A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
José Luis Soro Domingo, Portavoz del Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista (CHA), de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento de la categoría profesional de bombero forestal para el personal integrante del operativo de extinción de incendios forestales, para su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los incendios forestales en Aragón han sufrido un importante incremento en los dos últimos decenios, tanto en su número como en la superficie total afectada por los mismos. Así, un fenómeno que era natural en nuestros ecosistemas, ha derivado en un importante problema ecológico, social y económico, por la importancia de las pérdidas que ocasiona, por su grave repercusión en la protección del suelo contra la erosión y, en general, por su impacto negativo sobre el patrimonio natural de nuestra Comunidad Autónoma. La Dirección General de Gestión Forestal es actualmente competente dentro del Gobierno de Aragón en cuanto refiere a la defensa del patrimonio natural aragonés y, por ende, a las actividades de control de los incendios forestales. Así, la gestión en esta materia abarca una superficie forestal total de 2,5 millones de hectáreas, lo que supone el 53% de la superficie de la Comunidad Autónoma de Aragón.
No obstante el operativo de extinción de incendios forestales se gestiona desde la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental (Sarga), empresa pública de la Comunidad Autónoma participada al 100% por la Corporación Empresarial Pública de Aragón. Sin embargo, es necesario recordar que el artículo 4 de la Ley 4/2012, de 26 de abril, de medidas urgentes de racionalización del sector público empresarial establece que «el departamento competente en materia de patrimonio podrá impartir instrucciones de obligado cumplimiento para las sociedades mercantiles autonómicas».
La precariedad del personal que forma parte ese operativo de extinción de incendios forestales ha sido ya señalada en múltiples ocasiones; a la temporalidad en su contratación debe unirse la falta de reconocimiento profesional, ya que los mismos no son considerados como bomberos forestales, sino que son contratados como peones. Los bomberos forestales tienen reconocida esta categoría a nivel estatal por el Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011, mediante el código 5932 «Bomberos forestales».
La Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento tiene por objeto establecer los criterios y principios básicos para la creación y coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta ley ha sido aprobada en virtud de lo previsto por el Estatuto de Autonomía de Aragón que señala en su artículo 71.57ª la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de «Protección civil, que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación, la coordinación y la ejecución de medidas relativas a emergencias y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes y otras situaciones de necesidad».
El reconocimiento como bomberos forestales de los operarios integrantes del operativo de extinción de incendios forestales supondría la aplicación a los mismos de las previsiones de la Ley 1/2013, lo que redundaría en una mejor integración y coordinación con el resto del cuerpo de bomberos existentes en Aragón, una mejora sustancial en su formación y cualificación profesional al poder acceder a la Academia Aragonesa de Bomberos y una clarificación en su régimen de derechos y deberes profesionales.
Por todo ello el Grupo Parlamentario Chunta Aragonesista presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón, conscientes de la esencial labor que desarrolla el personal integrante del operativo de extinción de incendios forestales contratado por la empresa pública Sarga, y la necesidad de reforzar la cualificación profesional de ese colectivo, instan al Gobierno de Aragón a que en el plazo de seis meses realice las actuaciones necesarias, directamente o cursando las oportunas instrucciones a la empresa Sarga, incluida la negociación con los representantes de los trabajadores, para su reconocimiento como bomberos forestales.
En el Palacio de la Aljafería, a 18 de septiembre de 2014.