Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Preguntas formuladas
Pregunta núm. 1539/24, relativa al impacto turístico en los ibones del Pirineo.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:79 (XI Legislatura)
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Álvaro Sanz Remón, Portavoz de la Agrupación Parlamentaria Izquierda Unida Aragón-Grupo Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Medio Ambiente y Turismo, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa al impacto turístico en los ibones del Pirineo.
ANTECEDENTES
Los lagos de alta montaña (ibones) se encuentran contemplados en el Decreto 204/2010, de 2 de noviembre, por el que se crea el Inventario de Humedales Singulares de Aragón y se establece su régimen de protección (PDF, 211 KB), Boletín Oficial de Aragón (BOA) n.º 220, de 11/11/2010. Esta norma dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente.
En el anexo I del citado Decreto se enumera la relación de humedales singulares de Argón, entre los que se encuentra una amplia relación de ibones, balsas y estanques de alta montaña.
La Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de Medidas Urgentes en Materia de Medio Ambiente establece que el Gobierno de Aragón deberá establecer un régimen específico de protección que consistirá en preservarlos de todas aquellas actividades susceptibles de provocar su recesión, desnaturalización y degradación, así como regular el acceso público a dichas áreas a través de acuerdos y convenios con los propietarios privados.
Los ibones pirenaicos representan uno de los elementos naturales más singulares, a la vez que sensibles, de los ecosistemas de montaña sometidos a dos amenazas principales: el cambio climático y la sobreexplotación turística.
Recientemente, el Instituto Pirenaico de Ecología (IPE) ha advertido del riesgo que suponen ambas circunstancias en el equilibrio ecológico de estos humedales de alta montaña.
El Gobierno de Aragón ya ha puesto en marcha servicios para regular el acceso público a determinados espacios naturales que le son de su competencia. Igualmente, algunas entidades locales han puesto en marcha servicios de movilidad colectiva para facilitar el acceso a algunas áreas naturales de importancia paisajística, a la vez que limitan el acceso de vehículos privados.
Por todo ello, presenta las siguientes
PREGUNTAS
1. ¿Qué medidas tiene previstas implementar el Gobierno de Aragón para preservar los valores ecológicos de los Ibones del Pirineo y protegerlos especialmente de la saturación turística y de los efectos del cambio climático?
2. ¿Se está valorando la posibilidad de regular el acceso a estos espacios de alta montaña de forma directa o colaborando con otras entidades? En caso de ser así ¿Para qué espacios y en qué condiciones?
En Zaragoza, 26 de agosto de 2024.
El Diputado
ÁLVARO SANZ REMÓN