A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
M.ª del Mar Vaquero Perianez, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre financiación de la formación especializada de los Abogados que prestan la Asistencia Jurídica Gratuita, solicitando su tramitación ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario.
El modelo de Asistencia Jurídica Gratuita existente en España exige, como indica la Ley 1/1996, de 10 de enero, que los profesionales adscritos a esos servicios tengan que acreditar unos requisitos mínimos de formación y especialización necesarios para prestar los servicios, con objeto de asegurar un nivel de calidad y de competencia profesional que garantice el derecho constitucional a la defensa.
Esta exigencia legal, se traduce en concreto en la necesidad de acreditar tres años mínimo de ejercicio profesional como experiencia previa y superar un curso de Acceso al Turno de Oficio para los abogados en ejercicio.
Así mismo, para poder prestar servicio de Turno de Oficio en servicios especializados, como el de víctimas de violencia de género, menores, extranjería o penitenciario, es necesario, además, realizar los cursos especializados para cada una de las materias indicadas y superar un test con al menos un 75% de respuestas correctas.
Igualmente, la Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos de Aragón, exige una acreditada experiencia y una formación especializada a los abogados que deseen prestar alguno de los servicios previstos en esa ley.
Se trata de unos servicios de utilidad pública esencial para la sociedad y soporte de nuestro sistema democrático de libertades.
En la actualidad los letrados que, en ejercicio de la función social del Abogado, desean prestar la Asistencia Jurídica gratuita, en cualquiera de los turnos de oficio o en alguno de los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitas deben haber realizado una formación específica obligatoria.
Esa formación, es sufragada por los propios letrados directamente o por los Colegios de Abogados con cargo a su propio presupuesto, es decir con cargo las cuotas de sus colegiados, o incluso de ambas maneras.
La contraprestación económica que reciben los abogados por prestar esos servicios es considerablemente inferior del precio habitual por cualquiera de esos servicios e incluso inferior al coste real de los mismos.
Para contribuir desde los poderes públicos a la prestación de un servicio de utilidad pública esencial para la sociedad y soporte de nuestro sistema democrático de libertades, así como al desarrollo de esa función social de los abogados, parece adecuado que la Comunidad Autónoma de Aragón financie los cursos de formación obligatorios, de manera que el profesional que desee prestar esa Asistencia Jurídica gratuita, bien en los turnos de oficio, bien en los servicios de asesoramiento y orientación jurídicas gratuitos, o en ambos, no tuviera que desembolsar fondos propios o colegiados para la formación exigida, entendiendo y reconociendo así, que ya aporta, sus conocimientos previos, la experiencia acumulada y los medios materiales de su despacho profesional.
Por todo ello, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a financiar los cursos de formación obligatorios que se exigen para poder prestar la Asistencia Jurídica Gratuita en cualquier de los Turnos de Oficio establecidos, así como en los Servicios de Asesoramiento y Orientación Jurídica Gratuitos.
Zaragoza, a 7 de mayo de 2018.
La Portavoz
M.ª DEL MAR VAQUERO PERIANEZ