Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Pregunta núm. 8/15-IX, relativa a la bonificación de peajes de los vehículos que circulan por la autopista AP-2.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:10 (IX Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes Aragón, en sesión celebrada el día 26 de agosto de 2015, ha admitido a trámite la Pregunta núm. 8/15-IX, relativa a la bonificación de peajes de los vehículos que circulan por la autopista AP-2, formulada al Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda por el Diputado del G.P. Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's) Sr. Sansó Olmos para su respuesta escrita.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189.4 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 26 de agosto de 2015.


El Presidente de las Cortes

ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Jesús Sansó Olmos, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's), de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa a la bonificación de peajes de los vehículos que circulan por la autopista AP-2.


ANTECEDENTES

Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima Unipersonal (ACESA), es titular de la concesión de la Administración General del Estado para la construcción, conservación y explotación de la autopista Zaragoza-Mediterráneo (autopista AP-2).

Esta autopista tiene parte de su recorrido en la Comunidad Autónoma de Aragón, siendo un itinerario alternativo la carretera N-II, la cual soporta un tráfico muy elevado, especialmente de vehículos pesados, lo que provoca graves problemas de seguridad vial y de siniestralidad.

Para aliviar esta situación, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 1575/2009, que a su vez aprueba un convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima Unipersonal (ACESA), por el que se establecen los términos para la exención del peaje a los vehículos ligeros en los movimientos de ida de los recorridos entre Alfajarín y Fraga de la autopista AP-2, Zaragoza-Mediterráneo.

Por su parte, el Gobierno de Aragón suscribió con ACESA un acuerdo para bonificar el peaje a vehículos ligeros (exención de peaje en los recorridos de vuelta entre Alfajarín y Fraga) y pesados (exención de peaje entre Alfajarín y Pina y 50% de bonificación entre Pina y Fraga) con el mismo objetivo de mejorar la seguridad vial de la carretera N-II en este tramo.

Posteriormente, la Administración General del Estado incluyó en el convenio medidas de bonificación de peaje para los vehículos pesados, destinadas a fomentar el uso de la autopista por estos vehículos (25% de bonificación adicional al 50% vigente).

El Gobierno de Aragón, como contraprestación por la gratuidad, abona a ACESA el 100% de cada peaje de vuelta bonificado hasta que la cantidad adeudada global alcanza el millón de euros, y a partir de ese momento al exceso se le aplica un descuento del 20%.

ACESA efectúa un recuento de los tránsitos realizados con derecho a exención de peaje, remitiendo trimestralmente un resumen diario y mensual de los mismos, con su importe correspondiente, explicitando el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

ACESA debe facilitar a la Comunidad Autónoma de Aragón cualquier comprobación que se estime oportuna en relación con la documentación remitida las medidas objeto del citado acuerdo, según se explicita en las adendas al mismo, publicados en los BOA de fecha 20/01/2014 y 30/01/2015.


PREGUNTA

¿Cuántas comprobaciones se han solicitado hasta la fecha relativas a las medidas facilitadas por ACESA y cuáles han sido sus resultados?

Zaragoza, 27 de julio de 2015.


El Portavoz Adjunto

JESÚS SANSÓ OLMOS

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