Boletín Oficial de las Cortes de Aragón
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno
Proposición no de Ley núm. 638/24, sobre mejoras en la seguridad en los centros de menores de reforma.
Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:107 (XI Legislatura)
PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2024, ha admitido a trámite las Proposiciones no de Ley que figuran a continuación, presentadas por los distintos Grupos Parlamentarios, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 273.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a estas Proposiciones no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que se debatan.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 150.1. del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 18 de diciembre de 2024.
La Presidenta de las Cortes
MARTA FERNÁNDEZ MARTÍN
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
Don David Arranz Ballesteros, Portavoz Adjunto del grupo parlamentario Vox en Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a mejoras en la seguridad en los centros de menores de reforma, solicitando su tramitación ante el Pleno de las Cortes de Aragón.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A los menores de edad que cometen delitos se les ha de aplicar la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, que establece en vez de penas, una serie de medidas.
Estas medidas se enumeran en el artículo 7 de la citada Ley, y se ordenan según la restricción de derechos que suponen.
Las medidas privativas de libertad, la detención y las medidas cautelares de internamiento que se impongan de conformidad con esta Ley se ejecutarán en centros específicos para menores infractores, diferentes de los previstos en la legislación penitenciaria para la ejecución de las condenas penales y medidas cautelares privativas de libertad impuestas a los mayores de edad penal.
La comisión de delitos graves, como pueden ser: homicidio, lesiones graves, violación o agresión sexual, robo con violencia, etc. normalmente serán penados por el Juez de Menores con las medidas más restrictivas de derechos, como el internamiento en régimen cerrado, internamiento en régimen semiabierto o internamiento terapéutico en régimen cerrado. Estas medidas se cumplen en Centros de Reforma de Menores o entidades públicas de reforma de menores.
Para la elección de la medida o medidas se deberá atender de modo flexible, no sólo la prueba y valoración jurídica de los hechos, sino especialmente la edad, las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor, puestos de manifiesto en los informes de los equipos técnicos y de las entidades públicas de protección y reforma de menores (art. 7.3).
En estos centros trabajan una diversidad de profesionales: Director del Centro, trabajadores sociales, educadores sociales, psicólogos y psiquiatras, personal de limpieza, mantenimiento, personal de cocina y unos profesionales que velan por la seguridad de todos los anteriores y de los propios menores ingresados, los vigilantes de seguridad.
Recientemente, la prensa y medios de comunicación se han hecho eco de una serie de sucesos violentos en el Centro de Menores de Reforma de Juslibol en Zaragoza.
El 20 de noviembre de 2024, cuatro menores protagonizaron una agresión a tres trabajadores y a dos vigilantes de seguridad del centro.
El 22 de noviembre de 2024conocíamos de un nuevo altercado de gravedad en el mismo centro de reforma, con el resultado de seis menores detenidos y cinco heridos leves, tres empleados del centro y dos policías nacionales.
En este caso un trabajador del centro tuvo que avisar a la policía nacional alertando de que varios menores se encontraban alterados y agrediendo al personal del centro. Hasta el lugar se desplazaron varios agentes, incluido un grupo de negociadores con el fin de intermediar con ellos. Los seis menores acabaron detenidos.
El 29 de noviembre de 2024, siete menores se amotinan, armados con palos y volcando diverso mobiliario, necesitando atención algunos de los cuidadores, en el centro de protección de menores de Juslibol, cuyos trabajadores se ven finalmente obligados a avisar a la policía nacional. Al personarse efectivos de antidisturbios (UIP) los menores acabaron deponiendo su actitud.
A raíz de hechos como estos, que no son más que un ejemplo de una realidad cotidiana, desde Vox mantuvimos una reunión con los responsables de seguridad privada, así como con la Presidenta del sindicato CSIF en Zaragoza, donde nos informaron de las lamentables condiciones del sector.
El sector de seguridad privada que trabaja en estos centros está expuesto a agresiones físicas y verbales, vejaciones, amenazas, etc. y a una evidente falta de medios personales y materiales para garantizar su propia seguridad y la del resto de trabajadores e internos.
El sector de seguridad privada es un colectivo envejecido, y por regla general, con unas condiciones laborales bastante deficientes en cuanto a salario, turnos, trabajo en festivos, etc.
Sus reivindicaciones resultan justas y lógicas, y pretenden que no intercedan en el interés superior de los menores, en su desarrollo de los objetivos educativos y de rehabilitación, ni con el trabajo de los profesionales que tratan con los distintos proyectos de integración social, cultural o formación profesional de estos menores.
No son pocas las ocasiones en las que los menores, teniendo acceso a los talleres de formación profesional en oficios y cocinas, se hacen con objetos que una vez modificados resultan potencialmente peligrosos, y son usados para cometer agresiones tanto entre los propios internos como hacia el personal que trabaja en esos centros (educadores y vigilantes de seguridad).
La siguiente iniciativa parlamentaria se interpone para que pueda desarrollarse en todos los centros de reforma de menores de Aragón, o entidades públicas de reforma o protección, que puedan asimilarse para mejorar la seguridad de los mismos.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Vox en Aragón presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a que, a su vez, inste al Gobierno de la Nación a impulsar las siguientes medidas de forma urgente, en función de las competencias que pudieran corresponder:
1. Reformar al objeto de actualizar la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y en especial el obsoleto Real Decreto 2364/1994 que desarrolla el Reglamento de Seguridad Privada, con objeto de conseguir la debida dignificación de este sector y la mejora de las condiciones de ejercicio de sus funciones.
2. Reconocer como agentes de la autoridad a los vigilantes de seguridad en el desempeño de sus funciones, a los efectos de protección legal, jurídica y a efectos penales de tipificación de las agresiones, que ello implica.
La normativa aplicable sólo permite que tengan la condición de agentes de la autoridad cuando estén desarrollando «actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».
3. Dotar a los vigilantes de seguridad de medios modernos de autoprotección y defensa frente a posibles agresiones, pudiéndolos portar en las distintas estancias de estos centros, incluida la zona terapéutica. Medios como: defensas reglamentarias, grilletes, chalecos anticorte y antitrauma, guantes anticorte, sprays de defensa, equipos de comunicación modernos y equipos de intervención fáciles en su acceso y colocación para situaciones más graves.
4. Aumentar la plantilla de personal de seguridad, para que no se encuentre un vigilante solo en el área terapéutica de estos centros —y sea al menos un binomio—, y sin posibilidad de refugiarse en alguna estancia de seguridad.
5. Reconocer un plus de peligrosidad específico y digno en función de la conflictividad y riesgo potencial del puesto (actualmente cobran de plus de peligrosidad 23 € al mes).
6. Mejorar los protocolos de colaboración y cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los servicios y funciones de seguridad privada en puestos y situaciones de especial riesgo y conflictividad.
7. Adoptarse las medidas necesarias para mejorar la protección laboral de los vigilantes de seguridad. Una protección que evite y ponga fin a ciertas situaciones de incumplimiento, abuso o fraude de la normativa aplicable: como el incumplimiento de la normativa de horas extraordinarias, prácticas relativas a la subrogación de contratos menores, etc.
8. Mejorar la formación del personal de seguridad, tanto básica como continuada, mediante el establecimiento de una formación reglada y especializada de grado medio a nivel nacional.
9. Impulsar el desarrollo de una normativa en prevención de riesgos laborales, que contemple los riesgos específicos de los vigilantes de seguridad privada, sin que exista intrusismo profesional.
10. Garantizar debidamente la correcta prestación de los servicios de seguridad privada, su viabilidad, estado de adjudicación y comprobación de las credenciales de la empresa de seguridad.
Zaragoza, 11 de diciembre de 2024.
El Portavoz Adjunto del G.P. Vox en Aragón
DAVID ARRANZ BALLESTEROS