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Respuesta escrita a la Pregunta núm. 399/01, relativa al vertedero de residuos sólidos urbanos de Monzón.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:188 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Medio Ambiente a la Pregunta núm. 399/01, formulada por el Diputado de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida de Aragón (G.P. Mixto) Sr. Lacasa Vidal, relativa al vertedero de residuos sólidos urbanos de Monzón, publicada en el BOCA núm. 138, de 1 de junio de 2001.

Zaragoza, 7 de septiembre de 2001.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


El Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón, señala que el destino de los residuos urbanos de los municipios integrados en la Agrupación 2 Barbastro, tal como es el caso de Monzón, es el vertedero de Barbastro. El proyecto del nuevo vertedero de Barbastro, tras los trámites establecidos en la Ley Urbanística, fue aprobado por el Consejo de Gobierno como proyecto de interés supramunicipal, en fecha 7 de noviembre de 2000. Posteriormente, en fecha 13 de marzo de 2001, el Consejo de Gobierno aprobó la urgente ocupación de los terrenos, dentro del procedimiento de expropiación forzosa. Realizada la expropiación, la construcción de la obra tiene una duración de nueve meses.

Tal corno se señala en el Plan, la implantación del mismo se realiza con flexibilidad, tanto en plazos como en la aplicación concreta en cada lugar. Es por ello que, durante este tiempo, y hasta que se finalice la obra del vertedero nuevo de Barbastro, hay que tener en cuenta que en la Agrupación 2 Barbastro hay otros tres vertederos controlados, además del vertedero actual de Barbastro. Estos vertederos están ubicados en las localidades de Puente de Montañana, Tamarite de Litera, Aínsa-Sobrarbe.

En este punto, cabe recordar que las competencias de la Diputación General de Aragón en materia de residuos urbanos son competencias de planificación de la gestión en el territorio de la Comunidad Autónoma y que es competencia de los entes locales el tratamiento y eliminación de los residuos urbanos.

De acuerdo con el programa de sellado del Plan, la Diputación General de Aragón está acometiendo los sellados de los vertederos incontrolados de los municipios pero una vez que dichos municipios cuentan con una instalación controlada para el depósito de los residuos urbanos.

En visita girada por técnicos del Servicio de Protección Ambiental y del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca, se ha constatado que la situación en vertedero de Monzón –en el que se realiza el vertido de este municipio y de los municipios de la Mancomunidad del Cinco Medio– no puede prolongarse más allá de 3 a 5 meses por condicionantes de operatividad y para no comprometer el desarrollo adecuado de las oportunas labores de sellado.

Es por ello imprescindible, en tanto en cuanto no está finalizada la construcción del nuevo vertedero de la Agrupación en Barbastro, que se alcancen los acuerdos oportunos entre la Mancomunidad del Cinca Medio y alguno de los titulares de los vertederos controlados de la zona que posibiliten que esta Mancomunidad comience a realizar el vertido en alguna instalación controlada.

Por otra porte, en lo relativo a la posible instalación de un vertedero de titularidad privada en el municipio de Monzón, hay que señalar que el Decreto 49/2000 del Gobierno de Aragón, de 29 de febrero, por el que se regula la autorización y registro para la actividad de gestión para las operaciones de valorización o eliminación de residuos no peligrosos, y se crean los registros para otras actividades de gestión de residuos no peligrosos distintas de las anteriores, y para el transporte de residuos peligrosos, regula el régimen de autorización precisa para la actividad privada de eliminación de residuos. No se tiene constancia en esta Administración de que ninguna empresa haya solicitado la autorización regulada en el Decreto 49/2000, para la actividad de eliminación de residuos en el término de Monzón.

Por cuanto a las posibles ayudas y subvenciones que se conceden a las empresas por parte de la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental, éstas se conceden para el fomento de las actividades de reciclado y desarrollo del mercado de productos recuperados y en ningún caso para la actividad de eliminación.

Se han financiado y se financian con cargo al Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Urbanos las infraestructuras de eliminación previstas en el mismo, entre las que no se encuentra un vertedero en Monzón, y cuyos titulares son siempre las entidades locales y en ningún caso empresas privadas. El Plan no contempla la financiación a empresas privadas para la construcción de vertederos de residuos urbanos.

Zaragoza, 16 de julio de 2001.


El Consejero de Medio Ambiente

VICTOR LONGÁS VILELLAS

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