Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 363/17, sobre la transferencia del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón de los 100 millones acordados en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:209 (IX Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª María Eugenia Díaz Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la transferencia del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón de los 100 millones acordados en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para su presentación en el Pleno de las Cortes de Aragón.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Pacto de Estado contra la Violencia de Género votado por el Pleno del Congreso de los Diputados y publicado en su Boletín Oficial del 9 de octubre de 2017, contiene entre sus 214 medidas, quince de especial trascendencia para las Comunidades Autónomas, bien porque refieren a cuestiones que son de su competencia, como las medidas 4, 15, 19 a 22, 143, 149, 150, y otras; bien porque se refieren a cuestiones que necesitan de la colaboración entre administraciones, como la 33, 177, 178, 183, 185; o bien porque de ellas depende el aumento de la financiación a las Comunidades Autónomas para la lucha contra la violencia de género, como la 207.

En su enunciado, el Pacto de Estado contra la Violencia de Género hace hincapié en la necesidad de la concienciación y en la educación como base para erradicar la violencia que se ejerce contra las mujeres, por ello, resulta imprescindible y urgente la aplicación de las medidas referidas en primer término, puesto que es la Educación una de las principales competencias de las Comunidades Autónomas.

Por otra parte, tal y como se indica en el texto de la ponencia, la colaboración entre administraciones debe ser uno de los pilares en que se sustancie la validez y la consecución de los objetivos del Pacto de Estado, por lo que las medidas relacionadas en segundo término deben ser puestas en práctica a la mayor brevedad, lo que supone la máxima implicación y voluntad por parte de todas las administraciones.

Por último, resulta evidente que la aplicación de la mayor parte de las medidas implican una mayor inversión por parte del Gobierno Central, puesto que la realizada hasta ahora se ha demostrado claramente insuficiente, una inversión que incluso debería ir más allá de lo establecido en el Pacto.

La aplicación de esas ampliaciones en los presupuestos destinados a luchar contra la Violencia de Género debe realizarse, además, de manera inmediata, para que el conjunto de las administraciones puedan llevar a cabo las medidas dispuestas en el texto. En este sentido, la medida 207 hace referencia explícita al incremento presupuestario destinado a Entidades Locales y Comunidades Autónomas:

«207. Para las nuevas o ampliadas competencias reservadas a las Comunidades Autónomas y ayuntamientos, dentro de este Pacto proponemos al Gobierno los otros dos siguientes compromisos económicos para los próximos cinco ejercicios:

A) Los Presupuestos Generales del Estado destinarán, vía transferencias a los ayuntamientos, un incremento anual de 20 millones de euros durante los próximos cinco ejercicios. El Gobierno de España, acordará con la FEMP u otras asociaciones de municipios en el conjunto del Estado, los programas que deberán llevarse a cabo. La Comisión de Seguimiento del Pacto asumirá la responsabilidad del seguimiento y control anual del destino de esos recursos, una vez finalizado el presupuesto anual en vigor.

B) Los Presupuestos Generales del Estado destinarán a las Comunidades Autónomas un incremento anual de 100 millones de euros durante los próximos cinco años para el desarrollo o ampliación de las medidas recogidas en este Pacto. El Gobierno de España negociará los criterios de reparto con las Comunidades Autónomas, en el marco de la Conferencia Interterritorial, atendiendo a la población, extensión geográfica, necesidades específicas u otras variables que resulten pactadas. Los fondos serán destinados a programas de lucha contra la violencia de género, respetando las competencias propias de las Comunidades Autónomas y atendiendo a las prioridades que acuerde el Gobierno de España con cada una de ellas.

No obstante lo anterior, la financiación a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales, por parte de la Administración General del Estado, para garantizar la efectividad del conjunto de medidas recogidas en este Pacto, habrá de tener siempre un carácter condicionado. Por tanto, la asignación financiera específica, del conjunto de las Administraciones Públicas, para la correcta eficacia del cumplimiento de los objetivos finales del Pacto, necesariamente debe ser finalista, siempre con el objetivo de evaluar adecuadamente el impacto de la inversión en la lucha contra la violencia de género. La Comisión de Seguimiento del Pacto asumirá la responsabilidad del seguimiento y control anual del destino de esos recursos, una vez finalizado el presupuesto anual en vigor.»

Por todo ello, proponemos la siguiente:


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que inste al Gobierno de España a que en los Ministerios de Hacienda y Función Pública, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la aplicación sin dilaciones de la medida 207:

1.1. La modificación de crédito en el Programa 232C de los Presupuestos del Estado (Actuaciones para la prevención integral de la violencia de género, gestionado por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género) dotando con 100 millones de euros una nueva partida de transferencias a las Comunidades Autónomas, disponible desde enero de 2018, ya que se destina a servicios públicos de carácter permanente, obligatorios en virtud del art. 19 de la Ley Orgánica 1/2004.

1.2. Hacer constar en los indicadores de seguimiento de los objetivos presupuestarios el número de profesionales autonómicas adscritas a la atención jurídica, psicológica y social, número de mujeres y de menores atendidos, número de horas de atención prestadas y número de medidas de prevención y de protección gestionadas.

1.3. Que en la próxima ley de presupuestos generales del Estado, o en el Real Decreto que prorrogue los presupuestos del año en curso, se incluyan las disposiciones que eliminen la tasa de reposición de efectivos de manera que se permita a la administraciones locales y autonómicas contar con el personal suficiente que garantice el correcto desarrollo de dichas competencias.

2. Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de España a que establezca los contactos necesarios con la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) y otras asociaciones de municipios en el conjunto del Estado, y puedan llegar a un acuerdo sobre los programas que deberán llevarse a cabo, en cumplimiento de la medida 207 del Pacto y establecer criterios objetivos de reparto de las transferencias corrientes a los ayuntamientos, exija también el cumplimiento de la Disposición adicional decimotercera de la Ley 0. 1/2004, proponiendo urgentemente a la Conferencia Sectorial de Igualdad el módulo de coste económico de los recursos humanos y materiales necesarios para mantener los servicios de atención jurídica, psicológica y social establecidos por el artículo 19 de dicha Ley, garantizando la equidad interterritorial.

3. Así mismo, estas Cortes instan al Gobierno de Aragón a la aplicación inmediata de las medidas 4, 15, 19 a 22 y 143, 149, 150, y todas aquellas que afecten a la comunidad aragonesa, habilitando en su Presupuesto para el año 2018, en el caso de ser necesario, las partidas (o modificaciones de crédito) necesarias para la aplicación de las mismas.

Zaragoza, 24 de noviembre de 2017.


La Portavoz

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO

CORTES DE ARAGÓN
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