Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 96/12, sobre la función de policía del dominio público hidráulico.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:54 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 21 de marzo de 2012, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 96/12, sobre la función de policía del dominio público hidráulico, presentada por el G.P. de Izquierda Unida de Aragón para su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 21 de marzo de 2012.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida de Aragón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a función de policía del dominio público hidráulico, solicitando su tramitación en el Pleno de las Cortes.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A preguntas parlamentarias formuladas por el Grupo de la Izquierda Plural en el Congreso de los Diputados, en relación a la transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas en materia de policía de dominio público hidráulico, el actual Gobierno del Reino de España, a través del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en su comparecencia ante la Comisión del ramo en el Congreso de los Diputados, manifestó lo siguiente:

«(E)n materia de legislación y normativas de aguas, abordaremos de forma rápida algunos aspectos que en la actual Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, han quedado desfasados e impiden una toma de decisiones vital. Las modificaciones que se proponen quieren dejar claro que la función de policía del dominio público hidráulico, es de competencia estatal, según la sentencia del Constitucional 30/2011, que declaró inconstitucional y nulo el Artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía. Sin perjuicio de la corresponsabilidad de las comunidades autónomas frente a las sanciones por procedimientos infractores en materia de agua».

Lo anunciado por el Ministro choca frontalmente con la legislación vigente, pues la promulgación del Real Decreto Ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico, ha introducido una nueva Disposición adicional decimocuarta en el Texto Refundido de la Ley de Aguas por la que se viene a otorgar las competencias sobre el Dominio Público Hidráulico a las comunidades autónomas que lo tengan recogido en sus Estatutos de Autonomías, como es el caso de Aragón, donde esta posibilidad queda recogida en el artículo 72.2 de su Estatuto de Autonomía.

Por otro lado, y fruto de la promulgación de este Real Decreto Ley 12/2011, las Cortes de Aragón aprobaron por unanimidad con fecha 5 de octubre de 2011 una Proposición No de Ley presentada por el PAR en la que se instaba al Gobierno de Aragón, para poder asumir las competencias en materia de Policía de Dominio Público Hidráulico, a:

1. Reformar la normativa que sea necesaria para su adaptación a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

2. Dirigirse al Gobierno Central para iniciar de manera urgente los pasos administrativos necesarios para completar la transferencia de dicha competencia contemplada en el artículo 72.2 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Ante esta situación se presenta la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón manifiestan su total rechazo a la declaración del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, formulada en su comparecencia de 1 de febrero de 2012 ante la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados, con la que deja patente la nula voluntad del Gobierno Central de transferir competencias en materia de Policía de Dominio Público Hidráulico a las Comunidades Autónomas en general y, en particular, a aquellas que, como Aragón, tienen recogidas en sus Estatutos de Autonomía tales aspiraciones, e instan al Gobierno de Aragón a que se dirija al Gobierno de España para que:

1. Coordine con el conjunto de las Comunidades Autónomas del Estado, las modificaciones legislativas que hubiera lugar, al objeto de transferir a aquellas que lo soliciten las competencias de Dominio Público Hidráulico.

2. Ejecutar con urgencia el proceso de transferencia de las competencias de Policía de Dominio Público Hidráulico a las Comunidades Autónomas que hoy pueden asumir las mismas al tener reflejada tal posibilidad en sus Estatutos de Autonomía, realizando el proceso con la mayor información, participación y consenso de los agentes implicados, entre ellos los trabajadores de la Confederación Hidrográfica del Ebro, el Gobierno de Aragón y las Cortes de Aragón.

Zaragoza, a 16 de marzo de 2012.


El Portavoz

ADOLFO BARRENA SALCES

CORTES DE ARAGÓN
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