Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON

Memoria anual de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón correspondiente al año 2024.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:175 (XI Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2025, ha conocido la Memoria anual de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondiente al año 2024, enviada por la Fiscalía Superior de Aragón en cumplimiento del artículo 66.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, y, a la vista de lo dispuesto en el artículo 245 del Reglamento de las Cortes de Aragón, ha acordado su tramitación ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario.
Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón.

Zaragoza, 17 de septiembre de 2025.

La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN
FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Memoria 2025 (Ejercicio 2024)

Índice

Capítulo I. Incidencias personales y aspectos organizativos
1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría
1.1 Fiscales
1.2. Personal de secretaría
1.3. Unidad de Apoyo al Fiscal Superior
2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos
3. Organización general de la Fiscalía
4. Sedes e instalaciones
5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía
6. Instrucciones generales y consultas
Capítulo II. Actividad de las Fiscalías Territoriales
I. ACTIVIDAD PROCESAL DE LA FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
II. ACTIVIDAD PROCESAL DE LAS FISCALÍAS PROVINCIALES
1. Penal
1.1.Evolución de los procedimientos penales
1.2. Evolución de la criminalidad
2. Civil
3. Contencioso-administrativo
4. Social
5. Otras áreas especializadas
5.1. Violencia sobre la mujer
5.2. Seguridad y salud en el trabajo
5.3. Medio ambiente y urbanismo
5.4. Trata de personas y extranjería
5.5. Seguridad vial
5.6. Menores
5.7. Cooperación penal internacional
5.8. Criminalidad informática
5.9. Protección de las personas con discapacidad y mayores
5.10. Delitos de odio y discriminación
5.11. Derechos humanos y memoria democrática
5.12. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal
5.13. Vigilancia penitenciaria
5.14. Delitos económicos
Capítulo III. El Ministerio Fiscal como garante de los bienes jurídicos de naturaleza colectiva y difusa (Tema específico de obligado tratamiento)
Capitulo IV. Propuestas de reformas legislativas

CAPÍTULO I. INCIDENCIAS PERSONALES Y ASPECTOS ORGANIZATIVOS

1. Recursos humanos. Fiscales y personal de secretaría

1.1 Fiscales.

No hay variación respecto a la memoria del año anterior en el número de fiscales de la plantilla de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, integrada actualmente por la Fiscal Superior, el Teniente Fiscal y una Fiscal.

1.2. Personal de secretaría

No hay variación respecto a la memoria del año anterior. No obstante, es de señalar que la implantación de la Nueva Oficina Fiscal de Aragón aprobada por Decreto 1/2.019, de 15 de enero, supuso la creación de la Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón configurada como centro de destino único bajo la superior dirección del Fiscal Superior y con dos puestos de tramitador/a,
El citado Decreto 1/2.019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, destaca en su exposición de motivos que el incremento del número de fiscales en la Comunidad Autónoma de Aragón en los últimos diez años no se vio reflejado en la oficina fiscal, «permaneció estable, sin alcanzarse la proporción de personal funcionario por fiscal que el Ministerio Fiscal considera necesaria, de un funcionario por fiscal, y a la que se deberá tender en la medida en que las posibilidades presupuestarias lo permitan». Esta proporción no se alcanzó con la puesta en marcha de Oficina Fiscal que no ha supuesto incremento del total de funcionarios de las plantillas de las secretarias de las fiscalías de Aragón
La Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sede en Zaragoza, se configura como centro de destino único y bajo la superior dirección del Fiscal Superior, correspondiendo a la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior las funciones previstas en el artículo 18.3 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1/2.019, de 15 de enero de 2.019, del Gobierno de Aragón.
El número de dos funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa resulta insuficiente para las necesidades de la Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón; el disfrute de los permisos reglamentarios y la prestación de servicios de guardia ocasiona que, aproximadamente, un tercio de los días laborales, la oficina esté asistida por un sólo funcionario. Esta circunstancia ha sido traslada a la administración autonómica con competencia en medios materiales y personales en demanda de un aumento del número de funcionarios destinados en la Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Esta necesidad de aumento de personal afecta también a la Oficinas Fiscales de la Fiscalía Provincial de Zaragoza y de la Sección Territorial de Alcañiz (Teruel).
La implantación de las oficinas fiscales en el año 2023, no supuso aumento de las plazas de personal consolidándose los puestos de trabajo ya existentes en las secretarias.
La cifra actual de ratio de funcionarios por Fiscal no alcanza la cifra deseable de un funcionario por un Fiscal tal como se recoge en la exposición de motivos del Decreto 1/2.019, de 15 de enero, de creación de la Oficina Fiscal en Aragón. Esta situación de carencia afecta, especialmente, a la Fiscalía Provincial de Zaragoza que ha visto incrementada periódicamente su plantilla de fiscales, 28 fiscales en 2.008 a 38 en 2024, permaneciendo invariable el número de funcionarios desde 2008; ello, unido al aumento del número de órganos judiciales supone un notable incremento en las funciones de la oficina fiscal.
La falta de personal en las oficinas fiscales ha sido tratada en las reuniones de la Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Ya en la sesión de 28 de noviembre de 2023 de la Comisión Mixta de Coordinación, el Gobierno de Aragón asumió el compromiso de aumentar las plazas según disponibilidad presupuestaria, reiterándose este compromiso en las reuniones de dicha comisión mantenidas en el año 2024, sin que se haya materializado el aumento solicitado.
La dotación de personal de refuerzo de las oficinas fiscales solicitada a la administración autonómica como solución provisional, en tanto se formalizan los estudios presupuestarios necesarios para un aumento de personal fijo, no ha sido atendida en esta fecha.

1.3. Unidad de Apoyo al Fiscal Superior

La Unidad de Apoyo al Fiscal Superior está integrada por una funcionaria del grupo A, perteneciente al cuerpo de Administradores Superiores de la Comunidad Autónoma de Aragón y una funcionaria del grupo C perteneciente al Cuerpo Administrativo de la Comunidad Autónoma de Aragón. Su configuración no ha variado respecto a la memoria del año anterior.
Es preciso señalar que conforme al artículo seis del Decreto 1/2.019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura y la organización de la Oficina Fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón «corresponden a la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior las funciones previstas en el artículo 18.3 del EOMF».
Estas funciones son las de apoyo y asistencia al Fiscal Superior en materias de estadística, informática, traducción de lenguas extranjeras, gestión de personal u otras que no sean de las que con arreglo al Estatuto tengan encomendadas los fiscales, funciones que la Unidad de Apoyo lleva a cabo con eficacia y en coordinación con las propias de la Fiscal Superior, como corresponde al contenido del precepto legal que la sustenta.
En el año 2024 se incorporó una funcionaria del Cuerpo Administrativo de la Comunidad Autónoma de Aragón al puesto de administrativo que asiste a la Jefa de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior y que había permanecido vacante durante el año 2023.

2. Incidencia de vacantes, sustituciones y refuerzos

Por Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, se declaró por alcanzar la edad reglamentaria la jubilación forzosa de Don Carlos Sancho Casajús, Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, con efectos a partir del día 22 de septiembre de 2024.
D. Carlos Sancho Casajús fue nombrado Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón por Real Decreto n.º 925/2009, de 29 de mayo, permaneciendo en ese destino hasta la fecha de su jubilación.
En la Junta de Fiscales de la Comunidad Autónoma de Aragón celebrada el 27 de junio de 2024, a modo de homenaje por su dilatada carrera, se dio cuenta del agradecimiento de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón por su excelente desempeño como fiscal y su calidad personal.
Por Orden PJC/1041/2024, de 26 de septiembre se convocó concurso de traslado de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal, siendo nombrada por Real Decreto n.º 1148/2024, de 11 de noviembre, Dª María Nieves Zaragoza Aguado para el destino de Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, tomando posesión de la plaza el 29 de noviembre de dicho año.

3. Organización general de la Fiscalía

3.1. La Fiscal Superior, en ejercicio de sus funciones, tramita y firma por delegación de la persona que dirige la Fiscalía General del Estado (FGE) convenios con instituciones administrativas y académicas y forma parte de comisiones administrativas de distinto nivel y, en funciones de representación del Ministerio Fiscal, mantiene relaciones institucionales con las autoridades de la Comunidad Autónoma con competencias transferidas en materia de Administración de Justicia y diversas autoridades del Estado existentes en la Comunidad.
El Teniente Fiscal asiste a las reuniones convocadas por el Fiscal de Sala de lo Contencioso Administrativo, tiene a su cargo el despacho de las cuestiones de inconstitucionalidad, asume las funciones de la Fiscal Superior en su ausencia y auxilia en la función de inspección de las fiscalías provinciales.
El Fiscal tiene encomendado el despacho de los incidentes de nulidad y la asistencia a reuniones convocadas por el Fiscal de Sala de lo Civil y por la Fiscal de Sala de lo Social.
Corresponden al Teniente Fiscal y al Fiscal las funciones de conocimiento, tramitación y elaboración de informes de los procedimientos de las diversas Salas del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
La Unidad de Apoyo al Fiscal Superior presta asistencia en materia logística, informática y estadística. A través de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior se han seguido atendiendo las necesidades materiales solicitadas por las tres fiscalías provinciales, transmitiendo las peticiones a la Comunidad Autónoma, competente en proporcionar dichos medios.
Las funciones de dirección y representación de la Fiscal Superior determinan una serie de actuaciones, como visitas de inspección, convocatoria y asistencia a las Juntas de Fiscales de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma y Junta de Fiscales Jefes Provinciales, comisiones y reuniones, presentación de la memoria, participación en actos institucionales, e informes en el trámite de audiencia para el nombramiento de cargos de dirección, entre estas deben señalarse las que a continuación se indican en el año 2024.

3.2. Juntas de Fiscales Jefes Provinciales
En fecha 19 de marzo de 2024 se celebró Junta de Fiscales Jefes Provinciales, siendo los temas objeto de la junta: Cuestiones diversas relativas a los recursos de apelación penales ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Plan de inspección de las Fiscalías Provinciales. Informe de los Jefes Provinciales en relación a la organización de las Secciones de menores de las Fiscalías Provinciales conforme a las Instrucciones de la FGE. Problemática planteada por los Fiscales Delegados de menores en orden a los registros de los expedientes de protección de menores y tramitación de notificaciones en procedimientos seguidos ante la jurisdicción civil. Real Decreto Ley 6/2023: Expediente y documentos judiciales electrónicos, actuaciones no presenciales, entornos seguros de trabajo y actos procesales mediante intervención telemática. Secciones territoriales de las Fiscalías y Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción no radicados en capitales de provincia: asistencia de los fiscales a juicios orales, comparecencias e intervención en los procedimientos.
En fecha 11 de diciembre de 2024 se celebró Junta de Fiscales Jefes Provinciales, siendo los temas objeto de la junta: Cuestiones planteadas en la Junta de Fiscales Superiores celebrada los días 21 y 22 de noviembre de 2024: especialidades de Discapacidad y Mayores; Discapacidad y Mayores; Civil; Trata de Personas y Extranjería; Delitos de Odio y Discriminación; y Antidroga. Certificación otorgada a la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón por el Centro Criptológico Nacional (CNN) de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Documentación. Uso seguro de medios electrónicos por las fiscalías. Medios personales en las oficinas fiscales y solicitud de refuerzos. Control por las Fiscalías Provinciales de las estadísticas durante el año 2024. Elaboración de memorias anuales: coordinación de criterios a considerar por las fiscalías provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel en consonancia con los que vienen siendo señalados por la F.G.E. para la elaboración de memorias. Informe a la Junta de Fiscales Jefes Provinciales sobre concesión de la Cruz Distinguida de 1ª Clase de San Raimundo de Peñafort a la Ilma. Sra. Fiscal Decana de la Sección Territorial de Alcañiz.

3.3. Inspección de las Fiscalías Provinciales
El artículo 13.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, modificado por Ley 24/2.007 de 9 de octubre, atribuye a los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas la inspección ordinaria de las Fiscalías de su ámbito territorial, junto a la función inspectora que con carácter permanente tiene encomendada la Inspección Fiscal por delegación del Fiscal General del Estado.
El día 29 de abril de 2024, previa comunicación a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, se llevó a cabo inspección ordinaria en la Fiscalía Provincial de Teruel y Sección Territorial de Alcañiz de la Fiscalía Provincial de Teruel, siendo su objeto: Jurisdicción penal, cumplimiento de los plazos en el despacho de procedimientos y contenido de los dictámenes (Fiscalía Provincial de Teruel, incluida la Sección Territorial de Alcañiz) y Sección de menores (reforma y protección).
Del resultado y contenido de la inspección, se levantó acta remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado y a la Fiscal Jefe Provincial de Teruel.
El día 30 de mayo de 2024, previa comunicación a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, se llevó a cabo inspección ordinaria en la Fiscalía Provincial de Huesca, siendo su objeto: Jurisdicción penal, cumplimiento de los plazos en el despacho de procedimientos y contenido de los dictámenes de la Fiscalía Provincial de Huesca. Sección de menores (reforma y protección) de la Fiscalía Provincial de Huesca.
Del resultado y contenido de la inspección, se levantó acta remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado y al Fiscal Jefe Provincial de Huesca.

3.4. Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal
La Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal en dicha comunidad autónoma es el órgano de información, comunicación, coordinación, colaboración y cooperación entre ambas instituciones en cuestiones de competencia común, en ejecución del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Fiscalía General del Estado publicado en el BOE de 28 de abril de 2020.
El día 10 de julio de 2024, tuvo lugar reunión de la Comisión Mixta siendo el orden del día: Lectura y aprobación del acta de la reunión celebrada por la Comisión Mixta el día, 28 de noviembre de 2023. Situación del personal de la Dirección General de Justicia y gestiones realizadas al respecto. Ejecución de proyectos Fondos Next Generation EU Justicia 2. 030.Primera visita de inspección de los integrantes de la Inspección Fiscal tras la firma del Convenio de acceso remoto a Avantius. Sede Electrónica. Diligencias de Investigación del Ministerio Fiscal. Interoperabilidad entre los sistemas de gestión informáticos y evolutivos de Avantius para Fiscalías. Actividad formativa Avantius para Fiscalías y Oficina Fiscal. Medios personales y materiales de las Fiscalías. Ruegos y preguntas.
El día 7 de noviembre de 2024, tuvo lugar la reunión de la Comisión Mixta correspondiente al segundo semestre siendo el orden del día: Lectura y aprobación del acta de la reunión celebrada por la Comisión Mixta el día, 10 de julio de 2024. Solicitud de información sobre el estado del proyecto para automatizar las retribuciones variables (estadillos). Información de la Unidad de Apoyo al Fiscal General del Estado sobre la sede electrónica. Necesidades de personal en las Oficinas Fiscales de Aragón. Vigencia del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Fiscalía General del Estado para la creación de la Comisión Mixta de Coordinación de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal. Formación especializada de Fiscalía de las nuevas funcionalidades de Avantius (con concreción y aportación de contenidos). Estado de implantación del ENS. Ruegos y preguntas.

3.5. Participación en la Comisión de Garantías de Videovigilancia en Aragón
Esta comisión, presidida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y de la que forma parte el Fiscal Superior de Aragón, vela por la protección de los derechos fundamentales en los casos de instalación de cámaras de videovigilancia por los Ayuntamientos que tienen como objetivo evitar daños vandálicos y acciones delictivas.
Durante el año 2024 tuvieron lugar las siguientes reuniones, en las que se examinaron las peticiones que se relacionan:
Día 18 de enero de 2024: Solicitud de la instalación inicial de videocámaras en Beceite. Solicitud de instalación inicial de videocámaras en Arén. Solicitud de instalación inicial de videocámaras en Bueñas. Solicitud de instalación inicial y renovación de videocámaras en Chimillas. Solicitud de instalación inicial de videocámaras en Clares de Ribota. Solicitud de instalación inicial de videocámaras en Longares. Solicitud de instalación inicial de videocámaras en Morata de Jiloca. Solicitud de instalación inicial de videocámaras en Samper de Calanda.
Día 15 de febrero de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Teruel. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Alcañiz. Solicitud de autorización de instalación inicial videocámaras en Senes de Alcubierre. Solicitud de autorización para instalación inicial de videocámaras en Casbas. Solicitud de autorización para la instalación inicial de videocámaras en Maluenda. Solicitud de autorización para la instalación inicial de videocámaras en Anadón. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Villanueva del Rebollar de la Sierra. Solicitud de estudio y revisión de las imágenes el expediente de La Muela.
Día 27 de mayo de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Camañas. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Urrea de Jalón. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Punedeluna. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Letux. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Bujaraloz. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Sisamón. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Borja. Estudio y revisión de las imágenes del expediente de Beceite.
Día 2 de julio de 2024: Estudio, delimitación e informe de solicitud de renovación de videocámaras en Zaragoza. Solicitud de renovación de videocámaras en Cabolafuente. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Calomarde. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Fraga. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Arén. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Almochuel. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras de Blesa. Solicitud de autorización para la instalación inicial de Villar de los Navarros. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en La Puebla de Alfindén. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Mallén. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Pedrola. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Layana. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Torrente de Cinca. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Encinacorba. Solicitud de autorización de renovación de videocámaras en Chiprana. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Aguatón.
Día 1 de julio de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Teruel. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Alconchel de Ariza. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Monzón. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Maella. Solicitud de autorización de instalación y renovación de videocámaras en Sabiñánigo. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Alconchel de Ariza. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Novallas. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Cubel. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Grisén.
Día 16 de julio de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Castejón de Alarba. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Figueruelas. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Belver de Cinca. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Huesca. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Ejea de los Caballeros. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Alagón. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Villafeliche. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras de Bisimbre.
Día 29 de septiembre de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Sariñena. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Banastás. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Luna. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Cubel. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Ejea de los Caballeros. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Alfajarín. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Santa Cilia. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Estadilla.
Día 21 de octubre de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en La Fresneda. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Castejón del Puente. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Biescas. Solicitud de autorización de instalación inicial y renovación de videocámaras en Bueña. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Binaced-Valcarca. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Ibieca.
Día 12 de noviembre de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Monforte de Moyuela. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Lascellas Ponzano. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Barbués. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Siétamo. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Albentosa. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Maicas. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Almuniente. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Biscarrués. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Igriés. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Lalueza.
Día 17 de diciembre de 2024: Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Albalatillo. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Albero Bajo. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Barbuñales. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Torres de Alcanadre. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Estada. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Yesero. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Pertusa. Solicitud de autorización de instalación inicial de videocámaras en Villalba de Perejil.

3.6. Participación en el Subcomité para la Gestión y Coordinación de la Seguridad de Información de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón
El 22 de junio de 2023 se constituyó el Subcomité para la Gestión y Coordinación de la Seguridad de Información de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón. Forman parte del mismo la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma, de Aragón, miembro permanente, y el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, representada por la Fiscal Superior de Aragón. miembros no permanentes que participan en cuanto se traten asuntos y medidas relacionadas con sus ámbitos de competencia respectivos.
Su finalidad es el desarrollo del proyecto de ciberseguridad específico para la Administración de Justicia de Aragón, en colaboración con el Centro Criptológico Nacional (CNN) y el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE). El proyecto obtuvo en el año 2023 el nivel básico del ENS (µCeENS).
El día 27 de septiembre de 2024, tuvo lugar reunión del Subcomité en la que se aprobaron diversos documentos relativos, entre otras cuestiones, a seguridad, plan de formación, procedimientos de contraseñas, gestión de dispositivos de almacenamiento extraíble, autorizaciones o gestión de usuarios, precisos para la obtención de mayor certificación.
El 13 de diciembre de 2024, el proyecto de ciberseguridad de la Administración de Justicia de Aragón obtuvo la Certificación ENS (µCeENS) en la categoría Alta.

3.7. Firma de convenios
En el año 2024 se tramitó el Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de cauces de comunicación y protocolos de actuación en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, firmado el 16 de septiembre de 2024 por la Fiscal Superior, en representación y por delegación del Excmo. Fiscal General del Estado, y la Excma. Vicepresidenta Primera y Consejera del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón.
El objetivo del Convenio es contribuir a la reducción de la siniestralidad laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, articulando la cooperación técnica y material necesaria para asegurar la existencia de canales de información recíprocos sobre la actuación de cada una de las partes en relación con los siniestros laborales con resultado de muerte o lesiones graves y situaciones de riesgo laboral con posible trascendencia penal, así como sobre la tramitación de procedimientos o actuaciones que tengan relación con la vigilancia y control en materia de seguridad y salud laboral. Para ello se establecen cauces de información fluidos y recíprocos sobre las infracciones administrativas en materia preventivo-laboral que puedan dar lugar a responsabilidad penal y de los procedimientos penales que por tales hechos se incoen, de su tramitación y resolución e impulsar la adopción de las medidas necesarias para mejorar los conocimientos jurídicos y técnicos de los miembros del Ministerio Fiscal en materia de condiciones de trabajo y prevención de riesgos.
En fecha 12 de noviembre de 2024, se firmó el Convenio de Colaboración del Trigésimo Tercero encuentro del Foro de Derecho Aragonés por la Fiscal Superior, en representación y por delegación del Excmo. Fiscal General del Estado, y los representantes de las diversas instituciones aragonesas que participan.
La finalidad de este convenio es la organización de un encuentro anual para la realización de actividades en pro del conocimiento y difusión del Derecho de Aragón, que promueve la institución de El Justicia de Aragón.
En fecha 23 de diciembre de 2024, se firmó por la Fiscal Superior, en representación y por delegación del Excmo. Fiscal General del Estado y la Universidad de Zaragoza, el Convenio de cooperación educativa entre la Universidad de Zaragoza y la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de práctica externas no retribuidas de sus estudiantes.
El objeto del convenio es la realización de prácticas externas por el alumnado matriculado en estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad de Zaragoza en titulaciones relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en las fiscalías de la Comunidad Autónoma de Aragón.

3.8. Relación con los Fiscales de Sala Delegados de Especialidades
La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón procura la colaboración con los Fiscales de Sala Delegados de Especialidades, tanto en el trabajo diario como en asuntos puntuales a través de los delegados, especialmente, con el Fiscal Delegado de la Especialidad Civil y Protección de Personas con Discapacidad en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón y con el Fiscal adjunto del Delegado de Protección de Datos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Durante el año 2024, debe señalarse la colaboración con el Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad y Salud en Trabajo en la elaboración del Convenio de Colaboración entre el Ministerio Fiscal y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de cauces de comunicación y protocolos de actuación en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, en coordinación con la Fiscal Delegada Especialista Autonómica de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón, nombrada por Decreto de 29 de abril de 2024.
Asimismo, hay que indicar que por parte de los Fiscales de Sala Delegados de especialidades se nos informa de las actuaciones, cursos y comunicaciones relativas a su materia específica.

3.9. Relación con autoridades estatales y locales
Conforme ya se señalaba en Memorias anteriores, la relación con las autoridades, tanto estatales como autonómicas y locales, es totalmente fluida desde el punto de vista institucional.
En el año 2024, entre otras actividades representativas, la Fiscal Superior mantuvo diversas reuniones institucionales, debiendo destacarse la mantenida el 22 de enero 2024 con la Excma. Sra. Vicepresidenta del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia y el Excmo. Sr. Fiscal de Sala de Seguridad y Salud en el Trabajo con motivo del inicio de la tramitación del Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de cauces de comunicación y protocolos de actuación en materia de Seguridad y Salud en el trabajo; la participación el 9 de abril 2024 en una reunión institucional conjunta en la Consejería de Bienestar Social para estudio de la posible implantación del proyecto Barnhaus; la reunión el 14 de mayo 2024 de la Comisión de Coordinación del Foro de Derecho Aragonés; las reuniones mantenidas en fecha 6 de noviembre 2024 con el Director Gerente del IASS e Ilmos. Sres. Fiscales Jefes Provinciales y Delegados de Menores de las tres provincias y el 18 de diciembre 2024 con la Excma. Sra. Consejera de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, entre otras autoridades, motivadas ambas por problemática relativa a menores.
Así mismo, participó en las siguientes: actos institucionales:
13 de enero 2024: Acto de izado de bandera con motivo del Bicentenario de la Policía Nacional.
24 de enero 2024: Acto de toma de posesión del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado
8 de febrero 2024: Acto solemne en conmemoración del Bicentenario de la creación de la Policía Nacional
9 de febrero 2024: Festividad de San Raimundo de Peñafort, Facultad de Derecho
16 de febrero 2024: Acto de toma de posesión de la Excma. Sra. Justicia de Aragón
20 de febrero 2024: Acto en conmemoración del CXLII Aniversario de la creación de la Academia General Militar
26 de marzo 2024: Acto académico por la Festividad de la Universidad de Zaragoza.
23 de abril 2024: Acto institucional del Día de Aragón.
6 de mayo 2024: Entrega de la distinción de Honor y reconocimiento de la Facultad de Ciencias Sociales y del Trabajo a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón.
11 de mayo 2024: Izado solemne de bandera con motivo de la celebración del Día de las Fuerzas Armadas.
13 de mayo 2024: Acto institucional en conmemoración del 180 Aniversario de Fundación de la Guardia Civil.
21 de mayo 2024: Ceremonia de entrega de la Medalla de Aragón a Su Alteza Real la Princesa de Asturias y Girona.
24 de mayo 2024: Acto con motivo de la festividad de San Ivo, patrón del Colegio de Abogados.
6 de junio 2024: Festividad de Nuestra Señora del Portillo, patrona de la Policía Local.
7 de junio 2024: Acto con motivo de la festividad de Santo Tomás de Aquino, patrón del Colegio de Procuradores.
20 de junio 2024: Acto de homenaje con motivo del Día de las Víctimas del Terrorismo, Policía Nacional.
3 de julio 2024: Nombramiento de Alférez a Su Alteza Real la Princesa de Asturias y entrega de los Reales Despachos en la Academia General Militar
5 de septiembre 2024: Acto de Apertura del Año Judicial en la sede del Tribunal Supremo
17 de septiembre 2024: Acto de Apertura Año Académico 2024-2.025 de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de San Jorge
20 de septiembre 2024: Acto de Apertura del Año Judicial en TSJA
23 de septiembre 2024: Acto de Apertura Nacional del Curso de la Universidad.
24 de septiembre 2024: Acto institucional del Día de la Delegación de Defensa.
27 de septiembre 2024: Acto institucional de la Policía, festividad Ángeles Custodios.
3 de octubre 2024: Acto institucional del día de Nuestra Señora del Pilar, patrona de la Guardia Civil
5 de octubre 2024: Acto de entrega de la Medalla de Oro y Distinciones de la Ciudad de Zaragoza, Ayuntamiento de Zaragoza
8 de noviembre 2024: Acto solemne de la ceremonia de Jura o Promesa de los nuevos Colegiados del Colegio oficial de Graduados Sociales
4 de diciembre 2024: XXI Jornadas de la Constitución Española en la Facultad de Derecho
5 de diciembre 2024: Acto institucional conmemorativo del 46.º Aniversario de la Constitución Española.
16 de diciembre 2024: II Conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos
20 diciembre 2024: Acto institucional conmemorativo de El Justicia de Aragón.

4. Sedes e instalaciones

4.1. Actual ubicación de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

En el tercer trimestre del año 2023, se inició la rehabilitación del edifico del Palacio de Justicia, Palacio de los Luna, lo que supuso el traslado de la ubicación del despacho de la Fiscal Superior, oficina fiscal de la Fiscalía de la Comunidad y Unidad de Apoyo al Fiscal Superior; así como del despacho del Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza, secretaria y despachos de fiscales de la Fiscalías Provincial de Zaragoza a nuevas dependencias. Los primeros fueron reubicados en la planta tercera del edificio; las dependencias de la Fiscalía Provincial de Zaragoza fueron trasladas al edificio anexo de la Audiencia Provincial de Zaragoza. Las nuevas instalaciones fueron adaptadas a las necesidades de ambas fiscalías, si bien la Fiscalía Provincial de Zaragoza comparte ahora su nueva sede con la oficina de reparto y parcialmente con el acceso a las instalaciones de los ciudadanos del jurado.
Este inicial carácter provisional de las instalaciones de la Fiscalía Provincial de Zaragoza y de la ubicación del despacho de Fiscal Superior se va prologar, sin duda, durante largo periodo de tiempo al haberse paralizado las obras, apenas iniciadas.
Institucionalmente es preocupante que la inicial premura con la que la administración autonómica nos instó en el año 2023 al traslado, ante el inminente inicio de una obra de rehabilitación proyectada para varios años, haya servido sólo para la reubicación forzosa de las instalaciones del Ministerio Fiscal con la consiguiente pérdida de espacios perfectamente acondicionados y, hasta entonces, destinados al Fiscal Superior, Unidad de Apoyo al Fiscal Superior, oficina fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza, fiscales y secretaria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza.
Paralizadas las obras sin que tengamos conocimiento de la posible fecha de reinicio, debe valorarse que la institución del Ministerio Fiscal ha resultado especialmente perjudicado material e institucionalmente con la pérdida de espacios y despachos destinados al Ministerio Fiscal que, por su ubicación y condiciones, eran más adecuados que los asignados provisionalmente.
La provisionalidad de los espacios asignados no puede tornarse definitiva, ni considerarse institucionalmente adecuada.

4.2. Futura ubicación de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón

Es necesario aludir al proyecto inicial de rehabilitación del edificio del Palacio de los Luna, ahora paralizado, que debe contemplar unas instalaciones de la Fiscalía de la Comunidad de Aragón, Unidad de Apoyo, Fiscalía Provincial de Zaragoza, jefaturas y oficinas fiscales respectivas, adecuadas a las funciones que atienden y de iguales parámetros a las instalaciones que se prevean para los órganos judiciales.
La futura ubicación de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón y el despacho del Fiscal Superior, debe estar en consonancia con su función de representación y jefatura del Ministerio Fiscal en toda la Comunidad Autónoma, función ésta que el Estatuto de Autonomía de Aragón reconoce en paridad con la representación que ostenta el Presidente del Tribunal de Justicia de Aragón. Ello conlleva ubicar ambas instituciones en la planta principal con plena accesibilidad y espacios respetuosos con su función y representación.
Es necesaria una adecuada coordinación institucional para que no se obvie la consideración que corresponde al Fiscal Superior y a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón en la reforma y reordenación de los espacios futuros del edificio del Palacio de Justicia. Es ésta una exigencia institucionalmente adecuada que no debe ser ignorada por la administración, aun cuando en este momento no esté previsto ni el reinicio, ni el final de las obras de rehabilitación del edificio.

5. Medios tecnológicos para la gestión de la Fiscalía

Hay que hacer una especial mención al trabajo realizado y que sigue realizando la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior. La constante y fluida comunicación entre la misma y la empresa suministradora del sistem digital y la administracion autonomica resulta esencial para los avances tecnologicos de las fiscalías de la comunidad aragonesa.

5.1. Sistema informático de gestión procesal

El sistema procesal digital Avantius-Aragón implantado en 2.018 permite al Ministerio Fiscal el acceso directo expediente judicial electrónico, la firma electronica de informes o dictames y su incorporación automática al expediente judicial a disposicion del correspondiente juzgado, asi como la gestión de notificaciones y procedimientos por las oficinas fiscales.
La Fiscalía de la Comunidad y las Fiscalias Provinciales colaboran activamente en la implementación de las mejoras tecnólogicas necesarias para la adaptación de Avantius-Aragón a la actuación del Ministerio Fiscal, a través de las reuniones de la Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal y de la Comision de Seguimiento del sistema Avantius.
Asimismo, los fiscales participan en los procesos de validacion (evolutivos) de las mejoras que afectan no sólo a las fiscalias de Aragón sino tambien los que se implantan en todas las fiscalias de las comunidades autonomas (Navarra, Pais Vasco y Cantabria) que utilizan el sistema procesal digital Avantius y que son asumidos o impulsados por las distintas administraciones autonómicas.
Por la Direccion General de Justicia se han impartido cursos de formación en materia de ciberseguridad y en las nuevas aplicaciones del sistema procesal digital. Se ha comenzado la implantacion en las fiscalias del Sistema virtualizado de puesto de trabajo (VDI), sustituido los équipos portátiles de los Fiscales por modelos mas actualizados e implantado el sistema de textualizacion para la trasnformacion en texto de actuaciones judiciales documentadas en formato audiovisual integradas en el procedimiento de gestion procesal Avantius, si bien este sistema de textualizacion precisa mejoras para alcanzar unos parámetros que permitan la transformación de audio en un texto suficientemente compresible y adecuado que mejore el trabajo de los fiscales que, en otro caso, se ven obligados a multiples audiciones para el estudio de los procedimientos.
En coordinacion con las necesidades señaladas por la Fiscalía General del Estado y remitidas por el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE) se ha finalizado la mejora en el control de medidas de apoyo acordadadas en materia de discapacidad.
Se está culminando el proceso de validacion de datos estadisticos de las fiscalias para su remision automatizada al SICC de la Fiscalia General del Estado.
Esta pendiente el proyecto para la automatizacion de las retribuciones variables de los fiscales (estadillos) que permita obtener los datos necesarios desde el propio sistema de gestión procesal Avantius-Aragón y su volcado en la aplicación AINHOA del Ministerio Fiscal que gestiona la productividad y la mejora del visado en las Fiscalías conforme a las necesidades remitidas por el CTEAJE según las indicaciones de la Fiscalia General del Estado, ambos proyectos tienen previsto su desarrollo en el año 2025.

5.2. Interoperabilidad de los sistemas de gestión procesal

La capacidad de los sistemas de informacion y de los procedimientos de gestion a los que estos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de informacion y conocimiento entre ellos es necesaria para el desarrollo de una administracion de justicia electrónica.
La interoperabilidad de los sistemas informaticos de la Administración de Justicia es uno de los fines que, conforme al art. 35.1 del RDL 6/2023, de 19 de diciembre, deben posibilitar todos los sistemas de información y comunicación que se utilicen en ese ámbito, siendo el CTEAJE, conforme señala el art. 30.2 de dicha norma, el que detemina las garantías y condiciones de emisores y receptores autorizados y la naturaleza de los datos a intercambiar. La interoperabilidad, cumpliendo la normativa técnica (NT) del CTEAJE, debe considerarse como un requisito indispensable de todos los sistemas y aplicaciones desde su diseño.
La interoperabilidad ha sido objeto de tratamiento en la reunión de la Comisión Mixta de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio Fiscal celebrada el 10 de julio de 2024, señalándose su necesidad no sólo en lo que afecta al sistema de gestión procesal judicial sino también al módulo de Fiscalía, reclamándose la interoperabilidad del sistema Avantius-Aragón con los sistemas propios del Ministerio Fiscal y la posibilidad de remitir documentación entre las distintas fiscalías conforme a los criterios de interoperabilidad adoptados en la Comisión Permanente del CTEAJE a través de un nodo central.

5.3. Comité de Seguimiento de Avantius

Forman parte de este Comité los operadores que intervienen en la aplicación del sistema; así, entre otros, la Fiscal Superior de Aragón y la Jefa de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior por la Fiscalía de la Comunidad Autónoma, representantes del Poder Judicial, de los Letrados de la Administración de Justica, de la Dirección General de Justicia y de la empresa distribuidora del sistema informático y técnico.
Entre otras funciones tiene atribuido el seguimiento del funcionamiento del sistema Avantius-Aragón, el conocimiento de los indicadores de funcionamiento e informe técnicos así como el plan anual del desarrollo evolutivo del sistema.
Durante el año 2024, el Comité se reunió los días 31 de enero, 17 de abril y 3 de septiembre de 2024. En las reuniones, entre otros, se han tratado proyectos que afectan al Ministerio Fiscal algunos de ellos ya implementados en 2024, como la incorporación de una ficha de control de medidas de discapaces, la mejora de las agendas de juicios rápidos en el sistema Avantius con acceso de las fiscalías en modo consulta al atestado y datos del procedimiento y otros pendientes como la interoperabilidad del EJE-DJE que permitirá la integración del sistema de protección de menores del Ministerio de Justicia con el módulo de protección de menores de Avantius.

6. Instrucciones generales y consultas

Al igual que en años anteriores, las Circulares, Instrucciones y Consultas que se reciben de la Fiscalía General del Estado se remiten a todos los fiscales por correo electrónico para su conocimiento y posteriormente se comprueba el cumplimiento de las mismas.

CAPÍTULO II. ACTIVIDAD DE LAS FISCALÍAS TERRITORIALES

I. ACTIVIDAD PROCESAL DE LA FISCALÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón actúa ante las diferentes Salas del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en las jurisdicciones penal, civil, contencioso-administrativa y social.
En el orden penal la Fiscalía interviene en los procedimientos penales seguidos contra aforados en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia; asistiendo en esa Sala a las vistas de los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias y determinados autos dictados por el Magistrado Presidente del Tribunal de Jurado; en los recursos de apelación contra sentencias y determinados autos dictados por las Audiencias Provinciales, recurso introducido por la Ley Orgánica 41/2015 e informando en las diligencias indeterminadas de Sala y en las cuestiones de competencia.
En el ámbito interno de la Fiscalía se tramitan las diligencias de investigación previstas en el artículo 5.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y el artículo 9-1.º del Reglamento del Ministerio Fiscal.
En el año 2024 se incoaron ocho diligencias de investigación; en 2023 fueron cuatro, en 2022 ocho y en 2021 seis.
Todas ellas se iniciaron por denuncias de particulares y fueron archivadas. Los delitos indicados en los escritos de denuncia fueron prevaricación judicial, estafa y omisión del deber de perseguir infracciones penales.
Se siguen recibiendo denuncias y escritos por hechos y supuestos delitos que no son competencia de esta Fiscalía de la Comunidad Autónoma. Conforme a los criterios de la Circular 2/2022, de 20 de diciembre, de la Fiscalía General del Estado, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal, en estos supuestos se incoan expedientes gubernativos que se remiten a la Fiscalía competente.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón no ha incoado diligencias previas por delitos de su competencia en 2023 ni tampoco procedimientos abreviados, procedimientos de la Ley Orgánica del Tribunal de Jurado o sumarios ordinarios.
Incoó en 2024 seis Diligencias indeterminadas de Sala como consecuencia de denuncias o querellas presentadas por particulares contra aforados, ante la propia Sala, para resolver sobre su admisión a trámite, cuestión que sometió a informe de la Fiscalía. Todas ellas fueron archivadas conforme a lo dictaminado por la Fiscalía.
El año 2023 fueron ocho las diligencias indeterminadas de la Sala, en 2022 cuatro, en 2021 se incoaron siete y en 2020 fueron dos.
En el año 2024, al igual que en 2021, en 2022 y en 2023 no se han celebrado juicios orales por delito ante la Sala de lo Civil y Penal por delitos supuestamente cometidos por aforados.
Ante la Sala tuvieron lugar, en 2024, las vistas de cuatro recursos de apelación interpuestos contra otras tantas sentencias dictadas por el Tribunal del Jurado en el ámbito de las Audiencias Provinciales de Aragón. Se dictaron cuatro sentencias, de las cuales dos fueron totalmente conformes con la postura procesal del Ministerio Fiscal y otras dos parcialmente disconformes. También se celebró una vista sobre cuestiones preliminares en materia de Jurado que fue resuelta por auto.
En 2023 fueron 6, en 2022 dos, cuatro en 2021 y tres en 2020 las sentencias dictadas en recursos de apelación interpuestos frente a sentencias del Tribunal del Jurado.
Además, esa Sala resolvió ochenta y seis recursos de apelación interpuestos contra sentencias penales dictadas en procedimientos abreviados o sumarios por las Audiencias Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, dictando otras tantas sentencias. En una de ellas se celebró vista pública, al practicarse prueba en segunda instancia.
El anterior año 2023, esos recursos de apelación fueron 73, en 2022 fueron ochenta y uno, en 2021 fueron setenta y cuatro, al igual que en 2020; en 2.019 fueron ochenta y tres, en 2.018 cuarenta y seis y en 2.017 fueron veintiocho. Se trata del recurso introducido por la Ley Orgánica 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El Ministerio Fiscal interpuso tres recursos de casación ante la Sala II del Tribunal Supremo, frente a tres de esas sentencias.
La Fiscalía dictaminó también tres cuestiones de competencia penal.
Estas dos últimas cifras coinciden con las del año anterior.
En el orden civil la Fiscalía de la Comunidad Autónoma interviene en los recursos de revisión, casación y extraordinarios de infracción procesal de los que conoce la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, como Sala de lo Civil, y en los que tiene la consideración de parte el Ministerio Fiscal.
También se informan las cuestiones de competencia que han de ser resueltas por dicha Sala y se dictaminan los procedimientos de reconocimiento de laudos arbitrales emitidos en el extranjero.
En este ámbito civil el número de procedimientos de la Sala Civil y Penal, durante el año 2024, continuó disminuyendo frente a los años anteriores. Se tramitaron treinta recursos de casación, relativos al derecho foral o propio de Aragón.
La Sala registró en 2023 treinta y un recursos, en 2022 treinta y seis, en 2021 cincuenta y uno, cincuenta recursos en el año 2020 y sesenta y nueve en 2.019.
La Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió ocho dictámenes en los recursos de casación en los que tuvo intervención (fueron 58 dictámenes en 2.019, 23 en 2020, 34 en 2021, 24 en 2022 y 15 en 2023). La progresiva disminución del número de recursos y dictámenes obedece a la modificación legislativa del recurso de casación civil, que no requiere ahora informe del Ministerio Fiscal en el trámite de admisión, y a que existe ya una doctrina consolidada en materia de derecho matrimonial aragonés.
No se informaron ni cuestiones de competencia ni procedimientos de reconocimiento de laudos arbitrales dictados en el extranjero.
La mayoría de los dictámenes y alegaciones del Ministerio Fiscal se presentan en recursos relacionados con la custodia de los hijos menores en caso de ruptura de la pareja, las prestaciones por alimentos de los menores o con el derecho al uso de la vivienda común. El resto se han referido a procedimientos de discapacidad o a actuaciones relativas a la custodia de menores, con resoluciones dictadas por el IASS.
En el orden contencioso administrativo, corresponde a la Fiscalía de la Comunidad la intervención en los procesos de los que conoce la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia en los que es parte el Ministerio Fiscal e informar las cuestiones de competencia atribuidas a la Sala referida.
También en los recursos de apelación frente a sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de las tres provincias, en que los es parte este Ministerio y los recursos de casación autonómica y de revisión competencia de la Sala de lo Contencioso.
La Fiscalía de la Comunidad Autónoma emitió, en 2024, cuarenta informes en cuestiones de competencia suscitadas ante las dos Secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. En el año 2.019 fueron cincuenta y tres, treinta y uno en 2020 y el mismo número, treinta y cinco, en los años 2021 y 2022. En 2023 fueron 68 informes.
Entre las cuestiones de competencia la mayoría siguen refiriéndose, a resoluciones dictadas por órganos centrales y periféricos de la Administración autonómica en materia de personal, (oposiciones y concursos, régimen general de funcionarios), sanciones administrativas de la Administración aragonesa, actos de organismos de la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma (INAEM, INAGA), actuaciones sancionadoras de órganos periféricos de la Administración central y, respecto de la Administración Local, actos urbanísticos, sobre funcionarios, sanciones y reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
En cuanto a los procedimientos especiales de derechos fundamentales, el Ministerio Fiscal intervino en el año 2024 en ocho procedimientos.
En el año 2023 fueron dieciocho, en 2022 fueron diecisiete, en 2021 fueron veinticuatro los procedimientos de derechos fundamentales, en 2020 fueron veinte y en 2.019 diecisiete.
Los derechos fundamentales cuya vulneración se alegó en los ocho procedimientos especiales iniciados ante la Sala fueron los de igualdad en el acceso a funciones y cargos públicos, igualdad ante la ley, libertad sindical en su vertiente de participación sindical en negociación laboral y derecho de participación política
Se emitieron siete dictámenes en otros procedimientos contenciosos diferentes, en el apartado de varios.
En el orden social la intervención de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma consiste en la notificación y estudio de las sentencias dictadas por la Sala de lo Social al resolver los recursos de suplicación interpuestos contra sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social de las tres provincias aragonesas, con la finalidad de examinar la procedencia de interponer recurso de casación para la unificación de doctrina.
También se interviene en las cuestiones de competencia y en la admisibilidad de determinados recursos de suplicación, así como la asistencia a vistas en procedimientos en única instancia competencia de la Sala de lo Social cuando es parte el Ministerio Fiscal. En determinados supuestos corresponde informar también los recursos de casación interpuestos.
En el año 2024 se dictaminó en cuatro de esos procedimientos de única instancia, se asistió a cuatro vistas en el mismo tipo de procedimientos y se dictaminó en tres recursos de suplicación.
Respecto de los expedientes gubernativos consta la intervención en veintiséis expedientes, clasificados en el apartado de otros.
En cuanto a los expedientes de recusación de Jueces y Magistrados se ha emitido dictamen en dos de ellos.

II. ACTIVIDAD PROCESAL DE LAS FISCALÍAS PROVINCIALES

1.Penal

1.1. Evolución de los procedimientos penales

La actividad procesal de las Fiscalías Provinciales de Aragón en la jurisdicción penal se resume en los siguientes datos. Los porcentajes de aumento o disminución se refieren siempre a la cifra del año indicado en comparación con la cifra del año anterior.

1.1.1. Diligencias previas

En el conjunto de Aragón el número de diligencias previas incoadas durante el año 2024 fue de 58.718 (disminución del 0,52%), en el año 2023 fue de 59.026 (aumento del 6,13%), en el año 2022 fue de 55.619 (aumento del 4,83%) frente a 53.058 en 2021 (aumento del 13,29% respecto al año 2020); 46.835 y en 2020 (disminución del 15,7%).
En 2024: disminución del 0,52%.
En 2023: aumento del 6,13%.
En 2022: aumento del 4,83%.
En 2021: aumento del 13,29%.
En 2020: disminución del 15,7%.
En la provincia de Zaragoza, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2024 fue de 44.866 (aumento del 1,3%), en el año 2023 fue de 44.309 (aumento del 4,1%), en el año 2022 fue de 42.571 (aumento del 4,21%) frente a 40.850 en 2021 (aumento del 13,92%) y de 35.859 en 2020 (disminución del 15,4%).
En la provincia de Huesca el número de diligencias previas incoadas durante el año 2024 fue de 9.137(disminución del 4,1%), en el año 2023 fue de 9.527 (aumento del 14,1%) frente a 8.351 en el año 2022 (aumento del 6,14%), frente a 7.868 en 2021 (aumento del 10,66%) y de 7.110 en 2020 (disminución del 18,2%).
En la provincia de Teruel, el número de diligencias previas incoadas durante el año 2024 fue de 4.715 (disminución del 9,2%), en el año 2023 fue de 5.190 (aumento del 10,5%), el año 2022 fue de 4.697 (aumento del 8,23%), en el año 2021 se tramitaron 4.340 (aumento del 12,26%) y de 3.866 en 2020 (disminución del 13,3%).

1.1.2. Procedimientos abreviados

En el conjunto de Aragón el número de procedimientos abreviados incoados durante el año 2024 fue de 5.511 (aumento del 38,64%), en el año 2023 fue de 3.975 (disminución del 31,65%), en 2022 fue de 6.173 (aumento del 26,47%), en 2021 fue de 4.880 (aumento del 40,03%) y de 3.485 en 2020 (disminución del 10,43%).
En 2024: aumento del 38,64%.
En 2203: disminución del 35,61%
En 2022: aumento del 26,47%.
En 2021: aumento del 40,03%.
En 2020: disminución del 10,43%
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza durante el año 2024 se incoaron 4.450 procedimientos abreviados (aumento del 65.9%), en el año 2023 un total de 2682 (disminución del 45,65%) en relación con 4.935 en el año 2022 (aumento del 29,45%) frente a un total de 3.812 en el año 2021 (aumento del 51,87%) y de 2.510 en 2020 (disminución del 6.3%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca en el año 2024 se incoaron 806 procedimientos abreviados (disminución del 21,2 %), en el año 2023 un total de 1.023 (aumento del 3,8%) en relación con 986 en al año 2022 (aumento del 14,1%) frente 864 a los incoados en el año 2021 (aumento del 9,37%) y de 790 en 2020 (disminución del 21,08%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron 255 en el año 2024 (disminución del 5,6%), en el año 2023 un total de 270 (aumento del 7,1%) en relación con 252 en el año 2022 (aumento del 23,5%) frente a 204 incoados en al año 2021 (aumento del 10,27%) y de 185 en 2020 (disminución del 11,9%).

1.1.3. Diligencias urgentes

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año en 2024 un total de 5.329 diligencias urgentes (disminución 12,06%), en el año 2023 un total de 6060 (aumento del 37,17%) en relación con 4.418 diligencias urgentes en 2022 (aumento del 23,06%) frente a un total de 3.590 incoadas en 2021 (aumento del 24,78%) y en 2.877 en 2020 (disminución del 28,36).
En 2024: disminución 12,06%.
En 2023: aumento del 37,17%.
En 2022: aumento del 23,06%.
En 2021: aumento del 24,78%.
En 2020: disminución del 28,36.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2024 un total de 3.662 diligencias urgentes (disminución del 15,9%), en el año 2023 un total de 4.354 (aumento del 42,5%) en relación con un total de 3.056 en 2022 (aumento del 22,98%) frente a un total de 2.485 diligencias urgentes incoadas en 2021 (aumento del 27,5%), y 1.949 en 2020 (disminución del 25,5%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2024 un total de 1.215 diligencias urgentes (disminución del 2,8%), en el año 2023 un total de 1.250 (aumento del 42.9%) en relación con un total de 875 en 2022 (aumento del 25,54%) frente a 697 incoadas en 2021 (aumento del 18,94%) y 586 en 2020 (disminución del 40,2%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2024 un total de 452 diligencias urgentes (disminución del 0,9%), en el año 2023 un total de 456 (disminución del 6,4%), 487 diligencias urgentes en 2022 (aumento del 19,36%) frente a 408 incoadas en 2021 (aumento del 19,3%) y 342 en 2020 (disminución del 18,6%).

1.1.4. Delitos leves

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2024 un total de 12.385 delitos leves (disminución del 14,25%), en el año 2023 un total de 14.443 (aumento del 2,1%) en relación con un total de 14.146 delitos leves en 2022 (aumento del 13,92%), frente a 12.418 delitos leves incoados en el año 2021 (aumento del 6,25%) y de 11.688 en 2020 (aumento del 0,47%).
En 2024: disminución del 14,25%.
En 2023: aumento del 2,1%.
En 2022: aumento del 13,92%.
En 2021: aumento del 6,25%.
En 2020: aumento del 0,47%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2024 un total de 10.777 delitos leves (disminución 14,9%), en el año 2023 un total de 12.669 (aumento del 8%) en relación con 11.726 delitos leves en el año 2022 (aumento del 11,85%) frente a un total de 10.484 delitos leves incoados en 2021 (aumento del 6,18%) y 9.874 en 2020 (aumento del 5,8%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2024 un total de 1.049 (disminución 15,8%), en el año 2023 un total de 1.246 (disminución del 25,3%) en relación con un total de 1.669 delitos leves en 2022 (aumento del 8,87%) frente a 1.533 incoados en 2021 (aumento del 19,77%) y 1.280 incoados en 2020 (disminución del 23,35%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2024 un total de 559 (aumento del 5,9%), en el año 2023 un total de 528 (disminución del 29,7%) en relación con 751 delitos leves en 2022 (aumento del 87,3%) frente a un total de 401 incoados en 2021 (disminución del 24,91%) y 534 incoados en 2020 (disminución del 15,5%).

1.1.5. Sumarios

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2024 un total de 63 sumarios (disminución del 5,97%), en el año 2023 un total de 67 (disminución del 1,47%) en relación con un total de 68 sumarios en 2022 (aumento del 19,3%) frente a un total de 57 incoados en el año 2021 (aumento del 62,86%) y 35 en el año 2020 (disminución del 55,7%).
En 2024: disminución del 5,97%.
En 2023: disminución del 1,47%.
En 2022: aumento del 19,3%.
En 2021: aumento del 62,86%.
En 2020: disminución del 55,7%
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2024 un total de 37 sumarios (disminución del 2,63%), en el año 2023 un total de 38 (disminución del 5%) en relación con 40 sumarios en el año 2022 (aumento del 29,03%) frente a un total de 31 sumarios incoados en 2021(aumento del 40,91%) y 22 en 2020 (disminución del 55,1%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2024 un total de 22 sumarios (aumento del 10%), en el año 2023 un total de 20 (disminución del 4,8%) en relación con un total de 21 procedimientos sumarios en el año 2022 (aumento de 5%) frente a un total de 20 sumarios incoados en el año 2021 (aumento del 150%) y 8 en 2020 (disminución del 55,6%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2024 un total de 4 sumarios (disminución del 55,6%), en el año 2023 un total de 9 (aumento del 28,6%) en relación con un total de 7 procedimientos sumarios en al año 2022 (aumento del 16,67%) frente un total de 6 sumarios incoados en 2021 (aumento del 20%) y 5 en 2020 (disminución del 58,3%).

1.1.6. Tribunal del Jurado

En el conjunto de Aragón se incoaron en el año 2024 un total de 22 procedimientos del Tribunal del Jurado (aumento del 175%), en el año 2023 un total de 8 (disminución del 42,86%) en relación con un total de 14 procedimientos del Tribunal del Jurado en el año 2022 (disminución del 30%), frente a un total de un total de 20 procedimientos del Tribunal del Jurado incoados en 2021 (aumento del 122,22%) y 9 en 2020 (aumento del 12,5%).
En 2024: aumento del 175%.
En 2023: disminución del 42,86%.
En 2022: disminución del 30%.
En 2021: aumento del 122,22%.
En 2020: aumento del 12,5%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se incoaron en el año 2024 un total de 20 (aumento del 185,7%), en el año 2023 un total de 7 (aumento del 0%) en relación con un total de 7 procedimientos del Tribunal del Jurado en 2022, frente a 11 incoados en 2021 y 2 en 2020.
En la Fiscalía Provincial de Huesca se incoaron en el año 2024 un total de 2 (aumento del 100%), en el año 2023 un total de 1 (disminución del 75%) en relación con un total de 4 procedimientos del Tribunal del Jurado en 2022, frente a 6 incoados en el año 2021 y 5 en 2020.
En la Fiscalía Provincial de Teruel se incoaron en el año 2024 un total de 0 al igual que en el año 2023 (disminución del 100%) en relación con un total de 3 procedimientos del Tribunal del Jurado en 2022, igual número en 2021 y 2 en 2020.

1.1.7. Escritos de calificación

En el conjunto de Aragón, los fiscales formularon en 2024 un total de 7.121 (aumento del 14,63%), en el año 2023 un total de 6.212 (disminución del 8,36%), en 2022 un total de 6.779 (incremento del 16,22%) frente a 5.833 en 2021 (aumento del 17,98%) y 4.944 en 2020 (disminución del 9,85%).
En 2024: aumento del 14,63%.
En 2023: disminución del 8,36%.
En 2022: aumento del 16,22%
En 2021: aumento del 17,98%.
En 2020: disminución del 12,67%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, los fiscales formularon en 2024 un total de 5.105 escritos de calificación (disminución del 17,82%), en el año 2023 un total de 4.455 (disminución del 12,03%), frente a un total de 5.064 en 2022, (incremento del 13,57%), frente a 4.459 escritos de calificación formulados en 2021 (aumento del 24,21%) y 3590 en 2020 (disminución del 11,97%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca, los fiscales formularon en 2024 un total de 1.478 (aumento del 20,36%), en el año 2023 un total de 1.230 (aumento del 7,16%) frente a un total de 1.146 de escritos de calificación en 2022 (16,46%), frente a un total de 984 escritos formulados en 2021 (aumento del 3,47%) y 951 en 2020 (aumento del 1,93%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel los fiscales formularon en 2024 un total de 538 (aumento de 1,68%), en el año 2023 un total de 529 (disminución del 7,03%) frente a un total de 569 escritos de calificación en 2022 (incremento del 45,9%), frente a 390 escritos de calificación formulados en 2021 (disminución del 3,23%) y 403 en 2020 (disminución del 11,48%).

1.1.8. Medidas cautelares

En el conjunto de Aragón, durante el año 2024 se formularon por el Ministerio Fiscal un total de 332 solicitudes de prisión provisional sin fianza (aumento del 7,79%), en el año 2023 se formularon un total de 308 solicitudes, frente a 344 solicitudes de prisión provisional sin fianza en 2022 (disminución de 10,47%), frente a un total de 390 solicitudes formuladas en 2021 (aumento del 37,81%) y 283 en 2020 (disminución del 14,5%).
En 2024: aumento del 7,79 %.
En 2023: disminución 10,47%.
En 2022: disminución del 11,79%.
En 2021: aumento del 37,81%.
En 2020: disminución del 14,5%
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza durante en el año 2024 se formularon un total de 184 solicitudes de prisión provisional (aumento del 15,72%), durante el año 2023 se formularon un total de 159 (disminución del 28,05%) en relación con el año 2022 en el que se formularon un total de 221 (disminución del 9,8%), frente a 245 instadas en 2021 (aumento del 47,59%) y 166 en 2020 (disminución del 14,87%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca durante el año 2024 se formularon un total de 113 solicitudes de prisión provisional (aumento del 6,9%), en el año 2023 se formularon un total de 111 (aumento del 58,57%) frente a 70 peticiones de prisión provisional en el año 2022, (incremento del 22,81%), frente a 57 solicitudes en 2021 (aumento del 42,5%) y 40 en 2020 (disminución del 29,82%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2024 se formularon un total de 35 solicitudes de prisión provisional (disminución del 7,89%), en el año 2023 se formularon un total de 38 (disminución del 28,3%) frente a un total de 53 solicitudes de prisión provisional en 2022 (disminución del 39,77%), frente a 88 formuladas en 2021 (incremento del 14,29%) y 77 en 2020 (aumento del 2,67%).

1.1.9. Juicios

En el conjunto de Aragón durante el año 2024 los fiscales asistieron a un total de 5.618 juicios por delito grave o menos grave (aumento del 22,61%), en el año 2023 a 4.582 juicios (aumento del 2,12%), frente a los 4.487 juicios por delito grave o menos grave de 2022 (aumento del 5,73%), frente a 4.244 juicios en 2021 (aumento del 28,92%) y 3.292 en 2020 (disminución del 5,62%).
En 2024: aumento del 22,61%.
En 2023: aumento del 2,12%.
En 2022: aumento del 5,73%.
En 2021: aumento del 28,92%.
En 2020: disminución del 5,62%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, durante el año 2024 los fiscales asistieron a un total de 4.468 juicios (aumento del 23,05%), en el año 2023 a 3.631 juicios (aumento del 3,27%) frente a los 3.516 en 2022 (aumento del 6,58%), frente a 3.299 juicios en 2021 (aumento del 27,13%) y 2595 en 2020 (disminución del 0,42%).
De dichos juicios, 4.141 se celebraron en los juzgados de lo penal, frente a 3.362 en 2023, 3.288 juicios en 2022, frente a 3.087 juicios en 2021 y 2.459 en 2020.
Y se celebraron en la Audiencia Provincial de Zaragoza 327 juicios frente a 269 en 2023, 228 en 2022, frente a 212 juicios en 2021 y 136 en 2020.
En la Fiscalía Provincial de Huesca, durante el año 2024 los fiscales asistieron a 875 juicios (aumento del 16,05%) en el año 2023 a 754 juicios (aumento del 0,8%) frente a 748 juicios en 2022 (disminución del 1,32%), frente a 758 en 2021 (aumento del 45,24%) y 515 en 2020 (disminución del 21,97%).
De dichos juicios, 812 se celebraron en los juzgados de lo penal frente a 685 en 2024, frente a 679 en 2022, frente a 686 en 2021 y 485 en 2020.
Y se celebraron 63 juicios en la Audiencia Provincial de Huesca frente a 69 juicios en 2023, igual número en 2022, frente a 72 en 2021 y 30 en 2020.
En la Fiscalía Provincial de Teruel, durante el año 2024 los fiscales asistieron a 275 juicios (aumento 33,05%), en 2023 a 197 juicios (disminución 11,66%), frente a 223 juicios en 2022 (aumento del 19,25%), frente a 187 en 2021(aumento del 2,75%) y 182 en 2020 (disminución del 18,02%).
De dichos juicios, 245 se celebraron en los juzgados de lo penal, frente a 180 en 2023, 198 en 2022, 164 en 2.201 y 159 en 2020.
Y se celebraron 30 en la Audiencia Provincial de Teruel frente a 17 en 2023, 25 en 2022 frente a 23 en 2021 y 23 en 2020.

1.1.10. Sentencias de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales

En el conjunto de Aragón, el número de sentencias dictadas por los juzgados de lo penal durante el año 2024 fue de 4.072 (aumento del 9,4%), en 2023 ascendió 3.722 (aumento 9,5%) frente a 3.399 en 2022 (disminución del 26,56%), frente a 4.628 en 2021 (aumento del 52,34%) y 3.038 en 2020 (disminución del 17,18%).
En 2024: aumento del 9,4%.
En 2023: aumento del 9,5%.
En 2022: disminución del 26,56%.
En 2021: aumento del 52,34%.
En 2020: disminución del 17,18%.
En el conjunto de Aragón el número de sentencias dictadas durante el año 2024 por las tres Audiencias Provinciales ascendió a 392 (aumento del 36,59%), en 2023 ascendió a un total de 287 (aumento del 9,96%) frente a 261 en 2022 (disminución del 15,53%), frente a 309 en 2021 (aumento del 19,77%) y 258 del 2020 (disminución del 34,68%).
En 2024: aumento del 36,59%.
En 2023 aumento del 9,96%.
En 2022: disminución del 15,53%.
En 2021: aumento del 19,77%.
En 2020: disminución del 34,68%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, el número de sentencias dictadas por los juzgados de lo penal durante el año 2024 fue de 3.110 (aumento del 3,29%), en el año 2023 fue de 3.011 (aumento del 15,01%) frente a 2.618 en 2022 (disminución de 30,19%), frente a 3.750 en 2021 (aumento del 58,63%) y 2.364 en 2020 (disminución del 19,48%).
Y las sentencias dictadas en 2024 por la Audiencia Provincial de Zaragoza fue de 283 (aumento del 31,63%), en el año 2023 ascendieron a 215 (aumento 26,47%) frente a 170 en 2022 (diminución del 20,56%), frente a 214 en 2021 (aumento del 9,74%) y 195 en 2020 (disminución del 41,27%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca, el número de sentencias dictadas por los juzgados de lo penal durante el año 2024 ascendió a 708 (aumento del 35,11%), en el año 2023 fue de 514 (disminución 9,97%) frente a 582 en 2022 (disminución de 18,94%), frente a 718 en 2021 (aumento del 49,58%) y 480 en 2020 (disminución del 3,37%).
Y las sentencias dictadas en 2024 por la Audiencia Provincial de Huesca ascendieron a 79 (aumento del 41,07%) frente a las 56 de 2023 (disminución 15,15%), 66 en 2022 (disminución de 2,94%) a 68 en 2021 (aumento del 74,36%) y 39 en 2020 (disminución del 18,37%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel, el número de sentencias dictadas por los juzgados de lo penal durante el año 2024 ascendió a un total de 254 (aumento 30,38) frente a 187 en 2023 (disminución 6,03%), frente a 199 en 2022 (aumento de 24,38%), 160 en 2021 (disminución del 12,57%) y 183 en 2020 (disminución del 18,06%).
Y las sentencias dictadas en 2024 por la Audiencia Provincial de Teruel ascendieron a 30 (aumento del 60,87%) frente a 16 en 2023 (disminución 36%) frente a 25 en 2022 (disminución de 7,4%), 27 en 2021 (aumento del 17,39%) y 23 en 2020 (disminución del 4,17%).

1.1.11. Diligencias de investigación

En el conjunto de las Fiscalías Provinciales de Aragón, se incoaron en 2024 un total de 196 (aumento del 8,29%), en el año 2023 un total de 181 (aumento del 8,29%) frente a 137 en 2022 (aumento del 9,6%) frente a las 125 diligencias de investigación incoadas en 2021 (disminución del 32,8%) y 186 en 2020 (disminución del 4,62%).
En 2024: aumento del 8,29%.
En 2023: aumento del 32,12%
En 2022: aumento del 9,6%.
En 2021: disminución del 32,8%.
En 2020: disminución del 4,62%
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza, se incoaron en 2024 un total de 117 diligencias de investigación (aumento del 13,59%), en el año 2023 un total de 103 (aumento del 28,75%) frente a 80 en 2022 (aumento del 3,9%), frente a 77 de 2021(disminución del 26,67%) y 105 en 2020 (disminución del 11,76%).
En la Fiscalía Provincial de Huesca, se incoaron en 2024 un total de 31 diligencias de investigación (disminución del 22,5%), en el año 2023 un total de 40 (aumento del 33,33%) frente a 30 en 2022 (aumento del 25%), frente a 24 de 2021 (disminución del 31,43%) y 35 en 2020 (disminución del 27,08%).
En la Fiscalía Provincial de Teruel, se incoaron en 2024 un total de 48 diligencias de investigación (aumento del 26,3%), en el año 2023 un total de 38 frente a 27 diligencias de investigación en 2022 (aumento del 12,5%), frente a 24 en 2021 (disminución del 47,83%) y 46 en 2020 (aumento del 58,62%).

1.1.12. Ejecutorias: organización del servicio y efectivo control de la ejecución

En el conjunto de Aragón, en 2024 se despacharon 558 ejecutorias ante la tres Audiencias Provinciales (aumento del 32,86%), en el año 2023 un total de 420 (disminución del 20,75%), frente a 530 en 2022 (aumento del 3,72%), frente a 511 en 2021 (aumento del 9,19%) y 468 en 2020 (disminución del 15,52%).
En 2024: aumento del 32,86%.
En 2023: disminución del 20,75%.
En 2022: aumento del 3,72%.
En 2021: aumento del 9,19%.
En 2020: disminución del 15,52%.
En el conjunto de Aragón, se despacharon en 2024 un total de 6.838 ejecutorias ante los juzgados de lo penal (aumento del 15,84%), en el año 2023 un total de 5.903 (disminución del 8,85%), frente a 6.476 en 2022 (aumento del 6,65%), frente a 6.072 en 2021 (aumento del 14,54%) y 5.301 en 2020 (disminución del 17,55%).
En 2024: aumento del 15,84%.
En 2023: disminución del 8,85%.
En 2022: aumento del 6,65%.
En 2021: aumento del 14,54%.
En 2020: disminución del 17,55%.
En la Fiscalía Provincial de Zaragoza se despacharon en 2024 un total de 434 ejecutorias ante la Audiencia Provincial de Zaragoza (aumento del 38,7%), en el año 2023 un total de 313 (disminución del 10,57%), frente a 350 ejecutorias en 2022 (aumento del 0,57%), frente a 348 en 2021 (aumento del 21,68%) y 286. Y un total de 5.077 ejecutorias ante los juzgados de lo penal, frente 4.277 en 2023, 4.768 en 2022 a 4.282 en 2021 y 3.432 en 2020.
En la Fiscalía Provincial de Huesca se despacharon en 2024 un total de 73 ejecutorias ante la Audiencia Provincial de Huesca (aumento del 1.4%), en el año 2023 un total de 72 (disminución del 48,2%), frente a 139 en 2022 (aumento del 20,87%), frente a 115 en 2021 y 115 en 2020. Y un total de 1.219 ejecutorias ante los juzgados de lo penal, frente a 1.134 en 2023 1.219 en 2022, a 1.281 en 2021 y 1.325 en 2020.
En la Fiscalía Provincial de Teruel se despacharon en 2024 un total de 51 ejecutorias ante la Audiencia Provincial de Teruel (aumento 45,7%), en el año 2023 se despacharon35 ejecutorias (disminución del 14,6%) frente a 41 en 2022 (disminución del 14,6%), frente a 48 en 2021 (disminución del 28,36%) y 67 en 2020. Y un total de 542 ejecutorias ante los juzgados de lo penal, frente a 492 en 2023, 489 en 2022, 509 en 2021 y 544 en 2020.

1.2. Evolución de la criminalidad

1.2.1. Vida e integridad

1.2.1.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN podemos sintetizar los siguientes datos del año 2024, referidos a tipos de procedimientos incoados:
Homicidios y asesinatos: 7 sumarios (6 en 2023, 3 en 2022, 5 en 2021, 11 en 2020 y 8 en 2.019); 9 procedimientos de jurado (7 en 2023 y 2022, 8 en 2021, 3 en 2020.
En 2024: aumento del 16,67%.
En 2023: aumento del 8,33%.
En 2022: disminución del 40%.
En 2021: disminución del 54,55%.
En 2020: aumento del 37,54%.
Homicidios por imprudencia: 19 diligencias previas (24 en 2023, 32 en 2022, 30 en 2021 y 34 en 2020).
En 2024: disminución del 20,83%.
En 2023: disminución del 25%.
En 2022: aumento del 6,67%.
En 2021: disminución del 11,76%.
En 2020: disminución del 2,86%.
Lesiones dolosas (tipo básico): 16.833 diligencias previas (14.451 en 2023, 15.998 en 2022, 15.463 en 2021 y 13.067 en 2020); 233 diligencias urgentes (161 en 2023,155 en 2022, 144 en 2021 y 98 en 2020); 717 procedimientos abreviados (524 en 2023, 556 en 2022, 539 en 2021 y 391 en 2020).
En 2024: aumento del 16,48%.
En 2023: disminución del 9,67%.
En 2022: aumento 3,46%.
En 2021: aumento del 18,34%.
En 2020: disminución del 14,23%
Lesiones cualificadas: 42 diligencias previas en 2024 (disminución del 12,5%) frente a 48 en 2023 y 30 procedimientos abreviados en 2024 y 2 en 2023. (aumento del 1400%).
Lesiones por imprudencia: 5.385 diligencias previas (5.804 en 2023, 6.208 en 2022, 7.092 en 2021 y 6.542 en 2020); y 48 procedimientos abreviados (59 en 2023, 55 en 2022, 59 en 2021 y 102 en 2020).
Se calcula el porcentaje de las lesiones por imprudencia sobre los procedimientos abreviados pues el dato de diligencias previas puede englobar supuestos que no se corresponden con el tipo delictivo examinado:
En 2024: disminución del 18,64%.
En 2023: disminución del 6,51%.
En 2022: disminución del 6,78%.
En 2021: aumento del 8,41%.
En 2020: disminución del 28,9%.

1.2.1.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA, los datos del año 2024 son los siguientes:
Homicidios y asesinatos:6 sumarios (4 en 2023, 3 en 2022, 1 en 2021, 7 en 2020 y 6 en 2.019); 9 procedimientos del Tribunal del Jurado (5 en 2023, 6 en 2022, 6 en 2021 y 1 en 2020).
Homicidios por imprudencia: 9 diligencias previas (12 en 2023, 21 en 2022, 28 en 2021 y 18 en 2020).
Lesiones dolosas (tipo básico): 13.699 diligencias previas (10.157 en 2023, 12.801 en 2022, 12.609 en 2021 y 10.467 en 2020); 191 diligencias urgentes (113 en 2023,135 en 2022, 108 en 2021 y 66 en 2020); 597 procedimientos abreviados (391 en 2023, 459 en 2022, 440 en 2021 y 288 en 2020).
En 2024, se incoaron por delito de lesiones cualificadas 8 diligencias previas (12 en 2023, 160 en 2022, 191 en 2021, 174 en 2020); y 28 procedimientos abreviados 2 en 2023,1 en 2022, 1 en 2021 y 1 en 2020).
Lesiones por imprudencia: 3.877 diligencias previas (4.044 en 2023, 4.592 en 2022, 5.375 en 2021 y 5.108 en 2020); 31 procedimientos abreviados (46 en 2023, 38 en 2022, 37 en 2021 y 22 en 2020).
1.2.1.3. En la Fiscalía Provincial de Huesca los datos del año 2024 son los siguientes:
Homicidios y asesinatos: 0 sumarios (1 en 2023, 0 en 2022, 0 en 2021, 2 en 2020); 0 procedimiento del Tribunal del Jurado (2 en 2023, 1 en 2022, 1 en 2021 y 0 en 2020).
Homicidios por imprudencia: 5 diligencias previas (4 en 2023, 7 en 2022, 0 en 2021 y 13 en 2.02).
Lesiones dolosas (tipo básico): 1.687 diligencias previas (2.782 en 2023, 1.516 en 2022, 1.857 en 2021 y 1.906 en 2020); 29 diligencias urgentes (39 en 2023, 12 en 2022, 21 en 2021 y 21 en 2020); 79 procedimientos abreviados (105 en 2023, 63 en 2022, 79 en 2021 y 78 en 2020).
En 2024, se incoaron por delito de lesiones cualificadas 38 diligencias previas (31 en 2023, 18 en 2022, 29 en 2021 y 44 en 2020) y 2 procedimientos abreviados (0 en 2023, 4 en 2022,16 en 2021 y 19 en 2020).
    Lesiones por imprudencia: 670 diligencias previas (825 en 2023, 764 en 2022, 882 en 2021 y 619 en 2020); 12 procedimientos abreviados (13 en 2023, 8 en 2022, 19 en 2021 y 0 en 2020).
1.2.1.4. En la Fiscalía Provincial de Teruel los datos del año 2024 son los siguientes:
Homicidios y asesinatos:1 sumario (1 en 2023, 0 en 2022, 4 en 2021 y 2 en 2020); 0 procedimientos del Tribunal de Jurado (0 en 2023 y 2022, 1 en 2021 y 2 en 2020).
Homicidios por imprudencia: 5 diligencias previas (6 en 2023, 4 en 2022, 2 en 2021, 3 en 2020).
Lesiones dolosas (tipo básico): 1.447 diligencias previas (1.512 en 2023, 1.681 en 2022, 997 en 2021 y 694 en 2020); 13 diligencias urgentes (9 en 2023, 8 en 2022, 15 en 2021 y 11 en 2020); 41 procedimientos abreviados en 2023 (28 en 2023, 34 en 2022, 20 en 2021 y 25 en 2020).
En 2024, se incoaron por delito de lesiones cualificadas 6 diligencias previas (5 en 2023, 4 en 2022 y 0 en 2021); y 0 procedimientos abreviados en 2024 (0 en 2023,1 en 2022, 0 en 2021 y 2020).
Lesiones por imprudencia: 838 diligencias previas (935 en 2023, 852 en 2022, 835 en 2021 y 815 en 2020); 5 procedimientos abreviados (0 en 2023, 9 en 2022, 3 en 2021 y 2 en 2020).

1.2.2. Delitos de torturas y otros delitos contra la integridad moral cometidos por autoridad y funcionario público

1.2.2.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN: 5 procedimientos (1 en 2023, 1 en 2022, 11 en 2021 y 0 en 2020).

1.2.2.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA: 4 procedimientos (0 en 2023, 1 en 2022, 6 en 2021 y 0 en 2020).

1.2.2.3. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA: 1 procedimientos (1 en 2023, 0 en 2022, 5 en 2021 y 0 en 2020).

1.2.2.4. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL: 0 procedimientos (0 en 2023, 0 en 2022, 0 en 2021 y 0 en 2020).

1.2.3. Libertad sexual

1.2.3.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN podemos sintetizar los siguientes datos del año 2024:
Delitos contra la libertad sexual: 1.087 diligencias previas (946 en 2023, 902 en 2022, 930 en 2021 y 601 en 2020); 123 procedimientos abreviados (109 en 2023,123 en 2022, 106 en 2021 y 79 en 2020).
En 2024: aumento del 14,9%.
En 2023: aumento del 4,88%.
En 2022: disminución del 3,01%.
En 2021: aumento del 54,74%.
En 2020: aumento del 0,5%.
De ellos, corresponden a agresiones sexuales los siguientes: 745 diligencias previas en 2024 (658 en 2023, 397 en 2022, 373 en 2021 y 263 en 2020); 70 procedimientos abreviados (56 en 2023, 26 en 2022, 20 en 2020 y 15 en 2020).
En 2024: aumento del 13,22%.
En 2023: aumento 65,74 del %.
En 2022: aumento del 5,36%.
En 2021: aumento del 41,83%.
En 2020: aumento del 4,78%

1.2.3.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA los datos son los siguientes:
    En 2024 se incoaron 924 diligencias previas (717 en 2023, 720 en 2022, 769 en 2021 y 472 en 2020). De las mismas corresponden 656 a agresión sexual (503 en 2023, 344 en 2022, 329 en 2021 y 233 en 2020).
En 2024 se incoaron 89 procedimientos abreviados (75 en 2023,74 en 2022, 76 en 2021 y 59 en 2020). De los cuales 57 por agresión sexual (29 en 2023, 19 en 2022, 12 en 2021 y 12 en 2020).

1.2.3.3. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA los datos son los siguientes:
En 2024 se incoaron 105 diligencias previas (186 en 2023, 122 en 2022, 118 en 2021 y 99 en 2020). De las mismas corresponden 61 a agresión sexual (115 en 2023, 34 en 2022, 35 en 2021 y 22 en 2020).
En 2024 se incoaron 30 procedimientos abreviados (24 en 2023, 41 en 2021, 17 en 2020 y 14 en 2020) de los cuales 12 por agresión sexual (20 en 2023, 6 en 2022, 4 en 2021 y 1 en 2020).

1.2.3.4. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL los datos son los siguientes:
En 2024 se incoaron 58 diligencias previas (43 en 2023, 60 en 2022, 43 en 2021 y 30 en 2020). De las mismas corresponden 28 a agresión sexual (40 en 2023, 19 en 2022, 9 en 2021 y 8 en 2020).
En 2024 se incoaron 4 procedimientos abreviados (10 en 2023, 8 en 2020, 13 en 2021 y 6 en 2020). De ellos 1 por agresión sexual (7 en 2023,1 en 2022, 4 en 2021 y 2 en 2020).

1.2.4. Violencia doméstica

Nos remitimos al apartado 5.1 «Violencia doméstica o de género» dentro de «5. Otras áreas especializadas».

1.2.5. Relaciones familiares

1.2.5.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN podemos sintetizar los siguientes datos en 2024: 502 diligencias previas (disminución del 3,28%), 519 en 2023 (aumento del 15,85%), frente a 448 en 2022 (aumento del 7,43%) frente a 417 en 2021 (aumento del 1,21% respecto a 2020), 412 en 2020, (disminución del 14,35%); 173 procedimientos abreviados (153 en 2023,144 en 2022, 180 en 2021 y 103 en 2020).
En 2024: disminución del 3,28%.
En 2023: aumento del 15,85%.
En 2022: aumento del 7,43%.
En 2021: aumento del 1,21%.
En 2020: disminución del 14,35%

1.2.5.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA los datos son los siguientes: 390 diligencias previas (409 en 2023, 350 en 2022, 308 en 2021 y 330 en 2020); 144 procedimientos abreviados (121 en 2023,121 en 2022, 141 en 2021 y 81 en 2020).

1.2.5.3. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA los datos son los siguientes:71 diligencias previas (67 en 2023, 47 en 2022, 61 en 2021 y 54 en 2020);13 procedimientos abreviados (18 en 2023,11 en 2022, 25 en 2021 y 16 en 2020).

1.2.5.4. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL los datos son los siguientes: 41 diligencias previas (43 en 2023, 51 en 2022, 48 en 2021 y 28 en 2020); 16 procedimientos abreviados (14 en 2023, 12 en 2022, 14 en 2021 y 6 en 2020).

1.2.6. Patrimonio y orden socioeconómico

1.2.6.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN podemos sintetizar los siguientes datos en 2024:
Hurto:1.945 diligencias previas (1.485 en 2023, 1.821 en 2022, 1.620 en 2021 y 1.384 en 2020); 57 diligencias urgentes (55 en 2023, 82 en 2022, 36 en 2021 y 29 en 2020); 411 procedimientos abreviados (320 en 2023, 266 en 2022, 243 en 2021 y 218 en 2020).
En 2024: aumento del 30,98%.
En 2023: disminución del 18,45%.
En 2022: aumento del 12,41%.
En 2021: aumento del 17,05%.
En 2020: disminución del 20,78%.
Robo con fuerza en las cosas: 1.019 diligencias previas (975 en 2023, 1.139 en 2022, 1.230 en 2021 y 1.023 en 2020); 32 diligencias urgentes (7 en 2023, 22 en 2022, 15 en 2021 y 9 en 2020); 364 procedimientos abreviados (317 en 2023, 326 en 2022, 343 en 2021 y 243 en 2020).
En 2024: aumento del 4,51%
En 2023: disminución del 14,4%.
En 2022: disminución del 7,4%.
En 2021: aumento del 20,23%.
En 2020: disminución del 20,88%
Robo con fuerza en casa habitada:111 diligencias previas (90 en 2023, 214 en 2022, 240 en 2021 y 176 en 2020); 2 diligencias urgentes (1 en 2023, 2 en 2022, 1 en 2021 y 0 en 2020); 37 procedimientos abreviados (51 en 2023, 75 en 2022, 58 en 2021 y 63 en 2020).
En 2024: aumento del 23,33%.
En 2023: disminución 57,94 del %.
En 2022: disminución del 10,83%.
En 2021: aumento del 36,36%.
En 2020: aumento del 11,39%
Robo con violencia o intimidación: 1.493 diligencias previas (1.123 en 2023,972 en 2022, 651 en 2021 y 486 en 2020; 13 diligencias urgentes (1 en 2023,19 en 2022, 2 en 2021 y 3 en 2020); 295 procedimientos abreviados (229 en 2023, 254 en 2022, 202 en 2021 y 203 en 2020).
En 2024: aumento del 32,95%.
En 2023: aumento del 15,53%
En 2022: aumento del 49,31%.
En 2021: aumento del 33,95%.
En 2020: disminución del 24,18%.
Estafa: 3.043 diligencias previas (2.738 en 2023, 2.344 en 2022, 2.273 en 2021 y 1.638 en 2020); 23 diligencias urgentes (10 en 2023, 20 en 2022, 17 en 2021 y 12 en 2020); 623 procedimientos abreviados (390 en 2023, 401 en 2022, 342 en 2021 y 227 en 2020).
En 2024: aumento del 11,14%.
En 2023: aumento del 16,81%.
En 2022: aumento del 3,12%.
En 2021: aumento del 38,77%.
En 2020: aumento del 3,65%.
Apropiación indebida: 568 diligencias previas (579 en 2023, 564 en 2022, 553 en 2021 y 492 en 2020); 6 diligencias urgentes (6 en 2023, 6 en 2022, 4 en 2021 y 4 en 2020); 105 procedimientos abreviados (100 en 2023,194 en 2022, 95 en 2021, 79 en 2020).
En 2024: disminución del 1,9%.
En 2023: aumento del 2,66%.
En 2022: aumento del 1,99%.
En 2021: aumento del 12,4%.
En 2020: aumento del 1,03%.

1.2.6.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA los datos en 2024 son los siguientes:
Hurto: 1.622 diligencias previas (1.183 en 2023,1.476 en 2022, 1.336 en 2021 y 1.193 en 2020); 46 diligencias urgentes (46 en 2023, 67 en 2022, 29 en 2021 y 24 en 2020); 367procedimientos abreviados (262 en 2023, 224 en 2022, 204 en 2021 y 196 en 2020).
Robo con fuerza en las cosas: 706 diligencias previas (687 en 2023, 879 en 2022, 996 en 2021 y 788 en 2020); 10 diligencias urgentes (3 en 2023,10 en 2022, 7 en 2021 y 2 en 2020); 267 procedimientos abreviados (252 en 2023, 265 en 2022, 271 en 2021 y 188 en 2020).
    Robo con fuerza en casa habitada: 78 diligencias previas (69 en 2023,190 en 2022, 219 en 2021 y 154 en 2020); 1 diligencias urgentes (1 en 2023, 1 en 2022, 1 en 2021 y 0 en 2020); 28 procedimientos abreviados (48 en 2023, 63 en 2022, 48 en 2021 y 55 en 2020).
Robo con violencia o intimidación:1.406 diligencias previas 1.073 en 2023, 909 en 2022, 609 en 2021 y 450 en 2020); 7 diligencias urgentes (1 en 2023,15 en 2022, 2 en 2020 y 3 en 2020); 266 procedimientos abreviados (215 en 2023, 236 en 2022, 190 en 2021 y 189 en 2020).
Estafa: 2.366 diligencias previas (2.125 en 2023,1.912 en 2022, 1.813 en 2021 y 1.332 en 2020); 11 diligencias urgentes (8 en 2023, 18 en 2022, 14 en 2021 y 3 en 2020); 518 procedimientos abreviados (358 en 2023, 328 en 2022, 286 en 2021 y 188 en 2020).
Apropiación indebida: 411 diligencias previas (450 en 2023, 428 en 2022, 423 en 2021 y 414 en 2020); 4 diligencias urgentes (6 en 2023, 3 en 2022, 3 en 2021 y 1 en 2020); 90 procedimientos abreviados (82 en 2023, 66 en 2022, 80 en 2021 y 62 en 2020).

1.2.6.3. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA los datos en 2024 son los siguientes:
Hurto: 240 diligencias previas (226 en 2023, 243 en 2022, 195 en 2021 y 116 en 2020); 8 diligencias urgentes (3 en 2023, 7 en 2022, 3 en 2021 y 1 en 2020); 33 procedimientos abreviados (34 en 2023, 35 en 2022, 28 en 2021 y 14 en 2020).
Robo con fuerza en las cosas: 244 diligencias previas (200 en 2023, 181 en 2022, 159 en 2021 y 163 en 2020); 14 diligencias urgentes (3 en 2023, 5 en 2022, 4 en 2021 y 5 en 2020); 75 procedimientos abreviados (46 en 2023, 46 en 2022, 56 en 2021 y 43 en 2020).
Robo con fuerza en casa habitada: 25 diligencias previas (14 en 2023, 19 en 2022, 15 en 2021 y 13 en 2020); 0 diligencias urgentes (0 en 2023, 0 en 2022, 0 en 2021 y 0 en 2020); 5 procedimientos abreviados (3 en 2023,12 en 2022, 8 en 2021 y 5 en 2020).
Robo con violencia o intimidación: 76 diligencias previas (47 en 2023, 44 en 2022, 24 en 2021 y 25 en 2020); 4 diligencias urgentes (0 en 2023,0 en 2022, 0 en 2021 y 0 en 2020); 25 procedimientos abreviados (10 en 2023,15 en 2022, 10 en 2021 y 6 en 2020).
Estafa: 452 diligencias previas (360 en 2023, 255 en 2022, 265 en 2021 y 181 en 2020); 9 diligencias urgentes (0 en 2023,1 en 2022, 1 en 2021 y 7 en 2020); 57 procedimientos abreviados (0 en 2023, 45 en 2022, 38 en 2021 y 23 en 2020).
Apropiación indebida:111 diligencias previas (94 en 2023, 86 en 2022, 83 en 2021 y 49 en 2020); 1 diligencias urgentes (0 en 2023, 2 en 2022, 1 en 2021 y 0 en 2020); 11 procedimientos abreviados (0 en 2023,123 en 2022, 12 en 2021, y 12 en 2020).

1.2.6.4. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL los datos en 2024 son los siguientes:
Hurto: 83 diligencias previas (76 en 2023,102 en 2022, 89 en 2021 y 75 en 2020); 3 diligencias urgentes (6 en 2023, 8 en 2022, 4 en 2021 y 4 en 2020); 11 procedimientos abreviados (24 en 2023, 7 en 2022, 11 en 2021 y 8 en 2020).
Robo con fuerza en las cosas: 69 diligencias previas (88 en 2023, 79 en 2022, 75 en 2021 y 72 en 2020); 8 diligencias urgentes (1 en 2023, 7 en 2022, 4 en 2021 y 2 en 2020); 22 procedimientos abreviados (19 en 2023,15 en 2022, 16 en 2021 y 12 en 2020).
Robo con fuerza en casa habitada:8 diligencias previas (7 en 2023, 5 en 2022, 6 en 2021 y 9 en 2020); 1 diligencias urgentes (0 en 2023,1 en 2022, 0 en 2021 y 0 en 2020); 4 procedimientos abreviados (0 en 2023, 0 en 2022, 16 en 2021 y 3 en 2020).
Robo con violencia o intimidación:11 diligencias previas (3 en 2023,19 en 2022, 18 en 2021 y 11 en 2020); 2 diligencias urgentes (0 en 2023, 4 en 2022, 0 en 2021 y 0 en 2020); 4 procedimientos abreviados (4 en 2023, 3 en 2022, 2 en 2021 y 8 en 2020).
Estafa: 225 diligencias previas (253 en 2023, 177 en 2022, 195 en 2021 y 125 en 2020); 3 diligencias urgentes (2 en 2023,1 en 2022, 2 en 2021, 2 en 2020 y 2 en 2.019); 48 procedimientos abreviados (32 en 2023, 28 en 2022, 18 en 2021 y 16 en 2020).
Apropiación indebida: 46 diligencias previas (35 en 2023, 50 en 2022, 47 en 2021 y 29 en 2020); 1 diligencias urgentes (0 en 2023,1 en 2022, 0 en 2021 y 3 en 2020); 4 procedimientos abreviados (8 en 2023, 5 en 2022, 3 en 2021 y 5 en 2020).

1.2.7. Salud Pública.

1.2.7.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN:
Tráfico de drogas con grave daño: 264 diligencias previas en 2024 (aumento del 88,57%), frente a 140 en 2023 (aumento del 33.33%) ,105 en 2022 (disminución del 25,53%) frente a 141 en 2021 (aumento del 11,9% en relación a 2020) y 126 en 2020 (disminución del -5,97%).
Tráfico de drogas sin grave daño:151 diligencias previas en 2024 (aumento del 15,27%), frente a 131 2023 (disminución del 15,48%),155 en 2022 (disminución del 3,23%) frente a 150 en 2021 (aumento del 32,74%) y 113 en 2020 (aumento del 4,63%).
Tráfico de drogas cualificado se incoaron 88 diligencias previas con un aumento del 53,2 %, fueron 51 en 2023.

1.2.7.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA:
Tráfico de drogas con grave daño: se incoaron 207 diligencias previas en 2024 (aumento del 168,8%) frente a 77 en 2023, 74 en 2022 (disminución del 31,48%), 108 en 2021 (aumento del 13,68%) y 95 en 2020 (disminución del 17,39%). En 2024, se incoaron 222 procedimientos abreviados y 2 procedimientos sumarios; se formularon 127 calificaciones.
Tráfico de drogas sin grave daño: 90 diligencias previas incoadas en 2024 (aumento del 55,2%) frente a 58 en 2023, 69 en 2022 (disminución del 11,78%) frente a 78 en 2021 (aumento del 6,8%) y 73 en 2020 (disminución del 13,1%). En 2024, se incoaron 27 procedimientos abreviados y se formularon 30 calificaciones.
Trafico de drogas cualificado: se incoaron 66 diligencias previas, fueron 33 en 2023. Se incoaron 28 procedimientos abreviados y se formularon 10 calificaciones.

1.2.7.3. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA:
Tráfico de drogas con grave daño: se incoaron 35 diligencias previas en 2024 (disminución de 32,69), frente a 52 en 2023 (aumento del 160%), 20 en 2022 (disminución del 16,67%) frente a 24 en 2021 (aumento del 26,3%) y 19 en 2020 (aumento del 11,76%). En 2024, fueron calificados 6 procedimientos abreviados.
Tráfico de drogas sin grave daño: 40 diligencias previas incoadas en 2024(disminución del 21,57 %) frente a 51 en 2023 (aumento del 0%), 51 en 2022 (aumento del 50%), 34 en 2021 (aumento del 36%) y 25 en 2020 (aumento del 25%). En 2024, fueron calificados 2 procedimientos abreviados.
Tráfico de drogas cualificado: se incoaron 20 diligencias previas con un aumento del 11,1%, fueron 18 en 2023. En 2024 se formularon 9 calificaciones en procedimiento abreviado.

1.2.7.4. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL:
Tráfico de drogas con grave daño: en 2024 se incoaron 22 diligencias previas (aumento del 100%), frente a 11 en 2023 (aumento del 0%),11 en 2022(aumento del 22,22%) frente a 9 en 2021 (disminución del 25%) y 12 en 2020 (disminución del 25%). En 2024, se formularon 3 calificaciones en procedimiento abreviado.
Tráfico de drogas sin grave daño: en 2024 se incoaron 21 diligencias previas (disminución del 4,5%), frente a 22 en 2023(disminución del 37,14%), 35 en 2022 (disminución del 7,89%) frente a 38 en 2021 (aumento del 153,3%),15 en 2020 (aumento del 275%). En 2024, se formuló 1 calificación en procedimiento abreviado.
Tráfico de drogas cualificado se incoaron 2 diligencias previas, fueron 0 en 2023.

1.2.8. Administración Pública.

1.2.8.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN podemos sintetizar los siguientes datos de 2024: 64 diligencias previas en 2024 (disminución del 20%), 80 en 2023 (aumento 50,94%) frente a 53 en 2022 (disminución del 17,19%), frente a 64 en 2021 (disminución del 13,51%) y 74 en 2020 (disminución del 2,63%); 14 procedimientos abreviados, frente a 10 en 2023 (disminución 62,69%), (27 en 2022, 44 en 2021 y 23 en 2020); 20 diligencias de investigación en Fiscalía (21 en 2023,26 en 2022, 11 en 2021 y 17 en 2020).
En.2024: disminución del 20%.
En 2023: aumento del 50,94%.
En 2022: disminución del 17,19%.
En 2021: disminución del 13,51%.
En 2020: disminución del 2,63%.

1.2.8.2. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA los datos de 2024 son los siguientes: 35 diligencias previas (23 en 2023, 21 en 2022, 21 en 2021 y 32 en 2020); 4 procedimientos abreviados (1 en 2023, 20 en 2022 y 36 en 2021 y 14 en 2020); 20 diligencias de investigación en Fiscalía (12 en 2023, 15 en 2022, 9 en 2021 y 14 en 2020).

1.2.8.3. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA los datos de 2024 son los siguientes: 28 diligencias previas, (33 en 2023, 21 en 2022, 27 en 2021 y 32 en 2020); 8 procedimientos abreviados (8 en 2023, 7 en 2022, 5 en 2021 y 7 en 2020); 0 diligencias de investigación en Fiscalía (3 en 2023, 0 en 2022, 2 en 2021 y 2 en 2020).

1.2.8.4. EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL los datos de 2024 son los siguientes: 1 diligencias previas (24 en 2023, 12 en 2022, 16 en 2021 y 10 en 2020); 2 procedimientos abreviados (1 en 2023, 0 en 2022, 3 en 2021 y 2 en 2020); 0 diligencias de investigación en Fiscalía (6 en 2023, 11 en 2022, 0 en 2021 y 1 en 2020).

1.2.9. Administración de Justicia

1.2.9.1. EN EL CONJUNTO DE LAS FISCALÍAS DE ARAGÓN, se observa un incremento general de estos tipos delictivos, en especial de los delitos de quebrantamiento de condena o medida cautelar.
En el conjunto de las fiscalías de Aragón se han incoado en el año 2024 un total de 2.370 diligencias previas (1.868 en 2023), que podemos sintetizar de la siguiente manera:
Acusación o denuncia falsas: 59 diligencias previas (40 en 2023, 46 en 2022, 61 en 2021 y 69 en 2020).
Simulación de delito: 41 diligencias previas (45 en 2023, 49 en 2022, 44 en 2021 y 45 en 2020).
Falso testimonio: 23 diligencias previas (38 en 2023, 29 en 2022, 33 en 2021 y 34 en 2020).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 1.958 diligencias previas (1.558 en 2023,1.373 en 2022,1.180 en 2021 y 1.104 en 2020).

1.2.9.2. FISCALÍA PROVINCIAL DE ZARAGOZA
Los delitos contra la Administración de Justicia han aumentado un 39%, al haber pasado de 1.441 en 2023 a 2.003 del año 2024.
Los datos de 2024 a reseñar son los siguientes:
Acusación o denuncia falsas: 50 diligencias previas (34 en 2023, 46 en 2022, 52 en 2021 y 48 en 2020).
Simulación de delito: 26 diligencias previas (37 en 2023, 33 en 2022, 30 en 2021 y 39 en 2020).
Falso testimonio: 15 diligencias previas (28 en 2023, 20 en 2.2022, 27 en 2021 y 27 en 2020).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 1.632 diligencias previas (1.314 en 2023,1.135 en 2022, 993 en 2021 y 934 en 2020).

1.2.9.3. FISCALÍA PROVINCIAL DE HUESCA
Se constata una disminución de las diligencias previas incoadas por estos tipos delictivos, un total de 276 en el año 2024, frente a las 295 del año anterior (descenso del 6,44%).
Los datos de 2024 a señalar son los siguientes:
Acusación o denuncia falsas: 8 diligencias previas (6 en 2023, 14 en 2022, 6 en 2021 y 14 en 2020)
Simulación de delito: 14 diligencias previas (8 en 2023, 11 en 2022, 10 en 2021 y 4 en 2020).
Falso testimonio: 8 diligencias previas (10 en 2023, 9 en 2022, 2 en 2021 y 7 en 2020).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 241 (115 en 2023, 160 en 2022, 125 en 2021 y 125 en 2020).

1.2.9.4. FISCALÍA PROVINCIAL DE TERUEL
En el año 2024 se han incoado 91 diligencias previas (132 en 2023), de las cuales:
Acusación o denuncia falsas: 1 diligencias previas (0 en 2023, 2 en 2022, 3 en 2021 y 7 en 2020).
Simulación de delito: 1 diligencias previas (0 en 2023, 5 en 2022, 4 en 2021 y 2 en 2020).
Falso testimonio: 0 diligencias previas (0 en 2023, 0 en 2022, 4 en 2021 y 0 en 2020).
Quebrantamiento de condena o medida cautelar: 85 diligencias previas (129 en 2023, 78 en 2022, 62 en 2021 y 45 en 2020).

2. Civil

2.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En 2024 se han emitido 595 dictámenes en divorcios de mutuo acuerdo (543 en 2023, 511 en 2022, 519 en 2021 y 602 en 2020), 25 en separaciones de mutuo acuerdo (16 en 2023, 18 en 2022, 22 en 2021 y 0 en 2020), 479 en divorcios contenciosos (411 en 2023, 373 en 2022, 409 en 2021 y 279 en 2020) y 5 en separaciones contenciosas (4 en 2023, 6 en 2022, 1 en 2021 y 0 en 2020).
En materia de discapacidades, se han incoado en 2024 un total de 213 diligencias preprocesales (fueron 249 en 2023, 246 en 2022, 471 en 2021 y 465 en 2020). De estas diligencias preprocesales, 185 dieron lugar a procedimientos judiciales para la adopción de medidas de apoyo.
Respecto del Registro Civil, constan emitido en 2024 un total de 60 informes.

2.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En materia de derecho de familia, consta que en el año 2024 se ha intervenido en 350 divorcios de mutuo acuerdo (289 en 2023, 200 en 2022, 215 en 2021 y 173 en 2020), 135 divorcios contenciosos (117 en 2023, 92 en 2022, 98 en 2021 y 86 en 2020), 0 rupturas de uniones de hecho contenciosas y 0 de mutuo acuerdo.
En materia de discapacidad, se han incoado un total de 60 diligencias preprocesales para valorar la procedencia de interponer o no demandas de discapacidad (fueron 47 en 2023, 65 en 2022, 149 en 2021 y 158 en 2020). De estas diligencias preprocesales, ninguna dio lugar procedimientos judiciales para la adopción de medidas de apoyo según consta en la tabla de datos estadísticos (fueron 21 en 2023, 29 en 2022,130 en 2021 y 150 en 2020).
Respecto del Registro Civil, en la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca se reflejan 2 informes en expedientes de matrimonio civil, 91 informes en expedientes de nacionalidad y 55 de otro tipo (rectificación de error, cambio de nombre, inversión de apellidos o inscripción de nacimiento fuera de plazo).

2.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En materia de derecho de familia, consta que este año se han incoado con intervención del fiscal 100 divorcios de mutuo acuerdo (89 en 2023, 98 en 2022, 82 en 2021 y 83 en 2020), 4 separaciones de mutuo acuerdo (3 en 2023, 3 en 2022, 2 en 2021 y 3 en 2020); y 40 divorcios contenciosos (47 en 2023, 43 en 2022, 45 en 2021 y 38 en 2020).
En materia de discapacidades, se han incoado un total de 62 diligencias preprocesales de discapacidad (52 en 2023, 64 en 2022, 56 en 2021 y 63 en 2020).
Respecto del Registro Civil, constan emitidos 1 informe en expedientes de matrimonio civil (0 en 2023, 24 en 2022, 282 en 2021, 338 en 2021 y 297 en 2020); 24 en expedientes de nacionalidad (34 en 2023, 78 en 2022,155 en 2021 y 311 en 2020; y 2 en otros expedientes (3 en 2024,17 en 2022, 78 en 2021, 192 en 2020 y 94 en 2020).

3. Contencioso-administrativo

3.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Se emitieron 171 informes en cuestiones de competencia fueron 158 en 2023, 101 en 2022, 125 dictámenes en 2021 y 119 en 2020. Son fundamentalmente dos los ámbitos en los que se han planteado dichas cuestiones: el referente a los actos y disposiciones de la Administración Local dictados en el ámbito urbanístico; y el relativo a la materia de sanciones por infracciones en el ámbito de la Seguridad Social.
Se emitieron 43 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio solicitadas por la AEAT, fueron 32 en 2023,19 en 2022, 35 en 2021 y 26 en 2020.
Se emitieron 61 dictámenes en procedimientos contenciosos administrativos en los que se alegaba infracción de derechos fundamentales.

3.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Se emitieron 21 dictámenes en cuestiones de competencia; fueron 23 en 2023, 8 dictámenes en 2022, 5 en 2021 y 13 en 2020.
Se emitieron 14 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio, fueron 13 en 2023, 17 en 2022, 22 en 2021 y 12 en 2020.
Se intervino en 0 procedimientos contenciosos administrativos en los que se alegaba infracción de derechos fundamentales.

3.3. En la Fiscalía Provincial de Teruel

Se emitieron 16 dictámenes en cuestiones de competencia,10 en 2023, 8 en 2022, 5 en 2021 y 7 en 2020.
Se emitieron 2 dictámenes en procedimientos de entradas en domicilio,6 en 2023,17 en 2022, 22 en 2021 y 6 en 2020.
Se intervino en un procedimiento contencioso administrativo en los que se alegaba infracción de derechos fundamentales.

4. Social

4.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En el año 2024 el Ministerio Fiscal fue citado a 965 vistas orales en procesos en defensa de los derechos fundamentales, de las que el 78,76% fueron suspendidas, desistidas o conciliadas.
El Fiscal asistió a 21 vistas orales en procesos en defensa de los derechos fundamentales.
En 184 señalamientos se comunicó la inasistencia del Ministerio Fiscal, de acuerdo a las directrices señaladas en la Circular 4/12 de la Fiscalía General del Estado, desistiendo de comparecer cuando la demanda no contiene una relación mínima, clara y concreta de los hechos sobre los que versa la pretensión de derechos fundamentales y la incidencia concreta de la alegada vulneración sobre el objeto de las actuaciones.
Se informó sobre 38 cuestiones de competencia frente a las 20 informadas en 2023, 27 en 2022, 90 en 2021 y 35 de 2020.

4.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Durante el año 2024, el Ministerio Fiscal fue citado a 57 vistas orales en procesos en defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas; de estos 28 concluyeron con conciliación previa y 9 fueron desistidas por el/la demandante.
En ningún supuesto se ha comunicado al órgano judicial correspondiente la no asistencia por no cumplir la demanda los requisitos previstos en la Instrucción 4/2012.
Se informó en 3 cuestiones de competencia. En 2023 se informó en 4, en 2022 se informó en 3, en 2021 en 9 y 12 en 2020.

4.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En 2024 el Ministerio Fiscal intervino en un total de 12 procedimientos de derechos fundamentales. Se intervino en 12 en 2023, en 7 en 2022, 3 en el año 2021 y 4 en 2020.
Se informó sobre competencia en 6 en el año 2024, 2 en el año 2023, 5 en el año 2022, en 3 procedimientos en 2021 y 2 en 2020.

5. Otras áreas especializadas

5.1. Violencia sobre la mujer

5.1.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.1.1.1. VIOLENCIA DE GÉNERO.

La sección de violencia sobre la mujer de esta Fiscalía ha estado integrada también en el año 2024 por cinco fiscales, que trabajan de forma exclusiva en los tres Juzgados de Violencia Sobre la Mujer de la capital, en los dos Juzgados Penales dedicados a los delitos de violencia de género, así como en los juicios seguidos por esos delitos ante el Tribunal del Jurado, asistiendo además a juicios en la Audiencia Provincial dentro de un turno general.
En los partidos judiciales de la provincia, con juzgados mixtos, la organización no ha variado respecto de años anteriores y corresponde a los fiscales que tienen atribuido el despacho de esos juzgados el intervenir en los procedimientos de violencia de género.
En la Sección Territorial de Calatayud, que interviene en los partidos judiciales de Calatayud, Daroca y La Almunia de Doña Godina, se pretende que el criterio sea uniforme entre los fiscales que la integran.
Ha continuado la colaboración con el Colegio de Abogados y la presencia del Ministerio Fiscal en el curso de formación para integrar el turno específico de abogados de oficio que asisten a las mujeres en materia de violencia de género.
El año 2022 se constituyó la Comisión Provincial de Coordinación contra la violencia de género. En el año 2024 se celebraron dos reuniones en los meses de junio y diciembre, con intervención del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial y de la fiscal coordinadora de la sección. Entre los trabajos realizados se encuentra una guía de buenas prácticas judiciales elaborada por los magistrados de violencia de género y los fiscales con participación del Colegio de Abogados.
El 10 de marzo de 2023, en la sede del Gobierno de Aragón, se impartió un curso de formación relativo a la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual y su incidencia en la violencia de género.
En cuanto a los procedimientos penales con resultado de fallecimiento de la víctima, se indica que este año 2024, en la capital y provincia de Zaragoza, ninguna mujer murió a manos de quien mantenía o había mantenido con ella una relación sentimental de cualquier tipo.
El año 2020 tampoco hubo muertes y 2021 y 2023 falleció una mujer en cada año y en 2022 fueron dos.
En cuanto a los procedimientos tramitados se da cuenta de la sentencia condenatoria dictada el 18 de diciembre de 2024 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial en el procedimiento LOTJ n.º 801/2024 por delito de asesinato. La sentencia no es firme y ha sido recurrida en apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJA.
Otro procedimiento pendiente por asesinato, LOTJ n.º 1462/2022 del Juzgado de Violencia n.º 2, fue archivado por fallecer el acusado en prisión antes de su señalamiento
La Memoria se sigue refiriendo a la importante labor de las Unidades de Valoración Integral y a su funcionamiento, formada por un médico forense que coordina las tres provincias, y por el resto de médicos forenses, dos psicólogos y una trabajadora social.
Respecto de las órdenes de protección, en el año 2024 se pidieron 441 solicitudes. De ellas, se concedieron por los Juzgados competentes 269 de carácter penal, 80 de carácter penal y civil y se denegaron 92. Además, se dictaron 361 autos de medida cautelar de alejamiento, en aplicación del artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En 14 casos se acordó la prisión provisional del imputado.
De los cuadros estadísticos de la Memoria de esta Fiscalía Provincial se destacan, en el año 2024, las siguientes cifras:
Fallecimientos en materia de violencia de género: Ya se ha dicho que, en el año 2024, no hubo casos de muerte intencional y violenta de mujeres atribuidos a su pareja. Sí que se registró la incoación de un procedimiento por homicidio intentado.
La Fiscalía Provincial tramitó tres diligencias de investigación en materia de violencia de género, de las cuales dos fueron archivadas y una remitida al juzgado competente.
Otros delitos de violencia de género:
En el año 2024 se incoaron en la capital y en la provincia de Zaragoza, en materia de violencia de género, un total de 6.363 procedimientos penales con entrada en Fiscalía (comparativamente fueron 5.162 en 2023, 3.847 en 2022, 3.748 en 2021 y 3.514 en 2020) de los cuales 197 fueron juicios rápidos provenientes de 1.395 diligencias urgentes, 3.973 se incoaron como diligencias previas, 782 como procedimientos abreviados, 5 sumarios ordinarios y 1 procedimiento de la Ley de Jurado.
En relación a la tipología delictiva, la mayoría de las causas penales por delito grave o menos grave, incoadas en los tres Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza y en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la provincia, lo fueron por delitos de maltrato ocasional del artículo 153.1 del Código Penal (798), seguidos por los de amenazas del artículo 171.4 (370), por maltrato habitual (112), quebrantamiento de medida cautelar o de condena (512) y por coacciones del artículo 172.2. (198). Destacan también los delitos de lesiones (45) y los de acoso y hostigamiento (60).
No se ofrecen datos de los delitos leves.
En cuanto a las sentencias dictadas en el año 2024, consta haberse dictado un total de 765 sentencias. De ellas 640 condenatorias por delito, 356 por conformidad.
La Fiscalía elaboró 821 escritos de calificación en procedimientos penales por delito en esta materia; fueron 1079 en 2023, 812 en 2022, 908 en 2021 y 722 en 2020.
Se acordó el uso de dispositivos electrónicos de control en 41 procedimientos. En ejecución de sentencias se han tramitado 281 penas de prisión, 584 de trabajos en beneficio de la comunidad, 176 expedientes de suspensión de condena y 4 de sustitución de condena.

5.1.1.2. VIOLENCIA DOMÉSTICA.

La competencia en esta materia viene atribuida a los Juzgados de Instrucción de la capital y provincia. El enjuiciamiento (cuando no corresponde a la Audiencia Provincial) se lleva a efecto en los Juzgados de lo Penal números 8 y 9, que asumen la violencia de género y la violencia doméstica, así como los quebrantamientos de medidas y penas en estos ámbitos.
La Fiscalía Provincial incoó cuatro diligencias de investigación en este ámbito de las cuales dos fueron archivadas y las otras dos judicializadas.
En cuanto al número de procedimientos en el año 2024 se tramitaron en esta Fiscalía Provincial 49 juicios rápidos (66 en 2023), 526 diligencias previas (441 en 2023), 98 procedimientos abreviados (también 98 en 2023), un procedimiento de Tribunal de Jurado y 3 procedimientos ordinarios (sumarios).
El tipo delictivo por el que se tramitaron más procedimientos por delito fue el de maltrato ocasional. Con cifras menores aparecen, las lesiones, los quebrantamientos de medida o de condena, el descubrimiento y revelación de secretos y el impago de pensiones. La Fiscalía presentó 77 escritos de calificación por delitos graves o menos graves relacionados con la violencia doméstica.
Respecto a las sentencias dictadas en esta materia por los órganos jurisdiccionales penales de Zaragoza, fueron 98 por delito, de las cuales 60 fueron condenatorias, 41 de ellas por conformidad.
En cuanto a las medidas cautelares se dictaron 20 órdenes de alejamiento y 11 órdenes de protección. La prisión provisional se acordó en una ocasión.

5.1.2. Fiscalía Provincial de Huesca

5.1.2.1. VIOLENCIA DE GÉNERO

En esta Fiscalía está nombrado un Fiscal como Delegado en materia de violencia de género y doméstica. No ha habido modificación en la atribución de la función de delegado. No hay Juzgados de violencia de género con dedicación única o exclusiva.
Se valora la utilización del sistema de gestión procesal Avantius, que permite mediante la utilización de la búsqueda por intervinientes y los datos del sistema VIOGEN el conocimiento de situaciones de riesgo, antes difíciles de detectar.
En el año 2024, al igual que en 2023, no hubo homicidios o asesinatos consumados en el ámbito de violencia de género. En el año 2022 tampoco hubo homicidios o asesinatos, en 2021 hubo una muerte, en 2020 no se produjo ningún homicidio o asesinato de violencia de género y en 2.019 también hubo un fallecimiento.
Procedimientos incoados en 2024: juicios rápidos: 60 (50 en 2023); diligencias previas: 370 (360 en 2023); procedimientos abreviados: 72 (68 en 2023); sumarios: 2 (1 en 2023); procedimientos de Jurado: no hubo.
Delitos por los que se han tramitado procedimientos en mayor número: 195 de maltrato ocasional; 49 de maltrato habitual, 94 de amenazas; 18 de coacciones; 57 quebrantamiento de medida cautelar o condena, 23 de lesiones.
La Fiscalía ha formulado 270 escritos de calificación en procedimientos penales con un total de 346 delitos en esta materia. Se dictaron un total de 230 sentencias, de ellas 205 condenatorias (180 por conformidad) y 25 absolutorias.
No se efectuaron retiradas de acusación y en seis procedimientos las víctimas se acogieron a la dispensa de declarar.
Medidas cautelares: Prisión provisional: 18; orden de alejamiento: 24; orden de protección: 171. En 14 supuestos la medida cautelar de alejamiento se ha garantizado con instrumentos electrónicos de control y en otros 16 casos se garantizó el cumplimiento de la pena de alejamiento.

5.1.2.2. VIOLENCIA DOMÉSTICA

Los procedimientos por violencia doméstica se tramitan en la totalidad de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de la capital y provincia. Los procedimientos penales en esta materia se atribuyen al fiscal que tiene encomendado el despacho de cada uno de esos juzgados.
El resumen estadístico del año 2024 es el siguiente:
Tampoco este año la Fiscalía incoó diligencias de investigación.
En cuanto a los procedimientos judiciales fueron: juicios rápidos: 37; diligencias previas 85; procedimientos abreviados 22; procedimientos por delitos leves 33. No hubo sumarios ni procedimientos de tribunal del jurado.
Se efectuaron 35 escritos de calificación y se dictaron 40 sentencias, de ellas 35 condenatorias (18 de ellas por conformidad) y 5 absolutorias.
En cuanto a los tipos delictivos por los que se incoaron más procedimientos aparecen 51 supuestos de maltrato ocasional, 11 de maltrato habitual, 25 por amenazas y 5 por coacciones.
Medidas cautelares: Prisión provisional, se acordó en 2 ocasiones; orden de alejamiento: 3; orden de protección: 27.

5.1.3. Fiscalía Provincial de Teruel

La Fiscal delegada de violencia de género y violencia doméstica en esta Fiscalía es desde el año 2022 la Fiscal Decana de la Sección Territorial de Alcañiz, que desempeña junto con las restantes funciones que le corresponden en otras materias.
En la Provincia de Teruel ha habido un aumento en el año 2024 de los casos denunciados respecto del año 2023 (383 frente a 363). De ellas 330 fueron por violencia de género y 53 por violencia doméstica.

5.1.3.1. VIOLENCIA DE GÉNERO

En el año 2024 no hubo en esta provincia homicidios o asesinatos consumados de mujeres causados por varones que fueran su marido o pareja.
En el ámbito de la violencia de género, 153 de las denuncias presentadas fueron tramitadas por diligencias urgentes, 177 tramitadas como diligencias previas, 23 de las cuales derivaron en procedimiento abreviado. Consta la incoación de un procedimiento ordinario (sumario), pero no hubo procedimientos del Tribunal de Jurado.
Se dictaron 79 sentencias condenatorias por delito, 78 de las cuales fueron con la conformidad del acusado. Hubo una sentencia absolutoria.
Se calificaron 91 procedimientos, encontrándose los demás incoados pendientes de practicar diligencias, sobreseídos o con sentencia absolutoria.
Los delitos apreciados en los procedimientos incoados fueron en su mayoría maltrato ocasional (136), maltrato habitual (62), lesiones (73), amenazas (35) y coacciones (12). También 47 procedimientos por quebrantamiento de medida cautelar o de condena.
Fueron acordadas un total de 47 órdenes de alejamiento y 46 órdenes de protección. En 3 casos se acordó la prisión provisional. En el año 2024 se implantaron dos dispositivos electrónicos de control de la medida de alejamiento como medida cautelar y otros dos para control del cumplimiento de la pena.
En cuanto a las penas impuestas en las sentencias condenatorias, la mayoría han sido trabajos en beneficio de la comunidad, 59, frente a las 37 penas de prisión, de las cuales 9 fueron suspendidas.

5.1.3.2. VIOLENCIA DOMÉSTICA

Esta materia se tramita en la totalidad de los juzgados de la capital y provincia, no hay juzgados especializados.
Las cifras estadísticas en esta materia fueron similares en el año 2024 a las de los anteriores ejercicios.
La mayoría de las denuncias han sido tramitadas como diligencias previas, un total de 52, frente a las 25 denuncias tramitadas como juicio rápido. Consta, también, la incoación de 1 procedimiento abreviado. No se incoaron sumarios ni procedimientos de jurado.
Se presentaron ante los Juzgados un total de 17 escritos de calificación, dictándose 18 sentencias condenatorias, 13 de ellas con la conformidad del acusado y una sentencia absolutoria.
Los delitos más denunciados, fueron 25 de lesiones, 20 de maltrato habitual, 12 de amenazas y 1 por coacciones, por acoso y por quebrantamiento de medida cautelar.
Por lo que a las medidas cautelares se refiere, en el ámbito de la violencia doméstica, en 4 casos se dictó orden de alejamiento y en 3 orden de protección.

5.2. Seguridad y salud en el trabajo

5.2.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza la especialidad corresponde, como en años anteriores, a un único Fiscal, que trabaja en estrecha colaboración con la Fiscalía delegada de Sala de la FGE.
Debido a la jubilación del anterior Fiscal Delegado provincial y autonómico se procedió al nombramiento de una nueva fiscal delegada provincial por Decreto de 26 de mayo de 2023 del Fiscal General del Estado.
La nueva fiscal delegada destaca las gestiones que lleva a cabo para el seguimiento de los procedimientos, su tramitación y la recepción de las sentencias dictadas. En la actualidad cuenta con el apoyo de un funcionario gestor de la Oficina Fiscal.
El Fiscal General del Estado, en decreto de 29 de abril de 2024, nombró a la fiscal delegada de Zaragoza como Fiscal Delegada Especialista Autonómica de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La Fiscal Superior de Aragón, en decreto de 30 de abril siguiente, determinó las funciones de dirección y coordinación encomendadas en el ámbito de la especialidad respecto de las tres Fiscalías Provinciales de Aragón.
El 16 de septiembre de 2024 la Fiscalía General del Estado, representada por la Fiscal Superior de Aragón (actuando por delegación del Fiscal General del Estado) y el Gobierno de Aragón firmaron un Convenio de Colaboración entre el Ministerio Fiscal y el Gobierno de Aragón para el establecimiento de cauces de comunicación y protocolos de actuación en materia de seguridad y salud en el trabajo.
En este año 2024 se ha seguido actuando en colaboración con la Inspección de Trabajo y otros servicios de seguridad laboral en los términos de la Instrucción número 1/2007 sobre profundización en las relaciones entre la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social y la FGE en materia de ilícitos penales contra la seguridad y salud laboral.
Se hace referencia a la reunión mantenida con la Dirección de Aragón de la Inspección de Trabajo y la Jefatura de Zaragoza el 18 de marzo de 2024, en dependencias de la fiscalía provincial de Zaragoza, para fijar criterios de actuación.
Los días 23 y 24 de mayo de 2024 tuvieron lugar en Zaragoza las Jornadas de Delegados especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo, a las que asistieron fiscales especialistas de toda España.
La Fiscal Delegada Autonómica da cuenta también de su participación en actos, jornadas y cursos, durante el año 2024, en los ámbitos empresarial, oficial y universitario, así como de los cursos que ha seguido en materia de prevención de riesgos laborales organizados por la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
Indica la Memoria de esta fiscalía que las Diligencias de Investigación tramitadas en la propia fiscalía en 2024 fueron 9 (5 en 2023 y también 9 en 2022). Todas ellas terminaron con denuncia al Juzgado de Instrucción. No fue archivada ninguna y tampoco quedó alguna pendiente en tramitación.
El Ministerio Fiscal presentó 11 escritos de acusación (fueron 2 en el año anterior) y 5 peticiones de sobreseimiento.
El número total de sentencias dictadas por el Juzgado de lo Penal fue de 4 (11 en 2023). La Audiencia Provincial dictó una sentencia en trámite de apelación.
La comparativa con el año anterior 2023, puede resumirse en los siguientes cuadros:
Causas incoadas en 2024 por los siguientes ilícitos:
Delito de homicidio por accidente laboral: 9 (10 en 2023).
Delito de lesiones por accidente laboral: 196 (157 en 2023).
Delito de riesgo sin resultado lesivo: 33 (5 en 2023).
Causas pendientes en tramitación en 2024 incoadas en años anteriores por delitos de:
Homicidio en accidente laboral: 6 (1 en 2023).
Lesiones en accidente laboral: 30 (7 en 2023).
Riesgo sin resultado lesivo: 5 (7 en 2023)
Diligencias de investigación del Ministerio Fiscal en 2024:
Diligencias Investigación incoadas: 9 (5 en 2023).
Diligencias de Investigación terminadas con denuncia o querella: 9 (5 en 2023).
Escritos de acusación del Ministerio Fiscal: 11 (9 en 2023).
Peticiones de sobreseimiento: 5 (2 en el año 2023)
Sentencias del Juzgado de lo Penal: 4 (11 en 2023).
Sentencias de la Audiencia Provincial 1 (en apelación).
La Memoria incluye una detallada relación de las sentencias dictadas y de las diligencias previas incoadas como consecuencia de accidentes con resultado de muerte y de su estado de tramitación.

5.2.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En esta Fiscalía corresponde a una Fiscal de la plantilla desempeñar la función de delegada en materia de siniestralidad laboral, nombrada por Decreto del Fiscal General del Estado de 23 de febrero de 2024.
De la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca correspondiente al año 2024 resultan los siguientes datos:
No se han tramitado diligencias de investigación de Fiscalía por siniestralidad laboral en el ejercicio de referencia.
Se iniciaron en los Juzgados de Instrucción diez procedimientos judiciales (diligencias previas), en total, por muerte imprudente en accidente laboral, por lesiones imprudentes en accidente laboral y por delito de riesgo sin resultado lesivo, al igual que el año anterior.
En los procedimientos judiciales en los que se confirió traslado, una vez conclusa la instrucción, la Fiscalía presentó escrito de calificación en cuatro causas penales (procedimientos abreviados) e interesó el sobreseimiento provisional en otras dos.
El Juzgado Penal de Huesca dictó dos sentencias en esta materia, ambas condenatorias por conformidad.
Había diez procedimientos judiciales pendientes en tramitación al finalizar el año 2024.

5.2.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En esta Fiscalía ha habido un fiscal de la plantilla desempeña las funciones de delegado de la especialidad.
No se han tramitado Diligencias de investigación de Fiscalía en esta materia.
En la provincia de Teruel se incoaron en 2024 dos procedimientos judiciales penales por muerte imprudente en accidente laboral. Se incoaron también 35 procedimientos por lesiones graves en accidente laboral.
En cuanto a los procedimientos pendientes de años anteriores en tramitación durante 2024 se computan seis causas penales por diferentes tipos.
Escritos de calificación del Ministerio Fiscal por delito: No hubo en 2024, al igual que en 2023 (hubo 3 en 2022 y 1 en 2021). Constan cinco peticiones de sobreseimiento en procedimiento abreviado.
Resoluciones judiciales: en 2024 no se indican sentencias dictadas por los órganos judiciales en esta materia.

5.3. Medio ambiente y urbanismo

5.3.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Corresponde a un fiscal de esta Fiscalía desempeñar la función de fiscal especialista en esta materia. No se indican, en la Memoria de esta fiscalía provincial, cambios organizativos.
La Fiscalía delegada de Sala de Medio Ambiente de la FGE dirige y supervisa la especialidad y se mantiene una permanente comunicación con ella
En el año 2024 se incoaron 13 diligencias de investigación de fiscalía en materias de Medio Ambiente, Urbanismo, Flora y Fauna y Patrimonio Histórico (fueron 6 en 2022 y 2023 y 5 en 2021)). De ellas, ocho fueron en materia de medio ambiente, dos de ordenación del territorio y urbanismo, otras dos de flora y fauna y una de maltrato de animales domésticos. De ellas ocho fueron archivadas y el resto sigue en trámite.
Sobre los procedimientos judiciales incoados en el año 2024 en estas materias se da cuenta de un procedimiento de diligencias urgentes, 58 diligencias previas y 8 procedimientos abreviados.
De ellos uno en materia de medio ambiente, 6 de ordenación del territorio y urbanismo, 2 de patrimonio histórico, 4 de flora y fauna, 4 de incendios forestales, y 41 de maltrato de animales domésticos.
La Fiscalía presentó cinco escritos de calificación en procedimientos abreviados: cuatro por maltrato a animales domésticos y uno por delito contra la ordenación del territorio. Fueron sobreseídos 27 procedimientos.
En cuanto a las sentencias dictadas por los Juzgados de Zaragoza en el año 2024 se dice que fueron catorce, ocho condenatorias y seis absolutorias; de ellas: nueve en maltrato de animales domésticos, dos de incendios forestales, una de patrimonio histórico y dos en materia de ordenación del territorio.

5.3.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Corresponde a una fiscal de esta fiscalía la función de especialista en esta materia. Se ocupa de las diligencias de investigación de la Fiscalía y del seguimiento y calificación de los procedimientos con independencia del partido judicial de la provincia en que se produzcan los hechos.
Se incoaron en 2024 doce diligencias de investigación de Fiscalía, nueve en materia de ordenación del territorio y urbanismo y tres de flora y fauna. De ellas, la totalidad fueron archivadas en la Fiscalía. El año anterior 2023 fueron 6 y en 2022 ocho.
En relación con la actividad judicial, los procedimientos penales incoados en los diferentes Juzgados de Instrucción de la capital y de la provincia fueron un total de 34 (fueron 33 en 2023, 10 en 2022 y 20 en 2021). Se distribuyen en 22 diligencias previas y 12 procedimientos abreviados. De estos procedimientos la mayoría fueron por delito de maltrato de animales domésticos y genéricos de medio ambiente.
La Fiscalía presentó 4 escritos de calificación (fueron 6 el año anterior), corresponden dos a maltrato de animales domésticos y dos a flora y fauna.
Se da cuenta de seis sentencias dictadas por los Juzgados Penales de Huesca, todas ellas condenatorias, referidas: dos a medio ambiente, una a ordenación del territorio, una a incendios forestales y otras dos a maltrato de animales domésticos.

5.3.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En esta Fiscalía corresponde a un fiscal el desempeño de la función de delegado de esta especialidad en estrecha relación con la Fiscalía de Sala delegada.
Respecto de las diligencias de investigación de Fiscalía incoaron 28 en 2024 (fueron 18 en 2023, 32 en 2022 y 18 en 2021). De ellas, ocho referidas a medio ambiente, dos a ordenación del territorio y urbanismo, once a flora y fauna, dos a incendio forestal y cinco a maltrato de animales domésticos.
Diez de ellas finalizaron con la presentación de denuncia, catorce fueron archivadas y cuatro continúan en trámite.
Los procedimientos judiciales incoados en la provincia en el año 2024 fueron 37 (34 en 2023, 33 en 2022, 23 en 2021). Destacan por su elevado número los correspondientes a flora y fauna (11) y maltrato de animales domésticos (10). Además 8 fueron por medio ambiente, otros 4 por incendios forestales y 4 por ordenación del territorio y urbanismo.
Los Tribunales dictaron 7 sentencias en el año 2024 (fueron 7 en 2023, 9 en 2022, también 9 en 2021) seis condenatorias y una absolutoria.
La memoria realiza especiales consideraciones respecto de determinadas cuestiones, como los procedimientos en materia de maltrato de animales domésticos, la mortandad de aves protegidas mediante electrocución en líneas eléctricas y colisión con aerogeneradores que ha motivado la incoación de las diligencias pre procesales de investigación número 9/2024.
Se hace referencia, de forma genérica, a las denuncias y procedimientos judiciales incoados por el despliegue de instalaciones de energía renovable en la provincia, que suponen modificaciones de uso del suelo, construcción de viales, cimentaciones y cableados.
Se da cuenta también en la Memoria provincial de las relaciones con la Fiscalía de Sala, servicios especializados de la Guardia Civil y agentes de protección de la naturaleza.

5.4. Trata de personas y extranjería

5.4.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Una fiscal de esta Fiscalía ha desempeñado las funciones de fiscal delegada en materia de extranjería durante el año 2024. Su actuación se desarrolla conforme a las Instrucciones y Circulares de la Fiscalía General del Estado dictadas en esta materia, en coordinación con la Fiscalía de Sala Delegada.
En esta materia no se tramitaron diligencias de investigación de fiscalía.
En el año 2024 se autorizó la expulsión de siete ciudadanos extranjeros imputados en un proceso penal. Se trata del supuesto de expulsión previsto en el artículo 57.7 de la Ley de Extranjería, relativo a extranjeros procesados o imputados en un procedimiento penal por delito castigado con pena inferior a 6 años de prisión o con pena de distinta naturaleza y durante la instrucción del mismo. El año anterior 2023 también fueron siete, en 2022 se autorizó en dos ocasiones, en 2021 no hubo ningún caso y en 2020 fueron tres.
Durante el año 2024 no se ha solicitado en escrito de calificación la sustitución de la pena por la expulsión de un ciudadano extranjero comunitario, al igual que en 2023, 2022, 2021 y 2020.
Se efectuaron en la Fiscalía de Zaragoza, en 2024, 353 escritos de acusación o de calificación en los que se interesó la sustitución de la pena de prisión impuesta al acusado extranjero no comunitario por la expulsión de España, cifra superior a la de los años 2023, 2022 y 2021 en los que se solicitó en 223, 221 y 88 casos respectivamente.
Durante el año 2024 se dictaron por los Juzgados y Tribunales 143 sentencias en causas calificadas en períodos anteriores por delitos y en las que se solicitaba la sustitución de la pena de prisión impuesta al penado, cifra superior al año anterior (73). De ellas, cincuenta y dos acordaron la expulsión en la misma sentencia, en cuarenta y cuatro se acordó posponer la sustitución para ejecución, veinticuatro fueron absolutorias, en diecinueve se pospuso para decisión en ejecución de sentencia y en dieciocho no se valoró la expulsión porque se impusieron penas inferiores al año de prisión o por otras causas. El fiscal retiró en juicio la petición de expulsión por considerar que había arraigo en dieciséis procedimientos.
Durante la ejecución de la sentencia la fiscalía provincial realizó quince informes solicitando la expulsión del extranjero condenado y once oponiéndose a ella por entender que se había acreditado arraigo.
En cuanto al internamiento de extranjeros en situación irregular previo a la expulsión, durante el año 2024 se dictaron treinta y seis autos judiciales favorables al internamiento en CIE, se denegaron dos y se dictó un auto acordando el ingreso en la sala de inadmitidos del aeropuerto de Zaragoza para garantizar la devolución administrativa. De ellos se materializó la expulsión en veintitrés casos, quedando el resto en libertad, al no haber sido posible la ejecución.
En cuanto a la trata de seres humanos (artículo 177 bis CP), durante el año 2024 se incoaron cuatro procedimientos judiciales por este tipo delictivo, número superior a los incoados en el año 2023 que fueron dos. Se efectuó un escrito de calificación y no se dictaron sentencias por este tipo delictivo.
Por este mismo delito no se han incoado diligencias de investigación preprocesal de Fiscalía.
La principal prueba en estos delitos sigue siendo la declaración de la víctima en el juicio oral y el problema consiguiente es la dificultad que muchas veces se presenta por falta de localización de la misma, porque se ha podido trasladar de ciudad o incluso regresado a su país y, al faltar la prueba básica, puede dar lugar a sentencias absolutorias dejando impunes estas conductas.
La solución más adecuada al problema es la realización de prueba testifical preconstituida que se puede realizar en el Juzgado de Guardia con presencia de las representaciones letradas de las partes y del Ministerio Fiscal, grabándose la declaración y, en caso de no ser hallada la víctima y no comparecer el día del juicio, el visionado de la grabación suple la declaración con la misma validez que si estuviera presente.
Las víctimas que deciden denunciar pueden pedir acogerse a la consideración de testigo protegido para preservar su identidad. El principal problema es el temor de las víctimas-testigos a posibles represalias de los autores con los que en muchas ocasiones siguen trabajando o puedan tomar represalias contra sus familias en su país de origen, posibilidad frecuente porque muchos de los tratantes suelen ser del entorno de la víctima, del mismo pueblo o incluso de la propia familia. También pueden acogerse a las medidas de protección reguladas en los artículos 59 y 59 bis de la LEX colaborando con las autoridades para la investigación de los responsables de la trata.
En cuanto a los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (artículo 318 bis CP) durante el año 2024 se incoaron cinco procedimientos judiciales y se formularon cuatro escritos de calificación. Se dictó una sentencia por este tipo penal. No se tramitaron diligencias de investigación de Fiscalía.
Respecto a los delitos contra los derechos de los trabajadores extranjeros (artículos 311.2, 312.2 y 311 bis CP) en el año 2024 se incoaron nueve procedimientos judiciales, se presentaron ocho escritos de acusación y se dictaron dos sentencias por los Tribunales, una condenatoria y otra absolutoria.
En 2024 se han incoado cuatro procedimientos judiciales por delitos de prostitución coactiva (artículos 187-188 Código Penal).

5.4.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En esta Fiscalía corresponde a una Fiscal de la plantilla la función de Fiscal Delegado de Extranjería. Coordina esta materia bajo la supervisión del Fiscal Jefe y en relación con la Fiscalía de Sala Delegada correspondiente, con las atribuciones de cometidos indicados en la Instrucción 5/2007 y en las Circulares 2/2.006 y 5/2.011 de la Fiscalía General del Estado.
En el año 2024, en lo referido a los procedimientos penales, la Memoria de la Fiscalía Provincial indica que se solicitó la expulsión de extranjeros incursos en causas penales en noventa y ocho escritos de calificación. No se ofrecen datos en cuanto a internamientos acordados conforme al artículo 89-6 de la Ley de Extranjería ni sobre la medida cautelar de internamiento en CIE de extranjeros en situación irregular.
No dice la Memoria que se hubieren incoado, en el año 2024, procedimientos judiciales por delitos de trata de seres humanos y por delitos relativos a la prostitución coactiva. Sí se reseña la incoación de un procedimiento por delito contra los derechos de los trabajadores extranjeros y otro por delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. En esta última categoría se incoaron las diligencias de investigación de Fiscalía número 59/2024.

5.4.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Uno de los Fiscales de esta Fiscalía desempeña la función de Fiscal Delegado de extranjería.
Se tramitaron en el año 2024 dos expedientes referidos al internamiento preventivo de extranjeros en CIE para proceder a su expulsión. Fueron tres en 2023 y en 2022.
Respecto de las expulsiones sustitutivas en el proceso penal se emitieron nueve informes favorables a la expulsión. Fueron ocho en 2023 y en 2022.
Además, dentro del proceso judicial, se solicitó la expulsión en tres procedimientos judiciales, uno en el escrito de calificación, uno en sentencia y otro en trámite de ejecutoria.
En cuanto a los delitos de trata de seres humanos, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, de los trabajadores extranjeros y prostitución coactiva de extranjeros, durante el año 2024 se reseñan en la estadística de la Memoria de la Fiscalía Provincial un procedimiento judicial incoado sobre delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, otro sobre delitos contra los derechos de trabajadores extranjeros y también la tramitación de unas diligencias de investigación de fiscalía por trata de seres humanos. No se indica que se hubieren dictado sentencias.

5.5. Seguridad vial

5.5.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Una fiscal de la plantilla de esta fiscalía provincial actúa como delegada de seguridad vial en estrecha colaboración con la Fiscalía de Sala Delegada en esta materia.
La fiscal delegada asistió a las Jornadas de Especialistas organizadas por la Fiscalía General del Estado, que tuvieron lugar en Madrid en el mes de junio de 2024 e intervino como ponente en la Jornada, celebrada en Zaragoza, sobre «La aplicación de la reforma del sistema de valoración del daño corporal y el baremo de tráfico» en diciembre de 2024,
De la Memoria correspondiente al año 2024 de la fiscalía provincial de Zaragoza, resultan los siguientes datos de delitos en materia de seguridad vial, para la capital y toda la provincia:
Ha habido un aumento significativo en el número de accidentes con víctimas mortales en las carreteras de la provincia, 36 accidentes, con un total de 39 personas fallecidas. En el año 2023 fueron 26 los fallecidos, en 2022 fueron 23 y en 2021 fueron 20 las personas fallecidas.
La cifra total de accidentes, en 2024, con resultado de muerte o lesiones fue de 2.681 con un aumento respecto del año 2023, en el que hubo 2.425 accidentes.
En la fiscalía provincial no se incoaron Diligencias de investigación en materia de seguridad vial en el año 2024.
Las cifras totales de procedimientos incoados en esta materia son las siguientes: 211 diligencias previas, 832 diligencias urgentes, 73 procedimientos abreviados y un procedimiento de Tribunal del Jurado, resultando un total de 827 procedimientos calificados y 894 sentencias dictadas.
Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se incoaron 7 diligencias previas, 7 diligencias urgentes o juicios rápidos y 2 procedimientos abreviados. Se realizaron 16 escritos de calificación, habiéndose dictado un total de 9 sentencias.
En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se incoaron 479 diligencias urgentes o juicios rápidos, 100 diligencias previas y 25 procedimientos abreviados, con un total de 435 calificaciones. Se dictaron 434 sentencias.
Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se incoaron 19 diligencias previas, 13 juicios rápidos y 4 procedimientos abreviados. Se presentaron 14 escritos de calificación. Se dictaron 18 sentencias.
El artículo 381 del Código Penal tipifica el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás. En 2024 se incoó un procedimiento de Tribunal de Jurado que fue calificado y en el que se dictó sentencia.
En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 10 diligencias previas, 21 juicios rápidos y 5 procedimientos abreviados. Se calificaron un total de 20 delitos y se dictaron 20 sentencias.
Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 311 juicios rápidos, 74 diligencias previas y 37 procedimientos abreviados, con un total de 342 delitos calificados, habiéndose dictado 410 sentencias.
Por el delito de creación de otros riesgos para la circulación, del artículo 385 del Código Penal, se incoaron un procedimiento de diligencias previas y un procedimiento abreviado, que fue calificado. Se dictó una sentencia.

5.5.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Una fiscal de esta fiscalía provincial se ocupa, como fiscal especialista, de esta materia.
De la Memoria de la fiscalía provincial de Huesca referida al año 2024, resultan los siguientes datos estadísticos relacionados con la materia de Seguridad Vial:
La Fiscalía no tramitó diligencias de investigación en materia de seguridad vial.
En el año 2024 disminuyó el número de personas fallecidas en accidente de circulación, fueron 18, frente a los 20 del año 2023 y los 24 del año 2022. No obstante, el número total de accidentes con muertos o heridos ascendió en 2024, fueron 2.387 frente a los 2.335 del año anterior.
Las cifras totales de procedimientos judiciales incoados en el año 2024 en esta materia son las siguientes: 132 diligencias previas, 406 diligencias urgentes, 54 procedimientos abreviados y 303 sentencias dictadas. La fiscalía presentó un total de 410 escritos de calificación.
Respecto del tipo penal previsto en el artículo 379.1 del Código Penal (conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas) se tramitaron 3 procedimientos de diligencias previas y 8 diligencias urgentes. Se calificaron 14 procedimientos y se dictaron 8 sentencias.
En relación al delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del artículo 379.2 del Código Penal se tramitaron 208 diligencias urgentes, 51 diligencias previas y 15 procedimientos abreviados, con un total de 209 delitos calificados. Se dictaron 177 sentencias.
Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron 8 diligencias urgentes, 5 diligencias previas y 4 procedimientos abreviados, con un total de 8 delitos calificados. Se dictaron 6 sentencias.
El artículo 381 del Código Penal tipifica el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio para la vida de los demás. Se han tramitado 3 diligencias previas y 1 procedimiento abreviado. Se efectuaron 3 escritos de calificación.
En relación al delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas previsto en el artículo 383 del Código Penal se incoaron 21 diligencias urgentes, 10 diligencias previas y un procedimiento abreviado. Se calificaron un total de 20 delitos y se dictaron 12 sentencias.
Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384 del Código Penal, se incoaron en los Juzgados de Instrucción 161 diligencias urgentes, 60 diligencias previas y 33 procedimientos abreviados, con un total de 159 delitos calificados. Se dictaron 100 sentencias.
Por el delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, tipificado en el artículo 385 del Código Penal, en el año 2024, no se incoaron procedimientos ni se dictaron sentencias.

5.5.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Corresponde a una fiscal de esta Fiscalía el desempeño de la función de delegada de la especialidad,
En la Memoria correspondiente al año 2024 se recogen los siguientes datos estadísticos:
Se incoaron dos diligencias de investigación de fiscalía, ambas por delito de conducción sin permiso o teniéndolo retirado.
Se incoaron un total de 137 diligencias previas, 185 diligencias urgentes y 26 procedimientos abreviados. Se efectuaron 161 escritos de calificación y los juzgados dictaron 166 sentencias.
En cuanto a los tipos delictivos:
Respecto del delito de conducción a velocidad excesiva en vías urbanas o interurbanas, previsto en el artículo 379.1, se han incoado unas diligencias urgentes y un procedimiento abreviado. Se presentaron dos escritos de calificación y se dictaron dos sentencias.
Respecto del delito de conducción bajo influencia de las bebidas alcohólica, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 379.2, se tramitaron 116 diligencias urgentes, 82 diligencias previas y 11 procedimientos abreviados, con un total de 100 escritos de calificación y 102 sentencias.
Respecto del delito de conducción temeraria del artículo 380 del Código Penal se tramitaron cinco diligencias urgentes, tres procedimientos abreviados y siete diligencias previas, con un total de cinco escritos de calificación. Se dictaron ocho sentencias.
Respecto del delito de conducción con manifiesto desprecio para la vida de los demás previsto en el artículo 381 del Código Penal, no se han tramitado procedimientos ni dictado sentencias en 2024.
Respecto del delito de negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 383, se incoaron unas diligencias urgentes, un procedimiento abreviado y tres diligencias previas. Se presentó un escrito de calificación y se dictaron 2 sentencias.
Respecto del delito de conducción sin permiso o encontrándose privado del mismo, previsto en el artículo 384, se incoaron 62 diligencias urgentes, 45 diligencias previas y 10 procedimientos abreviados con un total de 53 calificaciones y 52 sentencias.
Respecto del delito de creación de grave riesgo para la circulación colocando obstáculos en la calzada o no restableciendo la seguridad de la vía, previsto en el artículo 385 del Código Penal, no se han incoado o calificados procedimientos ni dictado sentencias.

5.6. Menores

5.6.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la fiscalía provincial de Zaragoza la Sección de Menores está compuesta por cuatro Fiscales, una de ellas delegada de la especialidad. Además del trabajo de la Sección de Menores (reforma y protección), asisten a los juicios orales en un Juzgado de lo Penal y participan en un turno general de juicios penales en la Audiencia Provincial.
En Zaragoza hay dos juzgados de menores. Además, hay dos equipos técnicos, el Equipo de Medios Abierto (EMA), con trece educadores, y el Equipo de Menores de 14 años (EMCA), con cuatro educadores.
De la Memoria de 2024 de la fiscalía provincial resultan los siguientes datos:

5.6.1.1. REFORMA

En el año 2024 se incoaron 2.028 diligencias preliminares, 81 más que el año anterior (que fueron 1.947); de ellas 849 por hechos constitutivos de delito (761 en el año 2023); y 1.179 por hechos constitutivos de delitos leves (1.128 en el año 2023). Supone un evidente aumento en la incoación de procedimientos.
De estas 2.028 diligencias preliminares incoadas en el año 2024, 177 fueron archivadas por ser el autor menor de 14 años (193 en el 2023); 156 por desistimiento en la incoación del art. 18 LORPM (200 en 2023); y 1.011 por otras causas (677 en el 2023), tales como la falta de autor conocido, falta de hecho delictivo, prescripción de los hechos, acumulación a otros procedimientos… lo que supone en su totalidad el 66,27%, aproximadamente, del total de diligencias preliminares incoadas.
Respecto a los expedientes de reforma incoados en el año 2024, fueron 715, lo que supone una disminución de 87 expedientes respecto a los incoados en el 2023, año en el que se incoaron 802.
De estos 715 expedientes de reforma, 238 terminaron mediante una solución extrajudicial del art. 19 LORPM (conciliación-reparación), lo que supondría un 33,28 % de los incoados; y 35 terminaron por sobreseimiento del art. 27.4 LORPM (un 4,89 % de los incoados).
En los expedientes de reforma que continuaron en su tramitación, en el año 2024, se presentaron 481 escritos de alegaciones (acusación), 78 menos que en el año 2023 (559). Por tanto, se llegó a presentar escrito de alegaciones en 2024 en un 67,27% de los expedientes de reforma incoados.
Respecto a las sentencias dictadas por los dos Juzgados de Menores de Zaragoza en el año 2024, ascienden en su totalidad a 655, lo que supone 114 más que en 2023 y fueron en su mayoría condenatorias: 598 sentencias (509 en el año 2023), lo que supone un 91,29% de las mismas, frente a las absolutorias: 57 sentencias (42 en 2023).
De las sentencias condenatorias, 304 lo han sido con conformidad del menor acusado (frente a las 397 del 2023), y las 294 restantes sin conformidad (frente a las 113 del 2023), dictadas tras la celebración de la vista oral. Se interpusieron por las partes 63 recursos de apelación, (46 el año anterior) ninguno de ellos por el Ministerio Fiscal. No se interpusieron recursos de casación. Las restantes partes interpusieron 57 recursos de apelación.
En cuanto a los delitos contra las personas no hubo delitos de homicidio o asesinato doloso y se registraron 137 expedientes por delito de lesiones. Los delitos leves contra las personas fueron 328.
En cuanto a los delitos contra la libertad o indemnidad sexual los de agresión sexual fueron 8 (23 en 2023) y los de abuso sexual, fueron 4 (3 en 2023).
En las incoaciones por violencia doméstica la cifra ha sido inferior en el año 2024 (22), (fueron 55 en 2023); en los delitos de violencia de género se ha producido también una disminución, fueron 10 en 2024 frente a 35 en 2023.
Hubo un único procedimiento por delito contra la salud pública (10 en 2023).
Respecto a los delitos contra el patrimonio las cifras fueron variables, así las infracciones por hurto aumentaron hasta 547 (290 en 2023), de ellas el 81% aproximadamente lo serían por delito leve.
Los delitos de robo con fuerza disminuyeron a 61 (82 en 2023).
Los delitos de robo con violencia e intimidación disminuyeron a 87 (112 en 2023).
Los daños constitutivos de delito menos grave en la propiedad permanecieron en 58, igual que en 2023.
Los delitos de conducción sin permiso aumentaron respecto al año pasado, 18 en 2024 (12 en 2023) .
En el año 2024, al igual que en 2023, 2022, 2021 y 2020, no se produjeron delitos de extrema gravedad contra la vida de las personas; en 2.019 se produjo un asesinato cometido por menores.
Se ha producido en 2024 una disminución de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad, fueron 15, frente a 19 en 2023.
Se registraron también dos delitos de acoso escolar y un delito de odio.
En cuanto al número de menores sujetos a medidas de reforma sobre los que se ha intervenido en el año 2024 fueron 653 (522 en 2023).
Las medidas adoptadas en 2024 fueron 706 (802 en 2023).
Estas 706 medidas fueron: 14 de internamiento cerrado, 69 de internamiento semiabierto, internamiento terapéutico semiabierto 4, 360 de libertad vigilada, 29 de prohibición de acercamiento y comunicación, 9 de permanencias de fin de semana, 81 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 76 de tareas socioeducativas, 12 de convivencia con persona o grupo educativo, 18 de amonestación, 18 de internamiento cautelar y 288 reparaciones extrajudiciales.

5.6.1.2. PROTECCIÓN

En 2024 la Memoria de la Fiscalía Provincial no contiene datos generales relativos a protección de menores, apareciendo la mención «pendiente envío de datos por la entidad pública».
Se da cuenta de algunos datos parciales como la incoación de 43 nuevos expedientes de menores en situación de riesgo, 24 nuevos expedientes de menores en situación de guarda, 50 expedientes de menores en situación de tutela y 42 expedientes de determinación de edad de menas.
Se realizaron 15 visitas presenciales a centros de menores, 3 visitas al Centro de internamiento de Juslibol y 1 visita al centro de convivencia en grupo educativo.
No se tramitaron expedientes sobre ensayos clínicos o investigación biomédica, ni procedimientos de derechos fundamentales de menores carentes de representación familiar ni expedientes de sustracción internacional de menores.
En cuanto al absentismo escolar, en el curso 2023-2024, el número de casos derivados a Fiscalía de Menores por la Comisión de Absentismo fue de 27, frente a los 43 del curso anterior.

5.6.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En esta Fiscalía una fiscal cumple las funciones propias de Fiscal delegada de menores, interviniendo otros cinco fiscales en el trabajo propio de la Sección.

5.6.2.1. REFORMA

El número de diligencias preliminares incoadas en el año 2024 fue de 300 lo que supone una cifra notablemente inferior respecto del año anterior (375).
El número de desistimientos de incoación de procedimiento conforme al art. 18 de la LORPM en 2024 fue de 13, menor que el año anterior (17); en relación a las diligencias archivadas por ser el autor menor de 14 años fueron, en 2024, 56, menos que el año anterior (74). Por el concepto «otras causas» fue de 56 en 2024 frente a 107 en 2023. En total 125 desistimientos.
Al finalizar el año 2024 no había diligencias preliminares en trámite de años anteriores.
Se incoaron en el año 2024 un total de 140 expedientes de reforma frente a los 144 de 2023. De ellos, se presentó escrito de alegaciones (acusación) en 82 expedientes (en 2023 fueron 68). En 15 expedientes se alcanzaron soluciones extrajudiciales, en otros 6 se acordó el sobreseimiento y otros 39 se acordó el archivo, conforme al artículo 30.4 de la Ley Orgánica de Reforma y Protección de los Menores. Al finalizar el año estaban en trámite 51 expedientes de reforma.
En cuanto a las infracciones apreciadas en 2024 en los expedientes de reforma, hubo 30 delitos de lesiones, 16 de agresión sexual, 9 robos con fuerza, 14 robos con violencia o intimidación, 5 hurtos, 14 delitos de daños, 5 contra la salud pública, 7 de violencia doméstica, 4 de violencia de género, 4 de acoso escolar, 15 de conducción sin permiso, 1 de conducción temeraria y 2 bajo el concepto de «otros». Además 53 delitos leves contra el patrimonio o contra las personas.
Respecto de las medidas acordadas se impusieron 2 medidas de internamiento cerrado, 1 de internamiento semiabierto, 1 de internamiento terapéutico, 8 de permanencia de fin de semana, 12 de libertad vigilada, 15 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 2 de convivencia familiar/educativa, 6 de tareas socioeducativas, 3 amonestaciones y 19 prohibiciones de aproximación y comunicación. Se tramitaron un total de 98 expedientes de ejecución.
En cuanto a las sentencias fueron 101 condenatorias, 46 de ellas por conformidad, y 15 absolutorias. El Ministerio Fiscal no interpuso recursos de apelación o casación, pero sí tres recursos de apelación contra autos de medidas cautelares.

5.6.2.2. PROTECCIÓN

En el año 2024 se tramitaron 131 nuevos expedientes de protección. Fueron 203 el año anterior.
De ellos 60 de tutela automática tras comunicación de la entidad pública, 24 de guarda tras igual comunicación y 47 abiertos respecto de menores en situación de riesgo.
Al finalizar el año 2024 había un total de 224 expedientes en trámite, con independencia del año de incoación.
No hubo procesos judiciales relativos a impugnaciones de medidas protectoras acordadas por las Entidades Públicas respecto de menores, de mendicidad con menores o de derechos fundamentales. No se registran en la estadística de esta Fiscalía procesos judiciales relativos a adopciones ni expedientes sobre acogimiento. Se citan 7 expedientes por absentismo escolar.
Se realizaron tres visitas a centros de protección de menores.
Se produjo una disminución en la tramitación de expedientes de determinación de edad sobre MENAS (Menores no acompañados). Fueron 10 en 2022, 56 en 2023 y 18 en 2024.

5.6.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Uno de los Fiscales de esta fiscalía provincial se encuentra designado como Fiscal Delegado de menores.

5.6.3.1. REFORMA

En el año 2024 se incoaron:
107 diligencias preliminares. Fueron 116 en 2023. De esas 107 diligencias, se archivaron por referirse a menores de 14 años de edad 30, otras 15 se archivaron por desistimiento en la incoación y 26 por otras causas. Al finalizar el año había 6 procedimientos en trámite.
En cuanto a los expedientes de reforma en 2024 se han incoado 37 (fueron 40 en 2023). En 7 expedientes se alcanzaron soluciones extrajudiciales y se formularon 30 escritos de alegaciones. No había expedientes pendientes en trámite al finalizar el año 2024.
Las infracciones penales por las que se iniciaron las diligencias fueron en cuanto a los delitos: lesiones: 33, agresión sexual: 8, robo con fuerza: 9, robo con violencia: 3, hurto: 5, daños: 17, contra la salud pública: 2, conducción sin permiso: 6, violencia doméstica: 4, atentado, resistencia y desobediencia grave: 2, acoso escolar 9, otros: 8. En cuanto a los delitos leves se apreciaron 7 infracciones contra el patrimonio y 18 contra las personas.
El Juzgado de Menores de Teruel dictó 13 sentencias, de ellas 11 condenatorias y 2 absolutorias, la totalidad de las condenatorias por trámite de conformidad. No se interpusieron recursos de apelación por la fiscalía.
En cuanto a las medidas impuestas se acordaron: 3 de libertad vigilada, 1 de permanencia en fin de semana, 8 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 3 de medidas de protección y alejamiento. Se tramitaron en el año un total de 13 expedientes de ejecución.

5.6.3.2. PROTECCIÓN

De la Memoria de la fiscalía provincial de Teruel resultan los siguientes datos estadísticos en 2024:
Se tramitaron un total de 101 expedientes, de ellos:
Expedientes de tutela automática tras comunicación de la entidad pública: 51
Expedientes de guarda incoados tras comunicación de la entidad pública: 7
Expedientes de protección abiertos a menores en situación de riesgo: 36
Había un total de 171 expedientes de protección en trámite al finalizar el año 2024.
Además, la Fiscalía de menores tuvo la siguiente actividad:
Intervención en impugnaciones de medidas acordadas por una entidad pública respecto de menores en protección: 2
Intervención en adopciones: 9
Decretos de determinación de edad de menores de edad no acompañados: 7
Visitas a centros de protección de la provincia: 5.

5.7. Cooperación penal internacional

5.7.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Una fiscal de esta fiscalía provincial tiene encomendado el despacho de esta especialidad.
En el año 2023 se tramitaron 62 expedientes de cooperación internacional, en concreto, 30 órdenes europeas de investigación, 21 comisiones rogatorias y 11 auxilios fiscales, sin que se hayan registrado reconocimientos mutuos ni dictámenes de servicio.
El año 2023 se incoaron 66, en 2022 fueron 76 y en 2021 se tramitaron 90.
Todos ellos, menos dos, uno procedente de Suiza y otro del Reino Unido de Gran Bretaña, se recibieron de Estados miembros de la Unión Europea.
El desglose de las europeas fue el siguiente: Alemania 11, Austria 7, Portugal 10, Rumanía 3, Francia 12, República Checa 3, Polonia 5, Eslovaquia 2, Bélgica 2, Grecia 1, Italia 1 y Letonia 1.
La vía de transmisión sigue siendo mayoritariamente la comunicación directa, bien por correo ordinario, bien por correo electrónico.
La mayoría de las solicitudes de cooperación tenían por objeto la obtención de información sobre cuentas y operaciones bancarias, así como declaración de sus titulares o apoderados en calidad de investigados o de testigos. En otras, se solicitaron notificaciones de sanciones, requerimientos, y entrega de documentos. También la transmisión de denuncias al amparo del artículo 21 del artículo 21 del Convenio de Asistencia Judicial en materia penal de 20 de abril de 1959.
Entre las actividades delictivas investigadas, de naturaleza diversa, destaca la Memoria la investigación, requerida desde Francia, por proxenetismo agravado y trata de seres humanos en el seno de una organización criminal.
Como en años anteriores, la mayoría de las peticiones no precisaron de judicialización y fueron ejecutadas por esta Fiscalía, muchas de ellas a través de las Unidades de Policía Judicial. No obstante, tres de ellas, precisaron intervención judicial al afectar a derechos fundamentales como el secreto de comunicaciones.

5.7.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Indica la Memoria de esta Fiscalía que corresponde a una fiscal de la plantilla el cumplimiento de las funciones de cooperación internacional, conforme a lo establecido en las Instrucciones de la Fiscalía General del Estado 2/2003 sobre actuación y organización de las Fiscalías en materia de Cooperación Jurídica Internacional y 1/2011 sobre funciones y facultades de Fiscal de Sala Coordinador de Cooperación Penal Internacional.
Por lo que se refiere a las actuaciones relativas a la asistencia judicial internacional desarrolladas por el Ministerio Fiscal durante el año 2024 se tramitaron trece órdenes europeas de investigación pasivas. Procedían de Francia (4), Polonia (4), Grecia (2), Italia, Portugal y Bélgica, una en cada caso. Fueron siete el año anterior 2023.
Respecto los expedientes de reconocimiento mutuo se tramitaron cuatro, procedentes de Colombia, Suiza, Reino Unido y Francia
Finalmente, se indica que se atendieron dos solicitudes de auxilios fiscales procedentes de otras fiscalías españolas, Barcelona y Vizcaya.

5.7.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Una fiscal de esta fiscalía desempeña las funciones de fiscal delgada de esta especialidad.
Durante el año 2024 se han tramitado un total de seis expedientes: dos dictámenes de servicio, tres órdenes europeas de investigación y un auxilio.
El pasado año 2023 fueron siete, en 2022 fueron diecisiete y en 2021 fueron doce.
Los países remisores de los expedientes fueron: Polonia, Austria, Alemania, Luxemburgo y Rumanía
En relación a los tipos delictivos perseguidos destaca el de estafa informática (3).
La Fiscal delegada participó en las Jornadas de especialistas organizadas por la Fiscalía de Sala delegada en el mes de noviembre de 2024 y en el Curso de Delincuencia Transfronteriza y Equipos Conjuntos impartido por la Fiscalía General del Estado en el mes de febrero de 2024.

5.8. Criminalidad informática

5.8.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la Fiscalía Provincial de Zaragoza una de las fiscales de la plantilla desempeña la función de delegada en materia de delitos informáticos.
La delegada se refiere en la Memoria a que los datos de procedimientos incorporados a las estadísticas provinciales en esta especialidad de delincuencia informática no son completos por lo que considera conveniente una mayor implicación en el registro estadístico. La principal dificultad radica en la pluralidad de tipos delictivos (contra las personas, contra la libertad, contra el patrimonio, contra el honor) que se vinculan con la especialidad sólo por la forma de comisión (uso de las TIC´s).
Considera más completos los informes estadísticos de criminalidad informática elaborados por el Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía Nacional (UDYCO) y por el EDITE, grupo de investigación tecnológico de la Guardia Civil.
Destaca también la actuación de estos Grupos en las labores de investigación y persecución de los delitos.
La Policía Nacional recibió 6.500 denuncias en 2024 (fueron 4.892 en 2023, 5.264 en 2022 y 4.033 en 2021) relativas a delitos cometidos mediante TIC’s.
El EDITE de la Guardia Civil recibió 2.483 denuncias en 2024 (fueron 1.351 denuncias en 2023, 981 en 2022 y 761 en 2021) en el mismo tipo de delitos.
Muchas de ellas, la mayoría, no dieron lugar a procedimientos judiciales al desconocerse la autoría del hecho denunciado.
Como procedimiento de mayor trascendencia incoado en el año 2024 la Memoria se refiere a las diligencias previas n.º 1.415/2024 del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Zaragoza, sobre estafas informáticas, mediante llamadas fraudulentas a teléfonos móviles, procedimiento en el que las personas investigadas se vinculan a otros dos procedimientos tramitados en el Juzgado de Instrucción n.º 3 (diligencias previas 3.136/ 2023 y 3009/ 2023). En el mes de diciembre de 2024 se produjo la intervención de la Guardia Civil que llevó a la detención de los investigados y a la incautación de pruebas materiales de los delitos
Datos estadísticos de la Fiscalía:
Durante el año 2024 en la Fiscalía de Zaragoza se incoaron cinco diligencias de investigación preprocesal por hechos en los que se habían utilizado TIC’s en la realización de la actividad criminal.
En cuanto a procedimientos judiciales, según la Memoria de la fiscalía, se incoaron en total 1.835 procedimientos. Hay que tener en cuenta que si no hay autor conocido la denuncia policial no da lugar a la incoación de procedimiento.
Atendiendo a los tipos delictivos, se trata de 165 procedimientos por amenazas, 20 por acoso, 11 de pornografía infantil, 15 por acoso sexual a menores, 28 por otros delitos contra la libertad sexual, 55 por difusión de imágenes intimas sin consentimiento, 54 por otros delitos de revelación de secretos, 1.473 por estafas, 1 por daños informáticos, 10 por delitos contra la propiedad intelectual y 2 por falsedades mediante el uso de TIC´s.
Entre las estafas hay un porcentaje mayoritario, muy elevado, de delitos leves. Corresponden a numerosas denuncias por estafas de escasa cuantía cometidas en la web.
En cuanto a los escritos de calificación del Ministerio Fiscal, se da cuenta de 307 escritos de calificación, los más numerosos por delitos de estafa, acoso y descubrimiento y revelación de secretos.
Se da cuenta también 163 sentencias, de ellas 157 condenatorias (41 por conformidad) y 6 absolutorias.

5.8.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En la Fiscalía Provincial de Huesca una fiscal de la plantilla desempeña la función de Fiscal Delegado, en coordinación con la Fiscalía de Sala.
La fiscal delegada da cuenta de la reunión que se convocó el 24 de abril en la sede de la fiscalía provincial con los mandos de la Policía y de la Guardia Civil para establecer una coordinación en esta materia en lo relativo a estadística y registro y en el desarrollo de las respectivas competencias.
En el año 2024 la Guardia Civil recibió, en Huesca, 1.436 denuncias por delitos relacionados con las TIC’s. Fueron 1.320 el año anterior. De ellas 307 denuncias fueron por delitos leves.
En cuanto a la Policía Nacional, en la Comisarías de Huesca, se recibieron en 2024 un total de 438 denuncias, de ellas 107 por delitos leves.
Se tramitó un procedimiento de diligencias de investigación preprocesal en la Fiscalía en 2024, por delito de estafa.
En los datos estadísticos se reflejan un total de 51 procedimientos judiciales incoados por delitos relacionados con las TIC’s. De ellos, los más numerosos, 32 por delito de estafa,
Se da cuenta en la tabla estadística de otros 31 escritos de calificación del Ministerio Fiscal, por amenazas, por pornografía infantil, la mayoría por estafa (21) y por falsedad.
En cuanto a las sentencias condenatorias dictadas se hacen constar un total de 39, de ellas 34 condenatorias y 5 absolutorias, la mayoría de ellas dictadas por delito de estafa.

5.8.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Un fiscal de la Fiscalía Provincial de Teruel desempeña la función de delegado de esta especialidad.
De la estadística de la Memoria de la Fiscalía Provincial correspondiente al año 2024 resulta que en los diferentes Juzgados de la capital y provincia se incoaron 158 procedimientos judiciales por diferentes infracciones penales cometidas por medios informáticos o utilización de TIC’s.
Los más numerosos (143) fueron los procedimientos incoados por delito de estafa. También se incoaron once por amenazas o coacciones, uno por acoso, uno por pornografía infantil, uno por difusión de imágenes íntimas y uno por descubrimiento y revelación de secretos.
No se tramitaron diligencias de investigación de Fiscalía.
Se presentaron 33 escritos de calificación, de ellos 26 por estafa, 1 por acoso, 5 por amenazas y 1 por difusión de imágenes íntimas.
En cuanto a las sentencias, se dictaron 25, la mayoría de ellas condenatorias (19), seis de ellas por conformidad.

5. 9. Protección de las personas con discapacidad y mayores

5.9.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En esta fiscalía provincial funciona una sección, integrada en 2024 por seis fiscales, que se ocupa del despacho de los procedimientos civiles y mercantiles, además de los laborales.
Son de gran relevancia en esta fiscalía los procedimientos referidos a personas con discapacidad y también a los mayores que, por presentar alguna enfermedad invalidante, requieren una especial asistencia tanto desde el punto de vista de su guarda personal como de la gestión y protección de su patrimonio.
Nuevamente se destaca la relevancia legal de la intervención de la fiscalía puesto que el artículo 3.7 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal le atribuye la función de «Intervenir en los procesos civiles que determine la ley cuando esté comprometido el interés social o cuando puedan afectar a personas menores, incapaces o desvalidas, en tanto se provee de los mecanismos ordinarios de representación» y el artículo 749 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se refiere especialmente a los procesos sobre discapacitación y a la preceptiva intervención del Ministerio Fiscal en los procesos relativos a capacidad, filiación, matrimonio y menores siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal.
De los datos incluidos en la Memoria de esta fiscalía provincial del año 2024 cabe destacar:
El número de diligencias de fiscalía preprocesales civiles fue similar. En 2024 se iniciaron 284, en 2023 fueron 249 y en 2022 se incoaron 246.
De ellas, 213 correspondieron al partido judicial de Zaragoza, 28, en conjunto, a los partidos de Tarazona, Ejea de los Caballeros y Caspe y 43 a los partidos correspondientes a la Sección Territorial de Calatayud de la Fiscalía Provincial, es decir, Calatayud, Daroca y La Almunia de Doña Godina.
Como consecuencia de estas diligencias, la fiscalía provincial presentó un total de 169 escritos, 18 demandas de juicio verbal y 151 de jurisdicción voluntaria en materia de discapacidad.
Fueron 189 en 2023, 138 en 2022 y 355 en 2021.
En otras 122 diligencias preprocesales se acordó el archivo, por diferentes causas.
Las visitas a las residencias y centros de mayores se han intensificado, se efectuaron 41 visitas a centros asistenciales, bien presenciales, bien virtuales.
Como en años anteriores, la mayor parte de las causas de discapacidad recogidas en las sentencias dictadas son las relativas a personas afectadas de demencias (seniles, vasculares, mixtas, fronto-temporales, Alzhéimer, Parkinson, neurodegenerativas, deficiencias mentales congénitas, demencia en cuerpos de Lewy,…) que comportan deterioros cognitivos graves y otras circunstancias que han llevado a la persona a un daño cerebral de consideración (accidente cerebrovascular, traumatismo craneoencefálico, ataxia…).
En relación con la inmovilización o restricción de la capacidad física o intelectual por medios mecánicos o farmacológicos se reitera en la Memoria que la Consejería de Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, en sus recomendaciones generales, insta a los centros para que aborden planes del cuidado de residentes que prevean erradicar el uso de sujeciones en la práctica asistencial, recordando que ha de garantizarse la autonomía del residente y el uso racional e individualizado de las sujeciones físicas y farmacológicas. Así no podrán ser sometidos a ningún tipo de inmovilización o restricción de la capacidad física o intelectual por medios mecánicos o farmacológicos sin prescripción y supervisión facultativa, salvo que exista peligro inminente para la seguridad física de la persona usuaria o de terceras personas.
En 2024 no se han emitido informes sobre autorización de contención en centros asistenciales, al igual que en 2023. En las visitas realizadas a los centros asistenciales se ha puesto de manifiesto una progresiva y significativa disminución de los medios de contención, tanto físicos como farmacológicos, apreciando que se utilización se efectúa por prescripción médica y con información a los familiares.
Los dos Centros Psiquiátricos remiten informes periódicos a la Fiscalía respecto de los medios de contención utilizados con indicación de todos los datos que se requieren.
En relación a los Patrimonios Protegidos, se pone de manifiesto que la entrada en vigor de la Ley 3/2024 de reforma del CDFA ha supuesto la exención de la obligación de rendición periódica de cuentas cuando el administrador del patrimonio protegido sea la propia persona con discapacidad beneficiaria del patrimonio o sus progenitores (artículo 45.7.4 CDFA). La Fiscalía lo valora positivamente ya que se evita a los progenitores una molesta obligación. En los controles llevados a cabo en años anteriores no se detectó mala praxis ni administración negligente en caso alguno.
El 2 de noviembre de 2023 comenzó a ejercitar sus funciones la nueva entidad tutelar pública Fundación para el Apoyo a la Autonomía y Capacidades de Aragón que sustituye a la anterior Comisión de Tutelas y Defensa judicial de Adultos, culminando un proceso de cambio que ha tenido una vacatio legis de 12 meses.
Durante el año 2024 la fiscalía provincial emitió 2.812 informes en expedientes de rendición de cuentas presentadas por tutores en relación con personas de discapacidad.
Las cifras estadísticas de la Sección en materia de discapacidad refieren: 18 demandas de discapacidad, presentadas conforme a la LEC en juicio verbal y 151 solicitudes de jurisdicción voluntaria.
En los Juzgados se tramitaron 478 procedimientos de autorización o aprobación judicial en materia de discapacidad, 832 procedimientos de internamiento, 8 de medidas cautelares previas al internamiento, 3.322 procedimientos de revisión de cuentas, 37 expedientes de revisión de medidas, 32 de protección de patrimonio conforme a la Ley 15/2015, y 185 de provisión de medidas de apoyo conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria.

5.9.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Señala la Memoria de esta Fiscalía que en el año 2024 se incoaron 60 diligencias preprocesales en materia de discapacidad o de modificación de la capacidad de las personas. Fueron 81 en 2022 y 47 en 2023.
Se efectuaron 5 visitas a centros asistenciales con discapacitados.
El Ministerio Fiscal presentó 41 demandas para reclamar la provisión de apoyos a personas. También se registraron en los juzgados 62 demandas de particulares.
Por los Juzgados se dictaron durante el año 2024 un total de 94 sentencias en juicio verbal de discapacidad y 154 autos ante solicitudes presentadas conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria en materia de discapacidad.
También consta en la Fiscalía la intervención en 412 procedimientos de internamiento no voluntario en centros médicos o asistenciales, 44 de protección patrimonial, 136 procedimientos de rendición de cuentas y 165 de revisión de medidas ya adoptadas.

5.9.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En el año 2024 y como consecuencia de la modificación de la distribución de trabajo son tres los fiscales de la fiscalía los encargados de esta especialidad. Se diferencia entre los procedimientos de los Juzgados de Teruel y Calamocha y los de Alcañiz, correspondiendo estos últimos a una fiscal de esa Sección Territorial.
En el año 2024, en esta fiscalía provincial se incoaron 64 diligencias preprocesales en materia de discapacidad. Entre ellas dos por constitución de patrimonio protegido conforme a la Ley n.º 41/2.003 y una de protección de derechos fundamentales.
Se llevan también controles semestrales de personas ingresadas en internamientos psiquiátricos y no se han tramitado diligencias preprocesales por uso de medios de contención físicos o farmacológicos.
La fiscalía 62 solicitudes para la provisión de apoyos conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria y por particulares se presentaron otras 43 solicitudes de la misma naturaleza.
En cuanto a los procedimientos judiciales en que intervino, se dictaron 15 sentencias ante demandas tramitadas en juicio verbal conforme a la LEC y 52 autos ante solicitudes tramitadas conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Consta también la intervención con emisión de dictamen en 39 procedimientos de autorización judicial, 96 internamientos, 348 rendiciones de cuentas, 53 de revisión de medidas y 35 dictámenes genéricos de la Ley 15/2.025.

5.10. Delitos de odio y discriminación

5.10.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Una fiscal de la Fiscalía Provincial de Zaragoza desempeña la función de delegada de esta especialidad.
La Memoria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, en cuanto a la actividad institucional, la Fiscal Delegada da cuenta de las reuniones con representantes de la Guardia Civil (Grupos REDO) y Policía Nacional (EVO) Brigada Provincial de Información de la Jefatura Superior de Policía de Aragón y Brigada de Participación Ciudadana; se señala la existencia de fluida comunicación, así como las indicaciones trasladas en orden a la remisión de atestados a la fiscalía señalando, en cada caso, los factores de polarización.
Así mismo, se mantuvo una reunión con el Grupo Sexto de la Brigada Regional de Información, con competencia en la investigación de los delitos de odio incluidos en el ámbito de la violencia en el deporte y la ultraderecha.
En el ámbito de la sociedad civil, se señala la reunión mantenida con la Fundación de Secretariado Gitano y los contactos sostenidos para temas concretos con diferentes fundaciones y asociaciones que trabajan con colectivos vulnerables, inmigrantes y extranjeros, como la Fundación CEPAIN y ACCEM.
Se hace mención de la existencia de iniciativas institucionales de interés en esta materia, como la Oficina de Solidaridad puesta en marcha para la atención de víctimas del delito de odio, racismo, xenofobia y discriminación, con colaboración del Gobierno de Aragón y el Movimiento contra la Intolerancia; y la existencia de un servicio gratuito de orientación y asistencia jurídica especializado en materia de igualdad de trato, no discriminación y delitos de odio.
En relación a los datos estadísticos, en el año 2024 se recibieron 20 atestados policiales (21 en 2023, 23 en 2022 y 26 en 2021) en la Sección de la Fiscalía de Odio y Contra la Discriminación siendo la mayoría por hechos de escasa relevancia penal (insultos puntuales, o expresiones verbales proferidas con motivo de otros hechos), que podrían constituir vejaciones de carácter leve, hoy despenalizadas en el CP.
No se han incoado diligencias previas por los delitos tipificados como delitos de amenazas dirigidas a atemorizar a grupos determinados de personas, art 170.1 del CP; de tortura por discriminación, art. 174 del CP; de trato degradante con grave menoscabo a integridad moral, con móvil discriminatorio, art 173.1 CP; de discriminación en empleo público o privado, art. 314 del CP; de fomento, promoción, incitación al odio, hostilidad, discriminación o violencia, art 510.1 a, b y c del CP; enaltecimiento o justificación de delitos de odio, art 510.2. b del CP; de denegación de prestaciones públicas y privadas, arts. 511 y 512 del CP; de asociación ilícita para promover la discriminación, el odio o la violencia, art 515,4 del CP; o contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y el respeto a los difuntos, arts. 522 al 525 del CP.
Se han tramitado 9 diligencias previas en esta especialidad: dos de ellas calificadas, una por delito de amenazas con la agravante de discriminación del art.22.4 del CP y la segunda por delito de lesiones con la agravante de discriminación por identidad sexual; en relación a las restantes diligencias previas, tres fueron sobreseídas, una calificadas como delito sin componente de odio o discriminación, una fue transformada en delito leve, y las dos restantes están pendientes de finalizar la instrucción y/o calificación. Los motivos de discriminación en dichas diligencias han sido racismo o xenofobia, por ideología, por razón de identidad sexual o discapacidad.
En la Jurisdicción de Menores ha habido un único expediente de reforma incoado por delito de odio.
En el año 2024, se incoaron en la Fiscalía Provincial de Zaragoza dos diligencias de investigación relativas a esta materia, motivadas por sendos escritos de un ciudadano formulados de forma genérica y no concreta; ambas fueron archivadas.
Respecto de las sentencias dictadas se reseñan dos, resoluciones. La sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en el SO 638/21, que condenó a los acusados por un delito de lesiones dolosas del 147.1 del CP, en concurso con un delito de lesiones por imprudencia grave del 152.1. 2.º del CP, en relación con el art 149 del CP. La resolución no apreció la agravante del art 22.4 CP, al entender que no quedaba acreditado que la víctima y sus amigos tuvieran una ideología de extrema derecha; si bien, la sentencia hace referencia a que los acusados actuaban en la creencia errónea de que profesaban esa ideología, no estado vigente en la fecha de los hechos la reforma operada por LO 8/2021, de 4 junio, que introdujo en el art. 22.4del CP el párrafo «con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recae la conducta».
La segunda sentencia es la dictada por el Juzgado Penal n.º 2 de Zaragoza, PA 113/24, que condenó al acusado por un delito de odio del art 510.2 a) y un delito de acoso del art 172 ter 1.º y 4.º, todos ellos del CP.

5.10.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Una fiscal de esta Fiscalía Provincial tiene encomendada la función de Fiscal delegada en materia de delitos de odio y discriminación en la provincia.
Señala la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca que en el año 2024 constan incoadas dos causas que pueden ser constitutivas de delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la CE con la concurrencia de la circunstancia agravante prevista en el art. 22.4 del CP. De las mencionadas causas se ha dado oportuno traslado a la Unidad de Delitos de Odio y Discriminación de la FGE; en ambos casos, los hechos investigados son agresiones físicas por motivos ideológicos u el origen nacional.
Durante el año 2024 no consta que se haya presentado escritos de acusación o dictado sentencias por delitos comprendidos en esta especialidad.
No se han incoado diligencias de investigación en la Fiscalía Provincial de Huesca en materia de delitos de odio y discriminación.

5.10.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Refiere la Memoria de esta Fiscalía que, en el primer semestre del año 2024, se llevó a cabo una reunión con los representantes de ACCEM, asociación que trabaja en favor de personas vulnerables, refugiadas y migrantes, para estudio y valoración de protocolos de actuación.
En el segundo semestre, la Fiscal Delegada se reunió con la Unidad de la Guardia Civil encargada de estos delitos (EDOA) con el fin de organizar la comunicación y solventar posibles dudas, estando previste una próxima reunión con el equipo de la Policía Nacional encargado de la investigación de este tipo de delitos.
Se incoaron unas diligencias de investigación de fiscalía en esta materia, a raíz de una denuncia del colectivo asociación Confederación de Entidades para la Defensa de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Aragón (COCEMFE Aragón) y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Aragón (CERMI Aragón), con motivo del espectáculo cómico taurino, denominado Popeye Torero, que se iba celebrar a principios de julio con ocasión de las fiestas de la Vaquilla en Teruel. Las diligencias fueron archivadas por no apreciarse indicios mínimos de criminalidad para inferir la comisión de un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, previsto y penado en el art. 510.2.a) del Código Penal.
Se incoaron dos diligencias previas ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Teruel, archivándose una de ellas por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito y estando las segundas en trámite de instrucción, siendo objeto de la investigación una presunta agresión y amenazas por razón de la orientación sexual de la víctima.
No se presentaron escritos de acusación por alguno de los delitos de odio o discriminación.
No consta se hayan dictado sentencias por este tipo de delitos o aplicando en ellas la agravante prevista en el art. 22.4 del CP.

5.11. Derechos humanos y memoria democrática

Las memorias de las Fiscalías Provinciales de Zaragoza y Huesca refieren la normativa aplicable en esta especialidad y la derogación de la normativa autonómica en materia de memoria democrática.
La Ley 14/18 de 8 de noviembre de 2.018 de Memoria democrática de Aragón fue derogada por las Cortes de Aragón por Ley 1/24 de 15 de febrero de 2024.
El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de España, invocando en su recurso el art. 161.2 de la CE. El TC suspendió cautelarmente la vigencia y aplicación de la norma impugnada. El recurso de inconstitucionalidad está actualmente pendiente de resolución.
No ratificada o levantada la suspensión en el plazo de cinco meses previstos en la norma constitucional, la derogación tiene efectos plenos en Aragón, siendo de aplicación la normativa estatal: la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática (LMD), el Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, sobre declaración de reparación y reconocimiento persona a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura y el Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la guerra civil y de la dictadura de la Administración General del Estado, publicado en BOE de 27 de septiembre de 2011.

5.11.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

Desde septiembre de 2024, una fiscal de la Fiscalía Provincial es la Fiscal Delegada en esta especialidad.
Durante el año 2024, no constan Procedimientos de exhumación de restos humanos de víctimas del art. 3 dela Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática (LMD).
Jurisdicción Penal: No ha habido actuaciones por parte del Ministerio Fiscal en esta especialidad.
Jurisdicción Civil: Se han recibido solicitudes de ciudadanos en relación con hechos acaecidos durante la Guerra Civil relativos a personas de su entorno, que fueron asesinadas o encarceladas durante dicho periodo por las que se han incoado dos diligencias preprocesales. En ambos supuestos se ha solicitado documentación complementaria a efectos de valorar la presentación de demanda de jurisdicción voluntaria al amparo del art. 80 bis de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, para proceder a la reparación simbólica y declaración de los encarcelamientos o asesinatos como injustos.
Jurisdicción contencioso-administrativa. No ha habido actuaciones en la jurisdicción contencioso-administrativa.
Se señala en la memoria la tramitación de diligencias de investigación preprocesal, relativas a las bombas expuestas en la Basílica del Pilar, incoadas tras la presentación en la Fiscalía por un ciudadano particular de diversa documentación y solicitud de revocación de su reconocimiento como armas históricas y de la concesión de la condición de coleccionista de armas al Cabildo Metropolitano de Zaragoza, considerando su exhibición una exaltación del franquismo y alegando la falta de autenticidad de las mismas. Las citadas diligencias están a cargo de la Fiscal Delegada por tratarse de un tema relacionado con la Ley de Memoria Democrática
En relación a esta cuestión, la institución de El Justicia de Aragón se pronunció en el sentido de que se trataba de una mera curiosidad turística, que no ponía en riesgo la convivencia pacífica de la sociedad. Se han llevado a cabo diversas diligencias solicitando a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil información en relación a la concesión al Cabildo de la condición de coleccionista y la autenticidad de indicadas bombas las mismas.

5.11.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En 2024 se nombró Fiscal Delegada de la especialidad a una fiscal de esta fiscalía que se hace cargo de esta materia.
En la memoria se hace referencia a diversos archivos históricos que contiene documentación como los expedientes de responsabilidades políticas y expedientes de depuración del Archivo Histórico Provincial de Huesca, los expedientes carcelarios de la provincia de Huesca, repartidos entre el Archivo Histórico Provincial de Huesca y el depósito de la Cárcel de Zuera, el portal Documentos y Archivos de Aragón DARA, dependiente del Gobierno de Aragón, el buscador PARES dependiente del Ministerio de Cultura así como el Archivo de Información de la Cruz Roja. Así mismo, se relata reuniones mantenidas por la fiscal delegada de esta especialidad con la Asociación por la Recuperación de la Memoria Histórica de Aragón y el Círculo Republicano Manolín Abad de Huesca
Procedimientos de exhumación de restos humanos de víctimas del artículo 3 de la LMD. En este apartado no se ha recibido en la Fiscalía de Huesca comunicaciones de hallazgos de restos humanos que puedan corresponder a las personas desaparecidas durante la guerra civil o la dictadura franquista a que se refiere el artículo 16 de la LMD.
Jurisdicción penal. No se han incoado diligencias de investigación y procedimientos judiciales que tuviesen por objeto delitos contra la comunidad internacional comprendidos en el capítulo I, II, II bis, III y IV del Título XXIV del Libro II del CP y sus delitos conexos (delitos contra el derecho de gentes del arts. 605 y 606, delito de genocidio del art. 607, delito de lesa humanidad del art. 607 bis y delitos contra las personas y bienes en caso de conflicto armado previstos en los art. 608 a 614, todos ellos del CP; o que tengan por víctimas a las personas a que se refiere el art. 3 de la LMD.
Tampoco han existido denuncias o querellas formuladas por el Ministerio Fiscal, asociaciones memorialistas y/o de derechos humanos o particulares por los delitos anteriores o que tengan por víctimas a personas incluidas en el art. 3 LMD, ni se han emitido informes o dictámenes presentados por en procedimientos judiciales por los delitos anteriores, o que tengan por víctimas a personas incluidas en el art. 3 de la LMD.
Jurisdicción civil. No constan la existencia de expedientes de jurisdicción voluntaria relativos o que afecten a personas incluidas en el art. 3 de la LMD.
Indica la memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca que se han iniciado la tramitación de 6 diligencias de fiscalía para la recopilación de documentación relativa a fallecimientos de personas incluidas en el art 3 de la LM a los efectos de, en su caso, dar lugar a expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a declaración judiciales sobre hechos pasados en los términos previstos en el capítulo XI de la Ley 15/2015, de 2 de julio de Jurisdicción Voluntaria.
Jurisdicción contencioso-administrativa. En este ámbito, la memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca indica que no ha habido recursos contencioso-administrativos que traigan causa de decisiones de cualesquiera organismos internacionales de derechos humanos, con expresa referencia a la intervención del Ministerio Fiscal, ni preparación de recursos de casación que se refieran o afecten a personas incluidas en el art. 3 de la LMD.
Refiere el estado de dos recursos contencioso-administrativos cuyo objeto está relacionado con procedimientos derivados de la aplicación de la LMD o que afecten individual o colectivamente a personas incluidas en el artículo 3 de la LMD:
El PO 96/21 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el que se dictó el 9 de marzo de 2022 la sentencia n.º 36/22 estimatoria parcial, que fue recurrida ante el TSJA. El procedimiento tiene como objeto la impugnación del Acuerdo de 29 de enero de 2021, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de 19 de octubre de 2020 del Ayuntamiento de Huesca, relativo a solicitudes de cambio de denominación de varias calles y retirada de una placa franquista en el patio del Ayuntamiento de Huesca. En la actualidad, sigue pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto.
El PO 241/22 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el que se dictó el 24 de agosto de 2023 la sentencia n.º 96/23 estimatoria parcial, recurrida en apelación ante el TSJA. Se impugnaba la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de 29 de enero de 2021 del Ayuntamiento de Huesca que decidió desestimar las solicitudes de cambio de denominación de varias calles. En la actualidad, el recurso de apelación interpuesto está pendiente de resolución

5.11.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Está a cargo de la especialidad el Fiscal Delegado nombrado en 2024 que compatibiliza esta materia con otras especialidades y despacho de procedimientos asignados.
En 2024, se han incoado dos diligencias preprocesales penales, incoadas tras la recepción de oficios de la Unidad Especializada de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, por presuntos delitos de «lesa humanidad», previstos en el actual Código Penal, artículo 607 bis.
Una de ellas, actualmente en tramitación, en relación una fosa hallada en Albarracín (Teruel) con restos humanos datados en el año 1.936, estando a cargo de la investigación la Unidad Adscrita de Policía Nacional al Gobierno de Aragón en funciones de policía judicial en colaboración con un equipo autorizado de investigación arqueológica y familiares. Se ha instado inscripción de fallecimiento en Registro Civil, de las personas cuyos restos han sido exhumados e identificados, todo ello a efectos también de lo previsto en el artículo 22 de la Ley 20/2022.
En cuando a la segunda de las diligencias preprocesal, motivada por la exhumación de cadáver en el cementerio de la localidad de Aguaviva (Teruel), se acordó su archivo al constar la incoación de diligencias judiciales por el Juzgado de Instrucción número 2 de Alcañiz.
No consta en la memoria de la Fiscalía Provincial de Teruel la intervención del Ministerio Fiscal en la jurisdicción penal, civil o contencioso administrativa, conforme a la normativa propia de esta especialidad.

5.12. Protección y tutela de las víctimas en el proceso penal

5.12.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

La especialidad está a cargo de una fiscal de la Fiscalía Provincial nombrada delegada de esta materia.
La Memoria de esta fiscalía indica que durante el ejercicio 2024, en general, todos los Juzgados de lo Penal y las secciones penales de la Audiencia Provincial cumplen con la obligación de notificar a las víctimas las sentencias dictadas. Desde hace años, se solicita en los escritos de calificación de fiscalía, mediante otrosí, la notificación a la víctima o víctimas tanto la sentencia que se dicte en su día, como el lugar, día y hora de la vista oral. Se indica que, en los casos de sentencias dictadas de conformidad acordada en la vista oral, los Fiscales informan a la víctima de los extremos de la conformidad alcanzada.
No consta en 2024 la emisión de informes previstos en la Ley 35/1.995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.
La Instrucción de la Fiscalía General del Estado número 8/2005, sobre el deber de información en la tutela y protección de las víctimas en el proceso penal, se cumplimenta con la colaboración de la Oficina de Asistencia a la Víctima en la que se presta asistencia y orientación jurídica, asistencia psicológica, acompañamientos en comparecencias y vistas e información sobre ayudas económicas y asistenciales. Es un órgano de interrelación y coordinación con la Administración de Justicia, otras administraciones y asociaciones no gubernamentales.
Respecto a la relación de la Fiscalía Provincial con la Oficina de Asistencia a la Víctima, existe una comunicación fluida con la Fiscal Delegada de esta especialidad comunicando la indicada oficina a la fiscalía las incidencias que surgidas.
Esta oficina se dedica, especialmente, a la atención de la violencia de género, la violencia doméstica, los delitos contra la libertad sexual y los delitos de lesiones graves.
En el ejercicio 2024, por la Oficina de Asistencia a la Victima se registraron 835 expedientes; de ellos, 612 por supuestos de violencia de género, correspondiendo el resto a principalmente a agresión sexuales, amenazas, coacciones, lesiones, delitos informáticos, estafas o robo.
Se referencia que, por dicha oficina, en el año 2024, se han efectuado 165 servicios de asesoramiento jurídico o sobre la prestación de asistencia jurídica gratuita y 32 asistencias de acompañamiento a la vista oral, en la denuncia o durante el proceso.
También se hace referencia en la Memoria de la Fiscalía Provincial al convenio suscrito entre el Gobierno de Aragón y la asociación ATADES (Asociación aragonesa para la atención de la discapacidad intelectual) para la asistencia a víctimas de delitos en las que concurra esa circunstancia. La asistencia se lleva a cabo por medio de la UAVDI (Unidad de atención a víctimas con discapacidad intelectual).
Se indica que, en 2024, la Fiscalía Provincial de Zaragoza a través de la Fiscal Delegada de Victimas Vulnerables ha participado en el grupo de trabajo de prevención del mal trato y abuso económico del mayor, en coordinación con la Dirección General de Mayores del departamento de Bienestar Social y Asuntos Sociales del Gobierno de Aragón con el fin de buscar medidas eficaces ante situaciones de soledad no deseadas y dotarles de herramientas suficientes que permitan evitar engaños y estafas surgidos por situaciones de dependencia afectiva o soledad.

5.12.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Como en años anteriores, la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca expone que los juzgados de instrucción de la provincia y los órganos sentenciadores, Audiencia Provincial y Juzgados de lo Penal, notifican a las víctimas las sentencias de conformidad recaídas en los procesos penales. Los fiscales instan ante el Juez o Tribunal en todos los procedimientos penales el cumplimiento de los derechos reconocidos a las víctimas en Ley 4/2.015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, dando cumplimiento a la Instrucción de la FGE número 8/2.005, sobre el deber de información en la tutela y protección de las víctimas en el proceso penal.
En el ejercicio 2024, no se han emitido por la fiscalía dictámenes de los previstos en el artículo 9.3 de la Ley 35/1.995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, ni se han se iniciado diligencias preprocesales en esta materia.
En relación a la Oficina de Asistencia a las Víctimas se resalta la importancia de su función y la comunicación estrecha que mantiene con la Fiscalía Provincial. Las/los Fiscales mantiene cauces de comunicación diaria periódica en asistencia a juicios penales y audiencias, e intercambian información en relación a la víctima con la Oficina de Asistencia a las Víctimas, cuando ésta ha de declarar como testigo.
Se señala la utilidad de la Unidad de Coordinación, que funciona en la Subdelegación de Gobierno respecto de las víctimas de género, armonizando la actuación de las fuerzas de seguridad en materia de protección a las víctimas de delitos, el cumplimiento de las penas de alejamiento y posibilitando la comunicación de las excarcelaciones.
Se hace constar como novedad la apertura en 2024 en la ciudad de Huesca, de un centro de Atención a Víctimas de Violencias Sexuales (CAIVIS) dependiente de la Consejería de Justicia del Gobierno de Aragón, que ofrece atención integral y personalizada a mujeres y menores de más de 12 años que hayan sufrido violencia sexual, incluyendo servicios psicológicos, jurídicos, educativos y sociales.

5.12.3. Fiscalía Provincial de Teruel

Hace constar esta fiscalía en su Memoria las funciones que desempeña el Fiscal Delegado, en especial respecto del cumplimiento de las medidas previstas en el artículo 25 de la Ley 4/2.015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima. También en relación con la Instrucción 8/2.005 de la FGE. sobre el deber de información en la tutela y protección de las víctimas en el proceso penal.
Respecto de la Oficina de Atención a la Víctima, se indica que tramitó 324 expedientes, (fueron 359 expedientes en 2023 y 378 expedientes en 2022). La mayoría siguen relacionados con la violencia sobre la mujer o con delitos de agresión y abuso sexual, 17 de ellos fueron por estos tipos delictivos, habiéndose también iniciado por algún delito de amenazas y coacciones y abandono de familia. Se mantienen reuniones periódicas con el Jefe de la citada Unidad, así como reuniones no programadas cuando este lo solicita.
No ha sido preciso elaborar informes en aplicación de la Ley 35/1.995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a la víctima. Tampoco se iniciaron diligencias preprocesales de fiscalía en esta materia.
Destaca que desde mediados de 2024 se está introduciendo en colaboración con la UAVDI la figura del facilitador en los Juzgados de la provincia de Teruel a la hora de atender a víctimas que presentan algún tipo de discapacidad intelectual o de desarrollo para que puedan acceder en condiciones de igualdad en consonancia con el Artículo 12 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. Esta figura sirve de apoyo a víctimas con discapacidad para que comprendan y tomen decisiones adecuadas adaptando el lenguaje jurídico.

5.13. Vigilancia penitenciaria

5.13.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

5.13.1.1. ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS

La población reclusa en Aragón, a fecha 31 de diciembre de 2.204 era de 1.789 internos, frente a los 1.900 internos en 2023 y 1.987 internos en el año 2022, lo que supone una ligera disminución en su número.
En el Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza), a fecha 31 de diciembre de 2024 el número de internos dependientes del mismo ha sido de 1.112, distribuidos en el propio centro penitenciario, los CIS de Zaragoza y Huesca y en régimen de libertad condicional. De ellos 1.025 varones y 87 mujeres. Penados había 804, 216 preventivos y 2 en libertad condicional.
El 31 de diciembre de 2023 había 1.338 internos, de ellos 1.245 hombres y 93 mujeres.
Se aprecia un sensible descenso de internos, señalando la Memoria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza que ello puede tener su razón en las obras de reparación y acondicionamiento del Establecimiento que se están realizando y que precisan durante el desarrollo de ejecución el traslado de internos a otros Centros Penitenciarios.
Por tanto, durante el año disminuyó el número de internos, ello esta, en parte, motivado por las obras de acondicionamiento del centro que dan lugar el traslado de internos a otros centros penitenciarios durante
En cuanto a las libertades condicionales, las concedidas en 2024 fueron 48, en 2023 fueron 50, y los internos en libertad condicional dependientes del Centro en 2024 eran 94, siendo 107 en 2023
Los permisos de salida concedidos en 2024 fueron 5.521, de ellos: 958 ordinarios, 3.563 de fin de semana, 75 extraordinarios y 925 ordinarios enlazados con fin de semana. No se reincorporaron del permiso 25 internos
Los permisos de salida concedidos en 2023 fueron 2.183. y en 2022 fueron un total de 2.101.
Las libertades condicionales concedidas a internos extranjeros para cumplir pena en su país de origen o residencia fue una en el año 2024, 5 en el año 2023.
A 35 internos se les sustituyó la pena por expulsión del territorio nacional, fueron 30 en 2023.
En el Centro Penitenciario de Daroca, a fecha 1 de enero de 2024 el total de internos era de 387, con 380 penados y 7 preventivos, a 31 de diciembre de 2024 era de 441, de ellos 433 penados y 8 preventivos. En el año 2023, el total de internos era de 387, de ellos 7 preventivos. Ninguno de ellos se encontraba clasificado en primer grado y eran mayoría los penados clasificados en segundo grado.
Atendiendo a su nacionalidad, 268 era españoles y 173 extranjeros, con un porcentaje de 60,77% y 39,23%, frente a 218 españoles y 169 extranjeros en el del año 2023, observando una disminución del porcentaje de la población reclusa extranjera en relación con la española.
Se concedieron dos libertades condicionales durante el año 2.204, seis en 2023.
En cuanto a los permisos de salida concedidos en 2.224 fueron un total de 180, en 2023 fueron un total de 245.
De ellos, 161 ordinarios, 8 extraordinarios y 11 de fines de semana; internos no reingresados de permiso hubo 3.

5.13.1.2. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA

El número total de expedientes tramitados en el año 2024 en los dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Aragón, conforme al cuadro que adjunta la Memoria de la Fiscalía Provincial de Zaragoza, ha sido de 9.781, en 2023 fue de 9.324 y de 8.966 en 2022.
El total de dictámenes emitidos por los fiscales en asuntos despachados durante el año 2.204 fue de 7.897, en 2023 fue de 7.566 y de 7.578 en 2022.
Por materias, destacan por su número los relativos a informes en materia de permisos de salida, en recursos contra sanciones disciplinarias, por trabajos en beneficio de la comunidad, en peticiones y quejas, refundiciones de condena y clasificación de grado.

5.13.2. Fiscalía Provincial de Huesca

En este apartado, la Fiscalía Provincial de Huesca, no ha tenido actividad, al no haber centros penitenciarios en la provincia de Huesca. El CIS de la capital depende del Centro Penitenciario de Zuera.

5.13.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En el Centro Penitenciario de Teruel, a fecha 31 de diciembre 2024, el número de internos en el Centro Penitenciario era de 179 (155 penados y 24 preventivos); el 31 de diciembre de 2023 era de 166 internos (147 penados y 20 preventivos) y en la misma fecha de 2022 hubo 177 internos.
En la primera instancia, los procedimientos de vigilancia correspondientes a los internos de este centro penitenciario se tramitan en el Juzgado de Vigilancia n.º 2 de Aragón, sito en Zaragoza, y se informan por la Fiscalía Provincial de Zaragoza.
Durante el año 2024, se han incoado en la Audiencia Provincial de Teruel y dictaminado por la fiscalía en 21 procedimientos de apelación contra resoluciones del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n.º 2 de Aragón (fueron 12 procedimientos de apelación el año anterior) correspondiendo casi todos ellos a permisos ordinarios de salida, y residualmente a clasificación de grado, de trabajos en beneficio de la comunidad, de traslados o quejas.
La totalidad de las resoluciones de la Audiencia Provincial de Teruel dictadas en esta materia ha sido conforme con los informes emitidos por los fiscales.

5.14. Delitos económicos

5.14.1. Fiscalía Provincial de Zaragoza

En la actualidad la sección de delitos económicos de la Fiscalía Provincial de Zaragoza es servida por dos fiscales que, desde junio de 2024, compaginan esta especialidad con la llevanza de un bloque de trabajo ordinario de los establecidos en el plan de servicios de la Fiscalía. Tienen a su cargo el despacho de las diligencias de investigación de la fiscalía que guardan relación con la corrupción y los delitos económicos de mayor trascendencia (malversación, prevaricación, cohecho, delitos contra la Hacienda Pública y defraudaciones de la Seguridad Social) y, en su caso, la interposición de las correspondientes denuncias o querellas, así como el despacho de asuntos de especial relevancia o complejidad, cuando así sea considerado por el Fiscal Jefe.
Se mantiene el nivel de cooperación y relación, tanto formal como informal, con la Agencia Tributaria, Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil. Existe un contacto directo con las unidades operativas de dichos organismos en las diligencias que se siguen en la sección, no habiéndose producido ninguna incidencia reseñable.
En cuanto a las diligencias de investigación de fiscalía, en el año 2024 se incoaron nueve diligencias (fueron siete en 2023, 6 en 2022, 9 en 2021 y 7 en 2020).
Las diligencias de investigación incoadas dieron lugar a la interposición de una querella, presentación de cuatro denuncias y una remisión de diligencias en aplicación del art. 773.2 de la LECr. Se acordó el archivo en tres diligencias de investigación, una de ellas incoada en el año 2023, siendo el motivo de los archivos la circunscripción de los hechos al ámbito administrativo; y continua en trámite una de las dirigencias de investigación incoadas.
Señala la memoria del a Fiscalía Provincial de Zaragoza la carencia de procedimientos en materia de corrupción (malversaciones, prevaricaciones, cohechos, etc.) de importancia atendiendo a las cuantías, numero de implicados o dificultad de la investigación.

5.14.2. Fiscalía Provincial de Huesca

Señala la Memoria de la Fiscalía Provincial de Huesca que es el Fiscal Jefe quien se encarga de las diligencias de investigación relativas a delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, estando a su cargo la instrucción y llevanza directa de las diligencias y procedimientos de los delitos contra la Hacienda Pública.
Respecto a esta especialidad, en el año 2024 no se incoaron diligencias de investigación de fiscalía por defraudaciones tributarias, fraude de fondos comunitarios o contra la Seguridad Social. Tampoco durante dicho ejercicio se han presentado escritos de acusación, ni notificado sentencias propias de esta especialidad.
Tampoco se incoaron diligencia de investigación en los años 2023, 2022, 2021 y 2020.

5.14.3. Fiscalía Provincial de Teruel

En su Memoria la Fiscalía Provincial se refiere a los procedimientos que ha tramitado o en los que ha intervenido propios de esta materia.
En relación al delito de blanqueo de capitales señala la memoria que se incoaron unas Diligencias de Investigación tras la recepción en la fiscalía de atestado del Grupo 2 de U.D.E.F.-Blanqueo de Capitales de la Brigada Provincial de Policía Judicial.
Se dictaron por la Audiencia Provincial tres sentencias por el citado delito de blanqueo de capitales.
No se han registrado la tramitación de procedimientos por delito contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social y se han incoado por los juzgados dos procedimientos por insolvencia punible, uno por delito de frustración de la ejecución y otro por fraude de subvenciones.

CAPÍTULO III. EL MINISTERIO FISCAL COMO GARANTE DE LOS BIENES JURÍDICOS DE NATURALEZA COLECTIVA Y DIFUSA (TEMA ESPECÍFICO DE OBLIGADO TRATAMIENTO)

1. Introducción

Es característica de las últimas décadas la expansión de los intereses jurídicos que exceden de lo individual por su naturaleza, que no son titularidad de un individuo, sino que corresponden a todos o a un grupo de personas en el que todos son titulares de ellos y que, según la concreción subjetiva de las personas afectadas, se clasifican en colectivos o difusos.
Los primeros son aquellos que afectan a una serie de personas más o menos numerosas entre las que hay un nexo y no son susceptibles de división en partes atribuibles individualmente, sobre las que se reconozca libertad de disposición; los segundos, los intereses jurídicos difusos, tiene como rasgo principal carecer de un titular determinado, sino que todos los miembros de grupo son sus titulares.
El Ministerio Fiscal tiene, conforme al apartado primero del art. 124 del texto constitucional, la misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social. El art. 124 CE no prevé, ni contempla la necesidad de desarrollo o previsión legal añadida, para la aplicación y reconocimiento de las funciones constitucionales encomendadas al Ministerio Fiscal.
En esta perspectiva, el interés social se muestra como un interés plural, exponente de intereses colectivos y/o difusos, actuando el Ministerio Público como garante de esos intereses de la comunidad, que pertenecen a la sociedad, a sus individuos o a sus grupos.
La legitimación constitucional y directa del Ministerio Fiscal para promover la acción de la justicia es de carácter general, sin referencia ni limitación alguna a determinados órdenes jurisdiccionales y se concreta en una serie de funciones y atribuciones que el legislador, ya sea en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), en el ordenamiento procesal o en otras leyes sectoriales, le encomienda.
El artículo 3.6 de la Ley 50/1.981 de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), establece que el Fiscal «tomará parte en defensa de la legalidad y del interés público o social en los procesos relativos al estado civil y en los demás que establezca la ley»; y el apartado 16 del art. 3 EOMF, después de enunciar de manera ilustrativa una serie de funciones, cierra disponiendo que el Ministerio Fiscal ejercerá el resto de funciones que el ordenamiento estatal le atribuya. Esta referencia al carácter estatal no impide que algunas de las funciones propias del Fiscal, se ejerzan conforme y en defensa de la legislación autonómica allí donde la Comunidad Autónoma tiene competencia de acuerdo con los arts. 149.1.6 y 8 CE o del ordenamiento del ordenamiento europeo integrado en el derecho nacional.
La defensa de estos bienes jurídicos colectivos o difusos por el Ministerio Fiscal conforme al mandato constitucional, se desarrolla necesariamente dentro del proceso, reclamando de los órganos jurisdiccionales la tutela judicial efectiva, y está sujeta a concretas autorizaciones legales tanto en el proceso civil, como en el contencioso administrativo y social, de modo que la norma debe prever expresamente su intervención a través del mecanismo procesal de la legitimación. (Circular 2/2.010 de la FGE acerca de la intervención del Ministerio Fiscal en el orden civil para la protección de los consumidores y usuarios).

2. Orden civil

2.1. El art. 6.1. 6.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LCE) reconoce la capacidad al Ministerio Fiscal para ser parte respecto de los procesos en que, conforme a la ley, se disponga su intervención en tal condición.
La norma procesal civil en su artículo 11.3 considera como intereses difusos aquellos hechos dañosos que afectan como perjudicados a una pluralidad de consumidores o usuarios indeterminada o de difícil determinación.
La legitimación para la defensa de estos intereses difusos queda atribuida a las asociaciones de consumidores y usuarios que, conforme a la Ley, sean representativas y al Ministerio Fiscal, a quien el apartado 5 de citado artículo 11, introducido por la Ley 3/2.014, La Ley 3/2014 modificó el Texto Refundido de la LGDCU incorporando la Directiva 2011/83/UE de 25 de octubre. legitima para ejercitar cualquier acción en defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, tanto en acciones colectivas como individuales.
El art. 15.1 de la LEC, Introducido por la disposición final primera de la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, que modifica el régimen legal de la competencia desleal y dela publicidad para la mejora de consumidores y usuarios. otorga la condición de parte al Ministerio Fiscal en los procesos promovidos por asociaciones o entidades constituidas para la protección de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, o por los grupos de afectados. Esta condición de parte debe quedar justificada por el interés social, valoración que corresponde al Ministerio Fiscal que podrá personarse una vez tenga conocimiento de la iniciación del proceso comunicada por el tribunal que conozca del mismo.
Los supuestos de acciones individuales se complementan con el art. 13 de la LEC, que regula la intervención en el proceso de sujetos originariamente no demandantes ni demandados, siendo este un supuesto de intervención voluntaria a resultas de una noticia que el Fiscal puede haber recibido por cauces extraprocesales o también por la decisión del propio Tribunal, en estos casos además de lo previsto en las normas cabe la notificación de la pendencia del proceso cuando el propio tribunal advierta indicios de que las partes están utilizando con fines fraudulentos Artículo 150.2 de la LEC. Por disposición del Tribunal, también se notificará la pendencia del proceso a las personas que, según los mismos autos, puedan verse afectadas por la resolución que ponga fin al procedimiento. Esta comunicación se llevará a cabo, con los mismos requisitos, cuando el Tribunal advierta indicios de que las partes están utilizando el proceso con fines fraudulentos.
.
En procedimientos en los que se ejercitan acciones individuales, la intervención del Fiscal es un mecanismo excepcional de protección jurídica «el Fiscal debe ponderar cuidadosamente la situación y conocer la opinión del ciudadano afectado para valorar la oportunidad de la misma, en el marco de las correspondientes diligencias preprocesales» señala la Circular 2/2.018 de la FGE sobre nuevas directrices en materia de protección jurídica de los derechos de consumidores y usuarios.
La intervención del Fiscal puede ser independiente o paralela a la de los consumidores, no es imperativa y para ella se atenderá a la situación concreta del ciudadano, entre otras cuestiones, a su vulnerabilidad.
Esta intervención del Ministerio Fiscal como protector de los derechos individuales de los consumidores se enmarca en la actuación protectora del llamado consumidor vulnerable, posibilitando el acceso a la vía judicial de los individuos pertenecientes a dichos colectivos cuando no sea posible utilizar otros medios para reequilibrar su situación de inferioridad o desprotección.
El concepto de consumidor vulnerable queda recogido en el apartado segundo del art. 3 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) que, sin perjuicio de la normativa sectorial que, en cada caso, resulte de aplicación, considera personas consumidoras vulnerables respecto de relaciones concretas de consumo, aquellas personas físicas que, de forma individual o colectiva, por sus características, necesidades o
circunstancias personales, económicas, educativas o sociales, se encuentran, aunque sea territorial, sectorial o temporalmente, en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad.
En este sentido la Circular 2/2.018 de la FGE sobre nuevas directrices en materia de protección jurídica de los derechos de consumidores y usuarios, señala que es materialmente imposible estar en todos los procedimientos de esta naturaleza siendo necesario identificar las actuaciones prioritarias, pues se «dispone de un marco discrecional amplio para estimar concurrente dicha situación en atención a las circunstancias, capacidades y necesidades» (...) «debiendo valorarse especialmente, en primer lugar, las características subjetivas de la persona afectada que revelen su situación de especial vulnerabilidad; en segundo lugar, que no exista otro mecanismo que permita el acceso a la tutela judicial efectiva en condiciones de igualdad; y finalmente, el potencial perjuicio en atención a las características del bien o servicio».
A la legitimación del Ministerio Fiscal para el ejercicio de acciones individuales, debe añadirse la legitimación para ejercitar las dos acciones propias de la normativa de protección de consumidores y usuarios:
La acción de cesación frente a las conductas contrarias a lo dispuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) en materia de cláusulas abusivas, contratos celebrados fuera de establecimiento mercantil, venta a distancia, garantías en la venta de productos y viajes combinados, (arts. 53 y 54.1 c. de la LGDCU; y a lo dispuesto en la legislación sectorial así, la Ley 3/1.991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, en su artículo 33.4, y la ley 7/1.998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, en su artículo 16.
Las acciones de cesación, retractación y declaración, contra la utilización o la recomendación de utilización de condiciones generales que resulten contrarias a lo dispuesto en las leyes imperativas o prohibitivas (arts. 12 y 16.6 de la Ley 7/1.998, de 13 de abril, sobre Condiciones generales de la Contratación (LCGC).
La legitimación del Ministerio Fiscal en el ámbito de las acciones colectivas se recoge expresamente en el Proyecto de Ley de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios Boletín Oficial de las Cortes Generales n.º 48-1, de 14 de marzo de 2025. que, con ocasión de la transposición de la transposición de la Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2020, prevé la modificación de la normativa procesal civil incorporado a la LEC en el Título IV Libro IV, bajo la rúbrica «un proceso para el ejercicio de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios». En este sentido, el Consejo Fiscal en informe de 3 de abril de 2023 al anteproyecto de la ley señala que «los procedimientos desarrollados han resultado eficaces con el comercio minorista o a pequeña o mediana empresa, pero no en lo que concierne a grandes empresas» valorando, en este sentido, positivamente el nuevo procedimiento en proyecto.
Se completa este ámbito de la protección de los consumidores con la posibilidad de intervención del Ministerio Fiscal en las actuaciones contrarias o perjudiciales a la salud de los consumidores y usuarios que puedan suponer una vulneración del contenido esencial del derecho fundamental a la integridad física y/o moral del art. 15 de la CE. El Ministerio Fiscal estaría legitimado para ejercitar acciones por vulneración del mismo, así como para ser parte procesal en los iniciados por terceros (art. 6. 6.º LEC), a través del procedimiento ordinario (arts. 249.1. 2.º LEC).
La legitimación del Ministerio Fiscal en este ámbito no es precisa. Más allá de la ley procesal civil, la regulación se dispersa en la normativa sectorial que de forma parcial regula cuestiones relevantes para los intereses de los consumidores, como el Real Decreto Legislativo 1/2.007, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley 3/1.991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, la Ley 34/1.988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y la Ley 7/1.998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.
2.2. La legitimación del Ministerio Fiscal en defensa de intereses jurídicos colectivos o difuso en el ámbito civil se ha visto ampliada por la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación que introdujo en la LEC el art. 15 ter y el Ley 4/ 2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI que introdujo en la norma procesal civil el art. 15 quater.
El art. 15 ter posibilita la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos para promover la igualdad de trato y la no discriminación iniciados por la autoridad independiente para la Igualdad de trato y la no discriminación, los partidos políticos, sindicatos, asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, organizaciones de personas consumidoras y usuarias y asociaciones y organizaciones legalmente constituidas, que tengan entre sus fines la defensa y promoción de los derechos humanos. El artículo establece que el órgano judicial que conozca de estos procesos debe comunicar su iniciación al Ministerio Fiscal para que, de conformidad con las funciones que le son propias, valore la posibilidad de su personación.
El art. 15 quater regula la publicidad e intervención en procesos para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales. En su apartado segundo, dispone que el Ministerio Fiscal será parte cuando el interés social lo justifique para ello el Tribunal que conozca de alguno de estos procesos comunicará su iniciación al Ministerio Fiscal para que valore la posibilidad de su personación.
En ambos casos, la personación del Fiscal debe quedar sujeta a una previa valoración reflejada en las oportunas diligencias preprocesales y sujeta a los principios y funciones que el art. 3 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone en consonancia con el mandato constitucional del art. 124 de la CE.

3. Orden contencioso administrativo

Señala la Circular de la FGE 3/1.998, de 23 de diciembre, sobre la intervención del Ministerio Fiscal en la nueva Ley de lo Contencioso-Administrativo, que la función del Ministerio Fiscal en este orden no es vigilante ni fiscalizador de la actividad de la Administración. No está prevista, con carácter general, su intervención en el orden administrativo de suerte que la administración haya de recabar su dictamen o seguir las indicaciones que motu proprio pueda hacerle llegar.
La legitimación del Ministerio Fiscal deviene del art. 19.1.1.f de la ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA), y queda sujeta a su regulación por la ley.
El procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, regulado en los art 114 y ss. de la LJCA habilita la intervención del Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, conforme al art. 3.13 del EOMF, y de los derechos fundamentales reconocidos en el Título I de la CE.
La intervención del Ministerio Fiscal en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, garantiza la no vulneración de un derecho fundamental, como ejemplo la salud de los usuarios o consumidores, frente actuaciones de las Administraciones Publicas en el ámbito de los intereses colectivos o difusos.
Y dada la supletoriedad legal de la LEC (art 4 de la LEC y Disposición final primera de la LJCA) debe señalarse la posible legitimación del Ministerio Fiscal para promover la acción de la justicia y ejercitar cualquier tipo de acción en defensa de los consumidores y usuarios ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En este sentido, la conclusión 18ª de la Circular de la FGE n.º 2/2.018, de 1 de junio, sobre nuevas directrices en materia de protección jurídicas de los derechos de los consumidores: «Los artículos 11 y 15 LEC, en relación con el artículo 19.1.f) y la D.F.1a LJCA, y el art. 3.14 EOMF, legitiman al Ministerio Fiscal para intervenir en el proceso contencioso-administrativo en defensa de los derechos e intereses de consumidores y usuarios, más allá de su clásico marco de actuación preceptiva en los procedimientos especiales para la protección de los derechos fundamentales».
Esta intervención ha de producirse de acuerdo con las normas reguladoras de la jurisdicción contencioso-administrativa y el derecho administrativo, bajo la coordinación del Fiscal de Sala Delegado para el orden contencioso-administrativo en colaboración con el Fiscal de Sala de lo Civil, asegurando la unidad de actuación del Ministerio Fiscal en esta materia.
La intervención del Fiscal en este ámbito, señala la Circular de la FGE n.º 2/2.018, ha de fundamentarse en la concurrencia de un cualificado interés social o en la apreciación de especiales situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión y debe ir precedida por la correspondiente dación de cuenta, conforme al art. 25 EOMF al Fiscal de Sala Delegado.
Especial referencia debe hacerse al medio ambiente. El artículo 45 de la Constitución configura el medio ambiente como un bien jurídico de cuyo disfrute son titulares todos los ciudadanos y cuya conservación es una obligación que comparten los poderes públicos y la sociedad en su conjunto. En términos generales, la opinión doctrinal mayoritaria entiende el medio ambiente como un bien jurídico colectivo, que trasciende de la vida y la salud humanas y se materializa en los distintos elementos que integran el ambiente natural, sin perjuicio de aceptar que al proteger tales elementos se tutela de forma mediata a los propios individuos. Los delitos contra el medio ambiente. Esperanza Vaello Esquerdo.
La Ley 26/2.007 de Responsabilidad Medioambiental (LRM), que traspone al ordenamiento español la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, en su Disposición adicional octava dispone la legitimación del Ministerio Fiscal en cualesquiera procesos contencioso-administrativos que tengan por objeto la aplicación de esta ley y señala que, a esos efectos, la autoridad competente pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal todos los supuestos de responsabilidad medioambiental derivados de esta ley.
La LRM en el artículo 1 señala como su objeto: la responsabilidad de los operadores de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales de conformidad con el art. 45 de la CE y con los principios de prevención y de que «quien contamina paga». Y en el art. 3, se prevé su aplicación para los daños medioambientales y a las amenazas de que tales daños ocurran cuando hayan sido causados por actividades económicas o profesionales en los términos señalados en dicho precepto.
El bien jurídico que trata de garantizar, la integridad del medioambiente y la conservación de la naturaleza, forma parte de intereses denominados colectivos o difusos que encajan en la función constitucional del Ministerio Fiscal de procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social.
La citada disposición adicional limita la legitimación del Ministerio Fiscal en los procesos contencioso administrativos medioambientales a los procesos que se desarrollan en el ámbito de aplicación de la LRM. En este sentido, la STS 5260/2014, de 28 de noviembre de 2024, señala que «no es lo mismo la protección del medio ambiente que la responsabilidad medioambiental» y los procesos contencioso-administrativos en los que el Ministerio fiscal tiene reconocida legitimación para intervenir, incluso para promover, en todo caso, son limitadamente los que se desarrollan en el ámbito de aplicación de la LRM.

4. Orden Penal

El ejercicio de las funciones constitucionalmente encomendadas al Ministerio Fiscal le otorga una posición relevante en el proceso penal, siendo en este ámbito el principal defensor de los bienes jurídicos colectivos o difusos cuando su protección penal es infringida, ello en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley conforme al art. 3 del EOMF.
El derecho penal protege bienes jurídicos que representan intereses colectivos o difusos, prestaciones básicas del sistema social, funciones que éste ha de cumplir para que puedan quedar aseguradas justa y materialmente las bases y condiciones del mismo Bustos Ramírez, Juan. Bienes jurídicos colectivos. Obras completas. T. II.. Entre estos, los delitos contra el orden socioeconómico, los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, los relativos a la ordenación del territorio, protección del patrimonio histórico y del medio ambiente, los delitos contra la salud pública, los delitos contra la Administración Pública o los delitos contra la Administración de Justicia.
De estos, merecen especial mención los delitos dirigidos a proteger a los consumidores y los delitos contra el medio ambiente.
Los tipos penales que protegen los derechos de los consumidores están previstos en los arts. 281, 282, 282 bis y 283 del CP y tienen como característica común el bien objeto de protección, la salvaguarda de derechos de los consumidores de diferente contenido; para ello penan la manipulación de la oferta, la publicidad engañosa, el fraude de inversores y la facturación de cantidades superiores productos o servicios mediante la manipulación o alteración de aparatos automáticos de medición.
Para conocer el alcance del término «consumidor» hay que acudir a normas ajenas al derecho penal. En este sentido la LGDCU en su art. 3.1 señala como consumidores o usuarios a las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión y a las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.
Conforme al art. 287.1 del CP, el ejercicio de la acción penal requiere como requisito de procedibilidad la denuncia de la persona agraviada o de sus representantes legales, pudiendo denunciar el Ministerio Fiscal cuando sea menor de edad, persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida. El apartado 2 de dicho precepto exime de denuncia para el ejercicio de la acción penal cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas.
El art. 287 del CP faculta la intervención de Ministerio Fiscal para la interposición de la denuncia en ejercicio de la funciones tuitivas legalmente tiene atribuidas, si bien el concepto de desvalimiento al que alude no siempre va a coincidir con el de concepto del art. 3.2 de la LGDCU que considera consumidor vulnerable estar en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad.
El apartado segundo del citado precepto confiere al fiscal la facultad de iniciar de oficio el procedimiento penal y, derivado de ello, la interposición de denuncia o querella.
Esta actuación de oficio por parte del fiscal precisa la acreditación de la afectación de los intereses generales o al colectivo de consumidores, circunstancias estas que deben valorarse, en cada caso, conforme a los criterios de unidad de actuación del Ministerio Fiscal.
Los delitos contra el medio ambiente comprenden, en un sentido amplio, los delitos contra la ordenación del territorio (arts. 319 y 320 del CP), sobre el patrimonio histórico (arts. 321 a 324 del CP), los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (arts. 325 a 331 del CP) y los delitos relativos a la protección de la flora y fauna (arts. 332 a 337 del CP). A ellos Dolz Lago, Manuel Jesús. Ministerio Fiscal y Medio ambiente. La Ley. núm. 6667., pueden añadirse los delitos contra la seguridad colectiva, los delitos de riesgo catastrófico, los delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes (arts. 341 a 345 del CP), y los delitos de incendio (arts. 351 a 358 del CP); y la protección penal establecida en Leyes especiales como la Ley Orgánica 12/1.995, 12 de octubre, de Represión del Contrabando, al tipificarse en su art. 2.2.b como delito de contrabando, siempre que el valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos sea igual o superior a 50.000 euros, los que (...) realicen sin cumplir los requisitos legalmente establecidos, operaciones de importación, exportación, comercio, tenencia, circulación de especímenes de fauna y flora silvestres y sus partes y productos, de especies recogidas en el Convenio de Washington, de 3 de marzo de 1.973, o en el Reglamento (CE) n.º 338/1.997 del Consejo, de 9 de diciembre de 1.996.
La Instrucción núm. 4/2.007 10 de abril de 2.007, sobre el Fiscal Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo y las Secciones de Medio Ambiente, en referencia a los delitos de medioambiente señala que el Ministerio Público como órgano defensor de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos está llamado a jugar un papel muy relevante en esta tarea, más aún si se tienen en cuenta las especiales características del bien jurídico protegido ya que se trata de un interés tradicionalmente denominado colectivo o difuso, estableciendo los criterios necesarios para constituir las Secciones de medio ambiente en las Fiscalías territoriales en las que hay un Fiscal Delegado en esta materia.
Las cuestiones medioambientales se reflejan en la doctrina del Ministerio Fiscal: la Circular núm.1/1.990, de 26 de septiembre, sobre contribución del Ministerio Fiscal a la investigación y persecución de los delitos contra el medio ambiente, la Instrucción núm. 4/1.990, de 25 de junio, sobre Incendios forestales, la Instrucción 9/2.005, 28 de julio de 2.005, sobre la designación de Fiscales Especialistas en materia de incendios forestales y la Instrucción 4/2.007, de 10 de abril de 2.007, sobre el Fiscal Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo y las Secciones de Medio Ambiente.
Tras la modificación de la Ley 50/1.981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, operada por la Ley 10/2.006, de 28 de abril, se incorporó al EOMF el artículo 18, quinquies, por el que se creó un Fiscal coordinador con categoría de Fiscal de Sala, delegado del Fiscal General del Estado, para los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico artístico del medio ambiente e incendios forestales; y las secciones de Medio Ambiente en las Fiscalías Territoriales, especializadas en delitos relativos a la ordenación del territorio, la protección del patrimonio histórico, los recursos naturales y el medio ambiente, la protección de la flora, fauna y animales domésticos y los incendios.
El incremento de los tipos delictivos comprendidos en este concepto, su diversidad y con complejidad técnica cada vez mayor ha requerido la especialización del Ministerio Fiscal que, desde 2.006, ha ido adquiriendo cada vez mayor importancia en las funciones de las fiscalías territoriales. La especialización en una materia tan compleja responde a la necesidad de garantizar una adecuada coordinación del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción penal.

5. La intervención del Ministerio Fiscal en las fiscalías territoriales de Aragón en relación a los bienes jurídicos colectivos o difusos

La dispersa regulación de la legitimación del ministerio fiscal en defensa de los derechos de los consumidores y usuarios en el orden civil se refleja en el número de procedimientos con intervención del Ministerio Fiscal que recogen las respectivas memorias del ejercicio 2024 de las Fiscalía Provinciales de Zaragoza, Hueca y Teruel.
Por la Fiscalía Provincial de Zaragoza no se intervino en ningún procedimiento civil que haya afectado a los intereses colectivos de los consumidores o usuarios. Los fiscales de la Fiscalía Provincial de Huesca intervinieron en tres procedimientos relativos a condiciones de generales de contratación y cuatro en defensa de los intereses colectivos de consumidores y usuarios. En la Fiscalía de Provincial de Teruel se dictaminó en un procedimiento civil tramitado en virtud de demanda de un particular contra una entidad bancaria en relación a las cláusulas relativas a los gastos de gestión y de formalización de préstamo hipotecario, no dando lugar a la personación del Ministerio Fiscal al considerar que carecía de interés social relevante que justificase su intervención.
En el ámbito contencioso administrativo, no se registraron procedimientos con intervención del Ministerio Fiscal en el ámbito de los intereses difusos o colectivos
Es en la jurisdicción penal, en referencia a las conductas delictivas contra los derechos de consumidores y usuarios, por la Fiscalía Provincial de Zaragoza se tramitaron dos diligencias previas por delitos contra el mercado y los consumidores.
Son los delitos contra el medio ambiente donde se constata una mayor intervención del Ministerio Fiscal, adquiriendo esta área especializada cada año mayor trascendencia, especialmente en el número de diligencias de investigación preprocesal tramitadas por las fiscalías.
La Fiscalía Provincial de Zaragoza en el año 2024 incoó once diligencias de investigación preprocesal por delitos contra el medio ambiente, urbanismo, flora, fauna y patrimonio histórico, y se formularon cinco escritos de acusación, cuatro por el delito de maltrato a animales y uno por delito contra la ordenación del territorio y urbanismo.
La Fiscalía Provincial de Huesca incoó doce diligencias de investigación preprocesal por diversos delitos contra el medio ambiente y se presentaron cuatro escritos de acusación, dos por maltrato a animales domésticos y dos por delitos contra la flora y fauna.
La Fiscalía Provincial de Teruel incoó veintiocho diligencias de investigación preprocesal por este tipo de delitos; incoándose treinta y siete procedimientos judiciales en la provincia, el mayor número de ellos por delitos contra la flora y fauna.
En total las fiscalías provinciales de Aragón incoaron durante el año 2024 cincuenta y tres diligencias de investigación preprocesal, frente a 30 tramitadas en el año 2023.
Es de destacar que es la Fiscalía Provincial de Teruel la que registra una mayor intervención en esta actividad delictiva, se indica en su memoria como una de las razones para ello el despliegue de instalaciones de energía renovable en la provincia que suponen modificados del uso del suelo, construcción de viales cimentaciones y cableados.

CAPÍTULO IV. PROPUESTAS DE REFORMAS LEGISLATIVAS

No se formulan propuesta de reformas legislativas; en igual sentido las memorias de las Fiscalías Provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel no efectúan propuestas en este sentido.

Zaragoza, a 8 de abril de 2025.
La Fiscal Superior de la Fiscalía de la C. A. de Aragón
M.ª ASUNCIÓN LOSADA SABATER

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664