Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 411/12, sobre las mejoras sociales y garantías en la externalización de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad de Aragón.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:109 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 411/12, sobre las mejoras sociales y garantías en la externalización de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad de Aragón, presentada por el G.P. de Izquierda Unida de Aragón para su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 19 de diciembre de 2012.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a las mejoras sociales y garantías en la externalización de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad de Aragón, solicitando su tramitación en el Pleno de la Cortes.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La externalización de determinados Servicios Públicos que venía desarrollando la Diputación General de Aragón ha llevado a que un importante número de ellos se estén realizando por empresas privadas a través de las licitaciones que periódicamente se están efectuando.

Estos servicios externalizados, deberían ser recuperados, en primer lugar porque todos los análisis y estudios realizados desde las Administraciones Públicas demuestran que se realizan de una forma mejor en cuanto a calidad de servicio y a coste económico cuando la prestación de los mismos se hace desde lo público, también porque la lógica de la prestación del servicio público no debería en ningún caso regirse por criterios de beneficio económico, sino por los criterios de eficacia y bienestar general.

Desde lo público debemos realizar por lo tanto una reflexión en base a tres elementos: la calidad de los servicios, las condiciones en las que son prestados, desde puntos de vistas como el laboral o el ambiental y el papel de la administración como garante de ambos elementos, pues somos los últimos responsables de la prestación de dichos servicios públicos y por lo tanto de cuanto se deriva de las fórmulas de gestión escogidas de forma directa o indirecta.

Mientras tanto, no son admisibles las situaciones que se vienen produciendo y en las que determinadas empresas concesionarias sitúan como responsable a la Diputación General de Aragón del impago a sus trabajadores y trabajadoras, utilizando la tardanza en el abono de los servicios prestados y la crisis como argumentos principales. Se está afectando al necesario equilibrio antes citado y poniéndose de manifiesto la necesidad de retomar el protagonismo desde la Administración a la hora de restablecer los elementos citados.

Es responsabilidad del Gobierno de Aragón asumir medidas para que no se precaricen las condiciones de estos trabajadores y trabajadoras, al igual que lo es el acortar al máximo el abono de los servicios prestados a las empresas adjudicatarias. Un equilibrio que no se alcanzará si no establecemos mecanismos de corrección y garantías en el marco de estas relaciones laborales, es decir, en los pliegos de licitación, como si existen con precisión en las diferentes leyes y normas que regulan esta actividad en el ámbito del abono y el pago de la deuda a las empresas prestatarias del servicio.

Por todo ello presentamos la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:

1.º Cumplir la legislación vigente derivada de las obligaciones contraídas con las empresas prestatarias de servicios de la Administración de la Comunidad de Aragón y en especial sobre el abono en tiempo y forma de las remuneraciones establecidas.

2.º Incorporar en los próximos pliegos de los contratos que salgan a licitación Pública una cláusula que recoja, entre otras, las siguientes obligaciones para las empresas contratistas:

El impago de los salarios de los trabajadores y trabajadoras y de las cuotas de la Seguridad Social será causa de resolución del contrato.

La vulneración por parte de la empresa contratista de los derechos de negociación colectiva y de los acuerdos alcanzados con la representación de los trabajadores, será causa de resolución del contrato.

La empresa adjudicataria, sin perjuicio de lo acordado con la representación sindical y entendiendo como máxima prioridad el mantenimiento de plantilla, deberá garantizar un salario que será como mínimo el 80% del salario base que le corresponda al personal de la misma categoría en la Administración Pública de la Comunidad de Aragón.

Zaragoza, 14 de diciembre de 2012.


El Portavoz

ADOLFO BARRENA SALCES

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