Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Respuesta escrita del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a la Pregunta núm. 302/22, relativa a la aplicación de la reforma laboral y la reducción de la temporalidad en Sarga (BOCA núm. 207, de 12/04/2022).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:232 (X Legislatura) PDF

Respuesta escrita del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a la Pregunta núm. 302/22, relativa a la aplicación de la reforma laboral y la reducción de la temporalidad en Sarga (BOCA núm. 207, de 12/04/2022).

La Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental S.L.U. (Sarga) es una sociedad mercantil autonómica de capital social íntegramente público, suscrito en su totalidad por el Gobierno de Aragón a través de la Corporación Empresarial Pública de Aragón, único accionista de la organización.
Sarga es, por tanto, un ente del sector público con personalidad jurídica propia, que actúa bajo la forma de sociedad de responsabilidad limitada unipersonal. Su cometido viene determinado por los encargos y encomiendas del Gobierno de Aragón, fundamentalmente del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Debe prestar sus servicios con un adecuado dimensionamiento, ajustado a las necesidades de servicio, siguiendo una filosofía de eficiencia en su gestión, sin pretender la obtención de un beneficio en sus resultados, pero sí actuando bajo pautas de control presupuestario y equilibrio financiero. Los trabajos que realiza están dirigidos a la mejora del medio rural y medio ambiental de la Comunidad Autónoma de Aragón, estando especializados en temas agrarios y medioambientales, con más de 20 años de experiencia al servicio de las políticas agrarias y medioambientales del Gobierno de Aragón.
Los principales instrumentos para articular las relaciones entre la Administración y Sarga, de acuerdo a la legislación aplicable, son, entre otros, el encargo de ejecución, la encomienda de gestión, las transferencias de capital para la prestación de determinados servicios o la concesión demanial.
En este sentido, los encargos de ejecución que la Administración de la Comunidad Autónoma realiza a Sarga en calidad de medio instrumental de los mismos, se rigen por el principio de que ésta, en su calidad de empresa pública cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración de la Comunidad Autónoma, directamente o a través de sus organismos públicos, en el marco de sus estatutos y objeto social, podrá gestionar actuaciones de competencia de los Departamentos u organismos públicos de la Administración autonómica, que serán financiadas con cargo a los créditos establecidos en las distintas secciones presupuestarias, de acuerdo con una serie de condiciones y trámites.
En consecuencia, Sarga debe anualmente configurar su estructura productiva para acomodarla a las necesidades operativas derivadas de la necesidad de dar cumplimiento al conjunto de los encargos de ejecución, encomiendas de gestión, y transferencias de crédito recibidas para el ejercicio en curso.
En este orden de cosas, Sarga como medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón debe mantener sus capacidades operativas a la vez que sus estructuras de personal permanentemente ajustadas a la dimensión y tipología de los trabajos encomendados.
Por otra parte, el Convenio Colectivo de Sarga establece en su artículo primero que «Conforme a los artículo 83 a 91 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental, Sociedad Limitada Unipersonal (en lo sucesivo, Sarga) es una sociedad mercantil en cuyo capital social tiene participación mayoritaria, directa o indirectamente, la Administración de la Comunidad Autónoma, por sí o a través de sus organismos públicos. En consecuencia, sus relaciones laborales se regirán por el derecho laboral».
En consecuencia, le es de aplicación el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Adicionalmente, dada su naturaleza de sociedad pública mercantil, también le son de aplicación, parcialmente, ciertas disposiciones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como las normas presupuestarias anuales en cuanto regulan aspectos relacionados con el empleo de las sociedades mercantiles. Las sociedades mercantiles autonómicas pueden por tanto proceder a la contratación de nuevo personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o norma equivalente de carácter básico, los previstos en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, en la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y en la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En la práctica es la Corporación Empresarial Pública de Aragón quien tiene encomendada la función de autorizar las contrataciones en el conjunto del sector público empresarial a su cargo, tras analizar su adecuación a la normativa de aplicación.
Conforme a lo que establece el convenio colectivo de Sarga, todos los años Sarga ha consolidado como fijos discontinuos a aquellos trabajadores que han participado en tres campañas en el operativo forestal, o en espacios naturales protegidos. Esta medida ha beneficiado a un total de 189 trabajadores desde 2017.
En el ejercicio 2020, Sarga solicitó y obtuvo autorización para la consolidación como trabajadores indefinidos de 63 trabajadores, operarios y jefes de cuadrilla de las cuadrillas helitransportadas, que llevaban tres anualidades ininterrumpidas contratados como fijos discontinuos.
En los ejercicios 2020 y 2021 Sarga abordó además un plan de estabilización para puestos dotados presupuestariamente que se hallaban ocupados por personal con contrato temporal durante más de tres años, y que benefició a 37 trabajadores.
En enero de 2022, ya con la entrada en vigor de la reforma laboral, Sarga ha solicitado autorización para la incorporación como fijos discontinuos de 71 trabajadores más del operativo forestal, 29 de espacios naturales protegidos y 6 de servicios forestales, habiéndose obtenido en marzo de 2022 la oportuna autorización que beneficiará por tanto a un total de 106 trabajadores. Su incorporación se realizará mediante convocatoria pública a lo largo de 2022, respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad tal como la empresa informó a la parte social.
Igualmente se obtiene autorización para tener habilitado un sistema de bolsa de empleo que permita cubrir adecuadamente las vacantes que puedan venir sobrevenidas también mediante la modalidad de contratos fijos discontinuos durante el resto de la campaña 2022.
Actualmente Sarga tiene en estudio los parámetros que permitirán solicitar un nuevo plan de estabilización para cerrar este ciclo de medidas que como se puede comprobar ya han beneficiado hasta el momento a un total de 395 trabajadores.

Zaragoza, 7 de julio de 2022.

El Consejero de Agricultura,
Ganadería y Medio Ambiente
JOAQUÍN OLONA BLASCO

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