Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas

Pregunta núm. 2011/16, relativa a las actuaciones inspectoras del Servicio Aragonés de Salud (SAS).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:116 (IX Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES:

Patricia Luquin Cabello, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto (IU Aragón), de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Sanidad, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a las actuaciones inspectoras del Servicio Aragonés de Salud (SAS).


ANTECEDENTES

La Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, en su artículo 36.f establece, entre las actuaciones a llevar a cabo por la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma, la de inspeccionar y controlar los centros, servicios y establecimientos sanitarios de Aragón, así como sus actividades de promoción y publicidad.

El Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, mediante Orden de 11 de septiembre de 2014, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, aprobó el Plan de Inspección de Servicios Sanitarios para el periodo 2015-2016.

La Inspección de Servicios Sanitarios tiene como finalidad garantizar el derecho de los usuarios a un acceso adecuado a las prestaciones sanitarias, en consonancia con los principios moduladores del sistema de salud, velando por un efectivo cumplimiento de sus normas reguladoras y asegurando que los servicios sean prestados conformes a los objetivos de calidad previstos, confirmando el uso apropiado de las prestaciones sanitarias y de aquellas otras del sistema de Seguridad Social condicionadas a una situación de enfermedad y de atención sanitaria. Para ello, dado que las actuaciones que realiza la Inspección de Servicios Sanitarios deben estar adecuadamente coordinadas y dentro del ámbito de sus competencias, resulta necesario determinar aquellas líneas que resultan prioritarias para el Departamento de Sanidad Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, contando con una previsión de evaluación y revisión continua anual, para adecuar, si fuera preciso, las actuaciones inspectoras a un escenario cambiante.

El Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, atribuye a la Dirección General de Asistencia Sanitaria «la evaluación y control de las prestaciones sanitarias, así como el control del acceso a las mismas».

Por todo lo cual se presenta la siguiente


PREGUNTA

¿Considera el Gobierno de Aragón que las actuaciones inspectoras, los recursos que se invierten en ellas son coste efectivas, son rentables desde el punto de vista social y sanitario? En caso negativo, ¿está prevista alguna actuación tendente a evaluar y mejorar la efectividad de las actuaciones inspectoras para adaptarlas a la realidad cambiante y una previsión de fechas para llevarlo a cabo?

Zaragoza, a 18 de octubre de 2016.


La Diputada

PATRICIA LUQUIN CABELLO

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