Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 19/17, sobre el cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a la sociedad concesionaria de autopistas de peaje Autopistas, Concesionaria Española, S.A. (ACESA).
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:131 (IX Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D. Jesús Sansó Olmos, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C's), de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a la sociedad concesionaria de autopistas de peaje Autopistas, Concesionaria Española, S.A. (ACESA), solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El tramo Alfajarín-Soses de la autopista AP-2 fue puesto en servicio en el año 1977.
Autopistas, Concesionaria Española, S.A. (ACESA) es titular de la concesión de la Administración General del Estado para la construcción, conservación y explotación de la autopista AP-2 Zaragoza-Mediterráneo, según el artículo 11 del Decreto 1310/1973 de 22 de junio, por un plazo de 25 años. Con posterioridad, el Real Decreto 2346/1998 de 23 de octubre, prorrogó la concesión hasta el 31 de agosto de 2021.
De acuerdo con la cláusula V punto 1 del real Decreto 2346/1998 relativa al régimen jurídico de la concesión, este limita hasta el 31 de agosto de 2016 la bonificación del 95% de la cuota anual del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) sobre el inmueble de características especiales destinado a autopista de peaje correspondiente al tramo de la autopista AP-2 que discurre por los términos municipales aragoneses, derivada del Decreto de concesión, en relación con la Ley de Autopistas 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, explotación y conservación de autopistas en régimen de concesión.
Por lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a asesorar legal y técnicamente a los ayuntamientos aragoneses por cuyos términos municipales discurre el trazado de la autopista de peaje AP-2 en los trámites necesarios para el cobro de la tributación a la sociedad concesionaria de autopistas de peaje Autopistas, Concesionaria Española, S.A. (ACESA) del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles de características especiales que grava los bienes destinados a dicho uso, según lo estipulado en la cláusula V del Decreto 2346/1998 de 23 de octubre.
Zaragoza, 23 de enero de 2017.
El Portavoz Adjunto
JESÚS SANSÓ OLMOS