Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Enmiendas presentadas a la Proposición no de Ley núm. 117/14, sobre las denominadas «cláusulas suelo».

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:227 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

    Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentadas por los GG.PP. Socialista y del Partido Aragonés a la Proposición no de Ley núm. 117/14, sobre las denominadas «cláusulas suelo», publicada en el BOCA núm. 226, de 8 de abril de 2014, cuyos textos se insertan a continuación.

    Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.

    Zaragoza, 9 de abril de 2014.

El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA

    ENMIENDA NÚM. 1

    A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

    El Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 117/14, relativa a las denominadas «cláusulas suelo».


    ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

    Sustituir los puntos 1,2, y 3 por el siguiente texto:

    «1. Llevar a cabo una campaña de información y asesoramiento a los clientes de las entidades de crédito afectados por las denominadas “cláusulas suelo” en los contratos de préstamos hipotecarios, encaminada a que todos los titulares con ese tipo de cláusulas pudieran beneficiarse de los efectos de la sentencia n.° 241/2013 del Tribunal Supremo en cuanto a la rebaja de tipos.

    2. Instar al Gobierno de España, en coordinación con el Banco de España, haciendo seguimiento expreso y puntual para así:

    a) Suscribir protocolos de Buenas Prácticas con las entidades financieras, en aseguramiento de la transparencia, por el cual estas se dirigirán puntualmente a los afectados por cláusulas-suelo para pactar la rebaja consiguiente de los tipos de interés en sus préstamos hipotecarios sin ningún coste, cargo o compromiso adicional para el cliente.

    b) Garantizar conjuntamente con los grupos bancarios procedimientos para alcanzar el máximo nivel de protección e información de los derechos económicos de los particulares en sus relaciones contractuales de carácter hipotecario, y quede cumplimentado así a futuro la absoluta transparencia, incluyendo la facilidad para cada ciudadano de la comprensión de costes y de compromisos equilibrados de las partes.»


    MOTIVACIÓN

    Se considera más adecuado.

    Zaragoza, 8 de abril de 2014.

El Portavoz

JAVIER SADA BELTRÁN

    ENMIENDA NÚM. 2

    A LA MESA DEL PLENO DE LA CÁMARA:

    Joaquín Peribáñez Peiró, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 117/14, relativa a las denominadas «cláusulas suelo».


    ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

    Sustituir el punto n.º 1 por el siguiente texto:

    «1.º Que en orden a ejercer sus competencias de protección y defensa de las personas consumidoras, traslade formalmente a las entidades financieras radicadas en Aragón, la oportunidad, conveniencia y necesidad de acometer con la mayor diligencia y sin dilaciones, actuaciones de comprobación de la adecuación a derecho de sus cláusulas suelo, procediendo, en su caso, a la inmediata eliminación de la cláusula suelo de dichos contratos cuando la misma no cumpla los requisitos de validez establecidos por el Tribunal Supremo.»


    MOTIVACIÓN

    Por considerarlo más conveniente.

    Zaragoza, 9 de abril de 2014.

El Diputado

JOAQUÍN PERIBÁÑEZ PEIRÓ

V.º B.°

El Portavoz

ALFREDO BONÉ PUEYO

    ENMIENDA NÚM. 3

    A LA MESA DEL PLENO DE LA CÁMARA:

    Joaquín Peribáñez Peiró, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 117/14, relativa a las denominadas «cláusulas suelo».


    ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

    Sustituir el punto n.º 4 por el siguiente texto:

    «4.— Continuar informando a través de los servicios de la Dirección General de Consumo y en colaboración con las Asociaciones de Consumidores, sobre los requisitos y afecciones de las "clausulas suelo", en sus hipotecas, así como de las posibles soluciones judiciales o extrajudiciales que pudieran asistir a los consumidores.»


    MOTIVACIÓN

    Por considerarlo más conveniente.

    Zaragoza, 9 de abril de 2014.

El Diputado

JOAQUÍN PERIBÁÑEZ PEIRÓ

V.º B.º

El Portavoz

ALFREDO BONÉ PUEYO

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