La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 15 de enero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 4/14, sobre el precio y renta máximos de las viviendas protegidas en Aragón, presentada por el G.P. Chunta Aragonesista, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 15 de enero de 2014.
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D.ª Nieves Ibeas Vuelta, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el precio y renta máximos de las viviendas protegidas en Aragón, para su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Decreto 60/2009, de 14 de abril, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón, regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012. El capítulo II del Título I de esa norma establece el sistema de precios y rentas máximos a aplicar en el ámbito de la vivienda protegida, en sus distintas modalidades. El sistema articulado establece una serie de precios máximos que toman a su vez como referencia el valor del módulo básico aragonés, el cual multiplican en diferente cuantía en función del tipo de promoción. Este módulo viene determinado en la Disposición Adicional Primera del Decreto 60/2009, y se fija en la cantidad de 758 euros por metro cuadrado de superficie útil. Módulo que, no obstante, puede modificarse mediante Orden del Consejero competente en materia de vivienda.
Nos encontramos, por tanto, ante un sistema de fijación de precios que se estableció en el año 2009, y que no ha variado desde entonces, pese a que la realidad del mercado inmobiliario ha variado sustancialmente. Mientras que el precio de venta y el valor de los alquileres de la vivienda libre han sufrido una drástica disminución, el precio de la vivienda protegida se ha mantenido inalterable en estos últimos años. De esta forma, y sin perjuicio de las importantes variaciones en los datos que pueden existir entre las diversas poblaciones, lo cierto es que la vivienda protegida presenta en la actualidad unos precios similares en muchas ocasiones a los de la vivienda libre.
De manera paralela a esos cambios en el mercado inmobiliario la situación económica de las familias se ha deteriorado dramáticamente en los últimos años como consecuencia de la crisis económica. La disminución de los salarios, cuando no la pérdida de puestos de trabajo, origina que los propietarios y arrendatarios de viviendas protegidas tengan que destinar en muchos casos un porcentaje mayor de su renta disponible al pago del alquiler o la hipoteca. La suma de ambas circunstancias, mantenimiento de los precios de referencia y crisis económica, originan que la vivienda protegida deje de ser un medio para la consecución del objetivo constitucional consistente en facilitar el acceso a una vivienda digna y adecuada a los ciudadanos que residen en Aragón. Por todo lo anterior, se presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que realice en el plazo de tres meses una revisión a la baja de la cuantía del Módulo Básico Aragonés, que permita adaptar el precio de venta y renta de las viviendas protegidas en Aragón a la realidad económica e inmobiliaria actual.
En el Palacio de la Aljafería, a 9 de enero de 2014.