Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 144/18, sobre la incorporación de jóvenes a la agricultura en Aragón.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:238 (IX Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

M.a del Mar Vaquero Perianez, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la incorporación de jóvenes a la agricultura en Aragón, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La necesidad de impulsar políticas para que se produzca un efectivo relevo generacional en el campo es necesario y un objetivo de todos los gobiernos. En el conjunto de España sólo un 6% de los agricultores tienen menos de 40 años, es decir, sólo un 6% de los agricultores activos en España son considerados como jóvenes agricultores. Es por ello que dentro de las políticas de la Política Agraria Común, tanto las ayudas incluidas en el primer pilar, como las incluidas en el segundo pilar, se incluyen medidas para impulsar las ayudas a jóvenes agricultores. Los datos porcentuales en Aragón no son mejores que los que se conocen en nuestro País.

El relevo generacional en el campo es importante por el cuidado de nuestro medio ambiente, de nuestro equilibrio territorial y también conviene indicar, que la incorporación de jóvenes al campo tiene consecuencias positivas en el ámbito económico pues según determinados estudios, por cada joven agricultor que se instala en el campo se generan 10 puestos de trabajo.

En definitiva, se necesitan jóvenes en el campo que cumplan algunos objetivos fundamentales como mejorar los rendimientos de nuestras explotaciones (incorporando nuevos sistemas y herramientas de trabajo que tengan en cuenta la evolución del medio ambiente), mejorar los resultados económicos generales del sector primario, contribuir al asentamiento de personas en el mundo rural y ayudar al objetivo global de producir productos de calidad.

Dedicarse a la agricultura no es una decisión fácil, puesto que la rentabilidad de las explotaciones no siempre está asegurada y siendo joven agricultor las dificultades se incrementan, especialmente para todos aquellos que viven en zonas de especial dificultad como son las de alta montaña. Tal es así que la propia Constitución Española, que incluye pronunciamientos para promover determinados sectores con el objetivo de promover la igualdad en cualquier lugar de España, incluye en su artículo 130 lo siguiente:

«Artículo 130.

1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.

2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.»

Como se observa, hace una especial mención a las zonas de montaña para que se produzca un "tratamiento especial" debido a sus especiales dificultades.

Es por ello que no tiene mucha coherencia con los objetivos perseguidos por todos, por las diferentes iniciativas aprobadas por unanimidad en las propias Cortes de Aragón, que en la Orden de 17 de diciembre de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, en su artículo 8.1 en su apartado a) donde habla de requisitos de los beneficiarios indique:

"Ser titular de una explotación agraria que requiera al menos una UTA y que cumpla los requisitos de viabilidad económica. Se considera que la explotación es viable económicamente cuando su RUT sea igual o superior al 35 por 100 de la renta de referencia en el momento de la solicitud."

Este apartado, consideramos que no beneficia la incorporación de jóvenes en las zonas de montaña de Aragón, que por la presencia de la misma, ni siquiera pueden presentar sus proyectos para incorporarse.

Por lo expuesto, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente:


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que modifique las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores, que se fijan en la Orden de 17 de diciembre de 2015, y en concreto el artículo 8.1 apartado a), y que tenga en cuenta las especiales circunstancias en las que viven los jóvenes que se quieren incorporar al campo en las zonas de montaña.

Zaragoza, 9 de abril de 2018.


La Portavoz

M.ª DEL MAR VAQUERO PERIANEZ

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