A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
M.a del Mar Vaquero Perianez, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley, sobre la regulación de la figura del perro escolta para mujeres víctimas de violencia de género, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La legislación vigente en materia de violencia de género contempla, entre sus principales fines, el carácter asistencial como servicio público a garantizar para atender y proteger a las víctimas de violencia de género.
Nuestro Estatuto de Autonomía, en su artículo 71.34, regula las competencias propias en materia de acción social que comprende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda a la protección de las distintas modalidades de familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial.
Por tal motivo, es competencia exclusiva de nuestra comunidad prestar atención, protección y asistencia a las mujeres víctimas de violencia de género, así como otorgarles una asistencia integral, con medidas de acción positiva para su protección.
En los últimos años se están desarrollando iniciativas para ofrecer un apoyo social y psicológico a las víctimas, medidas eficaces para tratar las consecuencias de la violencia de género.
Entre ellas existe un proyecto de asistencia con perros escoltas o de acompañamiento a víctimas de violencia de género. Este modelo de atención, implantando en algunas comunidades autónomas, utiliza perros adiestrados en un centro especializado y oficialmente reconocido, facilitando a su usuaria afrontar y superar la situación de violencia machista en que se encuentra, facilitando su protección efectiva, y mejorando su autoestima y seguridad, contribuyendo a hacer efectiva su protección y su derecho de asistencia social integral.
Actualmente, la ONG «Proyecto ESCAN» promueve esta terapia con animales adiestrados como apoyo a la integración social de las víctimas, así como para la protección y disuasión ante posibles situaciones de amenaza o agresión. Además, esta iniciativa ha demostrado su eficacia en la recuperación psicológica y emocional integral de mujeres y menores víctimas de violencia de género, potenciando los efectos terapéuticos al incidir positivamente en parámetros de seguridad, autoestima, confianza, entre otros. Esta organización pone gratuitamente a disposición de estas víctimas que cumplen los requisitos establecidos (tener orden de alejamiento y sentencia judicial) esta terapia
Instituciones como el Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial han manifestado su apoyo y respaldo a esta iniciativa, llegando a establecer convenios de colaboración para integrar este derecho dentro de las medidas a impulsar a nivel asistencial de las mujeres en situación de violencia de género.
En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Integrar, en el desarrollo legal y normativo de Aragón, el derecho de acompañamiento de perros escoltas para las mujeres en riesgo o en situación de violencia de género.
2. Adecuar la figura del perro escolta a la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección de Animales en la Comunidad Autónoma de Aragón, equiparando los derechos, obligaciones y limitaciones a los ya contemplados para los perros guía en dicha norma.
3. Desarrollar, en el plazo máximo de tres meses, y mediante la dotación presupuestaria correspondiente, así como de los medios y recursos materiales necesarios, la implantación de un programa de protección y atención a las víctimas a través de perros escolta, evaluando la eficacia y respuesta del mismo, e introduciendo las mejoras necesarias para garantizar su plena utilidad.
4. Colaborar entre las Administraciones públicas, quienes velan por la protección prestada a las víctimas, para garantizar la divulgación y difusión del derecho de acompañamiento de perros escolta, entre las entidades, instituciones y colectivos de carácter social que atiendan a víctimas de la violencia de género, mediante la utilización de los medios de comunicaciones estimados para su cumplimiento efectivo.
5. Garantizar el derecho de protección integral, real y efectiva a las mujeres en riesgo o en situación de violencia machista, asumiendo el derecho de acompañamiento de perros escoltas para aquellos casos que se considere necesario como parte de las medidas de atención asistencial a las víctimas.
Zaragoza, 3 de agosto de 2018.
La Portavoz
M.ª DEL MAR VAQUERO PERIANEZ