Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 286/14, sobre el desarrollo de la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:278 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 286/14, sobre el desarrollo de la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón, presentada por el G.P. Chunta Aragonesista, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 5 de noviembre de 2014.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

José Luis Soro Domingo, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al desarrollo de la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón, para su tramitación ante el Pleno de la Cámara.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Boletín Oficial de Aragón del día 21 de marzo de 2013 publicó la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón. Tal como señala el artículo 1 de esa norma la misma tiene por objeto «establecer los criterios básicos para la creación y coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón, fijando su organización, funciones, recursos y medios de financiación.» En desarrollo de la Ley 1/2013, y en virtud de la Disposición Adicional Primera de la misma, el Gobierno de Aragón ha aprobado, con siete meses de retraso, el Decreto 158/2014, de 6 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Entre los aspectos que regula el citado Decreto se encuentra los criterios básicos para la organización, el funcionamiento y la coordinación de esos servicios, a los que denomina «SPEIS.» En cuanto a la situación geográfica y cobertura territorial señala el Decreto 158/2014 que la ubicación de los recursos operativos se realizará por zonas de intervención, las cuales recoge en el anexo I, debiendo garantizarse un tiempo máximo de intervención de primer nivel de 35 minutos. Esta se lograría mediante una estructura de parques principales (referentes en una zona de intervención), parques secundarios (distribuidos por el territorio para la atención inmediata de las emergencias) y parques de apoyo (cuyo objetivo es la atención de las emergencias en la isócrona de 35 minutos).

Sin embargo, la realidad demuestra que estas optimistas previsiones no dejan de ser, a fecha de hoy, una mera expectativa no garantizada. Y esto es así no solo por la escasa inversión realizada en la creación de nuevos parques sino también por la diversidad de las administraciones implicadas, ya que existen parques de bomberos de titularidad municipal, de comarcas y de diputaciones provinciales. Ya en la tramitación parlamentaria del proyecto de ley el Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista señaló la necesidad de que el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios fuera asumido y prestado íntegramente por el Gobierno de Aragón, excepto en aquellos casos en los que en aplicación de la normativa de régimen local lo debiera ser por los Ayuntamientos.

Recientemente se produjo un incendio en una empresa industrial de la localidad de Escucha (Comarca de Cuencas Mineras) en el que la llegada del primer retén de bomberos se alargó más de una hora, motivada por la lejanía de los parques de bomberos existentes. Afortunadamente la rápida intervención de algunos empleados de empresas del polígono industrial y de bomberos voluntarios de Escucha impidió que el incendio se propagara en mayor medida hasta la llegada de dotaciones provenientes de Teruel, Alcañiz y Calamocha. En cualquier caso, no solo no se cumplió ese plazo de intervención de 35 minutos, sino que la necesidad de desplazar efectivos de otras localidades dejaba a su vez sin cobertura esas zonas ante la eventualidad de un nuevo incendio.

El Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista considera que la adecuada prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios en Aragón requiere que el Gobierno de Aragón asuma la puesta en funcionamiento de un servicio propio de bomberos, garantizando de esta manera su prestación en condiciones de igualdad en todo el territorio aragonés.

Por todo ello el Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista presenta la siguiente:


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón, conscientes de la importancia que los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento tienen para garantizar la integridad de las personas y bienes, instan al Gobierno de Aragón a:

1.- Poner en funcionamiento de manera inmediata una organización propia para la prestación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en aquellos municipios en los que, de acuerdo con la legislación de régimen local, no resulte obligatoria su prestación y carezcan de servicio propio, tal como establece el apartado 4 del artículo 4 de la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.

2.- Incluir en el proyecto de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2015 las partidas necesarias para ejecutar las previsiones establecidas en el Decreto 158/2014, de 6 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón y en concreto la puesta en funcionamiento de los parques de bomberos previstos en el artículo 9 y anexo I de ese Decreto (parques principales, parques secundarios, parques de apoyo y almacenes de material) en todo el territorio de Aragón.

En el Palacio de la Aljafería, a 31 de octubre de 2014.


El Portavoz

JOSÉ LUIS SORO DOMINGO

CORTES DE ARAGÓN
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