A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:
D.ª Susana Gaspar Martínez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía (Cs), de conformidad con lo establecido en el artículo 267 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la labor inspectora de los Centros, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Administración, en todo momento, debe de garantizar un servicio de calidad en los centros de atención a dependientes.
Tiene que cumplir con el deber de velar por el respeto a los derechos de los usuarios garantizando un trato digno y respetuoso, en especial a las personas dependientes, y este deber debe de estar vinculado a la inspección, es decir, a la revisión a los centros de las condiciones materiales y funcionales que le son exigibles.
La Ley 5/2009 de 30 junio, de Servicios Sociales de Aragón, dedica su Título X a regular la inspección de centros y servicios sociales como instrumento de control para conseguir la adecuación de los centros y servicios sociales a la normativa vigente en materia de requisitos materiales y funcionales, y para garantizar el respeto de los derechos de las personas usuarias de los servicios sociales, así como el régimen sancionador aplicable en esta materia.
Así como, El Decreto 111/1992 de 26 de mayo, regula las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados y regula las funciones de la labor inspectora en materia de centros y servicios sociales. Y en desarrollo del Decreto en lo concerniente a la regulación de la labor inspectora en esta materia, se dicta por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales la Orden 810/2016 de 18 de Julio, por la que se aprueba el plan de inspección de centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2016-2018, cuyo objetivo es comprobar el cumplimiento de los centros de las condiciones mínimas que han de reunir así como controlar el respeto de los derechos de las personas usuarias y todo ellos mediante unas líneas de actuación determinadas cuyo objetivo final no es otro que garantizar la calidad asistencial en nuestra Comunidad Autónoma.
Sin embargo, este Plan que responde a una necesidad demandada dirigida a salvaguardar a un sector muy vulnerable de nuestra sociedad, cuyos planteamientos normativos está perfectamente diseñados, en la práctica carecen del rigor exigible cuando son interpretados por los propios inspectores.
De un tiempo a esta parte se vienen sucediendo, como no debe ser de otra forma, inspecciones periódicas que acaban indefectiblemente en sanciones a los centros, así como en ocasiones incluso al cierre de muchos de ellos, pero hay ocasiones que se imponen infracciones basadas en la inspección con poco rigor y arbitrario, dependiendo únicamente del criterio del inspector.
Esto ya, no solo provoca en muchos casos la existencia de sanciones que muchas de estos centros no pueden asumir, sino además un atentado a la imagen y buen hacer de los mismos.
En definitiva, que, a pesar de la implicación y compromiso de los centros que prestan estos servicios, si su labor se ha de poner entredicho, se verán inevitablemente desprovistos de la calidad y de la atención que deberían caracterizarlos.
Desde el convencimiento de que la labor inspectora debe de llevarse de manera firme y contundente, y para dotarla de eficacia, deberán garantizarse y articularse unos criterios objetivos, claros y lejos de arbitrariedad alguna.
Por todo ello, y para mejorar y garantizar dicha calidad en la atención y servicio y dotar de eficacia a la labor inspectora, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Que la labor inspectora de los centros sea realizada y se desarrolle en base a las líneas de actuación contenidas en el Plan de Inspección de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma.
2. Que la labor inspectora se desarrolle con los mecanismos adecuados de flexibilidad que posibiliten a los centros su adaptación a los requerimientos y la consiguiente mejora en la calidad del servicio.
3. A que en el plazo de un mes proceda a la elaboración y publicación, en colaboración con las entidades y centros, de un «checklist» que contenga criterios objetivos de evaluación en el desarrollo de la actuación inspectora en los centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Zaragoza, 19 de diciembre de 2017.
La Portavoz
SUSANA GASPAR MARTÍNEZ