Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión
Proposición no de Ley núm. 356/21, sobre las directrices de elaboración, transformación y venta de los productos de acuerdo con la Ley de Venta Local de Productos Agroalimentarios en Aragón, asumida la iniciativa ciudadana de D. Juan Antonio Gil Gallus, en representación de la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos (FCQ), para su tramitación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:164 (X Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria de Izquierda Unida de Aragón, Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente Proposición no de Ley relativa a las directrices en la elaboración, transformación y venta de los productos de acuerdo con la Ley de Venta Local de Productos Agroalimentarios en Aragón, para su debate en la Comisión de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de las Cortes de Aragón.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Sr. Gil Gallus, en representación de la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos (FCQ), al amparo de lo establecido en el artículo 270 RCA presentó una Propuesta de Proposición No de Ley que fue admitida a trámite el pasado día 29 de septiembre por la Mesa de las Cortes.
Esta iniciativa introduce los siguientesANTECEDENTES
En 2017 se aprueba la Ley 7/2017, de 28 de junio, de Venta Local de Productos Agroalimentarios en Aragón.
En el artículo 8 de la Ley 7/2017 se expone la adaptación de los requisitos de higiene de los productos agroalimentarios:
- Establecer excepciones o exenciones de determinados requisitos, contempladas en la normativa comunitaria.
- Impulsar, por el procedimiento previsto en la normativa comunitaria, las adaptaciones de requisitos que permitan seguir utilizando productos y métodos tradicionales en cual-quiera de las fases de producción, transformación o distribución de alimentos; o que respondan a las necesidades de las empresas agroalimentarias en regiones con limitaciones geográficas especiales; o respecto a la construcción, el diseño y el equipamiento de los establecimientos en cualesquiera otras circunstancias.
- Excluir algunas actividades del ámbito de aplicación de la citada normativa en el caso de suministro de pequeñas cantidades de productos primarios para la venta local por parte de los productores primarios.
En 2019 se aprueba la Orden que se establecía las cantidades máximas de los productos agroalimentarios que puedan ser objeto de Ley 7/2007, y en 2020 se publica la Guía de buenas prácticas higiénico-sanitarias para la venta local.
Aunque la guía es una herramienta para ayudar al productor agroalimentario a cumplir los requisitos generales de la Ley 7/2017, mediante la orientación para la aplicación de los requisitos higiénico-sanitarios en función de las distintas modalidades de venta local, así como para la manipulación y elaboración en su caso de los productos alimenticios recogidos en la venta local: se deberá disponer de las necesarias condiciones de equipamiento, higiene y funcionamiento con flexibilidad en un Plan de Autocontrol de seguridad alimentaria (con Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos -APPCC- e integrado los PRERREQUSITOS necesarios) vinculado al tamaño del establecimiento y además se recomienda realizar buenas prácticas de higiene y elaboración en los locales y equipos para la elaboración, transformación, almacenamiento, venta, transporte de los productos.
Quedaría pendiente la elaboración y publicación de un documento con el fin de aportar una idea clara sobre cómo llevar a cabo correctamente la venta local, para que los productores aragoneses puedan aprovechar plenamente esta oportunidad y complementar y mejorar su renta de explotación, tal y como han realizado otras CCAA, como la guía para la venta de proximidad de los productos agrarios catalanes.
Por todo ello se presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
Redactar, aprobar y publicar en el plazo de tres meses las instrucciones y directrices claras de flexibilidad en la elaboración, transformación y venta local de cada uno de los productos autorizados para su venta directa de acuerdo con la 7/2017, de 28 de junio, de Venta Local de Productos Agroalimentarios en Aragón y posteriormente las comuniquen a los productores e inspectores veterinarios para su aplicación práctica.
Zaragoza, 30 de septiembre de 2021.
El Portavoz
ÁLVARO SANZ REMÓN