Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


Corrección de errores del Proyecto de Ley de Carreteras de Aragón

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:198 (II Legislatura) PDF

Observada omisión de la exposición de motivos del Proyecto de Ley de Carreteras, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón número 191, de 6 de marzo de 1991, se procede a su inserción.

PREAMBULO

La Constitución Española establece en su artículo 148.1.5 que las Comunidades Autónomas podrán asumir entre otras, competencias en materia de carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma. Asimismo la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Aragón, artículo 35.1.6, le atribuye, con carácter exclusivo, dicha competencia en materia de carreteras.

Aprobada la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras (BOE de 30 de julio), se advierte un vacío legislativo en materia de carreteras, ya que la citada Ley limita su ámbito a la red de carreteras de interés general del Estado y no recoge, por tanto, las peculiaridades del resto de las redes de carreteras que se integran en el territorio aragonés.

Consolidada la autonomía y obtenida la competencia suficiente en materia de carreteras, se hace imprescindible abordar la legislación que regule los variados aspectos del servicio viario.

Esta Ley de Carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón trata de cumplir esa misión, mediante normas que responden, tanto a las nuevas exigencias técnicas y a las actual es demandas de los usuarios, como a la organización del territorio aragonés: realidad nacida de la Constitución.

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