Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 453/13, sobre las tasas judiciales.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:189 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 453/13, sobre las tasas judiciales, presentada por el G.P. del Partido Aragonés, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 13 de noviembre de 2013.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

Alfredo Boné Pueyo, Portavoz del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las tasas judiciales, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Estatuto de Autonomía atribuye a Aragón competencias exclusivas en materia de medios personales y materiales de la administración de justicia, excluido el personal integrado en el Poder Judicial. Mediante Real Decreto, se produjo en diciembre de 2007 el traspaso de las funciones y servicios desde el Ministerio de Justicia a la Comunidad Autónoma. Desde entonces, el Gobierno aragonés ha realizado un importante esfuerzo para la mejora de los medios materiales y de las sedes judiciales.

Mediante la Ley 10/2012, de 20 noviembre, se regularon determinadas tasas en el ámbito de la justicia, que han contado con una considerable contestación política, social y del propio ámbito judicial. En diciembre de 2012, las Cortes de Aragón se pronunciaron en pleno mostrando su «oposición al contenido de la ley de Tasas Judiciales» e instaron al Gobierno de Aragón a dirigirse al Gobierno de España para solicitar la derogación de la ley y a reclamar que se garantice el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, especialmente a aquellos sectores en mayor riesgo de vulnerabilidad social y económica.

El Gobierno de Aragón ha planteado recurso de inconstitucionalidad (el procedimiento 4948/2013) en relación con la aplicación de la Ley de Tasas Judiciales al recurso de casación foral aragonés, que ha sido admitido a trámite mediante la providencia publicada en el Boletín Oficial del Estado el 7 de octubre 2013.

En la reunión anual de la asociación de jueces Francisco de Vitoria, celebrada en Zaragoza en los últimos días, se ha reiterado el rechazo a la desproporcionalidad de las tasas, y se ha defendido, asimismo, que la gestión de la recaudación corresponda a las comunidades autónomas, por ser las competentes en la prestación del servicio.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario del Partido Aragonés presenta para su debate en comisión la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

1. Las Cortes de Aragón reiteran su oposición a las tasas judiciales incluidas en la Ley 10/2012, y se reafirman en la defensa del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, especialmente a aquellos sectores en mayor riesgo de vulnerabilidad social y económica.

2. Las Cortes de Aragón muestran su absoluto respaldo al Gobierno de Aragón en el recurso de inconstitucionalidad planteado sobre las tasas aplicadas al recurso de casación foral aragonés.

3. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a dirigirse a la Administración General del Estado con el fin de que, durante el tiempo en que estén vigentes las tasas judiciales, se impulse mediante convenio o encomienda, y en su caso defendiendo las modificaciones normativas que sean precisas, la gestión de la recaudación de las tasas por parte del Gobierno de Aragón, en virtud de las competencias exclusivas en materia de justicia, negociando asimismo el destino finalista de lo recaudado, para el sostenimiento de la prestación de la administración de justicia en la Comunidad Autónoma.

Zaragoza, 11 de noviembre de 2013.


El Portavoz

ALFREDO BONÉ PUEYO

CORTES DE ARAGÓN
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