Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 159/18, sobre potenciación del turismo rural en Aragón como elemento fundamental para la fijación de población en el medio rural.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:244 (IX Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

M.a del Mar Vaquero Perianez, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre potenciación del turismo rural en Aragón como elemento fundamental para la fijación de población en el medio rural, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El turismo rural es un sector en constante crecimiento en nuestra comunidad autónoma, tanto en número de establecimientos como en viajeros y pernoctaciones.

Los más de 1500 establecimientos de turismo rural con que cuenta Aragón, suponen una red de iniciativas económicas que tienen una gran importancia para el desarrollo de las zonas rurales.

Son, sin duda, una de las fórmulas más exitosas utilizadas por las distintas administraciones para facilitar la fijación de población en el medio rural y de esta forma intentar contrarrestar el paulatino proceso de despoblación que sufren estos territorios.

La ubicación en entornos rurales, una arquitectura y equipamiento tradicional, la autenticidad y la calidad del servicio caracterizado por un trato personalizado, son valores que busca el viajero que opta por estos establecimientos.

La normativa que regula el turismo rural en Aragón data de 1997. El Decreto 69/1997 ha regulado desde entonces las viviendas de turismo rural, si bien los cambios de todo tipo que se han producido desde esa fecha, hacía aconsejable una nueva regulación.

El Gobierno de Aragón ha comenzado el proceso conducente para la aprobación de un nuevo decreto que regule el turismo rural, acorde con las normativas de accesibilidad, y edificación actuales, así como con las normas de la Unión Europea respecto al requisito de residencia.

Obviamente el nuevo decreto debe respetar las normativas de todo tipo que afecten a la actividad del turismo rural, pero no debería perder de vista la esencia y la idiosincrasia de estos establecimientos, ubicados en edificios con limitaciones arquitectónicas y cuya explotación genera a sus propietarios una renta limitada y complementaria de otras actividades principales.

Por otra parte, toda normativa sobre turismo rural debería considerar como punto de partida, de la importancia que supone esta actividad como fórmula de fijación de población en el medio rural y, a partir de allí, definir el marco legal de regulación que facilite al máximo el desarrollo de dicha actividad.

Por lo expuesto, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:

a) Tener en cuenta en el nuevo decreto que regulará las casas rurales la esencia y la idiosincrasia de estos establecimientos, ubicados en edificios con limitaciones arquitectónicas y cuya explotación genera a sus propietarios una renta limitada y complementaria de otras actividades principales, de forma que dicha normativa facilite al máximo el desarrollo de la actividad

b) Definir una estrategia específica de apoyo al turismo rural como fórmula de fijación de población en el medio rural, que contemple, incentivos para la puesta en marcha y modernización de los establecimientos, ventajas fiscales y una adecuada promoción.

c) Controlar la competencia desleal que sufre el turismo rural a través de un plan de inspección turística que persiga actividades turísticas que se desarrollen fuera del marco de la legalidad.

Zaragoza, 24 de abril de 2018.


La Portavoz

M.ª DEL MAR VAQUERO PERIANEZ

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