PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
Al amparo de lo establecido en el artículo 201.4 del Reglamento de la Cámara, he admitido a trámite las enmiendas presentadas por los GG.PP. Popular y de Chunta Aragonesista a la Proposición no de Ley núm. 126/14, sobre la modificación tanto de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones como la de IRPF para establecer la exención de estos impuestos a la condonación de deuda que implique la dación en pago de la vivienda habitual, publicada en el BOCA núm. 227, de 16 de abril de 2014, cuyos textos se insertan a continuación.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 22 de abril de 2014.
El Presidente de las Cortes
JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA
ENMIENDA NÚM. 1
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
José Luis Soro Domingo, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 126/14, relativa a la modificación tanto de la Ley de Impuesto de Sucesiones y Donaciones como la del IRPF, para establecer la exención de estos impuestos a la condonación de deuda que implique la dación en pago de la vivienda habitual.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Dar a la iniciativa la siguiente redacción:
«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a dirigirse al Gobierno central a fin de que introduzca las modificaciones legales pertinentes con el objeto de extender a todos los tributos la correspondiente exención en los hechos imponibles derivados de la dación en pago de la vivienda habitual, así como a ejercer las competencias normativas de la Comunidad Autónoma para declarar igualmente esa exención en todos los tributos cedidos.»
MOTIVACIÓN
Por considerarlo conveniente.
En el Palacio de la Aljafería, a 22 de abril de 2014.
El Portavoz
JOSÉ LUIS SORO DOMINGO
ENMIENDA NÚM. 2
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D. Jorge Garasa Moreno, Diputado del Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley núm. 126/14, relativa a la modificación tanto de la Ley de Impuesto de Sucesiones y Donaciones como la del IRPF, para establecer la exención de estos impuestos a la condonación de deuda que implique la dación en pago de la vivienda habitual.
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
Al texto de la Proposición no de Ley que quedaría redactado corno sigue:
«Las Cortes de Aragón, instan al Gobierno de Aragón a que se dirija al Gobierno de la Nación, para que pueda modificarse la Ley 35/2006, de 28 de Noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, solicitando su exención, en cuanto al importe del incremento patrimonial que pueda producirse como consecuencia de la posible quita que sobre el conjunto de la deuda hipotecaria se haya acordado entre las partes, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y que estén acogidos al "Código de Buenas prácticas para la restructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual"».
MOTIVACIÓN
Por considerarlo más conveniente.
Zaragoza, 22 de abril de 2014.
El Diputado
JORGE GARASA MORENO
V.º B.º
El Portavoz
ANTONIO TORRES MILLERA