Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Proposición no de Ley - En tramitación - En Pleno

Proposición no de Ley núm. 128/17, sobre la oposición al Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña 2016-2021 y el proyecto de abastecimiento en alta con captación del canal Segarra-Garrigues.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:146 (IX Legislatura) PDF

A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN:

El Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Aragón, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la oposición al Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña 2016-2021 y el proyecto de abastecimiento en alta con captación del canal Segarra-Garrigues, solicitando su tramitación ante el Pleno de la Cámara.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 14 de marzo de 2017, el Consejo de Gobierno de Aragón autorizó a la Dirección General de Servicios Jurídicos la interposición de recurso contencioso administrativo contra el Decreto 1/2017, de 3 de enero, de la Generalidad de Cataluña, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Distrito de la Cuenca Fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021 y el acuerdo del propio Gobierno de la Generalidad por el que se aprobó el Programa de Medidas del Plan de Gestión del Distrito de la Cuenca Fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021.

Asimismo, el pasado 16 de marzo de 2017, ante el Pleno del Consejo Nacional del Agua, el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón votó en contra del texto propuesto para el informe preceptivo del Consejo Nacional del Agua sobre la propuesta de Real Decreto para la aprobación del Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica intracomunitaria del distrito de cuenca fluvial de Cataluña 2016-2021 (segundo ciclo de planificación), elevando ante el Consejo Nacional del Agua un voto particular de oposición a dicho Plan, por no quedar plenamente garantizado el hecho de que el ámbito territorial del nuevo Plan de cuencas internas de Cataluña quede circunscrito y se limite al ámbito territorial de la demarcación hidrográfica correspondiente, y porque dicho Plan y su Programa de Medidas afectan a los recursos de otras cuencas, por cuantificar aportaciones externas para el déficit estructural de varios sistemas de explotación del ámbito de las cuencas internas de Cataluña.

En concreto, en el voto particular del Consejero de Aragón en el Consejo Nacional del Agua se advertía de que el Plan de cuencas internas de Cataluña determina la necesidad de contar con aportaciones complementarias para el sistema Ter-Llobregat, contempla el refuerzo de las conducciones del CAT (Consorcio de Aguas de Tarragona) y plantea la planificación de infraestructuras interconectadas en el Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña, diseñadas con el objetivo de realizar una gestión integrada que garantice el suministro de agua en todas direcciones. Este refuerzo de conducciones previsto en el nuevo plan solo se explica si se atiende a que en su diseño y justificación se cuenta con la utilización de recursos reservados para los regadíos del canal Segarra-Garrigues. En este sentido se manifiesta expresamente el Consejo Asesor para el Desarrollo Sostenible, de la Generalitat, en su informe de 28 de mayo de 2015, al orientar la garantía de abastecimiento de agua para Cataluña desde el río Segre, a través del Segarra Garrigues, especialmente ante escenarios de sequía. Pese a la firme oposición del Gobierno de Aragón, la propuesta salió adelante con el apoyo de los representantes del Gobierno de España.

Por todo lo anterior, en el citado voto particular la Comunidad Autónoma de Aragón manifiesta su preocupación y rechazo a la ampliación y refuerzo de dichas infraestructuras (con un presupuesto total de 367,4 M€), dado que la planificación de infraestructuras interconectadas en el Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña, se define con el reconocido objetivo de realizar una gestión integrada que garantice el suministro de agua en todas las direcciones, e implica la más que factible posibilidad de que estas actuaciones de refuerzo de conducciones, aun circunscritas formalmente a cuencas internas, se proyectan como el medio y con la exclusiva finalidad para que en el futuro se dé una transferencia de agua intercuencas desde la cuenca del Ebro al Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña.

Se advierte especialmente sobre la problemática que conllevarían las obras de conexión del canal Segarra-Garrigues y el proyecto constructivo de abastecimiento en alta para suministrar con aportaciones del río Segre (presa de Rialb y sistema general de usuarios de Rialb), municipios de las comarcas de Segara, I’Urgel, la Conca de Barberá y I’Anoia, situados en el ámbito geográfico de las cuencas internas catalanas, sobre la base de anteriores autorizaciones de transferencia de caudales de carácter temporal y transitorio, ya caducadas, por entenderse que se realizaría en precario y sin los adecuados mecanismos de control para supervisar y garantizar las condiciones en que se pudiera efectuar la posible transferencia de caudales.

Por todo ello, proponemos la siguiente


PROPOSICIÓN NO DE LEY

Las Cortes de Aragón, conscientes del peligro de quiebra del principio de unidad de cuenca que suponen las actuaciones planificadas en el Plan de Gestión del Distrito de la Cuenca Fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021, y su Programa de Medidas, y conscientes de que corresponde a los poderes públicos aragoneses velar especialmente para evitar transferencias de aguas de las cuencas hidrográficas de las que forma parte la Comunidad Autónoma que afecten a intereses de sostenibilidad, atendiendo a los derechos de las generaciones presentes y futuras:

1. Manifiestan su más firme y contundente rechazo al Plan de Gestión del Distrito de la Cuenca Fluvial de Cataluña para el periodo 2016-2021, aprobado por Decreto 1/2017, de 3 de enero, de la Generalidad de Cataluña, así como a su Programa de Medidas, en la medida que las actuaciones y demandas determinadas en el mismo suponen un riesgo cierto de posibles aportaciones complementarias externas a las cuentas internas de Cataluña a través de posibles trasvases de la cuenca del Ebro.

2. Instan al Gobierno de Aragón a ejercer su derecho a la emisión del informe preceptivo del art. 72.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón ante cualquier transferencia de aguas o proyecto de obra hidráulica que afecte al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

3. Instan al Gobierno de Aragón a que se dirija al Gobierno de España para que cumpla con lo dispuesto en el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y deniegue la aprobación del plan de cuencas internas de Cataluña en cuanto el mismo contempla la ejecución de obras hidráulicas para las que no existe una previa concesión, autorización ni reserva demanial, reconsiderando su posición en el Consejo Nacional del Agua.

4. Instan al Gobierno de Aragón a que se dirija a la Confederación Hidrográfica del Ebro para que eleve ante la Junta de Gobierno del organismo de cuenca cualquier autorización de transferencia de aguas requerida por la Generalidad de Cataluña desde el canal Segarra-Garrigues hacia el ámbito territorial de las cuencas internas de Cataluña.

5. Instan al Gobierno de Aragón a que se dirija a la Dirección General del Agua para que informe desfavorablemente cualquier autorización de caudales formulada o que pudiera formularse por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, para el proyecto de abastecimiento en alta con captación del canal Segarra-Garrigues, fuera de la cuenca del Ebro.

Zaragoza, 20 de marzo de 2017.


El Portavoz

JAVIER SADA BELTRÁN

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