Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON

Memoria anual de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón correspondiente al año 2017.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:282 (IX Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2018, ha conocido la Memoria anual de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al año 2017, enviada por el Fiscal Superior de Aragón en cumplimiento del artículo 66.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, y, a la vista de lo dispuesto en el artículo 245 del Reglamento de las Cortes de Aragón, ha acordado su tramitación ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario.

Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón.

Zaragoza, 10 de octubre de 2018.


La Presidenta de las Cortes

VIOLETA BARBA BORDERÍAS


Memoria anual de la Fiscalía

de la Comunidad Autónoma de Aragón

correspondiente al año 2017

CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS

1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría

2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos

3. Organización general de la Fiscalía

4. Sedes e instalaciones

5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía

6. Instrucciones generales y consultas

7. Exposición general de las Fiscalías Provinciales

CAPÍTULO II. ACTIVIDAD DE LAS FISCALÍAS TERRITORIALES

1. Penal

1.1. Evolución de los procedimientos penales

1.2. Evolución de la criminalidad

2. Civil

3. Contencioso-administrativo

4. Social

5. Otras áreas especializadas

5.1. Violencia doméstica y de género

5.2. Siniestralidad laboral

5.3. Medio ambiente y urbanismo

5.4. Extranjería

5.5. Seguridad vial

5.6. Menores

5.7. Cooperación internacional

5.8. Delitos informáticos

5.9. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal

5.10. Vigilancia penitenciaria

5.11. Delitos económicos

5.12. Tutela penal de la igualdad y contra la discriminación

CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS

1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría

1.1. Fiscales

La plantilla de Fiscales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón no sufrió variación durante el año 2017, siendo la siguiente:

Fiscal Superior: Excmo. Sr. D. José M.ª Rivera Hernández.

Teniente Fiscal: Ilmo. Sr. D. Enrique Pera Elfau.

Fiscal: Ilmo. Sr. D. Carlos Sancho Casajús.

1.2. Personal de Secretaría

Desempeñan funciones en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, además de las que desempeñan en la Fiscalía Provincial de Zaragoza, las siguientes funcionarias:

D.ª María del Mar Valero Sánchez

D.ª Carmen Ayerbe Vinué

D.ª Lucía Agudo Hernández

1.3. Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón

La jefatura de dicha Unidad sigue siendo desempeñada por D.ª M.ª Pilar Posac Marcén, perteneciente al cuerpo de Administradores Superiores, funcionaria del grupo A, de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Colabora en sus funciones la funcionaria del cuerpo administrativo de la Comunidad Autónoma de Aragón D.ª Carmen Montesinos Aguarón, quien sigue desempeñando estas funciones mientras el funcionario titular de esta plaza, D. César Artal González, continúe en otro puesto en la Comunidad Autónoma en comisión de servicio.

2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos

2.1. Fiscales

No ha habido ninguna incidencia respecto de los Fiscales integrantes de la plantilla.

2.2. Personal de Secretaría

Ante la falta de personal específico de secretaría en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, continúan los funcionarios de la Fiscalía Provincial de Zaragoza desempeñando tales funciones, compaginándolas con las suyas propias.

Al jubilarse en julio de 2017 la funcionaria D.ª María del Carmen Vázquez Toante, que desarrollaba funciones de secretaría particular, su puesto fue ocupado por D.ª María del Mar Valero Sánchez, perteneciente igualmente a la plantilla de la Fiscalía Provincial de Zaragoza.

En la reunión de la Comisión Mixta de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal, celebrada el día 29 de noviembre de 2017, se acordó que, cuando se termine la implantación del nuevo sistema de gestión procesal, se pondría en marcha el nuevo modelo de Oficina Fiscal. A tal efecto se acordó que la Jefa del Servicio de Personal de la Dirección General de Justicia e Interior y la Jefa de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón elaborarían un primer documento de trabajo con un diseño básico de Oficina Fiscal aplicable a Zaragoza, Huesca y Teruel, para remitirlo posteriormente a la mesa de negociación sindical.

La implantación de la Nueva Oficina Fiscal supondría la dotación de personal a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, independientemente del correspondiente a las Fiscalías Provinciales.

Continúa el compromiso por parte de la Comunidad Autónoma de mantener dos funcionarios de refuerzo en la Fiscalía Provincial, que prestarán sus servicios en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, en tanto no se creen dos plazas del cuerpo de tramitación procesal para esta Fiscalía.

2.3. Unidad de Apoyo al Fiscal Superior

No ha habido ninguna incidencia respecto de los integrantes de dicha Unidad.

3. Organización general de la Fiscalía

Las relaciones con las autoridades de la Comunidad Autónoma, que tiene competencias transferidas en materia de Administración de Justicia, así como con las autoridades del Estado existentes en la Comunidad, las lleva a cabo el Fiscal Superior, quien además forma parte de la Comisión de Garantías de Videovigilancia, que es presidida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia.

El Teniente Fiscal asiste a las reuniones convocadas por el Fiscal de Sala de lo Contencioso Administrativo, mientras que el Fiscal asiste a las convocadas por el Fiscal de Sala de lo Civil y por la Fiscal de Sala de lo Social.

Los asuntos cuyo despacho corresponde a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma son comentados entre el Fiscal Superior, el Teniente Fiscal y el Fiscal, especialmente aquellos que revisten una mayor importancia.

Especial referencia a la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón

La actuación de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior, durante los nueve años de su existencia, ha sido y sigue siendo una pieza fundamental e indispensable en todo lo relativo a la logística del funcionamiento de las Fiscalías de Aragón, en especial en la organización, coordinación y control de la utilización de las aplicaciones informáticas.

La gestión de medios materiales e informáticos, así como la confección de estadísticas y el apoyo en la utilización de las aplicaciones informáticas queda facilitada por la labor de la Unidad de Apoyo con cuya Jefa se despacha diariamente.

En estos momentos de transición a una nueva aplicación informática, adquiere un especial relieve la importancia de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior para que dicha transición se lleve a cabo de una manera eficiente.

Igualmente ha sido y sigue siendo una pieza fundamental en las relaciones de cooperación institucional entre el Ministerio Fiscal y la Comunidad Autónoma de Aragón, relaciones que no hubieran sido tan fluidas, como lo han sido hasta ahora, sin la labor que desempeña la Unidad de Apoyo.

La eficacísima labor de la Unidad de Apoyo ha sido elogiada en repetidas ocasiones no sólo por los integrantes de las Fiscalías aragonesas sino también, y con frecuencia, por la Fiscalía General del Estado.

En el «Modelo de Unidad de Apoyo al Fiscal Superior», elaborado por la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado, se cita como ejemplo a la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón. Así dice textualmente: «Las funciones de dirección y gobierno del Fiscal Superior requieren de un servicio especializado a cargo de personal de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma. Buen ejemplo es la Unidad de Apoyo de la Fiscalía de Aragón, donde asume la dirección y coordinación de la unidad y presta apoyo especializado al Fiscal Superior en sus funciones de planificación organizativa y en la toma de decisiones de gestión y organización».

4. Sedes e instalaciones

No se ha producido ninguna novedad en las instalaciones de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón que, como se ha indicado en anteriores memorias, tiene su sede en el Palacio de Justicia de Zaragoza. El despacho del Fiscal Superior se encuentra ubicado en la segunda planta, compartiendo secretaría personal con el Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza.

Los despachos del Teniente Fiscal y del Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se encuentran ubicados en la tercera planta.

La Unidad de Apoyo al Fiscal Superior se encuentra ubicada en la cuarta planta.

La ubicación en distintas plantas se debe a las características singulares del edificio, al tratarse de un palacio del siglo XVII. No obstante, esta ubicación no es obstáculo para una continua comunicación entre los integrantes de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma.

5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía

En el año 2017 se ha producido una importante novedad respecto de la aplicación informática de las Fiscalías de Aragón, las cuales hasta ahora venían utilizando como aplicación informática procesal la denominada «Fortuny» que es también la utilizada en aquellas Comunidades Autónomas en las que no se han transferido las competencias en materia de Administración de Justicia.

El Boletín Oficial de Aragón de fecha 7 de noviembre de 2017 publicó la Orden de 9 de octubre de dicho año por la que se disponía la publicación del convenio de cooperación entre la Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma de Aragón sobre cesión de uso del sistema de información «Avantius Sistema de Gestión de Justicia».

Para la implantación del sistema «Avantius» se creó un Comité de Dirección, en el que participan, junto a otros operadores jurídicos, el Fiscal Superior de Aragón y los Fiscales Jefes Provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel. También se crearon numerosas comisiones sectoriales a fin de que, mediante reuniones con la empresa Tracasa, encargada de la implantación del nuevo sistema de gestión procesal, se consiguiera una adecuada implantación en los órganos judiciales y en las Fiscalías de Aragón.

Para una mayor operatividad se acordó que, puesto que la implantación del nuevo sistema tendría lugar sucesivamente en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza, por ese orden, dicho sistema fuera implantado en cada una de las Fiscalías Provinciales una vez implantado en los órganos judiciales de su provincia y por último en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El calendario de implantación prevé un completo desarrollo del nuevo sistema en todo Aragón a mediados del año 2018.

Desde la Fiscalía se hizo especial hincapié en que el nuevo sistema, que suponía un indudable avance en la actuación del Ministerio Fiscal en los procedimientos, contemplara igualmente la confección de las estadísticas propias de la Fiscalía.

Han sido numerosas las reuniones mantenidas por el Comité de Dirección y por las Comisiones sectoriales, estando previstas otras en el año 2018 para conseguir una implantación adecuada del nuevo sistema.

6. Instrucciones generales y consultas

Las Circulares, Instrucciones y Consultas que se reciben de la Fiscalía General del Estado se remiten a todos los Fiscales por correo electrónico para su conocimiento y posteriormente se comprueba el cumplimiento de las mismas.

7. Exposición general de las Fiscalías Provinciales

7.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

7.1.1. Recursos humanos

La plantilla de la Fiscalía Provincial de Zaragoza está compuesta por 35 Fiscales: Fiscal Jefe Provincial, Teniente Fiscal, 28 Fiscales de segunda categoría y 5 Fiscales de tercera categoría.

La Sección Territorial de Calatayud, dependiente de la Fiscalía Provincial de Zaragoza está compuesta por 3 Fiscales: Fiscal Decana, 1 Fiscal de segunda categoría y 1 Fiscal de tercera categoría.

En cuanto al personal de Secretaría, en la Fiscalía Provincial de Zaragoza con sede en la capital, sigue estando compuesto por 5 funcionarios de gestión, 19 de tramitación y 7 de auxilio. La Sección Territorial de Calatayud cuenta con dos funcionarios de tramitación y 1 funcionaria de auxilio.

7.1.2. Sedes e instalaciones




7.1.2.1. Sección de la Fiscalía que atiende la Audiencia Provincial

No se han producido novedades en este año. El nuevo edificio de la Audiencia Provincial de Zaragoza, situado junto al actual Palacio de Justicia, alberga las seis secciones de la Audiencia, que son atendidas por los seis Fiscales, cuyos despachos se encuentran en el Palacio de Justicia, unido a la Audiencia Provincial por un puente. Los Fiscales tienen todos ellos despacho individual y el espacio ocupado por la Fiscalía es amplio y digno.

El despacho de la Teniente Fiscal está ubicado en la tercera planta, mientras que los despachos de los demás Fiscales que atienden la Audiencia Provincial están ubicados en la cuarta planta del edificio.

7.1.2.2. Sección de la Fiscalía que atiende los Juzgados unipersonales

La Sección de la Fiscalía que atiende los Juzgados unipersonales se encuentra ubicada en la planta 3.ª de la Zona B de la Nueva Ciudad de la Justicia, sita en los edificios que, en su día, sirvieron para la Exposición Internacional de Zaragoza 2008.

Parece solucionado de momento el problema de presencia de murciélagos en el falso techo cuyos excrementos obligaron obligado a cerrar uno de los despachos.

Además la Fiscalía cuenta con un despacho junto a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, para atender el servicio de guardia en los mismos, y con dos despachos, uno para el Fiscal y otro para los funcionarios, en las dependencias del Juzgado de Guardia, sitas en la planta baja de la Zona E.

En el edificio destinado a los Juzgados civiles, contencioso-administrativos y sociales, la Fiscalía cuenta con un despacho para ser utilizado por los Fiscales que asisten a las vistas de dichos Juzgados.

7.1.2.3. Sección de Menores de la Fiscalía

Todos los organismos que afectan a los menores: Juzgados, Fiscalía, Equipos Técnicos, Servicio de Medio Abierto, están ubicados en la planta 2.ª de la Zona D, que forma un cuadrado en uno de cuyos lados se ubica la Fiscalía, con cuatro despachos para las Fiscales, una sala de reuniones y una Secretaría.

7.1.2.4. Sección Territorial de Calatayud

No se han producido variaciones respecto de años anteriores. La Fiscalía está ubicada en el mismo edificio que los dos Juzgados de Instrucción de Calatayud. Las dependencias de Fiscalía constan de un despacho para dos Fiscales, otro despacho donde se ubica un Fiscal y una dependencia para secretaría, donde se ubican tres funcionarios.

7.1.3. Medios tecnológicos

Nos remitimos a lo indicado respecto de la implantación en las Fiscalías de Aragón del nuevo sistema de gestión procesal. Hasta tanto dicha implantación no se produzca, se siguen utilizando las comunicaciones vía lexnet para la recepción de notificaciones y la presentación de escritos en la Sección de la Fiscalía Provincial de Zaragoza que despacha los asuntos civiles, sociales y contencioso-administrativos.

7.2. Fiscalía Provincial de Huesca

7.2.1. Recursos humanos

La plantilla de la Fiscalía Provincial de Huesca está compuesta por 12 Fiscales: Fiscal Jefe Provincial, Teniente Fiscal, 6 Fiscales en plaza de segunda categoría y 4 Fiscales en plaza de tercera categoría.

En fecha 18 de mayo del 2017 tomó posesión como nuevo Fiscal Jefe el Ilmo. Sr. D. Juan Andrés Baratech Ibáñez.

El personal de secretaría está formado por 10 funcionarios: 2 del cuerpo de gestión procesal, 5 del cuerpo de tramitación y 3 del cuerpo de auxilio judicial, a los que hay que añadir una sexta funcionaria de tramitación que desde hace tres años viene siendo renovada cada tres meses como refuerzo.

7.2.2. Sedes e instalaciones

La Fiscalía Provincial de Huesca está ubicada en el nuevo Palacio de Justicia. Las instalaciones responden plenamente a las exigencias del trabajo de la Fiscalía, teniendo además la ventaja de que en el mismo edificio se encuentran todos los órganos judiciales con sede en la capital oscense, algo que facilita enormemente el trabajo de los Fiscales y funcionarios de la Fiscalía. Tras más de dos años en las nuevas instalaciones, el balance es muy positivo.

7.2.3. Medios tecnológicos

Nos remitimos a lo indicado respecto de la implantación en las Fiscalías de Aragón del nuevo sistema de gestión procesal.

7.3. Fiscalía Provincial de Teruel

7.3.1. Recursos humanos

La plantilla de la Fiscalía Provincial de Teruel está integrada, como en años anteriores, por el Fiscal Jefe, la Teniente Fiscal, un Fiscal en plaza de segunda categoría y tres Fiscales en plazas de tercera categoría. La Sección Territorial de Alcañiz está integrada por la Fiscal Decana y una plaza de Abogado Fiscal.

En cuanto al personal de Secretaría, en la Fiscalía Provincial de Teruel con sede en la capital, sigue estando compuesto por una funcionaria de gestión, cuatro de tramitación y dos de auxilio. La Sección Territorial de Alcañiz cuenta con una funcionaria de tramitación y una funcionaria de auxilio.

No ha habido ninguna incidencia respecto a vacantes, sustituciones y refuerzos.

7.3.2. Sedes e instalaciones

La sede de la Fiscalía se halla ubicada actualmente en la Plaza de San Juan n.º 6 de Teruel (Centro de la Ciudad). En el año 2017 se realizaron importantes obras y mejoras en todas las dependencias del edificio, lo que motivó que la Fiscalía junto con la Audiencia y distintos Juzgados fueran trasladados a otro lugar, sito en la C/ San Vicente de Paúl, n.º 1 (conocido como la «Casa Blanca») de Teruel, hasta que terminó la primera fase.

Las obras se realizan en dos fases. La primera, en el antiguo edificio del Palacio de Justicia y la segunda en el edificio anexo, que pertenecía antiguamente a dependencias administrativas de la Comunidad Autónoma. Los dos edificios se unieron en el año 2009 ampliando de forma importante las instalaciones del Palacio de Justicia.

En el mes de diciembre de 2017, la Fiscalía volvió de nuevo a su antigua ubicación una vez concluidas parte de las obras. La duración aproximada fue de un año.

Los Funcionarios de Secretaría se hallan ubicados en la planta 2.ª del edificio después de las obras realizadas, mientras que los Fiscales están ubicados en la planta 3.ª. La separación de la Secretaría del lugar donde se encuentran situados los Fiscales dificulta el traslado de los expedientes, trabajo y comunicación.

En La sección Territorial de Alcañiz las dos Fiscales poseen cada una un despacho dotado de lo necesario para su trabajo.

Las Instalaciones de secretaría están dotadas de los necesarios medios materiales, pero se necesita un terminal de videoconferencia ya que sólo existe en la sede de Teruel.

En el Juzgado de Calamocha (Teruel) al que se desplaza un Fiscal para la asistencia a juicios y comparecencias, dispone de un despacho para uso del Fiscal con ordenador e impresora.

7.3.3. Medios tecnológicos

Nos remitimos a lo indicado respecto de la implantación en las Fiscalías de Aragón del nuevo sistema de gestión procesal.

Capítulo II. Actividad de las Fiscalías Territoriales

CAPÍTULO II.1. Actividad del Fiscal Superior de Aragón

1. Juntas de Fiscales Jefes Provinciales

Presididas por el Fiscal Superior, las juntas de Fiscales Jefes Provinciales tienen como misión unificar criterios de actuación e intercambiar problemas y soluciones relativos al funcionamiento de las Fiscalías.

En la Junta celebrada el 27 de junio de 2017 se trataron los siguientes temas: Informe del Fiscal Superior sobre lo tratado en la Junta de Fiscales Superiores. Presentación por los Fiscales Jefes Provinciales de una relación actualizada de los Fiscales encargados del despacho y control de la instrucción en cada Juzgado de Instrucción. Información por parte de los Fiscales al Fiscal Jefe de procedimientos, eventos de la guardia y juicios señalados que tengan especial relevancia (gravedad del hecho, trascendencia jurídica, notoriedad pública). Y obligación de comunicar al Fiscal Jefe o Teniente Fiscal hechos y modificaciones relevantes ocurridos durante la celebración de juicios orales. Control de los sobreseimientos en los procedimientos incoados por querella o denuncia del Ministerio Fiscal. Situación actual del problema de la destrucción de drogas intervenidas. Obtención de información a través del Punto Neutro Judicial. Comentario sobre el artículo 400 bis del Código Penal y su aplicación al uso indebido de tarjetas de aparcamiento para minusválidos, con referencia a una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza. Aplicación del artículo 227 del Código Penal y posibilidad de acumular todos los procedimientos hasta el momento del juicio oral. Aplicación del artículo 245.2 del Código Penal en los casos de ocupación de pueblos abandonados en el Pirineo y sentencia absolutoria por estado ruinoso de los mismos. Ingreso de un presunto homicida en el Módulo Penitenciario del Hospital Miguel Servet de Zaragoza, ordenado por la Juez de Instrucción n.º 2 de Monzón, sin brote psicótico diagnosticado. Aplicación del Baremo de indemnización en accidentes de circulación a las lesiones causadas en delitos de lesiones dolosas. Normalización de formatos de los modelos de escritos de acusación y «otrosíes».

En la Junta celebrada el 6 de noviembre de 2017 se trataron los siguientes temas: Transmisión a los Fiscales de los acuerdos adoptados en las Juntas de Fiscales Jefes. Influencia de la implantación de la nueva aplicación informática Avantius en la organización de las oficinas fiscales de las diferentes Fiscalías. Análisis del Decreto 87/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las pruebas periciales en el ámbito de la administración de justicia en Aragón. Proposición de los testigos pertenecientes a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Locales que hayan intervenido directamente en los hechos y puedan aportar luz sobre los mismos. Análisis de la dificultad para perseguir los delitos previstos en el artículo 457 del Código Penal. Temas a tratar en la próxima reunión de la Comisión Mixta Fiscalía-Comunidad Autónoma, a celebrar el próximo 29 de noviembre.

2. Inspección de las Fiscalías Provinciales

En cumplimiento del artículo 13.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, modificado por Ley 24/2007, de 9 de octubre, que atribuye a los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas la inspección ordinaria de las Fiscalías de su ámbito territorial, junto a la función inspectora que con carácter permanente tiene encomendada la Inspección Fiscal por delegación del Fiscal General del Estado, se realizaron en el año 2016 las siguientes inspecciones a las Fiscalías Provinciales.

En los primeros meses del año 2017 se procedió a inspeccionar la Fiscalía Provincial de Zaragoza, centrándose en la actuación de los Fiscales encargados del despacho y control de asuntos de los Juzgados de Instrucción de Zaragoza y provincia

El día 19 de junio de 2017 se procedió a la inspección de la Sección Territorial de Alcañiz, dependiente de la Fiscalía Provincial de Teruel, centrándose en los siguientes temas: Actuación del Ministerio Fiscal en el cumplimiento del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; reflejo en la aplicación informática Fortuny de la actuación de los Fiscales en la instrucción de los procesos; y cumplimiento de las indicaciones del anterior acta de inspección.

3. Determinación de las necesidades materiales de las Fiscalías

A través de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior se han seguido atendiendo a las necesidades materiales solicitadas por las tres Fiscalías Provinciales, transmitiendo las peticiones a la Comunidad Autónoma, competente en proporcionar dichos medios materiales, y haciendo un seguimiento de dichas peticiones.

4. Comisión Mixta de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal

Esta Comisión, creada en 2009, desempeña un importante papel en las relaciones de la Fiscalía con la Comunidad Autónoma.

En la reunión de 8 de junio de 2017, presidida por el Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, se trataron los siguientes temas: 1.- Dación de cuenta de las obras que se van a realizar durante el año 2017, de acuerdo con el Plan de Seguridad informado por la Unidad de Policía Adscrita (UPA). Estado de las obras del Palacio de Justicia de Teruel. Climatización de las instalaciones. 2.- Informe sobre exploración de sistemas de gestión procesal alternativos a «Fortuny». Fiscalía Digital. Equipamiento informático del Palacio de Justicia de Teruel. 3.- Informe uso de «Lexnet» en Aragón. 4.- Singularización del presupuesto de la Fiscalía en la Comunidad Autónoma de Aragón. 5.- La Oficina Fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón. 6.- Personal de refuerzo destinado en Fiscalía. 7.- Gastos de representación asignados al Fiscal Superior de Aragón.

En la reunión de 29 de noviembre de 2017, presidida por el Fiscal Superior de Aragón, se trataron los siguientes temas: 1.- La Oficina Fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón. 2.- Singularización presupuestaria: informe de ejecución del gasto del Ministerio Fiscal en Aragón en el año 2016.El Ministerio Fiscal en los presupuestos de Aragón 2018. 3.- Actualización de los datos del SICC (Sistema de Información, control y consultas del Ministerio Fiscal) cuadro de mandos. 4.- Situación de las obras en el Palacio de Justicia de Teruel. 5.- Personal de refuerzo destinado en Fiscalía. 6.- Informe del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Huesca y del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel acerca de la situación del equipamiento informático de sus Fiscalías. 7.- Informe sobre realización de acciones en materia de mediación en ejecución de convenio suscrito con el Consejo General del Poder Judicial. 8.- Informe relativo al proceso de implantación del nuevo sistema de gestión procesal «Avantius».

5. Participación en la Comisión de Garantías de Videovigilancia en Aragón

Esta comisión, presidida por el Presidente del T.S.J. de Aragón y de la que forma parte el Fiscal Superior de Aragón, vela por la protección de los derechos fundamentales en los casos de instalación de cámaras de videovigilancia por los Ayuntamientos que tienen como objetivo evitar daños vandálicos y acciones delictivas.

Durante el año 2017 tuvieron lugar las siguientes reuniones, en las que se examinaron las peticiones que se relacionan:

Día 10 de enero de 2017: Solicitud de autorización de videocámaras en La Puebla de Alfindén (Zaragoza), Huesca y Tarazona (Zaragoza).

Día 23 de febrero de 2017: Solicitud de renovación de videocámaras en Utebo (Zaragoza), Ejea de los Caballeros (Zaragoza) y Monzón (Huesca).

Día 20 de abril de 2017: Solicitud de autorización de videocámaras en Gallur (Zaragoza) y Caspe (Zaragoza).

Día 8 de junio de 2017: Solicitud de autorización de videocámaras en Ejea de los Caballeros (Zaragoza) y de renovación de videocámaras en Barbastro (Huesca) y Teruel.

Día 7 de septiembre de 2017: Solicitud de autorización de videocámaras en Alcañiz (Teruel) y de renovación de videocámaras en Sabiñáñigo (Huesca) y Huesca.

Día 26 de octubre de 2017: Solicitud de autorización de videocámaras en Barbastro (Huesca) y Sabiñáñigo (Huesca) y de renovación de videocámaras Zaragoza.

Día 30 de noviembre de 2017: Solicitud de autorización de videocámaras en Pedrola (Zaragoza), Caspe (Zaragoza) y Zaragoza.

Día 19 de diciembre de 2017: Solicitud de renovación de videocámaras en Binéfar (Huesca).

6. Relación con autoridades estatales y locales

Como se ha señalado en memorias anteriores, la relación con las autoridades, tanto estatales como autonómicas y locales, sigue siendo totalmente fluida desde el punto de vista institucional y cordiales desde el punto de vista personal.

7. Relación con los Fiscales de Sala Delegados de Especialidades

Al igual que en años anteriores desde la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón se ha pretendido siempre una colaboración con los mismos, tanto en el trabajo diario, a través de los Fiscales Delegados en las Fiscalías Provinciales, como en asuntos puntuales.

Asimismo hay que señalar que por parte de los Fiscales de Sala Delegados de especialidades se nos informa de las actuaciones, cursos y comunicaciones relativas a su materia específica.

CAPÍTULO II.2. Actividad procesal de las Fiscalías de Aragón

1. Penal

1.1. Evolución de los procedimientos penales

La actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón se desarrolla en el orden penal mediante la intervención en los procedimientos penales seguidos contra aforados en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia; la asistencia ante dicha Sala a las vistas de los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias y determinados autos dictados por el Magistrado Presidente del Tribunal de Jurado; la intervención en el recurso de apelación contra sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales introducido por la Ley Orgánica 41/2015 y emitiendo informe en las cuestiones de competencia que deban ser resueltos en la referida Sala.

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma tramitó 12 diligencias de investigación penal, de conformidad con el artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. En el año 2015 se incoaron 3 diligencias de investigación y en el año 2016 1 diligencia.

De ellas, 11 se iniciaron por denuncias de particulares y 1 por testimonio de procedimiento judicial. Cabe resaltar que el número relativamente elevado de diligencias, en relación con años anteriores, se ha debido a la recepción de denuncias y escritos enviados por particulares respecto de hechos y supuestos delitos que no son competencia de esta Fiscalía. Por ello 10 finalizaron con su remisión a la Fiscalía que se estimó competente. Las otras 2 fueron finalmente archivadas.

Los delitos citados en las denuncias fueron prevaricación judicial, prevaricación administrativa, falsedad documental, malversación de caudales públicos, coacciones e incitación al odio.

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón no ha incoado diligencias previas por delitos de su competencia en 2017 ni tampoco procedimientos abreviados, procedimientos de la Ley de Jurado o sumarios ordinarios.

Tramitó 7 diligencias indeterminadas de Sala como consecuencia de denuncias o querellas presentadas por particulares contra aforados, para resolver sobre su admisión a trámite. El pasado año 2016 fueron 11, en 2015 se tramitaron 16, en 2014 fueron 9 las incoadas y 5 en el año 2013. La Sala acordó en los 7 procedimientos su inadmisión y archivo.

En el año 2017 no se han celebrado juicios orales por delito ante la Sala de lo Penal.

Ante la Sala se celebraron 3 vistas de recursos de apelación interpuestos contra sentencias dictadas por el Tribunal del Jurado y se dictaron otras tantas sentencias (fueron 5 los años 2015 y 2016 y 6 el año 2014). Se resolvieron además mediante auto otros 2 recursos de apelación interpuestos contra autos dictados por los Magistrados Presidentes del Tribunal del Jurado, cifra ésta igual al año 2016.

Además esta Sala ha resuelto 28 recursos de apelación interpuestos contra sentencias penales dictadas en Procedimiento Abreviado o Sumario por las Audiencias Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, dictando otras tantas sentencias. Se trata del nuevo recurso introducido por la Ley Orgánica 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En uno de ellos se señaló vista pública.

La actividad procesal de las Fiscalías Provinciales de Aragón se resume en los siguientes datos. Los porcentajes de aumento o disminución se refieren siempre en relación con el año anterior.

1.1.1. Diligencias previas

En el conjunto de Aragón el número de diligencias previas incoadas durante el año 2017 fue de 48.527 frente a 42.652 en 2016 (aumento del 13,7%), 81.840 en 2015 (disminución del 47,88%), 87.271 en 2014 (disminución del 6,22%) y 86.550 del año 2013 (aumento respecto del año anterior del 0,83%).

En 2017: aumento del 13,7%

En 2016: disminución del 47,88%

En 2015: disminución del 6,22%

En 2014: aumento del 0,83%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2017 fue de ­­­36.356, frente a 31.204 en 2016 (aumento del 16,5%), 59.102 en 2015 (disminución del 47%), 64.108 en 2014 (disminución del 7,8%) y 64.433 en 2013 (disminución del 0,5%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca el número de diligencias previas incoadas durante el año 2017 fue de 8.002 frente a 7.627 en 2016 (aumento del 4,9%), 16.678 en 2015 (disminución del 54%), 16.544 en 2014 (aumento del 0,8%) y 15.794 en 2013 (aumento del 4,7%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2017 fue de 4.169 frente a 3.821 en 2016 (aumento del 9%), 6.060 en 2015 (disminución del 36,94%), 6.619 en 2014 (disminución del 8,44%) y 6.323 en 2013 (aumento del 4,7%).

1.1.2. Procedimientos abreviados

En el conjunto de Aragón el número de procedimientos abreviados incoados durante el año 2017 fue de 4.513 frente a 4.757 en 2016 (disminución del 5,1%), 4.490 en 2015 (aumento del 5,9%), 4.842 en 2014 (disminución del 7,26%) y 4.557 en 2013 (aumento respecto del año anterior del 6,25%).

En 2017: disminución del 5,1%

En 2016: aumento del 5,9%

En 2015: disminución del 7,26%

En 2014: aumento del 6,25%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2017 un total de 3.639 procedimientos abreviados, frente a 3.660 en 2016 (disminución del 0,6%), 3.524 en 2015 (aumento del 3,9%), 3.766 en 2014 (disminución del 6,4%) y 3.620 en 2013 (aumento del 4%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2017 un total de 668 procedimientos abreviados, frente a 828 en 2016 (disminución del 19,3%), 726 en 2015 (aumento del 14%), 821 en 2014 (disminución del 11,6%) y 635 en 2013 (aumento del 29,3%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2017 un total de 206 procedimientos abreviados, frente a 269 en 2016 (disminución del 23,4%), 240 en 2015 (aumento del 12%), 255 en 2014 (disminución del 5,9%) y 302 en 2013 (disminución del 15,56%).

1.1.3. Diligencias urgentes

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2017 un total de 3.507 diligencias urgentes, frente a 3.687 en 2016 (disminución del 4,88%), 3.538 en 2015 (aumento del 4,2%), 4.042 en 2014 (disminución del 12,46%) y las 4.102 en 2013 (disminución del 1,46%).

En 2017: disminución del 4,88%

En 2016: aumento del 4,2%

En 2015: disminución del 12,46%

En 2014: disminución del 1,46%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2017 un total de 2.548 diligencias urgentes, frente a 2.745 en 2016 (disminución del 7,2%), 2.670 en 2015 (aumento del 2,8%), 3.122 en 2014 (disminución del 14,5%) y 3.102 en 2013, (aumento del 0,6%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2017 un total de 534 diligencias urgentes, frente a 541 en 2016 (disminución del 1,3%), 496 en 2015, (aumento del 9%), 553 en 2014 (disminución del 10,3%) y 599 en 2013, (disminución del 7,7%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2017 un total de 425 diligencias urgentes, frente a 401 en 2016 (aumento del 6%), 372 en 2015 (aumento del 7,8%), 367 en 2014 (aumento del 1,4%) y 401 en 2013, (disminución del 8,5%).

1.1.4. Delitos leves

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2017 un total de disminución 10.396 delitos leves, frente a 8.924 en 2016 (aumento del 16,4%).

En 2017: aumento del 16,4%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2017 un total de 8.602 frente a 6.566 en 2016 (aumento del 31%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2017 un total de 1.178 frente a 1.787 en 2016 (disminución del 34%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2017 un total de 616 delitos leves frente a 571 en 2016 (aumento del 7,9%).

1.1.5. Sumarios

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2017 un total de 38 sumarios, frente a 49 en 2016 (disminución del 22,4%), 35 en 2015 (aumento del 40%), 34 en 2014 (aumento del 2,9%) y 27 en 2013, (aumento del 25,9%).

En 2017: disminución del 22,4%

En 2016: aumento del 17%

En 2015: aumento del 11%

En 2014: aumento del 9,2%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2017 un total de 31sumarios, frente a 38 en 2016 (disminución del 18,4%), 29 en 2015 (aumento del 31%), 26 en 2014 (aumento del 11,5%) y 19 en 2013, (aumento del 36,8%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2017 un total de 5 sumarios, frente a 7 en 2016 (disminución del 28,6%), 5 en 2015 (aumento del 40%), 7 en 2014 (disminución del 28,6%) y 4 en 2013, (aumento del 75%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2017 un total de 2 sumarios, frente a 4 en 2016 (disminución del 50%) 1 en 2015, 1 en 2014 y 4 en 2013.

1.1.6. Tribunal del Jurado

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2017 un total de 7 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a 11 en 2016 (disminución del 36,3%), 9 en 2015 (aumento del 22%), 11 en 2014 (disminución del 18,8%) y 13 en 2013, (disminución del 15%).

En 2017: disminución del 36,3%

En 2016: aumento del 22%

En 2015: disminución del 18%

En 2014: disminución del 15%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2017 un total de 6 procedimientos del Tribunal del Jurado, frente a 9 en 2016 (disminución del 33,33%), 6 en 2015 (aumento del 50%), 9 en 2014 (disminución del 33,3%) y 10 en 2013, (disminución del 10%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoó en el año 2017 un procedimiento del Tribunal del Jurado, frente a 1 en 2016, 2 en 2015, 2 en 2014 y 3 en 2013.

En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoó 0 procedimiento del Tribunal del Jurado en el año 2017, frente a 1 en 2016, 1 en 2015, y ninguno en 2014 y 2013.

1.1.7. Escritos de calificación

En el conjunto de Aragón, los Fiscales formularon en 2017 un total de 6.238 escritos de calificación, frente a 6.757 en 2016 (disminución del 7,68%), 6.231 en 2015 (aumento del 8,4%), 6.790 en 2014 (disminución del 8,2% ) y 6.549 en 2013, (aumento del 3,7%).

En 2017: disminución del 7,68%

En 2016: aumento del 8,4%

En 2015: disminución del 8,2%

En 2014: aumento del 3,7%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, los Fiscales formularon en 2017 un total de 4.755 escritos de calificación, frente a 5.044 en 2016 (disminución del 5,8%), 4.847 en 2015 (aumento del 4%), 5.270 en 2014 (disminución del 8%) y 5.054 en 2013, (aumento del 4,2%).

De dichos escritos, 1.528 lo fueron en Diligencias Urgentes (1.700 en 2016), (1.654 en 2015), (1.903 en 2014) (1.961 en 2013), 3.190 en Procedimientos Abreviados (3.314 en 2016) (3.163 en 2015) (3.333 en 2014) (3.064 en 2013), 29 en sumarios (24 en 2016) (25 en 2015) (24 en 2014) (17 en 2013) y 8 en procedimientos de Jurado (6 en 2016) (5 en 2015) (10 en 2014) (12 en 2013).

En la Fiscalía Provincial de Huesca, los Fiscales formularon en 2017 un total de 1.005 escritos de calificación, frente a 1.201 en 2016 (disminución del 16,31%), 897 en 2015 (aumento del 33,8%), 1.032 en 2014 (disminución del 13,08%) y 960 del año 2013, (aumento del 7,5%).

De dichos escritos, 420 lo fueron en Diligencias Urgentes (443 en 2016) (363 en 2015) (392 en 2014) (410 en 2013), 579 en Procedimientos Abreviados (752 en 2016) (522 en 2015) (635 en 2014) (548 en 2013), 6 ­­en sumarios (4 en 2016) (10 en 2015) (3 en 2014) (2 en 2013) y 0 en procedimientos de Jurado (2 en 2016) (2 en 2015) (2 en 2014) (0 en 2013).

En la Fiscalía Provincial de Teruel los Fiscales formularon en 2017 un total de 478 escritos de calificación, frente a 512 en 2016 (disminución del 6,6%), 487 en 2015 (aumento del 5,1%), 488 en 2014 (disminución del 0,2%) y 535 en 2013, (disminución del 8,78%).

De dichos escritos, 312 lo fueron en Diligencias Urgentes (294 en 2016) (301 en 2015) (282 en 2014) (289 en 2013), 163 en Procedimientos Abreviados (216 en 2016) (185 en 2015) (203 en 2014) (242 en 2013), 2 en sumarios (2 en 2016) (0 en 2015) (3 en 2014) (4 en 2013) y 1 en procedimientos de Jurado (0 en 2016) (1 en 2015) (0 en 2014) (0 en 2013).

1.1.8. Medidas cautelares

En el conjunto de Aragón, durante el año 2017, se formularon un total de 340 solicitudes de prisión sin fianza, frente a 379 en 2016 (disminución del 10,2%), 400 en 2015 (disminución del 5,25%), 391 en 2014 (aumento del 2,3%) y 392 en 2013, (disminución del 9,2%).

En 2017: disminución del 10,2%

En 2016: disminución del 5,25%

En 2015: aumento del 2,3%

En 2014: disminución del 0,25%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza durante el año 2017 se formularon un total de 252 solicitudes de prisión sin fianza, frente a 264 en 2016 (disminución del 4,54%), 262 en 2015 (disminución del 1,52%), 271 en 2014 (disminución del 3,32%) y 311 del año 2013, (disminución del 12,86%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca durante el año 2017 se formularon un total de 47 solicitudes de prisión sin fianza, frente a 40 en 2016 (aumento del 17,5%), 34 en 2015 (aumento del 17,6%), 40 en 2014 (disminución del 15%) y 37 en 2013, (aumento del 8%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2017, se formularon un total de 41 solicitudes de prisión sin fianza, frente a 75 en 2016 (disminución del 45,3%), 104 en 2015 (disminución del 27,8%), 80 en 2014 (aumento del 30%) y 44 del año 2013, (aumento del 81%).

1.1.9. Juicios

En el conjunto de Aragón durante el año 2017 los Fiscales asistieron a un total de 4.305 juicios por delito, frente a 4.306 en 2016 (disminución del 0,02%), 4.132 en 2015 (aumento del 4,21%), 4.383 en 2014 (disminución del 5,72%) y 4.382 en 2013, (aumento del 0,02%).

En 2017: disminución del 0,02%

En 2016: aumento del 4,21%

En 2015: disminución del 5,72%

En 2014: aumento del 0,02%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, durante el año 2017 los Fiscales asistieron a 3.433 juicios, frente a 3.479 en 2016 (disminución del 1,32%), 3.230 en 2015 (aumento del 7,7%), 3.557 de 2014 (disminución del 9,19%) y 3.507 del año 2013, (aumento del 1,4%).

De dichos juicios, se celebraron en los Juzgados de lo Penal 3.198 juicios frente a 3.299 en 2016, 3.061 en 2015, 3.362 en 2014 y 3.338 de 2013.

Y se celebraron en la Audiencia Provincial 235, frente a 180 en 2016, 169 en 2015, 195 en 2014 y 169 en 2013.

En la Fiscalía Provincial de Huesca, durante el año 2017, los Fiscales asistieron a 662 juicios, frente a 627 en 2016 (aumento del 5,5%), 663 en 2015 (disminución del 5,4%), 592 en 2014 (aumento del 11,99%) y 612 en 2013 (disminución del 3,26%).

De dichos juicios, se celebraron en los Juzgados de lo Penal 618 frente a 587 en 2016, 635 en 2015, 558 en 2014 y 581 en 2013.

Y se celebraron en la Audiencia Provincial 44 frente a 40 en 2016, 28 en 2015, 34 en 2014 y 31 en 2013.

En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2017, los Fiscales asistieron a 210 juicios, frente a 200 en 2016 (aumento del 5%), 239 en 2015 (disminución del 16%), 234 en 2014 (aumento del 2,13%) y 263 en 2013 (disminución del 11%).

De dichos juicios, se celebraron en los Juzgados de lo Penal 188, frente a 184 en 2016, 223 en 2015, 215 en 2014 y 249 en 2013

Y se celebraron en la Audiencia Provincial 22, frente a 16 en 2016, 15 en 2015, 19 en 2014 y 14 en 2013.

1.1.10. Sentencias de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias

En el conjunto de Aragón el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2017 ascendió a un total de 4.027 frente a 4.101 en 2016 (disminución del 1,80%), 3.943 en 2015 (aumento del 4%), 4.183 en 2014 (disminución del 5,73%) y 4.144 en 2013, (aumento del 0,91%).

En 2017: disminución del 1,80%

En 2016: aumento del 4%

En 2015: disminución del 5,73%

En 2014: aumento del 0,91%

En el conjunto de Aragón el número de sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales durante el año 2017 ascendió a un total de 300 frente a 240 en 2016 (aumento del 25%), 210 en 2015 (aumento del 14,2%), 251 en 2014 (disminución del 16,33%), y 216 en 2013, (aumento del 16%).

En 2017: aumento del 25%

En 2016: aumento del 14,2%

En 2015: disminución del 16,33%

En 2014: aumento del 16%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2017 ascendió a un total de 3.222 frente a 3.341 en 2016 (disminución del 3,56%), 3.150 en 2015 (aumento del 6%), 3.406 en 2014 (disminución del 7,51%) y 3.347 en 2013, (aumento del 1,8%).

Y las sentencias dictadas en 2017 por la Audiencia Provincial ascendieron a 234 frente a 187 en 2016 (aumento del 25%), 169 en 2015 (aumento del 10.6%), 197 en 2014 (disminución del 14,21%) y 170 en 2013 (aumento del 15,88%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2017 ascendió a un total de 605 frente a 569 en 2016 (aumento del 6,3%), 567 en 2015 (aumento del 0,4%), 556 en 2014 (aumento del 1,9%) y 545 en 2013 (aumento del 2%).

Y las sentencias dictadas en 2017 por la Audiencia Provincial ascendieron a 42 frente a 37 en 2016 (aumento del 13,5%), 24 en 2015 (aumento del 54%), 35 en 2014 (disminución del 31,42%) y 32 en 2013 (aumento del 9%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal durante el año 2017 ascendió a un total de 200, frente a 191 en 2016 (aumento del 4,7%), 226 en 2015 (disminución del 16%), 221 en 2014 (aumento del 2,26%) y 252 en 2013 (descenso del 12%).

Y las sentencias dictadas en 2017 por la Audiencia Provincial ascendieron a 24 frente a 16 en 2016 (aumento del 50%), 17 en 2015 (disminución del 11,76%), 19 en 2014 (disminución del 10,52%) y 14 del año 2013 (aumento del 35,7%).

1.1.11. Diligencias de investigación

En el conjunto de Aragón, se incoaron en 2017 un total de 203 diligencias de investigación, frente a 218 en 2016 (disminución del 6,8%), 198 en 2015 (aumento del 10%), 241 en 2014 (disminución del 17,8%) y 233 en 2013, (aumento del 3,4%).

En 2017: disminución del 6,8%

En 2016: aumento del 10%

En 2015: disminución del 17,8%

En 2014: aumento del 3.4%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, se incoaron en 2017 un total de 130 diligencias de investigación, frente a 155 en 2016 (disminución del 16%), 123 en 2015 (aumento del 26%), 161 en 2014 (disminución del 23,6%) y 156 en 2013 (aumento del 3,2%).

En la Fiscalía Provincial de Huesca, se incoaron en 2017 un total de 41 diligencias de investigación, frente a 24 en 2016 (aumento del 70,8%), 19 en 2015 (aumento del 26%), 33 de 2014 (disminución del 42,4%) y 40 en 2013, (disminución del 17,5%).

En la Fiscalía Provincial de Teruel, se incoaron en 2017 un total de 32 diligencias de investigación, frente a 39 en 2016 (disminución del 18%), 56 en 2015 (disminución del 30%), 47 en 2014 (aumento del 19,14%) y 37 en 2013, (aumento del 27%).

1.1.12. Ejecutorias: organización del servicio y efectivo control de la ejecución

En el conjunto de Aragón, se despacharon en 2017 un total de 690 ejecutorias ante la Audiencia Provincial, frente a 652 en 2016 (aumento del 5,8%), 676 en 2015 (disminución del 3,5%) y 677 en 2014 (aumento del 0,14%).

En 2017: aumento del 5,8%

En 2016: disminución del 3,5%

En 2015: aumento del 0,14%

En el conjunto de Aragón, se despacharon en 2017 un total de 9.445 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 9.191 en 2016 (aumento del 2,76%), 9.012 en 2015 (aumento del 2%) y 8.843 en 2014 (aumento del 1,91%).

En 2017: aumento del 2,76%

En 2016: aumento del 2%

En 2015: aumento del 1,91%

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se despacharon en 2017 un total de 517 ejecutorias ante la Audiencia Provincial, frente a 471 en 2016, 465 en 2015 y 501 en 2014. Y un total de 7.310 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 7.393 en 2016, 7.232 en 2015 y 6.976 en 2014.

En la Fiscalía Provincial de Huesca se despacharon en 2017 un total de 123 ejecutorias ante la Audiencia Provincial, frente a 114 en 2016, 145 en 2015, y 118 en 2014. Y un total de 1.923 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 1.215 en 2016, 1.212 en 2015 y 1.317 en 2014.

En la Fiscalía Provincial de Teruel se despacharon en 2017 un total de 50 ejecutorias ante la Audiencia Provincial, frente a 67 en 2016, 66 en 2015 y 58 en 2014. Y un total de 212 ejecutorias ante los Juzgados de lo Penal, frente a 583 en 2016, 568 en 2015 y 550 en 2014.

1.2. Evolución de la criminalidad

1.2.1. Vida e integridad

1.2.1.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos del año 2017, haciendo constar que los porcentajes de aumento o disminución se calculan sobre la suma de sumarios, procedimientos de jurado, diligencias urgentes y procedimientos abreviados:

Homicidios y asesinatos: 9 sumarios, (6 en 2016), (2 en 2015), 4 procedimientos de jurado (9 en 2016) (7 en 2015), (5 en 2014), (6 en 2013), 13 sentencias (7 en 2016) (16 en 2015), (19 en 2014), (12 en 2013).

En 2017: disminución del 13,33%

Homicidios por imprudencia: 41 diligencias previas (19 en 2016) (aumento del 15,7%), (19 en 2015) (=), (29 en 2014) (disminución del 34%), (47 en 2013), 10 sentencias (6 en 2016), (7 en 2015), (7 en 2014), (9 en 2013).

En 2017: aumento del 15,7%

Lesiones dolosas: 15.421 diligencias previas (14.347 en 2016 = aumento del 7,48) (19.839 en 2015), (23.740 en 2014) , (23.681 en 2013), 40 diligencias urgentes (37 en 2016 = aumento del 8,1%), (68 en 2015), (350 en 2014), (421 en 2013), 461 procedimientos abreviados (523 en 2016 = disminución del 11,85%), (489 en 2015), (585 en 2014), (623 en 2013), 617 sentencias (488 en 2016), (540 en 2015), (513 en 2014), (640 en 2013).

En 2017: disminución del 10,53%

Lesiones por imprudencia: 7.516 diligencias previas (4.672 en 2016) (4.264 en 2015), (5.996 en 2014), (7.411 en 2013), 51 procedimientos abreviados (39 en 2016) (aumento del 30,76%), (18 en 2015), (18 en 2014), (54 en 2013), 17 sentencias (15 en 2016), (11 en 2015), (22 en 2014), (49 en 2013).

En 2017: aumento del 30,76%

1.2.1.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos del año 2017 son los siguientes:

Homicidios y asesinatos: 3 sumarios (6 en 2016), (2 en 2015), (3 en 2014), 3 procedimientos de jurado (7 en 2016), (5 en 2015), (4 en 2014), 9 sentencias (6 en 2016), (14 en 2015), (15 en 2014).

Homicidios por imprudencia: 7 diligencias previas (7 en 2016), (5 en 2015), (24 en 2014), 4 sentencias (4 en 2016), (4 en 2015), (5 en 2014).

Lesiones dolosas: 12.653 diligencias previas (11.682 en 2016), (15.544 en 2015), (19.625 en 2014), 30 diligencias urgentes (31 en 2016), (52 en 2015), (337 en 2014), 358 procedimientos abreviados (393 en 2016), (372 en 2015), (436 en 2014), 526 sentencias (403 en 2016), (421 en 2015), (417 en 2014).

Lesiones por imprudencia: 4.810 diligencias previas (2.562 en 2016), (1.491 en 2015), (3.318 en 2014), 34 procedimientos abreviados (22 en 2016), (9 en 2015), (9 en 2014), 11 sentencias (11 en 2016), (10 en 2015), (5 en 2014).

1.2.1.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos del año 2017 son los siguientes:

Homicidios y asesinatos: 1 sumario (0 en 2016), 1 procedimientos de jurado (1 en 2016) (1 en 2015), (1 en 2014), 3 sentencias (1 en 2016) (1 en 2015), (4 en 2014).

Homicidios por imprudencia: 0 diligencias previas (4 en 2016) (3 en 2015), (4 en 2014), 5 sentencias (1 en 2016) (2 en 2015), (2 en 2014).

Lesiones dolosas: 2.025 diligencias previas (1.992 en 2016), (3.646 en 2015), (3.392 en 2014), 4 diligencias urgentes (6 en 2016), (10 en 2015), (6 en 2014), 76 procedimientos abreviados (96 en 2016), (85 en 2015), (110 en 2014), 89 sentencias (82 en 2016), (79 en 2015), (68 en 2014).

Lesiones por imprudencia: 987 diligencias previas (706 en 2016), (1.765 en 2015), (1.705 en 2014), 11 procedimientos abreviados (10 en 2016), (6 en 2015), 4 sentencias (0 en 2016), (8 en 2015), (13 en 2014).

1.2.1.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos del año 2017 son los siguientes:

Homicidios y asesinatos: 5 sumarios (0 en 2016), (1 en 2015), (0 en 2014). 0 procedimientos de jurado (1 en 2016). 1 sentencia (0 en 2016).

Homicidios por imprudencia: 34 diligencias previas (8 en 2016), (11 en 2015), (1 en 2014). 1 sentencia (1 en 2016).

Lesiones dolosas: 743 diligencias previas (673 en 2016), (649 en 2015), (723 en 2014). 6 diligencias urgentes (7 en 2016), 27 procedimientos abreviados (34 en 2016). 2 sentencias (3 en 2016).

Lesiones por imprudencia: 1.719 diligencias previas (1.404 en 2016), (1.008 en 2015), (973 en 2014). 6 procedimientos abreviados (7 en 2016). 2 sentencias (4 en 2016).

1.2.2. Delitos de torturas y otros delitos contra la integridad moral cometidos por autoridad y funcionario público

1.2.2.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón: 4 procedimientos (5 en 2016).

1.2.2.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza: 4 procedimientos (3 en 2016).

1.2.2.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca: 0 procedimientos (2 en 2016).

1.2.2.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel: 0 procedimientos (0 en 2016).

1.2.3. Libertad sexual

1.2.3.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos:

Delitos contra la libertad sexual: 560 diligencias previas (429 en 2016) (aumento del 30%), (341 en 2015), (334 en 2014), (297 en 2013), 87 procedimientos abreviados (68 en 2016), (80 en 2015), (52 en 2014), (61 en 2013), 112 sentencias (69 en 2016), (59 en 2015), (35 en 2014), (45 en 2013).

En 2017: aumento del 30%

En 2016: aumento del 25,8%

De ellos, corresponden a agresiones sexuales los siguientes: 163 diligencias previas (156 en 2016) (aumento del 4,48%) (152 en 2015), (127 en 2014) (119 en 2013); 13 procedimientos abreviados (10 en 2016) (80 en 2015), (52 en 2014), (17 en 2013); 9 sentencias (11 en 2016) (14 en 2015), (7 en 2014), (12 en 2013).

En 2017: aumento del 4,48%

En 2016: aumento del 2,6%

1.2.3.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes:

En 2017 se incoaron 472 diligencias previas (358 en 2016), (341 en 2015), (231 de 2014) y (218 de 2013). De las mismas corresponden 149 a agresión sexual (136 en 2016), (136 en 2015), (95 en 2014), (97 en 2013).

En 2017 se incoaron 74 procedimientos abreviados (61 en 2016), (56 en 2015), (38 en 2014), (43 en 2013). De los cuales 12 por agresión sexual (10 en 2016), (9 en 2015), (11 en 2014), (11 en 2013).

En 2017 se han dictado 94 sentencias (45 en 2016), (48 en 2015), (21 en 2014), (30 en 2013). De las cuales 8 por agresión sexual (10 en 2016), (12 en 2015), (3 en 2014), (7 en 2013).

1.2.3.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes:

En 2017 se incoaron 58 diligencias previas (37 en 2016), (39 en 2015), (67 en 2014), (52 en 2013). De las mismas corresponden 9 a agresión sexual (9 en 2016), (11 en 2015), (21 en 2014), (14 en 2013).

En 2017 se incoaron 7 procedimientos abreviados (7 en 2016), (15 en 2015), (13 en 2014) (12 en 2013), de los cuales 1 por agresión sexual (0 en 2016), (2 en 2015), (2 en 2014), (3 en 2013).

En 2017 se han dictado 12 sentencias (15 en 2016), (9 en 2015), (8 en 2014), (11 en 2013) de las cuales 0 por agresión sexual (1 en 2016), (2 en 2015), (2 en 2014), (3 en 2013).

1.2.3.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos son los siguientes:

En 2017 se incoaron 30 diligencias previas (34 en 2016), (27 en 2015), (36 en 2014), (27 del año 2013). De las mismas corresponden 5 a agresión sexual (11 en 2016), (5 en 2015), (11 en 2014), (8 en 2013).

En 2017 se incoaron 6 procedimientos abreviados (0 en 2016), (9 en 2015), (1 en 2014), (6 en 2013), De ellos 0 por agresión sexual (0 en 2016) (3 en 2015).

En 2017 se han dictado 6 sentencias (9 en 2016), (2 en 2015), (3 en 2014), (4 en 2013). De ellas 1 por agresión sexual (0 en 2016), (0 en 2015), (2 en 2014), (2 en 2013).

1.2.4. Violencia doméstica

Nos remitimos al apartado 5.1 «Violencia doméstica o de género» dentro de «5. Otras áreas especializadas».

1.2.5. Relaciones familiares

1.2.5.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos: 468 diligencias previas (495 en 2016) (disminución del 5,45%), (632 en 2015) (disminución del 22%), (680 en 2014), (650 en 2013), 255 procedimientos abreviados (242 en 2016), (316 en 2015), (318 en 2014), (307 en 2013), 132 sentencias (131 en 2016)(142 en 2015), (149 en 2014), (160 en 2013).

En 2017: disminución del 5,45%

En 2016: disminución del 21,67%

1.2.5.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes: 319 diligencias previas (341 en 2016), (423 en 2015), (481 en 2014), 197 procedimientos abreviados (183 en 2016), (227 en 2015), (258 en 2014), 107 sentencias (103 en 2016), (114 en 2015), (117 en 2014).

1.2.5.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes: 93 diligencias previas (103 en 2016), (127 en 2015), (143 en 2014), 41 procedimientos abreviados (50 en 2016), (71 en 2015), (42 en 2014), 21 sentencias (23 en 2016), (19 en 2015), (27 en 2014).

1.2.5.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos son los siguientes: 56 diligencias previas (51 en 2016), (82 en 2015), (85 en 2014), 17 procedimientos abreviados (9 en 2016), (18 en 2015), (18 en 2014), 4 sentencias (5 en 2016), (9 en 2015), (5 en 2014).

1.2.6. Patrimonio y orden socioeconómico

1.2.6.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos, haciendo constar que los porcentajes de aumento o disminución se calculan sobre la suma de diligencias urgentes y procedimientos abreviados.

Hurto: 1.421 diligencias previas (2.140 en 2016), (16.288 en 2015), (18.183 en 2014), (18.737 en 2013), 28 diligencias urgentes (80 en 2016), (51 en 2015), (60 en 2014), (76 en 2013), 384 procedimientos abreviados (313 en 2016), (333 en 2015), (360 en 2014), (299 en 2013), 234 sentencias (199 en 2016), (250 en 2015), (233 en 2014), (232 en 2013).

En 2017: aumento del 4,8%

En 2016: aumento del 2,3%

En 2015: disminución del 8,5%

En 2014: aumento del 12%

Robo con fuerza en las cosas: 1.181 diligencias previas (1.684 en 2016), (9.070 en 2015), (9.060 en 2014), (9.296 en 2013), 18 diligencias urgentes (33 en 2016), (16 en 2015), (41 en 2014), (65 en 2013), 417 procedimientos abreviados (430 en 2016), (470 en 2015), (519 en 2014), (580 en 2013), 234 sentencias (269 en 2016) (289 en 2015), (439 en 2014), (399 en 2013).

En 2017: disminución del 6%

En 2016: disminución del 4,7%

En 2015: disminución del 13,2%

En 2014: aumento del 20,6%

Robo con fuerza en casa habitada: 187 diligencias previas (566 en 2016), (284 en 2015), (228 en 2014), (239 en 2013), 1 diligencias urgentes (2 en 2016), (4 en 2015), (3 en 2014), (2 en 2013), 112 procedimientos abreviados (95 en 2016), (43 en 2015), (62 en 2014), (100 en 2013), 79 sentencias(68 en 2016), (70 en 2015), (44 en 2014), (44 en 2013).

En 2017: disminución del 5,3%

En 2016: aumento del 19%

En 2015: disminución del 27,69%

En 2014: aumento del 41%

Robo con violencia o intimidación: 9 diligencias urgentes (11 en 2016), (12 en 2015), 204 procedimientos abreviados (200 en 2016), (168 en 2015), (157 en 2014), (205 en 2013), 103 sentencias (112 en 2016), (144 en 2015), (125 en 2014), (163 en 2013).

En 2017: aumento 0,9%

En 2016: aumento del 17%

Estafa: 1.482 diligencias previas (1.631 en 2016), (5.086 en 2015), (4.602 en 2014), (3.569 en 2013), 12 diligencias urgentes (13 en 2016), (8 en 2015), (10 en 2014), (3 en 2013), 429 procedimientos abreviados (389 en 2016), (375 en 2015), (356 en 2014), (348 en 2013), 212 sentencias (197 en 2016), (185 en 2015), (184 en 2014), (203 en 2013).

En 2017: aumento del 9,7%

En 2016: aumento del 4,9%

En 2015: aumento del 4,6%

En 2014: aumento del 4,2%

Apropiación indebida: 453 diligencias previas (502 en 2016), (1.304 en 2015), ­­­ 3 diligencias urgentes (3 en 2016), (7 en 2015), 139 procedimientos abreviados (184 en 2016), (165 en 2015), 107 sentencias (89 en 2016), (80 en 2015).

En 2017: disminución del 24%

En 2016: aumento del 8,7%

1.2.6.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes:

Hurto: 1.101 diligencias previas (960 en 2016), (11.780 en 2015) (13.573 en 2014), 17 diligencias urgentes (66 en 2016), (41 en 2015) (44 en 2014), 333 procedimientos abreviados (253 en 2016), (256 en 2015) (284 en 2014), 185 sentencias (154 en 2016), (201 en 2015) (178 en 2014).

Robo con fuerza en las cosas: 975 diligencias previas (1.069 en 2016), (6.295 en 2015), (6.203 en 2014), 9 diligencias urgentes (21 en 2016), (6 en 2015) (25 en 2014), 361 procedimientos abreviados (353 en 2016), (384 en 2015) (400 en 2014), sentencias 179 (202 en 2016), (211 en 2015) (370 en 2014).

Robo con fuerza en casa habitada: 155 diligencias previas (115 en 2016), (185 en 2015) (141 en 2014), 0 diligencias urgentes (1 en 2016), (2 en 2015) (2 en 2014), 103 procedimientos abreviados (79 en 2016), 63 sentencias (54 en 2016), (53 en 2015) (33 en 2014).

Robo con violencia o intimidación: 7 diligencias urgentes (9 en 2016), (11 en 2015) (13 en 2014), 189 procedimientos abreviados (179 en 2016), (138 en 2015) (137 en 2014), 89 sentencias (87 en 2016), (130 en 2015) (112 en 2014).

Estafa: 1.135 diligencias previas (1.020 en 2016), (3.647 en 2015) (3.416 en 2014), 7 diligencias urgentes (10 en 2016), (6 en 2015), (6 en 2014), 351 procedimientos abreviados (288 en 2016), (279 en 2015) (274 en 2014), 167 sentencias (166 en 2016), (155 en 2015) (146 en 2014).

Apropiación indebida: 353 diligencias previas (337 en 2016), (1.163 en 2015) (1.216 en 2014), 2 diligencias urgentes (2 en 2016), (5 en 2015) (6 en 2014), 119 procedimientos abreviados (140 en 2016), (127 en 2015) (114 en 2014), 85 sentencias (74 en 2016), (68 en 2015) (78 en 2014).

1.2.6.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes:

Hurto: 233 diligencias previas (1.064 en 2016), (3.447 en 2015) (3.382 en 2014), 5 diligencias urgentes (5 en 2016), (6 en 2015) (9 en 2014), 43 procedimientos abreviados (43 en 2016), (54 en 2015) (52 en 2014), 39 sentencias (29 en 2016), (30 en 2015) (39 en 2014).

Robo con fuerza en las cosas: 156 diligencias previas (531 en 2016), (2.146 en 2015) (2.004 en 2014), 3 diligencias urgentes (4 en 2016), (2 en 2015) (5 en 2014), 50 procedimientos abreviados (52 en 2016), (60 en 2015) (91 en 2014), 42 sentencias (52 en 2016), (54 en 2015) (48 en 2014).

Robo con fuerza en casa habitada: 23 diligencias previas (42 en 2016), (69 en 2015) (70 en 2014), 0 diligencias urgentes (1 en 2016), (0 en 2015), (0 en 2014), 9 procedimientos abreviados (15 en 2016), (12 en 2015) (9 en 2014), 10 sentencias (8 en 2016) (9 en 2015) (7 en 2014).

Robo con violencia o intimidación: 0 diligencias urgentes (0 en 2016), (0 en 2015) (1 en 2014), 13 procedimientos abreviados (15 en 2016), (18 en 2015), (16 en 2014), 9 sentencias (18 en 2016), (8 en 2015), (9 en 2014).

Estafa: 217 diligencias previas (495 en 2016), (1.040 en 2015), (810 en 2014), 3 diligencias urgentes (2 en 2016), (0 en 2015), (1 en 2014), 51 procedimientos abreviados (80 en 2016), (77 en 2015), (59 en 2014), 34 sentencias (21 en 2016), (25 en 2015), (29 en 2014).

Apropiación indebida: 63 diligencias previas (133 en 2016), (87 en 2015), (72 en 2014), 0 diligencias urgentes (1 en 2016), (0 en 2015), (1 en 2014), 18 procedimientos abreviados (29 en 2016), (31 en 2015), (17 en 2014), 16 sentencias (12 en 2016), (8 en 2015), (9 en 2014).

1.2.6.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel

Hurto: 87 diligencias previas (116 en 2016), (1.061 en 2015), (1.228 en 2014), 6 diligencias urgentes (9 en 2016), (4 en 2015), (7 en 2014), 8 procedimientos abreviados (17 en 2016), (23 en 2015), (24 en 2014), 10 sentencias (16 en 2016), (19 en 2015), (16 en 2014).

Robo con fuerza en las cosas: 50 diligencias previas (84 en 2016), (629 en 2015), (853 en 2014), 6 diligencias urgentes (8 en 2016), (8 en 2015), (11 en 2014), 6 procedimientos abreviados (25 en 2016), (26 en 2015), (28 en 2014), 13 sentencias (15 en 2016), (24 en 2015), (21 en 2014).

Robo con fuerza en casa habitada: 9 diligencias previas (9 en 2016), (30 en 2015), (17 en 2014), 1 diligencias urgentes (0 en 2016), (2 en 2015), (1 en 2014), 0 procedimientos abreviados (1 en 2016), (2 en 2015), (5 en 2014), 6 sentencias (6 en 2016), (8 en 2015), (4 en 2014).

Robo con violencia o intimidación: 2 diligencias urgentes (2 en 2016), (1 en 2015), (1 en 2014), 2 procedimientos abreviados (6 en 2016), (12 en 2015), (4 en 2014), 5 sentencias (7 en 2016), (6 en 2015), (4 en 2014).

Estafa: 130 diligencias previas (116 en 2016), (399 en 2015), (376 en 2014), 2 diligencias urgentes (1 en 2016), (2 en 2015), (3 en 2014), 27 procedimientos abreviados (21 en 2016), (19 en 2015) (23 en 2014), 11 sentencias (10 en 2016), (5 en 2015), (9 en 2014).

Apropiación indebida: 37 diligencias previas (32 en 2016), (54 en 2015) (66 en 2014), 1 diligencias urgentes (0 en 2016), (2 en 2015), (2 en 2014), 2 procedimientos abreviados (15 en 2016), (7 en 2015), (8 en 2014), 6 sentencias (3 en 2016), (4 en 2015), (3 en 2014).

1.2.7. Administración Pública

1.2.7.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos: 54 diligencias previas (46 en 2016) (disminución del 8,7%), (73 en 2015), (53 en 2014), (46 en 2013), 17 procedimientos abreviados (13 en 2016), (32 en 2015), (15 en 2014), (16 en 2013), 37 sentencias (22 en 2016), (24 en 2015), (7 en 2014) (1 en 2013), 25 diligencias de investigación en Fiscalía (31 en 2016), (46 en 2015), (52 en 2014) (57 en 2013).

En 2017: aumento del 17%

En 2016: disminución del 37%

1.2.7.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes: 15 diligencias previas (26 en 2016), (40 en 2015), (23 en 2014), 6 procedimientos abreviados (8 en 2016), (22 en 2015), (5 en 2014), 29 sentencias (20 en 2016), (22 en 2015), (5 en 2014), 18 diligencias de investigación en Fiscalía (25 en 2016), (30 en 2015), (39 en 2014).

1.2.7.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes: 18 diligencias previas (6 en 2016), (23 en 2015), (18 en 2014), 8 procedimientos abreviados (2 en 2016), (8 en 2015), (5 en 2014), 7 sentencias (2 en 2016), (0 en 2015), (1 en 2014), 2 diligencia de investigación en Fiscalía (1 en 2016), (5 en 2015), (5 en 2014).

1.2.7.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos son los siguientes: 21 diligencias previas (14 en 2016), (10 en 2015), (12 en 2014), 2 diligencias urgentes (0 en 2016), 3 procedimientos abreviados (3 en 2016), (2 en 2015), (5 en 2014), 1 sentencias (0 en 2016), (2 en 2015), (1 en 2014), 5 diligencias de investigación en Fiscalía (5 en 2016), (11 en 2015). (8 en 2014).

1.2.8. Administración de Justicia

1.2.8.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón podemos sintetizar los siguientes datos: 987 diligencias previas (850 en 2016), (1.062 en 2015), (1.011 en 2014), (852 en 2013), 192 diligencias urgentes (216 en 2016), (278 en 2015), (288 en 2014), (196 en 2013), 422 procedimientos abreviados (420 en 2016), (471 en 2015), (565 en 2014), (505 en 2013), 408 sentencias (501 en 2016), (556 en 2015), (522 en 2014), (418 en 2013).

En 2017: aumento del 16%

En 2016: disminución del 20%

1.2.8.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza los datos son los siguientes: 815 diligencias previas (655 en 2016), (802 en 2015), (756 en 2014), 133 diligencias urgentes (173 en 2016), (244 en 2015), (249 en 2014), 342 procedimientos abreviados (286 en 2016), (345 en 2015), (423 en 2014), 284 sentencias (390 en 2016), (424 en 2015), (384 en 2014).

1.2.8.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos son los siguientes: 99 diligencias previas (129 en 2016), (185 en 2015), (198 en 2014), 33 diligencias urgentes (21 en 2016), (16 en 2015), (13 en 2014), 61 procedimientos abreviados (103 en 2016), (102 en 2015), (108 en 2014), 92 sentencias (69 en 2016), (97 en 2015), (89 en 2014).

1.2.8.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos son los siguientes: 73 diligencias previas (66 en 2016), (75 en 2015), (94 en 2014), 26 diligencias urgentes (22 en 2016), (18 en 2015), (22 en 2014), 19 procedimientos abreviados (31 en 2016), (24 en 2015), (26 en 2014), 32 sentencias (42 en 2016), (35 en 2015), (38 en 2014).

1.2.9. Tráfico de drogas

1.2.9.1. En el conjunto de las Fiscalías de Aragón

Calificaciones en 2017 con grave daño: 62 (84 en 2016)

En 2017: disminución del 26%

Calificaciones en 2017 sin grave daño: 52 (84 en 2016)

En 2017: disminución del 62%

1.2.9.2. En la Fiscalía Provincial de Zaragoza

Calificaciones en 2017 con grave daño: 41, (61 en 2016) (50 en 2015)

Calificaciones en 2017 sin grave daño: 27 (69 en 2016) (73 en 2015)

1.2.9.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca

Calificaciones en 2017 con grave daño: 13, (14 en 2016)

Calificaciones en 2017 sin grave daño: 19 (12 en 2016)

1.2.9.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel

Calificaciones en 2017 con grave daño: 8 (9 en 2016)

Calificaciones en 2017 sin grave daño: 6 (3 en 2016)

2. Civil

2.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

La actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se desarrolla en el orden civil con la intervención en aquellos recursos de casación y extraordinarios de infracción procesal de los que conozca la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, como Sala de lo Civil, y en los que sea parte el Ministerio Fiscal así como informar las cuestiones de competencia que han de ser resueltas en dicha Sala y dictaminar en el reconocimiento de laudos arbitrales emitidos en el extranjero.

Durante el año 2017 la actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma ha continuado disminuyendo respecto de años anteriores. La Sala ha tramitado en este ejercicio 61 recursos de casación (fueron 70 en 2015 y 63 en 2016). La Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió 34 dictámenes en esos recursos (fueron 59 en el año 2015 y 68 en 2016), en los procedimientos en que interviene. Se informaron, además, 2 cuestiones de competencia territorial.

Se aprecia en el año 2017 una disminución evidente en el número de dictámenes emitidos por la Fiscalía. La causa es que también han disminuido los recursos en que el Ministerio Fiscal tiene intervención por encontrarse afectados los derechos de menores o incapaces. Los recursos sobre custodia compartida de menores disminuyen en relación con el total de recursos.

2.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En materia de derecho de familia, hay que hacer constar que a lo largo del año 2017 se ha mantenido el Juez de refuerzo de familia y se creó un nuevo Juzgado de incapacidades, aumentando exponencialmente los señalamientos y la tramitación de los expedientes correspondientes sin que se hubiera aumentado la plantilla de Fiscales ni de funcionarios.

Se mantiene la variedad de posibilidades de fijar el contenido y duración de la custodia compartida, limitándose a periodos concretos de semana o quincenas o meses, e incluso en períodos más cortos siempre y cuando ambos progenitores tuvieran disponibilidad, estuvieran capacitados para la guarda de los menores y la vivienda o lugar de trabajo y el colegio de los menores estuvieran suficientemente próximos para facilitar el desarrollo de los menores en el mismo ambiente de compañeros de colegio o vecindad.

Los Fiscales emitieron en 2017 un total de 3.610 dictámenes y han asistido a 1.341 señalamientos civiles. Los procedimientos incoados fueron 2.804.

Siguen manteniéndose las incidencias relativas a la entrega de la documentación de los menores cuando se produce el cambio de custodia, si está compartida, o para el cumplimiento del régimen de visitas.

En materia de incapacidades, con la finalidad de unificar criterios, los cuatro Fiscales de la sección incoan diligencias preprocesales o informativas para valorar la posibilidad de presentar demandas de determinación de la capacidad o, en su caso, la adopción de las medidas judiciales adecuadas con la finalidad de proteger los intereses de las personas afectadas así como de los familiares. Por ello se atiende también a los particulares que devienen demandando información sobre situaciones concretas.

Siguiendo con la línea de actuación de años anteriores, la mayoría de las demandas de determinación de la capacidad son interpuestas por el Ministerio Público. En el año 2017 se interpusieron por el Fiscal 637 demandas de determinación de la capacidad y rehabilitación frente a las 185 interpuestas por particulares, si bien se han incoado 767 diligencias preprocesales, debiendo destacarse que se ha producido un aumento de las demandas interpuestas directamente por los particulares con respecto al año anterior, favorecido por la correcta información que se da desde Fiscalía a los familiares e instituciones que acuden para requerir dicho informe.

Además se han mantenido la visita a las residencias y centros de mayores y residencias de asistencia a personas con discapacidad. Dichas visitas se siguen realizando durante la primera quincena de agosto, mes en el que se produce una clara disminución de servicios ya que durante el resto de las semanas es imposible realizar actividades que impliquen la salida de la sede. A raíz de las visitas y del buen acogimiento con los representes de las mismas se ha iniciado una comunicación entre Fiscalía y centros asistenciales para el control de los internamientos geriátricos involuntarios, intentando con ello que las familias se impliquen en la asistencia a este tipo de personas asumiendo su cuidado y asegurando que en el mismo se involucran las familias y centros, de forma que ahora se comunica a Fiscalía las incidencias sobre los ingresos en aquellos supuestos en los que se aprecie riesgo para las personas según unas directrices consensuadas entre la Fiscalía y los centros.

Los Fiscales han incoado en 2017 un total de 762 diligencias preprocesales para valorar la procedencia de interponer o no demanda de incapacidad. En 2016 fueron 759.

Por parte de la Fiscalía se ha interpuesto en 2017 un total de 637 demandas de incapacidad. En 2016 fueron 586.

En materia mercantil, en Aragón se ha creado un Juzgado de Instancia 1 bis encargado con exclusividad de las llamadas cláusulas suelo, con previsión de la creación de un Juzgado Ter ante el colapso del Juzgado creado.

Respecto del Registro Civil, se observa un significativo aumento de los matrimonios civiles ya que en 2017 se han despachado 1.996, frente a 1.551en 2016.

Se presta una especial atención a los expedientes de matrimonio que se consideran bajo sospecha de que pudieran tener otra finalidad, para tratar de averiguar si esa unión se corresponde con la voluntad de unir el destino de dos personas o simplemente tiene como finalidad que alguna de ellas obtenga una situación de ventaja.

Otro aspecto de interés, que sigue teniendo gran repercusión mediática, es el relativo a la petición de cambio de nombre de menores de edad, que pretende resolver uno de los problemas producidos por la disforia o disfunción entre el sexo biológico y el psicológico. En este extremo se procura ser especialmente cuidadoso en cuanto a la exigencia de justificación médica y psiquiátrica, así como una mínima edad que permita suponer un cierto asentamiento de la personalidad.

2.3. Fiscalía Provincial de Huesca

En materia de derecho de familia, los Fiscales emitieron en 2017 un total de 770 dictámenes y ha asistido a 100 señalamientos civiles. Los procedimientos incoados fueron 591, cifra muy similar a la del año anterior.

En materia de incapacidades, durante el año 2017 el servicio de protección y garantía de derechos de personas con discapacidad de la Fiscalía de Huesca ha incoado un total de 184 diligencias preprocesales para valorar la procedencia de interponer o no demanda de incapacidad, un ligero incremento frente a las 169 incoadas en 2016.

Por parte de la Fiscalía se ha interpuesto a lo largo del año un total de 192 demandas de incapacidad ante los distintos Juzgados de la provincia, cifra significativamente superior a la del año 2016, que ascendía a 118. Como procedimientos de incapacidad incoados mediante demanda interpuesta por particulares constan tan sólo 48 demandas de incapacitación.

Se han incoado en Fiscalía según datos estadísticos, un total de 165 nuevos expedientes de control de tutela y curatela durante el 2017, lo que supone un incremento respecto al año anterior, y en materia de control de rendición de cuentas de curatelas y tutelas se han emitido un total de 554 dictámenes (458 sobre rendiciones de cuentas presentadas por el tutor y 96 rendiciones de cuentas de tutelas). Asimismo se han incoado a lo largo del año 30 procedimientos para obtener autorización judicial en materia de incapaces, 3 procedimientos de rehabilitación o de la capacidad o modificación del alcance de la incapacidad y 4 procedimientos de remoción de tutor.

Por último, se han registrado 645 expedientes de internamiento en la Provincia, y el Fiscal ha emitido un total de 912 informes sobre autorización, prorroga o finalización de internamientos involuntarios.

En 2017 se han realizado 12 visitas a residencias y centros geriátricos en Huesca ciudad y Provincia y actualmente la situación está regularizada.

Respecto del Registro Civil, constan emitidos 417 dictámenes sobre autorización de celebración de matrimonio, 364 dictámenes sobre nacionalidad y 54 de otro tipo.

2.4. Fiscalía Provincial de Teruel

En materia de derecho de familia, los Fiscales emitieron en 2017 un total de 325 dictámenes. Asimismo asistieron a cuantas vistas son señaladas por los respectivos Juzgados y a las exploraciones de menores en los Juzgados de Primera Instancia en sede de procesos de separación y divorcio de sus progenitores, siendo en total 74 en 2017.

En materia de incapacidades, las demandas presentadas por la Fiscalía han sido 64 frente a 74 en 2016 (disminución del 13,5%). Las sentencias estimatorias han sido 62 (73 en 2016). Los expedientes de tutela han sido 130 frente a 119 en 2016.

El número de tutelas en Teruel es de 530 (487 en 2016); en Alcañiz, 229 (211 en 2016) y en Calamocha 144 (133 en 2016) lo que hace un total de 903 frente a 831 en 2016 (aumento del 8,6%) y 745 en 2015 (aumento del 11,5%). Cada vez hay más demandas de incapacidad de las que hay que rendir cuentas, inventarios, autorizaciones de ventas, debido al aumento de la edad de la población y a que enfermedades como Alzheimer, deterioros cognitivos, demencias seniles hacen vulnerables a las personas necesitadas de protección.

Las familias acuden a la Fiscalía para solicitar información y se les da unos impresos para que los cumplimenten. Son reticentes para ser nombrados tutores, por eso se propone que sean oídos los parientes para que cuando se celebre la vista oral que se hace con letrado y procurador, manifiesten quién va a ser el tutor. Cuando nadie quiere o la persona está sola o desamparada se nombra a la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la Comunidad Autónoma, que es encomiable la labor que realizan siendo en gran parte las que ejercen la labor de tutela.

En materia mercantil, la Fiscalía emitió un total de 30 dictámenes en concursos, frente a 22 en 2016 (aumento del 36%) y 29 en 2015 (disminución del 24%).

Respecto del Registro Civil, se han incoado un total de 982 procedimientos, frente a 1.204 en 2016, lo que supone un descenso del 18%.

3. Contencioso-administrativo

3.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

La actividad procesal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se desarrolla en el orden contencioso-administrativo en la intervención en los procesos de los que conozca la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia en los que sea parte el Ministerio Fiscal e informar las cuestiones de competencia atribuidas a la Sala referida, así como los recursos de revisión de su competencia.

En el orden contencioso administrativo la Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió 57 informes en 2017 en cuestiones de competencia suscitadas ante las dos Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. En el año 2016 fueron 65, en 2015 fueron 45, en 2014 fueron 157 y en 2013 fueron 74. La cifra de dictámenes del año 2014 fue extraordinaria debido a que se intervino en 105 recursos interpuestos por médicos del Servicio Aragonés de Salud.

Entre las cuestiones de competencia suscitadas la mayoría siguen refiriéndose a resoluciones dictadas por órganos centrales y periféricos de la administración autonómica en materia de funcionarios (oposiciones y concursos), actos de organismos de la administración institucional aragonesa (Inaga), reclamaciones, sanciones y recargos acordados por la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamaciones de responsabilidad patrimonial respecto de Administración Local y Autonómica. Siguieron aumentando los dictámenes en recursos contra actos dictados en materia de personal por organismos de las Fuerzas Armadas, Guardia civil y Policía Nacional.

En cuanto a los procedimientos especiales de derechos fundamentales, el Ministerio Fiscal intervino en 3 procedimientos (fueron 6 en 2016, 6 en 2015, 10 en 2014 y 14 en 2013). Los derechos fundamentales cuya vulneración se alegó fueron los de inviolabilidad de domicilio, intimidad y secreto de comunicaciones (artículo 18 CE) y derecho a la tutela judicial efectiva en su manifestación del ejercicio del derecho de defensa (artículo 24 CE). No se celebraron vistas con asistencia del Ministerio Fiscal.

3.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

La intervención del Fiscal en el seno del procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales se ha incrementado durante el año 2017, fundamentalmente en el ámbito de la Administración Local.

La máxima conflictividad en esta materia ha surgido de las resoluciones del Servicio Provincial del Departamento de Educación Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en la primera semana del mes de abril, en relación a la fijación de unidades en vías educativas de primaria en centros concertados.

La materia que más ocupa la intervención del Ministerio Fiscal en el seno del proceso contencioso-administrativo es la referente a las cuestiones de competencia de carácter objetivo. Son dos los ámbitos en los que en nuestro territorio se siguen planteando dichas cuestiones: el referente a los actos y disposiciones de la Administración Local dictados en el ámbito urbanístico y el relativo a la materia de sanciones por infracciones en el ámbito de la Seguridad Social. Ha aumentado en un 11% el número de dictámenes de competencia, siendo de 81 en el año 2017, frente a 71 en 2016.

En el capítulo relativo al preceptivo informe del Ministerio Fiscal previo a la concesión o no de autorizaciones judiciales para la práctica de entradas y registros por parte de entidades públicas, se ha producido una reducción del 9%, pasando de 83 en 2016 a 74 en 2017.

3.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Durante el año 2017 se han realizado 33 informes de entrada en domicilio, 8 informes de competencia de los cuales 2 fueron de competencia territorial y 6 de competencia objetiva a favor de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, y 2 de jurisdicción: uno a favor de la jurisdicción Social, y otro a favor de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.4. Fiscalía Provincial de Teruel

Se emitieron 4 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio (15 en 2016), 14 en cuestiones de competencia (11 en 2016), y 1 en procedimiento de protección de derechos fundamentales (1 en 2016).

4. Social

4.1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

En el orden social la intervención de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma se centra en la notificación y estudio de las sentencias dictadas por la Sala de lo Social al resolver los recursos de suplicación interpuestos contra sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social de las tres provincias, con la finalidad de examinar la procedencia de interponer recurso de casación para la unificación de doctrina.

Además se asistió a una vista en procedimientos en única instancia competencia de la Sala de lo Social.

4.2. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Conforme se señala en la Memoria de esta Fiscalía Provincial, se ha mantenido a rajatabla el criterio de la Circular 4/12 de la Fiscalía General del Estado, por lo que sólo se asiste a las vistas en los Juzgados de lo Social cuando es clara y detallada la relación de hechos en la demanda para poder apreciar indicios más que suficientes de una supuesta vulneración de derechos fundamentales o afección a la tutela judicial efectiva.

Ante los problemas de asistencia de los Fiscales, se aplica una interpretación restrictiva a la hora de analizar los hechos expuestos en la demanda para justificar las pretensiones del demandante y evitar personaciones innecesarias y esperas en las conciliaciones que suponen una gran pérdida de tiempo ante el elevado trabajo de la Fiscalía. La inmensa mayoría versan sobre despidos improcedentes.

Durante el año 2017 se ha asistido a un total de 182 juicios en procesos en defensa de los derechos fundamentales (245 en 2016).

4.3. Fiscalía Provincial de Huesca

Durante el año 2017 se ha asistido a un total de 8 juicios en procesos en defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas, de los que 4 concluyeron con conciliación previa. Las materias sobre los que han versado los procesos anteriores han sido: en 1 vulneración a la integridad moral, 2 de acoso laboral y en los otros 5 de tutela judicial efectiva por infracción de la garantía de la indemnidad.

Se han emitido 1 informe a favor de la competencia de la jurisdicción social y 3 de incompetencia de la misma.

4.4. Fiscalía Provincial de Teruel

La intervención del Ministerio Fiscal en 2017 en el Juzgado de lo Social de Teruel fue la siguiente: 1 informe en cuestión de competencia (3 en 2016), 8 juicios (3 en 2016), y 17 dictámenes en asuntos en los que los demandantes han invocado la vulneración de derechos fundamentales.

5. Otras áreas especializadas

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma coordina las actuaciones de las tres Fiscalías Provinciales de Aragón en las diversas materias específicas en las que se manifiesta el principio de especialización del Ministerio Fiscal. Atendiendo a las necesidades y a la dotación de plantilla de cada una de las Fiscalías, en cada provincia hay una Sección o, al menos, un delegado, de cada especialidad.

Se expone seguidamente la labor de las distintas Fiscalías Provinciales en relación a las diferentes especialidades.

5.1. Violencia doméstica y de género

5.1.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.1.1.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza la Sección de Violencia sobre la Mujer ha estado integrada, en el año 2017, por tres Fiscales, una de ellas la Fiscal Delegada, que coordina el servicio. No ha habido modificaciones organizativas respecto del año anterior. Todas actúan con exclusividad en esta materia ante los dos Juzgados de Violencia sobre la Mujer de la capital.

El trabajo habitual de los fiscales no ha variado y, en el año 2017, ha consistido en la asistencia semanal a la guardia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer que por turno corresponda, la asistencia semanal a la totalidad de los juicios orales y vistas señaladas en un Juzgado de lo Penal con competencia en materia de violencia de género, a las vistas de los juicios por delitos leves de los dos Juzgados de Violencia sobre la Mujer y a las vistas civiles señaladas en los mismos. Les corresponde también despachar los procedimientos penales y las ejecutorias en los Juzgados especializados de Zaragoza. Cada uno de los dos Juzgados de Violencia de Género de la capital tiene atribuido un Fiscal para el seguimiento de la instrucción y la calificación de los procedimientos.

Esta organización del trabajo y el desarrollo de la guardia diaria en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer permite que el Ministerio Fiscal sigue teniendo presencia inmediata en la práctica de las declaraciones de los imputados y en las declaraciones de las víctimas, con la finalidad de poder detectar posibles renuncias de acciones injustificadas o la eventual existencia de presiones al prestar declaración.

La Sección dispone de dos funcionarios de la secretaria de Fiscalía que, entre otras obligaciones, tienen a su cargo el registro en el programa de gestión procesal de los procedimientos tramitados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Se sigue prestando especial atención a que la víctima reciba precisa información de los derechos que le asisten, cumpliendo así con la función de velar por la protección de sus derechos.

El Pleno de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada los días 18 y 19 de febrero de 2016, acordó la creación de una Comisión especial de estudio sobre la política y recursos necesarios para acabar con la violencia de género. El 25 de mayo de 2017 la Fiscal Delegada compareció en dicha comisión exponiendo el diagnóstico de la Fiscalía sobre la situación de la violencia de género en Aragón y los problemas que apreciaba en la regulación legal y en los medios de que dispone la Administración de Justicia.

Se ha intensificado la coordinación de la Sección de Violencia con otros servicios, órganos e instituciones. Entre estos se encuentran los Servicios de Violencia Familiar, los Puntos de Encuentro Familiar y el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM).

El 14 de septiembre de 2017 el Gobierno de Aragón celebró una Jornada sobre Violencia de Género en el ámbito forense y sanitario a las que acudió una representante de la Fiscalía Provincial.

Los días 23 y 24 de noviembre de 2017 una representante de la Fiscalía Provincial acudió al I Congreso sobre Violencia contra las mujeres, organizado y convocado por el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM). También se ha asistido a las reuniones para la redacción de un nuevo Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Prevención de la Violencia de Género y Atención a las Víctimas de Aragón.

La relación con las Unidades de Policía Judicial especializadas en esta materia es estrecha y fluida. Los atestados cuentan con el preceptivo informe sobre nivel de riesgo de las víctimas de violencia de género, conforme al Protocolo establecido al efecto y se mantiene un canal directo de comunicación con la Brigada de Homicidios de la Policía Judicial para los casos de homicidio o asesinato y otros delitos graves.

Se han impartido dos cursos de formación a funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en los meses de febrero y junio de 2017.

La Fiscal Delegada sigue interviniendo como ponente, al igual que en años anteriores, en los cursos de formación que imparte el Colegio de Abogados de Zaragoza para letrados del turno especial de asistencia a víctimas de violencia de género, impartiendo dos ponencias el 6 de abril de 2017.

La Sección Territorial de Calatayud de la Fiscalía Provincial de Zaragoza se ocupa de los procedimientos tramitados en los Juzgados de su ámbito territorial (partidos judiciales de Calatayud, Daroca y La Almunia) y en los partidos de Ejea de los Caballeros, Caspe y Tarazona intervienen otros Fiscales de la Fiscalía Provincial, en coordinación con la Fiscal Delegada de la Sección de Violencia.

La Memoria de la Fiscalía Provincial se refiere con detalle al estado de la tramitación de los procedimientos judiciales incoados por muerte (consumada o intentada) en los años anteriores. Así se exponen el estado de tramitación del procedimiento de la Ley de Jurado 1/2017 del Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1, por asesinato consumado y dos tentativas de asesinato (juicio oral señalado para el día 9 de abril de 2018); de las diligencias previas n.º 438/2016 del Juzgado de Violencia de Género n.º 2 por asesinato (en fase de instrucción) y del sumario 2/2016 del Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º1 por delito de asesinato en grado de tentativa (pendiente de señalamiento de juicio oral).

5.1.1.2. Valoración de datos estadísticos

a. Violencia de Género

Fallecimientos en materia de violencia de género: En el año 2017 no se produjeron muertes dolosas de mujeres atribuidas a su marido o pareja de hecho. Fueron tres el año 2016 y una en 2015.

Respecto de otros delitos de violencia de género, en el año 2017 se han incoado en la capital y en la provincia de Zaragoza, en materia de violencia de género, un total de 3.426 procedimientos penales con entrada en Fiscalía (comparativamente fueron 2.724 en 2016, 2.464 en 2015 y 2.336 en el año 2014), de los cuales, 487 fueron Juicios Rápidos provenientes de Diligencias Urgentes, 2.505 se incoaron como Diligencias Previas, 431 como Procedimientos Abreviados, 2 Sumarios Ordinarios y 1 procedimiento de la Ley de Jurado. Se sigue apreciando un incremento en el número total de causas penales, que este año ha sido muy notable.

En 2017: aumento del 25,77%

En 2016: aumento del 10,55%

En 2015: aumento del 5,47%)

Se incoaron 234 procedimientos por delitos leves en 2017, tras la reforma del Código Penal que sustituyó, en parte, las faltas por los delitos leves.

En relación a la tipología delictiva, la mayoría de las causas penales lo han sido por delitos de lesiones o maltrato ocasional en el ámbito familiar del artículo 153 del Código Penal, seguidos por los de amenazas del artículo 171.4, y en menor número por maltrato habitual, por quebrantamiento de medida cautelar o de condena y por coacciones del artículo 172.2. Entre los procedimientos incoados se computan 2.098 por maltrato ocasional, 139 por maltrato habitual, 909 por delito de amenazas, 195 por delito de coacciones, 189 por quebrantamiento de condena y 199 por quebrantamiento de medida cautelar.

En cuanto a las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Penal de Zaragoza y por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en el año 2017, consta haberse dictado 532 sentencias condenatorias por delito (496 en 2016 = aumento del 7,25%), (442 el año 2015 = aumento del 12,21%). De ellas se dictaron 288 por conformidad (258 en 2016). Hubo 294 sentencias absolutorias (254 en 2016).

La Fiscalía en 2017 ha formulado 928 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia (799 en 2016 = aumento del 16,14%), (693 en 2015 = aumento del 15,29%).

En cuanto a medidas cautelares, se dictaron 128 órdenes de alejamiento conforme al artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (64 en 2016 (aumento del 100%). En cuanto a las órdenes de protección se solicitaron 932 en el año 2017 (589 en 2016 = aumento del 58,23%). De ellas fueron concedidas 823, de ellas 216 fueron con medidas penales y 607 con medidas penales y civiles. En 28 ocasiones, a solicitud de la Fiscalía, se acordó la medida de prisión provisional (24 en 2016).

b. Violencia doméstica

Los doce Juzgados de Instrucción de la capital y los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la provincia son los encargados de instruir los procedimientos penales relativos a delitos relacionados con la violencia doméstica.

En cuanto al número de procedimientos en el año 2017 se incoaron un total de 539 (436 en 2016 = aumento del 23,62%). De ellos: 86 juicios rápidos, 390 diligencias previas, 62 procedimientos abreviados y 1 sumario. También 77 procedimientos por delito leve (74 en 2016 = aumento del 4%).

En 2017: aumento del 23,62%

El tipo delictivo por el que se tramitaron más procedimientos fue el de maltrato ocasional (182) seguido por el de amenazas (125). Con cifras menores aparecen el maltrato habitual (5), las lesiones (8), los quebrantamientos de medida o de condena (83) y las coacciones (46). La Fiscalía presentó 183 escritos de calificación por delitos relacionados con la violencia doméstica.

Respecto a las sentencias dictadas en esta materia por los órganos jurisdiccionales penales de Zaragoza, fueron 162 por delito (166 en 2016 = disminución del 2,4%). De ellas: 97 condenatorias (46 de ellas por conformidad) y 65 absolutorias.

En cuanto a las medidas cautelares se dictaron 43 órdenes de alejamiento (39 en 2016 = aumento del 10,25%) y 62 órdenes de protección (80 en 2016 = disminución del 22,5%). De ellas 39 sólo con medidas penales y 23 con medidas civiles y penales. Prisión provisional: Se acordó en 4 ocasiones (6 en 2016).

5.1.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.1.2.1. Organización

En el año 2017 la organización del Servicio de Violencia de Género en la Fiscalía Provincial de Huesca es idéntica a la de los años anteriores. Corresponde al Teniente Fiscal de la Fiscalía desempeñar la función de delegado de este servicio.

En atención al número de Fiscales que integran la plantilla de esta Fiscalía Provincial y al volumen de trabajo que supone la materia de violencia de género, el Fiscal Delegado no desempeña esta función con exclusividad.

Se mantiene sin novedades la coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Local de Huesca y la Unidad de Coordinación que en materia de violencia de género se constituyó en la Subdelegación del Gobierno.

5.1.2.2. Valoración de datos estadísticos

Hay que destacar que, en el año 2017, al igual que en los cinco años anteriores, no se ha producido ninguna muerte por violencia de género en el ámbito de la provincia de Huesca.

Del examen de la estadística de la Fiscalía Provincial de Huesca resultan los siguientes datos:

a. Violencia de género

Los procedimientos incoados en 2017 fueron 370 (452 en 2016 = disminución del 18,14%). De ellos: Juicios Rápidos y Diligencias Urgentes: 116; Diligencias Previas: 188; Procedimiento Abreviado: 66.

En 2017: disminución del 18,14%.

Entre los delitos por los que se incoaron estos procedimientos los más numerosos fueron el maltrato ocasional y habitual y en menor medida las amenazas y los quebrantamientos, tanto de condena como de medida cautelar.

La Fiscalía ha formulado 145 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia (70 en 2016 = aumento del 107,14%).

Se dictaron 103 sentencias en procedimientos por delito (97 en 2016 = aumento del 6,18%). De ellas 94 condenatorias (87 por conformidad) y 9 absolutorias.

Medidas cautelares: Órdenes de alejamiento: 15 (6 en 2016 = aumento del 150%)); órdenes de protección se solicitaron 140 (164 en 2016 = disminución del 14,63%). De ellas, 24 fueron denegadas. Medidas de prisión provisional: 3 (6 en 2016).

b. Violencia doméstica

Procedimientos incoados en 2017: 19. De ellos: juicios rápidos: 3; diligencias previas: 10; procedimientos abreviados 6; Tribunal de Jurado 0.

Se presentaron 10 escritos de calificación y se dictaron 8 sentencias, 6 de ellas condenatorias (4 por conformidad) y 2 absolutorias.

Medidas cautelares: prisión provisional: 0; órdenes de alejamiento: 2.

5.1.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.1.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel la Teniente Fiscal continúa desempeñando la función de Fiscal Delegada en esta materia, sin que se puedan reseñar novedades en el sistema de organización y despacho respecto de los años anteriores. Se mantiene la coordinación con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policía Local de Teruel así como la participación en las reuniones concertadas por la Unidad de Violencia sobre la Mujer de la Subdelegación del Gobierno.

Se ha de destacar que en el año 2017, al igual que en los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, no se han cometido en la provincia delitos de homicidio o asesinato de mujeres atribuidos a su marido o pareja.

5.1.3.2. Valoración de datos estadísticos

a. Violencia de género

En 2017 los procedimientos incoados fueron 328 (270 = aumento del 21,48%). De ellos: diligencias urgentes y juicios rápidos: 151; diligencias previas y procedimientos abreviados: 176; sumarios: 1. Se aprecia un aumento en el número de denuncias y procedimientos incoados.

En 2017: aumento del 21,48%

Delitos por los que se han tramitado: maltrato ocasional: 132; maltrato habitual: 23; acoso familiar: 2; amenazas: 12; quebrantamiento de condena: 26; quebrantamiento de medida cautelar: 14; lesiones: 3; coacciones: 6; abuso sexual: 1. delitos leves: 6.

La Fiscalía ha formulado 105 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia (109 en 2016 = disminución del 3,66%). Se dictaron un total de 90 sentencias (96 en 2016 = disminución del 6,25%), 80 de ellas condenatorias (51 por conformidad) y 10 absolutorias.

Medidas cautelares: órdenes de alejamiento: 64 (42 en 2016); órdenes de protección: 42 (25 en 2016), todas fueron adoptadas, 17 con medidas sólo penales y 25 con medidas penales y civiles. Prisión provisional: 10 (6 en 2016).

b. Violencia doméstica

Procedimientos incoados en 2017: 22 diligencias urgentes; 64 diligencias previas y procedimientos abreviados; 1 sumario.

En cuanto a los tipos delictivos por los que se incoaron más procedimientos aparecen 46 supuestos de maltrato ocasional, 6 de maltrato habitual, 1 por acoso familiar, 3 por lesiones, 7 por quebrantamiento de medida cautelar o de condena, 1 por abusos sexuales.

Medidas cautelares: 10 órdenes de alejamiento (3 en 2016). Prisión provisional: 1 (1 en 2016).

5.2. Siniestralidad laboral

5.2.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.2.1.1. Organización

La Sección de Siniestralidad ha estado integrada en el año 2017 por un Fiscal Delegado, encontrándose pendiente la designación de un Fiscal adscrito. Conforme a lo dispuesto en la Instrucción número 7/2007 de la Fiscalía General del Estado, el Fiscal Delegado ha ejercido las funciones de coordinación de los restantes Fiscales en el despacho de las causas incoadas por estos delitos.

Las funciones de dirección y coordinación delegadas por el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial al Fiscal Delegado se mantienen sin variación y son las siguientes:

a) La coordinación, reparto de trabajo y asignación de servicios en la materia de la especialidad entre los Fiscales especialistas adscritos a la Sección.

b) La relación con los Delegados de otras Secciones, y con los Coordinadores de los demás Servicios de la Fiscalía y de las Secciones Territoriales así como con los Delegados de la misma especialidad en otras Fiscalías territoriales.

c) La organización de los registros de la Sección.

d) La ordenación y reparto de trabajo del personal auxiliar adscrito a la Sección, así como la emisión de instrucciones sobre cuestiones accesorias o complementarias al funcionamiento de la Secretaría de la Sección, de las que conocerá previamente el Fiscal Jefe.

e) La elaboración de estudios para mejora del servicio que presta la Sección o sobre las cuestiones técnicas que suscite la aplicación de la normativa.

f) La elaboración de informes estadísticos relativos a la Sección.

g) El control de las sentencias que se dicten sobre las materias objeto de la especialidad.

h) La supervisión de las causas penales sobre materias de la especialidad con inculpados sometidos a medida cautelar de prisión, sin perjuicio del control que detalla la Instrucción 3/2005.

i) La redacción del apartado de la Memoria de la Fiscalía relativo a la respectiva Sección.

j) La coordinación con las Autoridades, Servicios, Entidades y Organismos relacionados con actividades vinculadas a la materia de la especialidad.

k) La dación de cuenta al Fiscal de Sala Coordinador de los hechos relativos a la materia de la especialidad que puedan merecer la consideración «de especial trascendencia» a los efectos de su posible intervención directa.

l) Ser portavoz de la Fiscalía ante los medios de comunicación en la materia propia de la especialidad bajo la dirección del Fiscal Jefe.

El Fiscal Delegado tramita las Diligencias de Investigación relativas a Siniestralidad Laboral, estando a su cargo, y al de los Fiscales adscritos, la coordinación en el despacho de los procedimientos penales asignados.

5.2.1.2. Datos estadísticos

Del examen de la estadística del año 2017 resulta número similar de diligencias de investigación tramitadas en la Fiscalía Provincial de Zaragoza, ya que fueron 6 las incoadas en 2013, 9 las iniciadas en el año 2014, 5 en el año 2015, 9 el año 2016 y 8 en este año 2017. Todas ellas finalizaron su trámite en el propio año natural, concluyendo con la interposición de denuncia o querella ante el Juzgado de Instrucción, sin que quedaran pendientes al finalizar el año.

Es similar el número de causas incoadas por homicidio en accidente laboral que pasan de 1 en 2016 a 2 en 2017. Es, sin embargo, superior el número de diligencias previas incoadas por delito de lesiones en accidente laboral, 286 en 2017 frente a 281 en 2016. Disminuye el número de diligencias previas incoadas por delito de riesgo sin resultado lesivo de 5 en 2016 a 3 en 2017.

Causas pendientes de tramitación en los Juzgados por delitos de:

Homicidio en accidente laboral en 2017: 6 (7 en 2016)

Lesiones en accidente laboral en 2017: 14 (16 en 2016)

Delito de riesgo sin resultado lesivo (art. 316,317 C.P) en 2017: 5 (3 en 2016)

Ha aumentado ligeramente el número de escritos de calificación formulados por el Ministerio Fiscal en procedimientos de siniestralidad laboral, ya que han pasado de 10 en el año 2014, 11 en el año 2015, 12 en el año 2016 y 13 en 2017.

Es similar el número de sentencias dictadas en esta materia por los Juzgados de lo Penal durante el año 2017, puesto que han sido 9 frente a las 7 del año anterior, todas ellas por Juzgados de lo Penal.

5.2.1.3. Relaciones institucionales

Los contactos y relaciones con la Inspección de Trabajo y con la Dirección General de Trabajo e Inmigración del Gobierno de Aragón en el año 2017 se han mantenido con fluidez, como en años anteriores.

Conforme a lo acordado con la Inspección de Trabajo, por este órgano se han seguido remitiendo expedientes sancionadores (también este año nueve Actas de Infracción) acompañados de información adicional que han dado lugar a la presentación de nueve denuncias por la Fiscalía ante el Juzgado. También la Inspección de Trabajo ha remitido información inmediata cuando han ocurrido accidentes laborales con muerte del trabajador en dos ocasiones.

Por parte de la Fiscalía se han remitido a la Inspección copias de resoluciones dictadas por los Juzgados, derivadas de las denunciadas recibidas.

5.2.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.2.2.1. Organización

Un Fiscal de esta Fiscalía desempeña la coordinación de siniestralidad laboral, manteniendo la relación con la Fiscalía de Sala, bajo la dirección del Fiscal Jefe Provincial. Debido al número de Fiscales de la plantilla y al volumen de asuntos de esta especialidad, esta labor no tiene carácter exclusivo y se compagina con el desempeño de otras funciones. No ha habido modificaciones en la organización en el año 2017.

5.2.2.2. Datos estadísticos

De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca correspondiente al año 2017 resultan los siguientes datos:

En la Fiscalía Provincial durante el año 2017 se ha tramitado una diligencia de investigación por siniestralidad laboral, finalmente archivada.

Los procedimientos judiciales incoados por delito de lesiones en accidente laboral fueron 7 y por delito de riesgo sin resultado lesivo 11.

En estos procedimientos, y en ese mismo año, el Ministerio Fiscal presentó escrito de calificación en 3 procedimientos.

El Juzgado Penal de Huesca dictó 3 sentencias, todas ellas condenatorias. En la Audiencia Provincial se dictó una sentencia en trámite de apelación confirmando el fallo condenatorio anterior del Juzgado de lo Penal.

5.2.2.3. Relaciones Institucionales

La Fiscalía Provincial de Huesca continúa manteniendo una especial relación de colaboración con las autoridades y servicios administrativos con competencia en esta materia, en particular con los Servicios Provinciales de la Consejería de Trabajo de la DGA y con la Inspección de Trabajo, fundamentalmente respecto de los informes técnicos sobre accidentes graves acaecidos en el ámbito laboral.

5.2.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.2.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel una Fiscal de la plantilla desempeña la coordinación en la materia de siniestralidad laboral, manteniendo la relación con la Fiscalía de Sala, bajo la dirección del Fiscal Jefe Provincial. Debido al número de Fiscales de la plantilla y al volumen de asuntos de esta especialidad esta labor no tiene carácter exclusivo y se compagina con el desempeño de otras funciones. No ha habido modificaciones organizativas en el año 2017.

5.2.3.2. Datos estadísticos

De la Memoria de la Fiscalía Provincial del año 2017 resultan los siguientes datos:

En el año 2017 no fueron incoadas diligencias de investigación de Fiscalía por hechos relacionados con esta materia laboral.

Respecto de los procedimientos incoados, fueron registrados en los Juzgados cinco procedimientos por muerte en accidente laboral. El número de procedimientos incoados en los Juzgados como lesiones en accidente laboral, ascendió en 2017 a 693, frente a 541 el año 2016. En su mayor parte sigue tratándose de supuestos de lesiones leves sin declaración de responsabilidad ni vulneración de normas de seguridad y de accidentes in itinere, sin trascendencia penal. Se han incoado 9 procedimientos por delito de riesgo sin resultado lesivo.

Las causas pendientes de tramitación en los Juzgados, al finalizar el año 2017, con independencia de su fecha de incoación, ascendían a 4 por homicidio en accidente laboral, 19 por lesiones en accidente laboral y 4 por riesgo sin resultado lesivo.

El Ministerio Fiscal presentó dos escritos de calificación por delitos de siniestralidad laboral.

El Juzgado Penal dictó dos sentencias, las dos condenatorias, en procedimientos abreviados seguidos en esta materia. La Audiencia Provincial no dictó sentencias resolviendo recursos de apelación.

5.2.3.3. Relaciones Institucionales

En el año 2017 se han seguido celebrando reuniones semestrales con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se mantiene una especial comunicación con este organismo en el intercambio de datos e información relativa a los accidentes laborales acaecidos en la provincia.

Se mantiene la relación de colaboración con los Técnicos de ISSLA (Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral) en los siniestros de mayor gravedad y con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la investigación de los hechos relacionados con la siniestralidad laboral (atestados, informes y diligencias de inspección ocular).

5.3. Medio ambiente y urbanismo

5.3.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.3.1.1. Organización

La Sección de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico y Artístico de la Fiscalía Provincial de Zaragoza ha mantenido su organización sin novedades en el año 2017 y está integrada por un Fiscal Delegado y un Fiscal adscrito. Ambos desempeñan las funciones correspondientes de la Sección junto con otras actividades en el ámbito penal.

En lo que se refiere a la relación con otras administraciones, durante el año 2017 se ha continuado manteniendo la colaboración con diversos órganos de la Administración Central y Autonómica. Principalmente con la Consejería de Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón, Confederación Hidrográfica del Ebro y el Seprona (Servicio de Protección de la Naturaleza) de la Guardia Civil.

5.3.1.2. Datos estadísticos

De la estadística de la Sección incorporada a la memoria de la Fiscalía Provincial resultan los siguientes datos:

En el año 2017 se han incoado 14 diligencias de investigación de Fiscalía en materias de medio ambiente, urbanismo, flora y fauna y patrimonio histórico (fueron 11 en 2016 y 8 en 2015). De ellas, 6 fueron en materia de medio ambiente, 4 en ordenación del territorio y urbanismo, 1 en patrimonio histórico y 3 en flora y fauna.

Siete de ellas fueron archivadas y seis llevaron, una vez conclusas, a la presentación de denuncia ante un Juzgado de Instrucción. Se encuentran pendientes de tramitación dos diligencias.

Los procedimientos judiciales incoados en el año 2017 en estas materias fueron 54 (47 Diligencias previas y 7 Procedimientos Abreviados) que se distribuyen por delitos en las diligencias previas de la siguiente forma: 9 de medio ambiente, 8 en flora y fauna, 1 de ordenación del territorio y urbanismo, 1 de patrimonio histórico, 28 de maltrato a animales domésticos y 7 de incendios forestales.

La Fiscalía presentó 9 escritos de calificación en procedimientos abreviados: 1 por patrimonio histórico, 5 por flora y fauna y 3 por maltrato a animales domésticos.

En cuanto a las sentencias dictadas en el año 2017 fueron 4, de ellas 3 condenatorias y 1 absolutoria. Se distribuyen por delitos de la siguiente forma: 1 en medio ambiente, 1 en maltrato de animales domésticos y 2 de flora y fauna.

5.3.1.3. Supuestos de actuación más relevantes

Resalta la Memoria de la Fiscalía Provincial la investigación encomendada a la Sección por la Fiscalía de Sala de la Fiscalía General del Estado sobre la tasa de reciclaje de aparatos frigoríficos y su destino, ante una posible concertación entre productores, importadores de maquinaria y titulares de los SIG de reciclaje. Se cuenta para ello con la colaboración de la Unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil.

5.3.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.3.2.1. Organización

Un Fiscal de esta Fiscalía Provincial desempeña la función de Fiscal delegado, coordinando las actuaciones de la Fiscalía conforme a las directrices de la Fiscalía de Sala correspondiente. En su Memoria resalta la colaboración que encuentra en su labor por parte de los agentes del Seprona de la Guardia Civil y de los Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón.

5.3.2.2. Datos estadísticos

De la memoria correspondiente al año 2017 de la Fiscalía Provincial de Huesca resultan los siguientes datos:

Se incoaron 4 diligencias de investigación de Fiscalía, dos de ellas de la materia de ordenación del territorio y urbanismo, una de flora y fauna y una de maltrato de animales domésticos. Todas ellas finalizaron con la presentación de denuncia o querella ante los Juzgados. No hay diligencias pendientes de años anteriores.

Los procedimientos penales incoados en los diferentes Juzgados de Instrucción de la capital y de la provincia han sido un total de 27 (fueron 34 en 2016). Se distribuyen en 1 procedimiento de diligencias urgentes, 2 juicios rápidos, 18 diligencias previas y 6 procedimientos abreviados.

La Fiscalía ha presentado 4 escritos de calificación (fueron 5 en 2016), 1 de ellos referido a flora y fauna y 3 a maltrato de animales domésticos.

Se dictaron 4 sentencias por los Juzgados Penales de Huesca, todas ellas condenatorias, referidas 3 a maltrato a animales domésticos y 1 a incendios forestales.

5.3.2.3. Supuestos de actuación más relevantes

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Jaca número 1 tramita las Diligencias Previas n.º 1101/2014, procedimiento al que se ha hecho referencia en Memorias anteriores y en el que interviene activamente la Fiscalía Provincial. Se investiga el vertido de lindano en Bailín, alrededores de Sabiñánigo, y la filtración posterior al cauce del río Gállego. Sigue la causa su tramitación en el año 2017 y ha sido declarada compleja.

En la Memoria de la Fiscalía Provincial se viene haciendo en años anteriores especial referencia al procedimiento relativo a la «cueva de Chaves». Se condenó al acusado por la Fiscalía Provincial como autor de un delito contra el Patrimonio Histórico del artículo 323 del Código Penal, por la destrucción de un yacimiento prehistórico, en sentencia de 9 de noviembre de 2016 dictada por el Juzgado de lo Penal. La Audiencia Provincial ha dictado sentencia en trámite de apelación el 27 de diciembre de 2017, confirmando en lo sustancial la sentencia anterior, si bien aprecia una atenuante de dilaciones indebidas y rebaja la pena de prisión. En la actualidad se tramita la ejecutoria de la sentencia.

Se cita también el procedimiento de Diligencias Previas n.º 1001/2013 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Jaca relativo al vertido de sedimentos en el río Escarra, en Tramacastilla de Tena, como consecuencia presuntamente de las obras llevadas a cabo en la presa del mismo nombre. Ha concluido la instrucción y se encuentra en fase de calificación.

5.3.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.3.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel está designado un Fiscal delegado en materia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico en coordinación con la Fiscalía de Sala correspondiente. Desempeña sus funciones junto con otros cometidos puesto que no tiene carácter exclusivo. No ha habido modificaciones en el año 2017 en el sistema organizativo de la Fiscalía.

Se sigue haciendo especial referencia en la Memoria de la Fiscalía Provincial a la labor del Equipo de Investigación del Seprona de la Comandancia de la Guardia Civil de Teruel con el que se mantiene una relación de colaboración así como a la de los Agentes de Medio ambiente del Gobierno de Aragón.

La Memoria del año anterior contenía un extenso estudio sobre la mortandad de avifauna protegida en tendidos eléctricos elaborado por el Fiscal Delegado y elevado a la Fiscalía de Sala.

En este año 2017 la Fiscalía de Sala encomendó al Fiscal delegado de Teruel organizar la creación de una «Red nacional de seguimiento del problema de la mortandad de avifauna en tendidos eléctricos» con la finalidad de diagnosticar el problema y unificar criterios de actuación para detectar posibles infracciones penales. Para ello el Fiscal delegado llevó a cabo una exposición del tema el 30 de enero de 2017 en las Jornadas de especialistas organizadas por el Centro de Estudios Jurídicos, participó en unas Jornadas celebradas en Albacete los días 18 y 19 de abril con la colaboración del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural «Alerta Tendidos» e intervino en la reunión inaugural de la recién creada Red Nacional los días 1 y 2 de junio. Esta reunión tuvo lugar en el Centro Internacional del Agua y Medio Ambiente de La Alfranca, en la localidad de Pastriz (Zaragoza).

También se resalta en la Memoria de la Fiscalía Provincial la tramitación de diligencias informativas para supervisar una campaña de prevención de incendios forestales en determinados municipios de la provincia para neutralizar puntos de riesgo utilizados como vertederos, próximos geográficamente a masas forestales.

5.3.3.2. Datos estadísticos

De los anexos estadísticos de la Memoria de la Fiscalía Provincial del año 2017 resultan los siguientes datos:

Respecto de las diligencias de investigación de Fiscalía se han incoado 14 en el año 2017 (7 en 2016). De ellas 2 referidas a medio ambiente, 5 a ordenación del territorio, 1 a flora y fauna, 2 a incendio forestal y 4 a maltrato de animales domésticos. Todas ellas fueron archivadas. No hay diligencias pendientes de años anteriores.

Los procedimientos judiciales incoados en la provincia en el año 2017 (11) han disminuido (fueron 33 el año anterior). Se trata de 1 diligencias urgentes, 9 diligencias previas y 1 procedimientos abreviado.

La Fiscalía formuló 4 escritos de calificación, 2 por Incendios forestales y 2 por maltrato a animales domésticos.

Los Tribunales han dictado 6 sentencias en el año 2017, cuatro de ellas condenatorias. Tres relativas a maltrato de animales domésticos y otras tres a flora y fauna.

5.4. Extranjería

5.4.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.4.1.1. Organización

La Sección de Extranjería de la Fiscalía Provincial de Zaragoza está integrada por una Fiscal Delegada que desempeña esta función junto con otros cometidos en el organigrama de la Fiscalía.

La Sección coordina esta materia, en relación con la Fiscalía de Sala correspondiente y bajo la supervisión del Fiscal Jefe Provincial. Entre sus funciones se encuentra establecer la adecuada relación de colaboración entre las distintas áreas de la Fiscalía Provincial cuando los autores o víctimas del delito son ciudadanos extranjeros. Es fundamental para el desarrollo de sus funciones la doctrina contenida en la Instrucción 5/2007 y en las Circulares 2/2006 y 5/2011 de la Fiscalía General del Estado.

5.4.1.2. Las expulsiones de ciudadanos extranjeros en el proceso penal

En el año 2017 han sido 3 los procedimientos en los que la expulsión del imputado de nacionalidad extranjera se ha solicitado y ejecutado en trámite de instrucción, (fueron 4 en 2016, 5 en 2015, 5 en 2014, 8 en 2013 y 6 en 2012). Sigue disminuyendo el número de procedimientos penales en que se solicita y autoriza la expulsión en fase de instrucción. Generalmente la expulsión se pospone para la fase de ejecución de la sentencia, en aplicación del artículo 89 del Código Penal.

Conforme al artículo 89 del Código Penal, cuando un ciudadano extranjero ha sido condenado procederá la sustitución de la pena por la expulsión en y, si ha sido absuelto, la medida de expulsión del extranjero es ajena al procedimiento judicial y se efectuará, en su caso, en vía administrativa. La reforma del artículo 89 del Código Penal efectuada por la Ley Orgánica 1/2015, que entró en vigor el día 1 de julio de 2015, ha introducido importantes novedades en relación con la redacción anterior del precepto. Conforme a esta regulación las cuestiones principales que se plantean son:

— Las penas que se pueden sustituir han de ser penas de prisión superiores a un año, con lo que se elimina la posibilidad de la expulsión por penas inferiores a ese tiempo, cuestión que había sido objeto de debate.

— El párrafo 2.º se refiere ahora a penas de más de cinco años, a diferencia de la anterior regulación que, a sensu contrario, se refería a penas superiores a seis años, y regula expresamente la circunstancia de que sean varias las penas que, sumadas, excedan de aquella duración.

— Siempre la referencia a la duración de las penas alude, como en la redacción anterior, a penas impuestas en concreto y no a la pena a imponer en abstracto por el delito de que se trate.

— El momento de acordar la sustitución puede ser en la sentencia o después de ella, también sin variación en ese punto con la redacción anterior.

— Aplicación a ciudadanos comunitarios. Otra novedad es que regula por primera vez la posibilidad de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea, en sustitución de la pena de prisión que se le haya impuesto pero solamente procederá cuando el ciudadano represente «una amenaza para el orden público o la seguridad pública» (incorporando estos conceptos que ya existían en el Real Decreto 240/2007 de aplicación a los ciudadanos de la Unión) «en atención a la naturaleza, circunstancias y gravedad del delito, sus antecedentes y circunstancias personales». Cuando el ciudadano comunitario resida en España durante los diez años anteriores exige, además, que haya cometido delito... «con pena de prisión de más de cinco años con riesgo grave de comisión de más delitos o fuera condenado por delito de terrorismo u otros en el seno de organización criminal». En el año 2017 y en aplicación de la Ley Orgánica 1/2015 se han realizado tres escritos de calificación en los que se ha solicitado la sustitución de la pena por la expulsión de un ciudadano comunitario.

— Aplicación a extranjeros con permiso de residencia. La nueva redacción ha suprimido la diferenciación, a los efectos de la sustitución de la pena impuesta a un extranjero, que existía con anterioridad entre ciudadanos extranjeros en situación regular o irregular, equiparándolas. Así dispone «las penas de prisión de más de un año impuestas a un ciudadano extranjero serán sustituidas por su expulsión del territorio español». En consecuencia, no se distingue en cual sea la situación administrativa del extranjero condenado.

— Aplicación de la regla de proporcionalidad, artículo 89-4.º: Este precepto establece una excepción general al carácter imperativo del párrafo 1.º, que indica: «las penas de prisión de más de un año... serán sustituidas» puesto que dice que no procederá la sustitución cuando a la vista de las circunstancias del hecho y de las personales del autor, en particular su arraigo en España, la expulsión resulte desproporcionada. Regula el principio de «la proporcionalidad» que ha sido objeto de un amplio estudio por la reciente Circular n.º 7/2015 de la Fiscalía General del Estado que viene a moderar aquel carácter obligatorio, para dar una mayor discrecionalidad al juez en su sentencia y que el Fiscal también debe tener en cuenta en su calificación, valorando no solo la gravedad del delito sino también las circunstancias tanto del hecho como personales y familiares del autor, para evitar con una aplicación literal de la ley, un resultado desproporcionado e inadecuado.

— Excepción de defensa del orden jurídico y restablecimiento de la confianza: El mandato es imperativo (serán sustituidas), no obstante este criterio admite variaciones cuando el mismo precepto establece, tanto en el párrafo 1º para los supuestos de penas superiores a un año, como en el párrafo 2º para las penas superiores a cinco años, la aplicación de este nuevo principio «cuando resulte necesario para asegurar la defensa del orden jurídico y restablecer la confianza en la vigencia de la norma infringida por el delito».

Mientras en el párrafo 1.º se dispone la sustitución por expulsión como norma y solo excepcionalmente el cumplimiento de parte de la pena, en el párrafo 2º, para las penas de más de cinco años, se dice que se acordará la ejecución de todo o parte de la pena, y se sustituirá la ejecución del resto por expulsión, cuando se cumpla la parte de pena que se hubiera determinado, se acceda al tercer grado penitenciario o se conceda la libertad condicional.

Este párrafo obedece a evitar una rígida aplicación de la ley que impida tener en cuenta, no solo las circunstancias personales y familiares del autor, sino también la necesidad de valorar la repercusión que la expulsión y no ejecución de parte de la pena en España, pudiera generar en la sociedad, evitando la impresión de impunidad e incumplimiento de la ley. Se podría entender que establecía un trato perjudicial para los españoles que cumplirían la pena mientras que los extranjeros no lo harían. Se atribuye de nuevo a los Tribunales una facultad de valoración y discrecionalidad, teniendo en cuenta los intereses en conflicto.

En el año 2017, se efectuaron por la Fiscalía Provincial de Zaragoza 45 escritos de calificación (31 en 2016) en los que se interesaba la sustitución de la pena de prisión impuesta al penado extranjero por la expulsión del territorio español. Seis de ellos afectaron a extranjeros con residencia legal en España y 39 se encontraban en situación irregular. Se trata de una cifra superior al año 2016 (28) e inferior a la de 2015 (48) y 2014 (74).

En el mismo año 2017 se han dictado 16 sentencias en procedimientos en los que se solicitaba la expulsión. Fueron 29 en 2016, 24 en 2015 y 53 en 2014.

No se han observado incidencias dignas de mención en la aplicación de la sustitución de penas de prisión de cualquier duración por la expulsión del territorio español. Las expulsiones de extranjeros, además de por los órganos judiciales, se comunican mensualmente a la Fiscalía por la Policía, encargada de efectuarlas. En el presente año 2017 han sido expulsados en Zaragoza 51 extranjeros, en virtud de resoluciones judiciales, durante la ejecución de sentencias dictadas por Juzgados de lo Penal, Audiencia Nacional o acordadas por Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Fueron 35 en 2016 y 84 en 2015.

5.4.1.3. Medidas cautelares de internamiento

Las resoluciones administrativas que acuerdan la expulsión del territorio español y que ponen fin a los expedientes administrativos relativos a extranjeros en situación irregular en España, pueden llevar consigo el internamiento en un centro no penitenciario (CIE) hasta el momento de la efectiva expulsión del país, para lo cual se solicita del Juez de Guardia autorización para su internamiento.

La medida supone aplicar una privación de libertad a personas que no han sido condenadas penalmente ni han sido sometidas a una medida cautelar penal, por lo que, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, debe estar sometido a un estricto control en cuanto afecta a un derecho como el de la libertad, inseparable de la persona, y al que el extranjero, sea cual sea su situación administrativa en España, tiene derecho tanto por ser un derecho inherente a la condición humana como por mandato constitucional (artículo 13 CE).

En Aragón no existe Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). Los extranjeros procedentes de esta Comunidad ingresan en centros de Madrid, Barcelona y Valencia y, como en años anteriores, tampoco en el año 2017 no se ha planteado por ello ningún problema digno de mención. La Fiscalía lleva un control de los autos y de las fechas de ingreso en el CIE.

Durante el año 2017 se dictaron en los Juzgados de Instrucción de Zaragoza 43 autos relativos al internamiento previo a la expulsión de extranjeros no residentes legalmente en España (fueron 59 en 2016, 98 el año 2015, 85 en 2014 y 102 en 2013), de los cuales 4 fueron denegatorios y 39 autorizaron el internamiento, si bien sólo se realizaron efectivamente 27. Se acordó el internamiento de 5 ciudadanos comunitarios, todos ellos de nacionalidad rumana.

5.4.1.4. Menores extranjeros no acompañados

No ha habido variaciones en el marco normativo de los menores extranjeros no acompañados. El Reglamento de Extranjería aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, define el concepto de menor extranjero no acompañado (MENA) como el extranjero menor de 18 años que llega a territorio español sin venir acompañado de un adulto responsable de él, ya sea legalmente o con arreglo a la costumbre, apreciándose riesgo de desprotección del menor mientras el adulto responsable no se haya hecho cargo efectivamente del mismo, así como a cualquier menor extranjero que una vez en España se encuentre en aquella situación.

La Circular 1/2012 de la Fiscalía General del Estado aclaraba unos criterios básicos tendentes a unificar la actuación de las Fiscalías para evitar anotaciones contradictorias en el Registro de MENAS cuando a un menor se le han realizado las pruebas en distintas provincias.

El 22 de julio de 2014 se promulgó (BOE 16-10-2014) el Protocolo Marco de Menores Extranjeros No Acompañados, que trata de conseguir la coordinación de todas las administraciones e instituciones afectadas y lograr el adecuado funcionamiento del Registro de MENAS.

El tema de la minoría de edad tiene consecuencias directas sobre el estatus legal del extranjero pues, si se trata de un extranjero indocumentado mayor de edad, es un infractor de la legislación de extranjería por encontrarse irregularmente en territorio español y puede determinar la tramitación de un expediente y su expulsión de España. Si es menor de edad, deberá ser puesto a disposición de los servicios sociales de protección de menores y se tendrá que resolver sobre su repatriación o permanencia en nuestro país. Por lo tanto la primera actuación a efectuar es la determinación de la edad del extranjero. La cuestión se encuentra regulada en el artículo 190 del Reglamento de Extranjería de 2011.

Si está documentado es mediante el pasaporte como se acredita su identidad y su edad. Esta situación no es la habitual ya que los menores que entran en España irregularmente lo hacen indocumentados y por tanto lo más urgente es la determinación de la edad, sin perjuicio de la atención inmediata en los servicios de protección de menores.

La técnica de determinación de la edad más utilizada es por radiografía de los huesos de la muñeca y mano izquierda y su comparación con las tablas elaboradas con estudios estadísticos que recogen el desarrollo de los huesos en las diferentes edades.

Siempre hay un margen de error y las pruebas radiológicas no pueden ser absolutamente certeras porque hay que tener en cuenta factores raciales, nutricionales o culturales que pueden tener su incidencia en el desarrollo de las personas por eso, en caso de duda, se recomienda por las organizaciones internacionales, presumir la minoría de edad del individuo y así lo establece también la Circular 2/2006 de la FGE.

En esta materia, el Fiscal de Sala Coordinador de Extranjería trató la cuestión de la procedencia y forma de las pruebas de determinación de la edad de los menores en el Dictamen 1/2014.

El siguiente paso, una vez acreditada la minoría de edad, es incluir al menor en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados, con reseña decadactilar y atribuirle un número de identidad de extranjero (NIE) por parte del Cuerpo Nacional de Policía. Posteriormente se le traslada al Centro de Acogida del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS).

En el año 2017 accedieron en Zaragoza a Centros de Menores de la DGA 14 menores o personas que alegaban ser menores extranjeros no acompañados. A dos de ellos se le efectuaron pruebas radiológicas (uno resultó ser mayor de edad), a los otros no fue preciso por diversas causas, generalmente porque ya se les habían realizado con anterioridad en otras ciudades.

Si se acredita que el extranjero es menor de edad debe acordarse la repatriación a su país de origen o su permanencia en España. Los MENAS solo pueden ser objeto de expediente de repatriación ya que por su minoría de edad no procede una sanción de expulsión como corresponde a los extranjeros irregulares mayores de edad.

La finalidad de la repatriación no puede ser otra que la reagrupación del menor con su familia o, subsidiariamente, la tutela por los servicios de protección de menores de su país de origen por lo que la primera actuación es localizar a su familia o contactar con los servicios de protección de su país. El procedimiento se regula en el reformado artículo 35 de la Ley Orgánica de Extranjería.

La organización de la Fiscalía en los expedientes de repatriación de menores no acompañados se fundamenta en la coordinación de las Secciones de Menores y de Extranjería y la estrecha colaboración con las instituciones autonómicas de servicios sociales, que comunican la incoación de los expedientes y demás actuaciones que se llevan a cabo lo que permite un control permanente de los mismos. En el año 2017 no se han acordado en Zaragoza repatriaciones de menores, al igual que en los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

5.4.1.5. Delitos relativos a los derechos de los ciudadanos extranjeros

De las estadísticas de la Fiscalía Provincial resulta que durante el año 2017 se han incoado en los Juzgados de Zaragoza (capital y provincia) 45 procedimientos por delitos que afectan a los derechos de ciudadanos extranjeros (fueron 38 en 2016, 25 en 2015 y 58 en 2014). De ellos 8 por delitos de trata de seres humanos del artículo 177 bis CP, 14 por delitos contra los derechos de ciudadanos extranjeros del artículo 318 bis CP; 15 por delitos contra los derechos de trabajadores extranjeros del artículo 312-2 CP y 8 por delitos relacionados con la prostitución coactiva (artículo 188 CP).

Se calificaron en 2017 un total de 7 procedimientos judiciales de estas materias y se han dictado 5 sentencias.

5.4.1.6. Registro Civil. Matrimonios mixtos

En el año 2017 el Ministerio Fiscal emitió 13 informes desfavorables a la autorización de matrimonios mixtos en los correspondientes expedientes (fueron 6 en 2016, 3 en 2015, 6 en 2014, 1 en 2013, 0 en 2012, 6 en 2011, 10 en 2010 y 10 en 2009). Todos ellos fueron resueltos en ese mismo sentido por la Juez encargada del Registro Civil.

Se hace referencia también a la reforma del Código Penal (artículo 318 bis), incluida en la Ley Orgánica 1/2015, que tipifica en algunos supuestos estas conductas como delito si concurre ánimo de lucro, en ocasiones en concurrencia con falsedades documentales.

5.4.1.7. Relaciones Institucionales

Las relaciones de colaboración con otros organismos continúan siendo satisfactorias, en particular con la Delegación y Subdelegación del Gobierno y con las Unidades de Extranjería de la Guardia Civil y la Policía Nacional.

En materia de Menores, las actuaciones del Departamento de Servicios Sociales del Gobierno de Aragón derivan del Protocolo de Procedimiento Consensuado con los distintos agentes que intervienen en la atención de los menores extranjeros no acompañados en Aragón: Delegación y Subdelegación del Gobierno, Fiscalía de Menores, Dirección General de Trabajo e Inmigración, Jefatura Superior de Policía y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

5.4.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.4.2.1. Organización

Uno de los Fiscales de la Fiscalía Provincial de Huesca desempeña las funciones de delegado en esta materia, en coordinación con la Fiscalía de Sala de la Fiscalía General del Estado y bajo la supervisión del Fiscal Jefe Provincial. No ha habido modificaciones organizativas en el año 2017. El desempeño de esta función no tiene carácter exclusivo habida cuenta del número de Fiscales de la plantilla y el volumen de trabajo que genera la extranjería en la Fiscalía Provincial de Huesca.

En esta provincia no hay un centro de internamiento de extranjeros por lo que aquellos que precisan ser internados administrativamente son ingresados en los Centros de otras provincias, generalmente Madrid, Barcelona o Valencia.

5.4.2.2. Datos estadísticos

De la estadística de la Fiscalía Provincial resultan los siguientes datos:

En relación a las solicitudes de expulsión de ciudadanos extranjeros imputados en procedimientos penales durante el año 2017, se han informado por la Fiscalía en 3 ocasiones (fueron 12 en 2016 y 6 el año 2015) y en otros dos expedientes en una causa penal en fase de ejecutoria.

Respecto a los internamientos en Centro de Internamiento de Extranjeros en ejecución de resoluciones administrativas se han informado favorablemente en 8 internamientos y desfavorablemente en 2.

En relación a los menores extranjeros no acompañados (MENAS), en el año 2017 se encuentran en trámite en la provincia de Huesca 10 expedientes de este tipo, que corresponden a 8 menores de nacionalidad marroquí, 1 de Argelia y 1 de Ghana. No se han realizado en este año pruebas para determinación de la edad.

Solo aparece la incoación de un nuevo procedimiento judicial por delitos de trata de seres humanos del artículo 177 bis CP, finalmente inhibido a los Juzgados de Ceuta. También se registran dos nuevos procedimientos (diligencias previas) por delitos contra los derechos de los trabajadores extranjeros y de un delito de prostitución coactiva que fue inhibido a los Juzgados de Zaragoza.

5.4.2.3. Registro Civil. Matrimonios mixtos

Respecto de la celebración de matrimonios presuntamente en fraude de ley con extranjeros se ha informado negativamente la celebración de 10 de ellos (4 en 2016). Consta también haberse informado negativamente un expediente de convalidación de matrimonio celebrado en el extranjero y 9 expedientes de adquisición de nacionalidad española.

5.4.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.4.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel un Fiscal de la plantilla desempeña la función de Delegado en materia de Extranjería.

Entre sus funciones se incluye llevar un control centralizado de las solicitudes policiales de internamiento y de los súbditos extranjeros encartados en causas penales, ya sean en fase de instrucción o en ejecución de sentencia condenatoria. Su competencia se extiende al control de la situación de los extranjeros que, cumpliendo pena en el Centro Penitenciario de Teruel, han obtenido resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Aragón obteniendo la libertad condicional. También le corresponde intervenir en los supuestos de menores extranjeros no acompañados, así como en materia de Registro Civil relacionada con extranjeros.

Esta labor no tiene carácter exclusivo teniendo en cuenta el número de Fiscales de la plantilla de la Fiscalía Provincial y el volumen de trabajo que genera esta materia.

5.4.3.2. Datos estadísticos

De la Memoria de la Fiscalía Provincial resultan los siguientes datos:

Respecto de las expulsiones sustitutivas en el proceso penal se emitieron 7 informes favorables a la expulsión en el trámite previsto en el artículo 57 de la Ley de Derechos y Libertades de los Ciudadanos Extranjeros en España y se solicitó la expulsión en 13 ejecutorias.

Se tramitaron 8 expedientes referidos al internamiento preventivo de extranjeros para proceder a su expulsión. Fueron 2 en 2016.

En materia de menores extranjeros no acompañados (MENAS), se realizaron 3 pruebas para determinación de la edad y se informaron 3 expedientes para la repatriación de menores son acompañados.

En este año 2017 se han incoado en los Juzgados de la capital y provincia 3 procedimientos penales por trata de seres humanos (artículo 177 bis CP) y otros 3 por delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (artículo 318 bis CP). Se ha incoado también 1 procedimiento por delito contra los derechos de trabajadores extranjeros (artículo 312-2 CP). No hubo procedimientos por prostitución coactiva de extranjero.

Consta haberse efectuado 1 escrito de calificación por delito contra los derechos de ciudadanos extranjeros y 1 por delitos de trata de seres humanos.

Se han dictado en este año 2017 2 sentencias en esta materia.

5.4.3.3. Registro Civil. Matrimonios mixtos

Se han informado desfavorablemente 2 expedientes de matrimonio con extranjeros.

5.5. Seguridad vial

5.5.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.5.1.1. Organización

La Sección de Seguridad Vial, integrada por una Fiscal delegada y una Fiscal adscrita, desarrolla su actuación en coordinación con la Fiscalía de Sala de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado. No ha habido novedades en la organización de esta Sección de la Fiscalía en el año 2017.

La Fiscal delegada acude periódicamente a las reuniones organizadas por el Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial para unificación de criterios y a las Jornadas de Especialistas en esta materia. Este año las jornadas tuvieron lugar en Madrid en el mes de enero de 2017. Entre sus funciones se encuentra dar traslado a los Fiscales de la Fiscalía Provincial de las pautas de actuación acordadas por la Fiscalía General del Estado y el Fiscal de Sala coordinador de Seguridad Vial.

Este año 2017 la Fiscal delegada ha continuado asistiendo y colaborando en la reuniones del Comité organizado en el Colegio de Abogados de Zaragoza para el estudio de la Seguridad Vial. Este año las sesiones tuvieron lugar en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza los días 4 y 5 de mayo de 2017.

Corresponde también a esta Sección tramitar las Diligencias de Investigación de Fiscalía relacionadas con la materia de seguridad vial. En el año 2017 se han tramitado en la Fiscalía Provincial 24 Diligencias de Investigación (24 en 2016, 9 en 2015, 20 en 2014, 17 en 2013, y 10 en 2012) 2016). Todas ellas se incoaron tras la recepción de expedientes sancionadores remitidos por la Jefatura Provincial de Tráfico en los que se apreciaba la posible comisión de delito por conducir careciendo del correspondiente permiso o estando privado del mismo por retirada de puntos o por conducción a velocidad excesiva y temeraria.

Se han continuado manteniendo, por delegación del Fiscal Jefe Provincial, contactos y reuniones con órganos de la Administración, Jefatura Provincial de Tráfico, Guardia Civil y Policías Locales.

5.5.1.2. Datos estadísticos

5.5.1.2.1. Datos de la Policía Local de la ciudad de Zaragoza

Atestados: 594 en 2017 (583 en 2016)

Fallecidos: 4 en 2017 (2 en 2016)

Conductores detenidos: 3 en 2017 (9 en 2016)

Conductores a juicio rápido: 586 en 2017 (578 en 2016)

Conducción bajo influencia del alcohol: 260 en 2017 (250 en 2016)

Conducción con tasa de alcohol: 190 en 2017 (166 en 2016)

Conducción bajo influencia de drogas: 28 en 2016 (25 en 2016)

Negativa a sometimiento a pruebas: 25 en 2017 (15 en 2016)

Exceso de velocidad: 12 en 2017 (21 en 2016)

Conducción sin permiso: 171 en 2017 (179 en 2016)

Conducción temeraria: 15 en 2017 (11 en 2016)

5.5.1.2.2.- Datos de procedimientos penales en capital y provincia

Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se han incoado 2 diligencias previas, 18 diligencias urgentes y 2 procedimientos abreviados. Se realizaron 23 escritos de calificación, habiéndose dictado un total de 24 sentencias.

En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se tramitaron 848 diligencias urgentes, 189 diligencias previas y 81 procedimientos abreviados, con un total de 798 delitos calificados. Se dictaron 733 sentencias. En este tipo delictivo se aprecia un sustancial incremento respecto de las cifras del año anterior.

Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron 13 diligencias urgentes, 40 diligencias Previas y 11 procedimientos abreviados, con un total de 20 delitos calificados. Se dictaron un total de 24 sentencias.

El artículo 381 del Código Penal tipifica el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás. Se inició un procedimiento de diligencias previas y se calificó un procedimiento abreviado. No se han dictado sentencias.

En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 24 diligencias urgentes, 2 diligencias previas y 4 procedimientos abreviados. Se calificaron un total de 30 delitos y se dictaron 21 sentencias.

Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 260 diligencias urgentes Juicios Rápidos, 101 Diligencias Previas y 59 Procedimientos abreviados, con un total de 313 delitos calificados, habiéndose dictado 271 sentencias.

Por el delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, se procedió a la incoación de 13 diligencias previas y 3 procedimientos abreviados, habiéndose presentado 3 escritos de calificación. No se han dictado sentencias.

5.5.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.5.2.1. Organización

Dos Fiscales de la Fiscalía Provincial de Huesca componen la Sección de Seguridad Vial, una de ellas como Fiscal Delegada. Esta labor no tiene carácter exclusivo puesto que, en atención al número de Fiscales de la plantilla, ha de compaginarse con otras tareas en la Fiscalía. En el año 2017 no ha habido novedades en el aspecto organizativo.

Les corresponde mantener la relación con la Fiscalía de Sala siguiendo las directrices expuestas por la Fiscalía General del Estado en la Instrucción número 5 de 2007 relativa a «Fiscales coordinadores en materia de Seguridad Vial y sobre las respectivas Secciones de las Fiscalías Provinciales» y en la Circular número 10/2011 sobre «Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial».

La Fiscalía Provincial de Huesca sigue su trabajo con una estrecha colaboración con la Jefatura Provincial de Tráfico, la Guardia Civil de Tráfico y las Policías Locales de los Ayuntamientos de la provincia que disponen de dicho cuerpo.

5.5.2.2. Datos estadísticos

De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca referida al año 2017, resultan los siguientes datos estadísticos:

Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se han tramitado 3 diligencias urgentes y 2 diligencias previas. Se han presentado 4 escritos de calificación, habiéndose dictado 2 sentencias.

En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se tramitaron 243 diligencias urgentes, 67 diligencias previas y 16 procedimientos abreviados, con un total de 238 delitos calificados. Se dictaron 238 sentencias.

Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron 5 diligencias urgentes, 6 diligencias previas y 7 procedimientos abreviados, con un total de 11 delitos calificados. Se dictaron 14 sentencias.

No se han tramitado nuevos procedimientos en 2017 por el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás del art. 381 del Código Penal.

En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 5 diligencias urgentes y 2 diligencias previas. Se calificaron un total de 2 delitos y se dictaron 9 sentencias.

Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 57 diligencias urgentes, 29 diligencias previas y 26 procedimientos abreviados, con un total de 77 delitos calificados. Se dictaron 79 sentencias.

Por el delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, tipificado en el artículo 385 del Código Penal, consta la tramitación de 1 diligencias previas en 2017 sin que se hayan dictado sentencias.

5.5.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.5.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel no se han producido en este año 2017 cambios organizativos en esta materia. Corresponde a un Fiscal de la plantilla de la Fiscalía desempeñar la función de delegado de Seguridad Vial.

La Fiscalía Provincial sigue manteniendo en esta materia especiales relaciones de colaboración tanto con la Jefatura de Tráfico como con la Guardia Civil y las Policías Locales.

5.5.3.2. Datos estadísticos

Se destaca el incremento que ha habido en el año 2017 en el número de accidentes con víctimas (fallecidos y lesionados). Así fueron un total de 215 accidentes frente a los 182 de 2016.

En la Memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel correspondiente al año 2017 se recogen los siguientes datos estadísticos:

Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se han tramitado 4 diligencias urgentes y 3 diligencias previas con un total de 3 calificaciones. Se dictaron 3 sentencias.

En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se tramitaron 142 diligencias urgentes, 26 diligencias previas y 4 procedimientos abreviados, con un total de 136 delitos calificados. Se dictaron 139 sentencias.

Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se incoaron 4 diligencias urgentes, 5 diligencias previas y 2 procedimientos abreviados. Se efectuaron 7 calificaciones y se dictaron 8 sentencias.

El artículo 381 del Código Penal tipifica el delito de conducción con manifiesto desprecio para la vida de los demás. Se registró 1 de diligencias previas y 1 procedimiento abreviado por este delito.

En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 2 diligencias previas. Se calificó 1 delito y no se dictaron sentencias.

Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 49 diligencias urgentes, 12 diligencias previas y 4 procedimientos abreviados, con un total de 46 delitos calificados. Se dictaron 45 sentencias.

Por el delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, tipificado en el artículo 385 del Código Penal, no se han tramitado procedimientos ni dictado sentencias en el año 2017.

5.6. Menores

5.6.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.6.1.1. Organización

La Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Zaragoza está integrada por cuatro Fiscales, una de ellas Fiscal Delegada de la Sección, que tienen atribuida con carácter exclusivo la materia de menores, tanto en reforma como en protección. En el año 2017 no ha habido cambios en la composición y funciones de la Sección, que se renovó totalmente en 2016.

Los Fiscales de esta Sección, además del trabajo de la Sección de Menores, asisten también a las vistas en uno de los Juzgados de lo Penal de la provincia y desempeñan funciones en materia de Vigilancia Penitenciaria.

5.6.1.2. Reforma

En el año 2017 se han incoado 1.446 diligencias preliminares, 44 más que el año 2016, (de ellas 851 por delitos y el resto por delitos leves tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal en 2015). Se observa un ligero incremento en el número total de procedimientos, con disminución de los procedimientos por delito y aumento de los delitos leves.

De ellas 115 fueron archivadas por ser el autor menor de 14 años, 211 por desistimiento en la incoación y 333 por otras causas (normalmente por falta de autor conocido o por prescripción), es decir aproximadamente un 45,60% de las preliminares incoadas. Al finalizar el año se encontraban en trámite 230 de las incoadas.

En 277 expedientes de reforma se alcanzaron soluciones extrajudiciales, lo que, teniendo en cuenta que se incoaron un total de 631 expedientes de reforma en 2017, supone que se adoptaron dichas soluciones en, aproximadamente el 43,9% de los incoados. En 7 expedientes se acordó el sobreseimiento y archivo conforme al artículo 27.4 de la LORPM. Al finalizar el año se hallaban en trámite 172.

Las reparaciones extrajudiciales las realiza en Zaragoza de forma habitual el EMA (Equipo de Medio Abierto), dependiente de la DGA (Diputación General de Aragón), y de forma esporádica el Equipo Técnico de la Fiscalía.

Se presentaron 325 escritos de alegaciones, 44 menos que en el año 2016. Esto supone un 51,5% de los expedientes de reforma incoados (un 53% por delito y un 42% por delito leve).

Respecto a las sentencias dictadas por los dos Juzgados de Menores de Zaragoza, su número fue de 325 (26 más que en 2016) y en su mayor parte fueron condenatorias (302 condenatorias y 23 absolutorias). De las condenatorias se dictaron por conformidad 240 sentencias.

La mayor parte de expedientes de reforma de menores que acaban en juicio, con escrito de alegaciones del Fiscal, terminan con una sentencia condenatoria para el menor expedientado.

En cuanto a las medidas ejecutadas en el año 2017 por la entidad pública (DGA) respecto de los menores infractores, afectaron a 761 menores (762 en 2016) a los que se impusieron 1.049 medidas (989 en 2016) que consistieron en:

Internamiento en régimen cerrado: 3.

Internamiento en régimen semiabierto: 74.

Internamiento en régimen abierto: 5

Internamiento terapéutico cerrado: 0.

Internamiento terapéutico semiabierto: 5.

Tratamiento ambulatorio: 3.

Permanencia de fin semana: 15.

Libertad vigilada: 320.

Convivencia con persona o grupo educativo: 7.

Ser vicios en beneficio de la comunidad: 116.

Tareas socioeducativas: 51.

Amonestación: 1.

Prohibición acercamiento y comunicación: 4.

Internamiento cautelar: 13.

Libertad vigilada cautelar: 3.

Reparaciones extrajudiciales: 428.

Como en años anteriores hay que precisar que se trata de cifras de medidas ejecutadas en el año, que puede no coincidir con las impuestas, al incluirse medidas pendientes de años anteriores.

Del análisis de los datos que se reflejan en la estadística de este año 2017 resultan unas cifras similares al año anterior, con ligero incremento al alza en la comisión de hechos delictivos (en los delitos leves), con un incremento de diligencias preliminares y pequeña disminución en el número de expedientes de reforma.

Respecto de los tipos delictivos en las diligencias preliminares hay que resaltar que, al igual que el año anterior, no se han registrado delitos de homicidio.

Los delitos de lesiones graves fueron 41 (70 en 2016), los robos con violencia o intimidación 201 (228 en 2016), robos con fuerza 154 (126 en 2016), hurtos 125 (120 en 2016), daños 105 (137 en 2016), contra la salud pública 26 (19 en 2016), delitos contra la libertad sexual 28 (32 en 2016), violencia de género 22 (9 en 2016), violencia doméstica 121 (110 en 2016). Aparecen también 33 delitos de conducción sin permiso, 35 delitos de atentado, resistencia y desobediencia, 4 en otros delitos contra el orden público y 56 en el apartado de otros.

Desde el 5 de julio de 2015 se vienen computando los delitos leves introducidos por la reforma del Código Penal y que sustituyen, en parte, a las anteriores faltas. Se incoaron 595 expedientes por delito leve (500 en 2016), 327 contra el patrimonio y 268 contra las personas.

El Centro de Educación e Internamiento por medida judicial de Zaragoza, situado en el barrio de Juslibol (Zaragoza), está destinado por el Gobierno de Aragón al cumplimiento de medidas judiciales de internamiento que se recogen en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de los Menores.

Es un centro mixto con capacidad para 69 internos en habitaciones individuales. En él se cumplen, además de las medidas de internamiento cerrado, semiabierto y abierto, medidas de internamiento en centro terapéutico, para lo que cuenta con dos módulos destinados a tal efecto, en los que profesionales específicos desarrollan un programa socio-terapéutico destinado a menores con problemas de salud mental y consumo problemático de sustancias psicoactivas y está reconocido como centro sanitario.

Este año 2017 el número de medidas de internamiento ejecutadas fueron 128 (109 en 2016). Hay que tener en cuenta que se trata de menores de las tres provincias aragonesas. Se ha intervenido sobre un total de 73 menores con un tiempo medio de estancia de 152 días por menor.

Simultáneamente a las medidas de internamiento, se han cumplido este año en el Centro 23 medidas de prestaciones en beneficio de la comunidad, 7 medidas de tareas socioeducativas, 16 de permanencia de fin de semana, 6 de grupo educativo y 1 de libertad vigilada.

El número de menores ingresados ha sido prácticamente igual al año anterior. Respecto de la nacionalidad, los menores extranjeros fueron el 37% frente al 39% del año 2015. Por nacionalidades proceden sobre todo de Marruecos, Rumania, Ecuador y Colombia. Por edades, el 8% de 14 o 15 años, 19% de 16 años, 27% de 17 años y 46% de 18 a 23 años.

Se tramitaron 145 expedientes disciplinarios, 1.071 permisos de salida y 297 salidas para gestiones judiciales o sanitarias. El número de no retornados tras la salida fue de 10. En el Centro se registraron en 2017 sesenta y seis visitas de los Juzgados de Menores, Fiscalía, Justicia de Aragón y Equipos Técnicos en cumplimiento de sus respectivas funciones.

En relación a la actividad delictiva de los menores de 14 años durante el año 2017, por la Sección de Menores de la Fiscalía de Zaragoza se remitieron a la Entidad Pública un total de 228 menores de 14 años que habían cometido algún tipo de infracción penal (172 en 2016), (144 en 2015), (156 en 2014) (151 en 2013). Se trata de unas cifras que siguen en aumento. Todo ello de acuerdo a la siguiente estadística:

Número de menores: 228

Número de expedientes: 333

Sexo de los menores: 152 varones y 76 mujeres

Origen nacional: Un 91,2% de españoles y 8,8% extranjeros.

Entre los delitos cometidos por estos menores de 14 años son mayoría las amenazas y coacciones, el hurto y los daños. Con cifras menores aparecen el abuso sexual, el robo con violencia o con fuerza, las lesiones, el allanamiento de morada o el maltrato en ámbito familiar. Las amenazas y coacciones se refieren generalmente al acoso escolar.

La intervención por parte de la Entidad Pública con los menores de 14 años que han cometido algún delito o falta es directa y eficaz respecto de los menores, sus familias y las víctimas. Existe un equipo de cuatro educadores dedicado en exclusividad a trabajar con dichos menores —EMCA o Equipo de Menores de 14 años— e intervienen con inmediatez temporal a la infracción cometida. De hecho en la mayor parte de estos casos no trascurre más de un mes desde que se interpone la denuncia por la infracción cometida y la apertura del expediente en el EMCA comenzando el trabajo con el menor de 14 años. Si el educador detecta que éste requiere una intervención más prolongada se deriva el expediente al Servicio de Protección de Menores.

El trabajo en Zaragoza de este equipo de educadores, específico en la intervención con los infractores menores de 14 años, recibe una alta valoración en la Memoria de la Fiscalía Provincial, al igual que en años anteriores.

Respecto de otros datos y actuaciones de la Fiscalía se resalta en la memoria de la Fiscalía Provincial que en el año 2017 se han tramitado 30 expedientes de auxilio fiscal como consecuencia de solicitudes de otras Fiscalías de menores. Las medidas cautelares privativas de libertad acordadas por los Juzgados de Menores a solicitud de la Fiscalía fueron 14 (4 más que el año anterior), en concreto 3 medidas de internamiento cerrado, 6 de internamiento semiabierto, 2 de libertad vigilada y 3 de alejamiento. En ningún caso se han superado los plazos máximos previstos en el artículo 28.3 LORPM para el internamiento cautelar.

El control de las ejecutorias se sigue en la Fiscalía con un sistema de expedientes individuales. A 31 de diciembre de 2017 había 472 expedientes de ejecución abiertos en Fiscalía. Se han tramitado también 32 expedientes de modificación de medidas firmes por quebrantamiento conforme al artículo 50.2 LORPM.

5.6.1.3. Protección

Desde el año 2014 el registro y control de los expedientes de protección se tramita en la aplicación informática creada por la Fiscalía General del Estado. No obstante los expedientes de Protección también tienen un soporte físico en papel con una carpeta para cada menor sujeto a medidas de Protección.

En la Fiscalía de Menores de Zaragoza se han incoado 658 nuevos expedientes de Protección en el año 2017 por comunicación de la entidad pública (380 en 2016). Se trata de un aumento muy notable del número de expedientes. De ellos 224 fueron comunicaciones de tutela automática, 97 de guarda y 337 expedientes de menores en situación de riesgo.

El 31 diciembre de 2017, la Diputación General de Aragón (Servicio de Protección a la Infancia y la Adolescencia), tenía en Zaragoza:

852 menores bajo la acción protectora.

291 menores sujetos a tutela.

24 menores en situación de guarda, voluntaria, provisional o judicial.

143 menores en fase de estudio.

320 menores con declaración de riesgo.

20 menores con prórroga a la mayoría de edad-programa de emancipación familiar.

761 menores con diligencias abiertas por denuncias o demandas de diversa procedencia (justicia, fuerzas de seguridad, ámbito educativo, sanitario, social, familiar…).

62 solicitudes de adopción nacional.

36 solicitudes de adopción internacional.

7 menores extranjeros en acogida individual.

251 menores extranjeros en programas de acogida temporal por periodos de vacaciones.

246 menores en acogimiento residencial y 66 en acogimiento familiar.

La Fiscalía de Menores, una vez que tiene comunicación por cualquier medio (atestado policial, centro de salud, centro educativo…) de una posible situación que pudiera entrañar un mínimo riesgo o desprotección para un menor, abre unas diligencias de protección a dicho menor.

Con esa información se interesa, bien de los Servicios Sociales de Ayuntamiento, o del propio servicio de Protección de la Diputación General de Aragón, que valoren la posible situación de desprotección o riesgo del menor, e indiquen las medidas que se pueden adoptar en su caso.

Por medio del Sistema de Información de Menores de Aragón —SIMA— la Fiscalía de Menores puede acceder a los datos del historial de un menor concreto en el Servicio de Protección de la DGA y a la situación del expediente, así como a las modificaciones que se vayan produciendo en la actuación protectora de la Administración.

La Entidad Pública, por otro lado, remite de forma periódica todas las resoluciones relativas a los menores con los que están interviniendo y cuya tutela o guarda tienen encomendada, así como de las actuaciones concretas que se realizan con los mismos. Se actúa para que no transcurran más de 6 meses sin tener informes de evolución de cada menor.

Respecto a los menores extranjeros no acompañados —MENAS—, una vez acreditada su minoría de edad, la Entidad Pública de Protección asume de forma inmediata su tutela automática e ingresan en un Centro de Protección.

Como actuaciones concretas de la Fiscalía, en el ámbito de Protección lleva a cabo las siguientes:

a) Seguimiento de todas las diligencias abiertas a los menores de 14 años que hayan cometido algún tipo de infracción penal, y de la actuación que con los mismos se realiza por el EMCA (Equipo de Menores de 14 Años).

b) Colaboración directa en materia de absentismo escolar, con la Comisión de Absentismo, y el Departamento de Educación de la DGA. Se ha dado cuenta de 64 casos en 2017 (57 en 2016) de alumnos en posible situación de absentismo. Han sido denunciados 7 padres, madres o tutores por posible abandono de familia por absentismo escolar. Se celebraron por este delito cuatro juicios ante los Juzgados de lo penal de Zaragoza con sentencia condenatoria.

c) Visitas periódicas a los centros de Protección de Menores, no habiéndose detectado ninguna problemática reseñable.

d) Diligencias de determinación de edad de menores extranjeros. En el año 2017 se han dictado cinco Decretos en materia de determinación de edad. El año anterior fueron dos.

e) Control de los expedientes sobre ensayos clínicos con menores. Este año 2017 se tramitaron 4 expedientes (3 en 2016).

f) Respecto a los menores internados en Centros de trastornos de comportamiento, hay que indicar que, en Zaragoza, se realizaron las visitas ordinarias sin detectar problemas. Se resalta en la Memoria la modificación del artículo 778 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil que recoge expresamente la necesidad de autorización judicial para el ingreso de menores con trastorno de conducta en centros de protección específicos y el control judicial de dicha medida.

g) Con la finalidad de reforzar la actuación del Servicio de Protección de Menores, cuando este lo solicita, se cita en la Fiscalía a familias y menores que no colaboran o no acceden al trabajo que desde dicho Servicio se intenta realizar.

h) La Fiscalía de Menores interpone denuncias penales ante los Juzgados de Instrucción, tanto en los casos de absentismo escolar, como en los supuestos, en los que, desde el Servicio de Protección, se pone en conocimiento de la Fiscalía alguna situación de posibles malos tratos, abuso sexual, o cualquier otro hecho delictivo, detectado en el ejercicio de su trabajo con un menor, cuando presuntamente el autor es mayor de edad.

i) Expedientes de sustracción internacional de menores. Este año 2017 no se ha tramitado ninguno.

5.6.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.6.2.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Huesca la Sección de Menores está integrada por un Fiscal Delegado y otros cuatro Fiscales. Todos ellos desempeñan esta función sin exclusividad debiendo, en atención al número de Fiscales de la plantilla, compaginar esta labor con otras actividades de la Fiscalía.

La oficina de la Sección continúa contando con dos funcionarios, uno del cuerpo de gestión procesal y otro del cuerpo de tramitación, con larga experiencia y conocimiento en materia de menores.

El Equipo Técnico está formado por una psicóloga, una educadora y una trabajadora social. En fase de ejecución se cuenta con dos funcionarias de la Administración autonómica.

5.6.2.2. Reforma

El número de diligencias preliminares incoadas durante el año fue de 212, 9 más que en 2016. De ellas 40 se archivaron por tratarse de menores de 14 años, 34 se archivaron por desistimiento en la incoación y 67 por otras causas, generalmente sobreseimiento por falta de autor conocido. Al finalizar el año quedaban pendientes 13.

Las infracciones penales apreciadas en esos procedimientos fueron, en cuanto a los delitos, 14 de lesiones, 3 por agresión sexual, 6 por abuso sexual, 16 robos con fuerza, 3 robos con violencia o intimidación, 4 por hurto, 4 por daños, 2 por delito contra la salud pública, 5 por conducción sin permiso, 12 por violencia doméstica, 2 por violencia de género y 32 en el apartado de otros. En cuanto a los delitos leves hubo 49 contra el patrimonio y 55 contra las personas.

En cuanto a los expedientes de reforma se incoaron 67 (4 más que en 2016), en 12 de ellos se alcanzaron soluciones extrajudiciales, 20 fueron sobreseídos y se presentaron 43 escritos de alegaciones conforme al artículo 30 de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor. Al finalizar el año había 20 en trámite.

En cuanto a las medidas impuestas a los menores condenados por delito en 2 expedientes se impuso internamiento en régimen cerrado, en 4 internamiento en régimen semiabierto, en 1 internamiento terapéutico, en 1 permanencias en fin de semana, en 1 libertad vigilada, en 21 prestaciones en beneficio de la comunidad y en 10 expedientes otras medidas distintas.

El Juzgado de Menores dictó 74 sentencias (30 más que en 2016), casi todas ellas fueron condenatorias. Hubo dos sentencias absolutorias. Se interpuso un recurso contra sentencia.

En Huesca no hay un Centro de Internamiento de Menores y, en los escasos supuestos en que se adopta esta medida de internamiento, se ingresa a los menores en el Centro de Juslibol (Zaragoza). En el año 2017 se adoptaron medidas cautelares en tres ocasiones, todas ellas de libertad vigilada.

En cuanto a los Auxilios Fiscales se recibieron 13 y se emitieron 7. Al finalizar el año 2017 quedaba un auxilio pendientes de trámite.

En cuanto a la actividad delictiva de los menores de 14 años la Memoria refleja una notable disminución al año anterior. Se incoaron en el año 2017 un total de 40 diligencias (66 en 2016, 45 en 2015 y 50 en 2014) y no se apreciaron infracciones penales graves.

5.6.2.3. Protección

Todos los Fiscales que integran la Sección intervienen también en la protección de menores. Se sigue poniendo de relieve en la Memoria el completo uso de la aplicación informática de la Fiscalía General del Estado en materia de protección de menores, plenamente instalado y utilizado desde el año 2016. También se utilizan los registros de menores de la entidad pública Institut Aragonés de Servicios Sociales (IASS).

Se han tramitado en el año 2017 un total de 279 expedientes de protección (276 en 2016), de ellos 72 expedientes de tutela automática tras comunicación de la entidad pública, 47 expedientes de guarda incoados tras comunicación de la entidad pública y 160 expedientes de protección a menores en situación de riesgo.

La Fiscalía de Menores intervino en 8 procedimientos judiciales relativos a acogimientos y en 13 expedientes de adopción.

Se realizaron seis visitas a los Centros de Protección de Menores de la provincia.

5.6.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.6.3.1. Organización

La Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Teruel está compuesta por dos Fiscales, uno de ellos delegado de la especialidad. En atención al número de Fiscales de la plantilla y al volumen de trabajo de la Sección de Menores no desempeñan esta función con carácter exclusivo. No ha habido modificaciones en el año 2017.

El Equipo Técnico sigue integrado por un psicólogo, un asistente social y una educadora.

5.6.3.2. Reforma

En el año 2017 se han incoado 107 diligencias preliminares (88 en 2016), (104 en 2015), (114 en 2014), (119 en 2013) de las cuales 24 se archivaron por referirse a menores de 14 años de edad, 18 se archivaron por desistimiento en la incoación y 44 por otras causas. Se aprecia un aumento en el número de diligencias incoadas en comparación con el año anterior.

En cuanto a los expedientes de reforma se han incoado 32 en el año 2017 (38 en 2016). En 11 expedientes se alcanzaron soluciones extrajudiciales, 7 fueron sobreseídos y se formularon 8 escritos de alegaciones. Al finalizar el año se encontraban en trámite 8 expedientes pendientes en la Fiscalía.

Las infracciones penales por las que se iniciaron las diligencias fueron en cuanto a los delitos: lesiones: 26; abuso y agresión sexual: 6; robo con fuerza: 4; hurto: 5; daños: 14; salud pública: 1; conducción sin permiso: 3; violencia doméstica: 7; otros: 33. En cuanto a los delitos leves se apreciaron 12 infracciones contra el patrimonio y 10 contra las personas.

El Juzgado de Menores de Teruel dictó 5 sentencias, todas ellas condenatorias, 4 por trámite de conformidad. No se interpusieron recursos de apelación.

Se impusieron a los menores condenados un total de 14 medidas, 1 de internamiento cerrado, 5 de libertad vigilada, 4 de prestaciones a favor de la comunidad, 1 de convivencia familiar educativa y 3 en el apartado de otras.

Se tramitó un expediente de transformación o modificación de medidas en ejecución, por reducción o sustitución.

En cuanto al auxilio fiscal se ha recibido 7 solicitudes de otras Fiscalías y se han cursado 5 desde la Fiscalía Provincial de Teruel.

Respecto de la actividad delictiva de los menores de 14 años la Memoria refleja que se incoaron en el año 2017 un total de 24 diligencias (24 en 2016), (28 en 2015) y no se aprecian infracciones penales graves.

5.6.3.3. Protección

De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel resultan los siguientes datos estadísticos:

Se tramitaron un total de 32 expedientes (29 en 2016), de ellos 16 de tutela automática tras comunicación de la entidad pública; 5 de guarda incoados tras comunicación de la entidad pública; 11 de protección abiertos a menores en situación de riesgo.

Además la Fiscalía de menores tuvo la siguiente actividad: 2 intervenciones en adopciones; 1 intervención en procedimientos de impugnación de medidas acordadas por las entidades públicas; 4 visitas de inspección a centros de protección de menores.

Se sigue manteniendo una especial relación con los organismos públicos que tienen competencia en esta materia, en particular con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

En materia de centros de acogida de menores, se indica en la Memoria que hay tres en Teruel. El primero de ellos es una vivienda hogar (unifamiliar adosado) gestionado por la entidad Arquisocial y con capacidad para 8 plazas. Además se cuenta con un piso tutelado, gestionado por Fundación de Atención Integral al Menor y otro piso para jóvenes de 18 años en situación de prórroga de tutela. Los dos pisos tutelados y la vivienda hogar se encontraban ocupados por un total de siete residentes al finalizar el año 2017.

5.7. Cooperación internacional

5.7.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.7.1.1. Organización

No ha habido novedades organizativas en materia de Cooperación Judicial Internacional en el año 2017. Una Fiscal de la plantilla de la Fiscalía Provincial de Zaragoza desempeña la labor de Fiscal delegada en esta materia. Esta atribución no tiene carácter exclusivo y se realiza junto con el trabajo en otras áreas de la Fiscalía.

5.7.1.2. Actuación de la Fiscalía

En el año 2017 se han tramitado 30 solicitudes de auxilio judicial internacional, todas ellas procedentes de Estados miembros de la Unión Europea. Supone una disminución respecto de las (41 en 2016), (39 en 2015), (37 en 2014), (34 en 2013), (28 en 2012).

La mayoría, 14, procedieron de Alemania, 5 de Polonia, 3 de Francia, 2 de Rumania y 1 de República Checa, Bulgaria, Austria, Bélgica, Eslovaquia y Portugal.

De ellas, 29 fueron registradas como comisiones rogatorias pasivas (CRP) y una como expediente de seguimiento pasivo (ESP).

Las autoridades requirentes fueron en la mayoría de esos supuestos las Fiscalías nacionales respectivas, habiéndose remitido una por Tribunales y Juzgados y cinco por Autoridades administrativas, en este caso alemanas.

La vía de transmisión de las demandas de cooperación ha sido en la mayoría de los casos directa, con excepción de las cuatro que se dirigieron a la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado que, a su vez, las envió a Zaragoza. Otra, procedente de Rumania, fue recibida por medio del Ministerio de Justicia.

Los textos legales mencionados por las Autoridades requirentes en sus solicitudes y en los que se basaron las demandas de cooperación han sido, básicamente, el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en materia penal, hecho en Estrasburgo el 20 de abril de 1959 y su Protocolo de 17 de marzo de 1978, en el marco del Consejo de Europa; el Convenio de aplicación del Acuerdo Schengen de 19 de junio de 1990 y el Convenio Europeo relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión, hecho en Bruselas el 29 de mayo de 2000 y su Protocolo de 16 de octubre de 2001.

La mayoría de las actuaciones solicitadas fueron declaraciones de diferentes individuos como imputados o testigos conjuntamente con información sobre cuentas bancarias desde las que se realizaban o pretendían realizar trasferencias fraudulentas. También se han recibido denuncias para iniciar en España procedimientos penales, notificaciones de documentos o resoluciones judiciales así como la obtención de testimonios de procedimientos españoles.

Entre las actividades delictivas que han motivado las demandas de cooperación se encuentran, en primer lugar, y siguiendo en la misma tónica que en años anteriores, las estafas, falsedades documentales y fraude informático. El resto se reparte entre fraude tributario y evasión fiscal, tráfico de drogas, robo con fuerza en las cosas, organización criminal y asociación de malhechores e imposición ilegal de condiciones de trabajo.

Tres comisiones rogatorias requirieron judicialización. El resto fueron cumplimentadas por la propia Fiscalía sin judicializarlas, encomendando la práctica de diligencias a las Unidades de Policía Judicial, bien del Cuerpo Nacional de Policía, bien de la Guardia Civil.

Varias de las solicitudes de colaboración recibidas fueron reenviadas a otras Fiscalías españolas (2 a Barcelona y 1 a Palencia, Guadalajara y Navarra). También se recibieron 5 en Zaragoza procedentes de otras Fiscalías (Madrid, Vizcaya, Valencia y Barcelona).

Finalmente la Memoria de la Fiscalía Provincial se refiere al Dictamen 1/2017 de la Fiscalía de Sala de Cooperación Internacional sobre el régimen aplicable debido a la no trasposición en plazo por España de la Directiva 2014/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la Orden Europea de Investigación en materia penal. El plazo finalizó el 22 de mayo de 2017. Se ha ejecutado conforme a dicho Dictamen alguna de las solicitudes recibidas como Orden Europea de Investigación.

5.7.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Corresponde a uno de los Fiscales de la Fiscalía Provincial actuar en Cooperación Jurídica Internacional en coordinación con la Fiscalía de Sala de esta materia.

En el año 2017 la Fiscalía Provincial de Huesca ha tramitado la reapertura y archivo de una comisión rogatoria Pasiva iniciada en 2016. El grueso de la actividad ha consistido en la incoación y ejecución de 4 comisiones rogatorias pasivas y de 3 expedientes de seguimiento pasivo remitidos por Alemania, Portugal, Francia, Noruega, República Checa y Bulgaria.

Los órganos requirentes fueron en todas las ocasiones Fiscalías de los países requirentes.

5.7.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En el año 2017, el Fiscal de esta Fiscalía Provincial que tiene encomendada la especialidad intervino en 2 expedientes (2 en 2016) (0 en 2015), uno de ellos a solicitud del Ministerio Fiscal de Baden Baden (Alemania) y el otro de la Fiscalía de la República Checa. Su tramitación se llevó a cabo conforme al dictamen 1/2017 de la Fiscalía de Sala de Cooperación Internacional. Se han emitido también 2dos dictámenes de servicio derivados de expedientes instados desde Rumania y Portugal.

5.8. Delitos informáticos

5.8.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.8.1.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza desde el año 2007 una Fiscal delegada en materia de delincuencia informática tiene encomendado el seguimiento de la especialidad en coordinación con la Fiscalía de Sala delegada. Desempeña esta labor junto con otros cometidos en el ámbito penal. En este año 2017 no ha habido variaciones en la organización.

La actuación en esta materia específica se sigue fundamentando en la Instrucción 2/2011 de la Fiscalía General del Estado sobre «El Fiscal de Sala de Criminalidad Informática y las Secciones de Criminalidad Informática de las Fiscalías», que tiene como antecedente el Real Decreto 1735/2010 de 23 de diciembre que creó la figura del Fiscal de Sala Coordinador en materia de criminalidad informática.

En esta Instrucción se establece el catálogo inicial de delitos a los que se extiende el marco competencial del área de criminalidad informática y que son los siguientes:

A) Delitos en los que el objeto de la actividad delictiva son los propios sistemas informáticos o las TIC (Tecnologías Informáticas y de la Comunicación):

— Delitos de daños, sabotaje informático y ataques de denegación de servicios, delitos previstos y penados en el artículo 264 y concordantes del Código Penal.

— Delitos de acceso sin autorización a datos, programas o sistemas informáticos previstos y penados en el artículo 197.3 del Código Penal.

— Delitos de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal cometidos a través de las TIC o cuyo objeto sean datos que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos electrónicos o telemáticos.

— Delitos de descubrimiento y revelación de secretos de empresa previstos y penados en el artículo 278 del Código Penal cometidos a través de las TIC o cuyo objeto sean datos que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos o electrónicos.

— Delitos contra los servicios de radiodifusión e interactivos, previstos y penados en el artículo 286 del Código Penal.

B) Delitos en los que la actividad criminal se sirve para su ejecución de las ventajas que ofrecen las TIC:

— Delitos de estafa previstos y penados en el artículo 248.2 a) b) y c) del Código Penal, siempre que, en los supuestos a) y c) se utilicen las TIC para llevar a efecto la transferencia u operación de cualquier tipo en perjuicio de otro.

— Delitos de acoso a menores de 13 años, child grooming, previstos y penados en el artículo 183 bis del Código Penal cuando se lleve a efecto a través de las TIC.

— Delitos de corrupción de menores o de personas discapacitadas o relativas a pornografía infantil o referida a personas discapacitadas previstos y penados en el artículo 189 del Código Penal cuando para el desarrollo y/o ejecución de la actividad delictiva se utilicen las TIC.

— Delitos contra la propiedad intelectual de los artículos 270 y siguientes del Código Penal cuando se cometan utilizando las TIC.

C) Delitos en los que la actividad criminal, además de servirse para su ejecución de las ventajas que ofrecen las TIC, entraña especial complejidad en su investigación, que demanda conocimientos específicos en la materia:

— Delitos de falsificación documental de los artículos 390 y siguientes del Código Penal cuando para la ejecución del delito se hubieran empleado las TIC siempre que dicha circunstancia fuera determinante en la actividad delictiva y generara especial complejidad técnica en la investigación criminal.

— Delitos de injurias y calumnias contra funcionario público, autoridad o agente de la misma, previstos y penados en los artículos 211 y siguientes del Código Penal cometidos a través de las TIC, siempre que dicha circunstancia fuera determinante en la actividad delictiva y generara especial complejidad en la investigación criminal.

— Delitos de amenazas y coacciones previstos y penados en los artículos 169 y siguientes del Código Penal cometidos a través de las TIC siempre que dicha circunstancia fuera determinante en la actividad delictiva y generara especial complejidad en la investigación criminal.

— Delitos contra la integridad moral previstos y penados en el artículo 173.1 del Código Penal cometidos a través de las TIC siempre que dicha circunstancia fuera determinante en la actividad delictiva y generara especial complejidad en la investigación criminal.

— Delitos de apología o incitación a la discriminación, el odio y la violencia o de negación o justificación de los delitos de genocidio previstos y penados en los artículos 510 y 607.2 del Código Penal cometidos a través de las TIC siempre que dicha circunstancia fuera determinante en la actividad delictiva y generara especial complejidad en la investigación criminal.

— Cualquier otro tipo delictivo en cuya ejecución haya sido determinante la utilización de las TIC y en los que dicha circunstancia genere una especial complejidad en la investigación criminal.

5.8.1.2. Actuaciones de la Fiscalía

La Memoria de la Fiscalía Provincial se refiere a cuestiones de actualidad en el ámbito de la delincuencia informática, como el problema de la difusión de mensajes de odio en el ámbito político y social, la difusión en las redes de mensajes y doctrinas nocivas en materia de trastornos alimentarios de menores, juegos sobre autolesiones, criptomonedas y acoso informático (stalking).

En el plano estadístico se refiere también los numerosos atestados elaborados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los que se recogen denuncias por hechos que guardan relación con esta especialidad de delitos informáticos. En la provincia de Zaragoza se recogen un total de 2.669 denuncias. Hay que tener en cuenta, no obstante, que la mayor parte no dan lugar a la incoación de procedimientos judiciales por delito y con autor conocido ya que son denuncias por supuestas estafas en la adquisición de bienes, generalmente de escasa cuantía, que se tipifican como delitos leves y que se archivan por ser desconocido el autor del hecho. En general la ausencia de identificación del autor conduce a su archivo en sede policial por lo que no se instruye un procedimiento judicial penal.

Otras figuras delictivas reseñables por su frecuencia, además del uso fraudulento de tarjetas de crédito (1.798 denuncias), son las estafas en compraventas diversas y en el alquiler de viviendas vacacionales, el descubrimiento y revelación de secretos, los daños informáticos así como la usurpación de identidad.

De los datos estadísticos expuestos en la memoria de la Fiscalía Provincial se extraen los siguientes datos:

No se han incoado en el año 2017 diligencias de Investigación de Fiscalía en relación a los grupos de delitos integrados en el ámbito de «delitos informáticos» antes enumerado. Tampoco se incoaron en 2016, 2015, 2014 y 2013. Fueron dos en el anterior año 2012.

Respecto de la incoación de procedimientos judiciales se reflejan un total de 347. El número más elevado corresponde a las amenazas y coacciones cometidas a través de las TIC, seguidas de las estafas, los delitos de pornografía infantil, el acoso informático, el descubrimiento y revelación de secretos y las falsedades.

En relación con los escritos de calificación o acusación elaborados con la Fiscalía Provincial en los datos estadísticos sigue el aumento de estos delitos. Este año 2017 se han calificado 250 procedimientos (242 en 2016), (133 en 2015), (61 en 2014), (47 en 2013).

Atendiendo a la tipología delictiva, continúan siendo mayoría, entre los calificados, las amenazas y coacciones entre particulares (83), las estafas (69), la pornografía infantil (22) y los delitos de falsificación (18).

5.8.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.8.2.1. Organización

No ha habido novedades en el aspecto organizativo en este año 2017. En la Fiscalía Provincial de Huesca desde el año 2009 una Fiscal de la plantilla actúa como Fiscal delegado en materia de delincuencia informática para coordinar las actuaciones en este tipo de delitos y mantener la relación de colaboración con la correspondiente Fiscalía de Sala.

5.8.2.2. Actuaciones de la Fiscalía

No se han incoado en el año 2017 Diligencias de Investigación en esta materia.

Se refiere nuevamente en este ejercicio la Memoria de la Fiscalía Provincial, entre los delitos más usuales a los procedimientos penales de carácter económico y patrimonial (estafas) por la utilización de portales de subastas o de compraventa entre particulares. También se indican como más frecuentes los delitos cometidos mediante la clonación de tarjetas de crédito y los supuestos de pishing (estafas mediante transferencia de fondos carentes de autorización del titular tras acceder a las claves).

En cuanto a procedimientos concretos se hace referencia a las Diligencias Previas n.º 446/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Huesca sobre venta fraudulenta de decodificadores de televisión privada, en trámite de instrucción, y a las 13 sentencias dictadas por la Audiencia Provincial y los Juzgados de lo Penal en esta materia, 11 de ellas condenatorias.

5.8.3. Fiscalía Provincial de Teruel

5.8.3.1. Organización

En la Fiscalía Provincial de Teruel la coordinación de los procedimientos relacionados con la delincuencia informática sigue estando atribuida a una Fiscal con destino en la Sección Territorial de Alcañiz. Esta labor y la coordinación con la correspondiente Fiscalía de Sala no tienen carácter exclusivo debido al escaso número y entidad de los delitos cometidos en la provincia y al número de fiscales de la Fiscalía Provincial.

5.8.3.2. Actuaciones de la Fiscalía

En el año 2017 no se han incoado diligencias de investigación en esta materia.

De la estadística de la Memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel correspondiente al año 2017 resulta que en los diferentes Juzgados de la capital y provincia se incoaron 68 procedimientos por diferentes infracciones penales, cometidas por medios informáticos (71 en 2016), (219 en 2015), (192 en 2014). Se reitera que la disminución en el número de procedimientos puede obedecer a que los atestados sin autor conocido no dan lugar, generalmente, a la incoación de procedimiento, tras la reforma procesal del año 2015.

Los más numerosos (52) fueron los procedimientos incoados por estafa. También se incoaron 5 por trato degradante, 4 por descubrimiento y revelación de secretos, 4 por amenazas o coacciones, 1 por pornografía infantil, 2 por delito de injurias o calumnia y por ataques a sistemas o intercepción de datos y 1 por pornografía infantil y acoso a menores de 16 años.

Se efectuaron 5 escritos de calificación provisional (8 en 2016) y se dictaron en el año 2017 6 sentencias, todas ellas condenatorias, 5 por estafa y 1 por acoso a menores.

5.9. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal

5.9.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Corresponde a uno de los Fiscales coordinadores de la plantilla de esta Fiscalía desempeñar las funciones de Fiscal Delegada en esta materia conforme a las Instrucciones de la Fiscalía General del Estado y en relación con la Fiscalía de Sala.

En el año 2015 se designó a una Fiscal para desempeñar las funciones propias de esta especialidad y en este ejercicio 2017 no ha habido modificaciones en la organización.

Este año 2017 no se han emitido informes en procedimientos en aplicación de lo dispuesto en la ley 35/1995 de Ayuda a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual. El año anterior fueron cuatro.

Se continua refiriendo la Memoria de la Fiscalía Provincial, entre los diversos aspectos de su actuación, a la inclusión en los escritos de calificación que elabora el Ministerio Fiscal de la solicitud de notificar a las víctimas del delito tanto el lugar y fecha de celebración del juicio oral como la sentencia que se dicte y al cumplimiento de deberes de notificación a las víctimas en los supuestos de conformidad. Se sigue supervisando el cumplimiento de esta información a la víctima del delito.

También se asegura la grabación de exploraciones a menores víctimas en delitos contra la libertad sexual u otros delitos graves y la notificación a las víctimas de las situaciones penitenciarias de los penados como autores de delito.

En cuanto al «Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Prevención de la Violencia de Género y Atención a las Víctimas de Aragón» se hace referencia a su proceso de elaboración.

Finalmente se trata el nivel de observancia de las consideraciones efectuadas por la Junta de Fiscales Superiores de Comunidad Autónoma de 25 de octubre de 2016, respecto a la indicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que se incluyan en los atestados policiales los datos de las Oficinas de Atención a las Víctimas, que fue cumplimentada de inmediato. En la actualidad se trabaja en la forma de determinar y evaluar por parte de dichas Fuerzas y Cuerpos la necesidad de protección de víctimas y testigos y trasladar esa apreciación a los atestados, lo que ya se ha efectuado en situaciones concretas de víctimas discapacitadas intelectualmente.

Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos son un servicio público y gratuito, implantado por el Ministerio de Justicia conforme a la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.

El Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, que entró en vigor el día 1 de enero de 2016, regula específicamente las Oficinas de Asistencia a las Víctimas en su Título III (artículos 12 a 40).

Las Oficinas son entidades públicas cuya finalidad, por disposición legal, es prestar asistencia y atención coordinada para dar respuesta a las víctimas de delitos en los ámbitos jurídico, psicológico y social, así como promover las medidas de justicia restaurativa que sean pertinentes.

La Fiscalía Provincial de Zaragoza sigue manteniendo estrecha relación con la Oficina de Asistencia a la Víctima, realizando todas las actuaciones precisas para conseguir una eficaz protección de los derechos de la víctima tanto durante la fase inicial de los procedimientos penales, como en la instrucción, el juicio oral y, en su caso, en la ejecución de sentencia.

La Oficina de Asistencia a las Víctimas de Zaragoza está atendida por una funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia y dos psicólogas, que prestan una asistencia especializada.

En el año 2017 esta Oficina ha actuado especialmente en materia de violencia de género y doméstica, delitos contra la libertad sexual y delitos graves contra la integridad física. Se han realizado 49 actuaciones de asistencia individual por delito de agresión sexual y 61 por delito de abuso sexual. También 23 acompañamientos de víctima a juicio oral como testigo y otros 26 acompañamientos en otras actuaciones previas durante la instrucción.

5.9.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Un Fiscal de la Fiscalía Provincial ejerce la función de coordinación en materia de protección a las víctimas de delitos. En el plano organizativo no se indican en la Memoria novedades respecto de años anteriores.

La Memoria de la Fiscalía Provincial menciona los diversos aspectos que presenta en el trabajo diario de la Fiscalía la asistencia a las víctimas del delito, bien porque acuden directamente a la Fiscalía, bien porque se dirigen a la Oficina de Atención a las Víctimas, con especial incidencia entre discapacitados o personas especialmente vulnerables.

Se ha procedido a la utilización de mamparas o de videoconferencia con el apoyo de la Fiscalía en las vistas orales y comparecencias cuando ha sido preciso para la protección de la víctima.

Este año 2017 no ha habido necesidad de emitir informes en expedientes tramitados conforme a la Ley 35/1995, de 11 de diciembre.

Se hace mención también de la relación de colaboración con el Instituto Aragonés de la Mujer, Cruz Roja y, en particular, con la Oficina de Atención a la Víctima, ubicada en el propio Palacio de Justicia de Huesca.

Esta Oficina atendió en el año 2017 a 470 personas, 85 mediante consulta telefónica, 153 con consulta personal y 232 con asistencia individualizada. Se realizaron 92 acompañamientos a juicio o declaraciones. Las víctimas atendidas lo son en su mayor parte por delitos de violencia de género, violencia doméstica y, en menor medida, contra la libertad sexual y contra la integridad física.

5.9.3. Fiscalía Provincial de Teruel

También en esta Fiscalía Provincial un Fiscal delegado desempeña la función en coordinación con la Fiscalía de Sala correspondiente, conforme a lo establecido en la Instrucción de la Fiscalía General del Estado número 8/2005.

No ha habido modificaciones en esta materia en el año 2017. En este ejercicio la Fiscalía no ha emitido informes en expedientes de reclamación de las ayudas previstas en la Ley 35/95 de 11 de diciembre.

En la Memoria de la Fiscalía Provincial se hace referencia al marco normativo de la actuación del Fiscal y a las conclusiones y recomendaciones tanto de la Junta de Fiscales Superiores de octubre de 2016 como a las Jornadas de Fiscales delegados en materia de Protección de Víctimas de noviembre de 2017, a las que se da cumplimiento por la Fiscalía de Teruel. Se hace referencia a los «testigos protegidos», a la información a las víctimas de delito en la fase de ejecución y a la necesaria notificación de sentencias a los perjudicados.

Se señala también la estrecha coordinación que se sigue manteniendo con la Oficina de Protección a las Victimas de Teruel.

5.10. Vigilancia penitenciaria

5.10.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.10.1.1. Establecimientos Penitenciarios

La población reclusa en Aragón, a fecha 31 de diciembre de 2017, ascendía a un total de 2.030 internos, cifra muy similar a la del anterior año 2016 (2.022) e inferior a las de los años 2015 (2.193), 2014 (2.348), 2013 (2.274), 2012 (2.239 internos), 2011 (2.544).

Se indican a continuación los datos correspondientes a los Centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Aragón:

5.10.1.1.1. Centro penitenciario de Zuera (Zaragoza)

En este establecimiento, se sigue apreciando una disminución de población reclusa en general en este Centro, en consonancia con las cifras totales de reclusos a nivel nacional.

Así a 1 de enero de 2017 había 1.634 internos (1.513 hombres y 121 mujeres). El 1 de enero de 2018 eran 1.465 internos (1.348 hombres y 117 mujeres). Esta cifra total, referida a 1 de enero de 2017, se distribuye de la siguiente manera: 1.074 varones penados, 126 preventivos y 155 en libertad condicional y 78 mujeres penadas, 15 preventivas y 17 en libertad condicional.

En cuanto a las libertades condicionales, las concedidas en el año 2017 fueron 156, de ellas 94 por cumplimiento de las tres cuartas partes de la condena, 54 por cumplimiento de las dos terceras partes, 5 por aplicación de reforma del Código Penal y 3 por enfermedad. Se produjeron 11 revocaciones del beneficio (4 por incumplimiento de reglas y 1 por comisión de nuevo delito). Las libertades condicionales concedidas a internos extranjeros para cumplir el resto de la pena en su país de origen, conforme al artículo 197 del Reglamento Penitenciario, fueron 20, frente a las 19 del pasado año. Se sustituyó la pena de prisión por la expulsión del territorio español a otros 12 internos (14 el año anterior).

Los permisos de salida concedidos fueron: ordinarios 836, de fin de semana 3.771, extraordinarios 46 y ordinarios enlazados con fin de semana 1.119, con un total de 5.772. No reincorporados tras permiso, 15 internos.

5.10.1.1.2. Centro penitenciario de Daroca (Zaragoza)

También ha disminuido la población reclusa del Centro de Daroca.

En el Centro Penitenciario de Daroca (Zaragoza) el 1 de Enero de 2017 había 388 reclusos, de ellos 386 penados y 2 preventivos. El 1 de enero de 2018 la cifra era de 365 reclusos, con 364 penados y un preventivo. Del total de internos penados, 360 estaban clasificados en segundo grado, 3 en tercer grado y 1 sin clasificar.

Atendiendo a su nacionalidad había, el 1 de enero de 2018, 235 españoles y 130 extranjeros, con mayoría entre éstos de marroquíes (38), rumanos (26), argelinos (18) y colombianos (8). El resto se reparten entre Argentina, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Camerún, Ecuador, Francia, Gambia, Georgia, Ghana, Irán, Jordania, Liberia, Lituania, Mali, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, Paraguay, República Dominicana, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Tanzania y Túnez.

Del total de penados, 1 lo era en aplicación del Código Penal derogado de 1973, por homicidio. Estaban penados por el Código Penal vigente de 1995 los 364 restantes, por los siguientes delitos: Homicidio 22, Asesinato 23, Lesiones 6, Contra la libertad de las personas 1, Agresión Sexual 25, Abusos Sexuales 5, Contra las relaciones familiares 26, Hurto 2, Robos 172, Estafa 6, Otros delitos Socio-Económicos 4, contra la Hacienda Pública 1, Piratería 1, contra la Salud Pública 44, contra la Seguridad del Tráfico 1, Falsedades 5, Quebrantamiento de condena 3, Atentado 9, Otros delitos 3.

Por grupos de edades los internos se agrupan de la siguiente forma: De 18 a 20 años: 2. De 21 a 25 años: 32. De 26 a 30 años: 50. De 31 a 40 años: 135. De 41 a 60 años: 137. Más de 60 años: 9. Total: 365.

Las libertades condicionales concedidas durante el año 2017 fueron 23, 11 de ellas tramitadas conforme al artículo 192 del Reglamento Penitenciario, 1 por el artículo 196 del Reglamento y 11 por la vía del artículo 197 del mismo Reglamento.

Se autorizaron 35 excarcelaciones de internos extranjeros, 9 de ellas para cumplir el período de libertad condicional en su país de origen o residencia, 2 por sustitución de pena por expulsión judicial, 5 por cumplimiento de tres cuartas partes y 19 excarcelaciones por extinción de condena.

En cuanto a los permisos de salida concedidos fueron un total de 316, 294 de ellos ordinarios, 9 extraordinarios y 13 de fin de semana. No reingresados 3 internos.

Las actividades educativas realizadas durante el año 2017 fueron 119.

Los expedientes sancionadores incoados y resueltos fueron 172 por faltas calificadas muy graves, 284 por faltas graves y 44 por faltas leves y los medios coercitivos aplicados (artículo 72 del Reglamento Penitenciario) ascendieron a 235.

5.10.1.1.3. Centro penitenciario de Teruel

En el Centro Penitenciario de Teruel el 31 de diciembre de 2017 había 199 internos (180 penados y 19 preventivos), cifra ligeramente inferior a la del año anterior (208 reclusos el 31 de diciembre de 2016). La cifra media de internos que se mantuvo durante el año fue de 198, 18 de ellos preventivos y 37 ciudadanos extranjeros.

5.10.1.2. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

Durante el año 2017 los datos estadísticos relativos a los expedientes tramitados en los dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Aragón, con sede en Zaragoza, han sido los siguientes:

En el Juzgado de Vigilancia número 1 se tramitaron 533 permisos de salida a petición de los Centros Penitenciarios y 743 permisos de salida por recurso o queja del interno contra la denegación previa por el Establecimiento Penitenciario, frente a 720 y 645, respectivamente, del Juzgado de Vigilancia número 2.

El Juzgado número 1 resolvió 327 recursos de alzada contra sanciones disciplinarias y el Juzgado número 2 resolvió 285 recursos de alzada. Respectivamente, tramitaron 264 y 266 recursos sobre clasificación de grado.

En cuanto a las libertades condicionales el Juzgado número 1 resolvió 140 y el Juzgado número 2, 223. En el primero se resolvieron 46 quejas contra intervención de comunicaciones y en el Juzgado número 2, 49.

Los expedientes de refundición de condena fueron 196 en el Juzgado número 1 y 212 en el número 2. Las medidas coercitivas tramitadas 299 en Juzgado número 1 y 200 en el número 2. Los expedientes sobre trabajos en beneficio de la comunidad 848 en el Juzgado número 1 y 889 en el número 2. Otras quejas y peticiones 440 en el número 1 y 242 en el número 2.

Los recursos de reforma contra resoluciones tramitados fueron 220 en el número 1 y 170 en el número 2. Los recursos de apelación 522 en el número 1 y 344 en el número 2.

El número total de expedientes nuevos abiertos en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 ascendió a 3.966, menos que el año anterior 2016 (4.276), con un total de 792 internos y en el Juzgado de Vigilancia número 2, se abrieron 3.826 expedientes, menos que el año anterior (4.452), con 889 internos.

5.10.1.3. Organización de la Fiscalía

La organización de la Fiscalía Provincial en materia de Vigilancia Penitenciaria se ha mantenido en el año 2017 tras la modificación que tuvo lugar en 2016.

Son cuatro los Fiscales que tienen encomendada esta tarea que compatibilizan con la asistencia a juicios y vistas en un Juzgado Penal y el despacho de la Sección de menores.

El trabajo de estos Fiscales en materia de Vigilancia Penitenciaria se desarrolla fundamentalmente informando los expedientes incoados por los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y de los recursos de todo tipo de los que se les da traslado. También efectúan las visitas a los Centros Penitenciarios.

La intervención del Ministerio Fiscal se produce en la totalidad de los expedientes y trámites de Vigilancia Penitenciaria. En este año 2017 se ha mantenido en términos similares el volumen de expedientes despachados con entrada en Fiscalía y el número de dictámenes emitidos en esos expedientes. Los expedientes dictaminados fueron 2.641 en materia de permisos de salida, 530 sobre clasificación de grado, 612 en sanciones disciplinarias, 363 expedientes de libertad condicional, 9 sobre medidas de seguridad, 1.737 sobre trabajos en beneficio de la comunidad, 3 en expedientes de redención de penas por el trabajo, 408 refundiciones, 694 quejas y peticiones, 95 sobre comunicaciones, 101 sobre limitaciones de régimen conforme al artículo 75 del Reglamento Penitenciario, 499 sobre aplicación de medidas coercitivas, 5 sobre suspensión de ejecución de la pena en aplicación del artículo 60 del Reglamento Penitenciario, 31 sobre abono de prisión preventiva, 87 expedientes sobre asuntos sanitarios, 156 diligencias indeterminadas, 390 recursos de reforma y 866 recursos de apelación.

5.10.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En la provincia de Huesca no hay Centros Penitenciarios por lo que la Fiscalía de esta provincia no refleja en su Memoria actividad en esta materia.

Le corresponde únicamente intervenir en el trámite de los recursos de apelación de los que conocen, bien la Audiencia Provincial, bien el Juzgado de lo Penal de Huesca, en relación a resoluciones de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, dictadas respecto de presos sentenciados por órganos jurisdiccionales con sede en la provincia de Huesca en materia de clasificación de grado y libertad condicional.

5.10.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En materia de Vigilancia Penitenciaria la Fiscalía Provincial de Teruel mantiene designado a un Fiscal de la plantilla como delegado, que desempeña su actividad en un doble aspecto:

1.— Visitas al Centro Penitenciario de Teruel con la finalidad de conocer sus instalaciones y régimen general de funcionamiento, entrevistándose con los internos que lo solicitan para valorar sus peticiones por si procediera realizar alguna gestión en el ámbito procesal.

En el año 2017 se realizaron estas visitas en cuatro ocasiones, con asistencia del Fiscal Jefe y del Fiscal delegado, en los meses de marzo, junio, octubre y diciembre, entrevistándose con un total de 53 internos.

2.— Intervención en recursos de apelación interpuestos ante la Audiencia Provincial o el Juzgado Penal de Teruel contra resoluciones dictadas por Juzgados de Vigilancia Penitenciaria en materia de clasificación en grado o libertad condicional respecto de internos sentenciados por los órganos jurisdiccionales penales que tienen su sede en la provincia.

En el año 2017 se tramitaron en la Audiencia Provincial 30 rollos de apelación incoados en las materias antes indicadas, cifra inferior a la del año anterior (39).

5.11. Delitos económicos

5.11.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Ya se ha expuesto en Memorias anteriores que en esta Fiscalía Provincial, tras una Junta de Fiscales celebrada en octubre de 2014, se creó una Sección de Investigación, integrada por dos Fiscales, para los delitos de especial trascendencia económica o relacionados con la corrupción. En el año 2015 la Sección estuvo compuesta por tres fiscales. En el año 2016, como consecuencia de cambios organizativos y atendiendo al volumen de procedimientos tramitados, la Sección volvió a estar integrada por dos Fiscales y así se ha mantenido en el año 2017.

Con la finalidad de que su intervención pueda ser más eficaz, sus integrantes han seguido estando exentos del reparto de otros asuntos y procedimientos, dedicándose únicamente a los que se atribuyen a la Sección, si bien han continuado asistiendo a los turnos generales de guardia y juicios de la Fiscalía Provincial.

Entre su cometido se mantiene la atribución de las Diligencias de Investigación incoadas con los expedientes remitidos por la Agencia Tributaria y por la Administración de la Seguridad Social, para determinar la posible existencia de delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social ejercitando, en su caso, la acción penal. También tienen encomendado el despacho de las Diligencias de Investigación incoadas en la Fiscalía Provincial por hechos o delitos relacionados con la corrupción política o administrativa.

Además de esos procedimientos se atribuyó también a la Sección la intervención en los procedimientos judiciales de naturaleza económica que presentan especial trascendencia por su cuantía y complejidad y las que están relacionados con la corrupción (entre otros los delitos de cohecho, blanqueo de capitales, tráfico de influencias, prevaricación, negociaciones prohibidas a funcionarios y malversación de caudales públicos), incluso las ya incoados y en trámite en la fecha de creación de la Sección.

Desde la creación de la Sección los Fiscales designados han mantenido estrecha relación profesional y reuniones de trabajo con funcionarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y de la Guardia Civil y Policía Nacional para coordinar sus intervenciones.

5.11.1.1. Diligencias de Investigación y escritos de calificación

En la Fiscalía Provincial, en el año 2017, se han incoado 23 Diligencias de Investigación por delitos contra la Hacienda Pública (5), contra la Seguridad Social, falsedad documental, fraude de subvenciones (2), estafa, blanqueo de capitales, malversación de caudales públicos y prevaricación (13), atendiendo a denuncias de la AEAT, otros organismos públicos o de particulares. Se trata de una cifra inferior a la del año 2015 (31) pero superior a la de los anteriores años 2016 (22), 2014 (20), 2013 (11) y 2012 (12).

En 2017, como consecuencia de la incoación de esas Diligencias de Investigación, no se interpusieron querellas. Se presentaron 5 denuncias ante los Juzgados de Instrucción, en 20 diligencias se acordó el archivo (3 de ellas incoadas en 2016) y otras 3 seguían tramitándose en la Fiscalía al finalizar el año.

De la Memoria de la Fiscalía Provincial resulta un número ligeramente superior de procedimientos iniciados por delito contra la Hacienda Pública (5), fueron 3 en 2016.

En el año 2017 la Sección de la Fiscalía Provincial ha formulado escrito de calificación en 3 procedimientos por delito contra la Hacienda Pública (5 en 2016), 6 delitos de malversación de caudales públicos (6 en 2016), 4 de defraudación a la Seguridad Social (7 en 2016) y 1 delito de fraude de subvenciones, estafa y contra la ordenación del territorio (1 en 2016).

5.11.1.2. Estado de la tramitación de los procedimientos judiciales atribuidos inicialmente a la Sección de Investigación

Una vez constituida en 2014 la Sección de Investigación de la Fiscalía Provincial, ésta se hizo cargo de diecisiete procedimientos ya iniciados en diferentes Juzgados de la capital y de la provincia de Zaragoza que ya se relacionaban en la Memoria del año 2014. En las Memorias de los años 2015 y 2016 se hizo referencia a las novedades en su tramitación durante ese ejercicio.

En aquellos procedimientos que seguían abiertos a 1 de enero de 2017 se han producido durante el mismo ejercicio las siguientes incidencias:

Juzgado de Instrucción n.º 2: Diligencias previas 3.383/14 por blanqueo de capitales. Prosigue su tramitación en fase de instrucción.

Juzgado de Instrucción n.º 4: Diligencias previas 4.510/12 por apropiación indebida. Se presentó escrito de acusación el 19-11-15. Celebrado el juicio oral se dictó sentencia el 7-3-2017 y se encuentra pendiente de que se resuelva el recurso de casación.

Juzgado de Instrucción n.º 11: Diligencias previas 1.295/14 por estafa. Se presentó escrito de calificación el 20-10-2016. Se dictó sentencia el 25-5-2017 cuya firmeza se encuentra pendiente de recurso de casación.

Juzgado de Instrucción n.º 2 de Ejea de los Caballeros: Diligencias previas 417/14 por prevaricación administrativa. Calificado por el Ministerio Fiscal el 25-5-2016 y celebrado el juicio oral el 19-4-2017. Se dictó sentencia de conformidad, condenatoria, firme en la misma fecha.

Juzgado de Instrucción de Calatayud n.º 1: Diligencias previas 1.177/13 por prevaricación administrativa. Presentado escrito de acusación el 18-1-16. Continúa en trámite, pendiente de juicio oral.

Juzgado de Instrucción de Caspe: Diligencias previas 328/10 por delito contra la ordenación del territorio. Auto de transformación en procedimiento abreviado de 8-6-2015. Calificado y pendiente de celebración de juicio oral, señalado para el 24-9-2018.

5.11.1.3. Estado de la tramitación de los procedimientos que se encontraban en trámite al inicio de 2017 en los Juzgados de Instrucción y que correspondían a la Sección de Investigación

Juzgado de Instrucción n.º 1 de Zaragoza: Procedimiento de Jurado n.º 1/2015 (antes Diligencias Previas n.º 1373/2015) por cohecho y malversación. Celebrado el juicio oral el 13 de marzo de 2017, se dictó sentencia absolutoria el 22-3-2017 que ya es firme.

Diligencias Previas n.º 1278/2016 por fraude de subvenciones. Se dictó sentencia el 3-7-2017, que ya es firme.

Juzgado de Instrucción n.º 2 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 3383/2014 por blanqueo capitales. Sigue su tramitación en fase de instrucción.

Juzgado de Instrucción n.º 4 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 4510/2012 por apropiación indebida. Sentencia de 7-3-2017, pendiente de recurso de casación.

Juzgado de Instrucción n.º 5 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 2731/2012 por delito contra la Hacienda Pública. Presentado escrito de calificación el 17-3-2016, pendiente de enjuiciamiento. Señalado juicio oral en el Juzgado Penal número 1 para el 14 de enero de 2019.

Diligencias Previas n.º 831/2016 (Jurado 2/2016) por malversación de caudales públicos. Dictada sentencia condenatoria el 10-5-2017 que ya es firme.

Juzgado de Instrucción n.º 7 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 1922/2016 por delito contra la Hacienda Pública, siguen en trámite de instrucción.

Diligencias Previas 4123/2015 por delitos de falsedad y estafa. Dictada sentencia absolutoria el 1-2-2018.

Juzgado de Instrucción n.º 8 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 131/2016 por delito contra la Hacienda Pública. Señalado juicio oral para el 2-5-2018.

Diligencias Previas n.º 3775/2014 por delitos de cohecho y malversación. Sobreseimiento a solicitud del Ministerio Fiscal por auto de 29-6-2017

Juzgado de Instrucción n.º 9 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 2754/2011 por delito contra la Hacienda Pública y blanqueo. Sentencia de 12-11-2016, confirmada en apelación el 13-3-2017.

Juzgado de Instrucción n.º 10 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 3775/2014 por malversación de caudales públicos y cohecho. El Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento provisional el 18-10-2016, que se acordó en auto de 29-6-2017.

Procedimiento de la Ley de Jurado n.º 1/2013 por malversación de caudales públicos. Sentencia de 12-4-2016, confirmada en apelación y en casación. Ya incoada ejecutoria en fecha 30-11-2017.

Juzgado de Instrucción n.º 11 de Zaragoza: Diligencias Previas n.º 1295/2014 por estafa. Juicio oral celebrado el 10-4-2017, sentencia condenatoria de 25-5-2017, pendiente de recurso de casación.

Juzgado de Instrucción n.º 1 de Calatayud: Diligencias Previas n.º 1177/2013 por prevaricación administrativa. Calificado el 18-1-2016 sigue pendiente de señalamiento de juicio oral.

Juzgado de Instrucción n.º 1 de Ejea: Diligencias Previas 518/2014 por delitos de cohecho y malversación. Sentencia absolutoria de 10-4-2017, ya firme.

Juzgado de Instrucción n.º 2 de Ejea de los Caballeros: Diligencias Previas n.º 417/2014 por prevaricación administrativa. Celebrado el juicio oral el 19-4-2017 se dictó sentencia condenatoria en la misma fecha, que ya es firme.

Juzgado de Instrucción de Caspe: Diligencias Previas n.º 328/2010 por delito contra la ordenación del territorio. Finalizada la instrucción en 2016 se presentó escrito de calificación el 22-2-2017. Señalado juicio oral para el 24-9-2018.

Juzgado de Instrucción de Daroca: Diligencias Previas n.º 504/2012 por malversación de caudales públicos. El Ministerio Fiscal interesó la finalización de la instrucción y la transformación en procedimiento abreviado el 30-11-2016. Señalado juicio oral para el 3-7-2018.

5.11.1.4. Estado de la tramitación de procedimientos especialmente relevantes

Respecto de los procedimientos especialmente reseñados en la Memoria de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma en anteriores años por su importancia o repercusión social en este apartado de delitos económicos, el estado de tramitación, durante el año 2017, de los que no han concluido es el siguiente:

Asunto «La Muela».

Se hizo referencia en las Memorias de años anteriores a la compleja tramitación y extraordinario volumen (43 personas acusadas) de este procedimiento, Diligencias Previas 91/2008 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de La Almunia. El Ministerio Fiscal formuló escrito de calificación en el mes de diciembre de 2013. También presentaron su escrito de calificación la Abogacía del Estado, la Diputación General de Aragón, el Ayuntamiento de La Muela y el resto de acusaciones personadas.

En el año 2014, tras dictarse auto de apertura de juicio oral y evacuar el trámite de calificación las defensas de los imputados, se resolvieron diversos recursos y peticiones de nulidad planteadas por las defensas de algunos acusados. El juicio oral se inició el 16 de diciembre de 2016 en la Audiencia Provincial de Zaragoza y siguió celebrándose entre el 11 de enero y el 1 de abril de 2016.

Se dictó sentencia condenatoria el 23 de septiembre de 2016. La sentencia fue, en general, satisfactoria con las pretensiones del Ministerio Fiscal que, no obstante, preparó recurso de casación en dos cuestiones concretas respecto de uno de los hechos enjuiciados, por considerar no ajustada a derecho la sentencia respecto de falta de apreciación de un delito de fraude y de la correspondiente indemnización. El recurso de casación fue interpuesto por la Fiscalía del Tribunal Supremo y se encuentra pendiente de resolución al igual que múltiples recursos interpuestos por otras partes. La vista del recurso se ha celebrado en marzo de 2018 y a esta fecha no se ha dictado sentencia.

Asunto «Ambulancias».

La Fiscalía Provincial de Zaragoza inició en el mes de octubre de 2013 unas Diligencias de Investigación, por presuntas irregularidades cometidas por una empresa que prestó servicios de traslado de pacientes en ambulancias al Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma. Estas Diligencias finalizaron apreciando indicios de la presunta naturaleza delictiva de los hechos denunciados, tras recabar diversa documentación de la Administración y practicar diligencias la Policía Judicial.

Se dio traslado denunciando los hechos al Juzgado Decano de Zaragoza y el Juzgado de Instrucción n.º 11 de la capital tramitó las Diligencias Previas n.º 1295/2014. Finalizada la fase de instrucción la Fiscalía interesó el sobreseimiento provisional, si bien se abrió juicio oral a instancia de una acusación particular. El juicio oral se celebró el 10-4-2017 y se dictó sentencia el 25-5-2017, pendiente de recurso de casación.

Asunto «Naves».

En el mes de diciembre de 2013, el Juzgado de Instrucción n.º 5 de Zaragoza inició las Diligencias Previas n.º 4590/13, en virtud de denuncia formulada por el actual gerente de la empresa pública Plaza, S.A., contra el anterior gerente de la misma por posibles delitos de administración desleal y de malversación de caudales públicos, al entender que existía una falta de justificación y de autorización por el Consejo de Administración con relación a una importante cantidad de dinero, favoreciéndose con ello a la empresa Codesport, S.A., y perjudicando a la empresa pública Plaza, S.A.

El juicio oral se celebró en el mes de septiembre de 2016 ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, y se dictó sentencia condenatoria el 9 de febrero de 2016. La Sala Segunda del Tribunal ha dictado en 2017 sentencia resolviendo el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados, casando la sentencia de la Audiencia y dictando sentencia absolutoria.

Asunto Plaza.

El Juzgado de Instrucción n.º 1 de Zaragoza tramitó otras Diligencias Previas en averiguación de posibles delitos cometidos en la construcción y administración de la plataforma logística «Plaza», interviniendo en estas diligencias directamente la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada . La instrucción concluyó en el año 2015 y el Ministerio Fiscal y las partes presentaron sus escritos de calificación. Continúa pendiente de que se celebre el juicio oral ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial, señalado para el mes de octubre de 2018.

5.11.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En el año 2017 no se reseñan diligencias de investigación de Fiscalía por delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social o por fraudes de subvenciones. Constan incoadas dos diligencias por delito de malversación de caudales públicos

En las Diligencias Previas n.º 419/12 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Fraga, por delitos contra la Hacienda Pública, con cuatro personas acusadas y con una larga y dificultosa instrucción, se dictó sentencia condenatoria el 24 de enero de 2017.

Se resalta como más destacado el Procedimiento Abreviado n.º 157/2017 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Huesca sobre delito contra la Hacienda Pública, relativo a una empresa del sector de la construcción, cuyo enjuiciamiento está previsto el día 24-5-2018.

5.11.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En la organización de trabajo de esa Fiscalía, la Fiscal coordinadora de la Sección Territorial de Alcañiz sigue teniendo atribuida, como en años anteriores, la función de despachar los asuntos relativos a fraudes a la Hacienda Pública u otros delitos de contenido patrimonial y especial relevancia económica, manteniendo la relación con la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.

En su Memoria la Fiscalía Provincial indica los procedimientos de mayor trascendencia y de contenido económico iniciados en el año 2017, refiriéndose a las Diligencias Previas n.º 387/2017, tramitadas en el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Alcañiz, por supuesto delito de alzamiento de bienes en la ejecución de títulos judiciales.

Se citan también las Diligencias Previas n.º 38/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Teruel por delitos contra la Hacienda Pública y de administración desleal y las Diligencias Previas n.º 92/2017 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Calamocha por insolvencia punible.

Respecto de los procedimientos con mayor trascendencia mediática se hace referencia a las Diligencias Previas n.º 210/2014 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Teruel, Procedimiento Abreviado 11/2017, referido a presuntas actuaciones de carácter delictivo en la gestión de la denominación de origen «Jamón de Teruel» y en el funcionamiento de su Consejo Regulador. Celebrado el juicio oral se dictó sentencia, absolutoria, el 24 de octubre de 2017.

5.12. Tutela penal de la igualdad y contra la discriminación

5.12.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se encuentra designado un Fiscal como delegado en esta materia. Desempeña sus funciones sin exclusividad y mantiene las relaciones con la Fiscalía de Sala de la Fiscalía General del Estado correspondiente. En este año 2017 no se han producido novedades en la organización.

Se resalta en la Memoria de la Fiscalía Provincial que su cometido se encuentra fijado en las conclusiones de las Jornadas de Especialistas en Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación, a las que asiste el Fiscal especialista de esta Fiscalía. En ellas se determinan los tipos penales incluidos en su ámbito de competencia que son muchos y se encuentran dispersos en diferentes títulos del Código Penal.

También este año destaca la Memoria de la Fiscalía Provincial que se sigue manteniendo la satisfactoria relación con los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil que tienen encomendada la investigación de este tipo de delitos. Se reciben copias de los atestados elaborados por hechos relacionados con esta especialidad y directamente dirigidos al especialista.

En el año 2017 se han tramitado en la Fiscalía Provincial dos Diligencias de Investigación relacionadas con esta especialidad, las número 45 y 59 de 2017.

La primera de ellas se inició tras la recepción de un atestado elaborado por el Grupo de Delitos Tecnológicos de la jefatura Superior de Policía en relación con una cuenta de Facebook cuyo titular vertía repetidas expresiones de desprecio respecto a un grupo nacional (inmigrantes rumanos). Se acordó la remisión al Juzgado Decano de Zaragoza por entender que los hechos podían ser constitutivos de un delito tipificado en el artículo 510 del Código Penal.

El segundo procedimiento, en el que se denunciaba a los promotores de un espectáculo teatral por, supuestamente, mostrar una imagen denigrante de un colectivo de personas con discapacidad, fue archivado tras la práctica de diversas diligencias practicadas por la Policía Judicial y por la propia Fiscalía.

Respecto de los procedimientos judiciales más relevantes tramitados en el año 2017 la Memoria de la Fiscalía Provincial se refiere a los siguientes:

Las Diligencias Previas 1002/2016 del Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza, por hechos acaecidos el 26 de junio de 2016 en la Basílica del Pilar y que fueron calificados como constitutivos de un delito de ofensa a sentimientos religioso del artículo 523 CP. Tras el juicio oral se dictó, ya en este año 2017, una sentencia de conformidad, tras el acuerdo del Ministerio Fiscal y la defensa del acusado, con apreciación de la eximente de anomalía psíquica, con imposición de una medida de seguridad de libertad vigilada por plazo de tres años.

Las Diligencias Previas número 810/2015 del Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza a las que se hizo referencia en Memorias anteriores relativas a una confrontación entre grupos violentos de ideologías enfrentadas el 1 de marzo de 2015. El juicio oral tuvo lugar el 17 de octubre de 2017 en el Juzgado Penal número 7 y se dictó una sentencia condenatoria, por conformidad, en la que ocho de los acusados fueron condenados como autores de delitos de desórdenes públicos en concurso con delitos de daños y otros cuatro acusados como autores de delito de atentado a agente de la autoridad en concurso con delitos y faltas de lesiones.

Las Diligencias Previas número 311/2016 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Caspe tramitadas por una reyerta acaecida el 6 de julio de 2016 en Maella, tras disputas y recriminaciones por motivos religiosos entre dos musulmanes, procedimiento que ha sido calificado como delito de lesiones con uso de arma blanca y que se encuentra pendiente de juicio oral.

Las Diligencias Previas número 512/2017 del Juzgado de Instrucción número 4 de Zaragoza sobre una reyerta que tuvo lugar en la plaza Salamero de Zaragoza con intervención de dos grupos enfrentados de jóvenes, supuestamente pertenecientes uno de ellos a la banda Dominicans Dont Play. En este procedimiento se ha presentado escrito de calificación por delitos de lesiones y pertenencia a grupo criminal.

Las Diligencias Previas 3516/2017 del Juzgado de Instrucción número 3 de Zaragoza, relativas a la muerte por heridas de arma blanca de V.L.M., atribuida en la instrucción a R.L.H., tras una disputa en un bar de la calle Heroísmo de Zaragoza el 8 de diciembre de 2017 y en la que concurrieron, presuntamente, motivos ideológicos. El procedimiento se encuentra en fase de instrucción.

5.12.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En la Fiscalía Provincial de Huesca se encuentra designado un Fiscal como delegado en esta especialidad, sin que se hayan producido modificaciones en el año 2017.

La Memoria resalta la tramitación de un Procedimiento Abreviado por un presunto delito de incitación al odio y a la discriminación del artículo 510, 1 a) del Código Penal, ya calificado por el Ministerio Fiscal, relativo a expresiones homófobas vertidas en una cuenta de Facebook.

5.12.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En esta Fiscalía Provincial también se encuentra designado un Fiscal con destino en la capital como delegado en esta materia.

En la Memoria de esta Fiscalía Provincial se sigue resaltando el correcto funcionamiento del Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia de delitos de odio y de conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación con una satisfactoria coordinación de la Fiscalía con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Respecto a las Diligencias de Investigación de Fiscalía no se han tramitado durante este año 2017 diligencias relacionadas con esta especialidad.

La Memoria hace especial referencia a las Diligencias Previas número 593/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Alcañiz por presunto trato vejatorio y discriminatorio a una persona de nacionalidad marroquí, por su condición de extranjero; y a las Diligencias Previas número 816/2017 sobre expresiones vertidas en redes sociales con apología de la agresión con arma de fuego y muerte de dos Guardias Civiles y un civil que tuvo lugar en Andorra (Teruel) el 14 de diciembre de 2017.

Zaragoza, 5 de abril de 2018.


El Fiscal Superior de Aragón

JOSÉ M.ª RIVERA HERNÁNDEZ


CORTES DE ARAGÓN
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