Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


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Pregunta núm. 603/98, relativa al vallado de caminos de uso público en el término de Mezalocha.

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:207 (IV Legislatura) PDF

PRESIDENCIA DE LAS CORTES DE ARAGON

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el día 3 de septiembre de 1998, ha admitido a trámite la Pregunta núm. 603/98, formulada al Sr. Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, para su respuesta escrita, por el Diputado del G.P. Izquierda Unida de Aragón Sr. Lacasa Vidal, relativa al vallado de caminos de uso público en el término de Mezalocha.

Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189.4 del Reglamento de la Cámara.

Zaragoza, 3 de septiembre de 1998.


El Presidente de las Cortes

EMILIO EIROA GARCIA


A LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGON:

D. Jesús Lacasa Vidal, Diputado del Grupo Parlamentario Izquierda Unida de Aragón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196 del Reglamento de las Cortes de Aragón, formula al Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, para su respuesta escrita, la siguiente Pregunta relativa al vallado de caminos de uso público en el término de Mezalocha.


ANTECEDENTES


Las principales organizaciones aragonesas de defensa del medio ambiente y el patrimonio (Coordinadora Ecologista, Aedenat, Adena, Ansar, Medofosa, Seo, Fam, Apudepa) han denunciado la existencia de un vallado, en el término de Mezalocha, que corta e impide totalmente el paso en los siguientes caminos de uso público:

1. Longares-Ayles.

2. Ayles-Jaulín.

3. Ayles-Valmadrid.

4. Ayles-Jaulín (por Valdegranero).

Igualmente, se denuncia la destrucción y desaparición de parte de los caminos Longares-Ayles y Ayles-Valmadrid, entre otros.

Las organizaciones antes citadas han demostrado que estos caminos aparecen en el catastro de Mezalocha (1919), en los planos catastrales de Jaulín y Longares, en los mapas del Instituto Geográfico Catastral y en los del Servicio Geográfico del Ejército. En su opinión, estos caminos, según el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, son inalienables, inembargables e imprescriptibles, por lo que la ocupación de los mismos producida por parte de un particular sería claramente ilegal.

El hecho de que la empresa Abrera, S.A., propietaria de la finca denominada «Ayles», haya vallado el paso por dichos caminos y destruido una parte de ellos impide la libre circulación a través de caminos de uso público.

Una vez presentada la denuncia ante la Diputación General de Aragón, se hace necesario saber cuál es la situación legal del expediente generado por la misma y qué actuaciones piensa emprender la Administración autonómica para facilitar el libre paso por los mencionados caminos de uso público.

Por todo ello, se formula la siguiente


PREGUNTA


¿Qué actuaciones piensa adoptar la Diputación General con la finalidad de garantizar el libre paso por los caminos de uso público situados en el término de Mezalocha, que se encuentran vallados y, en algún caso, destruidos a lo largo de la finca privada «Ayles»?

Zaragoza, 23 de julio de 1998.


El Diputado

JESUS LACASA VIDAL

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