PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la respuesta escrita del Sr. Consejero de Economía y Empleo a la Pregunta núm. 792/11-VIII, relativa al comportamiento de beneficios fiscales para empleo, formulada por el Diputado del G.P. Socialista Sr. García Madrigal, publicada en el BOCA núm. 25, de 16 de diciembre de 2011.
Zaragoza, 25 de enero de 2012.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
En primer lugar, destacar que, desde este Instituto Aragonés de Empleo, se manifiesta que todas las competencias relativas a deducciones, bonificaciones y reducciones fiscales a empresarios individuales y emprendedores corresponden al Estado.
Y en segundo lugar, con respecto a la posible relación con el empleo, de impuesto, bonificaciones, etc., aunque pudiera existir una incidencia indirecta, no corresponde al INAEM el análisis de la misma ni de sus posibles repercusiones.
En todo caso en lo que a esto respecta, el Gobierno de Aragón solo tiene competencia en lo que al tramo autonómico se refiere en determinar dicho tramo del Impuesto de la renta de las personas físicas que en estos días se encuentra en debate.
Por último cabe destacar la serie de incentivos fiscales que se presentaron como fórmula para fomentar el empleo y la inversión empresarial, en los que aquí nombramos unos cuantos, tales como:
— Deducción en un 20% de la cuota en el IRPF cuando se invierta en sociedades nuevas o recientes cuya actividad se centre en I+D+i. A estos inversores que posibilitan la creación y el desarrollo de empresas con sus capitales se les denomina Business Angels.
— Bonificación del 100% en la cuota del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para fianzas. Se trata de reducir el coste fiscal del acceso al crédito.
— Supresión del Impuesto sobre el Daño medio ambiental por Tendidos Aéreos para permitir un incremento de la actividad vinculada al esquí.
— Beneficio en Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la compra de empresas si se mantiene el empleo. Se reduce al 4% cuando se adquiera una empresa siempre que se mantenga el nivel de empleo durante al menos 5 años.
— Beneficio en Impuesto de Sucesiones y Donaciones por inicio de actividades económicas creando empleo (reducción del 30% en la cuota de este tributo para quien recibe dinero en herencia o donación y lo destina a crear una empresa y con ella al menos un puesto de trabajo).
Zaragoza, a 16 de enero de 2012.
El Consejero de Economía y Empleo
FRANCISCO BONO RÍOS