en el apartado 1 del presente artículo».


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 31

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Al artículo único. Añadir un nuevo punto Uno bis) con la siguiente redacción:

Uno bis) Se modifica el apartado 1 del artículo 6, que pasa a tener la siguiente redacción:

«1. El Consejo de Administración elegirá entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. El Presidente, en caso de empate, tendrá voto de calidad.

Para la elección del Presidente y Vicepresidente, cada miembro del Consejo de Administración escribirá un solo nombre en la papeleta de votación facilitada al respecto, y resultará elegido Presidente quien obtenga más votos, y Vicepresidente quien obtenga el segundo mayor número de votos. Para la elección de Secretario, se procederá de igual forma que para Presidente resultando elegido quien obtenga mayor número de votos.

Si del resultado de dicha votación no se produjera la elección de alguno de estos cargos, se procederá a una nueva votación, solo para dicho puesto, resultando elegido el que más votos obtenga.»


MOTIVACIÓN

Más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 32

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Respecto al artículo 2, que daría nueva redacción al apartado 2 del artículo 6 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone la supresión de su última parte: «y un representante del Consejo Asesor elegido por dicho Consejo entre sus miembros».


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 33

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Dos del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación del apartado 2 del artículo 6, sustituir el texto «un representante» por «dos representantes».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 34

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Tres del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación de la letra b) del artículo 7, sustituir el texto completo por el siguiente:

«b) Proponer a las Cortes de Aragón el nombramiento del Director/a General de la Corporación y de los Directores/as de las sociedades de la Corporación, atendiendo a criterios de independencia y experiencia profesional en la administración de sociedades y en el ámbito de la comunicación y los medios audiovisuales.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 35

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Tres del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación de la letra d) del artículo 7 sustituir el texto completo por «Proponer a las Cortes de Aragón el cese del Director/a General y de los Directores/as de las sociedades de la Corporación».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 36

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al artículo único. Punto Tres, en lo que hace referencia al artículo 7, que quedará redactado como sigue:

«Tres. Se modifican las letras b), c), d) y e) del artículo 7, que pasan a tener la siguiente redacción:

b) ... Igual...

c) ... Igual...

d) ... Igual...

e) Aprobar, a propuesta del Director General, el plan de actividades de la Corporación que recogerá los principios básicos y fijará las líneas generales de la programación, así como los correspondientes planes de actuación de sus Sociedades.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 37

A LA MESA DE LA CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Añadir un nuevo punto en al artículo único, punto tres, de modificación del artículo 7 de la Ley 8/1987 de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, cuya redacción sería:

«7. m) Actuar como órgano de contratación de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, así como de sus sociedades, con la opinión de la Dirección General y de la Dirección de las sociedades.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 2 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 38

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir tras «El Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión» añadir «deberá ser un profesional con una experiencia mínima en el sector de cinco años».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 39

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Se propone sustituir la redacción del artículo cinco, que modifica el apartado 1 del artículo 9 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, por la siguiente redacción:

«El Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión será nombrado por mayoría de dos tercios de las Cortes de Aragón, a propuesta del Consejo de Administración, conforme a criterios de excelencia en su independencia, experiencia, deontología profesional y eficacia en la gestión.

Si transcurridas veinticuatro horas desde la primera votación en las Cortes de Aragón no se alcanzase la mayoría de dos tercios, éstas lo elegirán por tres quintos.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 40

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado cinco del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación del apartado 1 del artículo 9 el sustituir el texto completo por «El Director/a de la Corporación de Radio y Televisión y los Directores/as de sus sociedades serán nombrados por mayoría absoluta de las Cortes de Aragón, a propuesta del Consejo de Administración, previa comparecencia en audiencia pública en las Cortes de Aragón con el fin de que estas puedan informarse de su idoneidad para los cargos antes de su elección».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 41

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Artículo único, punto cinco. (Modificación del apartado 1 del artículo 9)

Sustituir «por mayoría absoluta» por «con la aprobación de dos tercios, en primera vuelta, o tres quintos, en segunda».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 42

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), al amparo de lo establecido en el artículo 123.3 y 5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir tras «El Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión» añadir «será nombrado por dos tercios de las Cortes de Aragón».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

SUSANA GASPAR MARTÍNEZ


ENMIENDA NÚM. 43

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al Artículo único. Punto Cinco. Al final de este punto:

Donde dice: «... idoneidad para el cargo antes de su elección.», deberá decir: «... idoneidad para el cargo antes de su votación.».


MOTIVACIÓN

Más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 44

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir un artículo cinco bis que sustituya el apartado 2 del artículo 9 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, por la siguiente redacción:

«El candidato o candidata propuesta deberá comparecer previamente en audiencia pública en las Cortes de Aragón, en la Comisión Institucional o aquella equivalente, con el fin de que éstas puedan informarse de su idoneidad para el cargo antes de su elección. La comparecencia tendrá por objeto acreditar su competencia profesional para el desempeño del cargo.

Se invitará al candidato o candidata propuesto a efectuar una declaración oral preliminar que no excederá de quince minutos sobre su competencia profesional e idoneidad. Posteriormente, se abrirá un turno de preguntas de los grupos parlamentarios y solicitudes de información sobre cualesquiera aspectos relativos a la idoneidad que se considere oportuno sin límite de tiempo que podrán incluir cuestiones relativas a su trayectoria, vínculos empresariales, deontología profesional, etc. Antes de que concluya la audiencia, se ofrecerá al candidato/a la oportunidad de efectuar una breve declaración final. Se realizará una transmisión audiovisual en directo de la audiencia mediante los canales de que disponen las Cortes de Aragón.

Inmediatamente finalizada la audiencia, los representantes de los grupos parlamentarios continuarán la sesión, ya sin el candidato/a, para proceder a su evaluación. En esta reunión los representantes de los grupos parlamentarios deliberarán si en su opinión, el candidato/a propuesto posee las cualificaciones necesarias para desempeñar las funciones específicas del puesto y no existen causas de incompatibilidad o de otro tipo. Se elaborará un modelo de formulario que facilite la evaluación baremándose cuestiones relativas a la formación, experiencia, trayectoria, ética profesional y compatibilidad empresarial, tras lo cual se realizará una votación sobre la idoneidad del candidato/a, que se aprobará por mayoría simple y se elevará a la Mesa de las Cortes.

Si es rechazado en este trámite, el Consejo de Administración de la Corporación tendrá 15 días de plazo para proponer un nuevo candidato/a.»

Los actuales apartados 2 y 3 del artículo 9 de la Ley 8/1987 pasarían a ser los apartados 3 y 4 respectivamente.


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 45

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Al artículo único. Añadir un nuevo punto Cinco bis) del siguiente tenor.

Cinco bis) Se modifica el apartado 3 del Artículo 9, que pasa a tener la siguiente redacción:

«3. El cargo de Director General es incompatible con el desempeño de cualquier otro cargo público, estando sujeto, asimismo, al régimen de incompatibilidades fijado para los miembros del Consejo de Administración, salvo continuidad en el cargo.»


MOTIVACIÓN

Precisión necesaria.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 46

A LA MESA DE LA CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Añadir en el artículo único , punto seis, la eliminación del punto d) del artículo 10 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 2 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 47

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Siete del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación del artículo 11, el sustituir el texto «Director General» por «Director/a General y a los Directores/as de las Sociedades».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 48

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Respecto al artículo siete, que modificaría el artículo 11 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone con la siguiente redacción:

«1. Son causas de cese del Director General las siguientes:

a) Imposibilidad física o enfermedad de duración superior a tres meses continuos.

b) Incompetencia manifiesta o actuación contraria a los criterios, principios u objetivos a que se refiere el artículo 2 de esta Ley.

c) Condena en sentencia firme por delito doloso.

d) Por incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad.

2. El Consejo de Administración, mediante propuesta motivada aprobada por mayoría absoluta de sus miembros, podrá solicitar el cese del Director General por parte del Gobierno de Aragón.

La propuesta de cese se hará llegar a la Mesa de las Cortes para que se incluya como punto en el orden del día del siguiente Pleno.

Dicho punto se iniciará con la lectura de la propuesta motivada de cese proveniente del Consejo de Administración, a lo que seguirá un turno de palabra en el que los distintos grupos fijarán su posición al respecto.

La propuesta de cese se entenderá aprobada con la misma mayoría que fue necesaria para el nombramiento del Director General por el Pleno de las Cortes de Aragón.

En caso de aprobarse la propuesta de cese, el Gobierno de Aragón procederá a cesar al Director General y, en un plazo de quince días, el Consejo de Administración iniciará el trámite para el nombramiento de un nuevo Director General conforme al procedimiento regulado en la presente ley.

3. En caso de que el Director General fuera investigado judicialmente por delitos relacionados con el desempeño de un cargo público, será automáticamente suspendido de sus funciones hasta que se resuelva su situación procesal o entre en alguna de las causas de cese del apartado 1.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 49

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN

Se propone la sustitución del artículo ocho, que modificaría el artículo 13 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, con la siguiente redacción:

«El Consejo Asesor es el órgano de participación de la sociedad civil en la Corporación. Los miembros del Consejo Asesor son elegidos por el Pleno de las Cortes de Aragón a propuesta de los grupos parlamentarios por una mayoría de dos tercios en primera votación y de tres quintos en segunda, con la siguiente composición:

a) Dos vocales representantes de los trabajadores de la Corporación y de sus sociedades, elegidos con criterios de representación y proporcionalidad referidos a la implantación de las organizaciones sindicales.

b) Tres vocales representante de los trabajadores de las empresas privadas que prestan servicios de producción audiovisual para la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades.

c) Cuatro vocales propuestos por las asociaciones profesionales (periodistas,, profesionales en materia de producción audiovisual, publicidad, guionistas, entre otros).

d) Un vocal propuesto por la Universidad de Zaragoza y otras instituciones de formación superior de carácter público en estas materias.

e) Dos vocales propuestos por las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.

f) Un vocal propuesto por las entidades de las personas con discapacidad auditiva y visual.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 50

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Ocho del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación del artículo 13, letra b), sustituir «Un vocal» por «Tres vocales».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 51

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Artículo único, punto ocho. (Modificación del artículo 13)

Suprimir, en el apartado de la letra d), «superior».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 52

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Artículo único, punto ocho. (Modificación del artículo 13)

Suprimir el apartado de la letra g).


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 53

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Artículo único, punto ocho. (Modificación del artículo 13)

Añadir: «Dos vocales designados por la Diputación General, a propuesta de las instituciones y asociaciones en defensa de la historia, la cultura y el patrimonio de Aragón».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 54

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Se propone en el apartado Nueve del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en la modificación del apartado 2 del artículo 14, sustituir el texto «del representante» por «de los representantes».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 55

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Respecto al artículo nueve, que modificaría el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se propone sustituir la expresión «asistirá a las reuniones» por «formará parte a todos los efectos».


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 56

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de Creación, Organización y Control Parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Tras el artículo 9 del Proyecto de Ley, añadir el siguiente artículo:

Nueve bis. Se modifica el artículo 16, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Artículo 16.

1. La gestión de los servicios públicos de radiodifusión y televisión será realizada por una o varias Empresas públicas que revestirán la forma de Sociedades, regidas por el Derecho privado sin más excepciones que las previstas en la presente Ley.

2. Por la presente Ley se autoriza a la Diputación General para la creación de las citadas Empresas públicas en forma de Sociedades Anónimas previo informe del Consejo de Administración de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

Una vez creadas, la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión requerirá la autorización de la Diputación General para la realización, en su caso, de operaciones de aumento y reducción del capital social, de transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de las sociedades o de cualesquiera otras operaciones de modificación estructural sobre las mismas.

Asimismo, se autoriza a la Diputación General para crear otras Empresas, bajo la forma de Sociedad Anónima, en las áreas de comercialización, producción, comunicación, o en otras análogas con el fin de conseguir una gestión eficaz.

3. El capital de las Sociedades prestadoras de los servicios de radiodifusión y televisión será íntegramente suscrito y desembolsado por la Diputación General de Aragón, a través de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, que detentará su titularidad y no podrá enajenarse, hipotecarse, gravarse, pignorarse, embargarse o cederse en cualquier forma onerosa o gratuita.»


MOTIVACIÓN

Se considera más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

JAVIER SADA BELTRÁN


ENMIENDA NÚM. 57

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Se propone suprimir el artículo 17 completo de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 58

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

Patricia Luquin, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la corporación aragonesa de radio y televisión.


ENMIENDA DE SUPRESIÓN

Se propone suprimir el apartado Diez del artículo único por el que se modifica la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más oportuno.

En Zaragoza, a 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

PATRICIA LUQUIN CABELLO


ENMIENDA NÚM. 59

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al Artículo único, punto Diez, en lo que hace referencia al apartado 1 del artículo 17.

Donde dice: «... el cual deberá emitir un informe favorable a su nombramiento.», deberá decir: «... el cual deberá emitir un informe vinculante y previo a su nombramiento».


MOTIVACIÓN

Más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 60

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Al Artículo único. Añadir un nuevo punto Diez bis) con la siguiente redacción:

Diez bis) Se modifica el apartado 4 del artículo 17 que pasa a tener la siguiente redacción.

«4. El cargo de Administrador estará sujeto al mismo régimen de incompatibilidades que el de los miembros del Consejo de Administración y el Director de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, salvo continuidad en el cargo.»


MOTIVACIÓN

Precisión necesaria.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 61

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir un artículo Diez bis, que incorpore un artículo 19 bis a la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, con la siguiente redacción:

«En el caso de que la Corporación contrate con otras entidades para completar su programación o con cualquier otro objeto en cumplimiento de sus fines, se promoverá la pluralidad entre aquellas entidades contratadas, incluyendo entre los objetos de contratación la promoción de la producción audiovisual por parte de pymes independientes.

El Consejo de Administración deberá aprobar las citadas propuestas de contratación, con el objetivo de que pueda intervenir en su diseño y hacer efectivos los citados criterios de contratación.

Las empresas contratadas deberán en todo caso cumplir con la legislación laboral, con criterios de reducción de la brecha salarial entre hombres y mujeres y entre cargos directivos y empleados/as, de transferencia tecnológica al sector y a la ciudadanía, así como las obligaciones derivadas de la negociación colectiva en el sector.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 62

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Al Artículo único. Añadir un nuevo punto Diez ter) con la siguiente redacción:

Diez ter) Se modifica el Artículo 24, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Artículo 24.

1. La Cortes de Aragón ejercerán el control parlamentario de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión, del Cumplimiento de sus principios inspiradores fijados en el artículo 2, de la actuación de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y de sus Sociedades, así como de las comparecencias en audiencias públicas con el fin de poder informarse respecto de la idoneidad de los candidatos para aquellos cargos que así prevea esta ley, mediante una Comisión de Control Permanente no Legislativa compuesta por un representante de cada grupo parlamentario y de conformidad con lo que disponga el Reglamento de la Cámara.

2. El Director General comparecerá ante dicha Comisión parlamentaria una vez al trimestre y cuanto ésta lo convoque a fin de dar cuenta de la información que le sea requerida.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo necesario.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 63

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Al Artículo único. Punto Once, que hace referencia a la Disposición Adicional Tercera:

Donde dice: «... para un periodo de tres años a partir de...», deberá decir: «... para un periodo de cuatro años a partir de...».


MOTIVACIÓN

Más adecuado.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


El Portavoz

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR


ENMIENDA NÚM. 64

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Artículo único, punto 11, disposición adicional tercera.

Sustituir «para un periodo de tres años» por «para un periodo de cinco años».


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 65

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Artículo único, once bis. Añadir una nueva disposición adicional.

«Archivo Audiovisual de Aragón.

1. La Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades conservarán y gestionarán un Archivo Audiovisual y Sonoro de Aragón, como fondo histórico audiovisual de Aragón. Este archivo estará integrado por los contenidos audiovisuales sobre los que CARTV ostente los derechos de explotación, bien por ser tales contenidos de producción propia, bien por haber sido adquiridos los derechos sobre los mismos por cualquier acto inter vivos o mortis causa.

2. El Archivo Audiovisual de Aragón se encontrará a disposición del Gobierno de Aragón y de las Cortes de Aragón para el desempeño de sus competencias y sus fines institucionales.

3. La Corporación promoverá líneas de investigación y de colaboración con universidades e instituciones, e implementará la custodia y digitalización automatizada del archivo.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 66

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Artículo único, once ter. Añadir una nueva disposición adicional.

«En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, el Gobierno de Aragón presentará un plan estratégico plurianual de promoción de la creación audiovisual en Aragón, que englobe tanto las actuaciones de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, incluidas las previstas en la Ley General de Comunicación Audiovisual, como las líneas de ayudas a la producción audiovisual que vaya a convocar el Gobierno, así como las previsiones, en su caso, para una Film Commission de Aragón. Este plan se elaborará contando con la participación del sector.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 67

A LA MESA DE LA COMISION INSTITUCIONAL:

El Grupo Parlamentario Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Artículo único, once quater. Añadir una nueva disposición adicional.

«En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, se aprobará en el Consejo de Administración, previo informe del Consejo Asesor, un Estatuto de los profesionales que presten sus servicios para los informativos de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. Este Estatuto es un instrumento destinado a garantizar la profesionalidad e independencia tanto de los profesionales de la información como de los contenidos y programas de los servicios informativos prestados por las sociedades.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

En el Palacio de la Aljafería, a 3 de diciembre de 2015.


La Portavoz adjunta

MARÍA HERRERO HERRERO


ENMIENDA NÚM. 68

A LA MESA DE LA CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Mixto (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 154 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Añadir al artículo único de modificación de la Ley 8/1987 de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, un punto 13 con el siguiente texto:

Disposición adicional:

«El Gobierno de Aragón presentaría en esta legislatura una Ley de la Comunicación Audiovisual aragonesa.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo importante.

En el Palacio de la Aljafería, a 2 de diciembre de 2015.


El portavoz

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ


ENMIENDA NÚM. 69

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir un artículo trece que introduzca una disposición transitoria 2.ª en la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, con la siguiente redacción:

«Antes del final de 2016, el Gobierno de Aragón habrá realizado un estudio económico externo que evalúe los eventuales costes de un proceso de internalización de los programas informativos de la Corporación y audite las cuentas de la Corporación en los ejercicios cerrados de 2010 a 2015.

Las características técnicas del estudio y su monitorización se realizarán por parte del Consejo de Administración de la Corporación y del Consejo Asesor, con la participación de la Universidad de Zaragoza, de los trabajadores y de los sectores sociales implicados.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 70

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir un artículo catorce que introduzca una disposición transitoria 3.ª en la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, con la siguiente redacción:

«De manera inmediata, el Consejo de Administración, a partir de los recursos y servicios de la Corporación, elaborará un plan de renovación de instalaciones y tecnología de la misma que garantice unas condiciones adecuadas para el desempeño de sus tareas por parte de los y las trabajadoras y la calidad oportuna de las emisiones. Los órganos competentes de la Corporación ejecutarán el citado plan con fecha límite el mes de diciembre de 2017.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO


ENMIENDA NÚM. 71

A LA MESA DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL:

María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, al amparo de lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.


ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone añadir un artículo quince que introduzca una disposición transitoria 4.ª en la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, con la siguiente redacción:

«Antes del final de 2016, el Gobierno de Aragón habrá elaborado un plan para el fomento y apoyo de la producción audiovisual aragonesa procedente de pequeñas empresas que no estén integradas en o participadas por grupos de comunicación con características de mediana o gran empresa, entre cuyos objetivos se encontrarán la promoción de la cultura, territorio, tradiciones y lenguas propias de Aragón.

Dicho plan contará con la participación del Instituto Aragonés de Fomento, la Dirección General de Cultura, la Dirección General de Industria y la propia Corporación.

La dotación para la ejecución del plan supondrá, al menos, el tres por ciento del presupuesto anual de la Corporación.»


MOTIVACIÓN

Por considerarse más conveniente.

Zaragoza, 4 de diciembre de 2015.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664