PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGÓN
La Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2016, ha admitido a trámite la Proposición no de Ley núm. 34/16, sobre el apoyo a los aragoneses en el exterior y el respeto de los derechos humanos de los presos en las cárceles extranjeras, presentada por el G.P. Socialista, y ha acordado su tramitación ante el Pleno, en virtud de la voluntad manifestada por el Grupo Parlamentario proponente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 201.3 del Reglamento de la Cámara, las señoras y señores Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas a esta Proposición no de Ley hasta veinticuatro horas antes de la hora fijada para el comienzo de la sesión en que haya de debatirse.
Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 201.1 del Reglamento de la Cámara.
Zaragoza, 10 de febrero de 2016.
El Presidente de las Cortes
ANTONIO JOSÉ COSCULLUELA BERGUA
A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
El Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el apoyo a los aragoneses en el exterior y el respeto de los derechos humanos de los presos en las cárceles extranjeras, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, aprobado mediante Ley 40/2006, de 14 de diciembre, que se configura como marco jurídico que garantiza a las personas residentes en el exterior el ejercicio de sus derechos y deberes constitucionales, establece en su artículo 5 la asistencia y protección por parte de las Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, de aquellas personas residentes en el exterior que se encuentren en situación de necesidad.
La Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas del Exterior, enumera en su capítulo II los derechos de los miembros de las comunidades aragonesas en el exterior, así como las prestaciones a su favor.
Los aragoneses que se encuentran en el exterior están en situación de necesidad por razones socioeconómicas e incluso en situación de privación de libertad. De hecho, los aragoneses que están cumpliendo penas de prisión en países extranjeros, lo hacen en condiciones que no garantizan el cumplimiento de los derechos humanos más elementales.
Asimismo, en el marco de la cooperación penal internacional se sitúa el traslado de personas condenadas, lo que permitiría en este caso procurar que los ciudadanos de Aragón presos en el extranjero, sobre la base de acuerdos bilaterales entre sus Estados puedan cumplir sus condenas en España y, a ser posible, en centros penitenciarios de nuestra Comunidad.
Por otro lado, existen aragoneses que residen en el exterior por haber fijado allí su proyecto de vida y que hoy por razones socioeconómicas están en situación de especial necesidad. Y junto a ellos, muchos aragoneses, especialmente jóvenes con formación, están residiendo en el exterior por falta de oportunidades laborales a su medida en nuestra Comunidad.
Todas estas situaciones deben tenerse en cuenta por los poderes públicos para paliar las situaciones de especial necesidad en las que se encuentran ciudadanos aragoneses, por razones socioeconómicas o de privación de libertad, así como para remover los obstáculos y facilitar el retorno e integración laboral en nuestra Comunidad de aquellos jóvenes que lo deseen.
Es por ello que se formula la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
«Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1) Reforzar el apoyo a los ciudadanos de Aragón en el exterior que se encuentren en situación de especial necesidad por cualquier causa, prestando especial atención a sus condiciones de vida.
2) Potenciar, a través de las acciones de fomento del empleo, la contratación por parte de empresas en Aragón de jóvenes aragoneses residentes en el exterior que pretendan retornar a nuestra Comunidad.
3) Solicitar al Gobierno de la Nación que lleve a cabo las acciones oportunas para garantizar el respeto de los derechos humanos de los presos en las cárceles extranjeras, y el traslado, en el marco de acuerdos bilaterales, para que puedan cumplir el resto de la condena en cárceles de nuestro país, y preferentemente dentro de nuestra Comunidad.»
Zaragoza, 3 de febrero de 2016.
El Portavoz
JAVIER SADA BELTRÁN