PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 13 de abril de 2016, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 160/16, sobre la derogación del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de educación primaria, presentada por el G.P. Socialista, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 13 de abril de 2016.
El Presidente de las Cortes
ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
El Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la derogación del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de educación primaria, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (LOMCE), en la modificación que realiza sobre la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), establece en su artículo 21 una evaluación individualizada al finalizar el sexto curso de Educación Primaria. A su vez, la Disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, establece el calendario de implantación de las evaluaciones individualizadas.
En desarrollo de lo expuesto, el Gobierno central ha aprobado el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria, publicado en el Boletín Oficial del Estado el sábado 28 de noviembre de 2015.
En virtud de este Real Decreto, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte impone a las Comunidades Autónomas la obligación de diseñar, aplicar y corregir unas pruebas que introducirán elementos de tensión externa al alumnado, a sus familias y al profesorado, que afectarán negativamente al normal desarrollo del calendario escolar y que, además, ocasionarán graves dificultades organizativas, funcionariales y económicas para nuestra Comunidad Autónoma.
La aprobación de este Real Decreto pone en evidencia, tal como ocurrió con la aprobación de la LOMCE, la actitud de falta de diálogo, de nula voluntad de acuerdo, y de omisión del deber político de consenso con todos los agentes de la comunidad educativa, y ocasiona un nuevo agravio de déficit democrático en el tratamiento de los temas educativos que afectan a toda la ciudadanía española, todo ello, además, considerando que esta norma la ha impuesto, inoportunamente, un Gobierno central en sus momentos previos a entrar en funciones.
En este Real Decreto se impone, inadecuadamente, lo que la comunidad educativa ha venido denominando «reválida» para el final de la etapa de Educación Primaria. En esta reválida final —que no evaluación— las calificaciones obtenidas por el alumnado deberán ser expresadas en términos de insuficiente, suficiente, bien, notable y sobresaliente. Esto, junto con las repuestas dadas a los cuestionarios de contexto elaborados por el Ministerio, permitirá la elaboración de un ranking o clasificación de todos los centros docentes españoles.
Es decir, en primer lugar, con esta nueva norma emanada de la LOMCE el alumnado de Primaria recibirá una calificación final expresada en términos muy reduccionistas y que pervierte el sentido educativo y la globalidad de la evaluación que debe aplicarse en esta etapa educativa.
En segundo lugar, el establecimiento de los rankings de centros que pretende el Gobierno central no contribuirá a la mejora del sistema educativo, sino a la discriminación y desprestigio de los centros docentes y a su ubicación en un sistema clasificatorio realmente descontextualizado que no beneficia a la labor educativa que debe ser desarrollada por cada uno de ellos en su contexto.
En suma, este Real Decreto, además de suponer una contradicción insostenible con los verdaderos principios de la evaluación en Educación Primaria (que debe ser continua, global, formativa y orientadora), introduce unas obligaciones inespecíficas e imposibles de asumir en cuanto a la aplicación de esta «reválida», claramente innecesaria, inoportuna e impuesta, y claramente rechazada por la comunidad educativa.
Por ello se formula la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a solicitar al Gobierno de España la derogación del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como la paralización de cualquier actuación o medida en este sentido, y la apertura de un verdadero proceso de diálogo y consenso democrático con las organizaciones políticas y los agentes educativos para restaurar las condiciones que conduzcan a la verdadera mejora de la Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Zaragoza, 5 de abril de 2016.
El Portavoz
JAVIER SADA BELTRÁN