PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 5 de agosto de 2013, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 288/13, sobre la necesaria formación específica y previa de las y los profesionales de cuidados paliativos para optar a las plazas de equipos de soporte de atención domiciliaria, presentada por el G.P. de Izquierda Unida de Aragón para su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 5 de agosto de 2013.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la necesaria formación específica y previa de las y los profesionales de cuidados paliativos para optar a las plazas de equipos de soporte de atención domiciliaria, solicitando su tramitación en el Pleno de las Cortes.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Plan Aragonés de Cuidados Paliativos de 2008 recoge la exigencia de un nivel de experiencia adecuado y previo para las y los profesionales de cuidados paliativos. Profesionales de cuidados paliativos en los domicilios han pedido al Gobierno de Aragón que exija una formación específica y previa para llevar a cabo este trabajo. La necesidad de tener una serie de requisitos previos y una formación adecuada, teniendo en cuenta el trabajo tan específico y concreto que desempeñan las y los profesionales de cuidados paliativos se incluye en los requisitos que se exigen en otras Comunidades Autónomas para poder optar a las plazas de cuidados paliativos.
El Departamento de Sanidad ha sacado a concurso de traslados las ocho plazas de los equipos de soporte de atención domiciliaria (ESAD) de los sectores II (Miguel Servet) y III (Clínico) de Zaragoza sin pedir un perfil específico para poder optar a ellas, y sólo se va a tener en cuenta la antigüedad, sin tener en cuenta la formación concreta y la experiencia previa.
El no solicitar un perfil específico para optar a dichas plazas va a suponer un empeoramiento de la asistencia domiciliaria de los enfermos terminales o aquellos con severa incapacidad que ahora atienden en sus domicilios.
Estos equipos, creados ya en 1999, se ocupan al año de casi mil enfermos y ofrecen una atención que va más allá de lo meramente asistencial, cabe recordar que es un trabajo muy especial ya que el 100% de sus pacientes fallecen, por tanto su atención profesional también es sicológica y emocional tanto de las personas enfermas como de sus familiares.
El que salga a concurso de traslados ocho plazas de los equipos de soporte de atención domiciliaria en Zaragoza sin exigir una formación y experiencia previa y un perfil específico, entendemos que afecta directamente a la calidad de la prestación y supone un empeoramiento claro en la atención a los pacientes, tal y como lo entiende también la Sociedad Aragonesa de Cuidados paliativos que ya han acudido y trasladado sus quejas a diferentes instituciones y al Justicia de Aragón.
Por todo ello, presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1.º Cumplir con el Plan Aragonés de Cuidados Paliativos de 2008 en el que se exige que las personas que desempeñan sus funciones en cuidados paliativos tengan un nivel de experiencia adecuado y suficiente para llevar a cabo su labor con todas las garantías necesarias que requiere un trabajo tan específico y sensible.
2.º Adoptar cuantas medidas y acciones sean necesarias para que los profesionales de cuidados paliativos en los domicilios que conformen los equipos de soporte de atención domiciliaria (ESAD) y que complementan su labor con la que desarrollan las y los médicos de Atención Primaria en los Centros de Salud, tengan una formación adecuada y experiencia previa con un perfil específico y que se incluyan dichos requisitos previos para poder optar a las plazas de cuidados paliativos, tal y como se hace en otras Comunidades Autónomas.
Zaragoza, 26 de julio de 2013.
El Portavoz
ADOLFO BARRENA SALCES