Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


Textos en tramitación - Proposiciones no de Ley - Para su tramitación en Pleno

Enmiendas presentadas a la Proposición no de Ley núm. 20/99-V, sobre pago de indemnizaciones a los afectados por los espacios naturales protegidos

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:12 (V Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentadas por los Grupos Parlamentarios Socialista, del Partido Aragonés y Mixto a la Proposición no de Ley núm. 20/99-V, sobre pago de indemnizaciones a los afectados por los espacios naturales protegidos, publicada en el BOCA núm. 11, de 19 de octubre de 1999, cuyos textos se insertan a continuación.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 21 de octubre de 1999.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ MARÍA MUR BERNAD


ENMIENDA NÚM. 1

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª Milagros Trasobares Serrano, Diputada del Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 20/99, sobre pago de indemnizaciones a los afectados por los espacios naturales protegidos.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN


Sustituir donde dice «indemnizar con generosidad», hasta el final del párrafo, por lo siguiente: «Establecer ayudas técnicas, económicas y financieras en las poblaciones que cuenten en su territorio con Espacios Naturales Protegidos o estén incluidas en sus áreas de influencia socioeconómica».


MOTIVACIÓN


Se considera más apropiado.

Zaragoza, 20 de octubre de 1999.


La Diputada

MILAGROS TRASOBARES SERRANO

V.º B.º

El Portavoz

FRANCISCO PINA CUENCA


ENMIENDA NÚM. 2

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 20/99-V, relativa al pago de indemnizaciones a los afectados por los espacios naturales protegidos.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN


Modificación del texto actual, quedando el texto definitivo como sigue:

«El Gobierno de Aragón establecerá un régimen económico de ayudas y medidas compensatorias a Entidades Locales, empresas y particulares integrados en las áreas de influencia socioeconómica y que se vean afectados por las limitaciones que del cumplimiento de la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios naturales protegidos se deriven, con el fin de promover su desarrollo sostenible. Las limitaciones a la propiedad que no deban ser soportadas por los titulares de bienes y derechos serán indemnizados con arreglo a la Ley de Expropiación forzosa.»


MOTIVACIÓN


Por considerarlo conveniente.

Zaragoza, 20 de octubre de 1999.


La Portavoz

BLANCA BLASCO NOGUÉS


ENMIENDA NÚM. 3

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Mixto (Izquierda Unida de Aragón), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 20/99-V, relativa al pago de indemnizaciones a los afectados por los espacios naturales protegidos.


ENMIENDA DE MODIFICACIÓN


Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que en el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2000 se incluyan partidas que permitan desarrollar de forma integral los espacios naturales protegidos ya declarados, así como aquellos otros que es imprescindible declarar de forma inmediata, con atención especial a las necesidades de las poblaciones que habitan en las zonas.


MOTIVACIÓN


La protección de espacios naturales no es un perjuicio del que se deba indemnizar a unos supuestos afectados, sino una posibilidad de desarrollo que hay que potenciar.

Zaragoza, 20 de octubre de 1999.


El Portavoz

JESÚS LACASA VIDAL

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