Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 477/13, sobre la creación de un portal propio en Internet para el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:191 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 477/13, sobre la creación de un portal propio en Internet para el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM), presentada por el G.P. Chunta Aragonesista, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 20 de noviembre de 2013.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D.ª Nieves Ibeas Vuelta, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la creación de un portal propio en Internet para el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM), para su tramitación en el Pleno.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer lo adscribe como organismo autónomo al Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de servicios sociales. El Instituto Aragonés de la Mujer (IAM) tiene como finalidades básicas elaborar y ejecutar las medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad del hombre y de la mujer, impulsar y promover la participación de la mujer en todos los ámbitos y eliminar cualquier forma de discriminación de la mujer en Aragón.

Para el cumplimiento de sus fines, la Ley establece para el Instituto Aragonés de la Mujer el desarrollo de toda una serie de funciones, entre ellas, tareas de divulgación de estudios, programas, planes y actuaciones que contribuyan a incrementar la participación política, empresarial y laboral de las mujeres estimulando su asociacionismo; fomentar de la participación de las mujeres en foros nacionales e internacionales; fomentar la prestación de servicios en favor de la mujer y, en particular, de los dirigidos a aquellas que tengan especial necesidad de ayuda; informar a la ciudadanía y, en especial, a las mujeres aragonesas sobre los problemas de las mujeres, realizando campañas sobre información sexual, planificación familiar, prevención de enfermedades específicas de la mujer y, en general, sobre todos aquellos aspectos que contribuyan a mejorar la salud de las mujeres; recibir y canalizar, en el orden administrativo, las denuncias de mujeres en casos de discriminación o violencia, adoptando las medidas correspondientes, etc.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género pretende atender a las recomendaciones de los organismos internacionales en el sentido de proporcionar una respuesta global a la violencia que se ejerce sobre las mujeres. En Aragón, mediante la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón se crea el Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer, órgano colegiado adscrito al Departamento competente en materia de Mujeres al que le corresponde el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes, estudios y propuestas de actuación en materia de violencia sobre las mujeres, una de cuyas funciones es la de «servir de instrumento de conocimiento sobre el fenómeno de la violencia contra las mujeres en Aragón».

En el momento actual, según información facilitada por la Diputación General de Aragón de fecha 23 de octubre de 2013, a requerimiento de este Grupo Parlamentario, la unidad administrativa responsable de la página web del Instituto Aragonés de la Mujer (www.aragon.es/IAM) es la Secretaría General de dicho Instituto, y tiene una dependencia directa de la página web de Gobierno de Aragón. Es más, la web del IAM, que según esa misma información carece de una partida presupuestaria para su mantenimiento, requiere una clarificación de sus contenidos y contiene información desactualizada, con lo que difícilmente puede cumplir de forma óptima sus funciones de nexo con la sociedad y, en concreto, con las mujeres aragonesas, en un momento en el que la visibilidad de la violencia machista es imprescindible para luchar contra esta lacra social.

Por todo lo anterior, se presenta la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a poner en marcha un portal propio del Instituto Aragonés de la Mujer a través de Internet, que contenga toda la información relativa al desarrollo de sus funciones de una manera accesible, atractiva y, en consecuencia, capaz de garantizar el mejor cumplimiento posible de los objetivos para los que fue creado el Instituto en relación con las mujeres y, en especial, la erradicación de la violencia machista.

En el Palacio de la Aljafería, a 18 de noviembre de 2013.


La Portavoz

NIEVES IBEAS VUELTA

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664