A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Alfredo Boné Pueyo, portavoz del Grupo Parlamentario del Partido Aragonés, de conformidad con lo establecido en los artículos 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el servicio de Atención Temprana, y solicita tu tramitación ante el pleno.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) pone a disposición de las familias aragonesas un servicio de Atención Temprana para niños y niñas hasta los seis años. Este servicio orienta, previene y compensa las deficiencias permanentes o transitorias que dificultan el adecuado desarrollo del menor.
La familia, después de haber recibido un primer diagnóstico, es remitida a los centros del IASS donde un equipo interdisciplinar emite un dictamen de necesidad, diseña un plan de acción individual e informa y deriva a los centros de tratamiento. El carácter interdisciplinar y sobre todo el seguimiento y coordinación de los servicios sanitarios, sociales y educativos garantiza a las familias una respuesta integral y adecuada al menor.
Para el desarrollo de este servicio de Atención Temprana, el Gobierno de Aragón destina 3,5 millones de euros al año, presupuesto con el que se atienden a alrededor de 1.500 niñas y niñas, con un gasto medio por familia atendida de entre 2.250 y 2.500 euros/año. A pesar de ello, del 30% al 35% de los niños y niñas necesitan continuar con los tratamientos al superar la edad límite y a partir de este momento la continuidad del menor queda sujeta a la disponibilidad económica de las familias.
En la actual coyuntura socioeconómica, según Cáritas, el 13% de los hogares han tenido que suspender sus tratamientos médicos por falta de recursos económicos.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario del PAR presenta para su debate en pleno la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Elaborar y aprobar de manera inmediata un Plan de Atención Post Temprana que permita extender los servicios del Programa de Atención Temprana en Aragón a los menores hasta los 12 años edad y a sus familias, cuando precisen de continuidad en la atención y/ orientación en función de los trastornos detectados.
2. Adoptar las medidas oportunas para dotar al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en el ejercicio 2015, de los recursos económicos suficientes que permitan la atención de estos menores en la red de centros de atención temprana en coordinación con los sistemas sanitario y educativo.
3. Modificar el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 143/2011 de 14 de junio, incorporando la atención post temprana hasta los 12 años y regulando los requisitos de acceso.
Zaragoza, 16 de febrero de 2015.