PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentada por los GG.PP. del Partido Aragonés y Chunta Aragonesista a la Proposición no de Ley núm. 175/13, sobre el rechazo a cualquier modificación de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, publicada en el BOCA núm. 143, de 29 de abril de 2013, cuyos textos se insertan a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 22 de mayo de 2013.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
ENMIENDA NÚM. 1
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
María Herrero Herrero, Diputada del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 175/13, relativa al rechazo a cualquier modificación de la Ley Orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Sustituir el texto de la Proposición por el siguiente:
«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que se dirija al Gobierno de España para que modifiquen los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, de tal forma que, para que las menores de 18 años puedan interrumpir voluntariamente su embarazo, se requiera que esté informado al menos uno de sus progenitores.»
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más adecuado.
Zaragoza, 22 de mayo de 2013.
La Diputada
MARÍA HERRERO HERRERO
V.º B.º
El Portavoz
ALFREDO BONÉ PUEYO
ENMIENDA NÚM. 2
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D.ª Nieves Ibeas Vuelta, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 175/13 sobre el rechazo a cualquier modificación de la Ley orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
ENMIENDA DE ADICIÓN
Añadir, entre «Interrupción Voluntaria del Embarazo» y «que provocaría», lo siguiente: «que restrinja los actuales derechos de las mujeres».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo conveniente.
En el Palacio de la Aljafería, a 21 de mayo de 2013.
La Portavoz
NIEVES IBEAS VUELTA
ENMIENDA NÚM. 3
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D.ª Nieves Ibeas Vuelta, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 175/13 sobre el rechazo a cualquier modificación de la Ley orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Sustituir: «que provocaría una grave inseguridad jurídica y sanitaria para las mujeres y atentaría a sus derechos sexuales y reproductivos, y se dirija al Gobierno de España para que se mantenga en los mismos términos la actual Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo», por este otro texto: «que restrinja los actuales derechos de las mujeres reconocidos en el Título II de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo y provoque su inseguridad jurídica y sanitaria».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo oportuno.
En el Palacio de la Aljafería, a 21 de mayo de 2013.
La Portavoz
NIEVES IBEAS VUELTA
ENMIENDA NÚM. 4
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D.ª Nieves Ibeas Vuelta, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 175/13 sobre el rechazo a cualquier modificación de la Ley orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
ENMIENDA DE ADICIÓN
Añadir un segundo párrafo al término del texto de la iniciativa, con el siguiente redacción:
«Asimismo, estas Cortes instan al Gobierno de Aragón a defender los derechos de las mujeres reconocidos en el Título II de la Ley Orgánica 2/2010, oponiéndose a cualquier modificación legislativa que pueda suponer la derogación de la interrupción del embarazo a petición de la mujer en las catorce primeras semanas de gestación o por causas médicas en los casos de grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada, riesgo de graves anomalías en el feto, anomalías fetales incompatibles con la vida o la existencia en el feto de una enfermedad extremadamente grave e incurable».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo oportuno.
En el Palacio de la Aljafería, a 21 de mayo de 2013.
La Portavoz
NIEVES IBEAS VUELTA