Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Comisión

Proposición no de Ley núm. 230/21, sobre la convocatoria unificada para la selección de Policías Locales de nuevo ingreso, asumida la iniciativa ciudadana de D. Pedro Fernando Royo Embid, para su tramitación ante la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:137 (X Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

D. Daniel Pérez Calvo, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (Cs), de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la convocatoria unificada para la selección de Policías Locales de nuevo ingreso (iniciativa asumida de la iniciativa ciudadana del Sr. D. Pedro Fernando Royo Embid), solicitando su tramitación en la Comisión de Institucional y Desarrollo Estatutario.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los cuerpos de policía local son institutos armados de naturaleza civil creados por los municipios para ejercer las funciones que, en materia de seguridad, les son propias, en el marco de lo dispuesto en la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la legislación autonómica de coordinación de policías locales, y en la normativa aplicable en materia de régimen local y de empleo público.
En cuanto que las policías locales son cuerpos funcionariales dependientes de los municipios, la selección y gestión de su personal es competencia propia de cada ayuntamiento, correspondiendo a los órganos de la corporación local convocar, gestionar y resolver los procedimientos para seleccionar a las personas que los integran.
Sin embargo, la posibilidad de que los ayuntamientos tengan la ocasión de atribuir colectivamente a un solo organismo la capacidad para organizar y desarrollar de forma unificada los procesos selectivos de varios cuerpos de policía local, mediante la realización de unas pruebas comunes y válidas para todos ellos, comporta evidentes ventajas: por un lado, permite a los ayuntamientos ahorrar costes por la celebración de unos procesos que, de otro modo, deberían realizar por separado, al tiempo que se gana en eficiencia y agilidad en el funcionamiento de los servicios públicos; y por otro lado, se facilita a los aspirantes la oportunidad de optar simultáneamente a plazas ofertadas por diferentes municipios, garantizando la aplicación de un mismo perfil de selección en los distintos cuerpos policiales. Un tercer motivo sería la correlación mínima de tiempo necesaria para los aspirantes entre la finalización del proceso selectivo y el inicio de la realización del curso selectivo de formación. Lo que ayudaría a poner en marcha de manera definitiva la Academia Aragonesa de Policías Locales, tal como se prevé en la Ley de la Comunidad.
En ese sentido, la LEY 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón, en su artículo 23.4:
«Los ayuntamientos, mediante acuerdo plenario y con la Firma del correspondiente convenio de colaboración, podrán encomendar la selección de los policías locales a la Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Administración Pública. En tal caso, las plazas, reunidas en grupos, subgrupos, escalas y categorías, se ofertarán en convocatorias periódicas, cuyas bases aprobará íntegramente el titular del departamento competente del Gobierno de Aragón en materia de coordinación de Policías Locales. Una vez seleccionado el personal y asignado destino en función de la puntuación obtenida y del orden de prelación señalado por cada aspirante, corresponderá al alcalde su nombramiento».
Los ayuntamientos podrán encomendar al órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad la organización y gestión de las pruebas de acceso a sus cuerpos policiales mediante una convocatoria única. Tendrá en todo momento la capacidad de decidir libremente si participa o no, mediante la oportuna encomienda de gestión o convenio de colaboración, en los procesos unificados de selección que pueda impulsar el órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad, y sobre todo, el pleno respeto a las competencias municipales se garantiza porque serán los ayuntamientos los que deberán adoptar los actos jurídicos en los que se plasman los elementos sustantivos de dichas competencias, y en los que se fundamentará la realización de las pruebas selectivas, incluyendo las encomiendas de gestión al órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad y los correspondientes convenios de colaboración, las bases de las convocatorias y los nombramientos del personal que supere las pruebas.
Por su parte, el órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad, aparte de promover la organización de procesos colectivos e invitar a los ayuntamientos que lo deseen a adherirse, asumirá la realización de los actos de carácter técnico y material necesarios para su ejecución, desde la publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas unificadas, hasta la calificación de las pruebas y la elevación a los ayuntamientos de las correspondientes propuestas de nombramiento de las personas que las hayan superado.
En aplicación del principio de eficiencia, esta propuesta no impone cargas administrativas innecesarias, sino que supone una herramienta muy útil para los ayuntamientos que hagan uso de la misma, ahorrándoles tiempo y recursos municipales.
Por otra parte, en los últimos años, comunidades autónomas como el País Vasco, Galicia, La Rioja o Asturias han implantado con éxito estos procesos, con sus respectivas peculiaridades.
Por todo ello, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a realizar los cambios legislativos y administrativos oportunos, para que se implante de manera voluntaria una convocatoria unificada para la selección de Policías Locales de nuevo ingreso en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 13 de mayo de 2021.

EL Portavoz
DANIEL PÉREZ CALVO

CORTES DE ARAGÓN
Palacio de la Aljafería
50004 Zaragoza
T 976 289 528 / F 976 289 664