Boletín Oficial de las Cortes de Aragón


PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E IMPULSO - Preguntas - Para respuesta escrita - Respuestas

Respuesta escrita del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad a la Pregunta núm. 563/18, relativa a las acciones emprendidas para la gestión de las plagas de conejos (BOCA núm. 264, de 13 de julio de 2018).

Boletín Oficial de las Cortes de Aragón n°:276 (IX Legislatura) PDF

Hace 20 años el problema generalizado en Aragón, así como en el resto de España era la falta de conejos, especie clave en el ecosistema mediterráneo, cuyas poblaciones se veían asoladas por dos epidemias: La Mixomatosis y la Neumonía Hemorrágica Vírica del Conejo.

Las acciones emprendidas por el Gobierno de Aragón en los últimos 20 años para gestionar las plagas de conejos en distintas comarcas aragonesas se han basado fundamentalmente en cambios normativos en su caza y proyectos para investigar distintos métodos de control. Con respecto a los cambios normativos las diferencias en las distintas posibilidades para controlar el conejo que se han implementado en estos 20 años son las siguientes:

1998
ORDEN de 3 de julio de 1998, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las especies objeto de caza, los periodos hábiles y las normas generales que regulan la actividad cinegética en la temporada 1998-99 en el territorio de Aragón.
2018
Orden DRS/1070/2018, de 18 de junio, por la que se aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2018-2019
Inexistencia de un anexo en el que se relacionen los municipios en los que se pueden realizar medidas extraordinarias para el control de conejosAnexo II Términos municipales con sobrepoblación de conejo (Oryctolagus cuniculus) en los que se establecen medidas extraordinarias para su control poblacional
Temporada de caza ordinaria del conejo: tercer domingo de octubre a tercer domingo de enero.Temporada de caza ordinaria del conejo: segundo domingo de agosto hasta el día 1 de abril
Se autorizan 91 días de caza ordinaria (escopeta y perro).En municipios del Anexo II se autorizan 232 días de caza ordinaria (escopeta y perro), es decir 141 días más que hace 20 años, en 1998.
No se autoriza el empleo de hurones para matar o sacar de las madrigueras los conejos.Se autoriza el empleo de hurones para matar o sacar de las madrigueras los conejos durante todo el año tanto en las zonas cinegéticas como en las zonas no cinegéticas. Para realizarlo, no es necesario solicitar una autorización previa a la administración.
No se autoriza su caza en las zonas no cinegéticas.En las zonas no cinegéticas se puede controlar la población de conejos durante todo el año con hurón y escopeta o red capillo. Para realizarlo, no es necesario solicitar una autorización previa a la administración.
No se autoriza la caza nocturna del conejo.Se autoriza la caza nocturna del conejo en las zonas cinegéticas durante todo el año. Para realizarlo, no es necesario solicitar una autorización previa a la administración.
No se autoriza la destrucción de madrigueras.Se autoriza la destrucción de madrigueras de conejo y, en el caso de los cotos, el agricultor lo puede hacer sin el permiso del titular del coto.
El agricultor no titular del coto de caza no puede controlar los conejos en sus parcelas.El agricultor (propietario o arrendatario del terreno) puede solicitar permiso al titular del coto de caza para controlar los conejos en sus parcelas. Si se lo deniega, el agricultor informa de este hecho a la administración quien estudiará las razones y lo que está ocurriendo en dicho coto.
Fuera de la orden de vedas
El control del conejo mediante métodos distintos de la caza se hace fundamentalmente con fines de repoblación de zonas donde hay poco conejo: Cuando se produzcan o puedan producirse daños a los cultivos agrícolas, los Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Montes autorizarán la captura de conejos silvestres con muerte, mediante cepos, lazos o armas de fuego, únicamente en el caso en el que exista imposibilidad técnica para su captura en vivo con fines de repoblación.El control del conejo mediante métodos distintos de la caza se hace fundamentalmente con fines de matar los conejos, no de repoblar otras zonas.
No se emplea la fumigación de madrigueras de conejo con monóxido de carbono.Se autoriza la fumigación experimental de madrigueras de conejo con monóxido de carbono.

Por otro lado, y en referencia a la responsabilidad de los titulares de infraestructuras viarias que se comportan como núcleo de dispersión y expansión de las poblaciones de conejo se ha modificado la Ley de caza de Aragón de tal forma que en su actual artículo 69, establece con claridad, las obligaciones inherentes de cada administración pública por su responsabilidad en zonas de seguridad: «La responsabilidad de la indemnización por los daños agrícolas, forestales o ganaderos producidos por especies cinegéticas provenientes de zonas de seguridad motivadas por la existencia de autopistas, autovías, líneas férreas o infraestructuras hidráulicas, será del titular de la infraestructura. Dicho titular será, además, el responsable de controlar en la zona de seguridad las especies cinegéticas que provoquen este tipo de daños».
No obstante lo anterior, para el control de los conejos en las infraestructuras viarias, la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de este Departamento:
1) Ha mantenido distintos contactos y reuniones tanto con los responsables de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón como con los del ADIF para recordar que con arreglo al Art. 69 la Ley de 1/2015 de Caza de Aragón, en zonas de seguridad, es competencia del titular de la infraestructura viaria, adoptar las medidas preventivas e indemnizar los daños agrícolas.
2) Como consecuencia de estas gestiones, se sabe que los gestores de estas infraestructuras, o bien han actuado, o bien han facilitado los trámites para la captura de conejos.
3) En la visita organizada por el Departamento a la Comunidad Valenciana, con asistencia de unas 25 personas entre agricultores, cazadores y técnicos de la Dirección General, ADIF-Valencia pudo informar y dar a conocer in situ las medidas que se vienen aplicando para el control de los conejos en sus infraestructuras.

Zaragoza, 14 de septiembre de 2018.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
JOAQUÍN OLONA BLASCO

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