Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Enmienda presentada a la Proposición no de Ley núm. 380/13, sobre la revalorización de las pensiones.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:184 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite la enmienda presentada por el G.P. del Partido Aragonés a la Proposición no de Ley núm. 380/13, sobre la revalorización de las pensiones, publicada en el BOCA núm. 176, de 2 de octubre de 2013, cuyo texto se inserta a continuación.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 23 de octubre de 2013.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


A LA MESA DEL PLENO DE LA CÁMARA:

Antonio Ruspira Morraja, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 380/13, relativa a la revalorización de las pensiones.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

Sustituir la Proposición no de Ley por el siguiente texto:

«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a dirigirse al Gobierno de España para trasladarle que:

1. Ante la reforma presentada del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, garantice tanto su suficiencia y sostenibilidad financiera como unas pensiones de jubilación que aseguren la cohesión social y respeten equitativa y solidariamente los derechos de cotizantes y perceptores.

2. Promueva y gestione, igualmente con los plazos precisos, la culminación de la citada reforma bajo los principios de diálogo social y político, y definición por el más amplio consenso posible del factor de sostenibilidad y del índice de revalorización de las pensiones, así como de las condiciones de su aplicación, que han de basarse necesariamente en criterios de progresividad y de protección social, al objeto de alcanzar un acuerdo que suponga el cumplimiento continuado a futuro del mandato contenido en el artículo 50 de la Constitución Española.

3. Valore especialmente, a fin de articular las medidas previstas en el Estatuto de Autonomía de Aragón u otras alternativas viables en su caso, la decisiva incidencia de cualquier reforma del sistema de pensiones sobre un territorio y una sociedad como la Comunidad aragonesa, particularmente implicados en el proceso general de envejecimiento demográfico de España y afectados por otros factores como la dispersión, la baja densidad de población o los desequilibrios territoriales.»


MOTIVACIÓN

Por considerarlo más conveniente.

Zaragoza, 23 de octubre de 2013.


El Diputado

ANTONIO RUSPIRA MORRAJA

V.º B.º

El Portavoz

ALFREDO BONÉ PUEYO

CORTES DE ARAGÓN
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T 976 289 528 / F 976 289 664