Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - Aprobadas

Aprobación por la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario de la Proposición no de Ley núm. 40/15, sobre informes preceptivos contra los trasvases.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:330 (VIII Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de la Proposición no de Ley núm. 40/15, sobre informes preceptivos contra los trasvases, que ha sido aprobada por la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2015.

Zaragoza, 23 de marzo de 2015.


El Presidente de las Cortes

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA


La Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2015, con motivo del debate de la Proposición no de Ley núm. 40/15, sobre informes preceptivos contra los trasvases, ha acordado lo siguiente:

«Las Cortes de Aragón expresan su reconocimiento a la Asesoría Jurídica por el recurso presentado a la Ley de Evaluación Ambiental, en defensa de los intereses de Aragón, que ha permitido declarar la nulidad de diversas disposiciones de la Ley de Evaluación Ambiental, e instan al Gobierno de Aragón a:

1. Velar por los intereses de Aragón y el cumplimiento estricto del Estatuto de Autonomía en la tramitación de las normas que sustituyan las declaradas nulas en la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Evaluación Ambiental, especialmente en el procedimiento del informe preceptivo que ha de emitir la Comunidad Autónoma.

2. Garantizar el cumplimiento de la legislación autonómica que esté en vigor cuando el Gobierno central solicite el procedimiento de emisión del informe preceptivo relativo a los trasvases, teniendo en cuenta que las leyes autonómicas actuales incluyen sendos informes, tanto del Gobierno de Aragón como del Consejo de Ordenación del Territorio (COTA), y que la nueva Ley de Aguas y Ríos prevé, además, los informes del Instituto Aragonés del Agua, la Dirección General de los Servicios Jurídicos y el Consejo Consultivo de Aragón, así como su remisión a las Cortes de Aragón para su aprobación definitiva.

3. En el caso de que se solicite el informe antes de la entrada en vigor de la Ley de Aguas y Ríos de Aragón, se implemente un procedimiento análogo, con los informes del COTA, Instituto Aragonés del Agua, Servicios Jurídicos y Consejo Consultivo de Aragón, así como un pronunciamiento de las Cortes, más allá de su mero conocimiento, al que ya obliga la actual Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.»

Zaragoza, 23 de marzo de 2015.


La Presidenta de la Comisión

CARMEN SUSÍN GABARRE

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