PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGON
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, a la Pregunta núm. 326/97, formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón Sr. Lacasa Vidal, relativa a la tramitación del expediente de Alcampo, S.A., ante la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, publicada en el BOCA núm. 117, de 4 de junio de 1997.
Zaragoza, 2 de julio de 1997.
El Presidente de las Cortes
EMILIO EIROA GARCIA
En relación con la pregunta formulada por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón:
a) Con fecha 10 de julio de 1996, registro de entrada n.º 999, se recibe en la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza expediente instruido por el Ayuntamiento de Zaragoza, instado por Alcampo, S.A., para instalación de hipermercado en carretera de Madrid, km 315 (COT-96/499).
b) El citado expediente fue sometido a informe propuesta de la Ponencia Técnica de Medio Ambiente de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza con fecha 24 de julio de 1996.
La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza, en sesión de 29 de julio de 1996, en el expediente de referencia a propuesta de la Ponencia Técnica de Medio Ambiente, adoptó el siguiente Acuerdo:
Calificar la actividad como molesta y peligrosa por ruidos, vibraciones, gases, olores y riesgo de incendio, considerar suficientes las medidas correctoras propuestas, informándola favorablemente.
Condicionando a la obtención del registro y/o autorización sanitaria de todos los procesos (panadería, carnicería, pescadería, etc.) expedidos por el Servicio Provincial de Sanidad y Consumo de la Diputación General de Aragón.
En lo relativo a instalaciones auxiliares (electricidad, gas natural, climatización, frigoríficas, etc.), deben obtener las correspondientes autorizaciones expedidas por la División Provincial de Industria y Energía de la Diputación General de Aragón.
Se significa a la Alcaldía que para la instalación en este centro comercial de cualquier otra actividad de las incluidas en el Reglamento de Actividades, de 30 de noviembre de 1961, será necesaria la tramitación del expediente que señala el citado Reglamento para la obtención de la preceptiva licencia municipal de instalación.
Finalmente, el expediente fue devuelto al Ayuntamiento de Zaragoza con escrito n.º 1271, de 29 de julio de 1996, para el otorgamiento de la licencia de instalación, que es competencia de dicha Corporación.
Zaragoza, 9 de junio de 1997.
El Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes
JOSE VICENTE LACASA AZLOR